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Fundado el 30 de abril de 1864 DIARIO OFICIAL República de Colombia LA IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA Informa que como lo dispone el Decreto número 53 de enero 13 de 2012, artículo 3°, del Departamento Nacional de Planeación, a partir del 1° de junio de 2012 los contratos estatales no requieren publicación ante la desaparición del Diario Único de Contratación Pública. Año CLI No. 49.813 Edición de 12 páginas Bogotá, D. C., sábado, 12 de marzo de 2016 I S S N 0122-2112 ENTES UNIVERSITARIOS AUTÓNOMOS Universidad Surcolombiana Acuerdos ACUERDO NÚMERO 008 DE 2016 (marzo 4) por el cual se aprueba adicionar y efectuar traslados en el Plan Operativo Anual de Inversiones para la vigencia del año 2016. El Consejo Superior de la Universidad Surcolombiana, en uso de sus atribuciones lega- les y estatutarias, especialmente las conferidas por el artículo 24 del Acuerdo número 075 de 1994 –Estatuto General de la Universidad Surcolombiana–, el artículo 18 del Acuerdo número 036 de 2011 –Estatuto Presupuestal de la Universidad Surcolombiana–, y CONSIDERANDO: Que el Consejo Superior Universitario mediante Acuerdo número 058 del 3 de diciembre de 2015 aprobó el Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI), para la vigencia 2016, por la suma de diecisiete mil seiscientos dos millones seiscientos veintitrés mil ciento setenta y siete pesos ($17.602.623.177) moneda legal; Que mediante Acuerdo número 007 del 17 de febrero de 2016 el Consejo Superior Univer- sitario, adicionó el Plan Operativo Anual de Inversión por la suma de mil quinientos cuarenta y ocho millones cuatrocientos treinta y tres mil ochocientos dos pesos ($1.548.433.802) moneda legal, y efectuó traslados por la suma de doscientos sesenta y cuatro millones trescientos setenta y ocho mil seiscientos pesos ($264.378.600) moneda legal; Que mediante Acuerdo número 24 del 24 de diciembre de 2015, el Órgano Colegiado de Administración y Decisión (OCAD) del departamento del Huila, aprobó el proyecto: “Implementación de plataforma LCMS en la Universidad Surcolombiana para aumentar la tasa de cobertura bruta en la educación superior en todo el departamento del Huila” por un monto de dos mil setecientos millones de pesos ($2.700.000.000) moneda legal; Que de acuerdo a lo expuesto anteriormente, se hace necesario adicionar al Plan Ope- rativo Anual de Inversiones de 2016, la suma de dos mil setecientos millones de pesos ($2.700.000.000) moneda legal, recursos del Sistema General de Regalías para el proyecto: “Implementación de plataforma LCMS en la Universidad Surcolombiana para aumentar la tasa de cobertura bruta en la educación superior en todo el departamento del Huila”, recursos que ya fueron girados a la Tesorería de la Universidad, el 16 de febrero de 2016, según certificado expedido por la tesorera; Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 39 del Decreto número 1949 de 2012, sobre responsabilidades, “los Órganos del Sistema, las Entidades a las que se transfieren recursos de funcionamiento del sistema y las designadas como ejecutoras de proyectos, serán responsables por la incorporación en un capítulo independiente de los recursos del Sistema General de Regalías (SGR) en sus presupuestos y la ejecución de los mismos en los términos del artículo 93 de la Ley 1530 de 2012, y serán responsables por los mismos frente al contratista y a terceros, con las asignaciones a su cargo”, por lo cual se crean en el Plan Operativo Anual de Inversión vigencia 2016 de la Universidad Surcolombiana el Proyecto SA-PY2c. Desarrollo Proyectos Institucionales, y presupuestalmente el Rubro 520-2 Proyectos Institucionales –Sistema General de Regalías–, en el cual se harán los registrados pertinentes, quedando así: PROYECTO RUBRO VALOR FUENTE SA-PY2.c Desarrollo Proyectos Institucionales. 520-2 $ 2.700.000.000 SISTEMA GENERAL DE REGALIAS TOTAL $ 2.700.000.000 5202 2.700.000.000 2.700.000.000 ADICIÓN AL SUBSISTEMA ADMINISTRATIVO PROYECTOS INSTITUCIONALES – SISTEMA GENERAL DE REGALÍASTOTAL PLAN DE ACCION 2016 Que se requiere efectuar unos traslados en el Plan Operativo Anual de Inversiones de la vigencia 2016, por la suma de cuatrocientos ochenta y cinco millones de pesos ($485.000.000) moneda legal, del Proyecto SA-PY2.a Construcción y mantenimiento de las Sedes, del rubro 111 Construcciones al Proyecto SA-PY2c. Desarrollo Proyectos Institucionales del rubro 520-2 Proyectos Institucionales, Sistema General de Regalías, así: PROYECTO RUBRO CREDITO CONTRA CREDITO FUENTE SA-PY2.a Construcción y mantenimiento de las Sedes. 111 -485.000.000 EXCEDENTES F. EDUCACIÓN SA-PY2.c Desarrollo Proyectos Institucionales. 5202 485.000.000 R. PROPIOS 485.000.000 -485.000.000 111 0 485.000.000 5202 485.000.000 0 485.000.000 485.000.000 TRASLADOS SUBSISTEMA ADMINISTRATIVO CONSTRUCCIONES PROYECTOS INSTITUCIONALES – SISTEMA GENERAL DE REGALÍASTOTAL PLAN DE ACCION 2016 Que el Comité Financiero en reunión del 23 de febrero de 2016, aprobó mediante Acta número 03 las solicitudes de adición y traslado presentadas para su consideración, según certificación expedida por la Secretaria del Comité de fecha 24 de febrero de 2016; Que el Consejo Superior Universitario en sesión extraordinaria del 4 de marzo de 2016, según Acta número 004, al analizar el proyecto de Acuerdo de adición y traslado del Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI), de la presente vigencia decidió aprobarlo; En mérito de lo expuesto, ACUERDA: Artículo 1°. Adicionar el Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI), de la vigencia fiscal de 2016, en la suma de dos mil setecientos millones de pesos ($2.700.000.000) moneda legal, según la parte considerativa del presente Acuerdo. Artículo 2°. Efectuar traslados en el Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI), para la vigencia fiscal de 2016, por la suma de cuatrocientos ochenta y cinco millones de pesos ($485.000.000) moneda legal.

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Fundado el 30 de abril de 1864

DIARIO OFICIALRepública de Colombia

LA IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA

Informa que como lo dispone el Decreto número 53 de enero 13 de 2012, artículo 3°, del Departamento Nacional de Planeación, a partir del 1° de junio de 2012 los contratos estatales no requieren publicación ante la desaparición del Diario Único de Contratación Pública.

Año CLI No. 49.813 Edición de 12 páginas • Bogotá, D. C., sábado, 12 de marzo de 2016 • I S S N 0122-2112

EntEs UnivErsitarios aUtónomos

Universidad Surcolombiana

Acuerdos

ACUERDO NÚMERO 008 DE 2016(marzo 4)

por el cual se aprueba adicionar y efectuar traslados en el Plan Operativo Anual de Inversiones para la vigencia del año 2016.

El Consejo Superior de la Universidad Surcolombiana, en uso de sus atribuciones lega-les y estatutarias, especialmente las conferidas por el artículo 24 del Acuerdo número 075 de 1994 –Estatuto General de la Universidad Surcolombiana–, el artículo 18 del Acuerdo número 036 de 2011 –Estatuto Presupuestal de la Universidad Surcolombiana–, y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo Superior Universitario mediante Acuerdo número 058 del 3 de diciembre de 2015 aprobó el Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI), para la vigencia 2016, por la suma de diecisiete mil seiscientos dos millones seiscientos veintitrés mil ciento setenta y siete pesos ($17.602.623.177) moneda legal;

Que mediante Acuerdo número 007 del 17 de febrero de 2016 el Consejo Superior Univer-sitario, adicionó el Plan Operativo Anual de Inversión por la suma de mil quinientos cuarenta y ocho millones cuatrocientos treinta y tres mil ochocientos dos pesos ($1.548.433.802) moneda legal, y efectuó traslados por la suma de doscientos sesenta y cuatro millones trescientos setenta y ocho mil seiscientos pesos ($264.378.600) moneda legal;

Que mediante Acuerdo número 24 del 24 de diciembre de 2015, el Órgano Colegiado de Administración y Decisión (OCAD) del departamento del Huila, aprobó el proyecto: “Implementación de plataforma LCMS en la Universidad Surcolombiana para aumentar la tasa de cobertura bruta en la educación superior en todo el departamento del Huila” por un monto de dos mil setecientos millones de pesos ($2.700.000.000) moneda legal;

Que de acuerdo a lo expuesto anteriormente, se hace necesario adicionar al Plan Ope-rativo Anual de Inversiones de 2016, la suma de dos mil setecientos millones de pesos ($2.700.000.000) moneda legal, recursos del Sistema General de Regalías para el proyecto: “Implementación de plataforma LCMS en la Universidad Surcolombiana para aumentar la tasa de cobertura bruta en la educación superior en todo el departamento del Huila”, recursos que ya fueron girados a la Tesorería de la Universidad, el 16 de febrero de 2016, según certificado expedido por la tesorera;

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 39 del Decreto número 1949 de 2012, sobre responsabilidades, “los Órganos del Sistema, las Entidades a las que se transfieren recursos de funcionamiento del sistema y las designadas como ejecutoras de proyectos, serán responsables por la incorporación en un capítulo independiente de los recursos del Sistema General de Regalías (SGR) en sus presupuestos y la ejecución de los mismos en los términos del artículo 93 de la Ley 1530 de 2012, y serán responsables por los mismos frente al contratista y a terceros, con las asignaciones a su cargo”, por lo cual se crean en el Plan Operativo Anual de Inversión vigencia 2016 de la Universidad Surcolombiana el Proyecto SA-PY2c. Desarrollo Proyectos Institucionales, y presupuestalmente el Rubro 520-2 Proyectos Institucionales –Sistema General de Regalías–, en el cual se harán los registrados pertinentes, quedando así:

 

 

 

 

 

PROYECTO RUBRO VALOR FUENTE

SA-PY2.c Desarrollo Proyectos Institucionales. 520-2 $ 2.700.000.000 SISTEMA GENERAL DE

REGALIAS

TOTAL $ 2.700.000.000

520‐2 2.700.000.000

2.700.000.000

ADICIÓN AL SUBSISTEMA ADMINISTRATIVO

PROYECTOS INSTITUCIONALES – SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS‐

TOTAL PLAN DE ACCION 2016

PROYECTO RUBRO CREDITO CONTRA CREDITO FUENTE

SA-PY2.a Construcción y mantenimiento de las Sedes. 111 -485.000.000 EXCEDENTES F. 

EDUCACIÓN

SA-PY2.c Desarrollo Proyectos Institucionales. 520‐2 485.000.000 R. PROPIOS

485.000.000 -485.000.000

111 0 ‐485.000.000

520‐2 485.000.000 0

485.000.000 ‐485.000.000

TRASLADOS SUBSISTEMA ADMINISTRATIVO

CONSTRUCCIONES

PROYECTOS INSTITUCIONALES – SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS‐

TOTAL PLAN DE ACCION 2016

Que se requiere efectuar unos traslados en el Plan Operativo Anual de Inversiones de la vigencia 2016, por la suma de cuatrocientos ochenta y cinco millones de pesos ($485.000.000) moneda legal, del Proyecto SA-PY2.a Construcción y mantenimiento de las Sedes, del rubro 111 Construcciones al Proyecto SA-PY2c. Desarrollo Proyectos Institucionales del rubro 520-2 Proyectos Institucionales, Sistema General de Regalías, así:

 

 

 

 

 

PROYECTO RUBRO VALOR FUENTE

SA-PY2.c Desarrollo Proyectos Institucionales. 520-2 $ 2.700.000.000 SISTEMA GENERAL DE

REGALIAS

TOTAL $ 2.700.000.000

520‐2 2.700.000.000

2.700.000.000

ADICIÓN AL SUBSISTEMA ADMINISTRATIVO

PROYECTOS INSTITUCIONALES – SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS‐

TOTAL PLAN DE ACCION 2016

PROYECTO RUBRO CREDITO CONTRA CREDITO FUENTE

SA-PY2.a Construcción y mantenimiento de las Sedes. 111 -485.000.000 EXCEDENTES F. 

EDUCACIÓN

SA-PY2.c Desarrollo Proyectos Institucionales. 520‐2 485.000.000 R. PROPIOS

485.000.000 -485.000.000

111 0 ‐485.000.000

520‐2 485.000.000 0

485.000.000 ‐485.000.000

TRASLADOS SUBSISTEMA ADMINISTRATIVO

CONSTRUCCIONES

PROYECTOS INSTITUCIONALES – SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS‐

TOTAL PLAN DE ACCION 2016

Que el Comité Financiero en reunión del 23 de febrero de 2016, aprobó mediante Acta número 03 las solicitudes de adición y traslado presentadas para su consideración, según certificación expedida por la Secretaria del Comité de fecha 24 de febrero de 2016;

Que el Consejo Superior Universitario en sesión extraordinaria del 4 de marzo de 2016, según Acta número 004, al analizar el proyecto de Acuerdo de adición y traslado del Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI), de la presente vigencia decidió aprobarlo;

En mérito de lo expuesto,ACUERDA:

Artículo 1°. Adicionar el Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI), de la vigencia fiscal de 2016, en la suma de dos mil setecientos millones de pesos ($2.700.000.000) moneda legal, según la parte considerativa del presente Acuerdo.

Artículo 2°. Efectuar traslados en el Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI), para la vigencia fiscal de 2016, por la suma de cuatrocientos ochenta y cinco millones de pesos ($485.000.000) moneda legal.

