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UD II Tema 4 Modalidades de contrato de trabajo
Profesoras: Mª Mercedes Sánchez Castillo
Rosario Carmona Paredes
Derecho del Trabajo
Grado en Derecho Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas
TEMA 4 MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO
1. Las modalidades contractuales:
A. Acuerdo Marco sobre de duración determinada.
B. Estatuto de los Trabajadores
• Limites a la contratación
• Criterio de causalidad
• Consecuencia: Los contratos en fraude de ley se presumen indefinidos
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TEMA 4: MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO
2. Trabajo en común, en grupo y auxiliar asociado A. Trabajo en común Art. 10 ET
1. Orden a un grupo de trabajadores para realizar una tarea
Mantienen dchos y obligaciones individualmente considerados
Posible retribución conjunta a repartir según su participación
B. Contrato en Grupo • El sujeto trabajador está formado por un grupo unitario
• El empresario ejercerá sus poderes directivos de forma conjunta.
C. Auxiliar asociado
• El trabajador puede asociar su trabajo a un ayudante
• El empresario lo será de los dos
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TEMA 4: MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO
3. Fomento de empleo por tiempo indefinido Contrato de apoyo a emprendedores
Requisitos para la empresa
-50 trabajadores
No haber adoptado decisiones calificadas como improcedentes
Características: • Indefinido.
• Tiempo completo o parcial
• Periodo de prueba de un año
Aventajas Económicas
• Apoyo salarial indirecto (compatilización 25% prestación desemp)
• Bonificación cuotas de la Seguridad Social
• Deducciones fiscales
Para la aplicación de incentivos mantenimiento de 3 años nivel de empleo durante un año
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TEMA 4: MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO
4. Contrato fijo discontinuo.
Necesidades cíclicas, pero permanentes
Dos tipos: Fijo periódicos , 12,3 ET
Fijos discontinuos, 16 ET
Forma y condiciones de trabajo:
• Por escrito y en modelo oficial. Duración estimada de actividad y jornada
• Orden de llamamiento empresarial al reinicio de cada ciclo
• Si no es llamado, teniendo derecho se podrá reclamar por despido. Cómputo indemnización por periodos trabajados
• Liquidación al finalizar el ciclo y quedará en situación legal de desempleo.
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5. Clasificación de los contratos temporales ET
a) Por objeto de contratación: Obra o servicio, eventual e interinidad
b) Por función formativa: Formación y en prácticas
c) Por su finalidad de fomento de empleo: Discapacidad, exclusión
social, tiempo parcial y relevo
d) Relación de carácter especial: Deportistas, ciencias de la salud, alta
dirección, artistas, representantes de comercio
Reglas comunes art. 15 ET:
• Fijo por no cursar alta en la SS o fraude de ley
• Notificación representantes de los trabajadores o copia básica
• Art. 15.5 ET
• No discriminación respecto a los trabajadores indefinidos
• Acceso a formación profesional continua
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TEMA 4: MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO
6. Contrato de obra o servicio determinado
Régimen jurídico: Art. 15,1.a ET y art. 2 RD 2720/1998.
Causa objetiva: Cuando se contrate al trabajador para la realización de una obra o
servicio determinados, con autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la
empresa y cuya ejecución, aunque limitada en el tiempo, sea en principio de duración
incierta
Requisitos: a) Sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa
b) Servicios limitados en el tiempo
Forma: Por escrito concretando el carácter temporal y la obra o servicio
Duración: Máxima 3 años ampliables hasta 12 meses más por CC
Extinción: La realización de la obra o servicio objeto del contrato + 1año preaviso 15 días.
Indemnización: 12 días a partir del 1-1-2015.
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TEMA 4: MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO
6. Contrato de obra o servicio determinado (Práctica)
Oferta: una empresa de construcción necesita a un trabajador de perfil específico para realizar una obra que tiene contratada en la Urbanización Viñamar.
