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Servicios Financieros Ojeda Llanes y Asociados, S.C.P.

C.P.C. M.I. ESPERIA CASTILLO PANTOJA

Mail. ecastillop@hotmail.com

LEY DE LAVADO DE DINERO

Que es el lavado de dinero

• Significa transformar a la legalidad el dineroprocedente de negocios delictivos oinjustificables. Consiste en la actividad por lacual una persona o una organización criminal,procesa las ganancias financieras, resultado deactividades ilegales, para tratar de darles laapariencia de recursos obtenidos deactividades lícitas.

A quienes obliga la ley de lavado de dinero

• Obliga a personas físicas o morales que enterritorio nacional realicen transacciones enefectivo que superen ciertas cantidades. Porejemplo, la compra de joyas, recarga detarjetas de prepago, compraventa deautomóviles, bienes inmuebles, etc., que sondenominadas como “Actividades Vulnerables”independientemente si están o no inscritas enel RFC

Si realizo actividades Vulnerables

• Se deberán identificar todas las “actividadesvulnerables” que se lleven a cabo y conservarla información que soporte la misma, así comola relativa a los clientes y usuarios que lasrealicen; cuando las actividades superen loslímites establecidos por la “Ley contra ellavado de dinero” se deberá informar a laSecretaría de Hacienda y Crédito Público.

Si realizo actividades Vulnerables

• Es muy importante que todas las operacionesque se realizan estén debidamente soportadascon la documentación respectiva, comopudieran ser facturas, órdenes de compra,contratos, etcétera

Que debo de hacer para cumplir adecuadamente con la ley contra el

lavado de dinero

• Es muy importante contar con la informacióny documentación de las operaciones que serealicen que involucren el uso de dinero.Tratar de usar medios de pago electrónico através de bancos en todas las operaciones esuna buena medida

Cuando las empresas deben informar a la SHCP que realizaron una

operación vulnerable

• Además de los bancos, casas de bolsa,sociedades cooperativas, de préstamo, y deinversión, son sujetos obligados de esta ley laspersonas que realizan ActividadesVulnerables, es decir:

• Notarios y Corredores Públicos; Vendedoresde metales y piedras preciosas; Enajenadoresde obras de arte; Comercializadores devehículos (aéreos, marítimos o terrestres);Empresas de blindaje de autos y deinmuebles; Agentes aduanales; Inmobiliarias;Firmas que trasladan valores; Administradoresde sociedades mercantiles; Organizadores dejuegos, sorteos y concursos.

Cuando las empresas deben informar a la SHCP que realizaron una

operación vulnerable

• Todos aquellos que realicen estas actividadesdeben seguir un protocolo específico paraidentificar a sus clientes, y de ser el caso, daraviso a la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico (SHCP) si alguna transacción seencuadra en los parámetros para elloestablecidos en la norma.

¿Qué significa identificar?

• Según el artículo 18 de esta ley, es verificar laidentidad de la persona que adquiere losbienes o servicios de alguno de los sujetosobligados. Esto se realiza recabando copia dela credencial oficial que de maneraobligatoria- debe mostrar el cliente.

¿Qué significa identificar?

• Pero si el proveedor de los serviciosmencionados establece una relación denegocios con el cliente, además de laidentificación, se deberá indagar cuál es laocupación de aquel. Esto se lleva a cabopidiendo una copia de los avisos presentadosante Hacienda, específicamente el alta y lasactualizaciones ante el Registro Federal deContribuyentes.

¿Qué quiere decir dar aviso?

• Es informar a la SHCP que se realizó una ActividadVulnerable por una cantidad monetaria que la leyseñala como sujeta a notificación. Esto se deberárealizar vía electrónica, proporcionando a la Unidad deInteligencia Financiera de esa dependencia losiguiente:

• Datos de quien realizó la operación (proveedor debienes o servicios)

• Datos completos del cliente (identificación, actividad,ocupación)

• Descripción del bien o servicio que se adquirió

• A continuación te mostramos lasdistintas actividades vulnerables contenidasen la ley, y los montos a partir de los cuales elproveedor de servicios deberá identificar alcliente, o en su caso, dar aviso a la SHCP

Juegos, sorteos, apuestas, concursos$21,047.00 $41,770.20

Tarjetas de servicios o de crédito $52,131.80 $83,216.60

Tarjetas prepagadas $41,770.20 $41,770.20

Cheques de viajero de entidades no

financierasSe identifica cualquier operación $41,770.20

Préstamos, mutuo, créditos Se identifica cualquier operación $103,939.80

Construcción de inmuebles,

compraventa o transmisiónSe identifica cualquier operación $519,699.00

Metales preciosos, piedras, joyas y

relojes$52,131.80 $103,939.80

Obras de arte $156,071.60 $311,819.40

Vehículos aéreos, marítimos o terrestres$207,879.60 $415,759.20

Blindaje de vehículos y de inmuebles$156,071.60 $311,819.40

Traslado o custodia de dinero o valoresSe identifica cualquier operación $207,879.60

