reglamento acadÉmico del instituto tecnolÓgico superior de san pedro … · 2014. 11. 14. · un...

20
Instituto Tecnológico Superior de San Pedro Coahuila Reglamento Académico Revisión 0 Elaboró Revisó Vo. Bo. División de Estudios Profesionales, Departamento de Desarrollo Académico y Departamento de Control Escolar Subdirección Académica Dirección General Página: 1 de 20 .REGLAMENTO ACADÉMICO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN PEDRO COAHUILA. NIVEL LICENCIATURA ÍNDICE PAG CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES----------------------------------------------------------------- 2 CAPÍTULO II DEL MODELO EDUCATIVO------------------------------------------------------------------- 3 CAPÍTULO III DEL PERSONAL DOCENTE-------------------------------------------------------------------- 5 CAPÍTULO IV DE LOS ASPIRANTES Y ALUMNOS --------------------------------------------------------- 8 CAPÍTULO V DE LOS MÓDULOS OPTATIVOS------------------------------------------------------------ 11 CAPÍTULO VI DEL CALENDARIO ESCOLAR ---------------------------------------------------------------- 12 CAPÍTULO VII DE LAS ORGANIZACIONES ESTUDIANTILES--------------------------------------------- 13 CAPÍTULO VIII DEL SERVICIO SOCIAL------------------------------------------------------------------------ 14 CAPÍTULO IX DE LA TITULACIÓN---------------------------------------------------------------------------- 17 CAPÍTULO X DE LAS MENCIONES HONORÍFICAS ------------------------------------------------------ 18 CAPÍTULO XI DE LAS BECAS --------------------------------------------------------------------------------- 19 TRANSITORIOS ---------------------------------------------------------------------------------------------------------- 20

Upload: others

Post on 07-Mar-2021

4 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: REGLAMENTO ACADÉMICO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN PEDRO … · 2014. 11. 14. · un período escolar o semestre. Las materias teóricas generan una hora adicional

Instituto Tecnológico Superior de San Pedro Coahuila

Reglamento Académico Revisión 0

Elaboró Revisó Vo. Bo. División de Estudios Profesionales,

Departamento de Desarrollo Académico y Departamento de Control Escolar

Subdirección Académica Dirección General

Página: 1 de 20

.REGLAMENTO ACADÉMICO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN

PEDRO COAHUILA.

NIVEL LICENCIATURA

ÍNDICE PAG

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES----------------------------------------------------------------- 2

CAPÍTULO II DEL MODELO EDUCATIVO------------------------------------------------------------------- 3

CAPÍTULO III DEL PERSONAL DOCENTE-------------------------------------------------------------------- 5

CAPÍTULO IV DE LOS ASPIRANTES Y ALUMNOS --------------------------------------------------------- 8

CAPÍTULO V DE LOS MÓDULOS OPTATIVOS------------------------------------------------------------ 11

CAPÍTULO VI DEL CALENDARIO ESCOLAR ---------------------------------------------------------------- 12

CAPÍTULO VII DE LAS ORGANIZACIONES ESTUDIANTILES--------------------------------------------- 13

CAPÍTULO VIII DEL SERVICIO SOCIAL------------------------------------------------------------------------ 14

CAPÍTULO IX DE LA TITULACIÓN---------------------------------------------------------------------------- 17

CAPÍTULO X DE LAS MENCIONES HONORÍFICAS ------------------------------------------------------ 18

CAPÍTULO XI DE LAS BECAS --------------------------------------------------------------------------------- 19

TRANSITORIOS ---------------------------------------------------------------------------------------------------------- 20

Page 2: REGLAMENTO ACADÉMICO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN PEDRO … · 2014. 11. 14. · un período escolar o semestre. Las materias teóricas generan una hora adicional

Instituto Tecnológico Superior de San Pedro Coahuila

Reglamento Académico Revisión 0

Elaboró Revisó Vo. Bo. División de Estudios Profesionales,

Departamento de Desarrollo Académico y Departamento de Control Escolar

Subdirección Académica Dirección General

Página: 2 de 20

REGLAMENTO ACADÉMICO

NIVEL LICENCIATURA

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 1.

El presente reglamento será de observancia obligatoria para todos los servicios educativos que a

nivel Licenciatura se impartan en el Instituto Tecnológico Superior de San Pedro Coahuila (

I.T.S.S.P.C.), y este tiene facultad para establecer las políticas, procedimientos específicos,

manuales y normas de carácter interno para implementar las disposiciones que aquí se marcan.

ARTÍCULO 2

Se entenderá por servicios educativos de nivel Licenciatura, los estudios en todas las especialidades

o carreras profesionales, con validez oficial, cuyos antecedentes sean el nivel medio superior o

bachillerato.

ARTÍCULO 3

La Dirección General de Educación Superior Tecnológica, previa opinión de la Comisión Estatal para

la Planeación de la Educación Superior (COEPES), autorizará las carreras y especialidades que se

impartan, y se contará además con el registro respectivo de los planes y programas de todas y cada

una de ellas ante la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública.

