acta conciliacion modelo

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Expediente : 0008-2009 Cuaderno : de Excepciones Demandante : Walter Pasamonte Cortez Demandados : Oswaldo Cortez Torres Materia : Pago de Dólares Secretario : Dr. La Rosa RESOLUCIÓN NRO: 02 Tacna, tres de marzo del año dos mil nueve.- AUTOS Y VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO : Que, el articulo veinticinco del Código Procesal Civil establezca que las partes, pueden convenir por escrito someterse a la competencia territorial de un Juez distinto al que corresponda conocer la pretensión.- SEGUNDO: Que, del tenor del contrato de mutuo se desprende que las partes han convenido expresamente en someterse a los Jueces de la ciudad de Moquegua en caso de controversia, lo cual se corrobora con la declaración de parte del demandante realizada en la audiencia de saneamiento de fojas veinte, quien al absolver la tercera pregunta de pliego de posiciones admite que efectivamente convino con el demandado en someterse a los Jueces de la ciudad de Moquegua en caso de litigio; por lo que siendo esto así procede hacer lugar a la excepción propuesta.- TERCERO : Que, el inciso cinco del artículo cuatrocientos cincuenta y uno del Código

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acta de conciliacion

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Page 1: Acta Conciliacion Modelo

Expediente : 0008-2009Cuaderno : de ExcepcionesDemandante : Walter Pasamonte CortezDemandados : Oswaldo Cortez TorresMateria : Pago de DólaresSecretario : Dr. La Rosa

RESOLUCIÓN NRO: 02

Tacna, tres de marzo del año dos mil nueve.-

AUTOS Y VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el articulo veinticinco

del Código Procesal Civil establezca que las partes, pueden convenir por escrito someterse

a la competencia territorial de un Juez distinto al que corresponda conocer la pretensión.-

SEGUNDO: Que, del tenor del contrato de mutuo se desprende que las partes han

convenido expresamente en someterse a los Jueces de la ciudad de Moquegua en caso de

controversia, lo cual se corrobora con la declaración de parte del demandante realizada en

la audiencia de saneamiento de fojas veinte, quien al absolver la tercera pregunta de pliego

de posiciones admite que efectivamente convino con el demandado en someterse a los

Jueces de la ciudad de Moquegua en caso de litigio; por lo que siendo esto así procede

hacer lugar a la excepción propuesta.- TERCERO: Que, el inciso cinco del artículo

cuatrocientos cincuenta y uno del Código Procesal Civil establece que al declarase fundada

una excepción de incompetencia, se debe anular lo actuado y dar por concluido el proceso.-

Por tales fundamentos: Declárese FUNDADA la excepción de incompetencia interpuesta por

don Oswaldo Cortez Torres, en el proceso de conocimiento de pago de dólares, seguidos

Por don Walter Pasamonte Cortez; consentida y/o ejecutoriada que sea la presente

resolución, agréguese el cuaderno al Principal, anulándose lo actuado y por concluido el

proceso; con Costas y Costos. TR Y HS.

……………………………. ………………………….