Servicios de representación para

compraventa de inmuebles,

administración de recursos y valores,

manejo de cuentas bancarias, creación y

administración de sociedades

mercantiles

Se identifica cualquier operación AÚN SIN MONTO SE DEBE DAR AVISO

Actividades Vulnerables Se Identifica al Cliente Se da Aviso a la SHCP

Actividades Vulnerables Se Identifica al Cliente Se da Aviso a la SHCP

Notarios Públicos: Operaciones con

inmuebles

Se identifica cualquier operación $1,036,160.00

Notarios Públicos: Otorgamiento

de poderes para actos de

administración o dominio con

carácter irrevocable

Se identifica cualquier operación SIEMPRE SE DEBE DAR AVISO

Notarios Públicos: Constitución de

personas morales o su

modificación patrimonial

Se identifica cualquier operación $519,699.00

Notarios Públicos: Constitución de

fideicomisos

Se identifica cualquier operación $519,699.00

Notarios Públicos: Otorgamiento

de contratos de mutuo

Se identifica cualquier operación SIEMPRE SE DEBE DAR AVISO

Actividades VulnerablesSe Identifica al Cliente Se da Aviso a la SHCP

Corredores Públicos: Avalúos$519,699.00 AÚN SIN MONTO SE DEBE DAR AVISO

Corredores Públicos:

Constituciones de personas

morales

Se identifica cualquier operación AÚN SIN MONTO SE DEBE DAR AVISO

Corredores Públicos: Constitución

de fideicomisos

Se identifica cualquier operación AÚN SIN MONTO SE DEBE DAR AVISO

Corredores Públicos: Otorgamiento

de contratos de mutuo mercantil

Se identifica cualquier operación AÚN SIN MONTO SE DEBE DAR AVISO

Actividades Vulnerables

Se Identifica al Cliente Se da Aviso a la SHCP

Servidores públicos con

facultades de fe pública:

Recepción de donativos

$103,939.80 $207,879.60

Actividades Vulnerables Se Identifica al Cliente Se da Aviso a la SHCP

Agentes o apoderados aduanales:

Despachos de vehículos terrestres,

aéreos y marítimos

Se identifica cualquier operación SIEMPRE SE DEBE DAR AVISO

Agentes o apoderados aduanales:

Despachos de maquinas para

juegos

Se identifica cualquier operación SIEMPRE SE DEBE DAR AVISO

Agentes o apoderados aduanales:

Despachos de equipos y materiales

para la elaboración de tarjetas

Se identifica cualquier operación SIEMPRE SE DEBE DAR AVISO

Agentes o apoderados aduanales:

Despachos de joyas, metales,

piedras preciosas, relojes

$31,408.60 SIEMPRE SE DEBE DAR AVISO

Agentes o apoderados aduanales:

Despachos de obras de arte$311,819.40 SIEMPRE SE DEBE DAR AVISO

Agentes o apoderados aduanales:

Despachos de materiales de

resistencia balística

Se identifica cualquier operación SIEMPRE SE DEBE DAR AVISO

Actividades Vulnerables

Se Identifica al Cliente Se da Aviso a la SHCP

Constitución de derechos

personales de uso o goce de

bienes inmuebles por valor

mensual

$103,939.80 $207,879.60

• Deberán reportar a la SHCP los Comerciantes,constructores, prestamistas y agentesaduanales, entre otros

• La Ley Federal para la Prevención eIdentificación de Operaciones con Recursos deProcedencia Ilícita entró en vigor estemiércoles 17 de julio, obligando a las personasdedicadas al comercio, la construcción, elmutuo (prestamistas), y los serviciosaduanales, entre otros.

• Las operaciones que éstos realizan sedenominan en la norma ActividadesVulnerables, mismas que deberán serreportadas a la Unidad de InteligenciaFinanciera de la SHCP.

• La ley establece cuatro tipos de obligaciones:Al llevar a cabo la actividad siempre se debeIdentificar al cliente, obteniendo copia de sucredencial o de cualquier otro documento querevele su identidad; al realizarse la actividad,por un monto señalado, el proveedor debienes o servicios debe Identificar al cliente.

• A su vez, si la actividad supera el límiteestablecido en la ley, además de la identificacióndel cliente, se debe Informar a la Unidad deInteligencia Financiera de Hacienda; y finalmentepor el sólo hecho de que se lleva a cabo laactividad, independientemente del monto, elproveedor debe Informar en todos los casos aesa unidad.

