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Contacte con nosotros: [email protected] - www.savia.net Relación de Puestos de Trabajo La importancia de la RPT Características y legalidad Esta guía presenta las caracterísitcas principales de la Relación de Puestos de Trabajo, así como su definición, naturaleza y legalidad. Naturaleza y legalidad de la RPT Diferencia entre Plantilla y RPT Cómo elaborar la RPT Criterios de Valoración de la RPT Experiencias con la RPT de Savia Módulo Plantilla y RPT en Savia Indice

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Relación de Puestos de Trabajo

La importancia de la RPTCaracterísticas y legalidad

Esta guía presenta las caracterísitcas

principales de la Relación de Puestos

de Trabajo, así como su definición,

naturaleza y legalidad.

Naturaleza y legalidad de la RPT

Diferencia entre Plantilla y RPT

Cómo elaborar la RPT

Criterios de Valoración de la RPT

Experiencias con la RPT de Savia

Módulo Plantilla y RPT en Savia

Indice

La importancia de la RPT, naturaleza y aspectos legales

La función de la RPT será la de determinar las características de cada uno de los puestos de trabajo y los requisitos técnicos para su desempeño.

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, según el art 15 de la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, define la Relación de Puestos de Trabajos (RPT) como “el instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal, de acuerdo con las necesidades de los servicios y requisitos para el desempeño de cada puesto”. En este sentido, la RPT debe contener la totalidad de

los puestos de trabajo de la organización de carácter permanente, por lo que los trabajos de carácter temporal o eventual que no van a perdurar en el tiempo podrían en algunos casos no incluirse en la RPT. No obstante, si el puesto sí tiene permanencia en el tiempo aunque cambie la persona que lo desarrolla, sí tendrá que incluirse en la RPT obligatoriamente. Por su parte, será obligatorio que se incluyan los puestos de trabajo del personal funcionario y laboral.

Obtén el organigrama de tu organización desde el Portal del Empleado de ginpix7 o conecta la solución con herramientas de visualización para extraerlo en segundos.

La primera vez que se habló de Relación de Puestos de Trabajo fue en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. No obstante, inicialmente la jurisprudencia atribuía a las RPTs la naturaleza de acto plural más que normativo.

Ahora ya existe una doctrina consolidada que reconoce tal carácter normativo a las RPT aprobadas por las administraciones públicas en ejercicio de sus potestades organizativas, diferenciándose de los actos con destinatario plural e indeterminado que carecen de contenido normativo.

En el art. 74 del EBEP se precisa que: “Las Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que estén adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias. Dichos instrumentos serán públicos.”

Naturaleza legal de la RPT Características legales de la RPT

El art. 15 de la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, determina la utilización de la RPT bajo los siguientes términos:

- Las RPT comprenderán los puestos de trabajo del personal funcionario de cada Centro gestor, el número y las características de los que puedan ser ocupados por personal eventual así como los de aquellos otros que puedan desempeñarse por personal laboral.

- Las RPT indicarán, en todo caso, la denominación, tipo y sistema de provisión de los mismos; los requisitos exigidos para su desempeño; el nivel de complemento de destino y, en su caso, el

Si bien es cierto que cada Corporación dispone de unas particularidades que las obliga a realizar diferentes tipos de RPT, éstas son las caracterísitcas que han de reunir todos los documentos para que se consideren válidos y acordes a la Ley.

complemento específico que corresponda a los mismos, cuando hayan de ser desempeñados por personal funcionario, o la categoría profesional y régimen jurídico aplicable cuando sean desempeñados por personal laboral.

- Con carácter general, los puestos de trabajo de la Administración del Estado y de sus Organismos Autónomos así como los de las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, serán desempeñados por funcionarios públicos.

Se puede exceptuar a los anteriores, los puestos de naturaleza no permanente, de vigilancia, custodia o porteo; los puestos de trabajo en el extranjero con funciones administrativas de trámite o colaboración; los puestos con funciones auxiliares de carácter instrumental y apoyo administrativo. También los puestos de carácter instrumental correspondientes a las áreas de mantenimiento y conservación de edificios, equipos e instalaciones, artes gráficas, encuestas, protección civil y comunicación social, así como los puestos de las áreas de expresión artística y los vinculados directamente a su desarrollo, servicios sociales y protección de menores.

- La creación, modificación, refundición y supresión de puestos de trabajo se realizará a través de las RPT.

- Corresponde a los Ministerios para las Administraciones Públicas y de Economía y Hacienda la aprobación conjunta de las relaciones de puestos de trabajo, excepto la asignación inicial de los complementos de destino y específico, que corresponde al Gobierno.