ARTÍCULO 4

El I.T.S.S.P.C. determinará, de acuerdo a sus recursos y posibilidades, el número de alumnos que

podrán atenderse de manera adecuada, en cada período de inscripción para cada carrera.

ARTÍCULO 5

Page 3: REGLAMENTO ACADÉMICO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN PEDRO … · 2014. 11. 14. · un período escolar o semestre. Las materias teóricas generan una hora adicional

Instituto Tecnológico Superior de San Pedro Coahuila

Reglamento Académico Revisión 0

Elaboró Revisó Vo. Bo. División de Estudios Profesionales,

Departamento de Desarrollo Académico y Departamento de Control Escolar

Subdirección Académica Dirección General

Página: 3 de 20

Pueden aspirar a inscribirse como alumnos del I.T.S.S.P.C., todas las personas que habiendo

concluido sus estudios a nivel medio superior o bachillerato, con características propedéuticas,

deseen estudiar alguna de las carreras que se ofrezcan al inicio de cada período escolar.

ARTÍCULO 6

Para seleccionar a sus alumnos de entre los aspirantes, el I.T.S.S.P.C. tomará en consideración los

siguientes criterios de acuerdo a la evaluación en el examen de selección, además:

- El grado de habilidades verbal y numérica que posean.

- El grado obtenido en el examen de conocimientos sobre ciencias básicas.

- El resultado obtenido en la evaluación al ingreso de la Educación Superior Tecnológica de

acuerdo a la instancia evaluadora que lo realice.

- El resultado obtenido en el curso propedéutico impartido para alumnos de nuevo ingreso.

- Sus preferencias vocacionales.

CAPÍTULO II

DEL MODELO EDUCATIVO

ARTÍCULO 7

Los servicios educativos de nivel Licenciatura que ofrece el I.T.S.S.P.C., atienden a un modelo

educativo diseñado para el aprendizaje, cuyas características fundamentales son:

- Un Sistema de créditos académicos con enseñanza teórico-práctica.

- Plan de estudio reticular.

- Programas de estudio por unidades de aprendizaje.

- Prestación de Servicio Social.

- Desarrollo de Residencias Profesionales.

- Opciones para titulación.

- Enseñanza del idioma inglés.

- Actividades extraescolares.

- Intercambios y Vinculación.

Page 4: REGLAMENTO ACADÉMICO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN PEDRO … · 2014. 11. 14. · un período escolar o semestre. Las materias teóricas generan una hora adicional

Instituto Tecnológico Superior de San Pedro Coahuila

Reglamento Académico Revisión 0

Elaboró Revisó Vo. Bo. División de Estudios Profesionales,

Departamento de Desarrollo Académico y Departamento de Control Escolar

Subdirección Académica Dirección General

Página: 4 de 20

ARTÍCULO 8

Se entenderá por “Crédito” a una hora de estudio en el aula o fuera de ella por semana y durante

un período escolar o semestre. Las materias teóricas generan una hora adicional de estudio por

cada hora en el aula, por tanto cada hora teórica tiene un valor de dos créditos al final del

semestre. En cambio las horas de las materias prácticas no generan estudio adicional, por tanto

tienen el valor de un solo crédito al semestre.

ARTÍCULO 9

Todas las materias que integran un plan de estudio tienen un valor en créditos, de acuerdo a la

frecuencia de horas a la semana en que se imparten y a la naturaleza teórico-práctica de las

mismas. Al cursarlas y aprobarlas, el alumno va obteniendo su valor en créditos. Al aprobarlas en su

totalidad concluye sus estudios.

ARTÍCULO l0

Se entiende por carga académica semestral, la suma de los créditos de las materias que un alumno

toma en un período escolar, al inscribirse legalmente en ellas. Dicha carga la determina la

Institución a la hora de la inscripción y dependerá de la situación escolar y promedio de

calificaciones del alumno en cuestión, de conformidad al procedimiento fijado para el efecto

SITUACIÓN DEL ALUMNO CARGA ACADÉMICA

Alumno regular Carga máxima (60 créditos)

1 materia a recursar Carga media (50-52 créditos)

2 materias a recursar Carga baja (44-46 créditos)

3 materias a recursar Carga mínima (36-38 créditos)

1 examen especial pendiente Carga mínima (32 créditos)

2 exámenes especiales pendientes No procede su reinscripción

Alumno en residencia profesional Carga mínima (32 créditos)

ARTÍCULO 11

Page 5: REGLAMENTO ACADÉMICO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN PEDRO … · 2014. 11. 14. · un período escolar o semestre. Las materias teóricas generan una hora adicional

Instituto Tecnológico Superior de San Pedro Coahuila

Reglamento Académico Revisión 0

Elaboró Revisó Vo. Bo. División de Estudios Profesionales,

Departamento de Desarrollo Académico y Departamento de Control Escolar

Subdirección Académica Dirección General

Página: 5 de 20

Se denomina retícula a la representación gráfica en forma de red, de la secuenciación de

asignaturas de un plan de estudios. El paso de un alumno por dicho plan, será de acuerdo con el

orden, sentido y criterio que en su retícula se establezca.

