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SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO Tiene por objetivo establece los principios ,así como los procesos y procedimientos que regulan el sistema nacional de presupuesto. Los fondos sin personería jurídica los cuales se financian con fondos públicos APLICACIÓN Gobierno Nacional: comprende el poder ejecutivo, legislativo y judicial, universidades publicas y organismos autónomos Los organismos carentes de personería jurídica que tienen asignado un crédito presupuestario. Gobierno regional y local: organismos descentralizados las beneficencias y sus dependencias organismos reguladores, recaudadores y supervisores

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Page 1: 282851942 Gubernamental Final (1)

SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO

Tiene por objetivo establece los principios ,así como los procesos y procedimientos que regulan el sistema nacional de presupuesto.

Los fondos sin personería jurídica los cuales se financian con fondos

públicos

APLICACIÓN

Gobierno Nacional: comprende el poder ejecutivo, legislativo y judicial, universidades publicas

y organismos autónomos

Los organismos carentes de personería jurídica que tienen asignado un crédito

presupuestario.

Gobierno regional y local: organismos descentralizados

las beneficencias y sus dependencias

organismos reguladores,

recaudadores y supervisores

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INTEGRANTES DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO

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LA DIRECCION NACIONAL DEL PRESUPUESTO PUBLICO: es la mas alta autoridad técnico-normativa en materia presupuestaria y ejerce sus funciones y

responsabilidades de acuerdo a ley.

ATRIBUCIONES: Programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la gestión del proceso presupuestarioElaborar el anteproyecto de la ley de presupuesto del sector publicoRegular la programación mensual del presupuesto de ingresos y gastosEmitir opinión autorizada en materia presupuestal

ENTIDAD PÚBLICA: constituye entidad única y exclusivamente para los efectos de la ley general todos los organismos con personería jurídica comprendidos en los niveles de gobierno nacional, regional y locales, creados o por crearse, las empresas en el que el estado ejerza el control accionario.

OFICINA DE PRESUPUESTO DE LA ENTIDAD: es responsable de conducir el proceso presupuestario, sujetándose a las disposiciones de la dirección nacional de presupuesto, cuyo efecto organiza, consolida, verifica y presenta la información ,así como coordina y controla la información de ejecución de ingresos y gastos autorizados en los presupuestos

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*ejecutar la gestión presupuestaria en las fases de:-formulación , aprobación , ejecución , evaluación-control del gasto

*lograr que los objetivos y metas establecidas en el plan operativo institucional se reflejen en las funciones, programas y subprogramas

es responsable :

es la máxima autoridad ejecutiva, es responsable, de manera solida, con el consejo regional y municipal, puede delegar funciones cuando lo establezca la ley.

Titular de la entidad:

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PRESUPUESTO DEL SECTOR

PÚBLICO

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PRESUPUESTO

Constituye el instrumento de gestión que permita a las entidades lograr sus objetivos y metas contenidas en su

Plan Operativo Institucional(POI),es la expresión ,cuantificada, conjunta y sistemática de los gastos a atender en el año fiscal y refleja los ingresos

que financian dichos gastos

Dicho presupuesto comprende los gastos que se contraen durante el año fiscal e ingresos que se financien

dichas obligaciones

FONDOS PÚBLICOS

Se orientan a la atención de los gastos de manera eficiente y con atención a las

prioridades del país.

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CLASIFICACION ECONÓMICA

*INGRESOS CORRIENTES:

recursos proveniente de tributos , venta de

bienes , multas sanciones y otros.

INGRESOS DE CAPITAL: venta de

activos ,las amortizaciones por

prestamos entre otros

TRANSFERENCIAS: recursos sin

contraprestación y no reembolsables

provenientes de entidades así como de otros gobiernos.

FINANCIAMIENTO: operaciones de

créditos internos y externos

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GAST

OS P

ÚBLI

COS

CLASIFICACIÓN INSTITUCIONAL: entidades con créditos presupuestarios

CLASIFICACIÓN FUNCIONAL PROGRAMÁTICA: créditos desagregados en funciones, programas y subprogramas; donde intervienen todos los ministerios como Legislativa, justicia ,administración y planeamiento, agraria, protección y previsión social, comunicaciones ,Defensa y seguridad nacional , educación y cultura.