- La provisión de puestos de trabajo a desempeñar por el personal funcionario, así como la formalización de nuevos contratos de personal laboral fijo, requerirán que los correspondientes puestos figuren detallados en las respectivas RPT. Este requisito no será preciso cuando se trate de realizar tareas de carácter no permanente mediante contratos de trabajo de duración determinada y con cargo a créditos correspondientes a personal laboral eventual o al capítulo de inversiones.

- Los puestos de trabajo serán de adscripción indistinta para todos los funcionarios incluidos en el ámbito de aplicación de esta Ley. Unicamente podrán adscribirse con carácter exclusivo puestos de trabajo a funcionarios de un determinado Cuerpo o Escala cuando tal adscripción se derive necesariamente de la naturaleza y de la función a desempeñar en ellos y en tal sentido lo determine el Gobierno a propuesta del Ministro de la Presidencia.

- Las RPT serán públicas.

No debe confundirse la Plantilla de Personal con la Relación de Puestos de Trabajo. La confusión se produce con la diferenciación o identificación de la plaza y el puesto.

La plantilla de personal es la relación de plazas asignadas a cada una de las escalas, subescalas, clases y categorías; mientras que la relación de puestos de trabajo recoge las funciones, tareas y responsabilidades dentro de la organización de la entidad local. La primera, por tanto, tiene carácter subjetivo y la segunda objetivo.

Diferencia entre Plantilla y Relación de Puestos de Trabajo

¿Cómo elaborar una Relación de Puestos de Trabajo?

El paso previo a la elaboración de la RPT es analizar las funciones que realiza cada administración local, estableciendo cuál es la organización necesaria en función de la organización actual y la económicamente sostenible.

De este modo, la RPT trata de mostrar el organigrama ideal de la corporación local incluyendo la organización actual del mismo, analizando las tareas que realizan y las modificaciones que se estimen necesarias. El siguiente paso, por tanto, será analizar los puestos de trabajo existentes en la organización local examinando las tareas que realizan las personas que cubren actualmente ese puesto. ¿Cómo analizarlos? Todavía resulta complicado automatizar esta ardua tarea que se basa en la realización de cuestionarios a cada empleado para concretar sus funciones, tareas y complementos que tiene asignados.

Una vez realizado este paso, conviene establecer cuál sería la situación ideal, es decir, en el caso de que no hubieran limitaciones presupuestarias o políticas, definir qué tareas se deberían realizar en cada puesto de trabajo.

Cómo elaborar la RPT

En ginpix7 se pueden obtener informes de plantilla y RPT con un solo click, siempre y cuando se hayan introducido previamente los datos.

Este informe derivado del análisis de la situación real y la ideal de la organización local, deberá ser el instrumento técnico que determine el número de puestos de trabajo que deben existir en la corporación. La solución será una combinación de las necesidades reales y las barreras presupuestarias, lo que puede suponer tanto la generación de más puestos como la supresión de algunos de ellos.

La elaboración de la RPT, por tanto, supone clasificar y valorar todos los puestos de trabajo. Lo que nos lleva a un siguiente nivel o paso: la valoración de puestos de trabajo.

La valoración de puestos de trabajo se guía por el análisis de una serie de criterios de valoración. Los más comunes son:

- Titulación académica. - Cursos o especializaciones.- Nivel de responsabilidad.- Nivel de esfuerzo (físico o intelectual).- Nivel de penosidad y peligrosidad.- Régimen de dedicación y experiencia práctica.

Criterios de valoración de la RPT

No será necesario el informe previo ni del Secretario ni del Interventor, salvo que así lo ordene el Presidente de la Corporación

o cuando lo solicite un tercio de sus miembros con antelación suficiente a la celebración de la sesión en que hubieren

de tratarse.

La RPT podrá ser elaborada tanto por personal interno de la Entidad Local como por personal externo. En el caso de externalizar el servicio, deberá tramitarse el correspondiente contrato de servicios acorde con la Ley de Contratos del Sector Público.

De conformidad con el artículo 37 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el documento de la RPT deberá ser objeto de negociación, desde “su ámbito respectivo y en relación con las competencias de cada Administración Pública y con el alcance que legalmente proceda en cada caso”. Por tanto, deberá remitirse comunicación de la tramitación de la RPT al Delegado de Personal o al Presidente de la Junta de Personal.

Tal y como señala la doctrina, será objeto de negociación la relación de tareas de los puestos de trabajo y los criterios para fijar el complemento de destino y el complemento específico, dentro de los límites señalados legalmente. Debe tenerse en cuenta, además, que no serán objeto de negociación las funciones legalmente reservadas a los funcionarios de habilitación estatal.

