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El Ri-B:o 6aYri los sábados de cada semana; el precio de la suscricien será, para la C. t res re. y tres y medie para fuera tranco 4le porte, PERIODCO POLITICO y LITERARIO S EGUNDA 'POCA. bia aQ<e prodccie- nee con todas la. " de la Rerúbli ca. "FIJOS LOS OJOS EN EL J'ORVENUt, ROYPA. YOS !:L PEDA.ZO DE C..lDESA QUE '!fOS LIGA. A. LO PJ.9ADO."-MAZZINE.. _ ::.:..: ' l'O M. IV. == C. VICTORIA , 2'.2 DE 1861. == NU.'I. 68. S esu pú l)!ica del rú a :20 de illa.rzo de 1861. P1t ESIO ENCB DEL S R, SA LilA S", D IG:i A CIO COXGHE.;O DE L ESTADO conforme á las leyes, su aut o dE; e xeqü -indo Se dcclaró suficien temente disclJtuJ'! y l iJé apre bado . .' • Se dió lec tur a al 'O [ue dice. A rt. 80 Si n . !o fue re, el" rer á tras lad o por vi a ordmari« dui tar t>1 que ha ;0. Leida y aprob ada la ada de: dia 19, la .e e re taríu dió cu enta con el di ctámen de la comi lido usarse de, sin pCl j" icio de lo ejecutivo , Se 1 , aprobó lo n usm o que el ""lerio r. s io, de peticiuues recaido á la solicitu d de ) Eus t aqui o Bu luudrano, q>1e concluye con la .5e! er ó el articulo 81 que es corno si!!,.e. propusieion Que en .eguida se co pia. .' Ar t 81 Una vez llorado. proced er án el es cri - "Se facu lta la Supr ema Cor te de Just icia han o y el ejecutor a la uilige ncia. Si á la prime ra del Estado para que nombre tres 3bogados que bu-ca no se et¡cpHtrare al dem and ad o, dej óil á pracuq ueu el exám en á que p rete nde -ometerse ri ta to rro para hor a tij a, de nt ro de las "ein t': y U Eu staquio B -l latldrallo. para ob ten er la profe -. y no espera) se practicara la s iou de es cn bun o púb lico .' ulilgpncla con persona que se enclIe!.l: suje á los tr amites de r ezlam ento y tre la O afalta de ella cun el ve clt j(> ' fué ap por. un an imi dad, se mus .. .. .- eomunrque a la Suprema Curte y al interesado .e a -,Jlsc.II . I. O." y fu .; a. probado. v: .. ., la resolucion an terior. . Se d isc u ti ó el a rríc ulo 1>_ cuyo t enor e90ie l e ' . 1 di . dI d I sisurente onunuo a ISCUSlOn e proyecto e ey e . .. de pro vediuii entos ju dLClales, y se dió lectura al . A:rt 82 ?uand o mande hacer el reco- art í culo 78 que es com u sigu '!. noci nn- nto de firmas, o de Ooc lIIBcntt;J . Art. 'lb . EH el caSCJ de el es pre y. el dem andado se a hact? r.lu, .sado recurso, t endr á ¡u!!"r el concedido en la ley ribo .dos " CCt;S por el ejecutor, en la misma dlll- , de 18 de l\larz ,,"'de 1840, obs ervuuduse los tr á- se tendrá por con feso y se m ites que e lla prescribe." - a la t>Jec ucw n:. . Se pus o il d iscusi on y el Sr. Guerrero pidió S.e decl aro sulicIentement; di scu tido y ;e se reserv ase esta ha-fa el dia de mafi aua, por aprob? . ser necesario tener á la vista la ley que se cita. . Se con .sepnracron ,cada uno, de 10 .9 Pregunuid o el Congreso si se acsedia ii la artículos SI¡!Ulentes , peticion ant eri or, con te st ó por la afi rn .at iva. Art . 83 La dis posí cíon de l artf eu lo nn te - ,_ Se entró á discutir el cap ítu lo 7.:; Y Sil rior no se est iende al caso, en que pidie nJo. c la. primer artícu lo quedi ce conf esiori para que sirva de ,al j uicio ejecü- CAPIHULO 7 ." tirO,rehu, e hacerlo el reo, pues ent onces solo Ueljuicio ¡;j ecutivo. h abrá lugar al ordinario. A.rt. .79. • el actor con escri Art. 8-l Cuando emplaz ado tora u otro instrum ento de los que trueu el reo, para el objeto que esp lica el arrt culo 82, aparejada ejecucion, el .l uezde pruu era mst au ,se JlPg are comparecer se procedera tambieu :... ,c ia ecsamin ándo le atentam ente librará, si fuere la ejeéuc,iQlI .. _. . .... 1 L •• _ .. C ..:_" • •: = ' . .. Universidad Autónoma de Tamaulipas