¿Qué información necesito para cumplimentar correctamente la clausula específica del contrato de obra?
El contrato de duración determinada se celebra para:
X La realización de una obra o servicio ………., teniendo dicha obra autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa no pudiendo superar 3 años ampliable hasta 12 meses por CC.
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TEMA 4: MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO
7. Contrato eventual
Régimen jurídico: Art. 15,1.b ET y art. 3 RD 2720/1998.
Causa objetiva: Es aquel que se concierta para atender exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, aun tratándose de la actividad normal de la empresa.
Forma: Por escrito si es superior a 4 semanas o a tiempo parcial. De no hacerse, presunción
de ser realizado por tiempo indefinido y a jornada completa salvo prueba en contrario.
Debe reflejarse la circunstancia de la contratación, la duración y el trabajo a desarrollar.
Duración: Máxima 6 meses/12 o por CC máximo 12/18 meses. Posibilidad 1 prórroga.
Extinción: Por expiración del plazo pactado. Prórroga expresa hasta duración máxima si
sigue trabajando o conversión en indefinido si sigue y se ha superado esta.
Indemnización: 12 días a partir del 1-1-2015.
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7. Contrato eventual (Práctica) Una empresa, como consecuencia de un periodo
extraordinario que no puede atender con la plantilla habitual, acude a la contratación eventual. El contrato se concierta por una duración de tres meses, pero cuando llevaba dos de duración se finaliza el pedido. ¿Tendría que extinguirse tambien el contrato?
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TEMA 4: MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO
8. Contrato de interinidad
Régimen jurídico: Art. 15,1.c ET y art. 4 RD 2720/1998.
Causa objetiva: Sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto de
trabajo
Interinidad por sustitución
1. Mutuo acuerdo de las partes o Causas válidamente consignadas en el contrato.
2, Incapacidad temporal.
3, Maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia
natural, adopción y acogimiento de menores.
4. Excedencia por cuidado de familiares
5. Excedencia por cuidado de hijos.
6. Ejercicio de cargo público representativo o de funciones sindicales de ámbito
provincial o superior (Excedencia forzosa)
7. Descansos, permisos, vacacione?? etc., por previsión en el CC de aplicación.
8. Seguridad de las víctimas de violencia de género.
No se admite en caso de fuerza mayor, excedencia voluntaria causas económicas y
tecnológicas, cierre legal de la empresa y huelga legal.
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TEMA 4: MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO
8. Contrato de interinidad
Régimen jurídico: Art. 15,1.c ET y art. 4 RD 2720/1998.
Causa objetiva: Sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto de
trabajo
Interinidad por cobertura de vacante : cubrir temporalmente durante la selección o
promoción.
Forma: Por escrito identificando el trabajador sustituido y la causa de la sustitución, o por
cobertura de vacante el puesto a cubrir.
Se podrá sustituir de forma continuada a un mismo trabajador con nuevos contratos
Debe celebrarse por tiempo completo salvo que es sustituido estuviera contratado
a tiempo parcial o se tratara de completar jornada reducida art. 37.4 y 5 o maternidad
Duración: La del tiempo que dure la ausencia del trabajador con derecho a reserva o en
caso de cobertura 3 meses.
Extinción: Por reincorporación del trabajador sustituido
Por el vencimiento del plazo para su reincorporación
Cuando se extinga la causa de la reserva de su puesto
Por cobertura: culminación del proceso de selección o promoción, o 3 meses
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TEMA 4: MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO
8. Contrato de interinidad Régimen jurídico: Art. 15,1.c ET y art. 4 RD 2720/1998.
Causa de violencia de género
Situación acreditada de víctima de violencia de género
Bonificaciones a la contratación
Compensación salarial art. 49.1.m . En caso de nueva contratación con
minoración de ingresos
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Trabajadora víctima de violencia de género
Persona desempleada o no. Bonificación 100% de las cuotas empresariales SS por contingencias comunes.
