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INTRODUCCION La inflación, fenómeno económico más antiguo de la humanidad, que ha llamado la atención a los economistas y estudiado en todas las épocas. Los romanos del siglo IV trataron de luchar contra la inflación, en Europa, el costo de vida aumentó exageradamente entre la segunda mitad del siglo XX, la inflación se ha identificado principalmente con periodos bélicos y en las últimas décadas se ha presentado como un fenómeno relacionado con los procesos de inestabilidad política. En este sentido se define la Inflación como el aumento generalizado y constante en el nivel general de precios, es un fenómeno asociado con la masa monetaria y se produce cuando no hay un equilibrio entre los bienes y servicios que produce un país . Otros autores la definen como el aumento de la masa monetaria inorgánica, el cual produce un incremento general y constante en los precios de bienes y servicios que origina una pérdida del poder adquisitivo al disminuir progresivamente el valor real de la moneda. Las consecuencias de la Inflación serán más o menos graves dependiendo no sólo del mayor o menor precio alcanzado por los insumos sino también de la duración del fenómeno inflacionario. La inflación causa graves problemas a los contribuyentes produciendo desequilibrios fiscales que afectan igualmente al fisco. Contablemente la Inflación distorsiona los resultados de los estados financieros por lo cual es necesario actualizar en forma Extraordinaria los activos y Pasivos no monetarios del contribuyente, entendiendo este procedimiento como “Ajuste “el cual servirá de punto de referencia para los sucesivos reajustes regulares y las variaciones patrimoniales siguientes. En la presente investigación, se explicara el ajuste por inflación en términos fiscales, el cual se divide en dos facetas; Ajuste inicial por inflación y Ajuste Regular, también conocido como Reajuste. Estos ajustes por inflación con fines fiscales pueden versar sobre partidas determinadas del balance del contribuyente o más ampliamente sobre la integralidad de las mismas. GENERALIDADES DE LA INFLACIÓN 1

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Page 1: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

INTRODUCCION

La inflación, fenómeno económico más antiguo de la humanidad, que ha

llamado la atención a los economistas y estudiado en todas las épocas. Los

romanos del siglo IV trataron de luchar contra la inflación, en Europa, el costo de

vida aumentó exageradamente entre la segunda mitad del siglo XX, la inflación se

ha identificado principalmente con periodos bélicos y en las últimas décadas se ha

presentado como un fenómeno relacionado con los procesos de inestabilidad

política. En este sentido se define la Inflación como el aumento generalizado y

constante en el nivel general de precios, es un fenómeno asociado con la masa

monetaria y se produce cuando no hay un equilibrio entre los bienes y servicios

que produce un país . Otros autores la definen como el aumento de la masa

monetaria inorgánica, el cual produce un incremento general y constante en los

precios de bienes y servicios que origina una pérdida del poder adquisitivo al

disminuir progresivamente el valor real de la moneda.

Las consecuencias de la Inflación serán más o menos graves dependiendo

no sólo del mayor o menor precio alcanzado por los insumos sino también de la

duración del fenómeno inflacionario. La inflación causa graves problemas a los

contribuyentes produciendo desequilibrios fiscales que afectan igualmente al fisco.

Contablemente la Inflación distorsiona los resultados de los estados financieros

por lo cual es necesario actualizar en forma Extraordinaria los activos y Pasivos

no monetarios del contribuyente, entendiendo este procedimiento como “Ajuste “el

cual servirá de punto de referencia para los sucesivos reajustes regulares y las

variaciones patrimoniales siguientes.

En la presente investigación, se explicara el ajuste por inflación en términos

fiscales, el cual se divide en dos facetas; Ajuste inicial por inflación y Ajuste

Regular, también conocido como Reajuste. Estos ajustes por inflación con fines

fiscales pueden versar sobre partidas determinadas del balance del contribuyente

o más ampliamente sobre la integralidad de las mismas.

GENERALIDADES DE LA INFLACIÓN

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DEFINICIÓN

Wikipedia (2009):”Es el aumento sostenido y generalizado del nivel de

precios de bienes y servicios, medido frente a un poder adquisitivo”.

La inflación consiste en el crecimiento generalizado y continuo de los

precios de los bienes, servicios y factores productivos de un país. La inflación

implica por tanto la reducción de la capacidad adquisitiva del dinero”.

TIPOS DE INFLACIÓN

La inflación moderada se refiere al incremento de forma lenta de los

precios. Cuando los precios son relativamente estables, las personas se fían de

este, colocando su dinero en cuentas de banco. Ya sea en cuentas corrientes o en

depósitos de ahorro de poco rendimiento porque esto les permitirá que su dinero

valga tanto como en un mes o dentro de un año. En sí está dispuesto a

comprometerse con su dinero en contratos a largo plazo, porque piensa que el

nivel de precios no se alejará lo suficiente del valor de un bien que pueda vender o

comprar.

La inflación galopante describe cuando los precios incrementan las tasas de

dos o tres dígitos de 30, 120 ó 240% en un plazo promedio de un año. Cuando se

llega a establecer la inflación galopante surgen grandes cambios económicos,

muchas veces en los contratos se puede relacionar con un índice de precios o

puede ser también a una moneda extranjera, como por ejemplo: el dólar. Ya que el

dinero pierde su valor de una manera muy rápida, las personas tratan de no tener

más de lo necesario; es decir, que mantiene la cantidad suficiente para vivir con lo

necesario o indispensable para el sustento de todos los seres.

Es una inflación anormal en exceso que puede alcanzar hasta el 1000%

anual. Este tipo de inflación anuncia que un país está viviendo una severa crisis

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económica pues como el dinero pierde su valor, el poder adquisitivo (la capacidad

de comprar bienes y servicios con el dinero) baja y la población busca gastar el

dinero antes de que pierda totalmente su valor. Este tipo de inflación suele estar

causada porque los gobiernos financian sus gastos con emisión de dinero sin

ningún tipo de control, o bien porque no existe un buen sistema que regule los

ingresos y egresos del Estado.

FORMAS PARA MEDIR LA INFLACIÓN

Para ofrecer una medida de la inflación se pueden utilizar dos formas, las

tasas de crecimiento de los precios (porcentaje en que han variado en un período

de tiempo determinado) o los números índice (—porcentaje que representan los

precios actuales con respecto a los vigentes en una fecha base). Así podemos

afirmar, por ejemplo, que en el año 1990 los precios crecieron en España a una

tasa del 6,5% o que alcanzaron el índice 168,6 en comparación con 1983. La

estimación de esas medidas suele hacerse mediante el Índice Nacional de Precios

al Consumo (INPC).

LA INFLACIÓN EN VENEZUELA

José B. Huerta P. (2009) : La inflación es la variación de precios en la

economía, es decir, en qué porcentaje aumentaron (o disminuyeron) los precios en

un período de tiempo determinado. Hay varios tipos de precios: al consumidor, al

productor y para la construcción. Para medir el encarecimiento del costo de la vida

de los venezolanos, se ha venido utilizando el Índice de Precios al Consumidor

(IPC) del Área Metropolitana de Caracas. El IPC nos permite comparar los precios

entre un año y otro; por ejemplo, con el sistema base 1997, se entiende que Bs.

100 de 1997 son equivalentes en términos de poder adquisitivo a Bs. 260 del año

2002, a Bs. 50 de 1996, a Bs. 1 de 1983 y a 28 céntimos de 1958. En otras

palabras, lo que compraba en 1958 con dos lochas (1 locha = 12,5 céntimos), en

el 2002 se compraba con 260 bolívares.

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Sin embargo, todos sabemos que en Venezuela los precios de algunos

rubros están controlados, y ellos afectan en consecuencia la medición de la

inflación; en cierto modo todos percibimos que los precios aumentan cada día más

pero la medición de la inflación apenas sube un pequeño tanto por ciento. Debido

a las distorsiones estacionales y otros factores, los gobiernos en distintos países

han creado un indicador denominado NUCLEO INFLACIONARIO, que reduce las

distorsiones y muestra con mayor certeza lo que ocurre con los precios en la

economía. El Banco Central de Venezuela ha publicado todos los aspectos

metodológicos y expone la necesidad de este indicador.

Los indicadores inflacionarios del 2009 revelan una inflación de 20,7%, al

cerrar el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) de Octubre en

155,1; pero, si se toma como referencia el Núcleo Inflacionario se tiene una

inflación acumulada de 29,6%; este indicador puede interpretarse como "la

verdadera inflación".

A partir de Enero de 2009, el Instituto Nacional de Estadística ha entrado a

participar en el cálculo de un índice de alcance nacional, el cual, al incluir en la

canasta insumos del interior del país, se provoca una disminución de la inflación,

forzada por aquellos elementos de la canasta que son más baratos en el interior

del país. De este modo, la inflación del año 2009 (hasta octubre) según los tres

instrumentos de medición es:

INDICE INFLACION ACUMULADA

IPC (Caracas) 23,0%

NUCLEO INF.

(Caracas)29,6%

INPC (nacional) 20,7%

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Fuente: Instituto Nacional de Estadística

ANTECEDENTES DE LA INFLACIÓN

Leonarda Vera (1999) señala: “No deja de ser lamentable que los países de

América Latina muestren un historial inflacionario extenso pero al mismo tiempo

muy variado. Las lecciones en consecuencia suelen ser muy ricas para aquel que

se adentre al estudio de estos fenómenos en el sub-continente”.

Cuatro experiencias anti-inflacionarias muy recientes dan buena cuenta de

lo variado que puede ser el tratamiento de la inflación. En realidad casi que

podemos hablar de un menú antiinflacionario.