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2 DIARIO OFICIALEdición 49.813

Sábado, 12 de marzo de 2016

D I A R I O OFICIALFundado el 30 de abril de 1864

Por el Presidente Manuel Murillo ToroTarifa postal reducida No. 56

Directora: Dioselina Parra De rincón

MINISTERIO DEL INTERIOR

imPrenta nacional De colombia

Dioselina Parra De rincón

Gerente General

Carrera 66 No 24-09 (Av. Esperanza-Av. 68) Bogotá, D. C. ColombiaConmutador: PBX 4578000.

e-mail: [email protected]

Artículo 3°. El Plan Operativo Anual de Inversiones para la vigencia fiscal de 2016, quedará como se muestra a continuación:

SUBSISTEMA DE FORMACION $ 1.378.377.351 $ 0 $ 0 $ 0 $ 1.378.377.351

SF-PY1. Identidad con la TeleologíaInstitucional.

$ 105.000.000 $ 105.000.000

SF-PY2. Creación de nueva OfertaAcadémica en las Sedes. $ 33.576.315 $ 33.576.315

SF-PY3. Desarrollo ProfesoralPermanente en lo Pedagógico,Disciplinar y Profesional.

$ 837.000.000 $ 837.000.000

SF-PY4. Autoevalución y Acreditaciónde Programas Académicos de Pregrado y Postgrado.

$ 223.801.036 $ 223.801.036

SF-PY5. Acreditación de Alta Calidadde la Universidad.

$ 101.000.000 $ 101.000.000

SF-PY6. Relevo Generacional conExcelencia Académica.

$ 0 $ 0

SF-PY7. Fortalecimiento de losVínculos Universidad - Egresados.

$ 78.000.000 $ 78.000.000

SUBSISTEMA DE INVESTIGACION. $ 4.273.737.624 $ 0 $ 0 $ 0 $ 4.273.737.624

SI-PY1. Fortalecimiento de lascapacidades de investigación,desarrollo e innovación.

$ 800.000.000 $ 800.000.000

SI-PY2. Calidad Académica yformación en Investigación.

$ 416.000.000 $ 416.000.000

SI-PY3. Calidad Académica y formación a través de la Investigación

$ 250.000.000 $ 250.000.000

SI-PY4. Calidad Académica y ejecución de Investigación. $ 678.627.198 $ 678.627.198

SI-PY5. Calidad Académica y gestiónde Investigación.

$ 1.370.000.000 $ 1.370.000.000

SI-PY6. Articulación del SistemaIntegrado de Información (TICS). $ 60.000.000 $ 60.000.000

SI-PY7. Evaluación, dotación yconsolidación de los Centros deDocumentación, archivística y basesde datos.

$ 404.741.836 $ 404.741.836

SI-PY8. Creación y Fortalecimiento deCentros, Institutos de investigación,desarrollo y vigilancia Tecnológica eInnovación.

$ 93.000.000 $ 93.000.000

SI-PY9. Articulación y fortalecimientode las publicaciones Científicas yAcadémicas.

$ 201.368.590 $ 201.368.590

EXCEDENTES FACULTADES

TOTAL RECURSOS ASIGNADOS

PLAN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL: “Acreditación Institucional Sostenible

con Calidad, Pertinencia y Compromiso"

RECURSOS ASIGNADOS ADICION TRASLADOS USCO

SUBSISTEMA DE PROYECCION SOCIAL. $ 1.520.328.066 $ 0 $ 0 $ 0 $ 1.520.328.066

SP-PY1. InternacionalizaciónAcadémica Curricular y Administrativa. $ 105.000.000 $ 105.000.000

SP-PY2. Regionalización de la USCO $ 20.000.000 $ 20.000.000

SP-PY3. Reformulación yfortalecimiento de las modalidades yformas de Proyección Social.

$ 823.728.220 $ 823.728.220

SP-PY4. Estructuración y desarrolloUnidades de Atención Especializada yde Emprendimiento e InnovaciónInstitucional.

$ 63.000.000 $ 63.000.000

SP-PY5. Consolidación de la AlianzaEstratégica Estado-Universidad-Empresa-Ciudadanía.

$ 20.000.000 $ 20.000.000

SP-PY6. Estructuración y Desarrollo dela Agenda Social Regional. $ 80.000.000 $ 80.000.000

SP-PY7. Articulación de la EducaciónSuperior con la Educación formal, eltrabajo y el desarrollo humano.

$ 12.000.000 $ 12.000.000

SP-PY8. Fortalecimiento del sistemade comunicación e informacióninstitucional.

$ 396.599.846 $ 396.599.846

SUBSISTEMA DE BIENESTARUNIVERSITARIO. $ 2.518.000.000 $ 0 $ 0 $ 0 $ 2.518.000.000

SB-PY1. Universidad Saludable. $ 361.000.000 $ 361.000.000

SB-PY2. Recreación y Deportes conresponsabilidad y compromiso. $ 323.000.000 $ 323.000.000

SB-PY3. Cultura con responsabilidad ycompromiso. $ 323.000.000 $ 323.000.000

SB-PY4. Desarrollo Humano conresponsabilidad y compromiso. $ 69.000.000 $ 69.000.000

SB-PY5. Desarrollo Socio-Económicocon responsabilidad y compromiso. $ 1.392.000.000 $ 1.392.000.000

SB-PY6. Promoción de la Permanenciay Graduación estudiantil en la Usco. $ 50.000.000 $ 50.000.000

EXCEDENTES FACULTADES

TOTAL RECURSOS ASIGNADOS

PLAN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL: “Acreditación Institucional Sostenible

con Calidad, Pertinencia y Compromiso"

RECURSOS ASIGNADOS ADICION TRASLADOS USCO

SUBSISTEMA ADMINISTRATIVO. $ 9.460.613.938 $ 2.700.000.000 $ 485.000.000 ($ 485.000.000) $ 12.160.613.938

SA-PY1. Revisión, reforma y actualización de la Plataforma Jurídico - Normativa institucional.

$ 0 $ 0

SA-PY2.a Construcción y mantenimiento de las Sedes.

$ 4.529.201.186 ($ 485.000.000) $ 4.044.201.186

SA-PY2.b Desarrollo, dotación y Mantenimiento de las Sedes. $ 4.264.244.656 $ 4.264.244.656

SA-PY2.c Desarrollo Proyectos Institucionales. $ 0 $ 2.700.000.000 $ 485.000.000 $ 3.185.000.000

SA-PY3. Aseguramiento de los sistemas de Gestión de Calidad y Gestión Ambiental.

$ 207.000.000 $ 207.000.000

SA-PY4. Creación del Grupo de Proyectos Institucionales Especiales (GPIE).

$ 80.000.000 $ 80.000.000

SA-PY5. Reestructuración Organizacional académica y administrativa.

$ 110.000.000 $ 110.000.000

SA-PY6. Desconcentración y delegación de los procesos administrativos y académicos.

$ 0 $ 0

SA-PY7. Formación y Capacitación al Personal Administrativo y Operativo.

$ 270.168.096 $ 270.168.096

SA-PY8 Adquisición de Inmuebles $ 0 $ 0

TOTAL EN PLAN DE DESARROLLO $ 19.151.056.979 $ 2.700.000.000 $ 485.000.000 ($ 485.000.000) $ 21.851.056.979EXCEDENTES FACULTADES TOTAL RECURSOS

111 CONSTRUCCIONES $ 4.529.201.186 $ 0 $ 0 ($ 485.000.000) $ 4.044.201.186211 ADQUISICIÓN EQUIPOS $ 4.264.244.656 $ 0 $ 0 $ 0 $ 4.264.244.656310 CAPACITACIÓN $ 1.107.168.096 $ 0 $ 0 $ 0 $ 1.107.168.096410 INVESTIGACIONES $ 4.273.737.624 $ 0 $ 0 $ 0 $ 4.273.737.624510 PLANEACIÓN $ 938.377.351 $ 0 $ 0 $ 0 $ 938.377.351520 EXTENSIÓN $ 1.520.328.066 $ 0 $ 0 $ 0 $ 1.520.328.066520-2 PROYECTOS INSTITUCIONALES – SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS- $ 0 $ 2.700.000.000 $ 485.000.000 $ 0 $ 3.185.000.000

TOTAL INVERSIÓN $ 16.633.056.979 $ 2.700.000.000 $ 485.000.000 ($ 485.000.000) $ 19.333.056.979301 BIENESTAR $ 2.518.000.000 $ 0 $ 0 $ 0 $ 2.518.000.000

TOTAL PLAN OPERATIVO ANUAL $ 19.151.056.979 $ 2.700.000.000 $ 485.000.000 ($ 485.000.000) $ 21.851.056.979

EXCEDENTES FACULTADES

TOTAL RECURSOS ASIGNADOS

RUBROS PRESUPUESTALES

PLAN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL: “Acreditación Institucional Sostenible

con Calidad, Pertinencia y Compromiso"

RECURSOS ASIGNADOS ADICION TRASLADOS USCO

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3Edición 49.813Sábado, 12 de marzo de 2016 DIARIO OFICIAL

NACIÓN NACION FOMENTO

ESTAMPILLA UNIVERSIDADES Ley 1697/2013

R. NACION CREE RENDIMIENTOS R. CREE

SUBSISTEMA DE FORMACION $ 1.378.377.351 $ 749.568.554 $ 0 $ 0 $ 450.000.000 $ 0

SF-PY1. Identidad con la TeleologíaInstitucional.

$ 105.000.000 71.000.000 29.000.000

SF-PY2. Creación de nueva OfertaAcadémica en las Sedes. $ 33.576.315 21.000.000 0

SF-PY3. Desarrollo ProfesoralPermanente en lo Pedagógico,Disciplinar y Profesional.

$ 837.000.000 374.000.000 421.000.000

SF-PY4. Autoevalución y Acreditaciónde Programas Académicos de Pregrado y Postgrado.

$ 223.801.036 160.000.000

SF-PY5. Acreditación de Alta Calidadde la Universidad.

$ 101.000.000 66.568.554

SF-PY6. Relevo Generacional conExcelencia Académica.

$ 0

SF-PY7. Fortalecimiento de losVínculos Universidad - Egresados.

$ 78.000.000 57.000.000

SUBSISTEMA DE INVESTIGACION. $ 4.273.737.624 $ 0 $ 0 $ 0 $ 1.163.096.695 $ 0

SI-PY1. Fortalecimiento de lascapacidades de investigación,desarrollo e innovación.

$ 800.000.000 800.000.000

SI-PY2. Calidad Académica yformación en Investigación.

$ 416.000.000

SI-PY3. Calidad Académica y formación a través de la Investigación

$ 250.000.000

SI-PY4. Calidad Académica y ejecución de Investigación. $ 678.627.198

SI-PY5. Calidad Académica y gestiónde Investigación.

$ 1.370.000.000

SI-PY6. Articulación del SistemaIntegrado de Información (TICS). $ 60.000.000

SI-PY7. Evaluación, dotación yconsolidación de los Centros deDocumentación, archivística y basesde datos.

$ 404.741.836 300.000.000

SI-PY8. Creación y Fortalecimiento deCentros, Institutos de investigación,desarrollo y vigilancia Tecnológica eInnovación.

$ 93.000.000 21.264.791

SI-PY9. Articulación y fortalecimientode las publicaciones Científicas yAcadémicas.

$ 201.368.590 41.831.904

TOTAL RECURSOS ASIGNADOS

FUENTES DE FINANCIACIÓNPLAN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL: “Acreditación Institucional Sostenible

con Calidad, Pertinencia y Compromiso"

NACIÓN NACION FOMENTO

ESTAMPILLA UNIVERSIDADES Ley 1697/2013

R. NACION CREE RENDIMIENTOS R. CREE

SUBSISTEMA DE PROYECCION SOCIAL. $ 1.520.328.066 $ 520.000.000 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0

SP-PY1. InternacionalizaciónAcadémica Curricular y Administrativa. $ 105.000.000

SP-PY2. Regionalización de la USCO $ 20.000.000

SP-PY3. Reformulación yfortalecimiento de las modalidades yformas de Proyección Social.

$ 823.728.220 296.901.442

SP-PY4. Estructuración y desarrolloUnidades de Atención Especializada yde Emprendimiento e InnovaciónInstitucional.

$ 63.000.000 60.000.000

SP-PY5. Consolidación de la AlianzaEstratégica Estado-Universidad-Empresa-Ciudadanía.

$ 20.000.000 20.000.000

SP-PY6. Estructuración y Desarrollo dela Agenda Social Regional. $ 80.000.000 31.098.558

SP-PY7. Articulación de la EducaciónSuperior con la Educación formal, eltrabajo y el desarrollo humano.

$ 12.000.000 12.000.000

SP-PY8. Fortalecimiento del sistemade comunicación e informacióninstitucional.

$ 396.599.846 100.000.000

SUBSISTEMA DE BIENESTARUNIVERSITARIO. $ 2.518.000.000 $ 701.280.247 $ 0 $ 200.000.000 $ 268.168.096 $ 0

SB-PY1. Universidad Saludable. $ 361.000.000

SB-PY2. Recreación y Deportes conresponsabilidad y compromiso. $ 323.000.000

SB-PY3. Cultura con responsabilidad ycompromiso. $ 323.000.000

SB-PY4. Desarrollo Humano conresponsabilidad y compromiso. $ 69.000.000

SB-PY5. Desarrollo Socio-Económicocon responsabilidad y compromiso. $ 1.392.000.000 $701.280.247 200.000.000 268.168.096

SB-PY6. Promoción de la Permanenciay Graduación estudiantil en la Usco. $ 50.000.000 0

TOTAL RECURSOS ASIGNADOS

FUENTES DE FINANCIACIÓNPLAN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL: “Acreditación Institucional Sostenible

con Calidad, Pertinencia y Compromiso"

NACIÓN NACION FOMENTO

ESTAMPILLA UNIVERSIDADES Ley 1697/2013

R. NACION CREE RENDIMIENTOS R. CREE

SUBSISTEMA ADMINISTRATIVO. $ 12.160.613.938 $ 630.168.096 $ 0 $ 0 $ 6.845.738.942 $ 171.003.327

SA-PY1. Revisión, reforma y actualización de la Plataforma Jurídico - Normativa institucional.

$ 0

SA-PY2.a Construcción y mantenimiento de las Sedes.