ARTÍCULO 12

El contenido de los programas de estudio en el I.T.S.S.P.C., está organizado por unidades de

aprendizaje, entendiéndose éstas como paquetes de conocimientos concretos interrelacionados

entre sí, cuya comprensión conduce al educando al logro de objetivos educacionales específicos.

Estos programas de estudio serán oficiales y de observancia estricta en su cumplimiento.

CAPÍTULO III

DEL PERSONAL DOCENTE

ARTÍCULO 13

Es docente de un curso o materia del I.T.S.S.P.C., el profesionista que contrate esta institución para

tal efecto con apego a las disposiciones y normas que la misma fije.

ARTÍCULO 14

Los docentes del I.T.S.S.P.C. serán contratados para prestar sus servicios profesionales, por el

término que dure la impartición de cada curso o materia. Su relación laboral con la Institución

estará regulada por el reglamento interior y por las condiciones generales del propio instituto así

como por la legislación laboral vigente.

ARTÍCULO 15

Los docentes del I.T.S.S.P.C. impartirán su materia con el método didáctico mas adecuado a la

materia y tendrán libertad para elegir los criterios con los que orientará su clase, ajustándose al

programa autorizado por el propio Instituto.

Page 6: REGLAMENTO ACADÉMICO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN PEDRO … · 2014. 11. 14. · un período escolar o semestre. Las materias teóricas generan una hora adicional

Instituto Tecnológico Superior de San Pedro Coahuila

Reglamento Académico Revisión 0

Elaboró Revisó Vo. Bo. División de Estudios Profesionales,

Departamento de Desarrollo Académico y Departamento de Control Escolar

Subdirección Académica Dirección General

Página: 6 de 20

ARTÍCULO 16

El docente es autoridad en su clase, por lo que tiene la responsabilidad de reglamentar una relación

de mutuo respeto con sus alumnos, encaminado siempre al logro de los objetivos académicos de la

misma y en conformidad a los criterios generales que establezca el Instituto.

Los docentes al impartir las asignaturas frente a grupo deberán observar una vestimenta formal y

adecuada.

ARTÍCULO l7

El docente deberá presentar a la Jefatura de División del área Académica o departamento

respectivo con anterioridad al inicio del curso o materia, el plan de trabajo y programación

detallada de su clase en los formatos que se le proporcionarán para el caso. Debiendo además

durante el desarrollo de la misma, informar periódicamente sobre el avance que se tenga y los

resultados obtenidos por sus alumnos.

ARTÍCULO 18

El docente notificará a su grupo al inicio del curso o materia, acerca del objetivo general del mismo,

su programa de trabajo, la metodología a seguir y se asegurará que conozcan los criterios de

evaluación aplicables, de conformidad con la reglamentación vigente para los Institutos

Tecnológicos, debiendo notificarles por lo menos con cinco días hábiles de anticipación las fechas

en que aplicará cada evaluación ordinaria.

ARTÍCULO 19

Las sesiones de clase serán entre cuarenta y cincuenta minutos continuos y se podrán establecer

descansos de 10 minutos entre cada materia o de acuerdo a las necesidades académicas del

Instituto, siempre y cuando se cumplan con las horas de los programas académicos vigentes.

ARTÍCULO 20

Es responsabilidad del docente terminar el programa de sus materias en el tiempo estipulado, sin

menoscabo de la intensidad y calidad con la que sean vistos la totalidad de las unidades de

aprendizaje.

Page 7: REGLAMENTO ACADÉMICO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN PEDRO … · 2014. 11. 14. · un período escolar o semestre. Las materias teóricas generan una hora adicional

Instituto Tecnológico Superior de San Pedro Coahuila

Reglamento Académico Revisión 0

Elaboró Revisó Vo. Bo. División de Estudios Profesionales,

Departamento de Desarrollo Académico y Departamento de Control Escolar

Subdirección Académica Dirección General

Página: 7 de 20

ARTÍCULO 21

El docente recibirá una lista con los nombres de los alumnos que están legalmente inscritos en la

materia, no debiendo aceptar en su clase a personas ajenas a ésta, a menos que presenten

autorización expresa del departamento de Servicios Escolares.

ARTÍCULO 22

En la lista que se menciona en el artículo anterior, el docente anotará los resultados de las

evaluaciones ordinarias que vaya aplicando. Al concluir totalmente su curso, deberá llenar el

formato de acta de calificaciones finales, que le hará llegar la división o departamento

correspondiente. Es obligación del docente entregar esta acta debidamente requisitada y firmada

antes de las fechas límites que para el efecto fije la citada división o departamento.