El cuadro 1 resume cada una de estas experiencias pero un comentario al

margen es propicio:

FUENTE: Pastor (1991) y Morales y Sachs (1988), Cavallo y Mondino (1995).

Bolivia, experimentando en los primeros siete meses de 1985 una tasa de

inflación de 4.000 por ciento, adoptó en el contexto del programa de Nueva

Política Económica un ajuste ortodoxo en donde el ajuste fiscal y monetario

acompaño una deliberada política de usar el tipo de cambio como ancla. El

gobierno comenzó el programa con una dramática devaluación del peso llevando

la tasa de 75.000 pesos por dólar a 1.000.000 de pesos por dólar overnight.

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Subsiguientemente el tipo de cambio se dejó flotar. En adelante el tipo de

cambio comenzó a apreciarse pero el ajuste fiscal fue dramático. Los salarios y la

inversión pública fueron congelados, el precio de la gasolina aumentó a nivel de

exportación y sus ajustes atados al tipo de cambio. Reformas de más largo aliento

como la reducción de la nómina pública, particularmente en la corporación minera

COMIBOL y la aprobación del congreso de Un impuesto al valor agregado

consolidaron el programa. La inflación anual cayó en forma muy rápida después

del programa. De una tasa anual de 8.168% en 1985, la inflación pasó a 60% en

1986 y a 10,7% en 1987.

La experiencia Argentina con el plan de convertibilidad fue tan exitosa como

la boliviana, y aunque el enfoque seguido fue conceptualmente idéntico en el

sentido que el anclaje dual constituyó la herramienta de quiebre, la puesta en

práctica fue más radical pues la política se instrumentó en forma estatutaria. En

efecto, en Argentina se estableció legalmente la regla determinar la base

monetaria en función del nivel de activos externos denominados en dólares en

poder de la autoridad monetaria, y el tipo de cambio se fijo en paridad uno a uno

con el dólar en forma irrevocable. La idea de fijar el tipo de cambio después de un

anclaje monetario se fundamentaba en la importancia que tenía para el programa

el establecimiento de una referencia para los precios y la restauración de la

credibilidad. El plan de convertibilidad fue tremendamente exitoso y la inflación

que en Marzo de 1991 promediaba 30 por ciento al mes pasó a 0,4% al mes en

1994.

México por su parte, logró estabilizar el alza en los precios en 1989

después de poner en práctica un programa de estabilización con una mezcla

elementos ortodoxos y heterodoxos.

En diciembre de 1987 México adelanta un programa de estabilización cuyos

elementos centrales fueron: (a) la concertación como marco para elaborar una

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política de ingresos dirigida a predeterminar los ajustes en los precios, el salario y

el tipo de cambio (b) el control del déficit fiscal primario para evitar presiones de

demanda y los errores de la experiencia con políticas de ingreso en Brasil y

Argentina. Gran valor tuvo además la corrección inicial de precios relativos.

A lo largo de 1988 se realizaron cinco rondas de acuerdos cuyas vigencias

pactadas fueron un mes para la más corta y tres meses y medio para la mas

prolongada. El propósito en estos acuerdos era reducir la magnitud del ajuste de

los precios en forma paulatina, de manera de ir atenuando las expectativas. El

reajuste inicial de los precios relativos mantuvo muy alta la inflación de Enero de

1988, alcanzando 15,5% pero a partir de Febrero descendió rápidamente y en

Mayo se situaba en 1.9%. La tasa de inflación que en 1987 registró 159% pasó a

51,7% en 1988 y a 19,7% en 1989.

Después de una década de estabilizaciones fallidas, Brasil inició el Plan

Real en Julio de 1994 con dramáticos progresos. El plan real no recurrió a

controles de precios y salarios (como en el plan cruzado) o a la confiscación de

activos (como en el plan Collor). Cualquier contracción aguda en la demanda fue

igualmente excluida. Reconociendo que aún con tasas de inflación altas la inercia

y los problemas de coordinación son importantes, el método de la moneda

indexada fue diseñado para coincidir el proceso de fijación de precios y salarios a

un ambiente de inflación cero. Un movimiento hacia una nueva unidad de cuenta

(URV) fue diseñado de modo tal que los salarios, los contratos y tarifas públicas, y

el tipo de cambio fueran convertidos a esta unidad de cuenta desde el mes de

Marzo de 1994 al promedio de los cuatro meses previos. Los nuevos salarios en

esta unidad de cuenta fueron indexados en base anual por otro año. La unidad de

cuenta ulteriormente se vinculó al dólar y en el momento de la estabilización se

convirtió en el Real a la paridad de 1:1. La secuencia indica que es claro que la

conversión de los precios y los contratos deben preceder la introducción de una

nueva moneda. La inflación pasó de un promedio 40% mensual antes del plan, a

2,61% entre Julio de 1994 y Mayo de 1995.

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Venezuela registra en la actualidad uno de los niveles de inflación más altos

del continente así como de los más persistentes en las últimas décadas. Este

desempeño macroeconómico es si se quiere sorprendente si se recuerda que, en

contraste con otras economías semi-industrializadas de Latinoamérica, la inflación

hasta mediados de los años setenta constituía un fenómeno virtualmente inédito

en la economía local. Desde la década de los años cuarenta el país se había

acostumbrado a un ritmo de crecimiento sostenido con una de las tasas de

inflación más bajas del mundo. Ese exitoso cuadro macroeconómico de entonces,

difícilmente podía configurar algún desafío intelectual para los economistas

locales.

La tempestuosa situación, que comenzó a avecinarse en los años ochenta,

no pudo menos que causar perplejidad y puso al descubierto un enorme vacío

analítico.

Por razones que van mucho más allá de la simple conveniencia analítica es

útil considerar la aparición de la inflación como el resultado de ciertos mecanismos

impulsores.

Los mecanismos impulsores, como su nombre lo sugiere, dan inicio al

proceso de alza en los precios al modificar el vector de precios relativos. Un

ejemplo típico de este tipo de eventos son las devaluaciones, el deterioro en los

términos de intercambio, los aumentos en los impuestos, o los ajustes de precios y

tarifas sujetos a control previo. Todos estos factores crean inestabilidad en la

distribución de las corrientes de ingreso cuando la economía es no-inflacionaria, y

en circunstancias ya inflacionarias, elevan el piso inflacionario sobre el cual los

agentes intentan protegerse.

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Page 9: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

FUENTE: Vera (1996)

La inflación en Venezuela en el periodo 1974-1977 fue relativamente

moderada. Si se quiere fue la consecuencia lógica del aumento de liquidez que

produjo el “boom” petrolero.

Una política de contracción de demanda con seguridad hubiera muy

acertada en el momento para abatir la inflación en un país sin historial

inflacionario. En 1978, sin embargo, la sobre oferta de crudo comienza a debilitar

el mercado petrolero internacional y los precios de venta como los volúmenes

exportados de hidrocarburos disminuyen, produciendo una reducción en el valor

de las exportaciones de más de un 5% con respecto al año precedente (Palma,

1985).

En condiciones de tipo de cambio fijo el nivel de reservas se convierte en la

variable de ajuste inmediata. Sin embargo, esto no ocurrió en el caso venezolano

dado los enormes ingentes de recursos que por concepto de endeudamiento con

el resto del mundo recibió la economía local. La deuda externa total pasó de

$10.800 millones de dólares en 1977 a $16.400 millones de dólares a fines de

1978 (Palma 1985), lo que logró compensar el enorme déficit en cuenta corriente

que superaba los $5.700 millones.

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Page 10: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

Pero el período agosto-diciembre de 1979 fue determinante en la

configuración de la evolución de los precios: en primer lugar aparece la nueva

política de liberación de precios que elimina tanto una lista de 47 items de bienes y

servicios regulados (dejando sólo 24 controlados) como los 111 productos

incluidos en la lista precios controlados (Antivero y Castellanos, 1980). Algunos de

estos rubros experimentaban rezagos en los ajustes que se remontaban al año

1974 cuando en medio del boom petrolero el gobierno implantó una estricta

política de regulaciones y controles de precios por temor a un desenlace

inflacionario. En segundo término, en enero de 1980 el gobierno bajo la presión

laboral decretó la "Ley General de Aumentos de Sueldos y Salarios".

Los eventos se ajustan bien a la hipótesis que subyace en el modelo

precedente. Un choque en los precios relativos, en este caso, un aumento en

ciertos precios domésticos, en un ambiente de cierta resistencia, resulta

inflacionario. Curiosamente en estos años de bonanza fiscal, la inflación en

Venezuela alcanzó niveles sin precedentes (12,3% en 1979, 21,6% en 1980 y

16% en 1981). De esta manera los intentos por asignar al desarreglo fiscal las

causas de la inflación en este período no son consistentes (y así lo confirma

Escobar 1990), pues entre esos años 1979-1981 el aumento significativo de los

ingresos corrientes externos y la efectiva contracción del gasto público

mantuvieron la ecuación fiscal libre de problemas.

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REGISTROS INFLACIONARIOS EN LA ÚLTIMA DECADA DEL SIGLO XX EN

VENEZUELA

FUENTE: (1830-1949: Asdrúbal Baptista; 1950-2008: BCV)

EFECTOS DE LA INFLACIÓN SOBRE EL SISTEMA TRIBUTARIO Y EL

IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISLR)

La inflación provoca graves distorsiones en el funcionamiento del sistema

económico debido a su imprevisibilidad. Si se pudiera predecir con absoluta

exactitud la fecha y la cuantía de la subida de precios de cada uno de los

productos, los únicos perjuicios provendrían del trabajo de corregir las etiquetas o

los menús.

