06. problemática canónico-pastoral previa a la celebración del matrimonio

29
ASPECTOS CANÓNICO-PASTORALES RELATIVOS A LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO 1. Condición canónica de los contrayentes A. En razón del Bautismo B. En relación a la Confirmación y Eucaristía C. En peligro de muerte 2. Presentación matrimonial e investigaciones A. Examen de los contrayentes y testigos B. Requisitos documentales C. Proclamas matrimoniales D. Preparación doctrinal 2. Afectación de algún impedimento dirimente, alguna incapacidad-vicio o prohibición A. Impedimentos dirimentes B. Incapacidades-vicios

Upload: ignacio-fernandez-gonzalez

Post on 05-Jul-2015

533 views

Category:

Spiritual


2 download

TRANSCRIPT

Page 1: 06. problemática canónico-pastoral previa a la celebración del matrimonio

ASPECTOS CANÓNICO-PASTORALES RELATIVOS A LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO

1. Condición canónica de los contrayentesA. En razón del BautismoB. En relación a la Confirmación y EucaristíaC. En peligro de muerte

2. Presentación matrimonial e investigaciones

A. Examen de los contrayentes y testigosB. Requisitos documentalesC. Proclamas matrimonialesD. Preparación doctrinal

2. Afectación de algún impedimento dirimente, alguna incapacidad-vicio o prohibición

A. Impedimentos dirimentesB. Incapacidades-viciosC. Prohibiciones

Page 2: 06. problemática canónico-pastoral previa a la celebración del matrimonio

ASPECTOS CANÓNICO-PASTORALES RELATIVOS A LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO

4. Asistencia al matrimonioA. Potestad ejecutivaB. Lugar (territorio-Iglesia)C. Licencia para contraer en otra parroquia

5. Anotaciones registralesA. En el libro de bautismos y matrimoniosB. En el legajo de expedientes matrimonialesC. Notificaciones

5. Cuestiones especialesA. Separación conyugalB. Nulidad matrimonialC. Disolución del vínculoD. Divorciados vueltos a casar

Page 3: 06. problemática canónico-pastoral previa a la celebración del matrimonio

1Condición canónicade los contrayentes

A. En razón del BautismoB. En relación a la Confirmación y EucaristíaC. En peligro de muerte

Page 4: 06. problemática canónico-pastoral previa a la celebración del matrimonio

A. En razón del Bautismo

Ambos bautizados en la Iglesia católica∗ Uno pertenece a la Iglesia latina y otro a una Iglesia oriental

∗ Uno ha abandonado notoriamente la fe

∗ Uno ha abandonado formalmente la Iglesia

Uno está bautizado en la Iglesia católica y el otro en una comunidad “acatólica” (matrimonio mixto)∗ Iglesias Reformadas

∗ Iglesias orientales ortodoxas

Uno está bautizado en la Iglesia católica y el otro no está bautizado (Matrimonio dispar)∗ Bautismo inválido = inexistencia del bautismo

Page 5: 06. problemática canónico-pastoral previa a la celebración del matrimonio

No se debe obligar a nadie a bautizarse como requisito para contraer matrimonio∗ Se ha de proceder a solicitar la dispensa del impedimento

de disparidad de cultos

∗ Se ha de realizar un interrogatorio a los contrayentes, en forma de cauciones, especialmente a la parte católica

Debe celebrarse el matrimonio de acuerdo con las disposiciones del “ordo matrimonii”∗ Esquema celebrativo para el matrimonio dispar

∗ Esquema celebrativo para el matrimonio mixto

Prohibiciones y Dispensa de la forma canónica∗ Esta prohibido celebrar doblemente el matrimonio

∗ Esta prohibido concelebración con un ministro acatólico

∗ Se puede dispensar la forma canónica a la parte católica y permitir que se celebre el matrimonio en otra forma pública

Page 6: 06. problemática canónico-pastoral previa a la celebración del matrimonio

B. En relación a la confirmación y a la Eucaristía

Necesidad-oportunidad ∗ Debe recibirse la confirmación antes de ser admitido al

sacramento del matrimonio, si ello es posible sin dificultad grave

∗ Se recomienda encarecidamente acudir a los sacramentos de la penitencia y de la santísima Eucaristía para recibir más fructuosamente el sacramento del matrimonio

Preparación doctrinal∗ Duración

No es una conditio sine qua non∗ No se puede prohibir el matrimonio

∗ No se debe exigir el acta de confirmación ni el comprobante de haber hecho la “Primera comunión”