ARTÍCULO 23

El I.T.S.S.P.C., contratará preferentemente los servicios profesionales de los docentes que se hayan

distinguido por su calidad académica, espíritu innovador de superación permanente y cooperación

en la consecución de los objetivos generales de la institución.

ARTÍCULO 24

Será obligación de los docentes mantenerse en comunicación permanente con la Jefatura de

División del área Académica o departamento académico correspondiente, permaneciendo siempre

atentos a sus llamados, indicaciones y recomendaciones para retroalimentar su quehacer,

haciéndolos partícipes además de sus sugerencias, problemas o inquietudes personales, a fin de

que la institución este en condiciones de apoyarlos y dar respuestas oportunas.

A).- Se reunirán los docentes al menos tres veces en un semestre para integrar las academias, las

cuales tendrán las siguientes atribuciones:

Page 8: REGLAMENTO ACADÉMICO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN PEDRO … · 2014. 11. 14. · un período escolar o semestre. Las materias teóricas generan una hora adicional

Instituto Tecnológico Superior de San Pedro Coahuila

Reglamento Académico Revisión 0

Elaboró Revisó Vo. Bo. División de Estudios Profesionales,

Departamento de Desarrollo Académico y Departamento de Control Escolar

Subdirección Académica Dirección General

Página: 8 de 20

- Tomar acuerdos

- Formular propuestas

- Proponer acuerdos y soluciones.

B).- Se integraran las propuestas para abatir los índices de reprobación y deserción, con los tutores

asignados para este fin.

CAPÍTULO IV

DE LOS ASPIRANTES Y ALUMNOS

ARTÍCULO 25

Podrán participar en el proceso de selección de nuevo ingreso al I.T.S.S.P.C., todos los aspirantes

que cumplan con lo dispuesto en el Artículo 5o, del Capítulo I, del presente reglamento.

ARTÍCULO 26

De conformidad a los criterios marcados en el Artículo 6o, del Capítulo citado, el I.T.S.S.P.C.,

organizará un proceso selectivo de los aspirantes a nuevo ingreso en los períodos que el mismo

determine, de acuerdo a la demanda existente.

ARTÍCULO 27

Para participar en el proceso de selección de nuevo ingreso al I.T.S.S.P.C., los aspirantes deberán:

A) Presentar copia del certificado de bachillerato o constancia legalmente expedida por institución

educativa con reconocimiento oficial.

B) Copia de la CURP y Acta de nacimiento

C) Entregar dos fotografías recientes tamaño infantil blanco y negro.

D) Llenar los formatos que al efecto se establezcan y cubrir el pago del derecho de examen de

selección.

Page 9: REGLAMENTO ACADÉMICO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN PEDRO … · 2014. 11. 14. · un período escolar o semestre. Las materias teóricas generan una hora adicional

Instituto Tecnológico Superior de San Pedro Coahuila

Reglamento Académico Revisión 0

Elaboró Revisó Vo. Bo. División de Estudios Profesionales,

Departamento de Desarrollo Académico y Departamento de Control Escolar

Subdirección Académica Dirección General

Página: 9 de 20

ARTÍCULO 28

El I.T.S.S.P.C., determinará la fecha, hora y procedimiento de aplicación de los instrumentos de

evaluación que considere convenientes para la selección de los aspirantes, dándolo a conocer de

manera oportuna a los interesados.

ARTÍCULO 29

Si durante el proceso de selección y estancia, se hubiesen cometido actos fraudulentos por parte

del aspirante y/o alumno, tales como falsificación o alteración de documentos, suplantación de

persona, etc., así sean imputables a él mismo o a terceros, el I.T.S.S.P.C., se reserva el derecho de

aplicar la sanción correspondiente.

ARTÍCULO 30

Los nombres de los aspirantes que hubiesen sido seleccionados en el proceso, se publicarán por

escrito en lugar visible. Dichos seleccionados se entenderán admitidos en el I.T.S.S.P.C., y tendrán

derecho a inscripción.

ARTÍCULO 31

Los aspirantes que de acuerdo al artículo anterior tengan derecho a inscripción, deberán de

observar los términos señalados en el Art. 34 del presente reglamento, con el fin de adquirir la

condición de alumnos del I.T.S.S.P.C., con los derechos y obligaciones que de ella se deriven.

A).- Para la Inscripción el alumno deberá pasar al Departamento Académico o la Jefatura de carrera

correspondiente para que se le asigne la carga académica.

ARTÍCULO 32

Para obtener la inscripción se requerirá como mínimo la siguiente documentación en original y dos

copias tamaño carta:

A) Acta de nacimiento y certificado de bachillerato

Page 10: REGLAMENTO ACADÉMICO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN PEDRO … · 2014. 11. 14. · un período escolar o semestre. Las materias teóricas generan una hora adicional

Instituto Tecnológico Superior de San Pedro Coahuila

Reglamento Académico Revisión 0

Elaboró Revisó Vo. Bo. División de Estudios Profesionales,

Departamento de Desarrollo Académico y Departamento de Control Escolar

Subdirección Académica Dirección General

Página: 10 de 20

B) Pago de los derechos correspondientes.