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Page 1: Universidad - bibliotecadigital.tamaulipas.gob.mxbibliotecadigital.tamaulipas.gob.mx/archivos/descargas/7286bb556fc... · Art,"85. En el caso en q\Je el demandado oponga en el acto

El Ri-B:o 6aYri lossábados de cadasemana; el preciode la suscricienserá, para la C.t res re. y tres ymedie para fueratranco 4le porte,

PERIODCO POLITICO y LITERARIO

SEGUNDA 'POCA.

bia aQ <e prodccie­

nee contodas la."

de la Rerública.

"FIJOS LOS OJOS EN EL J'ORVENUt, ROYPA.YOS !:L PEDA.ZO DE C..lDESA QUE '!fOS LIGA. A. LO PJ.9ADO."-MAZZINE. . _

::.:..: 'l'O M. I V. == C. VICTORIA, JU~lO 2'.2 DE 1861. == NU.'I. 68.~

S esun¡ pú l)!ica del rú a :20 de illa.rzo de 1861.

P1t ESIOENCB DE L S R , SALilAS", D IG:iA CIO

HO~OH ,\ELE COXGHE.;O DE L ESTADO confo rme á las leyes, su aut o dE; exeqü -indoS e dc cla ró suficien temente disclJtuJ'! y liJé

apre bado . .' •Se dió lectura al a~¡kulo ' O [ue d ice.A rt. 80 S i n . !o fue re, el" rer á t raslad o

por via ordmari« ~iu dui ta r G U :H~a t>1 que ha ;0.L eida y aprobada la ada de: dia 19, la .ee re taríu dió cu enta con el dictámen de la comi lido usarse de, sin pClj " icio de lo ejecutivo, Se

1, aprobó lo nusmo q ue el ""lerior. •s io, de pe tic iuues reca ido á la so licitu d de )Eustaquio Bu luudrano, q>1e concluye con la . 5 e !eró el a rt icu lo 8 1 que es corno si!!, .e.p ropusi eion Que en .eguida se copia. . 'Art 8 1 Una vez llorado. proceder án el es cri -

"Se facu lta f¡ la S uprema Cor te de Justicia han o y el e jec utor a la uiligencia. Si á la primeradel Estado para que nombre tres 3 bogados que bu-ca no se et¡cpHt rare al demandado, ~e dej óil ápracuq ueu el exámen á qu e pretende -ome te rse ri ta to rro para hora tij a, de nt ro de las "ein t': yU Eustaq uio B -l latldrallo. para ob ten er la profe -. c~~t ro s~~U1 e lJtes ; y ~I. no es pe ra) se practi cara las iou de es cn bun o púb lico.' ulil gpncla con c ~¡~lq.U1ero persona que se enclIe!.l:

~e suje tó á los tramites de rezlamento y tre e~ la c~s a , O a falta de ella cun el vecltj(> 'fué ap robad~ por. unan imi dad, a col~jandose se mus ~l ~ne~lat~. . . .. • .-eo mu nrque a la Suprema Curte y a l interesado . e P.',~o a-,Jlsc.II. I.O." y fu.; a.pro bado. v:...,la reso lucion an terior. . S e d isc uti ó el a rrículo 1>_ cu yo tenor e90iel

e ' . 1 di . d I d I sisurenteonu nuo a ISCUSlOn e proyecto e ey e . ..de provediui ientos judLClales, y se dió lectura al . A:rt 82 ? uando ~e mande hacer el reco-art ículo 78 que es comu sigu '!. nocinn-nto de firmas, o de (t~glln OoclIIBcntt;J .