Page 7: 06. problemática canónico-pastoral previa a la celebración del matrimonio

C. En peligro de muerte

Elementos esenciales a considerar∗ Puede contraerse matrimonio ante la presencia de sólo

testigos

∗ El ministro asistente, no así los testigos, puede dispensar de todos los impedimentos dirimentes de derecho eclesiástico

∗ Si está un ministro sagrado puede presenciar el matrimonio juntamente con los testigos, sin perjuicio de la validez del matrimonio sólo ante testigos

Notificación del matrimonio al párroco o al Ordinario del lugar

∗ Debe tenerse cuidado de consignar por escrito la firma o, al menos, la huella digital de los contrayentes y de los testigos

Page 8: 06. problemática canónico-pastoral previa a la celebración del matrimonio

2Presentación matrimonial

e investigaciones

A. Examen de los contrayentes y de los testigos

B. Requisitos documentalesC. Proclamas matrimonialesD. Preparación doctrinal

Page 9: 06. problemática canónico-pastoral previa a la celebración del matrimonio

A. Examen de los contrayentesy de los testigos

Sobre los datos generales de los contrayentes y sus testigos∗ Honorabilidad

∗ Conocimiento real de los contrayentes

Sobre el estado de libertad de los contrayentes∗ Debe indagarse acerca del conocimiento y noviazgo

∗ Causas motivas de la decisión al matrimonio

∗ Verificar la suficiente discreción de juicio

Sobre prohibiciones, impedimentos dirimentes y/o incapacidades-vicios∗ Habilidad canónica

∗ Capacidad natural: física y psíquica

Page 10: 06. problemática canónico-pastoral previa a la celebración del matrimonio

B. Requisitos documentales

Acta de nacimiento de ambos contrayentes Certificado de sus respectivos bautismos

∗ Actualizado

∗ Verificación de notas marginales

Comprobante del domicilio de ambos∗ Licencia del párroco o del Ordinario de lugar propio para

contraer matrimonio fuera de la parroquia de pertenencia

Otros posibles documentos∗ Licencia para quitar alguna prohibición canónica∗ Dispensa de algún impedimento dirimente

∗ Exhorto El certificado de confirmación y primera comunión no

deben exigirse como condición para celebrar el matrimonio

Page 11: 06. problemática canónico-pastoral previa a la celebración del matrimonio

C. Proclamas matrimoniales

La finalidad de las proclamas matrimoniales, también llamadas “amonestaciones” es para enterar a los fieles de la comunidad acerca del matrimonio que pretenden celebrar los contrayentes miembros de la misma;

Los fieles tienen obligación de manifestar al párroco o al Ordinario del lugar, antes de la celebración del matrimonio acerca de cualquier impedimento de que tengan noticia;

La publicación de las “amonestaciones” debe ser regulada por el derecho particular de cada diócesis

Realización y/o comunicación de los resultados

Page 12: 06. problemática canónico-pastoral previa a la celebración del matrimonio

D. Preparación doctrinal

Remota∗ Mediante la predicación y la catequesis acomodada a los

menores, a los jóvenes y a los adultos

Personal y Próxima∗ Mediante los modos que puedan contribuir a que los novios

se dispongan para la santidad y las obligaciones de su nuevo estado de vida

∗ Tener en cuenta los diversos movimientos laicales que pueden colaborar en la pastoral familiar y matrimonial

∗ Valerse de hombres y mujeres de experiencia y competencia probadas en otros aspectos implicados (MPE)

Para una fructuosa celebración litúrgica∗ Ensayo del rito litúrgico

∗ Texto de la manifestación del consentimiento matrimonial

Page 13: 06. problemática canónico-pastoral previa a la celebración del matrimonio

3Afectación de algún

impedimento dirimente, incapacidad-vicio, prohibición

A. Impedimentos dirimentesB. Incapacidades-viciosC. Prohibiciones

Page 14: 06. problemática canónico-pastoral previa a la celebración del matrimonio

A. Impedimentos dirimentes

1. Edad2. Impotencia3. Ligamen4. Disparidad de cultos5. Órdenes sagradas6. Voto público perpetuo de castidad en un IVC7. Rapto8. Conyugicidio9. Consanguinidad10. Afinidad11. Pública honestidad12. Parentesco legal

