acta conciliacion 272-2014

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8/20/2019 Acta Conciliacion 272-2014 http://slidepdf.com/reader/full/acta-conciliacion-272-2014 1/4 ~ PROCESO INTERVENCiÓN Fecha de Revisión 28/02/2013 SUBPROCESO CONCILIACiÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Aprobación 28/02/2013 FORMAT O ACTA DE AUDIENCIA Versión 2 GaI lW DE lUAClClii REG·lN·CE·OO2 Página 1 de 4 Convocante: Convocado: Pretensión: BIOSISTEMAS INGENIERíA MÉDICA S.AS. HOSPITAL SIMÓN BOLíVAR 111 NIVEL E.S.E. REPARACiÓN DIRECTA CONCILIACiÓN EXTRAJUDICIAL 2014-272 PROCURADURíA 142 JUDICIAL 11 PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Radicación N.o 350672 de 3 de octubre de 2014 En Bogotá D.C., hoy 4 de mayo de 2015, siendo las 3:00 p m procede el despacho de la Procuraduría 142 Judicial II para Asuntos Administrativos a celebrar la AUDIENCIA DE CONCILIACiÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece a la diligencia la doctora YUDI JUDITH GUZMÁN MENDOZA, identificada con cédula de ciudadanía número 51.740.104 y con tarjeta profesional número 59.058 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderada de la parte convocante, a quien se le reconoció personería mediante auto del 22 de octubre de 2014 ; igualmente, comparece el doctor JORGE ELlÉCER CORREA CORREA, identificado con cedula de ciudadanía N. 7.223.387 y con tarjeta profesional N.o 129.177 del Consejo Superior de la Judicatura como apoderado de la entidad convocada, de conformidad con el poder otorgado por la doctora VIVIANA FERNANDA MENESES ROMERO, gerente del HOSPITAL SIMÓN BOlÍVAR 111NIVEL ESE. El procurador le reconoció personería al apoderado de la parte convocada en la audiencia del pasado 26 de enero en los términos del poder que aportó. A continuación, el Procurador declara abierta la audiencia e instruye nuevamente a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contencioso administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. En este estado de la diligencia, se le concede el uso de la palabra a las partes para que expongan sucintamente sus posiciones, en virtud del mecanismo alternativo para la solución de conflictos, y la parte convocante manifiesta que sus pretensiones son las siguientes: BIOSISTEMASINGENIERIA MEDICA SAS de la ciudad de Bogotá D.C., desarrolla actividades relacionadas con el Alquiler y mantenimiento de Equipo Médico, por lo que su vinculación con el HOSPITAL SIMON BOLlVAR III NIVEL EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO, es importante, para que este cumpla con su misión, lo cual se hace con relativa regularidad dependiendo de los recursos económicos que disponga, para que esta garantizara los servicios de salud en los diferentes niveles de complejidad, haciéndolo con una alta gama de especialidades y sub-especialidades, entre otros. En efecto, el HOSPITAL SIMON BOLlVAR 111 NIVEL EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO para garantizarle a sus usuarios y/o pacientes remitidos por las entidades Contractuales, la prestación de servicios de salud, requirió del Alquiler de Equipo Médico especializado, necesidad que cumplió BIOSISTEMAS INGENIERIA MEDICA SAS, con índices de: eficiencia, calidad, oportunidad, idoneidad, apoyando el desarrollo institucional del HOSPITAL SIMON BOLlVAR 111 NIVEL EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ampliando su capacidad de Oferta, a través de la optimización en el uso de los recursos de los servicios. Para atender los Preceptos Constitucionales del Artículo 49 que establece como obligación del Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención: N 142 Judicial  Administrativa 5 años Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documento

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8/20/2019 Acta Conciliacion 272-2014

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~

PROCESO INTERVENCiÓN Fecha de Revisión

28/02/2013

SUBPROCESO CONCILIACiÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Aprobación

28/02/2013

FORMATO ACTA DE AUDIENCIA

Versión

2

G a I l W D E lUAClClii

REG·lN·CE·OO2

Página

1 de 4

Convocante:

Convocado:

Pretensión:

BIOSISTEMAS INGENIERíA MÉDICA S.AS.

HOSPITAL SIMÓN BOLíVAR 1 1 1 NIVEL E.S.E.

REPARACiÓN DIRECTA

CONCILIACiÓN EXTRAJUDICIAL 2014-272

PROCURADURíA 142 JUDICIAL

1 1

PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS

Radicación N .o 350672 de 3 de octubre de 2014

En Bogotá D.C., hoy 4 de mayo de 2015, siendo las 3:00

p m

procede el

despacho de la Procuraduría 142 Judicial II para Asuntos Administrativos a

celebrar la AUDIENCIA DE CONCILIACiÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia.