$ 4.044.201.186 3.247.003.733 171.003.327

SA-PY2.b Desarrollo, dotación y Mantenimiento de las Sedes. $ 4.264.244.656 3.598.735.209

SA-PY2.c Desarrollo Proyectos Institucionales. $ 3.185.000.000

SA-PY3. Aseguramiento de los sistemas de Gestión de Calidad y Gestión Ambiental.

$ 207.000.000 197.000.000

SA-PY4. Creación del Grupo de Proyectos Institucionales Especiales (GPIE).

$ 80.000.000 80.000.000

SA-PY5. Reestructuración Organizacional académica y administrativa.

$ 110.000.000 110.000.000

SA-PY6. Desconcentración y delegación de los procesos administrativos y académicos.

$ 0

SA-PY7. Formación y Capacitación al Personal Administrativo y Operativo.

$ 270.168.096 243.168.096

SA-PY8 Adquisición de Inmuebles $ 0

TOTAL EN PLAN DE DESARROLLO $ 21.851.056.979 $ 2.601.016.897 $ 0 $ 200.000.000 $ 8.727.003.733 $ 171.003.327

TOTAL RECURSOS NACIÓN R. NACION CREE EST.NEIVA111 CONSTRUCCIONES $ 4.044.201.186 $ 0 $ 0 $ 0 $ 3.247.003.733 $ 171.003.327211 ADQUISICIÓN EQUIPOS $ 4.264.244.656 $ 0 $ 0 $ 0 $ 3.598.735.209 $ 0310 CAPACITACIÓN $ 1.107.168.096 $ 617.168.096 $ 0 $ 0 $ 421.000.000 $ 0410 INVESTIGACIONES $ 4.273.737.624 $ 0 $ 0 $ 0 $ 1.163.096.695 $ 0510 PLANEACIÓN $ 938.377.351 $ 762.568.554 $ 0 $ 0 $ 29.000.000 $ 0520 EXTENSIÓN $ 1.520.328.066 $ 520.000.000 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0520-2 PROYECTOS INSTITUCIONALES – SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS- $ 3.185.000.000 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0

TOTAL INVERSIÓN $ 19.333.056.979 $ 1.899.736.650 $ 0 $ 0 $ 8.458.835.637 $ 171.003.327301 BIENESTAR $ 2.518.000.000 $ 701.280.247 $ 200.000.000 $ 268.168.096 $ 0

TOTAL PLAN OPERATIVO ANUAL $ 21.851.056.979 $ 2.601.016.897 $ 0 $ 200.000.000 $ 8.727.003.733 $ 171.003.327

TOTAL RECURSOS ASIGNADOS

FUENTES DE FINANCIACIÓN

RUBROS PRESUPUESTALES

PLAN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL: “Acreditación Institucional Sostenible

con Calidad, Pertinencia y Compromiso"

CANCELACION RESERVA 2014 APORTES DPTO. ESTAMPILLA

DPTO.ESTAMPILLA

NEIVA EST. GARZÓN EST. LA PLATA

SUBSISTEMA DE FORMACION $ 1.378.377.351 $ 0 $ 14.004.396 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0

SF-PY1. Identidad con la TeleologíaInstitucional.

$ 105.000.000

SF-PY2. Creación de nueva OfertaAcadémica en las Sedes. $ 33.576.315

SF-PY3. Desarrollo ProfesoralPermanente en lo Pedagógico,Disciplinar y Profesional.

$ 837.000.000

SF-PY4. Autoevalución y Acreditaciónde Programas Académicos de Pregrado y Postgrado.

$ 223.801.036 14.004.396

SF-PY5. Acreditación de Alta Calidadde la Universidad.

$ 101.000.000

SF-PY6. Relevo Generacional conExcelencia Académica.

$ 0

SF-PY7. Fortalecimiento de losVínculos Universidad - Egresados.

$ 78.000.000

SUBSISTEMA DE INVESTIGACION. $ 4.273.737.624 $ 204.741.836 $ 74.368.590 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0

SI-PY1. Fortalecimiento de lascapacidades de investigación,desarrollo e innovación.

$ 800.000.000

SI-PY2. Calidad Académica yformación en Investigación.

$ 416.000.000

SI-PY3. Calidad Académica y formación a través de la Investigación

$ 250.000.000

SI-PY4. Calidad Académica y ejecución de Investigación. $ 678.627.198 100.000.000

SI-PY5. Calidad Académica y gestiónde Investigación.

$ 1.370.000.000

SI-PY6. Articulación del SistemaIntegrado de Información (TICS). $ 60.000.000

SI-PY7. Evaluación, dotación yconsolidación de los Centros deDocumentación, archivística y basesde datos.

$ 404.741.836 104.741.836

SI-PY8. Creación y Fortalecimiento deCentros, Institutos de investigación,desarrollo y vigilancia Tecnológica eInnovación.

$ 93.000.000

SI-PY9. Articulación y fortalecimientode las publicaciones Científicas yAcadémicas.

$ 201.368.590 74.368.590

TOTAL RECURSOS ASIGNADOS

FUENTES DE FINANCIACIÓNPLAN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL: “Acreditación Institucional Sostenible

con Calidad, Pertinencia y Compromiso"

Page 4: República de Colombia DIARIO OFICIAL€¦ · adiciÓn al subsistema administrativo proyectos institucionales – sistema general de regalÍas‐ totalplandeaccion2016 proyecto rubro

4 DIARIO OFICIALEdición 49.813

Sábado, 12 de marzo de 2016

CANCELACION RESERVA 2014 APORTES DPTO. ESTAMPILLA

DPTO.ESTAMPILLA

NEIVA EST. GARZÓN EST. LA PLATA

SUBSISTEMA DE PROYECCION SOCIAL. $ 1.520.328.066 $ 0 $ 50.000.000 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0

SP-PY1. InternacionalizaciónAcadémica Curricular y Administrativa. $ 105.000.000 50.000.000

SP-PY2. Regionalización de la USCO $ 20.000.000

SP-PY3. Reformulación yfortalecimiento de las modalidades yformas de Proyección Social.

$ 823.728.220

SP-PY4. Estructuración y desarrolloUnidades de Atención Especializada yde Emprendimiento e InnovaciónInstitucional.

$ 63.000.000

SP-PY5. Consolidación de la AlianzaEstratégica Estado-Universidad-Empresa-Ciudadanía.

$ 20.000.000

SP-PY6. Estructuración y Desarrollo dela Agenda Social Regional. $ 80.000.000

SP-PY7. Articulación de la EducaciónSuperior con la Educación formal, eltrabajo y el desarrollo humano.

$ 12.000.000

SP-PY8. Fortalecimiento del sistemade comunicación e informacióninstitucional.

$ 396.599.846

SUBSISTEMA DE BIENESTARUNIVERSITARIO. $ 2.518.000.000 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0

SB-PY1. Universidad Saludable. $ 361.000.000

SB-PY2. Recreación y Deportes conresponsabilidad y compromiso. $ 323.000.000

SB-PY3. Cultura con responsabilidad ycompromiso. $ 323.000.000

SB-PY4. Desarrollo Humano conresponsabilidad y compromiso. $ 69.000.000

SB-PY5. Desarrollo Socio-Económicocon responsabilidad y compromiso. $ 1.392.000.000

SB-PY6. Promoción de la Permanenciay Graduación estudiantil en la Usco. $ 50.000.000

TOTAL RECURSOS ASIGNADOS

FUENTES DE FINANCIACIÓNPLAN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL: “Acreditación Institucional Sostenible

con Calidad, Pertinencia y Compromiso"

CANCELACION RESERVA 2014 APORTES DPTO. ESTAMPILLA

DPTO.ESTAMPILLA

NEIVA EST. GARZÓN EST. LA PLATA

SUBSISTEMA ADMINISTRATIVO. $ 12.160.613.938 $ 0 $ 0 $ 54.387 $ 30.665.828 $ 1.940.856 $ 3.438.802

SA-PY1. Revisión, reforma y actualización de la Plataforma Jurídico - Normativa institucional.

$ 0

SA-PY2.a Construcción y mantenimiento de las Sedes.

$ 4.044.201.186 54.387 30.665.828 1.940.856 3.438.802

SA-PY2.b Desarrollo, dotación y Mantenimiento de las Sedes. $ 4.264.244.656

SA-PY2.c Desarrollo Proyectos Institucionales. $ 3.185.000.000

SA-PY3. Aseguramiento de los sistemas de Gestión de Calidad y Gestión Ambiental.

$ 207.000.000

SA-PY4. Creación del Grupo de Proyectos Institucionales Especiales (GPIE).

$ 80.000.000

SA-PY5. Reestructuración Organizacional académica y administrativa.

$ 110.000.000

SA-PY6. Desconcentración y delegación de los procesos administrativos y académicos.

$ 0

SA-PY7. Formación y Capacitación al Personal Administrativo y Operativo.

$ 270.168.096

SA-PY8 Adquisición de Inmuebles $ 0

TOTAL EN PLAN DE DESARROLLO $ 21.851.056.979 $ 204.741.836 $ 138.372.986 $ 54.387 $ 30.665.828 $ 1.940.856 $ 3.438.802

TOTAL RECURSOS EST.GARZON EST. LA PLATA

111 CONSTRUCCIONES $ 4.044.201.186 $ 0 $ 0 $ 54.387 $ 30.665.828 $ 1.940.856 $ 3.438.802211 ADQUISICIÓN EQUIPOS $ 4.264.244.656 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0310 CAPACITACIÓN $ 1.107.168.096 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0410 INVESTIGACIONES $ 4.273.737.624 $ 204.741.836 $ 74.368.590 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0510 PLANEACIÓN $ 938.377.351 $ 0 $ 14.004.396 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0520 EXTENSIÓN $ 1.520.328.066 $ 0 $ 50.000.000 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0520-2 PROYECTOS INSTITUCIONALES – SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS- $ 3.185.000.000 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0

TOTAL INVERSIÓN $ 19.333.056.979 $ 204.741.836 $ 138.372.986 $ 54.387 $ 30.665.828 $ 1.940.856 $ 3.438.802301 BIENESTAR $ 2.518.000.000 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0

TOTAL PLAN OPERATIVO ANUAL $ 21.851.056.979 $ 204.741.836 $ 138.372.986 $ 54.387 $ 30.665.828 $ 1.940.856 $ 3.438.802

TOTAL RECURSOS ASIGNADOS

FUENTES DE FINANCIACIÓN

RUBROS PRESUPUESTALES

PLAN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL: “Acreditación Institucional Sostenible

con Calidad, Pertinencia y Compromiso"

EST. PITALITO CONVENIOS EXCEDENTES USCO R. PROPIOS

SUBSISTEMA DE FORMACION $ 1.378.377.351 $ 0 $ 0 $ 0 $ 1.796.640

SF-PY1. Identidad con la TeleologíaInstitucional.

$ 105.000.000

SF-PY2. Creación de nueva OfertaAcadémica en las Sedes. $ 33.576.315

SF-PY3. Desarrollo ProfesoralPermanente en lo Pedagógico,Disciplinar y Profesional.

$ 837.000.000

SF-PY4. Autoevalución y Acreditaciónde Programas Académicos de Pregrado y Postgrado.

$ 223.801.036 1.796.640

SF-PY5. Acreditación de Alta Calidadde la Universidad.

$ 101.000.000

SF-PY6. Relevo Generacional conExcelencia Académica.

$ 0

SF-PY7. Fortalecimiento de losVínculos Universidad - Egresados.

$ 78.000.000

SUBSISTEMA DE INVESTIGACION. $ 4.273.737.624 $ 0 $ 1.300.000.000 $ 1.054.833.768 $ 0

SI-PY1. Fortalecimiento de lascapacidades de investigación,desarrollo e innovación.

$ 800.000.000

SI-PY2. Calidad Académica yformación en Investigación.

$ 416.000.000 400.000.000

SI-PY3. Calidad Académica y formación a través de la Investigación

$ 250.000.000 250.000.000

SI-PY4. Calidad Académica y ejecución de Investigación. $ 678.627.198 147.930.463

SI-PY5. Calidad Académica y gestiónde Investigación.

$ 1.370.000.000 1.300.000.000 70.000.000

SI-PY6. Articulación del SistemaIntegrado de Información (TICS). $ 60.000.000 60.000.000

SI-PY7. Evaluación, dotación yconsolidación de los Centros deDocumentación, archivística y basesde datos.

$ 404.741.836

SI-PY8. Creación y Fortalecimiento deCentros, Institutos de investigación,desarrollo y vigilancia Tecnológica eInnovación.

$ 93.000.000 68.735.209

SI-PY9. Articulación y fortalecimientode las publicaciones Científicas yAcadémicas.

$ 201.368.590 58.168.096

TOTAL RECURSOS ASIGNADOS

FUENTES DE FINANCIACIÓNPLAN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL: “Acreditación Institucional Sostenible

con Calidad, Pertinencia y Compromiso"

EST. PITALITO CONVENIOS EXCEDENTES USCO R. PROPIOS

SUBSISTEMA DE PROYECCION SOCIAL. $ 1.520.328.066 $ 0 $ 200.000.000 $ 0 $ 0

SP-PY1. InternacionalizaciónAcadémica Curricular y Administrativa. $ 105.000.000

SP-PY2. Regionalización de la USCO $ 20.000.000

SP-PY3. Reformulación yfortalecimiento de las modalidades yformas de Proyección Social.

$ 823.728.220 200.000.000

SP-PY4. Estructuración y desarrolloUnidades de Atención Especializada yde Emprendimiento e InnovaciónInstitucional.

$ 63.000.000

SP-PY5. Consolidación de la AlianzaEstratégica Estado-Universidad-Empresa-Ciudadanía.

$ 20.000.000

SP-PY6. Estructuración y Desarrollo dela Agenda Social Regional. $ 80.000.000

SP-PY7. Articulación de la EducaciónSuperior con la Educación formal, eltrabajo y el desarrollo humano.

$ 12.000.000

SP-PY8. Fortalecimiento del sistemade comunicación e informacióninstitucional.