ECONÓMICA: créditos presupuestarios por gastos corriente, de capital y servicio de la deuda

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PROCESO PRESUPUESTARIO

PROGRAMACIÓN APROBACIÓN EJECUCIÓN EVALUACIÓN

1.FASES:.

En la cual se pretende tener una estabilidad de las finanzas públicas en términos en capacidad de financiación.2. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTARIAA cargo del ministerio de economía y finanzas.

• El presupuesto publico a través del MEF plantea anualmente al consejo de ministros ,para su aprobación ,para que se financien total o parcial con fondos del tesoro publico estos tienen topes de créditos presupuestarios. Estos se realiza durante cada año fiscal.

• Los limites de los créditos están dentro de los ingresos que se espera recibir. Ello se dará a mas tardar en los cinco (5)días hábiles del mes de junio de cada año.

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3.DISTRIBUCIÓN:A. Los índices de distribución del FONDO DE COMPENSACION

REGIONAL(FONCOR) son aprobados por el MEF previo informe del Consejo Nacional de Descentralización(CND).

B. Los índices de distribución de la regalía minera , cánones, fondos de compensación municipal FONCOMUN y ADUANAS son aprobadas por el MEF formuladas por la dirección general de asuntos económicos y sociales. Ya establecido los montos de distribución para los

gobiernos locales y regionales, se realiza la transferencia a través del banco de la nación. Los recursos ordinarios para los Gob. Regionales, son distribuidos mensualmente por el MEF.

La distribución del vaso de leche y los programas sociales de lucha contra la pobreza se da mediante resolución ministerial del MEF.

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Con excepción del tesoro publico. - En cuanto a los ingresos a percibir, se tendrá en cuenta las tendencias de la economía, las estacionalidades y los efectos coyunturales que puedan estimarse. - Gastos a prever, se asignara a través de créditos presupuestarios

El monto del tesoro público será comunicado a los pliegos del ministerio de economía, el que será adicionado a los ingresos y que atenderá los gastos del pliego

En casos de nuevos proyectos, los pliegos, bajo responsabilidad del titular solo podrán programar los gastos que se requieran en el año fiscal respectivo, atendiendo el plazo de ejecución del proyecto ,según su declaratoria de viabilidad ,no haya superado el año subsiguiente al plazo previsto en dicha declaratoria

4. PROGRAMACIÓN:

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FORMULACIÓN PRESUPUESTARIA

Fase: Se determina la estructura funcional-

programática del pliego, lo cual debe reflejar los objetivos institucionales en la cual se determinan las metas en función de la escala de prioridades

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Medios informáticos

La propuesta del presupuesto del pliego se tramitará en los medios informáticos que para tal efecto el MEF pondrá a disposición de las

entidades los procedimientos y plazos para su presentación

APROBACION DE LA LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO

• GOBIERNO CENTRAL: comprende los créditos presupuestarios aprobados a los pliegos del gobierno nacional representativos de los poderes, legislativos, ejecutivo y judicial y sus instituciones publicas descentralizadas

• INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS: comprende a los pliegos representativos de los niveles de gobierno regional y gobierno local

ESTRUCTURA DE LA LEY DE PRESUPUEST

O DEL SECTOR DEL

SECTOR PÚBLICO

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LOS ANTEPROYECTOS Y EQUILIBRIO FINANCIERO DEL

PRESUPUESTO

• Los anteproyectos son preparados por La Dirección Nacional del Presupuesto Público sometidos por el MEF a la aprobación del consejo de ministros y remitidos como proyectos de ley por el presidente de la república

• El proyecto contiene una parte normativa y esta acompañado de exposición de motivos, anexos, cuadros explicativos

APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO

• Las leyes de presupuesto del estado están aprobadas por el Congreso de la República así como los demás presupuestos, constituye el total del crédito presupuestario, que comprende el limite máximo de gasto a ejecutarse en el año fiscal

APROBACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LOS

PRESUPUESTOS DE APERTURA Y PUBLICACIÓN

• Los presupuestos institucionales de apertura se aprueban a mas tardar el 31 de diciembre y una vez aprobadas el MEF a través de la Dirección Nacional del Presupuesto Público, remite a los pliegos el reporte oficial y especifica el ingreso del egreso.