Art. 'lb . EH el caSCJ de nfgar~e el es pre y. el dem andado se r~h usare a hact?r.lu, req.u~- ..s ado recurso, tendrá ¡u!!"r e l concedido en la ley ribo .dos " CCt;S por el e jecutor, en la mi sm a dlll- ,de 18 de l\larz,,"'de 1840, observuuduse los tr á- g"ncl~ se ~ e, tendrá por con feso y se proc~de~ .

m ites que ella prescribe." - a la t>Jec ucw n:. .Se puso il d iscusi on y el Sr. Guerrero pidió S.e declaro sulic Ientement; discutido y ;e

se reservase esta ha-fa el dia de mafi aua, por a prob? . •ser necesario tener á la vista la ley que se cita. . Se le~eron con .sepnracron ,cada uno, de 10.9

Pregunuido el Congreso si se acsedia ii la artíc ulos SI¡!Ulentes ,peticion anteri or, con testó por la afi rn .ativa . Art. 83 La dis posí cíon de l artfeu lo nn te - ,_

Se entró á discutir el capítu lo 7.:; Y Sil rior no se estiende al caso, en que pidienJo. c la.primer artículo quedi ce confesiori para que sirva de has~ ,a l j uicio e je cü-

CAPIHULO 7." tirO,rehu,e hacerlo e l reo, pues entonces soloUeljuicio ¡;jecutivo. habrá lugar al ordinario. ~

A.rt. .79. • Pres~n tálldose el ac tor con escri Art. 8-l Cuando emplazado le~a l [\) ent~tora ~ublJ"a u ot ro instrumento de los que trueu el reo, para el objeto que esp lica el arrtcu lo 82,aparejada ejecucion, el .luezde pruuera mstau ,se JlPgare.á comparecer se procedera tambieu :...,c ia ecsamin ándo le atentamente librará, si fuere la ejeéuc,iQlI .. _. . .... 1 L •• _ ..C ..:_" • •: =' . ..Unive

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Art," 85. En el caso en q\Je el demandadooponga en el acto alguna escepcíon, que pruebeíncontiftente por instrumento público, se sus­penderá la ejecucion, dandose cuenta inmediata-

· mente al juez de primera instancia, quien oyen­do por medio del correspondiente trasladn al actor calificará luego sin dilacíon alguna, si no obs

.t ante dicha escepcion se continua la diligencia,Ó sigue el negocio por la via ordinaria.

, .Art '80. En todo otro caso cualquiera quesea la eseepcion que .se 'oponga, aun la de incompetencia del juez de instancia, continuará y seconcluirá la diligencia, reservandose la escep­cion ó escepciones propuestas, para que se prue­ben en el término del encargado, y decidan enla 'sentencia de remate, nó fonnandose nuncaartículo especial para ellas.

Art. 87. El embargo se hará conforme áderecho en los bienes del demandado por su órden, esto es, primero en los muebles, á falta deestos en los raíces; y á falta tambien de estos, enacciones ó derechos.

Art. 88. No deberá guardarse este órden .si la accion fuere hipotecaria especial, y el.actorpretende que se embargue la cosa que está hipotecada.

