rendimientos del trabajo personal, irpf, españa, 2012

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RENDIMIENTOS DEL TRABAJO PERSONAL EN EL IRPF (II) Curso 2012-2013 Prof. Zulema Calderón Corredor http://es.linkedin.com/pub/zulema-calder%C3%B3n-corredor/58/453/54a

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Analiza rendimientos del trabajo personal, fijos, variables, indemnizaciones, dietas, etc, y el cálculo del rendimiento neto a efectos del IRPF

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Page 1: Rendimientos del Trabajo Personal, IRPF, ESpaña, 2012

RENDIMIENTOS DEL TRABAJO PERSONAL EN EL IRPF (II)

Curso 2012-2013Prof. Zulema Calderón Corredor

http://es.linkedin.com/pub/zulema-calder%C3%B3n-corredor/58/453/54a

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Claves del tema 1

Ideas básicas del IRPF Cuestiones básicas de los rtos del trabajo

Delimitación/tipología

Retribuciones en especie Valoración/exención/ingreso a cuenta

Régimen aplicable a dietas: cantidades exentas

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Objetivos del tema 2

Conocer la forma de cálculo del rendimiento NETO del trabajo Rendimientos íntegros (restar exentas) Reducciones por periodo/irregularidad Gastos deducibles Reducciones a tanto alzado rto neto

Régimen jurídico-tributario/ exenciones de: Las principales indemnizaciones laborales Las principales retribuciones variables o extraordinarias

Principales obligaciones de retención del empleador Posibilidades de planificación que ofrece el régimen

fiscal de los rtos del trabajo

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Rendimientos del trabajo e IRPF nota previa

Los rendimientos NO tributan BRUTOS Los rendimientos del trabajo en el IRPF no tributan por las

cantidades brutas percibidas A los rendimientos brutos la ley prevé restar:

Las exenciones aplicables (ya vistas algunas en el tema anterior, otras se verán ahora)

Reducciones por periodo de generación o irregularidad (el IRPF es un impuesto ANUAL)

Los gastos deducibles (solo esos) Algunas cantidades “a tanto alzado” como “gtos necesarios”

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Rendimientos NETOS del trabajo

Rendimiento neto finalRendimiento ÍNTEGRO (sin quitar retenciones)

-Reducciones del rendimiento íntegro (+ 2 años generación ó renta irregular)

-Gastos deduciblesRendimiento NETO-Reducciones del rendimiento netoRendimiento NETO REDUCIDO

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1. Indemnizaciones-prestaciones exentas (1)

Relevancia de la cuestión para el empleador:Las cuantías exentas

No se someten a retención No se tienen en cuenta para su cálculo

Cada caso requiere de un análisis específico Por la existencia de matices a considerar Por el riesgo fiscal que supone para el empleador

dejar de retener

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1. Indemnizaciones-prestaciones exentas (2)

Casos más relevantes:Despido improcedente (hasta límite ET)

Rescisión justificada del contrato por parte trabajador (hasta límite ET)Por causas objetivas y ERE´s (hasta límite ET)

Muerte, jubilación o incapacidad empresario (1 mes salario)Traslado puesto de trabajo y residencia (gastos)

Prestaciones incap. Perm. Absoluta y gran inv.(importe)

Prestación desempleo-pago único (desaparece límite 15.500)

Trabajos realizados en el extranjero (hasta 60.100)

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1. Indemnizaciones-prestaciones exentas (3)

Cuestiones a considerar:Antigüedad a efectos del cálculo (s/ ET)

Tiempo efectivo de servicio Irrelevancia de acuerdos s/ antigüedad

Despidos improcedentes Nueva redacción art- 7 e) LIRPF (desde 7/7/2102) Se requiere acto de conciliación/resolución judicial

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2. Indemnizaciones-prestaciones NO exentas (1)

Tipos de prestaciones extraordinarias:Indemnizatorias (a cambio de complementos, despido, pre-jubilaciones…) Compensadoras de gastos (traslado no exenta, discapacidad…

Recompensadoras (bonus, premios…)

TRATAMIENTO FISCAL : DEPENDE (POSIBLE REDUCCIÓN 40%)

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2. Indemnizaciones-prestaciones NO exentas (2)

Aquellos que gozan de una reducción general del 40% Rendimientos que se han generado en más de dos años (por

ley/convenio/acuerdo/contrato previos) y no se obtienen de forma recurrente ó periódica

Rendimientos obtenidos de forma irregular y previstos en el Reglamento del IRPF

Aquellos que NO tienen derecho a reducción: Otros rendimientos, indemnizaciones ó retribuciones de

carácter extraordinario que no cumplen los requisitos anteriores

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2. Indemnizaciones-prestaciones NO exentas (3)

Requisitos reducción general del 40% Generadas en más de dos años (por

ley/convenio/acuerdo/contrato previos):indemnizaciones/bonus (NO PERIÓDICOS)

Rendimientos obtenidos de forma irregular y previstos en el Reglamento del IRPF: traslado, lesiones, sepelio, compensación complementos, resolución mutuo-acuerdo (art. 11 RIRPF) VER cuadro en apuntes

Límite anual general: 300.000 rendimiento máximo reducible (renta por ejercicio opción compra: 22.100*nºaños (*2))

Posible cobro fraccionado (solo generados +2 años): si nº años generación/nº años cobro >2. Ejemplos:

Rendimiento generado en 7 años, cobrado durante 2 años: 7/2>2: SÍ Rendimiento generado en 5 años, cobrado en 3 ejercicios: 5/3<2: NO

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Rendimientos NETOS del trabajo

