unidad 4

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Materia: Comercio Internacional Catedrática: M.A. Amada Torres González. Carrera: Lic. En Administración Alumnos (a): Díaz Gómez Carlos Elías Hernández Wicap Vanessa Jiménez Álvarez Francisco Morales Díaz Dyzamari Velásquez Zapata José Miguel Turno: Matutino 7to Semestre 05 de Noviembre del 2012.

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Page 1: Unidad 4

Materia:

Comercio Internacional

Catedrática:

M.A. Amada Torres González.

Carrera:

Lic. En Administración

Alumnos (a):

Díaz Gómez Carlos Elías

Hernández Wicap Vanessa

Jiménez Álvarez Francisco Morales Díaz

Dyzamari Velásquez Zapata José

Miguel

Turno: Matutino

7to Semestre

05 de Noviembre del 2012.

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Las barreras no arancelarias son las medidas establecidas porlos gobiernos para controlar el flujo de mercancías entre lospaíses, sea para proteger la planta productiva y las economíasnacionales, o sea para preservar los bienes de cada país en loque respecta a:

Medio ambiente,

Sanidad animal y vegetal,

O para asegurar a los consumidores la buena calidad de lasmercancías que están adquiriendo o darles a conocer lascaracterísticas de las mismas.

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Estas resultan, por su naturaleza, más difíciles deconocer, interpretar y cumplir, lo que ocasiona que en muchoscasos no sean tan transparentes, ya que se originan en variasfuentes y no siempre resulta fácil su interpretación y, al igual quelos aranceles, pueden ser modificadas en tiempos relativamentecortos.

No obstante que el número de regulaciones no arancelariasexistentes en los diferentes mercados es muy amplio, algunas sonmás conocidas y se emplean con mayor frecuencia en el comerciointernacional de mercancías.

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Medidas de regulación y restricción no arancelarias

Estas medidas se establecen a través de acuerdos expedidos por la la autoridad competente (Sagarpa, Semarnat, Sedena, Salud, SEP, etc.), pudiendo establecerse en los siguientes casos:

.Para regular la entrada de productos usados, de desecho o que carezcan de mercado sustancial en su país de origen o procedencia.

. Conforme a lo dispuesto en tratados o convenios internacionales de los que México sea parte.

. Como respuesta a las restricciones a exportaciones mexicanas aplicadas unilateralmente por otros países.

. Cuando sea necesario impedir la concurrencia al mercado interno de mercancías en condiciones que impliquen prácticas desleales de comercio internacional.

. Cuando se trate de situaciones no previstas por las normas oficiales mexicanas en lo referente a seguridad nacional, salud pública, sanidad fitopecuaria o ecología.

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Estas regulaciones se dividen en dos clases: Cuantitativas y Cualitativas

Cuantitativas:Permisos de exportación e importaciónCupos- Precios oficiales- Medidas contra prácticas desleales de comercio internacional: dumping y subvenciones

Cualitativas:- Regulaciones de etiquetado- Regulaciones sanitarias- Regulaciones de envase y embalaje- Normas técnicas- Normas de calidad- Regulaciones de toxicidad- Regulaciones ecológicas- Marcado de país de origen

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Permisos de exportación e importación

Los permisos previos tienen la finalidad de restringir laimportación o la exportación de ciertas mercancías, porrazones de seguridad nacional, sanitarias, o protección deplantas productivas, entre otras.

Secretaria de Economía

CUPOS

Los cupos son montos de determinadas mercancías que pueden ser importadas y exportadas

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Regulaciones de etiquetado

Las normas de etiquetado se encuentran entre lasprincipales regulaciones no arancelarias, ya que incidenno solo para que el consumidor conozca la marca delproducto que se va adquirir, si no también el país deorigen, quien loproduce, cantidad, ingredientes, características entreotros.

a) Nombre comercial delproducto

b) Nombre y dirección delproducto, exportador, distribuidor e importadorc) País de origend) Registro ante laautoridad competentee) Peso neto, cantidad delproducto o volumen.f) Fecha deproducción, caducidad ode durabilidad mínima.

REGULACIONES DE ENVASE Y EMBALAJE

Tienen la finalidad de proteger al producto durante las etapas de transportación yalmacenaje, para que lleguen en óptimas condiciones al consumidor final.

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Normas de Origen

Son aquellas reglamentaciones que establecen los criteriospara la determinación del origen de una mercancía.

Normas Técnicas

Son normas gubernamentales para protegerprincipalmente, el medio ambiente y los derechos delconsumidor. La idea es evitar peligros que amenacen laregión, la fauna, la flora y las personas.

Normas Sanitarias, Fitosanitarias y Zoosanitarias

Estas normas se hicieron para poder preservar la salud humana, animal y vegetal.

Normas de calidad

Las normas de calidad se aplican principalmente paragarantizar que los límites de calidad que exigen los paísesimportadores a los productos provenientes del extranjero.

