tipos de empresas.docx

7
poch ESCUELA SUPERIOR POLITECNICA DE CHIMBORAZO dg ESCUELA DE DISEÑO GRÁFICO

Upload: alexdanilo

Post on 03-Nov-2015

25 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

espoch ESCUELA SUPERIOR POLITECNICA DE CHIMBORAZO

Tema: Tipos de Empresas y como se constituyen

Objetivos

Objetivo PrincipalConocer los tipos de empresas y como se constituyen

Objetivos secundariosInvestigar sobre los tipos de empresas que se pueden crear.Investigar sobre lo que necesito para crear cada una de estas empresas.Generar conocimiento para en un futuro generar nuestra propia empresa.

Marco Terico

Exixten cinco tipos de companas que necesitamos conocer:

1. La Compaa en nombre colectivo;2. La Compaa en comandita simple y dividida por acciones;3. La Compaa de responsabilidad limitada;4. La Compaa annima; y,5. La Compaa de economa mixta.

A continuacion indicaremos como se constituye cada una de ellas.

La Compaa en nombre colectivo

El NombreDeber ser aprobado por la Secretara General de la Oficina Matriz de la Superintendencia de Compaas, o por la Secretara General de la Intendencia de Compaas de Quito.El principio de propiedad consiste en que el nombre de cada compaa es de su dominio de o propiedad y no puede ser adoptado por ninguna otra.

Solicitud de aprobacinLa presentacin al Superintendente de Compaas o a su delegado de tres copias certificadas de la escritura de constitucin de la compaa, a las que se adjuntar la solicitud, suscrita por abogado.

SociosCapacidad Se requiere capacidad civil para contratar, no podrn hacerlo entre padres e hijos no emancipados ni entre cnyuges.

Nmeros mnimo y mximo de sociosLa compaa se constituir con dos socios, como mnimo, o con un mximo de quince.

CapitalCapital mnimoEl capital mnimo tendr que ser de cuatrocientos dlares de los Estados Unidos de Amrica.

ParticipacionesComprenden los aportes del capital, son iguales, acumulativas e indivisibles. La compaa entregar a cada socio un cerificado de aportacin en el que consta, necesariamente, su carcter de no negociable y el nmero de las participaciones que por su aporte le corresponde.

El objeto socialLa compaa de responsabilidad limitada podr tener como finalidad la realizacin de toda clase de actos civiles o de comercio y operaciones mercantiles permitidos por la Ley.

Informe previoDe la Comisin Nacional de Transporte Terrestre, Trnsito y Seguridad VialSi la compaa va a dedicarse al transporte terrestre de personas o bienes, es indispensable que se obtenga el informe favorable previo de la Comisin Nacional de Transporte Terrestre, Trnsito y Seguridad Vial.

Cumplimiento de otros requisitos en razn del objeto socialCompaas dedicadas a Actividades Complementarias, de Vigilancia seguridad, alimentacin, mensajera o limpieza, diversas de las labores propias y habituales del proceso productivo de la usuaria.Estas compaas tendrn un objeto nico y exclusivo y deben acreditar un capital social mnimo de diez mil dlares de los Estados Unidos de Amrica

El origen de la InversinGalpagosLas personas naturales no residentes y las personas jurdicas que no tengan su domicilio en Galpagos podrn realizar inversiones en la provincia siempre y cuando se asocien con un residente permanente.

ExtranjeraSi en la constitucin de la compaa invierten personas naturales o jurdicas extranjeras es indispensable que declaren el tipo de inversin que realizan, esto es, extranjera directa, subregional o nacional.La Compaa annimaRequisitosLa compaa annima no puede tener por nombre una razn social, con las salvedades correspondientes, perfectamente identificadas.

Forma de constitucinConstitucin simultneaSe constituye en un solo acto por convenio entre los que otorguen la escritura y suscriben las acciones, quienes sern los fundadores. Artculos 148 y 149 de la Ley de Compaas.

Constitucin sucesivaPor suscripcin pblica de acciones, los iniciadores de la compaa que firmen la escritura de promocin sern promotores.AccionistasCapacidadSe requiere la capacidad civil para contratar. Sin embargo no podrn hacerlo entre cnyuges ni entre hijos no emancipados.

Nmeros de accionistasLa compaa deber constituirse con dos o ms accionistas. Segn lo dispuesto en el Artculo 147 de la Ley de Compaas.

CapitalCapital mnimoDeber ser de ochocientos dlares de los Estados Unidos de Amrica.

AccionesLa accin confiere a su titular legtimo la calidad de accionista y le atribuye, como mnimo, los derechos fundamentales que de ella derivan y se establecen en la Ley.