• Hacienda emite reglas de la ley contra lavadode dinero

• Se incluyen listas de documentos que lasempresas solicitarán a sus clientes desde el 1de septiembre

• La Secretaría de Hacienda y Crédito Públicoemitió este viernes en el DOF las Reglas decarácter general de la Ley Federal para laPrevención e Identificación de Operacionescon Recursos de Procedencia Ilícita, en las quese detallan los mecanismos de identificación yaviso que deberán seguir las empresas querealizan actividades vulnerables.

• De entrada, los sujetos obligados de la norma,es decir empresas inmobiliarias, notarios,vendedores de autos, joyerías, galerías dearte, y consorcios emisores de tarjetasprepagadas, entre otros, deberán registrarseen Internet en una página que para tal efectohabilitará el SAT.

• En el caso de las personas morales, el registrose efectuará utilizando la FIEL asociada alRegistro Federal de Contribuyentes de lamisma empresa, toda vez que no se podráutilizar la FIEL del representante legal.

• Realizado este trámite, el SAT expedirá unacuse electrónico de alta, junto con un sellodigital, y otorgará a los contribuyentesregistrados acceso a las páginas de Internetque servirán para enviar los avisos de lasactividades vulnerables.

• Cabe destacar que todas las notificaciones queen su caso envíen Hacienda, el SAT o la Unidadde Inteligencia Financiera, serán electrónicas.

• Así mismo, luego de que la empresa quederegistrada, deberá designar a unrepresentante, quien también realizará porInternet el trámite de aceptación del cargo.

• Las empresas que llevan a cabo actividadesvulnerables tienen la obligación de elaborar yobservar una política de identificación delcliente y usuario, además de que los datos ydocumentos de éstos deben ser actualizadospor lo menos cada año.

• El expediente respectivo se tiene que integrarde manera previa o durante la realización delacto u operación, o cuando se establezca unarelación de negocios. No obstante, lasempresas pueden contar con mecanismossimplificados de identificación cuandoconsideren que su cliente es de “bajo riesgo”.

Documentos

Los datos y documentos de identificación de los clientesque deberá recabar la empresa son:

• Apellido paterno, apellido materno y nombre(s), sinabreviaturas, o en caso de ser extranjero, los apellidoscompletos que correspondan y nombre(s)

• Fecha de nacimiento; País de nacimiento; País denacionalidad

• Actividad, ocupación, profesión, actividad o giro delnegocio al que se dedique el cliente o usuario, para loscasos en que se establezca una Relación de Negocios.

• Domicilio particular en su lugar de residencia.

• Número(s) de teléfono en que se pueda localizar,incluida la clave de larga distancia

• Correo electrónico.

• Clave Única de Registro de Población y la clave del RegistroFederal de Contribuyentes, cuando cuente con ellas.

• Datos de la identificación con la que se identificó, consistentesen: nombre de la identificación; autoridad que la emite, ynúmero de la misma.

• Comprobante de domicilio, cuando el domicilio manifestadopor el cliente o usuario a quien realice la actividad vulnerableno coincida con el de la identificación o ésta no lo contenga

• Constancia por la que se acredite que quien realice laActividad Vulnerable solicitó a su cliente información acercade si tiene conocimiento de la existencia de un dueñobeneficiario, la cual deberá estar firmada por los queparticipen directamente en el acto u operación

• En el supuesto en que la persona físicamanifieste que sí tiene conocimiento de laexistencia de un dueño beneficiario, quienrealice la actividad vulnerable deberáidentificarlo.

• Carta poder o copia certificada del documentoexpedido por fedatario público, segúncorresponda, para el caso en que la personafísica actúe.

Listo el Reglamento de la ley contra lavado de dinero

• La obligación de presentar los avisos a la SHCP inicia el próximo 31 de octubre

Reglamento de la ley contra el lavado de dinero.

• La Secretaría de Hacienda y Crédito Públicopublicó este viernes en el DOF el Reglamentode la Ley Federal para la Prevención eIdentificación de Operaciones con Recursos deProcedencia Ilícita, el cual entrará en vigor el 1de septiembre próximo.

• Desde esa fecha, de acuerdo con lo quedisponen los artículos transitorios de estareglamentación, las personas que realicenactividades vulnerables deberán identificar asus clientes y en su caso requerirlesinformación que, con posterioridad, seráenviada a la Unidad de Inteligencia Financierade Hacienda (UIF).

• A su vez, la obligación de presentar los avisosa esa dependencia iniciará el próximo 31 deoctubre, sesenta días después a la entrada envigor del Reglamento, que la SHCP fijó para el1 de septiembre.