Page 15: 06. problemática canónico-pastoral previa a la celebración del matrimonio

B. Incapacidades-vicios

DEL ENTENDIMIENTO1. Carencia de uso de razón2. Grave defecto de discreción de juicio3. Causas de naturaleza psíquica4. Ignorancia crasa5. Error: de la persona, de una cualidad del otro, del

matrimonio mismo o de sus fines y/o propiedades

DE LA VOLUNTAD1. Dolo2. Exclusión/Simulación3. Condición de pasado, presente o futuro4. Violencia y/o miedo

Page 16: 06. problemática canónico-pastoral previa a la celebración del matrimonio

C. Prohibiciones

1. Cuando no se ha podido resolver el divorcio con el cónyuge anterior

2. Cuando se tienen obligaciones naturales hacia los hijos nacidos de una unión precedente

3. Cuando se ha abandonado notoriamente la fe católica

4. Cuando se está afectado por alguna pena canónica

5. Cuando no se ha llegado a la mayoría de edad y sus padres se oponen razonablemente

6. Cuando se desea contraer matrimonio con un acatólico

Page 17: 06. problemática canónico-pastoral previa a la celebración del matrimonio

4Asistencia al matrimonio

A. Potestad ejecutivaB. Lugar (territorio-Iglesia)C. Forma canónica

Page 18: 06. problemática canónico-pastoral previa a la celebración del matrimonio

A. Potestad ejecutiva

1. La asistencia al matrimonio exige estar FACULTADO. Tal facultad se detenta por el Oficio o por delegación

2. Sólo se contrae válidamente matrimonio ante el Ordinario del lugar o el párroco, o un sacerdote o diácono delegado por uno de ellos para que asistan

3. El Obispo diocesano, el Vicario general y los Vicarios episcopales son Ordinarios locales

4. El Párroco está dotado de potestad ejecutiva ordinaria Vicaria en razón de su oficio con cura de almas;

5. Los vicarios parroquiales no detentan la misma potestad del párroco, por tanto deben ser delegados por éste para asistir a los matrimonios. Conviene que en las letras del nombramiento el Obispo les conceda delegación general.

Page 19: 06. problemática canónico-pastoral previa a la celebración del matrimonio

B. Lugar (Territorio-Iglesia)

1. Por regla general, se han de celebrar los matrimonios en la parroquia donde uno de los contrayentes tiene su domicilio, cuasidomicilio o ha residido durante un mes

2. Con licencia del Ordinario propio o de párroco propio pueden celebrarse en otro lugar

3. Para evitar dificultades sobre la competencia (derecho y obligación) de realizar las investigaciones previas, el Obispo debiera legislar al respecto normas claras y precisas

4. La celebración del rito matrimonial debe tener lugar en la Iglesia parroquial o en otra iglesia u oratorio

5. Para celebrar un matrimonio dispar se prescribe incluso un lugar conveniente.

Page 20: 06. problemática canónico-pastoral previa a la celebración del matrimonio

C. Forma canónica

Los elementos que constituyen la forma canónica:

1. Los contrayentes

2. Dos testigos

3. El ministro sagrado debidamente facultado para asistir

4. La manifestación pública del consentimiento matrimonial

*Si existiera un defecto de forma canónica el matrimonio sería inválido y habría que convalidarlo o sanarlo de raíz

* Los anillos, arras, lazo, y otros signos que se pueden emplear en la celebración no afectan la validez del sacramento

Page 21: 06. problemática canónico-pastoral previa a la celebración del matrimonio

5Anotaciones registrales

A. En el libro de bautismos y matrimoniosB. En el legajo de expedientes matrimonialesC. Notificaciones

Page 22: 06. problemática canónico-pastoral previa a la celebración del matrimonio

A. En el libro de bautismosy matrimonios

1. Después de celebrarse el matrimonio, el párroco del lugar donde se celebró o quien hace sus veces, aunque ninguno de ellos hubiera asistido al matrimonio, debe anotarlo cuanto antes

2. En cualquier supuesto, el matrimonio siempre se habrá de registrar en la parroquia dentro de cuyo límites fue celebrado

3. El matrimonio también debe anotarse en los registros de bautismos en los que está inscrito el bautismo de los cónyuges. Por tanto, si ambos o sólo uno de los dos no fueron bautizados en la parroquia donde se celebró el matrimonio, el párroco del lugar tienen la obligación de notificarlo al párroco del lugar de bautismo para que realice la anotación en el registro correspondiente.