La Compaa de economa mixtaRequisitosPara constituir estas compaas es indispensable que contraten personas jurdicas de derecho pblico o personas jurdicas semipblicas con personas jurdicas o naturales de derecho privado.No puede faltar el rgano administrativo pluri-personal denominado directorio. Asimismo, en el estatuto, si el Estado o las entidades u organismos del sector pblico que participen en la compaa, as lo plantearen, se determinarn los requisitos y condiciones especiales que resultaren adecuados respecto a la transferencia de las acciones y a la participacin en el aumento del capital suscrito de la compaa.Se estar a lo normado en la Seccin VIII de la Ley de Compaas, relativa a la sociedad annima.

Socios y capitalEl capital de esta compaa es de ochocientos dlares, o puede serlo tambin en bienes muebles o inmuebles relacionado con el objeto social de la compaa. En lo dems, para constituir estas compaas, se estar a lo normado en la Seccin VI de la Ley de Compaas, relativa a la sociedad annima.En esta especie de compaas el Estado, por razones de utilidad pblica, podr en cualquier momento expropiar el monto del capital privado.

La Compaa en comandita simple y dividida por accionesRequisitosLos mismos que la Ley exige para la constitucin de las compaas annimas, con las modificaciones propias de esta especie que constan en la Seccin VII de la Ley de Compaas, esto es, en los artculos 301 a 304 del indicado cuerpo de leyes.

SociosLa compaa tiene dos clases de socios y se contrae entre uno o varios socios solidaria e ilimitadamente responsables llamados socios comanditados y uno o ms socios suministradores de fondos, llamados socios comanditarios, cuya responsabilidad se limita al monto de sus aportes.

Razon Social

La compaa existe bajo una razn social que consiste en el nombre de uno o varios de los socios comanditados, al que se agregar las palabras Compaa en comandita.

Mnimo de capital Para esta compaa no existe un mnimo de capital fundacional.La administracin est a cargo de los socios comanditados.

Como se formaLa compaa en comandita simple se constituir en la misma forma que una compaa en nombre colectivo. No est sujeta a la superintendencia de compaas.

La Compaa de responsabilidad limitada

Generalidades La Compaa de Responsabilidad Limitada, es la que se contrae con un mnimo de dos personas, y pudiendo tener como mximo un nmero de quince. En sta especie decompaas sus socios responden nicamente por las obligaciones sociales hasta el monto de sus aportaciones individuales, y hacen el comercio bajo su razn social o nombre de la empresa acompaado siempre de una expresin peculiar para que no pueda confundiese con otra compaa.

El nombreEn esta especie de compaas puedeconsistir en una razn social, una denominacin objetiva o de fantasa. Deber ser aprobado por la Secretara General de la Oficina Matriz de la Superintendencia de Compaas, o por la Secretara General de la Intendencia de Compaas de Guayaquil, o por el funcionario que para el efecto fuere designado en las intendencias de compaas.

Solicitud de aprobacinLa presentacin al Superintendente de Compaas, se la har con tres copias certificadas de la escritura de constitucin de la compaa, adjuntando la solicitud correspondiente, la misma que tiene que ser elaborada por un abogado, pidiendo la aprobacin del contrato constitutivo.

Nmeros mnimo y mximo de sociosLa compaa se constituir con dos socios, como mnimo y con un mximo de quince, y si durante su existencia jurdica llegare a exceder este nmero deber transformarse en otra clase de compaa o deber disolverse. Cabe sealar que sta especie de compaas no puede subsistir con un solo socio.

Capital mnimoEl capital mnimo con que ha de constituirse la compaa de Responsabilidad Limitada, es de cuatrocientos dlares. El capital deber suscribirse ntegramente y pagarse al menos en el 50% del valor nominal de cada participacin y su saldo deber cancelarse en un plazo no mayor a doce meses. Las aportaciones pueden consistir en numerario (dinero) o en especies (bienes) muebles o inmuebles e intangibles, o incluso, endinero y especies a la vez. En cualquier caso las especies deben corresponder a la actividad o actividades que integren el objeto de la compaa. El socio que ingrese con bienes, se har constar en la escritura de constitucin, el bien, su valor, la transferencia de dominio a favor de la compaa, y dichos bienes sern avaluados por los socios o por los peritos.NOTA: Cuando el objeto social de una compaa comprenda ms de una finalidad, le corresponder a la Superintendencia de Compaas establecer su afiliacin de acuerdo a la primera actividad empresarial que aparezca en el mismo.

Bibliografa

DE COMPAAS, Superintendencia. Ley de compaas.Recuperado el, 1999, vol. 11.

ECUADOR, Asamblea Constituyente. Constitucin del Ecuador.Montecristi, Manab, Ecuador: Registro Oficial, 2008.

http://ecuadorencolombia.hostingsiteforfree.com/files/instructivo_soc.pdf

edg ESCUELA DE DISEO GRFICO