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Page 12: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

Los problemas provocados por la inflación se derivan precisamente de su

imprevisibilidad ya que ni todos los productos ni todos los factores subirán sus

precios al mismo tiempo ni en la misma proporción. Y cuanto mayor sea la tasa de

inflación, más amplio será el margen de error en las expectativas de los agentes

económicos y por tanto mayor la sensación de inseguridad.

Los precios son una vía por la que se transmite la información necesaria

para que los consumidores decidan correctamente qué deben adquirir y para que

las empresas calculen qué y cuánto deben producir. Si los precios están

cambiando continuamente, dejan de cumplir su función informativa; los

consumidores serán incapaces de saber si un supermercado tiene los precios más

bajos que otro; los supermercados perderán el estímulo para mantener los precios

bajos y serán incapaces de predecir los efectos sobre la demanda de una subida

de los precios de mayor o menor cuantía.

Los efectos de la inflación sobre la distribución de las rentas consisten

esencialmente en el desplazamiento de riqueza de los acreedores hacia los

deudores. El individuo que haya prestado dinero observará cuando lo recupere

que lo que percibe tiene menos valor que lo que prestó. Los ahorradores son

castigados con la pérdida de valor de sus fondos. Los que han gastado por encima

de sus ingresos, en cambio, reciben un premio a la imprevisión y el derroche. En

general, todos los perceptores de rentas fijas (jubilados, pensionistas, rentistas

propietarios de títulos de renta fija, propietarios de viviendas en alquiler con

contratos no indiciados) verán reducir la capacidad adquisitiva de sus ingresos.

Los que deben abonar esas rentas (el Estado, las empresas emisoras, los

inquilinos) percibirán un inmerecido beneficio.

El Estado verá también aumentar sus ingresos fiscales: cuando los

impuestos son proporcionales o progresivos, las tasas impositivas estarán

gravando rentas de menor cuantía en términos reales; además, el número de

familias perceptoras de rentas exentas se verá reducido. Por otra parte la inflación

actúa como un impuesto encubierto: si, por ejemplo, el banco central pone en

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Page 13: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

circulación billetes que, pasado un año, ven reducido su valor en un 25%, los que

hayan estado en posesión de esos billetes durante un año habrán sufrido una

recaudación forzada de la cuarta parte de sus fondos en efectivo; otros

beneficiados por este impuesto, además del banco emisor, son todos los bancos

que participan en el proceso de creación de dinero.

El aumento del riesgo provocará un aumento en el coste del dinero. Los

tipos de interés a que se prestará el dinero deberán incrementar la retribución

habitual por dos conceptos: la necesidad de cubrir la depreciación del principal y el

riesgo por no poder prever con exactitud esa depreciación.

La inversión se verá desalentada por muchas razones. Además del

aumento en los tipos de interés, el empresario encontrará dificultades adicionales

para prever los beneficios de su actividad debido a la inseguridad en los precios

futuros de los factores, los productos intermedios y los productos finales. Solo se

iniciarán las empresas más prometedoras. En épocas de fuerte inflación, las

inversiones más seguras y rentables suelen ser las de carácter especulativo: las

joyas y obras de arte, los inmuebles, las divisas y los valores extranjeros, actúan

como depósito incorruptible de valor; al coincidir una oferta muy rígida con un gran

aumento de la demanda, sus precios pueden crecer de forma desorbitada,

proporcionando así beneficios muy superiores a los de cualquier inversión

productiva.

FINALIDAD DEL AJUSTE POR INFLACION

El objetivo del ajuste es lograr que los contribuyentes paguen impuestos

sobre una ganancia real y no ficticia o nominal, debido a que la inflación

distorsiona los resultados de los estados financieros, ”Se podía caer en el absurdo

de gravar el propio capital del contribuyente y, en otros casos, permitir que

quienes se beneficien por los efectos de la inflación, resulten favorecidos al no

pagar impuestos sobre un monto de enriquecimiento que no refleja su verdadera

capacidad económica y contributiva”. Para evitar esto, se decidió que los

empresarios realizarán un primer ajuste (ajuste inicial) de sus partidas no 13

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monetarias al valor real para el cierre de su ejercicio económico y, posteriormente,

un ajuste anual de sus rentas (reajuste regular) presentando los resultados al

Fisco. Es importante señalar que estos ajustes tienen un efecto meramente fiscal,

son suplementarios a los estados financieros del contribuyente y no modifican su

contabilidad interna.

CONTRIBUYENTES OBLIGADOS AL AJUSTE

Las empresas que deben realizar la actualización extraordinaria del valor de

sus activos y pasivos no monetarios. En resumen son las siguientes (establecido

al comienzo del Artículo 173 de la Ley de Impuesto sobre la Renta):

a) Que se dediquen a actividades comerciales

b) Que se dediquen a actividades industriales

c) Que se dediquen a actividades bancarias o financieras

d) Que se dediquen al ramo de los seguros

e) Que se dediquen a la actividad minera o petrolera.

Artículo 173.- A los solos efectos tributarios, los contribuyentes a que se

refiere el artículo 7 de esta ley,

Están sometidos al régimen impositivo previsto en esta Ley

a) Las personas naturales.

b) Las compañías anónimas y las sociedades de responsabilidad limitada.

c) Las sociedades en nombre colectivo, en comandita simple, las

comunidades, así como cualesquiera otras sociedades de personas incluidas las

irregulares o de hecho.

d) Los titulares de enriquecimiento provenientes de actividades de

hidrocarburos y conexas, tales como la refinación y el transporte, sus regalías y

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Page 15: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

quienes obtengan enriquecimientos derivados de la exportación de minerales, de

hidrocarburos o de sus derivados.

e) Las asociaciones, fundaciones, corporaciones y demás entidades

jurídicas o económicas no citadas en los literales anteriores.

f) Los establecimientos permanentes, centros o bases fijas situados en el

territorio nacional. Que iniciaron sus operaciones a partir del 1 de enero del año

1993 y realicen actividades comerciales, industriales, bancarias, financieras, de

seguros, reaseguros, explotación de minas e hidrocarburos y actividades conexas,

que estén obligados a llevar libros de contabilidad, deberán al cierre de su primer

ejercicio gravable, realizar una actualización inicial de sus activos y pasivos no

monetarios, según las normas previstas en esta Ley, la cual traerá como

consecuencia una variación en el monto del patrimonio neto para esa fecha.

Una vez practicada la actualización inicial de los activos y pasivos no

monetarios, el Balance General Fiscal Actualizado servirá como punto inicial de

referencia al sistema de reajuste regular por inflación.

PARTIDAS SUJETAS A AJUSTE POR INFLACIÓN.

En base a lo establecido en la Ley de Impuestos Sobre La Renta, todas

aquellas partidas del Balance General histórico de las empresas (contribuyente),

que por su naturaleza o características propias son susceptibles de protegerse de

la inflación.

El sistema de ajuste por inflación recae solamente sobre partidas

generadoras de renta; las demás no son de interés para el fisco.

El ajuste se realizara a aquellas partidas no monetarias del Activo y del

Pasivo. Tenemos que las partidas del activo estas formadas por inmuebles,

equipos, maquinaria, inventario, inversiones convertibles en acciones pesen a ser

consideradas partidas no monetarias, etc.

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Los intereses cobrados o pagados por anticipos o contabilizados como

cargos o créditos diferidos caen en lo que se denomina partidas monetarias

puesto que estos intereses se registran inicialmente en el activo o pasivo según

sea el caso, y no como un ingreso o gasto que es donde van a parar, porque a la

final del caso esto es dinero que entro o salió o que va a entrar o salir. Esto se

hace referencia en el artículo 173, párrafo 2 de la Ley de Impuesto sobre La

Renta.

Ahora bien en cuanto a los ingresos originados en el Exterior, las normas de

ajuste según la Ley antes mencionada no se aplican puesto que las mismas son

territoriales, según el artículo 4 de dicha ley, puesto que se establece que el

cálculo de la renta se realizara sin perjuicio del enriquecimiento neto de fuente

territorial derivado del ajuste por inflación. Debe ser así porque los mismos no

están sujetos a los cambios inflacionarios de Venezuela y menos aún puede

aplicarle el factor de corrección monetario en referencia a las variaciones de

precios al consumidor.

El patrimonio neto del contribuyente, de igual modo es sujeto de ajuste en

los sucesivos reajustes regulares. Como es patrimonio neto viene dado por la

diferencia entre el activo y el pasivo, tanto monetario como no monetario, las

variaciones ocurridas en las partidas monetarias y derivadas de las operaciones

normales durante el ejercicio se reflejan finalmente en dicho patrimonio.

Las partidas que se excluyen de los activos y pasivos se excluyen del

balance y por ende del patrimonio neto.

Entre estas partidas excluidas tenemos a las cuantas y efectos por cobrar a

accionistas, administradores y empresas relacionadas; esta partida queda fuera

del balance fiscal y no puede ser objeto de ajuste, esto se debe a que las

operaciones financieras entre la empresa y los accionistas, administradores u

otras empresas relacionadas suelen presentar un punto fiscal clave. Al excluir

estas cuentas del sistema de ajuste por inflación se evita de cierta forma abultar

de forma artificial el activo, y por ende el patrimonio neto, dando así una

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Page 17: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

traducción en una disminución de la renta fiscal gravable. Lo dicho anterior mente

hace referencia en el artículo 173, párrafo 4 de la Ley de impuesto sobre la Renta.

Las operaciones pactadas con clausula de reajustabilidad o en moneda

extranjera, son partidas monetarias, o sea, no están sujetas al ajuste por inflación;

pero ello no significa que no se pueda actualizar, simplemente utilizan indicadores

diferentes que los IPC.