• También se destaca que los avisos a la UIFpodrán ser realizados por EntidadesColegiadas, que para ello deberán signar unconvenio con Hacienda. Esas entidades, talescomo las asociaciones comerciales o loscolegios de notarios, podrán recibir de susagremiados los avisos que ordena la ley, paraque en conjunto la entidad los envíe a la UIF.

• Así mismo, se integrará un padrón depersonas que realicen actividades vulnerables.Este instrumento se irá conformandomediante los trámites “de alta” ante el SATque deberán llevar a cabo los negocios ypersonas físicas que efectúan este tipo deactividades, conforme a las Reglas Generalesque posteriormente emitirá Hacienda.

• Por otro lado, el Reglamento establece quetanto la UIF como el SAT “podrán requerir, entodo momento y de manera directa, a quienesrealicen las actividades vulnerables” lainformación y documentación de los clientesque hayan identificado. Estos datos deberánentregarse a esas dependencias en un plazode 10 días hábiles a partir del requerimiento.

• Si así lo solicita el interesado, ese plazo seampliará por otros cinco días; pero concluidoese periodo, si la información solicitada no seentrega, el SAT impondrá sancionesadministrativas.

• De igual forma, si la información requerida esentregada, y luego de que el SAT la revise, esadependencia encuentren algunas omisiones,se dará un plazo de cinco días para que lasmismas se subsanen. De no realizarse estoúltimo, el Reglamento establece que “setendrán por consentidos los hechos uomisiones” que señale el SAT, incurriéndoseen alguna falta sancionada por la ley.

• Ley contra el lavado de dinero ¿riesgosa paralos ciudadanos?.

• La norma exige que compradoresproporcionen copia de su identificación yotros datos personales que podrían ponerlosen riesgo

• La Ley Federal para la Prevención eIdentificación de Operaciones con Recursos deProcedencia Ilícita, que entró en vigor elpasado 17 de julio, y cuyo reglamento fuepublicado la semana pasada, impone diversasobligaciones a los ciudadanos que puedensignificar un riesgo para su seguridadpersonal.

• La norma, cuyo origen es parte de loscompromisos contraídos por México comomiembro del Grupo de Acción Financierasobre el Blanqueo de Capitales (FATF-GAFI),tiene como propósito imponer un estrictocontrol a ciertas actividades económicas quesuelen utilizarse por el crimen organizado paraintroducir al sistema financiero recursosobtenidos de manera ilícita.

• Para lograrlo, la ley exige que los compradoresde ciertos bienes o servicios se identifiquenproporcionando copia de su identificaciónoficial, la cual quedará a disposición de laempresa que oferta los productos, lo que deentrada pone en riesgo al consumidor sipartimos del hecho de que -la mayoría de lasempresas en el país- no protege de maneraadecuada los datos personales de sus clientes.

• Así, por ejemplo, si se adquiere un automóvilcuyo valor supera los 207,879 pesos, laempresa vendedora tiene la obligación depedir al adquiriente que muestre unaidentificación oficial, de la que recabará unacopia para archivarla.

• Pero si el vehículo cuesta más de 415,759pesos, el consorcio debe saber, además de laidentidad del comprador, el lugar en dondevive, y en algunos casos, hasta la forma en laque adquirió el dinero para hacerse con elbien.

• Incluso, de acuerdo con las fracciones II y III del artículo 18de la ley, el comerciante o prestador de servicios debesolicitar al cliente “información sobre su actividad uocupación”, basándose en los avisos de inscripción yactualización del Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

• Es decir, para probar ante el vendedor que el dinero eslícito, éste puede pedir no sólo la cédula fiscal delconsumidor, sino también su declaración anual deimpuestos o algún comprobante de ingresos, lo cual violavarios derechos constitucionales, toda vez que cualquieractividad económica se presume lícita, a menos que laautoridad demuestre lo contrario.

• De manera adicional, desde el próximo 1 deseptiembre, el cliente podrá ser interrogadopor el comerciante si existe un “beneficiariocontrolador”, lo que en términos llanossignifica que si el bien o servicio se estáadquiriendo para que sea otra persona labeneficiaria, como si esto implicaranecesariamente un ilícito.

• En ese tenor, si un hombre adquiere para suesposa un vehículo de más de 415,759 pesos, auncuando la transacción se lleve a cabo medianteun crédito, el concesionario tendrá que anotar enel archivo que abra para el cliente, que el“beneficiario controlador” es el cónyuge del quecompra. Todos estos datos serán enviados a laSecretaría de Hacienda, la que a su vez losremitirá a la Unidad de Inteligencia Financiera dela misma dependencia.

• Lo mismo sucederá cuando se compre uninmueble, si su valor supera los 519,699pesos, el vendedor está obligado por la ley ysu reglamento a recabar copias de laidentificación y de la cédula del RFC delcliente, pero también deberá indagar si elinmueble será ocupado por quien lo compra,o si el beneficiario será otra persona.