$ 396.599.846

SUBSISTEMA DE BIENESTARUNIVERSITARIO. $ 2.518.000.000 $ 0 $ 0 $ 50.000.000 $ 0

SB-PY1. Universidad Saludable. $ 361.000.000

SB-PY2. Recreación y Deportes conresponsabilidad y compromiso. $ 323.000.000

SB-PY3. Cultura con responsabilidad ycompromiso. $ 323.000.000

SB-PY4. Desarrollo Humano conresponsabilidad y compromiso. $ 69.000.000

SB-PY5. Desarrollo Socio-Económicocon responsabilidad y compromiso. $ 1.392.000.000

SB-PY6. Promoción de la Permanenciay Graduación estudiantil en la Usco. $ 50.000.000 50.000.000

TOTAL RECURSOS ASIGNADOS

FUENTES DE FINANCIACIÓNPLAN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL: “Acreditación Institucional Sostenible

con Calidad, Pertinencia y Compromiso"

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5Edición 49.813Sábado, 12 de marzo de 2016 DIARIO OFICIAL

EST. PITALITO CONVENIOS EXCEDENTES USCO R. PROPIOS

SUBSISTEMA ADMINISTRATIVO. $ 12.160.613.938 $ 345.941.457 $ 0 $ 0 $ 485.000.000

SA-PY1. Revisión, reforma y actualización de la Plataforma Jurídico - Normativa institucional.

$ 0

SA-PY2.a Construcción y mantenimiento de las Sedes.

$ 4.044.201.186 250.509.069 0

SA-PY2.b Desarrollo, dotación y Mantenimiento de las Sedes. $ 4.264.244.656 95.432.388 0

SA-PY2.c Desarrollo Proyectos Institucionales. $ 3.185.000.000 485.000.000

SA-PY3. Aseguramiento de los sistemas de Gestión de Calidad y Gestión Ambiental.

$ 207.000.000

SA-PY4. Creación del Grupo de Proyectos Institucionales Especiales (GPIE).

$ 80.000.000

SA-PY5. Reestructuración Organizacional académica y administrativa.

$ 110.000.000

SA-PY6. Desconcentración y delegación de los procesos administrativos y académicos.

$ 0

SA-PY7. Formación y Capacitación al Personal Administrativo y Operativo.

$ 270.168.096

SA-PY8 Adquisición de Inmuebles $ 0

TOTAL EN PLAN DE DESARROLLO $ 21.851.056.979 $ 345.941.457 $ 1.500.000.000 $ 1.104.833.768 $ 486.796.640

TOTAL RECURSOS EST.PITALITO CONVENIOS EXCEDENTES FONDOS ESPEC.USCO Y SALDOS

111 CONSTRUCCIONES $ 4.044.201.186 $ 250.509.069 $ 0 $ 0 $ 0211 ADQUISICIÓN EQUIPOS $ 4.264.244.656 $ 95.432.388 $ 0 $ 0 $ 0310 CAPACITACIÓN $ 1.107.168.096 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0410 INVESTIGACIONES $ 4.273.737.624 $ 0 $ 1.300.000.000 $ 1.054.833.768 $ 0510 PLANEACIÓN $ 938.377.351 $ 0 $ 0 $ 0 $ 1.796.640520 EXTENSIÓN $ 1.520.328.066 $ 0 $ 200.000.000 $ 0 $ 0520-2 PROYECTOS INSTITUCIONALES – SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS- $ 3.185.000.000 $ 0 $ 0 $ 0 $ 485.000.000

TOTAL INVERSIÓN $ 19.333.056.979 $ 345.941.457 $ 1.500.000.000 $ 1.054.833.768 $ 486.796.640301 BIENESTAR $ 2.518.000.000 $ 0 $ 0 $ 50.000.000 $ 0

TOTAL PLAN OPERATIVO ANUAL $ 21.851.056.979 $ 345.941.457 $ 1.500.000.000 $ 1.104.833.768 $ 486.796.640

TOTAL RECURSOS ASIGNADOS

FUENTES DE FINANCIACIÓN

RUBROS PRESUPUESTALES

PLAN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL: “Acreditación Institucional Sostenible

con Calidad, Pertinencia y Compromiso"

IVA BIENESTARSISTEMA

GENERAL DE REGALÍAS

EXCEDENTES FACULTADES

SUBSISTEMA DE FORMACION $ 1.378.377.351 $ 30.431.446 $ 0 $ 0 $ 132.576.315

SF-PY1. Identidad con la TeleologíaInstitucional.

$ 105.000.000 5.000.000

SF-PY2. Creación de nueva OfertaAcadémica en las Sedes. $ 33.576.315 12.576.315

SF-PY3. Desarrollo ProfesoralPermanente en lo Pedagógico,Disciplinar y Profesional.

$ 837.000.000 42.000.000

SF-PY4. Autoevalución y Acreditaciónde Programas Académicos de Pregrado y Postgrado.

$ 223.801.036 48.000.000

SF-PY5. Acreditación de Alta Calidadde la Universidad.

$ 101.000.000 30.431.446 4.000.000

SF-PY6. Relevo Generacional conExcelencia Académica.

$ 0

SF-PY7. Fortalecimiento de losVínculos Universidad - Egresados.

$ 78.000.000 21.000.000

SUBSISTEMA DE INVESTIGACION. $ 4.273.737.624 $ 387.696.735 $ 0 $ 0 $ 89.000.000

SI-PY1. Fortalecimiento de lascapacidades de investigación,desarrollo e innovación.

$ 800.000.000

SI-PY2. Calidad Académica yformación en Investigación.

$ 416.000.000 16.000.000

SI-PY3. Calidad Académica y formación a través de la Investigación

$ 250.000.000

SI-PY4. Calidad Académica y ejecución de Investigación. $ 678.627.198 387.696.735 43.000.000

SI-PY5. Calidad Académica y gestiónde Investigación.

$ 1.370.000.000

SI-PY6. Articulación del SistemaIntegrado de Información (TICS). $ 60.000.000

SI-PY7. Evaluación, dotación yconsolidación de los Centros deDocumentación, archivística y basesde datos.

$ 404.741.836

SI-PY8. Creación y Fortalecimiento deCentros, Institutos de investigación,desarrollo y vigilancia Tecnológica eInnovación.

$ 93.000.000 3.000.000

SI-PY9. Articulación y fortalecimientode las publicaciones Científicas yAcadémicas.

$ 201.368.590 27.000.000

TOTAL RECURSOS ASIGNADOS

FUENTES DE FINANCIACIÓNPLAN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL: “Acreditación Institucional Sostenible

con Calidad, Pertinencia y Compromiso"

IVA BIENESTARSISTEMA

GENERAL DE REGALÍAS

EXCEDENTES FACULTADES

SUBSISTEMA DE PROYECCION SOCIAL. $ 1.520.328.066 $ 333.901.442 $ 0 $ 0 $ 416.426.624

SP-PY1. InternacionalizaciónAcadémica Curricular y Administrativa. $ 105.000.000 55.000.000

SP-PY2. Regionalización de la USCO $ 20.000.000 20.000.000

SP-PY3. Reformulación yfortalecimiento de las modalidades yformas de Proyección Social.

$ 823.728.220 326.826.778

SP-PY4. Estructuración y desarrolloUnidades de Atención Especializada yde Emprendimiento e InnovaciónInstitucional.

$ 63.000.000 3.000.000

SP-PY5. Consolidación de la AlianzaEstratégica Estado-Universidad-Empresa-Ciudadanía.

$ 20.000.000

SP-PY6. Estructuración y Desarrollo dela Agenda Social Regional. $ 80.000.000 48.901.442

SP-PY7. Articulación de la EducaciónSuperior con la Educación formal, eltrabajo y el desarrollo humano.

$ 12.000.000

SP-PY8. Fortalecimiento del sistemade comunicación e informacióninstitucional.

$ 396.599.846 265.000.000 31.599.846

SUBSISTEMA DE BIENESTARUNIVERSITARIO. $ 2.518.000.000 $ 0 $ 1.262.551.657 $ 0 $ 36.000.000

SB-PY1. Universidad Saludable. $ 361.000.000 335.000.000 26.000.000

SB-PY2. Recreación y Deportes conresponsabilidad y compromiso. $ 323.000.000 322.000.000 1.000.000

SB-PY3. Cultura con responsabilidad ycompromiso. $ 323.000.000 316.000.000 7.000.000

SB-PY4. Desarrollo Humano conresponsabilidad y compromiso. $ 69.000.000 67.000.000 2.000.000

SB-PY5. Desarrollo Socio-Económicocon responsabilidad y compromiso. $ 1.392.000.000 222.551.657

SB-PY6. Promoción de la Permanenciay Graduación estudiantil en la Usco. $ 50.000.000

TOTAL RECURSOS ASIGNADOS

FUENTES DE FINANCIACIÓNPLAN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL: “Acreditación Institucional Sostenible

con Calidad, Pertinencia y Compromiso"

IVA BIENESTARSISTEMA

GENERAL DE REGALÍAS

EXCEDENTES FACULTADES

SUBSISTEMA ADMINISTRATIVO. $ 12.160.613.938 $ 390.000.000 $ 0 $ 2.700.000.000 $ 556.662.243

SA-PY1. Revisión, reforma y actualización de la Plataforma Jurídico - Normativa institucional.

$ 0

SA-PY2.a Construcción y mantenimiento de las Sedes.

$ 4.044.201.186 339.585.184

SA-PY2.b Desarrollo, dotación y Mantenimiento de las Sedes. $ 4.264.244.656 380.000.000 190.077.059

SA-PY2.c Desarrollo Proyectos Institucionales. $ 3.185.000.000 2.700.000.000

SA-PY3. Aseguramiento de los sistemas de Gestión de Calidad y Gestión Ambiental.

$ 207.000.000 10.000.000

SA-PY4. Creación del Grupo de Proyectos Institucionales Especiales (GPIE).

$ 80.000.000

SA-PY5. Reestructuración Organizacional académica y administrativa.

$ 110.000.000

SA-PY6. Desconcentración y delegación de los procesos administrativos y académicos.

$ 0

SA-PY7. Formación y Capacitación al Personal Administrativo y Operativo.

$ 270.168.096 27.000.000

SA-PY8 Adquisición de Inmuebles $ 0

TOTAL EN PLAN DE DESARROLLO $ 21.851.056.979 $ 1.142.029.623 $ 1.262.551.657 $ 2.700.000.000 $ 1.230.665.182

TOTAL RECURSOS IVA BIENESTAR EXCEDENTES FACULTADES

111 CONSTRUCCIONES $ 4.044.201.186 $ 0 $ 0 $ 0 $ 339.585.184211 ADQUISICIÓN EQUIPOS $ 4.264.244.656 $ 380.000.000 $ 0 $ 0 $ 190.077.059310 CAPACITACIÓN $ 1.107.168.096 $ 0 $ 0 $ 0 $ 69.000.000410 INVESTIGACIONES $ 4.273.737.624 $ 387.696.735 $ 0 $ 0 $ 89.000.000510 PLANEACIÓN $ 938.377.351 $ 40.431.446 $ 0 $ 0 $ 90.576.315520 EXTENSIÓN $ 1.520.328.066 $ 333.901.442 $ 0 $ 0 $ 416.426.624520-2 PROYECTOS INSTITUCIONALES – SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS- $ 3.185.000.000 $ 0 $ 0 $ 2.700.000.000 $ 0

TOTAL INVERSIÓN $ 19.333.056.979 $ 1.142.029.623 $ 0 $ 2.700.000.000 $ 1.194.665.182301 BIENESTAR $ 2.518.000.000 $ 0 $ 1.262.551.657 $ 0 $ 36.000.000

TOTAL PLAN OPERATIVO ANUAL $ 21.851.056.979 $ 1.142.029.623 $ 1.262.551.657 $ 2.700.000.000 $ 1.230.665.182

TOTAL RECURSOS ASIGNADOS

FUENTES DE FINANCIACIÓN

RUBROS PRESUPUESTALES

PLAN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL: “Acreditación Institucional Sostenible

con Calidad, Pertinencia y Compromiso"

Artículo 4º. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.Comuníquese y cúmplase.Dado en Neiva, a 4 de marzo de 2016.El Presidente,

José Domingo Alarcón.El Secretario General,

Edwin Alirio Trujillo Cerquera.(C. F.).