Durante el periodo de suspensión del contrato En supuestos de movilidad geográfica o cambio de centro de trabajo, durante 6 meses.
TEMA 4: MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO
Práctica: Una empresa metalúrgica contrata a Alfredo para sustituir a
otro en situación de baja por accidente de trabajo. En el contrato se fija la fecha prevista por el servicio médico (el
10 de enero). Diez días antes de esa fecha la empresa
comunica a Alfredo que su contrato quedará extinguido
en la fecha pactada. El trabajador de baja no se ha reincorporado a la empresa al seguir encontrándose en
dicha situación. ¿Qué tipo de contrato deberá utilizar la empresa? ¿Es válida esta
extinción? ¿En el momento de extinción del contrato debe abonarse indemnización alguna al trabajador?
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TEMA 4: MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO
9. Contratos formativos Contrato para la formación y el aprendizaje, art 11.2 ET. RD
1529/2012 Orden ESS/41/2015
Objeto del contrato: Cualificación profesional de los trabajadores en un
régimen de alternancia de actividad laboral y formativa.
Requisitos:
Ser mayor de 16 y menores 25. Tasa desempleo -15% también -30. En
caso de discapacitados o exclusión social no hay límite de edad.
Carecer de cualificación profesional
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TEMA 4: MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO
9. Contratos formativos Contrato para la formación y el aprendizaje, art 11.2 ET. RD
1529/2012
Forma y contenido:
Contrato, prórrogas deben formalizarse por escrito en los modelos oficiales
No podrán celebrarse a tiempo parcial
El tiempo de trabajo efectivo no podrá superar el 75% 1er año o 85% segundo y tercero.
Tiempo dedicado a formación será mínimo 25% 1er año, 15% 2º y 3º
No podrán realizar trabajo nocturno, a turnos, ni horas extras salvo fuerza mayor
Previa a la formalización la empresa deberá verificar con SPE que existe actividad formativa y será autorizada previamente.
Informar a los representantes de los trabajadores
La retribución se fijará en proporción al tiempo trabajado no inferior al SMI
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TEMA 4: MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO
9. Contratos formativos Contrato para la formación y el aprendizaje, art 11.2 ET. RD
1529/2012
Duración y Prórroga:
Mínima de un año y máxima de 3. Por CC se podrá modificar sin que la duración mínima sea inferior a 6 meses ni la máxima superior a 3 años.
De hacerse por tiempo inferior al máximo se podrán hacer dos prórrogas de mínimo 6 meses y nunca superando los 3 años.
Las situaciones de IT, riesgo, maternidad y paternidad interrumpen el cómputo del contrato.
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TEMA 4: MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO
9. Contratos formativos Contrato para la formación y el aprendizaje, art 11.2 ET. RD
1529/2012
Extinción:
Por cualquiera de las causas del ET. Si es por tiempo convenido,
denuncia de 15 días o indemnización correspondiente.
Expirada la duración máxima el trabajador no podrá ser
contratado bajo esta modalidad ni en esta ni en otra empresa
salvo para distinta cualificación profesional.
No tendrán indemnización por finalización de contrato
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TEMA 4: MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO
9. Contratos formativos Contrato para la formación y el aprendizaje, art 11.2 ET. RD
1529/2012
Extinción:
La acción protectora de la Seguridad Social es completa.
Reducción cuotas del 100% -250 trabj y 75% si es igual o superior a 250.
Los trabajadores contratados deben ser desempleados y estar inscritos
Otra reducción por transformación en indefinido durante 3 años.
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TEMA 4: MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO
9. Contratos formativos Contrato en prácticas, art. 11.1 ET RD 488/1998
Objeto: Obtención por el trabajador de la práctica profesional
adecuada al nivel de estudios cursados
Requisitos:
Poseer titulación universitaria, formación profesional o certificado de profesionalidad.
Que se celebre dentro de 5 años siguientes a la finalización de los estudios, 7 si son trabajadores con discapacidad . Tasa -15% desempleo todos -30.