C) Los demás requisitos que al efecto se establezcan y que sean dados a conocer oportunamente.

ARTÍCULO 33

Al inscribirse el alumno de nuevo ingreso recibe un número de control que conservará como

identificación durante toda su carrera. Así mismo, se le expedirá una credencial única e

intransferible, emitida por la Dirección General del I.T.S.S.P.C., a través del Departamento de

Servicios Escolares, misma que deberá conservar el alumno durante su permanencia en el

Instituto. Cada período escolar deberá tramitar la reinscripción correspondiente.

ARTÍCULO 34

Todo lo relativo a la inscripción será tramitado personalmente por los interesados; en casos de

excepción debidamente justificados, podrán tramitarlo sus representantes legalmente constituidos.

ARTÍCULO 35

En el caso de estudiantes extranjeros, además de cumplir con los requisitos exigidos a los

aspirantes nacionales, deberán acreditar fehacientemente su legal estancia en el país. Además, los

documentos en que sustenten su nivel académico, deberán contar con la legalización

correspondiente de la Secretaría de Relaciones Exteriores de México.

ARTÍCULO 36

Se entenderá que los interesados renuncian a su inscripción o reinscripción cuando no se presentan

en los plazos establecidos para el caso, previstos por el Art. 49 del presente reglamento, o bien

cuando hayan iniciado su trámite y no lo concluyan.

ARTÍCULO 37

Los alumnos podrán inscribirse en calidad de alumno regular o irregular, debiendo entenderse

como:

Page 11: REGLAMENTO ACADÉMICO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN PEDRO … · 2014. 11. 14. · un período escolar o semestre. Las materias teóricas generan una hora adicional

Instituto Tecnológico Superior de San Pedro Coahuila

Reglamento Académico Revisión 0

Elaboró Revisó Vo. Bo. División de Estudios Profesionales,

Departamento de Desarrollo Académico y Departamento de Control Escolar

Subdirección Académica Dirección General

Página: 11 de 20

A) Alumno regular, es aquel que esta legalmente inscrito en la Institución llevando todas sus

materias en curso normal y sin tener materias reprobadas pendientes de recursar.

B) Alumno irregular, es aquél que estando legalmente inscrito en la Institución recursa materias o

tiene algún tipo de examen pendiente en materias ya cursadas con anterioridad.

ARTÍCULO 38

Ningún aspirante aceptado podrá asistir a los cursos que imparte el I.T.S.S.P.C., sin antes haber

cubierto los trámites y requisitos de inscripción; sólo podrá acreditar ésta, exhibiendo los

comprobantes oficiales que se extiendan para el caso.

ARTÍCULO 39

La baja temporal será tramitada ante el Departamento de Servicios Escolares. La solicitud deberá

presentarse expresando las razones que la fundamenten, durante laa primeras cuatro semanas de

haber iniciado oficialmente el periodo escolar de clases.

CAPÍTULO V

DE LOS MÓDULOS OPTATIVOS

ARTÍCULO 40

Se denomina Módulo Optativo al conjunto de asignaturas que de acuerdo a una estructura

reticular, suman el total de créditos optativos que marca un plan de estudios.

Los módulos optativos serán determinados por las academias correspondientes en función de:

a) Que el estudiante alcance un mayor conocimiento, actualización y dominio en el campo de

aplicación de su carrera.

b) Que proporcione conocimientos y habilidades que el mercado de trabajo requiera.

Page 12: REGLAMENTO ACADÉMICO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN PEDRO … · 2014. 11. 14. · un período escolar o semestre. Las materias teóricas generan una hora adicional

Instituto Tecnológico Superior de San Pedro Coahuila

Reglamento Académico Revisión 0

Elaboró Revisó Vo. Bo. División de Estudios Profesionales,

Departamento de Desarrollo Académico y Departamento de Control Escolar

Subdirección Académica Dirección General

Página: 12 de 20

ARTÍCULO 41

Un plan de estudios puede tener uno o varios módulos optativos. De acuerdo a la especialidad que

este cursando.

ARTÍCULO 42

Para cada carrera deberán ofrecerse módulos optativos que respondan al objetivo y al perfil de la

misma, no debiendo contener asignaturas formativas aisladas.

ARTÍCULO 43

Será el área académica responsable de la carrera, el encargado de proponer para su autorización a

la Dirección General del plantel, que asignaturas integrarán los módulos optativos, de acuerdo a lo

aquí estipulado.

ARTÍCULO 44

La acreditación de las asignaturas que conformen un módulo optativo, se regirá por lo señalado en

el Manual normativo Académico Administrativo vigente, de igual modo que el resto de las

asignaturas.