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6 DIARIO OFICIALEdición 49.813

Sábado, 12 de marzo de 2016

ACUERDO NÚMERO 009 DE 2016(marzo 4)

por el cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y el Presupuesto de Gastos o de Apropiaciones y se efectúa un traslado en el Presupuesto de Gastos de

Inversión de la Universidad Surcolombiana para la vigencia fiscal de 2016.El Consejo Superior de la Universidad Surcolombiana, en uso de sus atribuciones legales

y estatutarias, especialmente las conferidas por el artículo 24 del Acuerdo número 075 de 1994 –Estatuto General de la Universidad Surcolombiana–, y

CONSIDERANDO:Que según lo establecido en el numeral 12, artículo 24 del Acuerdo número 075 de 1994

–Estatuto General, y el artículo 20 del Acuerdo número 036 de 2011 Estatuto Presupuestal de la Universidad Surcolombiana, es función del Consejo Superior Universitario autorizar adiciones, reducciones y traslados que en el curso de la vigencia fiscal se requieran, de acuerdo con las normas orgánicas de presupuesto;

Que mediante Acuerdo número 057 del 3 de diciembre de 2015, el Consejo Superior universitario aprobó el Presupuesto General de la Universidad Surcolombiana para la vi-gencia 2016, por la suma de $92.453.813.285;

Que el Acto Legislativo número 05 de 2011 creó el Sistema General de Regalías y modificó los artículos 360 y 361 de la Constitución Política, sistema cuya organización y funcionamiento fue regulado por la Ley 1530 de 2012;

Que mediante Decreto número 4923 del 26 de diciembre de 2011 se garantiza la ope-ración del Sistema General de Regalías;

Que en ejercicio de las facultades otorgadas por los artículos 6° y 33 de la Ley 1530 de 2012 y el Acuerdo número 24 del 24 de diciembre de 2015, el Órgano Colegiado de Administración y Decisión (OCAD) del departamento del Huila, aprobó el proyecto: “Implementación de plataforma LCMS en la Universidad Surcolombiana para aumentar la tasa de cobertura bruta en la educación superior en todo el departamento del Huila” por un monto de $2.700.000.000, financiado con asignaciones directas del Sistema General de Regalías (SGR): Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación (SMSCE);

Que de acuerdo a lo descrito anteriormente, se hace necesario adicionar al presupues-to de Rentas y Recursos de Capital y el Presupuesto de Gastos o de Apropiaciones de la Universidad Surcolombiana para la vigencia fiscal 2016, la suma de dos mil setecientos millones ($2.700.000.000) moneda legal, asignados por el Sistema General de Regalías al proyecto: “Implementación de plataforma LCMS en la Universidad Surcolombiana para aumentar la tasa de cobertura bruta en la educación superior en todo el departamento del Huila”, recursos que se encuentran en la Tesorería de la Universidad según certificado expedido por la tesorera;

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 39 del Decreto número 1949 de 2012, sobre responsabilidades, “los Órganos del Sistema, las Entidades a las que se transfieren recursos de funcionamiento del sistema y las designadas como ejecutoras de proyectos, serán responsables por la incorporación en un capítulo independiente de los recursos del Sistema General de Regalías (SGR) en sus presupuestos y la ejecución de los mismos en los términos del artículo 93 de la Ley 1530 de 2012, y serán responsables por los mismos frente al contratista y a terceros, con las asignaciones a su cargo”, por lo cual se crea en el presupuesto de Inversión de la Universidad Surcolombiana el rubro 520-2 Proyectos Institucionales – Sistema General de Regalías (SMSCE);

Que el Comité Financiero en reunión del 23 de febrero de 2016, aprobó la realización de un traslado en el Presupuesto de Gastos o de Apropiaciones – Inversión, por la suma de $485.000.000, del rubro 111 Construcción, adecuación y mantenimiento sedes USCO al rubro 520-2 Proyectos Institucionales;

Que el Consejo Superior Universitario mediante Acuerdo número 008 del 4 de marzo de 2016, autorizó adicionar en la suma de dos mil setecientos millones ($2.700.000.000) moneda legal, y efectuar un traslado en el Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI) de la vigencia de 2016;

Que es necesario adicionar los recursos citados al interior del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Presupuesto de Gastos o de Apropiaciones de la Universidad Surcolombiana y efectuar un traslado en el Presupuesto de Gastos de Inversión para la vigencia fiscal 2016;

Que la Profesional de Gestión Institucional Área Financiera certifica la disponibilidad de los recursos, y están libres de afectación para ser trasladados;

En mérito de lo expuesto,ACUERDA:

Artículo 1º. Adiciónese al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la Universidad Surcolombiana para la vigencia fiscal de 2016, en la suma de dos mil setecientos millones ($2.700.000.000) moneda legal, así:

Artículo 2°. Adiciónese al Presupuesto de Gastos o de Apropiaciones de la Univer-sidad Surcolombiana de la vigencia fiscal 2016 la suma dos mil setecientos millones ($2.700.000.000) moneda legal, así:

Artículo 3°. Efectúense traslados en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la vigencia fiscal 2016, así:

A. FUNCIONAMIENTO 65,000,461,635 0 0 65,000,461,635

1 GASTOS DE PERSONAL 56,185,399,365 0 0 56,185,399,3652 GASTOS GENERALES 6,887,750,575 0 0 6,887,750,5753 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 2,103,807,027 0 0 2,103,807,027

C. PRESUPUESTO DE INVERSION 21,851,056,979 485,000,000 (485,000,000) 21,851,056,979

111 705 1CONSTRUCCIÓN, ADECUACIÓN,MANTENIMIENTO SEDES USCO 4,529,201,186 0 (485,000,000) 4,044,201,186

211 705 1ADQUISICIÓN MATERIALES Y EQUIPOSEDUCATIVOS 4,264,244,656 0 0 4,264,244,656

310 705 1CAPACITACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE YADMINISTRATIVO 1,107,168,096 0 0 1,107,168,096

310 705 2FORTALECIMIENTO AL BIENESTARUNIVERSITARIO 2,518,000,000 0 0 2,518,000,000

410 705 1 ASISTENCIA PROG. INVESTIGACIÓN USCO 4,273,737,624 0 0 4,273,737,624

510 705 1ASISTENCIA PLANEACIÓN ACADÉMICA YADTIVA 938,377,351 0 0 938,377,351

520 705 1MEJORAMIENTO DESARROLLO PROG DEEXTENSIÓN 1,520,328,066 0 0 1,520,328,066

520 705 2 PROYECTOS INSTITUCIONALES 2,700,000,000 485,000,000 0 3,185,000,000D. GASTOS DE PRODUCCIÓN YCOMERCIALIZACIÓN 219,000,000 0 0 219,000,000E. FONDOS ESPECIALES 11,266,800,358 0 0 11,266,800,358TOTAL 98,337,318,972 485,000,000 (485,000,000) 98,337,318,972

RUBRO DESCRIPCION CONTRACREDITO APROPIACIÓN DEFINITIVA

APROPIACIÓN DEFINITIVA

CRÉDITO

Artículo 4º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.Publíquese y cúmplase.Dado en Neiva, a 4 de marzo de 2016.El Presidente,

José Domingo Alarcón.El Secretario,

Edwin Alirio Trujillo Cerquera.(C. F.).

EstablEcimiEntos Públicos

Hospital Militar Central

AvisosEl Director General del Hospital Militar Central,

HACE CONSTAR:Que el día 02 de diciembre de 2015, falleció el señor Jorge Enrique Solano Corzo

(q. e. p. d.), quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía número 95483 de Bogotá, y gozaba de la pensión de jubilación reconocida por esta Entidad.

Que la señora Gloria Sánchez de Solano, identificada con cédula de ciudadanía número 20243683 de Facatativá, en calidad de esposa del difunto, solicita el reconocimiento y pago de la sustitución pensional, como única beneficiaria.

Que dentro del término de un (1) mes, deben presentarse a reclamar las personas que se consideren con igual o mejor derecho que el solicitante.

El Director General del Hospital Militar Central,Mayor General (RA) Luis Eduardo Pérez Arango.

(C. F.).

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7Edición 49.813Sábado, 12 de marzo de 2016 DIARIO OFICIAL

El Director General del Hospital Militar Central,

HACE CONSTAR:

Que el día 11 de diciembre de 2015, falleció la señora Flor Ángela Mosquera Serrano (q. e. p. d.), quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía número 20010262 de Bogotá, y gozaba de la pensión de jubilación reconocida por esta Entidad.

Que el señor Hugo Alfredo Muñoz Ríos, identificado con cédula de ciudadanía número 132210 de Bogotá, en calidad de esposo de la difunta, solicita el reconocimiento y pago de la sustitución pensional, como único beneficiario.

Que dentro del término de un (1) mes, deben presentarse a reclamar las personas que se consideren con igual o mejor derecho que el solicitante.

El Director General del Hospital Militar Central,

Mayor General (RA) Luis Eduardo Pérez Arango.

(C. F.).

corPoracionEs aUtónomas rEgionalEs

Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca

Resoluciones

RESOLUCIÓN NÚMERO 2614 DE 2015

(noviembre 24)

por la cual se declaran concertados los asuntos ambientales concernientes al Proyecto de Revisión General del Esquema de Ordenamiento Territorial del municipio de Bojacá

(Cundinamarca).

El Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confieren el artículo 29 (numeral 1) de la Ley 99 de 1993; el artículo 1º (parágrafo 6º) de la Ley 507 de 1999 y el artículo 42 (numeral 1) de la Resolución número 703 de 2003, expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, por la cual se aprueban los Estatutos de la Corporación,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 28 de la Ley 388 de 1997, en concordancia con el parágrafo 6º del artículo 1º de la Ley 507 de 1999, asigna a la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) la competencia para concertar los asuntos ambientales de las propuestas de revisión de los planes de ordenamiento territorial de los entes de su jurisdicción;

Que el artículo 28 (numeral 4) de la Ley 388 de 1997 y el artículo 1º del Decreto nú-mero 2079 de 2003 establecen que las revisiones de los planes de ordenamiento territorial se someterán a los mismos trámites de concertación, consulta y aprobación previstos en los artículos 24 y 25 de la Ley 388 de 1997;

Que el Decreto número 1077 de 2015, que compiló en su artículo 2.2.2.1.2.6.1, el artículo 5° del Decreto número 4002 de 2004, establece el período para la presentación de la revisión y ajuste al Plan de Ordenamiento Territorial y los fundamentos para hacerlo y el artículo 9° del citado decreto dispone los documentos que se deben presentar y/o radicar ante la autoridad ambiental competente para dar inicio a la concertación de los asuntos ambientales;

Que mediante el Acuerdo número 031 de 2000, el Concejo Municipal de Bojacá adoptó el Esquema de Ordenamiento Territorial del municipio, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 388 de 1997, y, mediante Acuerdo número 005 del 2009, el municipio adopta la revisión a ajuste al EOT dando cumplimiento a lo establecido al Decreto número 4002 del 2004;

Que el Municipio de Bojacá, con Radicado CAR número 20151125902 del 21 de agosto del 2015, presentó a consideración de la corporación el proyecto de revisión general del Esquema de Ordenamiento Territorial con los siguientes documentos:

Memoria justificativa

Proyecto de acuerdo

Documento de seguimiento y evaluación

Documento técnico de soporte

Programa de ejecución

Cartografía: Con la estructura general del territorio, Con detalles del suelo urbano, Con detalles del suelo rural;

Que la Corporación autónoma de Cundinamarca, mediante oficio con Radicado CAR número 20152128392 del 2 de septiembre de 2015, solicita al municipio de Bojacá se ajuste y complemente la documentación de acuerdo con lo establecido en la Ley 388 de 1997, el Decreto número 879 de 1998, el Decreto número 4002 de 2004 y Decreto número 1807 del 2014 y sus decretos reglamentarios;

Que el Municipio de Bojacá, mediante Radicado CAR número CAR 20151130871 del 30/09/2015, complementó la información solicitada por la Corporación;

Que se solicita la emisión de concepto técnico al área de Gestión del Riesgo de la DGOAT del documento “Estudios de Amenaza, Vulnerabilidad y Riesgo por Movimientos

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8 DIARIO OFICIALEdición 49.813

Sábado, 12 de marzo de 2016

en Masa, Inundación, Avenida Torrencial e Incendios Forestales en el municipio de Bojacá”, mediante Memorando número 20153134505 del 02/10/2015;

Que mediante Radicado CAR número 20152136097 del 4 de noviembre de 2015, la Corporación remitió al municipio de Bojacá, copia del Informe Técnico DGOAT número 435 del 23 de octubre 2015 “Concepto de riesgo para revisión EOT municipio de Bojacá”, para tener en cuenta en el proceso de concertación CAR-Administración Municipal;

Que la Corporación realiza el 12 de noviembre de 2015 la visita de campo al municipio de Bojacá, para determinar en terreno la viabilidad de la propuesta presentada;

Que la Corporación autónoma de Cundinamarca, mediante el Radicado CAR número 20152136284 del 6 de noviembre de 2014, remitió al municipio de Bojacá las considera-ciones ambientales, realizadas al proyecto de EOT presentado por el municipio;

Que los días 10, 12, 17 de noviembre de 2015, se realizan las sesiones de concertación de los asuntos ambientales entre el municipio y la Corporación, del proceso en las cuales se dio claridad en cada uno de los asuntos y consideraciones ambientales al proyecto de revisión general del EOT;

Que el 17 de noviembre, se realizó reunión con el municipio de Bojacá, para revisar y verificar la información y los ajustes realizados, a fin de que el Municipio realice la presen-tación de los documentos y sean radicados a la CAR, para dar fin al proceso de concertación de los asuntos ambientales;

Que el 18 de noviembre de 2016, mediante Radicado CAR número 20151136325, da respuesta el municipio de Bojacá al Informe Técnico número 435 del 23 de octubre de 2015, para la incorporación de la gestión del riesgo en la revisión del EOT;

Que finalmente, el municipio radicó, bajo el número 20151136982 de noviembre 24 de 2015, los documentos con los ajustes respectivos solicitados;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°. Declarar concertados los asuntos ambientales del Proyecto de Revisión Ge-neral del Esquema de Ordenamiento Territorial del municipio de Bojacá (Cundinamarca), de conformidad con lo establecido en los considerandos de la presente resolución y el contenido del Acta de Concertación suscrita por las partes de fecha 10, 12, 17 de noviembre de 2015.

Parágrafo. Para todos los efectos se tendrá como Acta de Concertación la denominada: “Acta de concertación revisión general esquema de ordenamiento territorial municipio de Bojacá” firmada finalmente el 17 de noviembre de 2015, la cual hace parte integral de la presente resolución, así como los documentos entregados a la Corporación el día 24 de noviembre 2015 a la CAR, los documentos del proyecto de acuerdo revisado, cartografía y demás anexos y soportes entregados por el municipio durante el proceso.

Artículo 2°. El municipio de Bojacá (Cundinamarca) tendrá en cuenta para el desarrollo de sus suelos urbanos, de expansión urbana y rural, los asuntos ambientales establecidos en el Acta de Concertación junto con todas las recomendaciones y consideraciones acogidas y suscritas en el marco de la Revisión General del Esquema de Ordenamiento Territorial.