Se pusieron á discusión cada uno de los artí­._ culos anterieres en particular, y se apobaron del

mismo modo... Se dió lectura al articulo 89 que es cornosigue.~ Art. 89. Podrán embargarse bienes ralees"./ antes que muebles si los presentare el requerido;' . pero no cr éditos; sino de comun consentimiénto

. del ejecutante y ejecntado, á no ser que se en­cuentren especial y es presamente hipotecados

· para seguridad de la accion que se persigue.- Se PUiO á discusien y el Sr. Guerrero dijo:

.. que ha visto un decreto general venido por el COl"

, ' ;reo de ayer que tiene mucha relaci ón con el ¡Jre·r· sente artícuts, y pide se reserve éste para votar., ..e con acierto en la sesión de mañana, que' pre

sentará dicho decreto. Así se acordó por el Congreso.

Se dió lectura en particular á cada uno de· Jos artículos que siguen.- . Art. 90 . Si el demandado no señalere bie ­• nes, este derecho se traslada al actor sin inrer-

· "tir el órden prescrito en el artículo ~7.

: Art, 91. Si embargudos bienes ralees an­I tes -que muebles, en virtud del derecho conce. -dido al ejeeutaco, no se presentare para ellos

.comprador que haga postura legal en la almone­da que se cite con calidad de remate, por el mis­

I 1lI0 hecho podrá, á solicitud del ejecutante, mejorarse la ejecucion, embargando otros bienes de

-r -r ea liz acicn espedita,- Art, 92. Al concluir la diligencia se noti-

, ficará al reo la hora que fuere, para que dentrode las veinticuatro sigUIente. pueda verificar el

. -.p ago, con lo que se librará de todos los gastos.Art. 93 No baciendolo, podrá oponerse

:ií" la ejecucion dentro de tres dias, contados desdela hora cn que concluyó la diligencia, bien por

.: ~cri!o ó de palabra en eompárecencía,

Art. 94. Ni de uno ni de otro modo podráhacerlo, sin espresar con claridad la escepcionó escepciones que le competan y pretenda a pro­bar. ,si así no lo hiciere, el juez de primerainstancia de oficio desechará la oposicion yma-ndará seguir adelante en el juicio

Art. 95. Será legal la escepcion Y podrátomarse en eonsideraciun en la sentencia de re­mate, aun cuando no se haya determinado ~ l o·ponerse el reo á la ejecueion, si quedare j usufi­cado por el instrumento mismo, en virtud delcual se haya librado el mandamiento

Art. 96. Hecha en forma y admitida por eljuez de primera instancia la oposiciou, se encarga­rán á las partes los dies dial! para la prueba,Este término es fatal para el ejecutado, V solo seesduyen de él los d ías en que por estar cerra­dos los 'I'ribunales, no pueden la. partes promo-ver, .

Art, 97. A peticion del actor pueden pror.rogarse; pero en este caso sera el término COI~.Ull

á ambas p. rtes.Art 98. Concluido este término, cualquie­

ra de ella. puede pedir se entreguen los autospara los respectivo. alegatos, que se harán cadauno dentro tle seis d ías, Alegará primero elactor y despu és el reo. . .

Art, 99 . Presentados los alegatos, el jueade primera instancia co n citaci ón de las partes ,pronunciará su sentencia dentro de ocho.dias,declarando si bubo. .ó 110 Jugar" la ejecucion , ymandando lo que respectivamente .corresponda.

Art. 100 . De esta sentencia, sea que sedeclare que hubo lu¡:a r á la ejecu cion , Ó q ue nohubo lugar á ella, no .e puede admitir uperacionsino solo en el efecto devotutivo, reruiueudoselo. autos al superior, ejecutada que sea la mis­ma sentencia.

Art, 101. El pago en su Caso se hará dan.do previamente el actor la fianza de devolver loque perciviere, con gastos é mtereses legal es, sifuere revocada la seurencia de remate Ó si .elejecutado lo venciere en el juicio ordinario . .

Art, 102 D icha fianza caducara, y enconsecuencia se mandará chancelar á soli cituddel ejecutante ó del ' fiador, si el ejecutado 110

establece el juicio ordinario dentro de un me. dehabersele notificado la sentencia de vista en elJuicio ejecutivo, ó de declarada de cierta la apela.cion, ó dentro del mismo tiempo, contado desdela conconclusioa del t érmino para apelar de lasentencia de remate si no se hubiere alzado deella Ó no fuere apelable por razon de la cuan-tia. .