Rendimiento neto finalRendimiento ÍNTEGRO (sin quitar retenciones)

-Reducciones del rendimiento íntegro (+ 2 años generación ó renta irregular)

-Gastos deduciblesRendimiento NETO-Reducciones del rendimiento netoRendimiento NETO REDUCIDO

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3. Gastos deducibles

Gastos deducibles Cotizaciones del trabajador a la S. Social Cuotas sindicales Cuotas colegios profesionales Gtos de defensa jurídica hasta 300 E

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4. Reducciones sobre el rendimiento neto

Concepto y finalidad Tipología

2.652 E por percibir RT (+ 13.260 euros anuales)(GENERAL)

2.652*2 por prolongación vida laboral (+ de 65 años)(ALTERNATIVA)

2.652*2 por movilidad geográfica desempleado (ALTERNATIVA)

3.264 por discapacidad trabajadores activos<65% (ADICIONAL)

7.242 por discapacidad >65% ó movilidad reducida (ADICIONAL)

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5. Esquema de cálculo rto. NETO (1)

El Sr. T, que acredita una minusvalía del 40%, ha cambiado durante el ejercicio su residencia como consecuencia de haber aceptado una oferta de trabajo en una provincia distinta. Previamente ha estado inscrito en el INEM durante 8 meses. De la empresa para la que estuvo trabajando anteriormente recibió una indemnización de 17.900, resultado de un ERE (cantidad obligatoria establecida en el ET de 14.560). De su nueva empresa recibe durante el ejercicio 2012 los siguientes conceptos: salario bruto 34.900E; complemento de puesto de trabajo, 3.700E; ayuda económica para la instalación de su nueva residencia, 3.500; seguro médico (coste para la empresa de 720E); un ordenador portátil y conexión a internet desde dentro y fuera de la oficina (coste para la empresa, 690E); gastos de seguridad social, 2.500E. Los ingresos a cuenta, en su caso, son repercutidos al trabajador.

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5. Esquema de cálculo rto. NETO (2)

Salario bruto 34900Complemento de puesto de trabajo 3700Ordenador + conexión (no es retribución en especie) 0Seguro médico NO exento (exceso sobre 500) 200Ayuda económica para nueva residencia (no hay traslado) 3500Indemnización ERE NO exenta (exceso sobre ET) 3340

Reducción indemnización (40%) -1336

Gtos SS -2500

Reducción rto neto gral -2652Extra por movilidad geográfica -2652Por discapacidad -3264

Rto neto 33236

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6. Individualización del rendimiento del trabajo en tributación individual

Individualizar=imputar el rendimiento en declaración individual

En los rendimientos del trabajo y de AAEE se imputa a quien los genera (no se dividen entre 2)

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7. Retenciones e ingresos a cuenta (1)

Pagos a cuenta: finalidad Obligados a practicarlos: empleadores

Posible sanción/intereses de demora por incumplimiento

Recursos necesarios: Información sobre retribuciones del personal: fijas/variables y

dinerarias/especie Recogida de información del trabajador (modelo 145) Cálculos numéricos (programas) Ingresos periódicos: mensuales/trimestrales Preparación de documentación diversa: alta registro

retenedores(036), modelos de ingreso periódico, resúmenes anuales, certificados anuales de retenciones,etc.

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7. Retenciones e ingresos a cuenta (2)

Problemática que origina No directamente del cálculo Sí de la gestión de la información

Cuestiones básicas de cálculo: Importe total previsto al año (fijo+variable anterior) No incluir exentas ni aportaciones a SPS Conocer aplicación reducciones del 40% Información del trabajador (personal y familiar) Otras cuestiones (pensión compensatoria, pagos viv. Hab.),

etc.

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7. Retenciones e ingresos a cuenta (3)

Tipos fijos de retención: Administradores y miembros de consejos de administración:

35% (42% desde 31/8/12 y 2013). Cursos, conferencias, seminarios, derechos de autor: (15%

hasta 31/8/12, 21% desde 1/9/12 a 31/12/13 y 19% desde 1/1/14)

Atrasos: 15%Tipos mínimos de retención:

Contratos de duración inferior al año: 2% Relaciones laborales especiales de carácter dependiente: 15%

Tipo máximo de retención: 43%

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7. Retenciones e ingresos a cuenta (4)

OTRAS CONSIDERACIONES:El pago de retribuciones en especie NO exentas :ingreso a cuentaLos trabajadores pueden solicitar tipo de retención superior Los trabajadores que paguen anualidades por alimentos en favor de los hijos: existe un procedimiento especial de cálculo.Existen procedimientos especiales de cálculo de tipo aplicables en caso de cambio de residencia y para perceptores de prestaciones pasivas.Regularización del tipo de retención por cambio en las circunstancias previstas inicialmente.

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7. Retenciones e ingresos a cuenta (5)

CASO PRÁCTICO:NIF: 12345678Z, nacido en 1978, discapacidad del 35%Cónyuge sin rentas (NIF del cónyuge 12121212M)Contratado en el mes de marzo (duración inferior a un año)2 hijos, nacidos en 2004 y 2006Con la familia convive el padre de su mujer, nacido en 1942.Retribuciones: salario bruto, 26.500E; complementos, 1.200E; retribuciones en especie no exentas, 780E;Gastos deducibles: S. social, 1900E; cuota sindical, 130E.

PROGRAMA DE CÁLCULO:www.aeat.es (Agencia Tributaria-Campañas-Retenciones 2013)

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RENDIMIENTOS DEL TRABAJO PERSONAL EN EL IRPF (II)

Muchasgracias