ARTÍCULO 45

Una vez que el alumno se haya inscrito a un módulo optativo, no podrá cambiarse a otro, o en caso

contrario se le invalidarán las asignaturas aprobadas en su primer módulo.

CAPÍTULO VI

DEL CALENDARIO ESCOLAR

ARTÍCULO 46

Los estudios en el I.T.S.S.P.C., se impartirán en períodos semestrales, habrá dos en el año

formando un ciclo escolar con una duración mínima de doscientos días hábiles de trabajo. Un

Page 13: REGLAMENTO ACADÉMICO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN PEDRO … · 2014. 11. 14. · un período escolar o semestre. Las materias teóricas generan una hora adicional

Instituto Tecnológico Superior de San Pedro Coahuila

Reglamento Académico Revisión 0

Elaboró Revisó Vo. Bo. División de Estudios Profesionales,

Departamento de Desarrollo Académico y Departamento de Control Escolar

Subdirección Académica Dirección General

Página: 13 de 20

semestre corresponderá de Febrero a Julio y el otro de Agosto a Enero, publicándose el calendario

escolar con la oportunidad debida.

ARTÍCULO 47

El calendario escolar es el documento expedido por el Instituto bajo el cual se regirá cada período

escolar en el que se señalará:

1) Período de selección de alumnos aspirantes a nuevo ingreso.

2) Período de inscripciones.

3) Fecha de inicio y fin de cursos.

4) Períodos vacacionales y días festivos.

5) Períodos para exámenes de regularización, extraordinarios, especiales y globales

6) Períodos para cursos de verano.

8) período para curso propedéutico.

7) Las demás fechas relevantes para la Institución.

ARTÍCULO 48

Sólo la Dirección General del I.T.S.S.P.C., esta facultada para autorizar la suspensión de actividades

en días no marcados por el calendario escolar, debiendo en todo momento vigilar que no se afecte

el buen funcionamiento de la Institución.

CAPÍTULO VII

DE LAS ORGANIZACIONES ESTUDIANTILES

ARTÍCULO 49

Los alumnos del I.T.S.S.P.C., tienen el derecho de definir su Representante de Grupo con propósitos

de representación, superación académica y personal, promoción cultural y deportiva, así como para

brindar servicios solidarios a la comunidad.

ARTÍCULO 50

Page 14: REGLAMENTO ACADÉMICO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN PEDRO … · 2014. 11. 14. · un período escolar o semestre. Las materias teóricas generan una hora adicional

Instituto Tecnológico Superior de San Pedro Coahuila

Reglamento Académico Revisión 0

Elaboró Revisó Vo. Bo. División de Estudios Profesionales,

Departamento de Desarrollo Académico y Departamento de Control Escolar

Subdirección Académica Dirección General

Página: 14 de 20

Los representantes de Grupo deberá registrarse ante la Dirección General del plantel para la

conformación del consejo estudiantil.

ARTÍCULO 51

En todos los casos, los estudiantes elegidos previamente ante su grupo deberán ser alumnos

regulares.

ARTÍCULO 52

El I.T.S.S.P.C., apoyará al consejo estudiantil en la medida de sus posibilidades y las actividades que

realicen.

ARTÍCULO 53

Las actividades desarrolladas por el Consejo Estudiantil deberán estar encaminadas a incrementar

el prestigio de la Institución en la comunidad y a elevar el nivel académico de la misma.

CAPÍTULO VIII

DEL SERVICIO SOCIAL

ARTÍCULO 54

Se entiende por servicio social a la actividad de carácter temporal y obligatoria que

institucionalmente ejecutan y prestan los estudiantes en beneficio de la sociedad y el estado.

ARTICULO 55

El servicio social tendrá por objeto desarrollar en el prestador una conciencia de solidaridad y de

compromiso con la sociedad a la que pertenece, convirtiéndose en un verdadero acto de

reciprocidad para con la misma, a través de los planes y programas del sector público,

contribuyendo a formación académica y capacitación profesional del prestador del servicio social.

ARTICULO 56

Page 15: REGLAMENTO ACADÉMICO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN PEDRO … · 2014. 11. 14. · un período escolar o semestre. Las materias teóricas generan una hora adicional

Instituto Tecnológico Superior de San Pedro Coahuila

Reglamento Académico Revisión 0

Elaboró Revisó Vo. Bo. División de Estudios Profesionales,

Departamento de Desarrollo Académico y Departamento de Control Escolar

Subdirección Académica Dirección General

Página: 15 de 20

El servicio social que presten los alumnos del I.T.S.S.P.C. se hará de conformidad con lo estipulado

con la ley reglamentaria del artículo 5to constitucional, por el presente reglamento y ajustándolo a

los demás procedimientos que para el efecto emita el instituto.

ARTICULO 57

El servicio social se podrá realizar a partir del 70% de créditos aprobados del plan de estudios

correspondiente.