Esta tabla muestra algunas de las partidas no monetarias que son parte del

sistema de ajuste por inflación:

- Bonos a cobrar convertibles.

- Inversiones en acciones preferentes convertibles o participantes.

- Activos fijos.

- Depreciación acumulada.

- Anticipos a Proveedores; si garantizan precios fijos.

- Patentes, marcos y otros intangibles.

- Plusvalía o crédito mercantil.

- Cargos diferidos.

- Ingresos diferidos por bienes o servicios a suministrar.

- Bonos a pagar convertibles.

- Patrimonio; (excepto el capital preferente redimible al valor convenido).

- Ingresos cobrados por anticipado, excepto intereses.

PARTIDAS NO MONETARIAS

- Títulos valores en acciones disponibles para la venta.

- Inversiones valoradas por el método de participación patrimonial o de consolidación

- Bonos a cobrar convertibles

- Inversiones en acciones preferentes convertibles o participantes

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Page 18: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

- Activo fijo

- Depreciación acumulada

- Anticipos a proveedores:

Si garantizan precio fijo

- Patentes, marcas y otros intangibles

- Plusvalía o crédito mercantil

- Cargos diferidos

- Ingresos diferidos por bienes o servicios a suministrar

- Bonos a pagar convertibles

- Patrimonio (excepto el Capital preferente redimible al valor convenido)

- Ingresos cobrados por anticipado, excepto intereses

REGISTRO DE ACTIVOS ACTUALIZADOS (RAA). PAGO DEL 3%.

EMPRESAS EN ETAPA PREOPERATIVA

Artículo 174 de la Ley de Impuesto sobre la Renta.- Se crea un Registro de

los Activos Actualizados en el cual deberán inscribirse todos los contribuyentes a

que hace referencia el artículo 173 de esta Ley. La inscripción en este registro

ocasionará un tributo del tres por ciento (3%) sobre el incremento del valor del

ajuste inicial por inflación de los activos fijos depreciables. Este tributo podrá

pagarse hasta en tres (3) porciones iguales y consecutivas, en sucesivos

ejercicios fiscales, a partir de la inscripción de este registro.

Aquellas empresas que se encuentren en período preoperativo

(entendiéndose como tal el transcurrido para la inversión, instalación, arranque y

puesta en marcha de la empresa; así como en los dos primeros años del inicio de

sus operaciones), el cual culmina con la primera facturación, deberán determinar y

pagar el tributo del tres por ciento (3) después de finalizar dicho período, en las

mismas condiciones de pago previstas en el encabezamiento de este artículo.

18

Page 19: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

Anteriormente existía un Registro de Activos Revaluados y este Registro de

Activos Actualizados es el mismo que el anterior, pero con el nombre cambiado. El

término “Actualizados” es más preciso que “Revaluados “.

Este registro genera un impuesto del 3% solamente sobre el incremento del

valor que por efectos del ajuste inicial alcancen los activos fijos depreciables. Esto

implica dos cosas: Que el pago del impuesto se realiza luego de efectuado el

ajuste inicial al término del primer ejercicio económico y que algunos activos como

los terrenos, no causarán tal impuesto porque no son depreciables.

Las empresas nuevas deberán inscribirse en el Registro mencionado, pues

esta inscripción es indispensable para beneficiarse del ajuste por inflación. La

inscripción deberá realizarse en el momento de presentar la declaración de rentas

de su primer ejercicio gravable, cuando se efectúa el ajuste inicial, pues sólo en

este momento pueden conocer el monto de revalorización de sus activos

depreciables, a objeto del pago del 3%.

Es importante recordar que este tributo del 3% no constituye gasto

deducible a efectos del impuesto sobre la renta.

CUANDO SE REALIZA EL AJUSTE. CUENTAS FISCALES PARA EL

AJUSTE POR INFLACION

Momento del ajuste inicial: al término del primer ejercicio económico de la

empresa debe efectuarse el ajuste inicial. Todos los contribuyentes están

obligados a acogerse al ajuste por inflación y por lo tanto deberán realizar el ajuste

inicial de su Balance al cierre del primer ejercicio, debido a que lo que ordena la

Ley es que se realice un balance ajustado.

Momento del reajuste regular: el reajuste regular será realizado en los

subsiguientes ejercicios económicos. Las empresas que finalizaron la etapa

preoperatorias realizarán su ajuste inicial al término de su primer ejercicio gravable

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Page 20: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

tomando en cuenta que la etapa preoperatoria culmina al realizar la primera

facturación.

Cuentas fiscales para el ajuste por inflación: según lo expresado en el art.

173 de la LISLR, en el ajuste inicial la variación neta se acumula en una partida

del alance iscal llamada ahora actualización del patrimonio y solo esta cuenta

antes mencionado solo tiene efectos fiscales siempre y cuando el saldo por si

mismo determine el enriquecimiento gravable o perdida en el ejercicio ya que solo

se usa para actualizar los valores históricos, inscribirse en el registro de activos

actualizados y pagar al 3% correspondiente.

En los ajustes regulares las variaciones se acumularan en otra cuenta

llamada reajuste por inflación la cual aparecerá en el estado de resultado.

Las cuentas de ganancias y pérdidas, incluyendo las de reajuste por

inflación se cancelan al final de cada ejercicio como superávit o perdida y su saldo

no pasa al siguiente ejercicio.

A partir del 2001 se crea una nueva partida llamada exclusiones fiscales

históricas al patrimonio donde se realizan los asientos de las cuentas que se

excluyen del ajuste por inflación aunque sus variaciones afecten al patrimonio

ÍNDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR (IPC).

Es un indicador estadístico que mide el cambio promedio en los precios de

una canasta de bienes y servicios representativos del consumo familiar de los

habitantes de una determinada localidad, región o país.

El IPC es un indicador estadístico que mide el cambio promedio registrado

en un determinado período de tiempo, en los precios a nivel de consumidor

(precios al por menor), de una lista de bienes y servicios representativos del

consumo familiar (canasta familiar), con respecto al nivel de precios vigente para

un año escogido como base.

20

Page 21: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

Usos del Índice de Precios al Consumidor

El IPC es el indicador utilizado en el análisis de la inflación. Debido a sus

características de oportunidad y calidad, es considerado el indicador que más

satisfactoriamente se aproxima a la estimación del fenómeno inflacionario, en

comparación con otros indicadores similares.

Una aplicación frecuente del IPC es su utilización para la estimación de los

salarios reales o del ingreso real de los hogares y de la población. Igualmente, es

utilizado para estimar valores reales de algunos componentes de las cuentas

nacionales, la actualización de valores o indexación de montos monetarios,

salarios, contratos, etc.

¿Por qué el Banco Central de Venezuela calcula el Índice de Precios al

Consumidor?

La misión del Banco Central de Venezuela está orientada a la creación y el

mantenimiento de condiciones monetarias, crediticias y cambiarias favorables a la

estabilidad de la moneda, al equilibrio económico y al desarrollo ordenado de la

economía.

Es importante destacar que para facilitar esta exigente misión, el Banco

Central de Venezuela, por disposición expresa de la Ley que lo rige, debe

disponer de estadísticas periódicas altamente confiables que faciliten el diseño y

programación de las políticas monetaria y cambiaria, así como el seguimiento de

las variables macroeconómicas que son influenciadas por tales políticas.

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Page 22: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

Experiencia del Banco Central de Venezuela en el cálculo del Índice de

Precios

El Banco Central de Venezuela ha elaborado las estadísticas sobre precios

al consumidor desde el año 1945.

La experiencia del BCV en la realización de indicadores de precios

comienza con la elaboración del Índice de Precios de Consumo base 1945,

indicador que tenía una estructura de ponderaciones proveniente de la encuesta

de consumo realizada en el año 1933. Este indicador se mantuvo vigente hasta

que fue sustituido por el Índice de Precios al Consumidor base 1968, cuya

estructura de ponderaciones se obtuvo de la Encuesta de Presupuestos

Familiares (EPF) que se levantó en 1966. La selección de un año base tiene como

finalidad disponer de un punto de comparación o año de referencia, que permita

conocer la magnitud de los cambios registrados entre un año o un período de

tiempo en particular objeto de estudio y el referido año base. De esta manera se

garantiza que las series de largo plazo puedan expresarse en términos de un valor

común.

El posterior cambio de base del indicador se produjo en 1984, como

consecuencia de la ejecución de la EPF del año 1977, y aunque se mantuvo hasta

el año 1999, el indicador fue revisado en dos oportunidades. La primera, cuando

se incorporaron los componentes de la canasta que resultó de la EPF del Área

Metropolitana de Caracas que se realizó en 1986; la segunda, a través de los

resultados de la EPF que se ejecutó en los años 1988-1989. Es de hacer notar

que ésta última fue la primera encuesta nacional que se levantó mediante el

esfuerzo conjunto del Banco Central de Venezuela, la Oficina Central de

Estadísticas e Informática (OCEI), entre otras organizaciones.

22

Page 23: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

Determinación del porcentaje de variación del IPC.

IPC Final-IPC

Inicial =

x 100-100 Igual % de

variaciónIPC Inicial

O también

IPC

Final =

x 100-100 Igual % de variación del

IPCIPC Inicial

El resultado deberá expresarse con un solo decimal y representa el

porcentaje por el cual se multiplicará el valor a ajustar dándonos directamente la

variación del costo.