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Regulaciones Ecológicas

Este grupo comprende las regulacionesencaminadas a mantener y proteger el medioambiente, mejor conocidas como ecológicas.

Marcado de país de origenEn México a fin de identificar el origen de losproductos y crear una imagen de identidadtanto en el país como en el extranjero, laNorma NWX-Z-009-1976,

Regulaciones de toxicidad

Se suelen incluir, además de los derivados delpetróleo, plomo, bario, selenio, cromo, entreotros, por lo que es necesario conocer lasrestricciones para cada tipo de mercancía

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Normas Oficiales Mexicanas (NOM)

Tienen como finalidad establecer laterminología, clasificación, características, cualidades, medidas, especificaciones técnicas, muestreo y métodos de prueba que debencumplir los productos y servicios o procesos cuando puedanconstituir un riesgo para la seguridad de las personas o dañar lasalud humana, animal o vegetal, el medio ambiente en general oel laboral, o bien causar daños en la preservación de los recursosnaturales.

Todos los productos, procesos, métodos, instalaciones, servicios oactividades deberán cumplir con las NOM.

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Certificación de las NOM

La certificación de las NOM sirve para comprobar el cumplimientocon una NOM y garantizar a los consumidores que el productocumple con las especificaciones respectivas y por ende respeta susalud e integridad física, ya que los productos han cubierto laspruebas y requisitos mínimos de seguridad y calidad.

Un certificado NOM se obtiene de los organismos de certificacióndel producto, ANCE, acreditado para certificar productos eléctricosy gas; NYCE, para productos electrónicos y llantas; y la DirecciónGeneral de Normas, en el caso de normas competencia de laSE, cuando en la rama o sector no exista organismo decertificación acreditado.

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ARTICULO 90. Las mercancías que se introduzcan al territorio

nacional o se extraigan del mismo, podrán ser destinadas a

alguno de los regímenes aduaneros siguientes:

A. Definitivos.

I. De importación.

II. De exportación.

B. Temporales.

I. De importación.

a) Para retornar al extranjero en el mismo estado.

b)Para elaboración, transformación o reparación en programas

de maquila o de exportación.

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II. De exportación.

a) Para retornar al país en el mismo estado.

b) Para elaboración, transformación o reparación.

C. Depósito Fiscal.

D. Tránsito de mercancías.

I. Interno.

II. Internacional.

E. Elaboración, transformación o reparación en recinto

fiscalizado.

F. Recinto fiscalizado estratégico.

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ARTICULO 11. Las mercancías podrán introducirse al territorio nacional o

extraerse del mismo mediante el tráfico marítimo, terrestre, aéreo y

fluvial, por otros medios de conducción y por la vía postal.

MODALIDADES DEL TRÁFICO MARÍTIMO

ARTÍCULO 11.- El tráfico marítimo puede ser de altura, cabotaje o mixto.

I.- Se entiende por tráfico de altura: El transporte de mercancías que lleguen al

país o se remitan al extranjero, y La navegación entre un puerto nacional y otro

extranjero o viceversa;

II.- Se entiende por tráfico de cabotaje, el transporte de mercancías o la

navegación entre dos puntos del país situados en el mismo litoral, y

III.- Se entiende por tráfico mixto: Cuando una embarcación simultáneamente

realiza los de altura y cabotaje con las mercancías que transporta, y El

transporte de mercancías o la navegación entre dos puntos de la costa

nacional situados en distinto litoral o, en el mismo, si se hace escala en un

puerto extranjero.

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TRÁFICO AÉREO INTERNACIONAL DURANTE HORAS INHÁBILES

ARTÍCULO 24.- En el caso de aeronaves que conduzcan pasajeros y equipajes, podrá efectuarseel tráfico aéreo internacional durante horas inhábiles, cuando oportunamente las autoridadescompetentes notifiquen a la autoridad aduanera la hora en que se efectuará el aterrizaje odespegue correspondiente.

VISITAS DE INSPECCIÓN ADUANERA A VUELOS INTERNACIONALES

ARTÍCULO 25.- Las autoridades de aeronáutica de los aeropuertos internacionales delpaís, notificarán oportunamente a las autoridades aduaneras respecto de los vuelos del mismocarácter, y no autorizarán el despegue de aeronaves a las que no se les haya practicado la visitade inspección aduanera de salida.

SALIDA DE AERONAVES DE LA FRANJA FRONTERIZA AL INTERIOR DEL PAÍS

ARTÍCULO 26.- Las aeronaves con destino al interior del país que salgan de la franja o regiónfronteriza, así como las mercancías y equipajes que transporten, serán sometidos al mecanismode selección aleatoria por la autoridad aduanera a su salida.