Art 103. Por regla genera," en estos JIU­

cíos, ni del ·a uto de exeqiiendo ni de aiguu otrointerioeutorin, puede auminrse apelacion, ni en elefecto suspensivo ni en el devolutivo.

Art 104 Interpuesta por cualquiera delas partes apelacion de la sentencia de primerainstancia, seguirá la segunda por los trami-,tes espl icados en los arlículos desde el 00­hasta el03 inclusive, y no habrá lugar á tercerainstancia sea que en la segunda se confirme .órevoque la·sentencia primera,Un

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-Art 105 Para proceder al remate. se va- se admitirán sobre eil~ los re~ursos,quesegun la

Iuarán los bienes embargados por dos peritos Que naturaleza é intereses de.la tercería procedan ennombren las partes cada uno el suyo, y un ter- derechocero que nombrará el juez de primera instancia Art, 116. Si la accion del tercero se dirijeen caso de discordia. Hecho el avaluo se da rán á establecer la preferencia de su crédito respectolos pregones y se harán las publicaciones acos- del crédito del ejecutante, se sustanciará tambieflturnbradas conforme á las leyes, para que se ha - en la via que le corresponda, segun. su naturale­ga la venta al mejor postor, za, por cuerda separadaay teniendose en ella... Art 106. No se admitirán posturas que por partes á la. tres espresadas, El juicio prin­bajen de las dos terceras partes; y nó habiendo- eipal seguirá sus trámites hasta la venta de los ­¡'as, podrá hacerse al actor adjudicacion de los bienes embargados, con cuyo producto se ' har á .bienes embargados en dichas dos terceras partes el pago al ejecutante con la respectiva fianza. .del avaluo. Art. 117. :.\las si el tercero opositor obtu-

Art. 107. Las tercerias que se deduzcan viese sentencia de remate antes que el ejecutan.en el juicio, se sustanciarán en h via ejecutiva te, á él se :Ie hará el pago bajo dicha fianza.ú ordinaria, segun sea la naturalezu de la ac - Art 118 Desde que se -int roduzca la.cion que se promueva en ellas. _ tercería, puede pi ejecutante pedir la mejora de

Art. 108. Si esta fuere de dominio, preten- ejecución en otros bienes del demandado, y pue­diendo el tercero opositor tenerlo en los bienes de promover 10 mismo el tercero si su accion .es .embargados, ó que es tos le pertenecen en;especie jecutiva.por algun título, fundandose en instrumento que Art 119 Cuando el que sucumba en el .traiga aparejada ejecucion, se suspenderá el jui- juicio eje cutivo quie-ra promo\'er el ordinario;;cío principal hasta sustanciar ' y determinar con deberá hacerlo dentro de un mes, contado enarreglo á ¡"S leyes el incidente, que se se- los términos que esplica el artículo 102; y si no l(»guirá por cuerda separada. . hiciere, caducarán por este hecho las fianzas que

. Art 109. En este se tendrán por partes al á su favor hubiere otorgado el que triunfó, y seejecutante y ejecutado, pudiendo uno y otro ale- mandarán luego chanceJar á su pedimento ó 91 ..gar sus escepciones y defensas, y recibi éndoles, del fiador. ,Jo mismo que al tercero, las pruebas. que ofrez Art, 120 En los secuestres por via d"can, todo en los términos marcados en estejui- providencia precautoria, si la parte embargada:·C lO. ;O~ contradije-e, verificados que sean, se eit(Há. .