Hay quienes prefieren trabajar con factores y dividen el IPC final entre el

IPC inicial. El resultado es un factor que se multiplica por la cantidad a ajustar

dando como resultado la cifra revalorizada. Para saber cual fue el incremento

simplemente se le resta el monto original:

IPC

Final = FactorIPC Inicial

Cantidad por ajustar x factor = cantidad revalorizada

Cantidad revalorizada – cantidad por ajustar = monto de la revalorización

Amortización del valor de la revaluación.23

Page 24: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

El valor resultante de la revaluación deberá amortizarse (o depreciarse) en

el período originalmente previsto para dichos activos. Si el activos estaba siendo

depreciado en 10 años y ya transcurrido la fecha del ajuste, el monto de la nueva

depreciación se repartirá en los nueve 9 años restante.

Por ejemplo: Si la maquinaria estaba valorada en Bs 2.000.000 por año

Su costo a la fecha del ajuste inicial es de Bs 18.000.000:

2.000.000 – 2.000.000 = 18.000.000

Si el ajuste es por 4.500.000, el costo neto ajustado será de 22.000.000

18.000.000 + 4.500.000 = 22.500.000

Por lo tanto la nueva cuota de la depreciación será de Bs. 2.500.000 anuales; ya

que 22.500.000 / 9 años = 2.500.000

Ventas Por Personas Naturales, Sociedades De Personas Y Comunidades No

Comerciantes: Actualización Del Costo Según El IPC. No Obligación De

Inscribirse En El Registro De Activos Actualizados

El artículo 177 de la Ley del Impuesto Sobre La Renta explica que los

contribuyentes no comerciantes (es decir aquellos grupos o sociedades de

personas no dedicados específicamente al comercio de bienes o servicios) no

están obligados a inscribirse en el RAA (Registro de Activos Actualizados), cuando

exista la posibilidad de venta de algún bien, ya sean muebles o inmuebles como

acciones, automóviles, casas, etc. Pero si tendrán derecho a actualizar los costos

de tales activos de acuerdo con la variación del IPC entre el mes de su adquisición

y su enajenación. Quedando una renta gravable determinada por la diferencia

entre el precio de venta o enajenación de que se trate y el costo actualizado.

Puede suceder que el costo actualizado supere el precio de venta. Esto

ocurre a menudo con inmuebles viejos pues el alza por la inflación suele ser

mayor que la subida del mercado. Al venderlos, su precio es menor que el costo

ajustado y el resultado refleja una pérdida.24

Page 25: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

Como ejemplo podemos citar: hace algunos años alguien compró por Bs

4.000.000 un apartamento que con el tiempo se ha ido deteriorando porque no le

hizo las reparaciones necesarias. Aplicando el ajuste por inflación, resulta que el

apartamento vale ahora Bs 40.000.000 pero nadie está dispuesto a pagar tanto y

lo máximo que le ofrecen es Bs 30.000.000 si lo vende a ese precio, lo está

vendiendo por menos del valor ajustado y la pérdida es real. Pudiera suceder

también que acomoda un poco el apartamento y logra venderlo en Bs 42.000.000

pero pacta con el comprador un monto supuesto de venta, digamos Bs.

35.000.000, buscando evadir el impuesto. En este caso, se reflejaría una perdida

ficticia. En ambas situaciones no se puede aplicar el art 183 que permite

compensar las pérdidas por inflación con otras rentas o traspasarlas al siguiente

ejercicio porque no se trata de contribuyentes obligados al ajuste; en estos casos

hay que atenerse al último aparte del art 177 donde se ordena que el costo

ajustado deducible no será superior al precio de venta, o sea, no se admiten

pérdidas en la operación para deducirlas de otros ingresos.

Según el art 26 de La Ley del Registro Público del 2001 le da facultad al

Registrador para ajustar al valor real el monto manifestante inferior de

enajenación, a efectos del pago de derechos de registro, pero esto funciona para

los bienes que la ley ordena registrar.

Ventas De Una Persona Natural Comerciante

Los bienes de un comerciante que sean ajenos a su empresa no gozan del

beneficio del ajuste regular por inflación pues no son bienes productores de renta.

En derecho mercantil el calificativo de comerciante depende de la actividad

realizada no de la persona. Según el Código de Comercio el comerciante es el que

hace del comercio su profesión habitual y está sujeto a las normas de dicho

Código en sus operaciones mercantiles.

Cuando un comerciante vende una casa, la cuota de participación de un

club, etc. no constituye un acto de comercio pues dicho comerciante está

25

Page 26: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

actuando como simple persona natural y no como comerciante y la venta se rige

por el Código Civil. Por esto el comerciante tiene el beneficio de utilizar la

actualización del costo de acuerdo a la variación del IPC.

Ventas De Activos Reajustados (Art 180)

Este artículo permite tomar en cuenta los ajustes regulares para calcular el

costo de los activos no monetarios al momento de venderlos. Se deduce que el

costo de venta de un activo ajustado incluye el incremento no depreciado del

ajuste del mismo.

Por ejemplo una empresa adquirió un vehículo en Bs 24.000.000 a la fecha

del primer ajuste su costo depreciado era de Bs 22.000.000. El incremento por

efecto del ajuste es de Bs 4 millones y la nueva depreciación es de Bs 1 millón. El

costo ajustado será entonces de Bs 25 millones (22.000.000 + 4.000.000 –

1.000.000 = 25.000.000). si lo vende en Bs 30 millones, la ganancia será de Bs 5

millones pues será el costo ajustado el que sirva de base para calcular dicha

ganancia y no el costo de adquisición original, ni tampoco el costo depreciado

original

AUMENTOS DEL PATRIMONIO.

Los aumentos de patrimonio son aquellos, efectivamente pagados en dinero o

en especie ocurridos durante el ejercicio gravable, reajustándose el patrimonio

según el porcentaje de variación del Índice de precios al consumidor (IPC) del

Área Metropolitana de Caracas, elaborados por el Banco Central de Venezuela,

entre el mes del aumento y el cierre del ejercicio gravable. y se acumularán en la

partida reajuste por inflación, como una disminución de la renta gravable.

Se consideran Aumentos de Patrimonio:

1. Los aumentos del capital social del contribuyente.

2. Aportes personales que haga el empresario, socio, comunero, o accionista.

3. Los enjugues de pérdidas y toda otra cantidad que los propietarios aporten

dentro del ejercicio tributario que aumenten el patrimonio neto.

26

Page 27: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

4. Los aportes por capitalizar con las limitaciones establecidas por la ley ,y el

reglamento.

5. Los créditos a la cuenta Exclusiones Fiscales Históricas del Patrimonio

ocurridos durante el ejercicio gravable.

Ejemplo de Aumento de Patrimonio:

Supongamos un aumento de capital social por Bs. 3.000.000 en el mes de

julio mediante la emisión de acciones, las cuales fueron canceladas efectivamente

por sus adquirientes, los IPC del mes del aumento es 625 y del mes de diciembre

es 750.

Determinamos el porcentaje % de variación del IPC y lo multiplicamos por el

valor del aumento y así se obtiene la Variación del aumento de capital.

1. % de variación del IPC= (750/625)X100-100= 20%

2. Variación del Aumento de Capital = 3.000.000X 20% = Bs 600.000,00

Asiento:

Reajuste por Inflación ------------------------600.000,00

Actualización del patrimonio ----------------------------------6000.000,00

DISMINUCION DE PATRIMONIO.

Son aquellos que efectivamente producen o generan un aumento de la renta

gravable y se acumularan en partida de Reajuste por inflación, observándose en

el monto que resulte de reajustar las disminuciones de patrimonio ocurridas

durante el ejercicio gravable de acuerdo al porcentaje de variación del Índice de

Precios al consumidor (IPC) del Área Metropolitana de Caracas, elaborado por el

27

Page 28: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

BCV, en el lapso comprendido entre el mes de la disminución y el de cierre del

ejercicio gravable.

Se consideran disminuciones del patrimonio: Los dividendos, utilidades y

participaciones análogas distribuidas dentro del ejercicio gravable por la empresa

y las reducciones de capital. el ejercicio anterior se tomo como ejemplo por

cuanto los cálculos son los mismos el asiento es diferente.

Asiento:

Actualización del patrimonio--------------------- 600.000,00

Reajuste por inflación--------------------------- 600.00,00

Inversiones en acciones y Acciones en Bolsa

Las acciones en bolsa se ajustan según el valor que tengan en la misma al

cierre del ejercicio económico, solo que mientras permanezcan en poder del

contribuyente se consideran activos monetarios.

Es necesario detenernos en este punto y veamos por qué:

Se entiende la actualización en el balance tomando en cuenta su valor en la

bolsa pues este indicador ya incluye los vaivenes inflacionarios. Lo que no esta

claro es que las variaciones se deban incluir dentro de los resultados del ejercicio.

En otras palabras, desde que se compran y suponiendo su alza, se estaría

pagando al cierre de cada ejercicio un impuesto anticipado que no se puede

deducir al venderlas. La razón la tenemos en el Art 78, el cual señala que los

ingresos derivados por las ganancias de capital (como es el caso de las acciones

en bolsa) se excluyen de los ingresos brutos, pues ya han sido gravados con un

impuesto proporcional del 1% retenido por la misma bolsa al momento de su

enajenación. En tal sentido, la ganancia por la venta de acciones en bolsa debe

28

Page 29: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

excluirse no sólo del ajuste por inflación sino de cualquier cálculo para determinar

el impuesto sobre la renta.

Ahora bien, los casos que no constituyen aumentos de patrimonio, dejaba a

salvo las revalorizaciones de acciones en bolsa. De allí se podría deducir que la

diferencia del valor de cotización, en cuanto se refiere al alza, sí se considera

incremento de patrimonio. Y ya sabemos que los incrementos patrimoniales se

traducen en una disminución de la renta gravable. ¿Cómo conciliar todo entonces?