• Se publica en el diario oficial, así como en el portal de MEF antes del inicio del respectivo año fiscal

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EJECUCION PRESUPUESTARIA

LA FASE DE EJECUCIÓN

PRESUPUESTARIA

• Está sujeta al régimen del presupuesto anual y a sus modificaciones conforme a la ley general, se inicia el 1 de enero y culmina el 31 de diciembre de cada año fiscal. Los ingresos que se perciben con ello se atienden las obligaciones de gasto

EXCLUSIVIDAD DE LOS CRÉDITOS

PRESUPUESTARIOS

• Enriéndese por crédito presupuestario a la dotación consignada en el presupuesto del sector publico, con el objeto de que las entidades puedan ejecutar gasto público

LIMITACIONES DE LOS CRÉIDTOS

PRESUPUESTARIOS

• Tienen carácter limitativo. No se pueden comprometer ni devengar gastos, por cuantía superior al monto de los créditos presupuestarios autorizados, siendo nulos de pleno derecho los que incumplan esta limitación

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• La Dirección Nacional Presupuesto Público realiza el control presupuestal quien hace el seguimiento de los niveles de ejecución de egresos respecto a los créditos presupuestarios autorizados

CONTROL PRESUPUESTARI

O DE LOS GASTOS

• Año fiscal, en el cual se realizan la operaciones generadores de los ingresos y gastos comprendidos en el presupuesto aprobado, se inicia el 1 de enero y culmina el 31 de diciembre, solo durante dicho plazo se aplican los ingresos percibidos,. Así como se ejecutan las obligaciones de gasto. El registro de la información de ingresos y gastos será determinado por la Dirección Nacional del Presupuesto Público mediante directiva, sin exceder el 31 de marza de cada año

EJERCICIO PRESUPUESTARI

O

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CALENDARIO DE COMPROMISOS Constituye la autorización para la ejecución de los

créditos presupuestarios se establece el monto máximo para comprometer gastos. Los calendarios son modificados durante el ejercicio presupuestario de acuerdo a la disponibilidad de los fondos públicos.

La Dirección Nacional del Presupuesto Público establece los lineamentos, procedimientos y restricciones que sean necesarias en la aprobación de los calendarios de compromisos

La aprobación de los calendarios de compromisos no convalida los actos que no se ciñan a la normatividad vigente

No están comprendidos en el presente articulo los organismos reguladores, recaudadores, supervisores y otros que se financien únicamente con recursos directamente recaudados

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EJECUCION DE LOS FONDOS PÚBLICOS• ESTIMACION: es el calculo de

los ingresos que se espera alcanzar durante el año fiscal

• DETERMINACION: es el acto por el que se establece, el monto, la oportunidad y la persona natural o jurídica, que debe efectuar un pago de fondos a favor de una entidad

• PERCEPCION: es el momento en el cual se produce la recaudación

EJECUCION DEL GASTO PÚBLICO• COMPROMISO: acto mediante

el cual se acuerda, la realización de gastos previamente aprobadas

• DEVENGADO: es el acto mediante el cual se reconoce una obligación de pago, derivado de un gasto aprobado

• PAGO: es el acto mediante el cual se extingue, en forma parcial o total, el monto de la obligación reconocida

TRATAMIENTO DE LOS COMPROMISOS Y LOS DEVENGADOS A LA CULMINACION DEL AÑO FISCAL • Los gastos comprometidos y no al 31

de diciembre de cada año fiscal pueden afectarse al presupuesto institucional del periodo inmediato siguiente

• Los gastos devengados y no pagados al 31 de diciembre de cada año fiscal se cancelan durante el primer trimestre de año fiscal siguiente

• con posterioridad el 31 de diciembre no se pueden efectuar compromisos ni devengar gastos