• Si bien es importante que México haga máseficiente su lucha contra el lavado de dinero,resulta ingenuo pensar que las personasdedicadas al blanqueo de activos responderáncon la verdad en estos casos. En contraste, seránlos ciudadanos honestos quienes pondrán enriesgo su integridad al proporcionar datospersonales en un país en el que el robo deidentidad y las extorsiones no se castigan demanera adecuada, como muchos otros delitos.

Empresas deben designar representante en SHCP

• De acuerdo con la ley vs el lavado de dinerolas empresas deberán dar aviso a Haciendade algunas operaciones

• Las personas morales que realizan actividadesconsideradas Vulnerables por la Ley Federalpara la Prevención e Identificación deOperaciones con Recursos de ProcedenciaIlícita, que entra en vigor el miércoles 17 dejulio, deberán registrar ante la SHCP a unrepresentante que será el encargado decumplir ante esa instancia con las obligacionesque ordena esta norma.

• De manera específica, las empresasconstructoras, inmobiliarias, de juegos ysorteos, aquellas que transportan valores, lasjoyerías, las comercializadoras de obras dearte, y las agencias o lotes de compraventa deautomóviles, entre otras, deben designar auna persona para que entregue a la Unidad deInteligencia Financiera de Hacienda los avisosque señala la ley.

• Estos avisos se generan en dos tipos deoperaciones:

• Si la actividad supera el límite establecido en laley se debe Informar a la Unidad de InteligenciaFinanciera de la SHCP.

• Por el sólo hecho de que se lleva a cabo laactividad, independientemente del monto, elproveedor debe Informar en todos los casos a laUnidad de Inteligencia Financiera de la SHCP

• En seguida te mostramos las actividades ymontos a partir de los cuales el representantede la persona moral deberá notificar a laUnidad de Inteligencia Financiera de la SHCP:

OPERACIONES QUE SUPERAN 41,000 PESOSRealización de juegos y sorteos

Emisión de tarjetas prepagadas

Compraventa de cheques de viajero

OPERACIONES QUE SUPERAN 83,000 PESOSEmisión de tarjetas de servicios

OPERACIONES QUE SUPERAN 103,000 PESOSPréstamos

Compraventa de joyas

OPERACIONES QUE SUPERAN 207,000 PESOSTraslado de dinero y valores

Recepción de donativos

Pago mensual de arrendamiento de inmuebles

OPERACIONES QUE SUPERAN 311,000 PESOS

Compraventa de obras de arte

Servicios de blindaje de autos o inmuebles

OPERACIONES QUE SUPERAN 415,000 PESOSCompraventa de vehículos, barcos o aviones

OPERACIONES QUE SUPERAN 519,000 PESOSConstrucción de inmuebles

Modificación patrimonial de personas morales

Creación de Fideicomisos

Operaciones que sin importar el monto deben notificarsea la SHCP:

Compraventa de inmuebles, administración de recursos yvalores, manejo de cuentas bancarias, administración desociedades mercantiles; todas las actividades que realizanlos Notarios y Corredores Públicos.

Las operaciones de los agentes aduanales si despachanjoyas, obras de arte, vehículos, barcos o aviones;maquinas de juego; materiales para la elaboración detarjetas de crédito o débito, y materiales de blindaje.

La ley contra el lavado en el comercio exterior

• cuáles son las obligaciones con respecto a estanorma si usted realiza este tipo de actividades

• La ley contra el lavado de dinero también imponeobligaciones a los exportadores e importadores

• Si usted es agente aduanero o realiza actividadesde importación o exportación, tiene variasobligaciones que cumplir de acuerdo con la Leycontra el lavado de dinero y su Reglamento, elcual entró en vigor el 1 de septiembre

• Como se sabe, la nueva ley -vigente desde el17 de julio pasado- contempla una serie deactividades consideradas como vulnerables,que pudieran realizarse con recursos deprocedencia ilícita, entre ellas, la “prestaciónde servicios de comercio exterior como agenteo apoderado aduanal”, solo para el despachode ciertos bienes, las cuales deben reportarse,mediante avisos a la SHCP, de acuerdo con loslineamientos del RLFPIORPI (art. 17, fracc. XIV,de la Ley).

Ahora bien, en cuanto a la presentación de losavisos el Reglamento prevé que:

• se exhibirán obligatoriamente a los 60 díasposteriores a su entrada en vigor, o sea el 31de octubre, en cuanto a los actos celebradosdesde el 1 de septiembre (art. segundotransitorio)

• para estar en posibilidad de remitirlos, se enviará lainformación de identificación a través de los medioselectrónicos y mediante el formato oficial que paratales efectos determine y expida la Unidad deInteligencia Financiera (art. tercero transitorio)

• los agentes y apoderados aduanales:– los transmitirán mediante el Sistema Automatizado

Aduanero Integral –SAAI– (art. 16)– considerarán como fecha del acto u operación la que se

establezca de conformidad con la legislación aduanera (art.5o)

• Este último punto es muy ambiguo, ya que deacuerdo con la Ley Aduanera (LA) podría ser lafecha de inicio del despacho aduanero, ocuando las mercancías ya se encuentranimportadas o exportadas, según el régimenaduanero elegido.