EXPEDIENTE : 2009-00024-0-2301-JR- 1ESPECIALISTA : POBLETE TENORIO, ANADEMANDADO : SUCESIÓN LOPEZ EDUARDO, MARCELINO

Page 2: Acta Conciliacion Modelo

DEMANDANTE : MAQUERA ALAVI, KARINA JESSICAMATERIA : RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO

ACTA DE AUDIENCIA DE CONCILIACION

En Tacna, a los cuatro días del mes de marzo del dos mil nueve, siendo las nueve horas de la mañana en el local del Segundo Juzgado Especializado en lo Civil que despacha la Señora Juez Rosa Juárez Ticona y especialista legal Julio la Rosa, fue presente la demandante doña Karina Jessica Maquera Alavi identificada con documento nacional de identidad número 00456061, con su abogado Briggitt A. Palacios Maquera con ICAT 069, con el objeto de de llevar a cabo la audiencia conciliatoria o de fijación de puntos controvertidos y saneamiento probatorio, señalada para el día de la fecha, en el proceso sobre Reconocimiento de Unión de Hecho que ha iniciado Karina Jessica Maquera Alavi en contra de Piero Lopez Eduardo en el expediente número 0024-2009 = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = CONCILIACION: Que la presente audiencia solo ha concurrido la parte demandante, mas no así la parte demandada por lo que el Juzgado no pudo cumplir con lo dispuesto por el articulo 3260 del Código Procesal Civil, esto es de proponer la formula conciliatoria, con lo que se da por fracasada esta etapa debiendo continuarse con los demás. = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = FIJACION DE PUNTOS CONTROVERTIDOS: el juzgado con la intervención de la parte presente procedió a fijar los puntos controvertidos siguientes y restitución del bien materia de litis. = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = PRIMERO: Determinar la convivencia entre Karina Jessica Maquera Alavi y Marcelino Lopez Eduardo. SEGUNDO: Reconocimiento de herederos legítimos. TERCERO: Determinar el grado hereditario del demandado. CUARTO: Si dentro de la presente concurren los requisitos para la unión de hecho; es decir que existe unión voluntaria realizada y mantenida por un varón y una mujer, libres de impedimento matrimonial, para alcanzar finalidades y cumplir deberes semejantes a los del matrimonio. = = = = ADMISION DE MEDIO PROBATORIO DEL DEMANDANTE: De su escrito de contestación del traslado de oposición, que corre a fojas del apartado 1) téngase por ofrecida la copia legalizada de la minuta del contrato de compra venta realizado entre ambas partes, el mismo que cumple los requisitos establecidos en el artículo doscientos treinta y tres del Código Procesal Civil; así mismo respecto a la contestación de la tacha que corre a fojas al apartado 1) y 2) téngase por ofrecida la declaración de parte del demandado Piero Lopez Eduardo cumple con las formalidades establecidas por el Código Procesal Civil y anexando el pliego de posición en sobre cerrado para la declaración de parte y pliego interrogatorio en sobre cerrado para el testigo; se dispone que el testigo Tifanny Ambher Palacios Maquera preste declaración en esta audiencia, de acuerdo al pliego interrogatorio efectuado. = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = DE LA PARTE DEMANDADA: Documental: Téngase por admitida los del punto uno, dos y tres ofrecidos en el ofertorio de su contestación de la demanda en la referente al punto cuatro, presto la declaración de parte de la demandante Karina Jessica Maquera Alavi conforme al pliego interrogatorio adjuntado. = = = = = = = = = = = = = = = = ACTUACION DE LOS MEDIOS DE PRUEBA ADMITIDOS: CON RESPECTO A LA OPOSICION DE LA EXHIBICION DE DOCUMENTO; Habiéndose ofrecido como medio de prueba la denuncia policial sobre sustracción de documentos y habiendo el demandado ofrecido en su contestación de la oposición documento que reviste mayor valor probatorio; en tal sentido, téngase presente al momento de emitir pronunciamiento; CON RESPECTO A LA TACHA DE TESTIGO; no habiendo

Page 3: Acta Conciliacion Modelo

concurrido a la audiencia los testigos ofrecidos de ambas partes, no se pudo actuar este medio de prueba; DECLARACION DE PARTE DEL DEMANDANTE; Presente doña Karina Jessica Maquera Alavi, cuyos datos de identidad obran al iniciar la audiencia y habiendo prestado juramento al iniciar la presente, prometiendo decir la verdad; interrogado con el pliego de posiciones en sobre cerrado; el mismo que se abre, sella y rubrica por el personal del juzgado; contesto A LA PRIMERA Y ÚNICA; Que con el testigo tachado le une vínculo consanguíneo del tercer grado; teniendo respuesta afirmativa y confirmando tal expresión con las partidas de nacimiento, se da por concluido el presente acto. = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = En lo referente al punto cinco formula oposición a la exhibición de documento. Admisión y actuación de pruebas de oposición a la exhibición de documento. Téngase presente y meritase en su oportunidad. En lo referente a la absolución de oposición ofertorio, conforme al estado del Proceso se señala para la AUDIENCIA DE PRUEBAS, el día seis de marzo del presente año a horas once de la mañana. Debiendo notificarse con la presente a la parte no recurrente. Con lo que concluyo. Leído que le fue firmado Doy Fe. = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

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