Mt. 110 . Concluidos estos y citadas las á audiencia verbal para -tene rla dentro de tcrce-« .partes para senté..cia, se pronunciará esta confor- ro dia, y por lo que en ella se alegue se detérmi- , .me á justicia. nará la subsistencia ó levantamiento del secnes-

Art, 111. Si fuere favorable al opositor, tro Si se necesitare de prueba, se presentará .•se le mandarán entregar los bienes que reclama, esta en otra audiencia, que se verificará dentrosalvo los derechos del ejecutante para perseguir de los seis dias siguientes,otros bienes de su deudor. Se pusieron á discusion cada uno de Iosar-e-:

Art. 112 Esta entrega no se hará sin ern- tículos aruericres, y sin ella se aprobaron. 1bargo, sino dando el tercero la fianza correspon-diente á favor del ejecutante y ejecutado de con El Sr. Fernandez manifestó; que habia,

. -servar dichos bienes y restituirlos con sus frutos, recibido noticia de hallarse enfermo su ma yor­si lo detérminado se revoca en la instancia ó jui- domo ó dependiente, á quien habia dejado encar­cio respectivo. go de todos sus negocios, estando estos en corn-,

Art, 113. Si la sentencia fuere contraria pleto abandono; que por este motivo suplicaba.a! Congreso se sirviese concederle una licencia.

al opositor; seguirá el juicio principal hasta dI ' de oc 10 dias para pasar á su casa, ofrecien opronunciarse sentencia de remate y hacerse pago que estará en esta de regreso el dia primero delal acredor, dando este la tianza respeeti va en fa - prócsimo Abril. .vor del ejecutado y del tercero, obligandose poresta á indemnizarle de todo. los perjuicios cau- Se tomó enconsideracion la solicitud delsados, si en la segunda instancia ó juicio ordi Sr Fernandez y se le acordó la licencia que pi..nario sI: reconociesen como suyos los espresados de, rucomendando-ele su vuelta el dia qu~bienes. fija.

Art. 114 Si la accion del tercero oposi- Se encargó á la Secretaría que comunicasetor oque pretende serlo de dominio, no trae apa- á I~ Suprema .Corte de Justicia la resolucion I'e,~rejada ejeeucion, se sustanciará en via ordinaria calda al escnto de D . Eustaquio Baíandrano,por cuerda separada, y el' juicio principal seguí lo mism.o 1ue á este Sr; y. se "cardó que maña­rá sustrámrtes hasta pronunciarse sentencia deln? conllnu~n~ .Ia dISCUSlO? de la ley de proce­remate, ea cuyo estado se suspenderá mientras' dimieritos judiciales .que concluye el incidente, termmado el cual, se Con lo que se levantóla ses ion á que asis • .pronunciará sen-encía en que se declare si los l tieron los Sres. ,~erna , 'I'reviño, Manso, Prado.bienes son Ó liÓ de devol verse al opositor. Gar:¡;a, Fernandez, Q.uintero, Guerrero y Salda-"

Art 115. En este juicio se tendrán por daña D Francisco¡ no haciendolo el Sr, Oam­partes tambien al ejecutante y ejecutado, COlllO¡ pusano, por licencia.se ha dicho del ejecutivo, y dada la sentencia . ==:::::Unive

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'Se.ion pública d€l día "21 de .¡fárzo ile 1861.I

PI<ESJOEXCIA DE L SR. SALD.'~A D IGNACIO.'modo atenu ído el tiempo qu e ha trallsc urri~osi:.. que se sancionase la ley e lecto ral, Aparecetamb ien en di cho proyecto, cuhierto el Yacio q ue

. L eida y aprobada la acta del dia 20, se dejó el artículo transitorio de dicha cons tit ucíond i6 "cueñta con unoficio del Gobierno del Esta referente a la duracion dé los actuales poderes

... do, fecha 14 del actual, contestan do haber reci o v qu e por causas ¡ueu conoc idas del pueblo ta oJ ' bido los decretos número 4, 5, 6 Y 7 que se le re- maulípeco no se habla llenado con anterio-·"'n u tie ron.- A I nrcluvo. . ri,l ad.• r El Sr. Treviíio, corno presidente de la La comision que suscribe deseosa de pro -