• Al respecto, aun cuando las autoridadesdeben precisar la disposición, los prestadoresde tales servicios consideran que los avisosdeben presentarse antes de la pre validacióndel pedimento, esto es, previo al inicio deldespacho, pues es cuando se elabora dichopedimento con la información otorgada por elcontribuyente, documento en el cual se puedeidentificar la mercancía regulada por la nuevaley.

• La pre validación consiste en comprobar que losdatos asentados en el pedimento estén dentro delos criterios sintácticos, estructurales ynormativos, para ser presentados al sistemaelectrónico del SAT, para después sujetar elpedimento a su validación, y posteriorpresentación, junto con la mercancía, ante laaduana para iniciar las formalidades del despacho(art. 16-A, LA).

Hacienda publica formatos de la ley antilavado

• Prepárese hay que llenar más de 200 datospara darse de alta y para enviar los avisos aesa dependencia

• La Secretaría de Hacienda y Crédito Públicopublicó este viernes en el Diario Oficial de laFederación los formatos para que se den dealta en esa dependencia quienes llevan a caboactividades vulnerables, así como losdocumentos oficiales con los que se enviaránlos avisos que ordena la ley contra el lavadode dinero.

• Las plantillas para darse de alta incluyen 165espacios que deberán llenarse de maneraobligatoria, destacándose los datos fiscales de lapersona que efectúa actividades vulnerables; eltipo de negocio que lleva a cabo; los detallessobre el órgano de administración del consorcio;la identificación de los accionistas y de losapoderados legales; los datos de quien seráresponsable de cumplir con las obligaciones quemarca la ley contra el blanqueo de activos, y lainformación relativa al “beneficiario controlador”.

• A continuación le mostramos los formatosobligatorios para darse de alta en Hacienda,los cuales deberán ser remitidos víaelectrónica a esa dependencia por los sujetosobligados de la ley. Además, en esteenlace puede encontrar el formato para envíarlos avisos.