Por otro lado, para la adopción del acuerdo se requerirá, conforme al artículo 47 de la LBRL, la mayoría simple de los miembros presentes de la Corporación local.

Aprobación de la RPT

Sin embargo, el artículo 94.3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre (por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades locales) señala que los funcionarios responsables de la Secretaría y de la Intervención podrán intervenir en el debate del Pleno municipal, solicitando al Presidente el uso de la palabra para asesorar a la Corporación; siempre y cuando entiendan que se ha planteado alguna cuestión sobre la que pueda dudarse sobre la legalidad o repercusiones presupuestarias del punto debatido.

Finalmente, una vez aprobada la RPT, se remitirá copia a la Administración del Estado y a la de la Comunidad Autónoma, dentro del plazo de treinta días, “sin perjuicio de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia”, tal y como señala el artículo 127 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.

Experiencias sobre RPT con la solución de Savia

Vicente Molina, Jefe de Servicio de Personal y Modernización , explica detalladamente su experiencia con el módulo ‘Plantilla y RPT’ de Savia:

“Teniendo en cuenta que la aplicación de Plantilla y RPT de Savia tiene muchas opciones y posiblilidades, destacamos:

• Ofrece de forma detallada y visible toda la información que debe contener tanto la plaza como el puesto de trabajo (no es la misma cosa, Savia lo sabe): denominación, clave, grupo, requisitos, complementos retributivos...

• Incorpora datos del convenio y de cotización.• Incorpora datos de los factores del complemento específico.• Resulta muy útil para sacar informes por fechas, acceder a las

plantillas y RPT vigentes en otros año, así como informes de ocupación de la RPT y ficha del puesto muy acertado, a mi juicio.

• Se puede incorporar, sin límite, las funciones y tareas de cada puesto, permitiéndote incorporar documentos adjuntos, con la finalidad de completar la información de cada puesto.

• Muy útil la visión gráfica de la "organización-puesto", y la relación "plaza-puesto"

• La información que se permite incorporar de cada puesto (en la fase) la considero muy completa, incluso pienso que con menos sería suficiente.”

El módulo de Administración de Plazas y Puestos de la aplicación ginpix7 permite y facilita el cálculo de simulaciones presupuestarias correspondientes al Capítulo I Gastos de Personal del Presupuesto Municipal. A través de esta herramienta, mejorada a través de un nuevo proceso más próximo al cálculo de nómina y un diseño más intuitivo, los usuarios tienen a su disposición un amplio abanico de posibilidades para realizar previsiones de gastos como altas de nuevos puestos, amortizaciones, jubilaciones, etc., sin alteración ninguna de la RPT y Plantilla, y una gran cantidad de listados e informes que permiten realizar todo tipo de comprobaciones, tanto a nivel de gasto por puesto como por partida presupuestaria.

Destaca una configuración del cálculo más sencilla basado en la utilización de las tablas maestras de nómina como las estructuras salariales, niveles de Complemento de Destino o del Complemento Específico, que aporta una mayor precisión en las simulaciones.El módulo trae consigo la posibilidad de implementar un nuevo sistema de control del gasto conocido como “Seguimiento Presupuestario”, herramienta muy útil para que cada responsable de Personal y RRHH pueda conocer el porcentaje de gasto mensual y anual respecto del importe presupuestado por partida en el Capítulo I.

Juan Manuel Brea, Consultor en Savia y Experto en RPT.

Vicente Molina, Jefe de Ser-vicio de Personal y Moderni-zación.

Gestión de la Plantilla y la RPT con ginpix7 - SaviaGestión de la Plantilla y la RPT con ginpix7 - Savia

El módulo de Gestión de la Plantilla y la Relación de Puestos de Trabajo de Savia facilita la definición y estructura de Puestos y Plazas en las organizaciones públicas. Permite, además, recoger y recrear la historia de una plaza o de un puesto desde el minuto cero de la gestión. De este modo se puede obtener una visión de la evolución de la institución o de un puesto en particular.

Obtener el organigrama completo de la Organización será rápido y útil para visualizar la jerarquía de puestos y plazas.

Con tan solo un click podrás obtener informes de Plantilla y RPT valorados y sin valorar, en los que solamente tendrás que incluir el emblema de tu Corporación para personalizarlos.

Ginpix7 te ayuda a dfinir la estructura de Plazas y Puestos de tu organización y a cumplir fácilmente con la legislación y con las políticas eficientes de gestión de personas en el sector público.

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La estructura de ginpix7 toma la RPT como punto de partida para gestiones como el Capítulo I, Valoración de Puestos o la Oferta de Empleo Público. De este modo se garantiza una gestión eficaz y que cumpla extrictamente con la legislación.

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