GESTIÓN PRESUPUESTARIO DE LOS FONDOS Y GASTOS PÚBLICOS

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MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS

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MODIFICACION PRESUPUESTARIA

NIVEL INSTITUCIONAL

CREDITOS SUPLEMENTARIOS

TRANSFERENCIAS DE PARTIDAS

NIVEL FUNCIONAL PRAGMATICO

ANULACIONES

HABILITACIONES

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LIMITACIONES A NIVEL FUNCIONAL

PRAGMATICO

OBJETO DE ANULACIONES

SUPRIME LA FINALIDAD

OBJETO DE HABILITACIONES

DEFICIT

NO AUTORIZAR HABILITACIONES

GASTOS DE INVERSION

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INCORPORACION DE MAYORES RECURSOS PUBLICOS

LA RECUPERACION EN DINERO , EN EL MARCO DE CONVENIOS INTERNACIONALES –LOS DIFERENCIALES CAMBIARIOS DE LAS FUENTES DE FINANCIAMIENTO

LA MAYOR DISPONIBILIDAD FINANCIERA DE LOS FONDOS PUBLICOS QUE FINANCIAN

REGULADORES RECAUDADORESSUPERVISORES

EMPRESAS ORGANISMOS PUBLICOS

DESENTRALIZADOSGR-GL

FUENTES DE FINANCIAMIENTO DISTINTAS A LAS DE RECURSOS ORDINARIOS

NO UTILIZADOS DURANTE EL AÑO FISCAL POR OPERACIONES DE CREDITO OFICIALES PRODUCIDAS EN EL AÑO

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INCORPORACION DE INTERESES

INTERESES GENERADOS POR DEPOSITOS

INTERESES DE LA FUENTE DE

FINANCIAMIENTO

FONDOS PUBLICOS PROVENIENTES DE

INTERESES CORRESPONDIENTES

A DONACIONES

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RESERVA DE CONTINGENCIA

?¿

MEF

1%

MODIFICACIONES CON CARGO A LA

R.CRESOLUCION

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EVALUACION PRESUPUESTARIA-FASE DE EVALUACION

EVALUACION A CARGO DE ENTIDADES(LOGRO-EJECUCION-AVANCE)

EVALUACION EN TERMINOS FINANCIEROS A CARGO DEL MEF

EVALUACION GLOBAL DE LA GESTION PRESUPUESTARIA

REMISION Y PUBLICACION

• MEF

SUMINISTRO DE INFORMACION

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DE LOS PRESUPUESTOS DE LOS GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNOS LOCALES, SUS

ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS Y SUS EMPRESAS, FONAFE Y SUS EMPRESAS Y

ESSALUD

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PROGRAMACION Y FORMULACION

52.1•LA PROGRAMACION DE LOS PRESUPUESTOS

•ESTABILIDAD Y MARCO MACROECONIMOCO MULTIANUAL

52.2•LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES PROGRAMAN DE A CUERDO A DISPOSICIONES APLICACBLES EN EL PRESENTE TITULO