Page 23: 06. problemática canónico-pastoral previa a la celebración del matrimonio

B. En el legajo de expedientes matrimoniales

1. En toda parroquia o cuasiparroquia deben archivarse los legajos de expedientes matrimoniales

2. Los legajos deben estar debidamente organizados conforme a las técnicas y criterios de la archivística, de modo que se facilite el manejo de los documentos, así como su consulta

3. Los documentos que deben estar contenidos en cada expediente matrimonial, son todos aquellos que hayan podido requerirse para llegar a la certeza moral del estado de libertad de los contrayentes. Siempre deberá anexarse una copia del acta matrimonial con las firmas de los contrayentes, del ministro asistente, de los testigos y la del párroco, cuando haya sido otro el asistente.

Page 24: 06. problemática canónico-pastoral previa a la celebración del matrimonio

C. Notificaciones y anotaciones

1. Todo aquello que diga relación con el estado de los contrayentes o cónyuges debe ser notificado a quien corresponda y anotarse de acuerdo a las disposiciones del Derecho canónico, del Obispo diocesano o de la CEM

2. Algunas notificaciones relativas al matrimonio tienen lugar antes de la celebración, y otras después.

3. A las notificaciones no siempre corresponde alguna anotación, pero aquellas que por la naturaleza de las cosas exigen anotarse o al menor archivarse, deben realizarse con la mayor diligencia posible.

4. Los formatos de los actos administrativos singulares, así como los de los libros del archivo parroquial no siempre están correcta y exactamente redactados.

Page 25: 06. problemática canónico-pastoral previa a la celebración del matrimonio

6Uniones irregulares de hecho y/o de derecho

A. Separación conyugalB. Nulidad matrimonialC. Disolución del vínculoD. Divorciados vueltos a casar

Page 26: 06. problemática canónico-pastoral previa a la celebración del matrimonio

A. Separación conyugal

Las causas de separación conyugal legítima son:

1. Cuando alguno de los cónyuges comete adulterio

2. Cuando uno de los cónyuges pone en grave peligro espiritual o corporal al otro o a la prole

3. Cuando uno de los cónyuges hace demasiado dura la vida en común

• La separación legítima no da derecho a contraer nuevas nupcias porque permanece el vínculo matrimonial

• La separación legítima ante la Iglesia puede coincidir con el divorcio civil

Page 27: 06. problemática canónico-pastoral previa a la celebración del matrimonio

B. Nulidad matrimonial

1. Las causas de nulidad no pueden determinarse con relativa facilidad. Cada caso en peculiar y deberá ser cuidadosamente analizado. Sin embargo, cuando existan ciertas sospechas de que ha sido nulo desde el principio, habrá que remitir el caso al tribunal eclesiástico.

2. Para saber qué tribunal eclesiástico es competente para conocer el caso téngase en cuenta lo siguiente: Dónde se celebró el matrimonio, cuál es el domicilio del interesado en introducir el caso, cuál es el domicilio del otro cónyuge y, en qué lugar radican los testigos

3. El proceso de nulidad matrimonial pasa por dos instancias y, en algunos casos, hasta por tres

4. Su duración es relativa y no siempre el fallo es positivo

Page 28: 06. problemática canónico-pastoral previa a la celebración del matrimonio

C. Disolución del vínculo

Existen dos casos en los que un matrimonio puede ser disuelto

1. Cuando no ha sido consumado

2. Por el privilegio de la fe Privilegio paulino Privilegio petrino

• Sólo el Santo Padre tiene autoridad para conceder la disolución de estos matrimonios

• Estos casos se elevan al Santo Padre después de haber agotado el recurso del proceso de nulidad matrimonial

Page 29: 06. problemática canónico-pastoral previa a la celebración del matrimonio

D. Divorciados vueltos a casar

1. Estas es una situación problemática que coloca a algunos fieles al margen de los sacramentos de la penitencia y de la Eucaristía.

2. Se trata de aquellos fieles que habiendo contraído matrimonio canónico se separaron de su legítimo cónyuge y ahora se encuentran haciendo vida cuasi-marital con otro

3. La Iglesia ha ratificado en diversas ocasiones la decisión de no admitir a este tipo de fieles a los sacramentos arriba señalados, por ser ésta una situación que choca con la unidad e indisolubilidad del sacramento del matrimonio y con la santidad y comunión de la Eucaristía