tablas de teoria del delito (1)
DESCRIPTION
Teoría del Delito, apuntesTRANSCRIPT
Aspectos positivos del delito:
1. Conducta
2. Tipicidad
3. Antijuridicidad
4. Culpabilidad
Aspectos negativos del delito:
1. Ausencia de conducta
2. Causas de atipicidad
3. Causas de justificación
4. Causas de inculpabilidad
1. Conducta
a) Acción (con resultado formal y material)
b) Omisión Simple (de resultado siempre formal)
c) Comisión por omisión (de resultado material únicamente)
1. Ausencia de conducta
a) Legalmente: fracción I, art. 15 CPF, 29 CPDF, y del tuyo !?
Esto es:
Cuando la actividad o inactividad se realizan sin la voluntad del agente.
b) Supralegalmente se recurre a la doctrina y sus especies o formas de
manifestación encuadran en las siguientes figuras:
* Vis mayor
* Vis absoluta
* Sueño profundo
* Sonambulismo
* Movimientos reflejos
* Caso fortuito
2. Tipicidad
Encuadramiento de la conducta al tipo penal. De ahí que se estudie la
clasificación de elementos del tipo
a) Elementos Objetivos:
*Acción, omisión simple, comisión por omisión
* Sujeto activo (al que se le revisa de ser necesario: su calidad y pluralidad
especificas, y su calidad de garante, esta ultima solo de tratarse de delitos de
comisión por omisión)
*Sujeto pasivo (calidad y pluralidad especifica)
*Bien jurídico (bajo la modalidad de lesión o de puesta en peligro)
*Objeto material (calidad y pluralidad especifica)
*Resultado material (y formal). Su vinculo del resultado con la acción (por
nexo causal) y con la omisión (por nexo de normatividad)
*Circunstancias de tiempo, modo, lugar, ocasión
*Medios de ejecución
b) Elementos subjetivos:
Divididos en Genéricos y Específicos:
Genéricos:
*Dolo, dividido en:
-directo (con dos verbos rectores: conocer y querer)
-eventual (prever y aceptar)
*Culpa, dividida en:
-conciente (verbos: prever y confiar que no se producirá el resultado)
-Inconciente (verbos: no previo/ siendo previsible)
En este punto resulta útil conocer el clausulado de tipos penales que pueden
ser cometidos x culpa. Su norma se llama Numerus Clausus de los delitos
culposos (ejemplo ver: arts. 60 CPF, 76 CPDF)
Específicos:
Derivan de la descripción legal que en concreto se deba acreditar. Si esta no
la exige, basta con aludir que la hipótesis no la requiere. Sus partículas se
ejemplifican con las denominaciones:
Animo
Tendencia
Móvil
Fin
Finalidad
Deseo
Propósito
Con el objeto
Con el conocimiento
Para
Intención
A sabiendas
C) Elementos normativos:
Cuya valoración será:
*Jurídica (si se acude a la Constitución, Tratados, Códigos, Leyes, para hallar
su explicación)
*Cultural (si es que una opinión del grupo social se requiere)
*Científica (cuando es el diccionario, enciclopedia, doctrina, opinión de un
experto, lo que da sustento explicatorio)
2. Causas de atipicidad
a) Legalmente se prevén sus causales en las fracciones II y VIII inciso a) de
los dispositivos 15 CPF, 29 CPDF, y del tuyo!?
-II: Al faltar algún elemento de la descripción legal de que se trate
(Elementos objetivos, subjetivos específicos, elementos normativos)
-VIII, a): Por error de tipo invencible, que anula al dolo
Vencible: se puede sancionar x culpa solo si el tipo penal imputado, acepta
esta modalidad.
3. Antijuricidad
a) Formal: consistente en contravenir al deber jurídico previsto en la norma.
Esto es:
* A la prohibición, contenida en los tipos de acción
* Al mandato/orden, contenido en los tipos de omisión simple
* Al mandato/orden más evitación del resultado material, previsto en los tipos
de comisión por omisión
b)Material: que implica la efectiva lesión o puesta en peligro de un bien
jurídico
3. Causas de justificación
a) Legalmente: consúltese los requisitos de las fracciones III, IV, V, VI de los
arts. 15 y 29 CPF, CPDF respectivamente. Y del tuyo!?
* III. Consentimiento
* IV. Defensa Legitima
* V. Estado de Necesidad Justificante
* VI. Cumplimiento de un deber y Ejercicio de un derecho
b) Supralegalmente, la doctrina prevé además a las figuras:
*Obediencia jerárquica (como género de las especies del cumplimiento de un
deber y ejercicio de un derecho)
* Impedimento legitimo
4. Culpabilidad
Este elemento tiene una especial acreditación, se hace por escalón de su
aspecto positivo y del negativo, para pasar al otro.
Aspectos positivos de la culpabilidad:
Imputabilidad, conciencia de la antijuridicidad, exigibilidad de otra conducta
Aspectos negativos de la culpabilidad: inimputabilidad, error de prohibición,
inexigibilidad de otra conducta.
a) Imputabilidad
Capacidad de conocer y de querer
a) Inimputabilidad
* Legalmente: “x” trastorno mental, “x” desarrollo intelectual retardado
* Supralegalmente: “x” miedo grave y por minoría de edad
b) Conciencia de antijuricidad
Reproche que se realiza porque el sujeto no se dejó motivar por el contenido
de la norma
b) Error de prohibición, invencible:
Recae en tres supuestos:
* El sujeto desconoce la ley
* El sujeto desconoce el alcance de la ley
* El sujeto cree que su conducta esta justificada
Si el error fuere vencible, procede la atenuación de la culpabilidad y por ende,
punibilidad
c) Exigibilidad de otra conducta
Que es genérica y específica:
Genérica, la dirigida a todos. Ejemplo: homicidio genérico (a todos se nos
exige no cometerlo)
Específica, la que se hace respecto de algunos que cubren con la calidad
específica del sujeto activo del delito (ejemplo: homicidio en razón del
parentesco, que solo compete a quienes cubran la relación de parentesco)
Se exige una conducta diferente, porque no se actúa en salvaguarda de un
bien jurídico, y porque existe una alternativa de actuación:
*No lesiva (si es un delito consumado)
*Menos lesiva ( si lo hizo en grado de tentativa)
c) Inexigibilidad de otra conducta
*Legalmente, fracción IX arts. 15 CPF, 29 CPDF, y la de tu CP!! ?
*Supralegalmente:
-Vis compulsiva
-Estado de necesidad disculpante
-Estado de necesidad x motivos de conciencia
-Temor fundado
-Miedo insuperable
-Colisión de deberes disculpante