52.3LA

PROGRAMACION Y FORMULACION

DE LOS PRESUPUESTOS

DE ORGANISMOS PUBLICOS

DESENTRALIZADOS

52.4SE HABLA DE

FONAFE-FONDO NACIONAL DE

FINANCIAMIENTO A LA ACTIVIDAD

EMPRESARIAL DEL ESTADO

52.5•ESSALUD PROGRAMA Y FORMULA ESTA A BASE DE DIRECTIVAS EMITIDAS POR LA ENTIDAD

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APROBACION

GOBIERNOS REGIONLES

LA GERENCIA

EL TITULAR LA APROBACION

GOBIERNOS LOCALES

LA OFICINA DE

PRESUPUESTO

CONSEJO MUNIIPAL

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ORGANISMOS PUBLICOS

DESCENTRALIZADOS Y EMPRESAS DE

GOBIERNOS REGIONALES

GERENTE GENERAL

DIRECTORIO DE LA ENTIDAD

DIRECCION NACIONAL DE PRESUPUESTO

ACUERDO DE DIRECTORIO

APROBACION DE PRESUPUESYO

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PLAZO DE PROMULGACION Y

EVALUACION

EJECUCION

EVALUACION

• 31 DE DICIEMBRE DE CADA AÑO FISCAL ANTERIOR A SU VIGENCIA

• RESOLUCION APROBATORIA-PRESENTACION A LA COMICION

• EN CASO DE CONSEJO REGIONAL O MUNICIPAL

• GOBIERNOS REGIONALES Y MUNICIAPALES

• FONAFE

• GOBIERNOS REGIONALES • FONAFE• COMISION DE PRESUPUESTO Y

CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA

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NORMAS COMPLEMENTARIAS PARA LA GESTION PRESUPUESTARIA

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DISPOSICIONES ESPECIFICAS

Unidades ejecutoras:

las que crea necesaria para el logro de objetivo institucional.

Tipos de ejecución:

directa

subvenciones:

indirecta

Gobiernos locales y regionales

La ejecución física/o actividad sea realizada por una entidad distinta a ello.

La misma entidad con su personal son ejecutoras del presupuesto.

A las personas jurídicas no pertenecientes al sector publico

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Percepción de menores

fondos públicos:

La menor recaudación, captación y obtención de fondos públicos distintas a los recursos ordinarios dan lugar al fondo publico

Prohibición de fondos similares:

• Queda prohibida la creación u obtención de fondos públicos que conlleven a gastos que no se encuentren en la ley.

• fondos existentes• Fondos para pagos en efectivo

Convenios de

administración por

resultados:

• A través de la MEF y dirección nacional del presupuesto publico y cuenta general de la republica.

• Bonos de productividad 25%• Si la entidad tuvo pérdidas no

tienen derecho al bono.

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Cierre presupuestar

io:

• Se cierran al 31 de diciembre de cada año.

• Se autorizan las modificaciones al mes de diciembre con cargo de financiamiento de recursos ordinarios no puede superar al 1%

Incumplimiento de las disposicion

es del sistema:

El incumplimiento de la ley darán a las sanciones administrativas publicas.

Computo de plazos:

• Se atienden a los días calendarios

• Si el ultimo dia es no laborable, se extiende al siguiente dia laborable.

• En aperturas se da el 31 de diciembre.

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CUOTAS Y CONVENIOS

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Pago de cuotas a organismos

internacionales no financieros:

• El cargo presupuestario se dará por resolución suprema.

• Tendrá 30 días hábiles para la entrada en vigencia de la ley de presupuesto.

Contratos de endeudamiento y convenios de cooperación

técnico-econòmica:

• Las entidades que usen fondos públicos tendrán que estar en proceso de licitación y concurso.

• La operación de endeudamiento o cooperación técnica deben estar revisada previamente con la oficina de presupuesto.

Donaciones:• Serán aprobadas por

resolución titular de la entidad o acuerdo de consejo en caso de gobiernos regionales y locales

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NORMAS ESPECIFICAS ADICIONALES

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Pago de sentencias judiciales:

• Para el pago de sentencias judiciales será el 3% del presupuesto.

• La MEF a través de la dirección nacional del tesoro publico se abrirá una cuenta corriente de la entidad

Planes y presupuestos institucionale

s:

• Deben tomar en cuenta el PEI y el PEDN

• El presupuesto institucional se articula con el plan estratégico de la entidad.

• Los planes operativos institucionales se reflejan en las metas presupuestarias por cada año fiscal-

Evaluación de la agencia de promoción

de la inversión privada

• La agencia de promoción de la inversión privada –pro inversión evalúan sobre los avances de su gestión, aspectos financieros y económicos.

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“........Donde hay un gasto debe haber una necesidad...

Juan Bautista Alberdi

“El presupuesto es el barómetro que señala el grado debuen sentido y de civilización de un país. La ley de gastosnos enseña si el país se halla en poder de explotadores oestá regido por hombres de honor; si marcha a la barbarie ocamina a su engrandecimiento; si sabe dónde está y adónde va, o se encuentra a ciegas entre su destino y