EJEMPLO:

Compro acciones en bolsa por Bs.1000.000 y al cabo de dos años valen

Bs.1.500.000. Ahora bien, en el 1er año, su cotización era de Bs.1.300.000 y

supuestamente tengo que reflejar como un ingreso dicha revalorización de

Bs.300.000, según interpretamos el Art 187. Pero por otro lado, el Art 185

considera tal incremento como un aumento del patrimonio que se traduce en una

rebaja de la renta gravable. Total por un lado cargo y por otro lado rebajo la misma

cantidad. Lo mismo sucede en el 2do año. Cuando por fin vendo, la bolsa me

retiene de una vez el 1% por impuesto. Contablemente se descargaría del activo

debitando en banco el monto neto de la venta. La diferencia, que es la ganancia,

habría que acreditarla como un ingreso que no se toma en cuenta para determinar

la renta gravable por haberse pagado ya el impuesto proporcional del 1%.

Procedimiento para efectuar el Ajuste inicial por Inflación

Es importante advertir que la siguiente forma de hacer los cálculos para el

ajuste y el reajuste está basada en nuestra interpretación de la Ley y no es la

única valedera. De hecho, entre los contadores existen diversos criterios para

mostrar los resultados; todos ellos pueden ser válidos pues se basan en aplicar,

conforme establece el Art. 91, los principios contables reconocidos en el País a las

disposiciones legales, redactadas a veces un poco confusamente al normar la

materia.

29

Page 30: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

Ejemplo:

Una empresa creada durante la vigencia de la nueva ley que inició

operaciones en febrero. El cierre de su ejercicio es el 31 de Diciembre. Para

simplificar las cuentas hemos asumido partidas comunes, valores fáciles de

manejar así como IPC hipotéticos.

EMPRESA ELIJES

Balance General (en miles de bolívares)

Partidas del Balance General al

31 de Diciembre Saldos En LibrosACTIVO Caja y bancos 15.000Cuentas x cobrar accionistas 12.000Inventario de mercancías 8.050Terreno 50.000 Partidas

NO

MonetariasConstrucciones 20.000Depreciación acumulada -2.000

TOTAL ACTIVO 103.050PASIVO Cuentas x pagar (moneda

extranjera) -5.000Efectos por pagar -6.050Hipoteca por pagar -50.000Reservas legales -2.000

TOTAL PASIVO -63.050CAPITAL Capital social -30.000Superávit -10.000

TOTAL CAPITAL -40.000TOTAL PASIVO Y CAPITAL -103.050

Nótese que no consideramos partidas de maquinarias, mobiliario, vehículos,

equipos, etc., que pueden existir en cualquier empresa. Han sido omitidas es

30

Page 31: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

profeso para ser breves en la explicación. Su tratamiento es idéntico al utilizado

para la cuenta de Construcciones por tratarse también de activos depreciables.

Las únicas partidas con objeto de ajuste son las no monetarias para este

balance. Las de “Capital Social” y “Superávit” no se ajustan, pero el total del

patrimonio se verá afectado por la inclusión de la nueva partida “Actualización del

Patrimonio”.

AJUSTE INICIAL DEL TERRENO

Fue adquirido en febrero y costó Bs. 50.000.000. Dijimos que para el ajuste

se toma en cuenta la variación del IPC entre el mes de adquisición y el cierre del

ejercicio. Supongamos entonces que el IPC de febrero era 300 y el de diciembre

es de 480 (estos valores son hipotéticos).

Aplicamos la fórmula y obtenemos el porcentaje de variación del IPC, que

multiplicamos por el costo del terreno para obtener la variación del costo:

(IPC Dic / IPC Feb X 100 – 100 = (480 / 300) X 100 – 100 = 60%

50.000.000 x 60% = 30.000.0000

Debitamos la variación del costo a la cuenta “Terreno” con crédito a la

nueva cuenta llamada “Actualización del Patrimonio” así:

Debe Haber

Terreno 30.000.000

Actualización del patrimonio 30.000.000

31

Page 32: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

Nota: Si la empresa fuera dueña de más de un terreno, los cálculos se

harían individualmente para cada uno de ellos y al final se sumarían todos los

valores.

AJUSTE INICIAL DE LAS CONSTRUCCIONES (EJEMPLO VÁLIDO PARA

CUALQUIER ACTIVO DESPRECIABLE)

En marzo la empresa construyó un galpón sobre el terreno. Dicho galpón

costó Bs.

20.000.000 y su vida útil se estimó en 10 años.

Lo primero que hacemos es determinar la depreciación acumulada en este

primer año para saber el costo neto:

Dividimos el costo entre los años de vida útil y obtenemos la depreciación

anual que al restarla del costo histórico nos refleja en costo neto:

Bs. 20.000.000 / 10 años = Bs. 2.000.000 por año

20.000.000 – 2.000.000 = 18.000.000

Ahora calculamos el porcentaje de variación del IPC entre el mes cuando se

incorpora el activo y el mes de cierre del ejercicio. Supongamos que el IPC de

marzo era 320. El IPC de diciembre dijimos que es 480.

Aplicamos la fórmula y obtenemos el porcentaje de variación del IPC que

al multiplicarlo por el costo neto nos da la variación del costo neto:

(IPC Dic / IPC Marzo) X 100 – 100 = (480 / 320) X 100 – 100 = 50%

18.000.000 X 50% = 9.000.000

32

Page 33: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

Como en los balances siempre se coloca el costo histórico (bruto) y la

depreciación acumulada, hay que ajustar también estos valores:

Costo histórico x Porcentaje variación IPC:

20.000.000 X 50% = 10.000.000 (variación de costo histórico)

Depreciación X Porcentaje variación IPC

2.000.000 X 50% = 1.000.000 (variación de la depreciación)

Debitamos la variación del costo histórico en la cuenta “Construcciones” y

abonamos en la cuenta Actualización del Patrimonio. La depreciación la

acreditamos en la cuenta “Depreciación acumulada” con cargo a “Actualización del

Patrimonio”, de la siguiente manera:

El costo histórico ajustado menos la depreciación acumulada ajustada nos

dará el Nuevo costo neto ajustado:

20.000.000 + 10.000.000 = 30.000.000

2.000.000 + 1.000.000 = 3.000.000

27.000.000

Esto se comprueba también si al costo neto según libros de Bs. 18.000.000

le sumamos la variación del costo por Bs. 9.000.000. El costo neto ajustado al final

del ejercicio será de Bs. 27.000.000 tal como dijimos.

Hay que calcular por último el nuevo monto de depreciación anual:

Dividimos el costo neto ajustado entre el resto de años que quedan de la

depreciación original (10 – 1 = 9) y obtenemos la depreciación anual para el

próximo ejercicio:

33

Page 34: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

Bs. 27.000.000 / 9 años = Bs. 3.000.000 anuales

Nota: Este dato no es necesario para el ajuste pero hay que tenerlo en

cuenta porque lo necesitamos para el ajuste regular.

AJUSTE DE LAS CUENTAS POR PAGAR EN MONEDA EXTRANJERA

No obstante que las operaciones en moneda extranjera están excluidas de

las partidas monetarias, la Ley contempla su tratamiento en el artículo 188. Es por

eso que daremos aquí un ejemplo de su ajuste:

La empresa compró unos insumos en el Exterior y pagó 5.000 dólares,

equivalentes a Bs. 5.000.000 pues en aquel momento el cambio oficial para la

compra de dicha divisa era Bs. 1.000. Al finalizar el ejercicio el cambio es de Bs.

1.200. Este cálculo es fácil:

Multiplicamos la cantidad en dólares por su cambio oficial en día de cierre

del ejercicio económico y obtenemos el costo ajustado al cual le restamos el

costo histórico para obtener la variación del costo:

5.000 X 1.200 = 6.000.000

6.000.000 – 5.000.000 = 1.000.000

Obsérvese que la deuda en bolívares es mayor. Como los incrementos del

pasivo se acreditan en el haber haremos lo siguiente:

Debitamos la variación del costo en la cuenta de resultado “Pérdida por

variación cambiaria” con crédito en la cuenta “Variación Cambiaria”, asi:

34

Page 35: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

Debe Haber

Perdida por variación cambiaria 1.000.000

Variación cambiaria 1.000.000

Como vemos, esta partida está ajustada según el valor actual de la moneda

y no por IPC. Al ser considerada partida monetaria, el Fisco la supone realizada

(Art.188) y por tanto, las variaciones se reflejan directamente como ingreso o, en

el ejemplo que nos ocupa, como un gasto del ejercicio.

AJUSTE INICIAL DEL INVENTARIO DE MERCANCÍAS CUANDO NO

EXISTE INVENTARIO INICIAL

La Ley nunca ha indicado cómo se ajustan inicialmente los inventarios, para

esto nos basaremos en el Art. 182 antes mencionado.