Artículo 3°. El municipio de Bojacá (Cundinamarca) deberá dar cumplimiento a los asuntos ambientales establecidos en la denominada Acta de Concertación, suscrita con la autoridad ambiental, así como los expuestos en la presente resolución, los cuales serán objeto de seguimiento y control por parte de las autoridades correspondientes respecto de los asuntos objeto de concertación, entre otros; los relacionados con Estructura Ecológica Principal, suelos de protección, franjas de aislamiento y protección de las rondas de ríos y quebradas y demás cuerpos de agua, la gestión integral del riesgo e implementación de ac-ciones relacionadas con mitigación y adaptación al cambio climático; infraestructura, control y manejo para el saneamiento básico urbano y rural; el manejo integral de residuos sólidos y la garantía de las áreas destinadas a ampliación del Relleno Sanitario Nuevo Mondoñedo o de aquellas áreas necesarias para disposición de residuos sólidos domiciliarios, industriales o peligrosos, la protección de infraestructura de servicios públicos, la implementación del Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado, del Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos (PSMV), incorporar las zonas de protección definidas en el POMCA del río Bogotá y en la Resolución número 138 de 2014 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, así como los contenidos y zonificación que defina en jurisdicción del municipio el DMI Salto del Tequendama-Manjuí, la generación de espacio público efectivo y la provisión de agua para la zona urbana y rural, los desarrollos en suelos de expansión urbana, centros poblados, propender por el respeto a la estructura ecológica, respetar para actividades agropecuarias los suelos de alta capacidad agrológica (suelos de capacidad agrológica I, II y III), acoger las rondas de protección del sistema hídrico municipal, garantizar la disposición de escom-bros y demás elementos ambientales que permitan el desarrollo armónico y autosostenible de las zonas de vivienda campestre en particular la obligatoriedad de construcción de las redes de suministro y autoabastecimiento de agua potable y la construcción de sus propios sistemas de tratamiento de aguas residuales, definir una densidad de 3 viviendas agrupadas y 2 dispersas por hectárea neta urbanizable, se define una unidad mínima de actuación en suelo rural suburbano de 2 hectáreas para vivienda campestre y suburbana de 8 viviendas agrupadas y 4 dispersas y un umbral máximo de suburbanización del 10%. De igual forma, se condicionan los desarrollos urbanos en suelos rurales a los estudios puntuales de capacidad agrológica, en aquellas zonas en donde la capacidad agrológica sea I, II o III, los cuales al ser ratificada por el IGAC, en cualquiera de las tipologías de protección mencionadas, no podrán ser objeto de urbanismo o construcción. Se garantiza la explotación minera de las áreas que cuenten con título debidamente otorgado. No obstante, las futuras zonas deberán acoger lo dispuesto en las normas que se promulguen por parte del Ministerio en relación con zonas de compatibilidad minera y no podrán estas zonas estar superpuestas con zonas de protección y preservación ambiental o de recarga hídrica y deben contar con el respectivo

licenciamiento por parte de la autoridad ambiental. El municipio deberá llevar a cabo la implementación de los acuerdos expuestos en el acta de concertación; además, se compro-mete a implementar acciones tendientes al uso eficiente y ahorro del agua, a la protección de las fuentes hídricas y zonas de recarga de acuíferos, entre otros.

Artículo 4°. Las modificaciones posteriores que se introduzcan al proyecto de Revisión General del Esquema de Ordenamiento Territorial de Bojacá (Cundinamarca), así como la cartografía y el proyecto de acuerdo del EOT referentes a los temas ambientales concerta-dos en el Acta de Concertación, deberán ser puestas a consideración de la CAR antes de la sanción del respectivo acuerdo, o la expedición del decreto correspondiente.

Artículo 5°. El Municipio de Bojacá (Cundinamarca) deberá garantizar que, con ante-rioridad al desarrollo urbanístico y la construcción de edificaciones en los suelos urbanos, de expansión, que deban implementar sus planes parciales, deberá formular y adoptar, los respectivos planes parciales, según estén previstos en la concertación y acuerdo de adopción del EOT, previa concertación con la Corporación, conforme a la normativa vigente, para lo cual deberán contar con viabilidad y prestación efectiva de los servicios de acueducto y alcantarillado, así como hacer exigible el tratamiento y manejo de los residuos líquidos y sólidos en términos de cobertura, calidad y permanencia. De igual forma las áreas des-tinadas a parcelaciones para vivienda campestre, suelos suburbanos, deberán garantizar la auto prestación de los respectivos servicios públicos y para el caso de las aguas residuales domésticas o industriales, construir sus propias Plantas de Tratamiento, para lo cual realizarán los trámites respectivos ante la Corporación, para la obtención de los permisos.

Artículo 6°. La Administración Municipal deberá priorizar en la implementación del Programa de Ejecución del esquema de Ordenamiento Territorial, los programas y proyectos de cada uno de los asuntos concertados, entre otros; los relacionados con la disponibilidad y prestación de servicios públicos domiciliarios, las obras de saneamiento básico, la gestión integral del riesgo, de conformidad con los proyectos y demás acciones consideradas y avaladas por el Grupo de Gestión del Riesgo de la Corporación, contenidas en el Radicado CAR número 20151136325 de noviembre 18 de 2014, las acciones para atender amenazas naturales y aquellas relacionadas con mitigación y adaptación al cambio climático, además de hacer efectivas las áreas de espacio público efectivo y demás proyectos relacionados con los asuntos ambientales.

Artículo 7°. El municipio de Bojacá (Cundinamarca) deberá garantizar la inclusión de los indicadores de seguimiento y control al Esquema de Ordenamiento Territorial, y aque-llos que permitan determinar la evolución de los asuntos relacionados con el ordenamiento municipal, en especial sobre temas ambientales, saneamiento básico, espacio público, y recuperación y preservación de áreas estratégicas. Es responsabilidad del municipio incluir las apropiaciones presupuestales para atender los compromisos del EOT en el corto, mediano y largo plazo, para el seguimiento y control respectivo; en tal sentido, la administración municipal presentará a la CAR los avances sobre el cumplimiento de los compromisos objeto de concertación de los asuntos ambientales del proyecto de revisión y ajuste por norma urbanística del Esquema Ordenamiento Territorial.

Artículo 8°. El municipio de Bojacá (Cundinamarca) deberá ajustar su proyecto de acuerdo de la propuesta de Revisión y Ajuste General del Esquema de Ordenamiento Terri-torial (EOT), a la normativa que se encuentre vigente y al acta de concertación y no podrá modificar los temas concertados con la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), contenidos en el Acta de Concertación, los cuales deberán mantenerse en el acto administrativo de adopción, por parte del Concejo Municipal.

Artículo 9°. La presente resolución deroga las disposiciones que le sean contrarias y rige a partir de la fecha de publicación.

Artículo 10. Notificar el contenido de la presente resolución al representante legal del Municipio de Bojacá (Cundinamarca).

Artículo 11. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial y en el Boletín de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR).

Notifíquese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 24 de noviembre de 2015.

El Director General,

Alfred Ignacio Ballesteros Alarcón.

(C. F.).

RESOLUCIÓN NÚMERO 2655 DE 2015

(noviembre 30)

por la cual se declara concertado el ajuste de un asunto ambiental del proyecto de Plan Parcial San José-La Fragua del municipio de Mosquera (Cundinamarca).

El Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confieren el artículo 29 (numeral 1) de la Ley 99 de 1993; el artículo 1º (parágrafo 6º) de la Ley 507 de 1999 y el artículo 42 (numeral 1) de la Resolución número 703 de 2003, expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, por la cual se aprueban los Estatutos de la Corporación,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 27 de la Ley 388 de 1997, en concordancia con el parágrafo 6º del artículo 1º de la Ley 507 de 1999, asigna a la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), la competencia para concertar los asuntos ambientales de las propuestas de planes parciales de los municipios y el Distrito Capital sometidos a consideración en su jurisdicción;

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9Edición 49.813Sábado, 12 de marzo de 2016 DIARIO OFICIAL

Que el artículo 19 de la Ley 388 de 1997 establece que los planes parciales son los instrumentos mediante los cuales se desarrollan y complementan las disposiciones de los planes de ordenamiento, para áreas determinadas del suelo urbano y para las áreas incluidas en el suelo de expansión urbana, además de las que deban desarrollarse mediante unidades de actuación urbanística, macroproyectos u otras operaciones urbanas especiales, de acuer-do con las autorizaciones emanadas de las normas urbanísticas generales, en los términos previstos en la presente ley…”;

Que el artículo 27, numeral 2 de la Ley 388 de 1997 establece que una vez que la autori-dad de planeación considere viable el proyecto de plan parcial, lo someterá a consideración de la autoridad ambiental correspondiente;

Que el parágrafo del artículo 8° del Decreto número 1478 de 2013, compilado en el Decreto número 1077 de 2015, estableció la posibilidad de ajuste de los Planes Parciales en caso de requerirse, en los siguientes términos: “Artículo 8°. Modificación del artículo 16 del Decreto número 2181 de 2006. El artículo 16 del Decreto número 2181 de 2006, subrogado por el artículo 4° del Decreto número 4300 de 2007, quedará así:

“Artículo 16. … Parágrafo. El ajuste de planes parciales, en caso de requerirse, se efectuará teniendo en cuenta únicamente las instancias o autoridades a cuyo cargo se en-cuentren los asuntos objeto del ajuste necesario para el desarrollo del respectivo plan…”, disposición normativa que aplica en el Plan Parcial San José-La Fragua;

Que el Municipio de Mosquera, a través de la Secretaría de Planeación y Ordenamiento Territorial, expidió la Resolución número 006 del 26 de septiembre de 2014, “por medio de la cual se emite concepto técnico de viabilidad para la formulación del Plan Parcial San Jose-La Fragua (A) D-E.R3”;

Que la Corporación y el municipio de Mosquera suscribieron el Acta de Concertación del Plan Parcial de Expansión Urbana San José-La Fragua del municipio de Mosquera, con fecha del 27 de octubre de 2014;

Que la Corporación expidió la Resolución CAR número 2531 del 10 de noviembre de 2014, “por la cual se declaran concertados los asuntos ambientales del Proyecto de Plan Parcial San José-La Fragua del municipio de Mosquera (Cundinamarca)”;

Que mediante oficio radicado en la CAR con el número 20151128015 del 8 de septiembre 2015, el Alcalde Municipal de Mosquera solicitó la actualización de la concertación contenida en la Resolución número 2531 del 10 de noviembre de 2014, relacionada con el Plan Parcial San José-La Fragua, en tanto la misma no corresponde a las condiciones actuales de falta de precisión por parte del concesionario DEVISAB y de la Gobernación de Cundinamarca en cuanto a la ampliación de la Troncal Regional Chía-La Mesa-Girardot, respecto del área objeto del Plan Parcial, para lo cual la Corporación realizó algunas precisiones y formuló algunos requerimientos mediante la Comunicación CAR número 20152129817 del 17 de septiembre de 2015;

Que la Corporación, mediante oficio con Radicación CAR número 20152136092 del 4 de noviembre de 2015, realizó consideraciones a lo propuesto por el municipio de Mos-quera y retomó lo establecido en la Comunicación CAR número 20152129817 del 17 de septiembre de 2015, enviada por la Dirección Operativa y de Infraestructura de la CAR;

Que se realizó sesión de concertación sobre el asunto ambiental propuesto por el mu-nicipio para el Plan Parcial San José-La Fragua, el 24 de noviembre de 2015, en la sede central de la Corporación, a partir de la cual se suscribió el acta correspondiente;

Que la Corporación, mediante Radicado CAR número 20152140456 del 25 de noviembre de 2015, envió el borrador del acta de concertación ajuste a los asuntos del Plan Parcial San José-La Fragua;

Que se precisó en la concertación, que los demás asuntos ambientales consignados en el acta suscrita entre las partes el 27 de octubre de 2014, se mantienen en los términos allí previstos y el Municipio se compromete a tramitar oportunamente el permiso y/o autoriza-ción para el paso desde el último predio por debajo del canal San José y por debajo de la vía Troncal Regional, así como a coordinar, planificar y supervisar el cumplimiento cabal de la construcción de las obras de infraestructura de saneamiento relacionadas con el colector final que conducirá las aguas residuales domésticas, garantizando que no terminen en el Canal San José o en la Estación de Bombeo Mondoñedo del Distrito de Riego La Ramada;

Que el Municipio de Mosquera, mediante Radicaciones CAR números 20151137320 y 20151137321 del 26 de noviembre de 2015, remitió documentos en atención a los com-promisos de la sesión de concertación realizada con la Corporación, para el Plan Parcial San José-La Fragua;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°. Declarar concertado el ajuste de un asunto ambiental del Proyecto Plan Parcial San José-La Fragua del municipio de Mosquera (Cundinamarca), de conformidad con lo establecido en los considerandos de la presente resolución y el contenido del acta de concertación suscrita por las partes el 24 de noviembre de 2015.

Parágrafo. Para todos los efectos, el “Acta de Concertación ajuste Plan Parcial Expan-sión Urbana San José-La Fragua, Municipio de Mosquera”, suscrita el 24 de noviembre de 2015, hace parte integral de la presente resolución, así como los documentos remitidos a la CAR, los documentos entregados por el municipio durante el proceso.

Artículo 2°. El municipio de Mosquera (Cundinamarca) tendrá en cuenta para el desarrollo de los suelos objeto de Plan Parcial los asuntos ambientales establecidos en el Acta de Concertación, suscrita en el marco de la concertación del Plan Parcial San José-La Fragua, y en especial en aplicación del principio de precaución establecido en la Ley 99 de

1993, en especial a lo establecido en la disponibilidad técnica de la empresa Caudales de Colombia- Mosquera TEC-564-15 del 24 de noviembre de 2015.

Artículo 3°. El municipio de Mosquera (Cundinamarca) deberá dar cumplimiento a los asuntos ambientales establecidos en el Acta de Concertación, suscrita con la autoridad ambiental, así como los expuestos en la presente resolución, los cuales serán objeto de seguimiento y control por parte de la Dirección Regional Sabana Occidente de la CAR, respecto de los asuntos objeto de concertación, entre otros, los relacionados con suelos de protección, franjas de aislamiento y protección, la gestión integral del riesgo e implementa-ción de acciones relacionadas con mitigación y adaptación al cambio climático; ejecución de infraestructura y operación de sistemas para el saneamiento básico y en particular garantizar la prestación real del servicio de acueducto y alcantarillado, el manejo integral de residuos sólidos y la generación de espacio público efectivo.

Artículo 4°. Las modificaciones propuestas con posterioridad a la expedición de esta resolución a que haya lugar por fuerza mayor, sobre el Proyecto de Plan Parcial San José-La Fragua del municipio de Mosquera (Cundinamarca), relacionados con los asuntos ambientales consignados en el Acta de Concertación, deberán ser puestas a consideración de la CAR antes de la expedición del decreto correspondiente.