Comparece a la diligencia la doctora YUDI JUDITH GUZMÁN MENDOZA,

identificada con cédula de ciudadanía número 51.740.104 y con tarjeta profesional

número 59.058 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderada de

la parte convocante, a quien se le reconoció personería mediante auto del 22 de

octubre de 2014 ; igualmente, comparece el doctor JORGE ELlÉCER CORREA

CORREA, identificado con cedula de ciudadanía N. 7.223.387 y con tarjeta

profesional N.o 129.177 del Consejo Superior de la Judicatura como apoderado de

la entidad convocada, de conformidad con el poder otorgado por la doctora

VIVIANA FERNANDA MENESES ROMERO, gerente del

HOSPITAL

SIMÓN

BOlÍVAR 111NIVEL ESE. El procurador le reconoció personería al apoderado de la

parte convocada en la audiencia del pasado 26 de enero en los términos del poder

que aportó.

A continuación, el Procurador declara abierta la audiencia e instruye nuevamente

a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en

materia contencioso administrativa como mecanismo alternativo para la solución

de conflictos.

En este estado de la diligencia, se le concede el uso de la palabra a las partes

para que expongan sucintamente sus posiciones, en virtud del mecanismo

alternativo para la solución de conflictos, y la parte convocante manifiesta que sus

pretensiones son las siguientes: BIOSISTEMASINGENIERIA MEDICA SAS de la

ciudad de Bogotá D.C., desarrolla actividades relacionadas con el Alquiler y

mantenimiento de Equipo Médico, por lo que su vinculación con el HOSPITAL

SIMON BOLlVAR III NIVEL EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO, es importante,

para que este cumpla con su misión, lo cual se hace con relativa regularidad

dependiendo de los recursos económicos que disponga, para que esta garantizara

los servicios de salud en los diferentes niveles de complejidad, haciéndolo con una

alta gama de especialidades y sub-especialidades, entre otros.

En efecto, el HOSPITAL SIMON BOLlVAR 1 1 1 NIVEL EMPRESA SOCIAL DEL

ESTADO para garantizarle a sus usuarios y/o pacientes remitidos por las

entidades Contractuales, la prestación de servicios de salud, requirió del Alquiler

de Equipo Médico especializado, necesidad que cumplió BIOSISTEMAS

INGENIERIA MEDICA SAS, con índices de: eficiencia, calidad, oportunidad,

idoneidad, apoyando el desarrollo institucional del HOSPITAL SIMON BOLlVAR 1 1 1

NIVEL EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ampliando su capacidad de Oferta, a

través de la optimización en el uso de los recursos de los servicios. Para atender

los Preceptos Constitucionales del Artículo 49 que establece como obligación del

Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención:

N 142 Judicial   Administrativa 5 años

Disposición Final:

Archivo Central

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~

PROCESO INTERVENCIÓN

Fecha de Revis ión

28/02/2013

SUBPROCESO CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL

Fecha de Aprobación

28/02/2013

FORMATO ACTA DE AUDIENCIA

Versión

2

C l N E R M D E L A

I IAClOM

REG-IN-CE-002

Página

2 de 4

Estado prestar los Servicios de Salud, garantizando a todas las personas el

acceso oportuno y eficiente a los servicios integrales de salud, BIOSISTEMAS

INGENIERIA MEDICA SAS, de la ciudad de Bogotá D.C., accedió a prestar los

servicios de Alquiler y Mantenimiento de Equipo Médico al HOSPITAL SIMON

SOLlVAR 1 1 1 NIVEL EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO, de Diciembre 11 de 2012.

Servicios prestados de acuerdo a la siguiente relación de facturas que fueron

radicadas por mi Representada y que asciende a la suma de DOSCIENTOS

DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y UN MIL SETECIENTOS

CUARENTA Y SEIS PESOS MONEDA LEGAL COLOMBIANA ( 219.561.746.00)

así:

FACTURA FECHA FACTURA FECHA VALOR FACTURA

No.

VENCIMIENTO

SS 15404

11 /12 /2012 11/12 /2012

  22.869.168,00

SS 15405

11/12/2012 11/12/2012 26.136.192,00

SS 15406 11/12/2012 11/12/2012

 

72.545.666,00

SS 15407 11/12/2012

11/12 /2012·   98.010.720.00

TOTAL

  219.561.746,00

BIOSISTEMAS INGENIERIA MEDICA SAS, hasta la fecha no ha recibido suma

alguna del HOSPITAL SIMON SOLlVAR 1 1 1 NIVEL EMPRESA SOCIAL DEL

ESTADO, sobre las anteriores Factura de Venta pendientes de pago, aquí

reclamada.