Pasemos entonces a explicar el mecanismo a seguir, tal como lo

interpretamos:

Supongamos que nuestra empresa realizó dos compras en el año y tiene el

siguiente inventario final:

Fecha de Adquisición

Monto

Adquirido

% de

Compra

Valor Total

Inv. final

Abril 11.500.000 40%

Julio 17.250.000 60%

Disponible 28.750.000 100%

8.050.000

Asumamos que el IPC de abril es de 384. IPC julio 400. IPC diciembre 480.35

Page 36: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

Aplicamos la fórmula y obtenemos el porcentaje de variación del IPC de cada

compra:

(IPC Dic / IPC Abr) X 100 – 100 = (480 / 384) X 100 – 100 = 25% (para abril)

(IPC Dic / IPC Jul) X 100 – 100 = (480 / 400) X 100 – 100 = 20% (para julio)

Multiplicamos el costo del inventario final por el porcentaje de variación de

cada compra y obtenemos la variación del costo de dicha compra en el ejercicio

que al multiplicarla por su respectivo porcentaje nos da la variación ponderada de

cada compra con respecto al total adquirido. Al sumarlas nos da la variación

ponderada del inventario:

8.050.000 X 25% = 2.012.500 (abril) 2.012.500 X 40% = 805.000

8.050.000 X 20% = 1.610.000 (julio) 1.610.000 X 60% = 966.000

Variación ponderada inventario

1.771.000

El costo ajustado del inventario es de Bs. 9.821.000 (8.050.000 +

1.771.000).

Existen otros métodos para determinar la antigüedad como el que se basa

en la rotación del inventario. El contribuyente podrá preguntar a su contador cuál

le parece mejor.

Debitamos la variación del inventario a la cuenta “Inventario de Mercancías”

con crédito a Actualización del patrimonio, así:

Debe Haber

Inventario de mercancías 1.771.000

Actualización del patrimonio 1.771.000

36

Page 37: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

Nota: El ejemplo es válido tanto si se trata de mercancías para la venta

como para materia prima, productos en proceso o productos terminados, ya que

cada uno de estos rubros tendría su correspondiente partida en la contabilidad. En

el ejemplo asumimos que la empresa trabaja con un solo producto. Obviamente si

se comercializan varios, el cálculo se hará individualmente y los resultados se

sumarán al final. Para el inventario de accesorios y repuestos, ver Par. 1 del Art.

182.

AJUSTE INICIAL DEL INVENTARIO DE MERCANCÍAS CUANDO EXISTE

INVENTARIO INICIAL

Este no el caso de la empresa de nuestro ejemplo. Pero sí sucede cuando

un empresario que por alguna razón no lo hizo en su oportunidad, decide

acogerse al sistema. Es casi seguro que si se dedica a comerciar productos,

exista un inventario al comienzo del ejercicio donde se efectúe el ajuste

extraordinario.

Asumimos que el IPC de diciembre al cierre del ejercicio es 480 y el de

diciembre anterior es 240.

Dividimos el IPC final entre el IPC inicial y obtenemos el factor de

corrección (ver determinación del porcentaje de variación)

IPC final / IPC inicial = 480 / 240 = 2

Lo multiplicamos por el costo del inventario inicial y nos da el costo

ajustado del inventario inicial (Art. 182. a)

Valor S/Libros

Inv. Inicial Valor del IPC Valor Ajustado

PRODUCTO A 1.500.000 2 3.000.000

PRODUCTO B 2.250.000 2 4.500.000

37

Page 38: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

PRODUCTO C 3.750.000 2 7.500.000

Como el Fisco utiliza el sistema LIFO para valorar inventarios, hay que

ajustar el inventario final de manera proporcional al inventario inicial reajustado y

obtenemos la nueva valoración del inventario final.

Entonces comparamos el costo histórico de cada rubro al final del ejercicio,

con el costo histórico al cierre del ejercicio anterior. Si es igual o inferior a la del

inventario inicial, la valoración se hará según el artículo 182.b.

En el siguiente ejemplo tenemos los tres casos en tres productos de una

empresa:

Valor S/Libros

Inv. Inicial

Valor Inv.

Final.

S/Libros

Diferencia de

Valores PRODUCTO

A 1.500.000 1.500.000,00 3.000.000PRODUCTO

B 2.250.000 2.000.000,00 4.500.000PRODUCTO

C 3.750.000 6.500.000,00 7.500.000

Valor total S/Libros 7.500.000 10.000.000

Como vemos, el valor final del producto A es igual que el inicial, por lo que

su valor ajustado es el mismo.

El inventario final del producto B es inferior al inicial y entonces hay que

buscar el ajuste proporcional de la porción que quedo del inventario final:

Si Bs. 2.250.000 se convirtieron en Bs. 4.500.000

38

Page 39: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

Bs. 2.000.000 se convertirán en X

Donde

X = 2.000.000 X 4.500.000 = 4.000.000

2.250.000

Se puede hacer también multiplicando el inventario final por el factor del

IPC. Da lo mismo y, al ser menos complicado, es el que usaremos.

En el caso del producto C, los primeros Bs. 3.750.000 que provienen del

inventario inicial se ajustan. El excedente de Bs. 2.750.000 no se ajusta porque no

proviene del inventario inicial sino de compras durante el ejercicio.

Hagamos las cuentas:

Valor

S/Libros

Inv. Inicial

Factor

del IPC

Valor

Ajustado

Valor.

S/Libros.

Inv Final

Factor

del IPC

Valor

Ajustado

Inv FinalPRODUCTO

A 1.500.000 2 3.000.000 1.500.000 2 3.000.000PRODUCTO

B 2.250.000 2 4.500.000 2.250.000 2 4.000.000PRODUCTO

C 3.750.000 2 7.500.000 3.750.000 2 7.500.000PRODUCTO

C (Excedente) 2.750.000Costo total ajustado del inventario Final

17.250.000

39

Page 40: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

Restamos el costo en libros del inventario final de su costo ajustado y nos

da la variación del inventario final.

17.250.000 – 10.000.000 = 7.250.000

Debitaríamos en la cuenta “Inventario de mercancías“ la variación del

inventario final con crédito en la cuenta “ Actualización del patrimonio”.

Debe Haber

Inventario de mercancia 7.250.000

Actualización del patrimonio 7.250.000

A continuación señalamos los asientos que se deben realizar:

Debe Haber

Inventario de mercancías 1.771.000

Actualización del patrimonio 1.771.000

Terreno 30.000.000

Actualización del patrimonio 30.000.000

Construcciones 10.000.000

Actualización del patrimonio 10.000.000

Depreciación acumulada 1.000.000

Actualización del patrimonio 1.000.000

Variación cambiaria 1.000.000

Pérdida por variación cambiaria 1.000.000

Asientos en la cuenta “Actualización del Patrimonio “.

Debe Haber Saldo

Actualización del patrimonio (Inventario de mercancías) 1.771.000 (1.771.000)

Actualización del patrimonio (Terreno) 30.000.000 (31.771.000)

40

Page 41: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

Actualización del patrimonio (Construcciones) 10.000.000 (41.771.000)

Actualización del patrimonio (Deprec. Acumulada) 1.000.000 (40.771.000)

1.000.000 41.771.000 (40.771.000)

En este punto, estamos en condiciones de presentar Balance Fiscal que

sirve de balance para el reajuste regular. Obsérvese que la variación ocurrida en

la partida Cuentas por cobrar en moneda extranjera, ya está incorporada a la

cuenta de resultado del ejercicio:

Balance General (en miles de Bolívares)

Partidas del

Balance General

Al 31-12

saldos en

libros

Débitos

ajuste

inicial

Créditos

ajuste

inicial

Débitos

ajuste

regular

Créditos

ajuste

regular

Saldos

ajustados

ACTIVO

Caja y bancos 15.000,00 15.000,00

CXC accionistas 12.000,00 12000Inventario

mercancías 10.500,00 1.771,00 195,5 12.075,50

Terreno 50.000,00 30.000,00

1200

0 92.000,00

Construcciones 20.000,00 10.000,00 4500 34.500,00Deprec.

acumulada -4.000,00 41.771,00 1.000,00 1.900,00 -6.900,00

TOTAL ACTIVO 103.500,00 1.000,00 16500 158.675,05

PASIVO

CXP (divisas) -5.000,00 -5.000,00Variación

cambiaria -500,00 -500,00

Efectos por pagar -6.050,00 -6.050,00Hipoteca por

pagar -50.000,00 -50.000,00

Reservas legales -2.000,00 -2.000,00

TOTAL PASIVO -63.500,00 -63.500,00

CAPITAL

41

Page 42: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

Capital social 30.000,00 -30.000,00

Superávit -9.550,00 -9.550,00Actualiz, del

patrim. 1.000,00 41.771,00 10165,65 -50.936,65Reajuste x

inflación 1.000,00 41.771,00 4238,85 -4.238,85

TOTAL CAPITAL -39.950,00 14404,05 -95.125,05PASIVO Y

CAPITAL -103.500,00 41.771,00 14404,05 -158.675,05

Ejercicio Reajuste Por Inflación:

Terreno

Reajuste Por Inflación

Debe

12.000,00

Haber

12.000,00

REAJUSTE REGULAR DE LAS CONSTRUCCIONES

Los saldos ajustados del balance de la empresa en comentarios al 31 de

diciembre anterior muestran lo siguiente:

• Construcciones: 30.000.000

• Depreciación acumulada: (3.000.000)

Vimos en comentario anterior que la nueva cifra de depreciación anual iba a

ser de Bs. 30.000.000 (en nuestro ejemplo, dio coincidencialmente la misma cifra

que la depreciación acumulada). Como ya transcurrió otro año más, en la

contabilidad fiscal de la empresa se cargó la depreciación del año en curso a la

depreciación acumulada así:

3.000.000 + 3.000.000 = 6.000.000

42

Page 43: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

Nótese que en la contabilidad histórica, el monto de la depreciación

acumulada al final del año es de Bs. 4.000.000. Si sumamos la variación

acumulada fiscal de Bs. 2.000.000 (Bs. 1.000.000 por el año del ajuste inicial y Bs.

1.000.000 por el año del primer reajuste), nos da la depreciación acumulada fiscal

al cierre del año en curso.