Artículo 5°. El municipio de Mosquera (Cundinamarca) deberá garantizar que con anterioridad al desarrollo urbanístico y la construcción de edificaciones se cuente con la disponibilidad y prestación efectiva de los servicios de acueducto y alcantarillado, así como hacer exigible al operador de servicios públicos tratamiento y manejo de las aguas residuales domésticas.

Artículo 6°. La Administración Municipal deberá priorizar en la implementación del Programa de Ejecución, los proyectos relacionados con la disponibilidad y prestación de servicios públicos domiciliarios, las obras de saneamiento básico, la gestión integral del riesgo, y aquellas relacionadas con mitigación y adaptación al cambio climático, además de hacer efectivas las áreas de espacio público y demás proyectos relacionados con los asuntos ambientales. Para fines de seguimiento de estas prioridades el municipio presentará a la Dirección Regional Sabana Occidente de la CAR avances trimestrales y semestrales, donde se relacionarán de manera específica las acciones de mantenimiento y monitoreo de las obras entregadas por los constructores y que operarán en el área del Plan Parcial.

Artículo 7°. El municipio de Mosquera (Cundinamarca) deberá garantizar la inclusión de los indicadores de seguimiento y control al Plan Parcial, y aquellos que permitan deter-minar la evolución de los asuntos relacionados con la concertación realizada, en especial sobre los asuntos ambientales relacionados con saneamiento básico, espacio público y suelos de protección.

Artículo 8º. Notificar el contenido de la presente resolución al representante legal del Municipio de Mosquera (Cundinamarca) o su delegado.

Artículo 9°. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial y en el Boletín de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR).

Artículo 10. Contra la presente resolución procede el recurso de reposición, de confor-midad con el Decreto número 1077 de 2015.

Notifíquese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 30 de noviembre de 2015.

El Director General,

Alfred Ignacio Ballesteros Alarcón.

(C. F.).

RESOLUCIÓN NÚMERO 2725 DE 2015

(diciembre 4)

por la cual se declaran concertados los asuntos ambientales en la modificación excep-cional por norma urbanística del Esquema de Ordenamiento Territorial del municipio de

Machetá (Cundinamarca).

El Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confieren el artículo 29 (numeral 1) de la Ley 99 de 1993; el Acuerdo número 012 del 19 de mayo de 2015 del Consejo Directivo, el artículo 1º (parágrafo 6º) de la Ley 507 de 1999; y el artículo 42 (numeral 1) de la Resolución número 703 de 2003, expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, por la cual se aprueban los Estatutos de la Corporación,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 6° del Decreto número 4002 de 2004 compilado en el Decreto número 1077 de 2015, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley 388 de 1997, adicionado por el artículo 1° de la Ley 902 de 2004, establece que la modificación excep-cional de alguna o algunas de las normas urbanísticas de carácter estructural o general del Plan de Ordenamiento Territorial, que tengan por objeto asegurar la consecución de los objetivos y estrategias territoriales de largo y mediano plazo definidas en los componentes General y Urbano del Plan de Ordenamiento Territorial, podrá emprenderse en cualquier momento, a iniciativa del Alcalde municipal o distrital, siempre y cuando se demuestren y soporten técnicamente los motivos que dan lugar a su modificación;

Que la modificación excepcional de estas normas se sujetará en todo a las previsiones vigentes en el Plan de Ordenamiento Territorial, de acuerdo con la jerarquía de prevalencia de los componentes, contenidos y demás normas urbanísticas que lo integran;

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10 DIARIO OFICIALEdición 49.813

Sábado, 12 de marzo de 2016

Que el artículo 7° del citado Decreto número 4002 de 2004 compilado en el Decreto número 1077 de 2015 señala el procedimiento para aprobar y adoptar las revisiones, por lo que todo proyecto de revisión y modificación del Plan de Ordenamiento Territorial o de alguno de sus contenidos se someterá a los mismos trámites de concertación, consulta y aprobación previstas en los artículos 24 y 25 de la Ley 388 de 1997;

Que el Municipio de Machetá, mediante el Radicado CAR número 2011117706 del 03/06/2015, presentó a consideración de la Corporación la solicitud de modificación Ex-cepcional de Norma Urbanística del Esquema de Ordenamiento Territorial junto con la documentación y cartografía correspondiente;

Que la Corporación, mediante el Radicado CAR número 20152122495 del 21/07/2015, le informó al municipio de Machetá sobre la necesidad de incorporar la gestión del riesgo en la propuesta presentada para la modificación excepcional de normas urbanística del Esquema de Ordenamiento Territorial;

Que el Municipio de Machetá, mediante el Radicado CAR número 20151126317 del 25/08/2015, presentó a la Corporación la documentación y cartografía de complementación relacionada con la incorporación de la gestión del riesgo dentro de la modificación excep-cional de normas urbanística del Esquema de Ordenamiento Territorial;

Que la Corporación, mediante el Radicado número 20152128760 del 07/09/2015, dio respuesta al municipio sobre su propuesta de modificación excepcional por norma urbanística señalado consideraciones a la propuesta presentada;

Que la Corporación, mediante el Radicado CAR número 20152132575 del 07/10/2015 del 21/07/2015, conceptualizó sobre los aspectos, en lo correspondiente al Manejo Integral de Residuos Sólidos (PGIRS) y escombros al municipio de Machetá en la propuesta presen-tada para la modificación excepcional de norma urbanística del Esquema de Ordenamiento Territorial;

Que el 19/10/2015 la DGOAT realizó una visita al municipio de Machetá con el pro-pósito de verificar en campo la propuesta presentada por el municipio al proceso de mo-dificación excepcional por norma urbanística al EOT y, como resultado de esta visita, se generó un informe técnico con registro fotográfico de lo observado en terreno con análisis y observaciones;

Que la Corporación, mediante el Radicado CAR número 2015336235 del 20/10/2015, le informa al grupo de Ordenamiento de la DGOAT sobre la verificación a la zonificación ambiental del plan de ordenación y manejo de la cuenca del río Machetá-Garagoa. El análisis de compatibilidad de los usos propuestos por el municipio para la modificación excepcional de norma urbanística del Esquema de Ordenamiento Territorial se realizó mediante los respectivos cruces cartográficos con el POMCA;

Que se realizó la sesión de concertación de los asuntos ambientales de la propuesta para la modificación excepcional por norma urbanística del Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT) del municipio de Machetá el 17 de noviembre de 2015, en las instalaciones de la sede central de la Corporación, a partir de las cuales se suscribió el acta correspondiente;

Que la Corporación, mediante Radicado CAR número 20152128760 del 07/09/, re-mitió documento con precisiones sobre las consideraciones de los asuntos ambientales de la propuesta para la modificación excepcional de norma urbanística del Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT);

Que la Corporación, en la reunión de concertación del 17 de noviembre en común acuerdo entre la Corporación y la administración municipal de Machetá, ajustó el acta de concertación de los asuntos ambientales para la modificación excepcional por norma urbanística del Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT) del municipio de Machetá;

Que el Acta de Concertación de los Asuntos Ambientales de la propuesta de modifica-ción excepcional por norma urbanística del Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT) del municipio de Macheta fue suscrita, tanto por ente territorial como por la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), el 17 de noviembre de 2015;

En mérito de lo expuesto, el Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR)

RESUELVE:

Artículo 1°. Declarar concertados los asuntos ambientales de la modificación excepcional por norma urbanística del Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT) del municipio de Machetá (Cundinamarca), de conformidad con lo establecido en los considerandos de la presente resolución y especialmente el contenido del acta de concertación suscrita por las partes el 17 de noviembre de 2015.

Parágrafo. Para todos los efectos, el Acta de Concertación de modificación excepcional por norma urbanística del Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT) del municipio de Machetá, suscrita el 17 de noviembre de 2015, hace parte integral de la presente resolución, así como los documentos remitidos a la CAR, y los documentos entregados por el municipio durante el proceso.

Artículo 2°. El municipio de Machetá (Cundinamarca) tendrá en cuenta para el uso de los suelos objeto de modificación excepcional por norma urbanística del Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT), los asuntos ambientales establecidos en el Acta de Con-certación, suscrita, y en especial en aplicación del principio de precaución establecido en la Ley 99 de 1993.

Artículo 3°. El municipio de Machetá (Cundinamarca) deberá dar cumplimiento a los asuntos ambientales establecidos en el Acta de Concertación, suscrita con la autoridad am-biental, así como los expuestos en la presente resolución, los cuales serán objeto de segui-miento y control por parte de la Dirección Regional de Almeidas y municipio de Guatavita

de la CAR, respecto de los asuntos objeto de concertación, entre otros, los relacionados con suelos de protección, franjas de aislamiento y protección, la gestión integral del riesgo e implementación de acciones relacionadas con mitigación y adaptación al cambio climá-tico; ejecución de infraestructura y operación de sistemas para el saneamiento básico y en particular garantizar la prestación real del servicio de acueducto y alcantarillado, el manejo integral de residuos sólidos y la generación de espacio público efectivo.

Artículo 4°. Las modificaciones propuestas con posterioridad a la expedición de esta resolución a que haya lugar por fuerza mayor, sobre el acto de modificación excepcional por norma urbanística del Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT) del municipio de Machetá (Cundinamarca), relacionados con los asuntos ambientales consignados en el Acta de Concertación, deberán ser puestas a consideración de la CAR antes de la expedición del acuerdo o decreto correspondiente.

Artículo 5°. La Administración Municipal deberá priorizar en la implementación del Programa de Ejecución los proyectos relacionados con la disponibilidad y prestación de servicios públicos domiciliarios, las obras de saneamiento básico, la gestión integral del riesgo, y aquellas relacionadas con mitigación y adaptación al cambio climático, además de hacer efectivas las áreas de espacio público y demás proyectos relacionados con los asuntos ambientales. Para fines de seguimiento de estas prioridades, el municipio presentará a la Dirección Regional de Almeidas y municipio de Guatavita de la CAR avances trimestrales y semestrales, donde se relacionarán de manera específica las acciones de mantenimiento y monitoreo de las obras que operarán en el área objeto de concertación.

Artículo 6°. El municipio de Machetá (Cundinamarca) deberá garantizar la inclusión de los indicadores de seguimiento y control, y aquellos que permitan determinar la evolución de los asuntos relacionados con la concertación realizada, en especial sobre los asuntos ambientales relacionados con saneamiento básico, espacio público y suelos de protección.

Artículo 7º. Notificar el contenido de la presente resolución al representante legal del Municipio de Machetá (Cundinamarca) o su delegado.

Artículo 8°. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial y en el Boletín de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR).

Artículo 9°. Contra la presente providencia únicamente procede el recurso de reposi-ción, el cual deberá interponerse por escrito ante el Director de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación del presente acto administrativo o a la desfijación del edicto, conforme a los artículos 76 y 77 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso-Administrativo.

Notifíquese, publíquese y cúmplase.

El Director General,

Alfred Ignacio Ballesteros Alarcón.

(C. F.).

RESOLUCIÓN NÚMERO 2827 DE 2015

(diciembre 11)

por la cual se declaran concertados los asuntos ambientales concernientes al Proyecto de Revisión y Ajuste General del Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT), del muni-

cipio de Nemocón (Cundinamarca).

El Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confieren el artículo 29 (numeral 1) de la Ley 99 de 1993; el Acuerdo número 012 del 19 de mayo de 2015 emanado por el Consejo Directivo, el artículo 1º (parágrafo 6º) de la Ley 507 de 1999; y el artículo 42 (numeral 1) de la Resolución número 703 de 2003, expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, por la cual se aprueban los Estatutos de la Corporación,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 28 de la Ley 388 de 1997, en concordancia con el parágrafo 6º del artículo 1º de la Ley 507 de 1999, asigna a la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) la competencia para concertar los asuntos ambientales de las propuestas de revisión de los planes de ordenamiento territorial de los entes de su jurisdicción;

Que el artículo 28 (numeral 4) de la Ley 388 de 1997 y el artículo 1º del Decreto nú-mero 2079 de 2003 establecen que las revisiones de los planes de ordenamiento territorial se someterán a los mismos trámites de concertación, consulta y aprobación previstos en los artículos 24 y 25 de la Ley 388 de 1997;

Que el Decreto número 1077 de 2015, que compiló en su artículo 2.2.2.1.2.6.1 el artículo 5° del Decreto número 4002 de 2004, establece el período para la presentación de la revisión y ajuste al Plan de Ordenamiento Territorial y los fundamentos para hacerlo y el artículo 9° del citado decreto dispone los documentos que se deben presentar y/o radicar ante la autoridad ambiental competente para dar inicio a la concertación de los asuntos ambientales;

Que mediante Acuerdo número 29 de diciembre 10 de 2000 “por el cual se adoptó el Plan de Ordenamiento Territorial para el municipio de Nemocón” el cual fue modificado a través del Acuerdo número 026 de diciembre 23 de 2009, “por el cual se adoptó la actualización y ajuste de los contenidos del Acuerdo Municipal número 029 de diciembre 10 de 2000, se complementan y establecen los instrumentos necesarios para la gestión de un desarrollo urbano y rural integral, ordenado y equitativo de las zonas de expansión y conservación en el municipio de Nemocón”;

Que han transcurrido tres (3) períodos constitucionales de Gobierno municipal, desde que fue aprobado el EOT original, en el año 2000;

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11Edición 49.813Sábado, 12 de marzo de 2016 DIARIO OFICIAL

Que el Municipio de Nemocón, con Radicado CAR número 20151126599 del 27 de agosto, presentó a consideración de la Corporación el proyecto de Ajuste General del Es-quema de Ordenamiento Territorial,

• Documento de seguimiento y evaluación

• Documento técnico de soporte

• Documento de diagnóstico

• Documento de justificación

• Documento de formulación

• Documento resumen

• Estudio de gestión del riesgo

• Acuerdo de adopción

• Cartografía: De diagnóstico (10 mapas), de Gestión del riesgo (19 mapas), componente general (5 mapas), Componente urbano (7 mapas) y componente rural (6 mapas).