.cornision de legislacion, presentócl siguiente veer la exigencia que ha man ifes t.•do somete á<" p royecto de decreto. la deliberacion del C ougre-o e l proyecto r"feri-

• 0-' H . SE~OR. J do. Por la premura del tiempo ha teni do q neSe acerca el día en que deben renovarse formarlo casi a la visita de V. H . Los errore s

o' los actua les poderes del Estado ~se 'Ielu que 6 faltas de que pueda ad olecer, V, H, se digna-"s in duda alguna es uno de los mas sol emne.. rá corregirlos con su conociua i lustracion, tluesque se prác tica n en todo ¡J" ls re~ido por institu- la comision no ha tenido tiempo ni pa ra revi­

o< orones libe ral es) vá á ser t ambien ejerc ido en sar sus trabaj os ,<' 'I'amau lipas por med io del s ufra~io popular di Art, 1. o . V IS e lecciones de di putados,

1'e"·1O que se ha consignado por V. S oberanía en Goberuador, llJagi,tradus y fisca l de la Supre­ro Ia ley or1!5.n ic:a e lectoral espedida d esde á prin ma Cune de J ustiuia del Es tado [¡ q ue se refiere

ci p io s del m es pr óximo u utcnor. la ley oga nic a e lectura l decret uda pu r el ét etu :tlC ircu nsta úcia s estraord inari ns q ue á 'V . H Cou.rre so en 0 de F ebrero del co rrie nt e cñ o, :oóe.

... no son desconoci das, han imped ido la oportuna ver ificar án por.esta vez en los dias que ~ t' üa J a

· san cion de esa le'y,l lo mismo q ue' la úrg 'l lli c(i' este de cre to,• sobre udministracion dejusücia y otros de cretos . Art. 2-,0 El dom ingo 12 de Mayo prox i-O: .'<) ue tiene e- pedidos . . .. l' mo se c~le.b ra ra n asutu bleas popu !art's pa ra la" La permanencia del Gobierno del E stado eleccion de 'd ffJ u tildos; - y las j unt as de CS"'Il ­

·'" n el puerto de 'I'ampico. el mala da do incide nte t iuio tend rán 11l""ren la cabece ra del p - rudo. "' .de la cu esti on de ileg ali dad del no-nbrarú ieuto respecti vo e l dia .19 út>l m¡~l!w.

" de l :Sr S uav edra proruu vid a en el seno de la L e Ar t, 3 : o; L~ el ec c iun de Gobernado r se ve•.!g i ~ l a tu ra , la march a d~1 E Sr. G oberna dor rific ará .u ~jguiell i~ dia de' ¡~l de d¡¡.lutado ... ; y t, l ~'" prop ietario á la' C a pita l de la H~púbtlca y ot ra s juntas de es cru u uio e n cada. I:JUliÍ l:'FLUiuau e l

. -. ca usas e-t genas de vuestra volu ntad ha n retarda jueves 16 de dtc lro mes.<lo la pu bticacion de d ich a, leye s, . Art 4 e . E l 2'ó ~ e¡ eit.nlo 1\1a \,0 se prac-

H a v todavia o tras razunes que han motrva- ncará la e leccion ue lIlag:::-tratJus \,Oti :::: -a l oe l a

.... do ·el :;e ;ls ibte retard o á que lile cout ru igo: ta l es Supr e.na Cune: las juuta s de t'~I~r l1tiulO t fll ­- i a creencia en que deSC··U1SaUaUlOS del prunto a rri drá n luga r eu cada. m unic ipa lidad e.1 J Ii:1 2 ue

bu á esta Capital de l E Sr. l;a r~a ; seg un j(, h.lbid Jun io p. óx imo- " all u o ci~ do e l, per iódico intitulado er"j{ ,tle" y eo Art, 5 . o A fin de facilitar las e lecciune s