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ENTRADA Y SALIDA DE MERCANCÍAS POR TRÁFICO FLUVIAL

ARTÍCULO 27.- La entrada al país o la salida del mismo de mercancías, podrá

efectuarse mediante embarcaciones en tráfico fluvial, cuando así lo autorice

previamente la Secretaría, siendo aplicable al mismo, en lo conducente, las

disposiciones del tráfico marítimo.

Cuando se pretenda introducir al país o extraer del mismo mercancías

empleando las corrientes fluviales como medio de conducción, deberá

obtenerse previamente la autorización a que se refiere el artículo 31 de este

Reglamento.

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Vía Postal

IMPORTACIÓN O EXPORTACIÓN POR VÍA POSTAL DE MERCANCÍAS

PROHIBIDAS

ARTÍCULO 28.- Cuando por la vía postal se introduzcan al territorio nacional o se

extraigan del mismo las mercancías cuya importación o exportación esté prohibida, el

Servicio Postal Mexicano informará de dicha circunstancia a la autoridad

aduanera, para que ésta proceda conforme a las disposiciones legales aplicables.

INFORMACIÓN SOBRE RETORNOS AL EXTRANJERO POR VÍA POSTAL

ARTÍCULO 29.- En los casos de retorno al extranjero, conforme a la fracción VII del

artículo 21 de la Ley, el Servicio Postal Mexicano remitirá a la autoridad aduanera la

información relativa a dichos retornos, mediante los medios magnéticos o electrónicos

que fije la Secretaría.

BULTOS Y ENVÍOS POSTALES DE EXPORTACIÓN DEVUELTOS AL PAÍS POR

OFICINAS POSTALES DEL EXTRANJERO

ARTÍCULO 30.- Los bultos y envíos postales de exportación que sean devueltos al país

por las oficinas postales del extranjero, serán presentados por las oficinas postales de

cambio a las autoridades aduaneras para que los identifiquen.

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ENTRADA O SALIDA DE MERCANCÍAS POR TUBERÍAS, DUCTOS, CABLES U OTROS MEDIOS

ARTÍCULO 31.- Quienes pretendan introducir mercancías al territorionacional o extraerlas del mismo por tuberías, ductos, cables u otrosmedios susceptibles de conducirlas, deberán obtener autorización previade la Secretaría.

La autorización que en su caso se otorgue, comprenderá:

I.- La clase de mercancías y el medio de conducción empleado para laimportación y exportación de que se trate;

II.- El lugar o lugares en que se ubicará la entrada al país o salida del mismode las mercancías o, en su caso, la conexión con otros medios detransporte;

III.- Los tipos de medidores o los sistemas de medición de la mercancía, quedeberán instalarse;

IV.- El plazo de vigencia de la autorización, la que estará condicionada a quelas importaciones y exportaciones se efectúen de conformidad con lamisma, y

V.- La vigilancia e inspección aduanera que se aplicará.

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Derechos Aduaneros.

• El Derecho aduanero es una rama del Derechoadministrativo, del Derecho tributario ydel Derecho comercial que se encarga de regularel tráfico de mercancías ya sea tratándosede importación o exportación, además deimponer sanciones a los particulares queincurran en infracciones hacia estas regulaciones.

Ley Aduanera y Reglamento de la Ley Aduanera.

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Funciones del Sistema Aduanero

Facilidad del comercio: Procurar la circulaciónoportuna, rápida y segura de las mercancías.

Recaudador del Fisco: Fuente de recaudación de impuestosdel Estado.

Controlador del trafico de mercancías: Protector y vigilantede los intereses nacionales.

Generador de Información: Datos oportunos, veraces y defácil acceso dan transparencia al sistema y ofrecen mejoresherramientas para ejercer un control inteligente.

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Podemos denominar "derechos de aduana a la importación" al tributo típico que se exige por la introducción de mercancías.

Junto a éste, pueden aplicarse otros tributos a la importación, como:

Los "derechos antidumping", que tratan de neutralizar la prácticacomercial abusiva consistente en vender para la exportación al paísde importación por un precio inferior al que se aplica en ventasrealizadas en el propio país de exportación.

Los "derechos compensatorios", que tratan de neutralizar la ventajaque para un exportador supone haber gozado de una subvenciónconcedida por su gobierno ligada a la realización de exportaciones.

Otros tributos, como es el caso en la Unión Europea de los que seaplican a los productos agrícolas y a ciertos productos obtenidos dela transformación de productos agrícolas en el marco de la PolíticaAgrícola Comunitaria (PAC).

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El conjunto de las normas jurídicas que regulan el tráfico

internacional de mercancías.

Territorio Aduanero: Es el territorio delimitado por las

fronteras aduaneras dentro del cual resulta de aplicación

un único sistema tributario regulatorio de la entrada y

salida de mercancías.

Mercancías: Todo objeto material y tangible que pueda

ser transportado y sacado o introducido al territorio

aduanero.

Personas: Quienes intervienen en esta actividad.

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