La Corporación Autónoma de Cundinamarca, mediante oficio con Radicado CAR número 20151126599 del 9 de septiembre de 2015, solicita al municipio de Nemocón se ajuste y complemente la documentación de acuerdo a lo establecido en la Ley 388 de 1997, el Decreto número 879 de 1998, el Decreto número 4002 de 2004 y Decreto número 1807 del 2014 sus decretos reglamentarios.

El municipio de Nemocón, mediante Radicado CAR número CAR 20151128924 del 15/09/2015, complementó la información solicitada por la Corporación.

Mediante Radicado CAR número 20152136906 11 de noviembre de 2015, la Corpo-ración remitió al municipio de Nemocón, las consideraciones adjunto la copia del Informe Técnico DGOAT número 454 del 9 de noviembre de 2015 “Concepto previo de riesgo para revisión EOT municipio de Nemocón”, para tener en cuenta en el proceso de concertación CAR-Administración Municipal.

Los días 11, 24 y 25 de noviembre de 2015, se realizan las sesiones de concertación entre el municipio y la Corporación del proceso en las cuales se dio claridad en cada uno de los asuntos y consideraciones ambientales al proyecto de revisión general del EOT y que no fueron acogidos en los documentos finales remitidos por la administración municipal de Nemocón, esto con el fin de que el Municipio realice los ajustes de la propuesta de la revisión general;

Que en desarrollo del proceso de Revisión y Ajuste del Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT), el municipio remitió respuesta a las consideraciones y a los asuntos concertados dentro de las reuniones; por lo tanto, se procede a la elaboración del Acta de Concertación de los Asuntos Ambientales al proyecto presentado;

Que el Acta de Concertación de los Asuntos Ambientales de la propuesta de la revisión y ajuste general del Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT) del municipio de Nemocón (Cundinamarca) fue suscrita, tanto por el ente territorial como por la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), el tres (3) de diciembre de 2015;

Que una vez revisado el Proyecto de Acuerdo de la Revisión General del Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT) y sus anexos, radicados por el municipio, mediante Ra-dicado CAR número 20151138450 de 07/12/2015, por parte de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), se declara concluido el proceso de concertación de los asuntos ambientales de la revisión y ajuste general del Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT) del municipio de Nemocón (Cundinamarca);

En mérito de lo expuesto, el Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR)

RESUELVE:

Artículo 1°. Declarar concertados los asuntos ambientales del Proyecto de Revisión y Ajuste General del Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT) del municipio de Nemocón (Cundinamarca), de conformidad con lo establecido en los considerandos de la presente resolución y el contenido del Acta de Concertación suscrita por las partes el tres (3) de diciembre de 2015.

Parágrafo. Para todos los efectos se tendrá como Acta de Concertación, la denominada “Acta de Concertación Revisión y Ajuste General del Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT) del municipio de Nemocón” firmada el tres (3) de diciembre de 2015, la cual hace parte integral de la presente resolución, así como los documentos del Proyecto de acuerdo y demás anexos y soportes entregados por el municipio mediante Radicado CAR número 20151138450 de 07/12/2015.

Artículo 2°. El municipio de Nemocón (Cundinamarca) tendrá en cuenta para el desarrollo de sus suelos urbanos, de expansión urbana y rural, los asuntos ambientales establecidos en el Acta de Concertación junto con todas las recomendaciones y consideraciones acogidas y suscritas en el marco de la Revisión General del Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT).

Artículo 3°. El municipio de Nemocón (Cundinamarca) deberá dar cumplimiento a los asuntos ambientales establecidos en la denominada Acta de Concertación, suscrita con la autoridad ambiental, así como los expuestos en la presente resolución, los cuales serán objeto de seguimiento y control por parte de las autoridades correspondientes respecto de los asuntos objeto de concertación, entre otros; los relacionados con Estructura Ecológica Principal, suelos de protección, franjas de aislamiento y protección de las rondas de ríos y quebradas y demás cuerpos de agua, la gestión integral del riesgo e implementación de acciones relacionadas con mitigación y adaptación al cambio climático; infraestructura,

control y manejo para el saneamiento básico urbano y rural; el manejo integral de residuos sólidos, la protección de infraestructura de servicios públicos, la implementación del Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado, incorporar las zonas de protección definidas en el POMCA, la generación de espacio público efectivo y la provisión de agua para la zona urbana y rural, los desarrollos en suelos de expansión urbana, centros poblados, propender por el respeto a la estructura ecológica, referenciar la capacidad agrológica de los suelos I, II y III, acoger las rondas de protección del sistema hídrico municipal, garantizar la disposición de escombros y demás elementos ambientales que permitan el desarrollo armónico y auto sostenible de las zonas de vivienda campestre, así como llevar a cabo la implementación de los acuerdos expuestos en el acta de concertación, además, se compromete a implementar acciones tendientes al uso eficiente y ahorro del agua, a la protección de las fuentes hídricas y zonas de recarga de acuíferos entre otros. De igual forma, se condicionan los desarrollos urbanos en suelos rurales a los estudios puntuales de capacidad agrológica, en aquellas zonas en donde la capacidad agrológica sea I, II o III, los cuales al ser ratificada por el IGAC, en cualquiera de las tipologías de protección mencionadas, no podrán ser objeto de urbanismo o construcción. Se garantiza la explotación minera de las áreas que cuenten con título debidamente otorgado. No obstante las futuras zonas, deberán acoger lo dispuesto en las normas que se promulguen por parte del Ministerio en relación con zonas de com-patibilidad minera y no podrán estas zonas estar súper puestas con zonas de protección y preservación ambiental o de recarga hídrica y deben contar con el respectivo licenciamiento por parte de la autoridad ambiental. El municipio deberá llevar a cabo la implementación de los acuerdos expuestos en el acta de concertación, además, se compromete a implementar acciones tendientes al uso eficiente y ahorro del agua, a la protección de las fuentes hídricas y zonas de recarga de acuíferos entre otros, de igual manera dar cumplimiento a la sentencia del río Bogotá, proferida por el Consejo de Estado.

Artículo 4°. Las modificaciones posteriores que se introduzcan al Esquema de Or-denamiento Territorial (EOT) de Nemocón (Cundinamarca), así como la cartografía y el proyecto de acuerdo del EOT referentes a los temas ambientales concertados en el Acta de Concertación, deberán ser puestas a consideración de la CAR antes de la sanción del respectivo acuerdo, o la expedición del decreto correspondiente.

Artículo 5°. El municipio de Nemocón (Cundinamarca) deberá garantizar que con ante-rioridad al desarrollo urbanístico y la construcción de edificaciones en los suelos urbanos, de expansión, centros poblados rurales, que se formulen y adopten, los respectivos planes parciales y Unidades de Planificación Rural (UPR), según estén previstos en la concertación y acuerdo de adopción del EOT, previa concertación con la Corporación conforme a la normativa vigente, para lo cual deberán contar con viabilidad y prestación efectiva de los servicios de acueducto y alcantarillado, así como hacer exigible el tratamiento y manejo de los residuos líquidos y sólidos en términos de cobertura, calidad y permanencia. De igual forma las áreas destinadas a parcelaciones para vivienda campestre, suelos suburbanos, deberán garantizar la auto prestación de los respectivos servicios públicos y para el caso de las aguas residuales domésticas o industriales, construir sus propias Plantas de Tratamiento, para lo cual realizarán los trámites respectivos ante la Corporación, para la obtención de los permisos.

Artículo 6°. La Administración Municipal deberá priorizar en la implementación del Programa de Ejecución del Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT), los programas y proyectos de cada uno de los asuntos concertados, entre otros; los relacionados con la disponibilidad y prestación de servicios públicos domiciliarios, las obras de saneamiento básico, la gestión integral del riesgo, las acciones para atender amenazas naturales y aquellas relacionadas con mitigación y adaptación al cambio climático, además de hacer efectivas las áreas de espacio público y demás proyectos relacionados con los asuntos ambientales.

Artículo 7°. El municipio de Nemocón (Cundinamarca) deberá garantizar la inclusión de los indicadores de seguimiento y control al Esquema de Ordenamiento Territorial, y aquellos que permitan determinar la evolución de los asuntos relacionados con el orde-namiento municipal, en especial sobre temas ambientales, saneamiento básico, espacio público, y recuperación y preservación de áreas estratégicas. Es responsabilidad del mu-nicipio incluir las apropiaciones presupuestales para atender los compromisos del EOT en el corto, mediano y largo plazo, para el seguimiento y control respectivo; en tal sentido, la administración municipal presentará a la CAR los avances sobre el cumplimiento de los compromisos objeto de concertación de los asuntos ambientales del proyecto de revisión y Ajuste General del Esquema de Ordenamiento Territorial.

Artículo 8°. El municipio de Nemocón (Cundinamarca) deberá ajustar su proyecto de acuerdo de la propuesta de Revisión y Ajuste General del Esquema de Ordenamiento Terri-torial (EOT), a la normativa que se encuentre vigente y al acta de concertación y no podrá modificar los temas concertados con la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), contenidos en esta, los cuales deberán mantenerse en el acto administrativo de adopción, por parte del Concejo Municipal.

Artículo 9°. La presente resolución deroga las disposiciones que le sean contrarias y rige a partir de la fecha de publicación.

Artículo 10. Notificar el contenido de la presente resolución al representante legal del Municipio de Nemocón (Cundinamarca).

Artículo 11. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial y en el Boletín de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR).

Notifíquese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

El Director General,

Alfred Ignacio Ballesteros Alarcón.

(C. F.).

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12 DIARIO OFICIALEdición 49.813

Sábado, 12 de marzo de 2016

v a r i o s

Secretaría de Educación de Bogotá, D. C.

EdictosLa Dirección de Talento Humano de la Secretaría de Educación de Bogotá, D. C.,

AVISA:Que, Claudia Elvira Acosta Castro, identificada con cédula de ciudadanía número

39649984 de Bogotá en calidad de compañera permanente, ha solicitado mediante Radicado número E-2016-14894 de fecha 25/01/2016, el reconocimiento, de prestaciones sociales que puedan corresponder al señor Uldarico Rodríguez Villanueva (q. e. p. d.), quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía número 19279680 de Bogotá, D. C., fallecido el día 22/11/2015.

Toda persona que se crea con igual o mejor derecho deberá hacerlo valer ante la Dirección de Talento Humano de la Secretaría de Educación de Bogotá, D. C., dentro de los treinta (30) y quince (15) días siguientes a la publicación del primer y segundo aviso respectivamente.

La Profesional Especializada,Janine Parada Nuván,

Secretaría de Educación de Bogotá, D. C. Radicado número S-2016-11763.Imprenta Nacional de Colombia. Recibo 21600376. 26-II-2016. Valor $51.500.

La Dirección de Talento Humano de la Secretaría de Educación del Distrito de Bogotá, D. C.,AVISA:

Que María Eugenia Bonilla Olarte, identificada con cédula de ciudadanía número 41681117 de Bogotá, D. C., respectivamente, en calidad de esposa, ha solicitado mediante Radicado número E-2016-32347 del 16 de febrero de 2016, el reconocimiento, sustitución y pago de las prestaciones socioeconómicas que pueden corresponder al señor José Benigno Segura Velásquez (q. e. p. d.), quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía número 19167526 de Bogotá, D. C., fallecido el día 19 de enero de 2016.

Toda persona que se crea con igual o mejor derecho deberá hacerlo valer ante la Dirección de Talento Humano, dentro de los treinta (30) y quince (15) días siguientes a la publicación del primer y segundo aviso respectivamente.

La Profesional Especializada,Janine Parada Nuván,

Secretaría de Educación del Distrito de Bogotá, D. C.Radicado número S-2016-28243Imprenta Nacional de Colombia. Recibo 21600382. 26-II-2016. Valor $51.500.

c o n t E n i d oENTES UNIVERSITARIOS AUTÓNOMOS

Universidad SurcolombianaAcuerdo número 008 de 2016, por el cual se aprueba adicionar y efectuar traslados en el

Plan Operativo Anual de Inversiones para la vigencia del año 2016. ............................... 1Acuerdo número 009 de 2016, por el cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recur-

sos de Capital y el Presupuesto de Gastos o de Apropiaciones y se efectúa un traslado en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la Universidad Surcolombiana para la vigencia fiscal de 2016. ..................................................................................................... 6

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOSHospital Militar Central

El Director General del Hospital Militar Central hace constar que falleció el señor Jorge Enrique Solano Corzo (q. e. p. d.). .......................................................................... 6

El Director General del Hospital Militar Central hace constar que falleció la señora Flor Ángela Mosquera Serrano (q. e. p. d.) ...................................................................... 7

CORPORACIONES AUTÓNOMAS REGIONALESCorporación Autónoma Regional de Cundinamarca

Resolución número 2614 de 2015, por la cual se declaran concertados los asuntos ambien-tales concernientes al Proyecto de Revisión General del Esquema de Ordenamiento Territorial del municipio de Bojacá (Cundinamarca). ...................................................... 7

Resolución número 2655 de 2015, por la cual se declara concertado el ajuste de un asunto ambiental del proyecto de Plan Parcial San José-La Fragua del municipio de Mosquera (Cundinamarca)................................................................................................................. 8

Resolución número 2725 de 2015, por la cual se declaran concertados los asuntos ambientales en la modificación excepcional por norma urbanística del Esquema de Ordenamiento Territorial del municipio de Machetá (Cundinamarca). .................................................... 9

Resolución número 2827 de 2015, por la cual se declaran concertados los asuntos ambientales concernientes al Proyecto de Revisión y Ajuste General del Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT), del municipio de Nemocón (Cundinamarca). ..................................... 10

V A R I O SSecretaría de Educación de Bogotá, D. C.

La Dirección de Talento Humano de la Secretaría de Educación de Bogotá, D. C, avisa que, Claudia Elvira Acosta Castro ha solicitado el reconocimiento, de prestaciones sociales que puedan corresponder al señor Uldarico Rodríguez Villanueva (q. e. p. d.) ...................... 12

La Dirección de Talento Humano de la Secretaría de Educación del Distrito de Bogotá, D.C. avisa que María Eugenia Bonilla Olarte ha solicitado el reconocimiento, sustitución y pago de las prestaciones socioeconómicas que pueden corresponder al señor José Benigno Segura Velásquez .............................................................................................................. 12

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