Así las cosas, el HOSPITAL SIMON BOLlVAR 1 1 1 NIVEL EMPRESA SOCIAL DEL

ESTADO debe a BIOSISTEMAS INGENIERIA MEDICA SAS como obligación

Contractual pendiente de pago por el Alquiler y Mantenimiento de Equipo Médico, I

suma de DOSCIENTOS DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y UN

MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS MONEDA LEGAL

COLOMBIANA ( 219.561.746.00), que corresponde al capital, sin incluir intereses

y

otros conceptos.

Al punto, se le permite el uso de la palabra al apoderado de la parte convocada

HOSPITAL SIMÓN BOLlVAR   NIVEL ESE que manifiesta: con fundamento en la

información suministrada por los funcionarios

del

Hospital se recomienda el pago

adeudado por valor de DOSCIENTOS DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS SESENTA

Y UN MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS a BIOSISTEMAS INGENIERíA

SAS por las actividades relacionadas con el alquiler y mantenimiento de equipos médicos,

teniendo en cuenta que se debe realizar los respectivos descuentos de ley. En ese

sentido, el Comité de Conciliación en Acta n.

o

07 del 10 de abril del 2015, de manera

unánime, los miembros del Comité deciden acoger la recomendación del apoderado y

reconocer la suma de DOSCIENTOS DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS

SESENTA Y UN MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS MONEDA

LEGAL COLOMBIANA ( 219.561.746.00) para lo cual me permito allegar, en tres

folios y vuelto, de la respectiva acta. Además, copia auténtica de certificación de

las facturas en mención donde se encuentran causadas en cuentas por pagar,

pero no se le ha dado trámite de pago debido a que no tiene amparo presupuestal,

Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención:

N. 142 Judicial II Administrativa 5 años

Disposición Final:

Archivo Central

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8/20/2019 Acta Conciliacion 272-2014

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PROCESO INTERVENCiÓN

Fecha de Revis ión

28 2 2 13

SUBPROCESO CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL

Fecha de Aprobación

28/02/2013

FORMATO ACTA DE AUDIENCIA

Versión

2

G U W D f U l I A O l M

REG-IN-CE-002 Página

3 d e 4

firmada por el doctor RAFAEL MAURICIO SOPÓ SOLANO, subgerente financiero

y

comercial. También entrego el oficio de fecha 2 de diciembre de 2014, donde

certifica el líder de Ingeniería Médica, CARLOS ALBERTO MEDINA, las facturas

que están en proceso de conciliación. Aporto lo mencionado en diez folios. En lo

que hace a la forma de pago, este se realizará dentro de los sesenta (60) días

siguientes a la radicación del acta de aprobación de esta conciliación.

A renglón seguido, se le permite el uso de la palabra a la apoderada de la parte

convocante para que se pronuncie respecto de la propuesta conciliatoria de la

convocada: acepto en todas y cada una de sus partes la propuesta hecha por el

HOSPITAL SIMON BOLlVAR 1 1 1 NIVEL EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO.

Así las cosas, el despacho considera que el anterior acuerdo contiene

obligaciones claras, expresas y exigibles, en cuanto al tiempo, modo y lugar de su

cumplimiento

1

y reúne los siguientes requisitos:  i la eventual acción contenciosa

que se ha podido llegar a presentar no ha caducado (art. 61, ley 23 de 1991,

modificado por el arto 81, ley 446 de 1998);  U el acuerdo conciliatorio versa sobre

acciones o derechos económicos disponibles por las partes (art. 59, ley 23 de

1991, y 70, ley 446 de 1998);

 iii

las partes se encuentran debidamente

representadas y sus representantes tienen capacidad para conciliar;

 iv

obran en

el expediente las pruebas necesarias que justifican el acuerdo a saber: 1.

 

Original

de las siguientes facturas de venta:

FACTURA FECHA FACTURA FECHA VALOR FACTURA

No. VENCIMIENTO

SS 15404

11/12/2012 11/12/2012 .

 

22.869.168 00

SS 15405 11/12/2012 11/12/2012

 

26.136.192 00

SS 15406

11/12/2012

11/12/2012   72.545.666 00

SS 15407 11/12/2012 11/12/2012   98.010.720.00

TOTAL

 

219.561.746 00

2.

o

Copia auténtica del subgerente financiero y comercial, en la que se relacionan

las facturas antes relacionadas e informa que se encuentran causadas en cuentas

por pagar, pero no se ha tramitado el pago porque no tenía amparo presupuestal;

3.

o

fotocopia auténtica del oficio firmado por el ingeniero Carlos Alberto Medina

donde certifica y allega copia simple de las facturas que están en proceso de

conciliación, en nueve folios; 4.