ARTICULO 58

El servicio social deberá cubrir un mínimo de 480 hrs. durante un periodo no menor de 6 meses y

no mayor de 2 años cuando el Servicio Social se realice en períodos discontinuos.

ARTICULO 59

El alumno podrá prestar el Servicio Social en programas que el mismo proponga, siempre y cuando

su contenido, alcance y proyección sean de beneficio social. La autorización quedará a criterio del

Departamento de Gestión Tecnológica y Vinculación del Instituto.

ARTICULO 60

El estudiante podrá prestar el servicio social de acuerdo a las siguientes modalidades enmarcadas

con el carácter de institucional o interinstitucional:

a) Individual.

b) Brigadas disciplinarias

c) Brigadas interdisciplinarias.

ARTICULO 61

Las actividades del Servicio Social pueden ser de naturaleza urbana, suburbana y rural debiendo ser

de los siguientes tipos:

a) Programas de Desarrollo comunitario.

Page 16: REGLAMENTO ACADÉMICO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN PEDRO … · 2014. 11. 14. · un período escolar o semestre. Las materias teóricas generan una hora adicional

Instituto Tecnológico Superior de San Pedro Coahuila

Reglamento Académico Revisión 0

Elaboró Revisó Vo. Bo. División de Estudios Profesionales,

Departamento de Desarrollo Académico y Departamento de Control Escolar

Subdirección Académica Dirección General

Página: 16 de 20

b) Programas de Investigación y desarrollo.

c) Programas establecidos por la Secretaría de Educación Pública u otras dependencias de los

Gobiernos Federal, Estatal y Municipal.

d) Programas de promoción social, cultural y deportiva en calidad de instructores en programas

establecidos por organismos públicos y de asistencia social.

e) Programas de apoyo a las acciones del propio instituto que estén relacionadas con una o más de

las acciones antes mencionadas y a los equipos deportivos y culturales representativos del

I.T.S.S.P.C.

f) Programas locales y regionales.

g) Programas que marquen el programa nacional de apoyo al servicio social.

h) Programa de apoyo a las acciones del propio instituto que estén relacionadas con una o más de

las acciones antes mencionadas y a los equipos deportivos y culturales representativos del

I.T.S.S.P.C.

ARTÍCULO 62

El prestador de servicio social podrá realizar actividades de:

a) Desarrollo a la comunidad

b) Investigación

c) Docencia

d) Asistencia técnica

e) Administración

f) Asesoría y consulta

g) Planeación

h) Organización

Page 17: REGLAMENTO ACADÉMICO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN PEDRO … · 2014. 11. 14. · un período escolar o semestre. Las materias teóricas generan una hora adicional

Instituto Tecnológico Superior de San Pedro Coahuila

Reglamento Académico Revisión 0

Elaboró Revisó Vo. Bo. División de Estudios Profesionales,

Departamento de Desarrollo Académico y Departamento de Control Escolar

Subdirección Académica Dirección General

Página: 17 de 20

i) Promoción social, cultural y deportiva

ARTÍCULO 63

El servicio social se podrá prestar en:

a) La comunidad de manera directa

b) Dependencias de gobierno federal, estatal y municipal

c) Organismos públicos descentralizados

d) Empresas de participación estatal

e) Organizaciones e instituciones independientes de beneficio comunitario

f) Centros de investigación y desarrollo tecnológico

g) Instituciones educativas de carácter publico

h) Instituciones con las cuales la dirección general de institutos tecnológicos suscribe

convenios en materia de servicio social

ARTÍCULO 64

Para acreditar la prestación del servicio social, se deberán llevar a cabo los trámites

correspondientes en el departamento de gestión tecnológica y vinculación del I.T.S.S.P.C

CAPÍTULO IX

DE LA TITULACIÓN

ARTÍCULO 65

El I.T.S.S.P.C., de acuerdo al artículo cuarto fracción X de su decreto de creación está facultado para

expedir títulos profesionales a los alumnos que hayan concluido los estudios correspondientes, de

conformidad a lo dispuesto por la Ley reglamentaria de los artículos 4o. y 5o. constitucionales,

relativo al ejercicio de las profesiones y a las demás disposiciones aplicables.

Page 18: REGLAMENTO ACADÉMICO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN PEDRO … · 2014. 11. 14. · un período escolar o semestre. Las materias teóricas generan una hora adicional

Instituto Tecnológico Superior de San Pedro Coahuila

Reglamento Académico Revisión 0

Elaboró Revisó Vo. Bo. División de Estudios Profesionales,

Departamento de Desarrollo Académico y Departamento de Control Escolar

Subdirección Académica Dirección General

Página: 18 de 20

ARTÍCULO 66

Para obtener el título profesional en el I.T.S.S.P.C., con planes de estudio a partir del 2004, es

necesario:

a) Haber aprobado el total de las asignaturas que integren el plan de estudios

correspondiente.

b) Haber realizado el Servicio Social en los términos indicados por este reglamento y demás

disposiciones aplicables.

c) Haber realizado las Prácticas o Residencias Profesionales según lo marque el plan

de estudios, y de acuerdo a lo que establece el presente reglamento.

d) Demostrar haber alcanzado el nivel de dominio del idioma inglés establecido en el programa

que para el efecto implante el I.T.S.S.P.C.,

d) Cumplir con las normas específicas de la opción de titulación seleccionada, autorizadas por la

dirección de institutos tecnológicos descentralizados.