Que no haya estado contratado en esta modalidad +2 años en la misma o distinta empresa por el mismo título o en la misma empresa para el mismo puesto con distinto título.
Podrá solicitar información al SPEE
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TEMA 4: MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO
9. Contratos formativos Contrato en prácticas, art. 11.1 ET RD 488/1998
Forma y contenidos:
Por escrito y en modelo oficial
Tanto a jornada completa como a tiempo parcial
Retribución: No podrá ser inferior al 60% o al 75% el 1er o 2do año.
no siendo inferior al SMI proporcional al tiempo trabajado.
Comunicación al SEPE y a los representantes de los trabajadores.
Duración:
Entre 6 meses y dos años. Dos prórrogas.
Las situaciones de IT, riesgo, maternidad y paternidad interrumpen
Extinción: Por expiración del tiempo convenido, preaviso 15 días.
Excluidos de indemnización/Expedición de certificado
Derecho del Trabajo
TEMA 4: MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO
Supuesto:
La empresa “Instrumentos Luthiers, S.L.” dedicada a fabricar de forma artesanal
instrumentos de cuerda se está planteando la necesidad de contratación de
un trabajador para sus diseños exclusivos de guitarras con incrustaciones de
marquetería. Por el tipo de actividad, la empresa aconseja que sus
trabajadores alcancen una especial cualificación profesional dentro de la
propia empresa.
Se ha tomado la decisión de contratar a un trabajador de 23 años que trabajará
toda la jornada dedicando parte del tiempo a formarse con el personal de
formación especializado y el resto a trabajar con los trabajadores de la
empresa.
¿Qué modalidad de contrato sería la adecuada para formalizar esta relación?
¿Cuáles son las ventajas para la empresa respecto a la contratación de un contrato eventual?
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TEMA 4: MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO
10. Contrato a tiempo parcial Art. 12 y 64.2.c; RD 1131/2002
Objeto: Es el acordado para realizar la prestación de servicios durante un
número de horas al día, a la semana, al mes o al año inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable.
Forma:
Por escrito y en modelo oficial donde figure las horas trabajadas y
su distribución
Tiempo de trabajo:
Posibilidad de pactar horas complementarias, pero no se podrán
realizar horas extraordinarias salvo fuerza mayor.
Salario:
Proporcionalidad con el trabajador a tiempo completo salvo
percepciones extrasalariales por compensación de gastos.
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TEMA 4: MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO
11. Contrato de relevo por jubilación parcial y anticipada , art. 12.6 ET y 166.2 LGSS
Objeto: La celebración de un contrato de relevo para ocupar el tiempo
de trabajo liberando por otro trabajador que accede a la jubilación
parcial.
Debe celebrarse con un trabajador desempleado inscrito o uno de duración determinada de la propia empresa.
La jornada del relevista puede ser a tiempo completa o parcial, será completa si la jubilación se produce al 75% de la jornada.
El horario podrá ser simultaneo o sucesivo. Finalidad no amortización y relevar al jubilado.
Deberá ocupar el mismo puesto o del grupo profesional.
Si tras la edad de jubilación no accediera a la misma se prorrogaría sucesivamente por un año el contrato del relevista.
Indemnización 12 días por año// Responsabilidad por incumplimiento.
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TEMA 4: MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO
12. Contrato a distancia, art. 13 ET
Objeto: Se aplica al trabajo que se realiza en conexión con una empresa
o centro de trabajo, pero fuera de sus dependencias.
Debe celebrarse por escrito
Puede ser realizado por primera vez o por transformación de un ordinario
En todo caso de forma voluntaria
Obligaciones formales iguales que un ordinario en cuanto a copia básica, registro o información al trabajador.
Condiciones de trabajo: igualdad de derechos
Salario: como mínimo igual al que figure según su grupo profesional y funciones.
Protección en materia de seguridad y salud.
Derecho del Trabajo
TEMA: MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO
GRACIAS
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