NO. NOMBRE DEL CAMPO OBLIGATORIEDAD

A Archivo XML Obligatorio

1 Datos de identificación de quien realiza la Actividad Vulnerable Obligatorio

1.1 Datos de tipo de persona Obligatorio

1.1.1 Datos de la persona cuando se trata de persona física Obligatorio

1.1.1.1 Nombre(s) Obligatorio

1.1.1.2 Apellido Paterno Obligatorio

1.1.1.3 Apellido Materno Obligatorio

1.1.1.4 Fecha de Nacimiento Obligatorio

1.1.1.5 Registro Federal de Contribuyentes (RFC) Obligatorio

1.1.1.6 Clave Única de Registro de Población Obligatorio

1.1.1.7 Clave país de nacionalidad Obligatorio

1.1.1.8 Clave país de nacimiento Obligatorio

1.1.2 Datos de la persona cuando se trata de persona moral Obligatorio

1.1.2.1 Denominación o Razón Social Obligatorio

1.1.2.2 Fecha de Constitución Obligatorio

1.1.2.3 Registro Federal de Contribuyentes (RFC) Obligatorio

1.1.2.4 Clave país de nacionalidad Obligatorio

2 Datos de Contacto Obligatorio

2.1 Contacto Obligatorio

2.1.1 Clave Lada Opcional

2.1.2 Número de teléfono Obligatorio

2.1.3 Correo electrónico Obligatorio

2.1.4 Número de celular Opcional

3 Datos de las actividad vulnerables Obligatorio

3.1 Datos de la actividad vulnerable registrada Obligatorio

3.1.1 Clave de la actividad vulnerable Obligatorio

3.1.2 Fecha de inicio de la prestación de la Actividad Vulnerable Obligatorio

3.1.3 Documento que ampara la actividad Obligatorio

3.1.3.1 Numero o folio Obligatorio

3.1.3.2 Fecha de emisión Obligatorio

3.1.3.3 Fecha de inicio del periodo que ampara Obligatorio

3.1.3.4 Fecha de término del periodo que ampara Obligatorio

NO. NOMBRE DEL CAMPO OBLIGATORIEDAD

4 Domicilio principal de actividades vulnerables Obligatorio

4.1 Dirección principal de actividad vulnerable Obligatorio

4.1.1 Código Postal Obligatorio

4.1.2 Entidad Federativa Obligatorio

4.1.3 Delegación o Municipio Obligatorio

4.1.4 Localidad Obligatorio

4.1.5 Colonia Obligatorio

4.1.6 Tipo de vialidad Obligatorio

4.1.7 Calle, avenida o vía Obligatorio

4.1.8 Número exterior Obligatorio

4.1.9 Número interior Opcional

4.1.10 Actividad vulnerable realizada en el domicilio Obligatorio

NO. NOMBRE DEL CAMPO OBLIGATORIEDAD

5 Establecimientos Opcional

5.1 Dirección de actividad vulnerable Obligatorio

5.1.1 Código Postal Obligatorio

5.1.2 Entidad Federativa Obligatorio

5.1.3 Delegación o Municipio Obligatorio

5.1.4 Localidad Obligatorio

5.1.5 Colonia Obligatorio

5.1.6 Tipo de vialidad Obligatorio

5.1.7 Calle, avenida o vía Obligatorio

5.1.8 Número exterior Obligatorio

5.1.9 Número interior Opcional

5.1.10 Actividad vulnerable realizada en el domicilio Obligatorio

NO. NOMBRE DEL CAMPO OBLIGATORIEDAD

6 Órgano de administración Obligatorio

6.1 Datos del Administrador(es), Director o Gerente General Obligatorio

6.1.1 Función que desempeña Obligatorio

6.1.2 Nombre(s) Obligatorio

6.1.3 Apellido Paterno Obligatorio

6.1.4 Apellido Materno Obligatorio

6.1.5 Fecha de Nacimiento Obligatorio

6.1.6 Registro Federal de Contribuyentes (RFC) Obligatorio

6.1.7 Clave Única de Registro de Población Obligatorio

6.1.8 Documento que ampara el cargo asignado Obligatorio

6.1.8.1 Número de escritura Obligatorio

6.1.8.2 Fedatario Obligatorio

6.1.8.3 Fecha del instrumento Obligatorio

6.1.8.4 Número de la Notaría Obligatorio

6.1.8.5 Estado de la Notaría Obligatorio

NO. NOMBRE DEL CAMPO OBLIGATORIEDAD

7 Datos sobre las acciones de la empresa Obligatorio

7.1 Especificar si la empresa cotiza en la bolsa Obligatorio

7.2 Datos de los accionistas Obligatorio

7.2.1 Datos de tipo de persona Obligatorio

7.2.1.1 Datos cuando se trata de persona física Obligatorio

7.2.1.1.1 Nombre(s) Obligatorio

7.2.1.1.2 Apellido Paterno Obligatorio

7.2.1.1.3 Apellido Materno Obligatorio

7.2.1.1.4 Fecha de Nacimiento Obligatorio

7.2.1.1.5 Registro Federal de Contribuyentes (RFC) Obligatorio

7.2.1.1.6 Clave Única de Registro de Población Opcional

7.2.1.1.7 Clave país de nacionalidad Obligatorio

7.2.1.1.8 Clave país de nacimiento Obligatorio

7.2.1.2 Datos de la persona cuando se trata de persona moral Obligatorio

7.2.1.2.1 Denominación o Razón Social Obligatorio

7.2.1.2.2 Fecha de Constitución Obligatorio

7.2.1.2.3 Registro Federal de Contribuyentes (RFC) Obligatorio

7.2.1.2.4 Clave país de nacionalidad Obligatorio

NO. NOMBRE DEL CAMPO OBLIGATORIEDAD

7.2.1.3 Datos de la persona cuando se trata de fideicomiso Obligatorio

7.2.1.3.1 Denominación o Razón Social del Fiduciario Obligatorio

7.2.1.3.2 Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del Fideicomiso Obligatorio