Además de lo siguiente:

f) No tener adeudos económicos o en especie con la Institución.

g) Cubrir los derechos correspondientes, para trámite de registro de título

h) Llevar a cabo la ceremonia del protocolo del examen profesional

ARTÍCULO 67

El dictamen final de la presentación de un examen profesional para Titulación, será: Mención

Honorífica, siempre y cuando el o los sustentantes, muestren como mínimo un promedio de 88,

además, la exposición que realicen, sea de un desempeño impecable y que la propuesta sea de

impacto tecnológico, social o industrial y comprobar lo anterior; además que los tres sinodales

aprueben la mención. Unanimidad cuando, los tres miembros del jurado consideren de calidad la

exposición y voten por este resultado y Dictamen de Mayoría, cuando al menos dos de tres

sinodales, aprueben la exposición.

CAPÍTULO X

DE LAS MENCIONES HONORÍFICAS

Page 19: REGLAMENTO ACADÉMICO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN PEDRO … · 2014. 11. 14. · un período escolar o semestre. Las materias teóricas generan una hora adicional

Instituto Tecnológico Superior de San Pedro Coahuila

Reglamento Académico Revisión 0

Elaboró Revisó Vo. Bo. División de Estudios Profesionales,

Departamento de Desarrollo Académico y Departamento de Control Escolar

Subdirección Académica Dirección General

Página: 19 de 20

ARTÍCULO 68

Mención honorífica es el reconocimiento que el I.T.S.S.P.C., hace a un alumno, por su desempeño,

dedicación, esfuerzo, y calidad académica alcanzada en sus estudios.

ARTÍCULO 69

Las menciones honoríficas se otorgarán siempre por escrito, durante la ceremonia del protocolo de

recepción profesional.

ARTÍCULO 70

Las menciones honoríficas se otorgarán por los siguientes motivos:

a) Haber obtenido un promedio general mínimo de 95 en calificación ordinaria durante su carrera.

b) Haber desempeñado actividades académicas de importancia para la comunidad.

c) Haber participado en proyectos de investigación relevantes para la

Institución.

d) Haber realizado un Servicio Social destacado hacia la comunidad.

d) Haber contribuido de manera importante en la solución de la problemática de las empresas

donde realizó su residencia profesional.

CAPÍTULO XI

DE LAS BECAS

ARTÍCULO 71

El I.T.S.S.P.C., podrá otorgar becas académicas a sus alumnos que sean regulares y que cuenten con

un promedio de aprovechamiento académico mínimo de 95 como estímulo a estudiantes

sobresalientes o como apoyo a los que carezcan de recursos económicos suficientes, siempre y

cuando cumplan con los requisitos correspondientes, marcados en el reglamento para el

otorgamiento de becas, expedido para este propósito.

ARTÍCULO 72

Page 20: REGLAMENTO ACADÉMICO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN PEDRO … · 2014. 11. 14. · un período escolar o semestre. Las materias teóricas generan una hora adicional

Instituto Tecnológico Superior de San Pedro Coahuila

Reglamento Académico Revisión 0

Elaboró Revisó Vo. Bo. División de Estudios Profesionales,

Departamento de Desarrollo Académico y Departamento de Control Escolar

Subdirección Académica Dirección General

Página: 20 de 20

El alumno tendrá derecho a solicitar algún tipo de beca ante el I.T.S.S.P.C., estas serán semestrales

y consistirán en la exención total o parcial de la cuota de inscripción para ese período, pudiendo

otorgarse apoyos complementarios según el caso y tipo de beca.

ARTÍCULO 73

El I.T.S.S.P.C., determinará la cantidad y tipos de becas que se puedan ejercer en cada período

escolar, de acuerdo con sus posibilidades financieras.

ARTÍCULO 74

Las becas serán tramitadas personalmente por los interesados con oportunidad, debiendo llenar los

formatos correspondientes y presentar los documentos comprobatorios que les sean solicitados

por la Institución.

TRANSITORIOS

PRIMERO

Los casos no previstos en este reglamento serán resueltos por la H. Junta Directiva.

SEGUNDO

El presente reglamento entrará en vigor al día siguiente de ser aprobado por los miembros de la

junta directiva del I.T.S.S.P.C.

TERCERO

Se derogan todas las disposiciones académicas que se opongan al presente reglamento.