JJW l'i e. man ifestó ante la C ámura por via deiui for de quetratu es te decreto, nu se hura p Oi ahorar .p.le' particular, El ! resultado ue todo es, que el a iteraciou a.lgullu en el Húmero de ~t-' (' ci o li e..; eH• .i'eferi qu S,'. (~arza ,nu llega yel trelllpo ha trans' que estan dl\' riliuos los puehlos del Es tado_. '6:u r;riJ u al im entada ·eoll Hn.a vana esperauza . A'r t 6 .;:' L o :os ,iyu litalllielllPs \ · u lIl p lir5n-.. , ' H oy 110 se sahe, Ó CU;.HH.!{) JIlerws ~e dud.- , con Id ohllg ~ciu ll que l e~ nn pO"lIe e l anÍt:u iu 8. ::.•de que \o"t" oga. .s. E , Y to mo ya se recwn fa de de la le)' de la mattr ia j y e n tuJ os ' ¡os de ­· UUa Illaneri-f. notab le pa ra el E~ ta do la f.tlta de mas actus pre li1ll1nares se ou~e.l v il rá lo p re \ ellJJo. J~ I S uitadas leyes) ~e ua ce iliL1 ¡Spensab1e adop~ e n los artículos relativos á caJa elecciull ._~;J r una resoluciu,lJ .q ue p l~u Vt;a á id ~xigell l:ia In A rt. 7 ~ L a re no\?<\cio ll de Jus a ctualesd it'-iuJ a\ )' á ·ti ll de eort~r 4ui~á o tros p.elj uicios podere~ del E :-,tado ::le v~f1 fi ca r i:L e H 103 Jia s de...de UI-tv or trace nd cllci a s i op0 rLu nalllen te HU se terminadus eu lus ol'tí t,; U!US ~'guietl te:! .

' p ?'eea t;e n de a lgüna Il,an e ra Art. S o E l dia 15 de J UIll O próx imo se• P ur ta les é"ll s,de rad o nes V á tin de sa tis ha lla ran n 'uni do. en la l]apltal del E 'I"do 1,,8' f acer a los puef)¡o~ del Est~ It.lO , · 1 ~ cU llli ~ iu ll ,y ue d ipu tad os nu eV¿lll lente electo s, 1..."<1 i r l ~ ta J a e ionsu~cribe ha formu lad o el pruyecto de del~rell) ~ukmne de ,la L egis latura ()ulIs ti tucional ~e

' :que lIelle el hOlllJr ,lIe p,r,esentar á !a 'deliber.'lCIVIl "eri ficarÍi el 23 de dich o mes-d e la H . Le:.:is ~atur"j :rl'ia ti.-o al ti mpo en que , rl. ~ '" El d ia 1. '" de Agos to de l pre,en­'-dchell \' t'rific<lfse !,tS ele cciuoes · para la n:llOVa te ilño tomara pus ecion de s u enca rgo e! Gober~- CrO {~ de los actua tes poderes , en \·lItu ll de liaoer uacJl)r electo.·p asado UI IOSo, y e.,tur.cspiru llll u otros ae lo:s tér· Art. lO, L a Suprem 'l Corte d e iJ s ~ i cialumos i,re :o.criws cr, la ley é ita da pará la cele- lse rell¡Jvara el dr a ~ lÍe AgO..t () cita Li v, en 4ue

'Jjracioll oe a eta tilfl i n(ere~ a:l t t:. elltraran á ejerce r lus nue\'U:S Il l ag l~tradu :::t y hs-• En di cho pruyecto 1I01al'3 V. H '1ue se hace "cal.un;! a ílent cion en los d ias que de~jgllá lIue;stra El Sr. 'rre\"iilo ma l, i fe~ tó.- Q ue como el neO'C Ülls t iluciou pariieuiar pa ra la in :-l31lttiufi de dt i'goc iu e ra de illteré~ g~nera l pa r.! (' ¡( "vHlo, pt:ul achospodere" Ul as no l.I a· púd iilo ~er de OtroJse le dispensaran lus t ramite, de regla meuto y,e

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