7.2.1.4 Porcentaje de participación accionaria Obligatorio

7.2.1.5 Documento que ampara el porcentaje de participación Obligatorio

7.2.1.5.1 Número de escritura Obligatorio

7.2.1.5.2 Fedatario Obligatorio

7.2.1.5.3 Fecha del instrumento Obligatorio

7.2.1.5.4 Número de la Notaría Obligatorio

7.2.1.5.5 Estado de la Notaría Obligatorio

NO. NOMBRE DEL CAMPO OBLIGATORIEDAD

8 Apoderados Legales Obligatorio

8.1 Datos del apoderado Legal Obligatorio

8.1.1 Tipo de poder Obligatorio

8.1.2 Nombre(s) Obligatorio

8.1.3 Apellido Paterno Obligatorio

8.1.4 Apellido Materno Obligatorio

8.1.5 Fecha de Nacimiento Obligatorio

8.1.6 Registro Federal de Contribuyentes (RFC) Obligatorio

8.1.7 Clave Única de Registro de Población Obligatorio

8.1.8 Documento que ampara el tipo de poder otorgado Obligatorio

8.1.8.1 Número de escritura Obligatorio

8.1.8.2 Fedatario Obligatorio

8.1.8.3 Fecha del instrumento Obligatorio

8.1.8.4 Número de la Notaría Obligatorio

8.1.8.5 Estado de la Notaría Obligatorio

NO. NOMBRE DEL CAMPO OBLIGATORIEDAD

9 Datos de la persona responsable del cumplimiento de las obligaciones

derivadas de la Ley

Obligatorio

9.1 Nombre(s) Obligatorio

9.2 Apellido Paterno Obligatorio

9.3 Apellido Materno Obligatorio

9.4 Fecha de Nacimiento Obligatorio

9.5 Registro Federal de Contribuyentes (RFC) Obligatorio

9.6 Clave Única de Registro de Población Obligatorio

9.7 Clave país de nacionalidad Obligatorio

9.8 Clave país de nacimiento Obligatorio

9.9 Ocupación, profesión, actividad o giro del negocio Obligatorio

9.10 Fecha de designación Obligatorio

NO. NOMBRE DEL CAMPO OBLIGATORIEDAD

9.11 Datos de Contacto Obligatorio

9.11.1 Clave Lada Opcional

9.11.2 Número de teléfono Obligatorio

9.11.3 Correo electrónico Obligatorio

9.11.4 Número de celular Opcional

9.12 Domicilio Obligatorio

9.12.1 Código Postal Obligatorio

9.12.2 Entidad Federativa Obligatorio

9.12.3 Delegación o Municipio Obligatorio

9.12.4 Localidad Obligatorio

9.12.5 Colonia Obligatorio

9.12.6 Tipo de vialidad Obligatorio

9.12.7 Calle, avenida o vía Obligatorio

9.12.8 Número exterior Obligatorio

9.12.9 Número interior Opcional

NO. NOMBRE DEL CAMPO OBLIGATORIEDAD

NO. NOMBRE DEL CAMPO OBLIGATORIEDAD

10 Datos del Beneficiario Controlador Opcional

10.1 Datos de tipo de persona Obligatorio

10.1.1 Datos cuando se trata de persona física Obligatorio

10.1.1.1 Nombre(s) Obligatorio

10.1.1.2 Apellido Paterno Obligatorio

10.1.1.3 Apellido Materno Obligatorio

10.1.1.4 Fecha de Nacimiento Obligatorio

10.1.1.5 Registro Federal de Contribuyentes (RFC) Obligatorio

10.1.1.6 Clave Única de Registro de Población Opcional

10.1.1.7 Clave país de nacionalidad Obligatorio

10.1.1.8 Clave país de nacimiento Obligatorio

10.1.2 Datos de la persona cuando se trata de persona moral Obligatorio

10.1.2.1 Denominación o Razón Social Obligatorio

10.1.2.2 Fecha de Constitución Obligatorio

10.1.2.3 Registro Federal de Contribuyentes (RFC) Obligatorio

10.1.2.4 Clave país de nacionalidad Obligatorio

10.1.3 Datos de la persona cuando se trata de fideicomiso Obligatorio

10.1.3.1 Denominación o Razón Social del Fiduciario Obligatorio

10.1.3.2 Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del Fideicomiso Obligatorio

10.1.4 Datos de tipo de domicilio del Beneficiario controlador Obligatorio

10.1.4.1 Datos del domicilio si es nacional Obligatorio

10.1.4.1.1 Código Postal Obligatorio

10.1.4.1.2 Entidad Federativa Obligatorio

10.1.4.1.3 Delegación o Municipio Obligatorio

10.1.4.1.4 Localidad Obligatorio

10.1.4.1.5 Colonia Obligatorio

10.1.4.1.5 Tipo de vialidad Obligatorio

10.1.4.1.6 Calle, avenida o vía Obligatorio

10.1.4.1.7 Número exterior Obligatorio

10.1.4.1.8 Número interior Opcional

NO. NOMBRE DEL CAMPO OBLIGATORIEDAD

10.1.4.2 Datos del domicilio si es extranjero Obligatorio

10.1.4.2.1 Clave del país donde se encuentra el domicilio Obligatorio

10.1.4.2.2 Estado, provincia, departamento o demarcación política similar que

corresponda

Obligatorio

10.1.4.2.3 Ciudad o población Obligatorio

10.1.4.2.4 Colonia Obligatorio

10.1.4.2.5 Calle, avenida o vía Obligatorio

10.1.4.2.6 Número exterior Obligatorio

10.1.4.2.7 Número interior Opcional

10.1.4.2.8 Código Postal Obligatorio

NO. NOMBRE DEL CAMPO OBLIGATORIEDAD

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