Multiplicamos el costo bruto de las construcciones por el porcentaje de

variación del IPC en el año y obtenemos la variación reajustada de las

construcciones:

30.000.000 X 15% = 4.500.000

Multiplicamos el valor de la depreciación acumulada (incluyendo la del año

en curso) por el porcentaje de variación del IPC y obtenemos la variación

reajustada de la depreciación acumulada. Al sumarle la depreciación fiscal del año

del reajuste y obtenemos la depreciación fiscal acumulada en el ejercicio:

6.000.000 X 15% = 900.000

900.000 + 1.000.000 = 1.900.000

Asientos:

Debe Haber

Construcciones 4.500.000

Reajuste por Inflación 4.500.000

Para Registrar La Depreciación Del Incremento Por El Ajuste Inicial

Debe Haber

Reajuste por inflación 1.000.000

43

Page 44: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

Depreciación acumulada 1.000.000

Para Registrar La Variación Reajustada De La Depreciación

Debe Haber

Reajuste por inflación 900.000

Depreciación acumulada 900.000

Nos interesa por último determinar el nuevo monto de depreciación anual

de las construcciones para el año siguiente. Para ello debemos conocer el costo

neto reajustado de las construcciones que calcularemos así:

Sumamos el costo bruto su variación reajustada y a la depreciación

acumulada, su variación ajustada. Al restar ambos resultados obtenemos el costo

neto ajustado:

30.000.000 + 4.500.000 = 34.500.000 – 6.000.000 + 900.000 = 6.900.000

27.600.000

Lo dividimos entre el resto de vida útil (10 años – 2 = 8 años) y obtenemos

el nuevo monto de depreciación para el próximo año, así:

27.600.000 / 8 = 3.450.000

Reajuste Regular Del Patrimonio Neto (ART. 184)

En el balance de nuestra empresa, las cuentas por cobrar corresponden

íntegramente a los accionistas, por lo cual excluiremos del cálculo (recuérdese

que deben registrarse en la cuenta Exclusiones Fiscales Históricas al Patrimonio).

Entonces haremos así:

Total activo 143.821.000

Menos Total pasivo (64.050.000)

44

Page 45: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

Menos Cuentas x cobrar accionistas (12.000.000)

Total Patrimonio Neto 67.771.000

Multiplicamos el patrimonio neto por el porcentaje de variación del IPC para

obtener la variación del patrimonio neto:

67.771.000 x 15% = 10.165.650

Asiento:

Debe Haber

Reajuste por inflación 10.165.650

Actualización del patrimonio 10.165.650

Reajuste Regular De Los Inventarios

Reajuste Regular del Inventario de Mercancías Cuando no Existe

Inventario Inicial.

Puede ser que se haya agotado la existencia en diciembre anterior y no

haya inventario inicial o que se trate de mercancías de otro tipo adquiridas durante

el ejercicio. Entonces se aplica el método descrito en el comentario anterior

cuando se habló de ajustes de estos inventarios.

Reajuste Regular del Inventario de Mercancías Cuando Existe

Inventario Inicial.

Existen varios procedimientos para valorar los inventarios, como el de

promedios (simple, ponderado o móvil), el PEPS, UEPS, o el de identificación

específica. Cada uno tiene sus defensores y detractores. Su escogencia

dependerá del tipo de inventario que se valore, de la rotación del mismo, de la

45

Page 46: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

inflación, del volumen de operaciones, en fin, de lo que sea de más interés para el

contribuyente.

Fiscalmente no existe obligación alguna de adoptar un determinado sistema

en la contabilidad. Algunas empresas emplean el método FIFO o PEPS (first in,

first out o primero en entrar, primero en salir) para la valoración histórica de sus

inventarios, o sea, asumen que se vendió primero la mercancía más vieja. En

cambio la Ley utiliza el sistema LIFO o UEPS (last in, last out o último en entrar,

primero en salir) donde se supone que se consumen primero las compras más

recientes. De tal manera, los cálculos fiscales hay hacerlos en base al

sistema LIFO.

En el reajuste, tal como ocurre con el ajuste, puede suceder que al costo

histórico

del inventario final sea igual, superior o inferior al del inventario inicial. Asumamos

que la empresa reajusta sus inventarios en los siguientes tres ejercicios

económicos y en cada uno de ellos se da una de estas situaciones. Los factores

de variación anual de los IPC son 1,15 ; 1,20 y 1,25, respectivamente.

La Ley dice (Art. 182.a) que el inventario final del ejercicio anterior

(inventario inicial del ejercicio actual) se reajuste con base a la variación del IPC

de este año. Luego dice que se comparen ambos inventarios (inicial y final)

históricos y que si el monto del inventario final es igual o inferior que el del

inventario inicial, se ajustará en forma proporcional al inventario inicial reajustado

(Art. 182.b). Si el inventario final es Superior al inicial, el excedente en bolívares no

se ajustan (Art. 182.c).

Veamos tres situaciones en los mismos ejercicios, con la diferencia de que

asumimos que el costo histórico del inventario final del tercer ejercicio es de Bs.

10.500.000, para que sea igual al histórico del primer ejercicio. Tal como hicimos

en el ajuste inicial, multiplicaremos directamente el inventario inicial (salvo la

46

Page 47: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

partida que excede del inventario inicial) por el factor del IPC del ejercicio y

obtendremos directamente el inventario final ajustado.

Inv. Inicial Inv. Final Diferencia Inv. Final Factor Inv. Final

Histórico Histórico Histórico Del IPC Ajustado2do.Ejercicio

Econ. 8.050.000 10.500.000 0 10.500.000 1,15 12.075.0003er. Ejercicio

Econ. 10.500.000 14.000.000 3.500.000 10.500.000 1,2 12.600.000Inv. Final

Ajustado 16.100.000

al 3er, Ejercicio 1,25

4to. Ejerció Econ. 14.000.000 11.400.000 -2.600.000 11.400.000 1,25 14.250.000

Dice el artículo 182.d que el inventario final actualizado como hemos hecho,

debe compararse con el inventario final según libros y que la diferencia es el

ajuste acumulado del inventario final así:

Inventario Final Inventario Final Ajuste Acumulado

Ajustado Histórico Inventario Final2do.Ejercicio Económico 12.075.000 10.500.000 1.575.500

3er. Ejercicio Económico

16.100.000

14.000.000

2.100.000

4to. Ejercicio Económico

14.250.000

11.400.000

2.850.000

Este ajuste se comparará con el ajuste acumulado en el inventario inicial

(correspondiente al inventario final del ejercicio anterior) y la diferencia se cargará

o acreditará a las cuentas del inventario y de Reajuste por Inflación según

corresponda (Art. 182.e y 182. f).

47

Page 48: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

Inventario Final Inventario Final Ajuste Acumulado

Ajustado Histórico Inventario Final2do.Ejercicio Económico 1.575.500 1.771.000 (195.500)

3er. Ejercicio Económico 2.100.000 1.575.500 524.500

4to. Ejercicio Económico 2.850.000 2.100.000 750.000

Pudiera sorprender el resultado negativo del 2do. Ejercicio, ya que se

traduce en una reducción del valor del inventario final, no obstante ser su histórico

superior. En cambio, en el 4to. Ejercicio, pese a que el valor del inventario bajó, la

diferencia es positiva. Todo es factible pues no debemos olvidar que aquí

interviene no solo el método de valorización, sino también otro factor que es la

inflación.

Asiento para el segundo ejercicio:

Debe Haber

Inventario de mercancías 195.500

Reajuste por inflación 195.500

Asientos que se deben realizar por el ajuste regular del segundo ejercicio:

Debe Haber

Inventario de mercancías 195.500

Reajuste por inflación 195.500

Terreno 12.000.000

Reajuste por inflación 12.000.000

Construcciones 4.500.000

Reajuste por inflación 4.500.00048

Page 49: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

Depreciación acumulada 1.900.000

Reajuste por inflación 1.900.000

Variación cambiaria 500.000

Ingreso por variación cambiaria 500.000

Actualización del patrimonio 10.165.650

Reajuste por Inflación 10.165.650

Asientos en la cuenta “Reajuste por Inflación”:

Debe Haber Saldo

Reajuste por Inventario de mercancías 195.500 195.500

Reajuste por Terreno 12.000.000 (11.804.500)

Reajuste por Construcciones 4.500.000 (16.304.500)

Reajuste por Deprec. Acumulada 1.900.000 (14.404.500)

Reajuste por Actualización Patrimonio 10.165.650 (4.238.850)

TOTAL ASIENTOS 12.261.150 16.500.000 (4.238.850)

En este punto, estamos en condiciones de presentar Balance Fiscal

Reajustado. Obsérvese que las variaciones ocurridas en las partidas Acciones en

Bolsa y Cuentas por Cobrar en moneda extranjera, ya están incorporadas a la

cuenta de resultados del ejercicio:

49

Page 50: 26595168 Trabajo Final Ajuste Por Inflacion Fiscal a Entregar

BIBLIOGRAFIA

Bibliografía

http://www.bcv.org.ve/cuadros/4/informacionipc.pdf

http://www.a2.com.ve/boletines/Boletin-contabilidad15.pdf

• Manual del Contribuyente.Ajuste por Inflación.SENIAT.

• Actualidad Contable FACES Año 9N° 13 julio diciembre 2006 merida

Venezuela molina Victor Hugo

• Ley de Impuesto sobre la Renta, Abril 2007. Ediciones Juan Garay.Juan y

Miren Garay.

• Reglamento de la ley de Impuesto Sobre la Renta.Gaceta Oficial

Extraordinaria N° 5.662 de fecha 24-09-2003

• Guía practica para la declaración de islr edicion #7 diciembre 2005 legis

editores, c.a.

50