 

copia auténtica del acta número 7 de conciliación,

de fecha 10 de abril de 2015, en tres folios y vuelto

 v

en criterio de esta agencia

del Ministerio Público, el acuerdo contenido en el acta no es violatorio de la ley y

no resulta lesivo para el patrimonio público por las anteriores razones. (art. 65 A,

 

V er Fa llo d el CONS EJO D E E ST AD O - S ECCIO N T ER CE RA S UB SE CCIO N C - C.P . E nriq ue G il B olero B og otá D C.

7

d e m arz o

de  2011 , Rad . N O 05001-23-31·000-2010·00169·01 39948

[ lEn ese orden

la

ley p rocesa l ex ige que el ac to que pres ta m érito

e je cu tiv o c on te ng a u na o blig ac ió n c la ra e xp re sa

y

e xig ib le p ara q ue d e e lla p ue da p re dic ars e la c alid ad d e títu lo e je cu tiv o

-a n

48 8

d el C ód ig o d e P ro ce dim ie nto C ív il·. E n e ste s en tid o h a d ic ho la S ala

en

r ei te ra d a s o p o rt un id a de s q u e S i

es

c la ra d eb e s er e vid en te

que en e l títu lo co ns ta u na o blig ac ió n s in n ece sid ad d e a cu dir a o tro s m ed io s p ara c om pro ba rlo . Q ue sea e xp re sa s e re fie re a su

m ate ria liz ac ió n e n u n d oc um en to e n e l q ue s e d ecla ra s u e xis te ncia . Y e xig ib le cu an do n o e sté s uje ta a té rm in o o c on dic ió n n i e xis ta n

a ctu ac io ne s p en d ie nt es p or r ea liz ar

y

p or e nd e p ed irs e su cu mp lim ie nto e n

ese

i ns ta n te { . . . } .

Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención:

  O 142 Judicial II Administrativa 5 años

Disposición Final:

Archivo Central

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8/20/2019 Acta Conciliacion 272-2014

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~

PROCESO INTERVENCiÓN Fecha de Revisión

28/02/2013

SUBPROCESO CONCILIACiÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Aprobación

28/02/2013

FORMATO ACTA DE AUDIENCIA

Versión

2

O E K r u L D E

UIIACIOII

REG-IN-CE-002 Página

4 de 4

 . ,

ley

23

de

1.991

y arto

73,

ley

446

de

1995f

En consecuencia, se dispondrá el

envío de la presente acta, junto con los documentos pertinentes, al Juzgado

Administrativo de Bogotá para su aprobación, advirtiendo a los comparecientes

que el auto aprobatorio hará tránsito a cosa juzgada y prestará junto al acta que

contiene el acuerdo, mérito ejecutivo, razón por la cual no son procedentes nuevas

peticiones conciliatorias por los mismos hechos ni demandas ante la jurisdicción

de lo Contencioso Administrativo por las mismas causas (art. 73 ley 446 de 1998 y

artículo 24 ley 640 de 2001 . En constancia, se da por concluida la diligencia y se

firma el acta por quienes en ella intervinieron, una vez leida y aprobada siendo las

3:40 p m.

la entidad convocada

JAIME BURGOS MARTíNEZ

Procurador 142 Judicial

1 1

para Asuntos Administrativos

2 Ver Sentencia C- 111 de 24 de febrero de 1999, Magistrado Ponente: Alfredo Beltrán Siera:   T . . ] L a in te rv en ció n a ctiv a d el M in is te rio

P úb lico e n

lo s

p ro c es o s c o nt en c io s o a dm in is tr at iv o s c o nc re ta m ent e e n l as c o nc il ia c io n es e x tr aj ud ic ia le s n o

e s

producto de un

c a pr ic h o de l le g is la d or o una m anera de en to rpecer un posib le acuerdo al que llega ren las partes s ino que es una garan tía para que

e n a su nto s q ue re vis te n in terés p ara e l E sta do p ues co rres po nd e a lit ig io s e n d ond e é ste e s p arte n o qu ed en só lo so me tid os a lo

qu e p ue da disp on er e l se rv id or p úblico qu e e n u n m om en to da do s ea

e l

q ue e sté re pre se nta nd o a l E sta do . A de má s s e g ar an tiz a

c on la in te rv en ció n d el a ge nt e d el M in is te rio q ue

e l

a cu erd o a l q ue lle gu en la s p arte s ta mb ié n s ea b en efic io so p ar a

e l

i n te r é s gene ra l.

Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención:

  O

142 Judicial 11Administrativa 5 años

Disposición Final:

Archivo Central

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