realizaciÓn de inspecciones tÉcnicas administrativas

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  • 7/30/2019 REALIZACIN DE INSPECCIONES TCNICAS ADMINISTRATIVAS

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    GUA PARA LA REALIZACINDE INSPECCIONES TCNICAS ADMINISTRATIVAS

    [en el mbito del Real Decreto 1254/1999 (Seveso II)]

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    GUA PARA LA REALIZACINDE INSPECCIONES TCNICASADMINISTRATIVAS

    [en el mbito del Real Decreto 1254/1999(Seveso II)]

    DIRECCIN GENERAL DE PROTECCIN CIVILMINISTERIO DEL INTERIOR

    2003

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    Edita: Direccin General de Proteccin Civil. Ministerio del Interior

    NIPO: 126-03-018-0Depsito legal: M-29194/2003

    IMPRENTA NACIONAL DEL BOLETN OFICIAL DEL ESTADO

    Avda. de Manoteras, 54. 28050 MADRID

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    ndice general

    PRLOGO................................................................................................................................................ 9

    Captulo 1. Introduccin...................................................................................................................... 11

    1.1 Antecedentes ................................................................................................................................... 111.2 Objeto y alcance .............................................................................................................................. 12

    Captulo 2. Metodologa de inspeccin .............................................................................................. 15

    2.1 Introduccin .................................................................................................................................... 152.2 Personal inspector ........................................................................................................................... 16

    2.2.1 Perfil del personal de inspeccin ......................................................................................... 162.2.2 Estructura y responsabilidades del equipo de inspeccin .................................................... 17

    2.3 Fases de una inspeccin .................................................................................................................. 19

    2.3.1 Planificacin de la inspeccin ............................................................................................. 192.3.2 Desarrollo de la inspeccin .................................................................................................. 232.3.3 Informe de inspeccin ......................................................................................................... 262.3.4 Seguimiento ......................................................................................................................... 27

    2.4 Criterios de evaluacin .................................................................................................................... 28

    2.4.1 Resultado de la inspeccin .................................................................................................. 30

    2.5 Aspectos a verificar en el desarrollo de la inspeccin ..................................................................... 30

    2.5.1 Verificacin de la informacin aportada por el industrial a la Administracin ................... 302.5.2 Anlisis de la gestin de la seguridad del establecimiento .................................................. 37

    Anexos

    Anexo A. Requisitos de un Sistema de Gestin de Seguridad .............................................................. 85

    Anexo B. Legislacin de referencia ...................................................................................................... 107Anexo C. Aspectos a considerar en relacin a los reglamentos de seguridad industrial ...................... 121Anexo D. Glosario de trminos ............................................................................................................. 147

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    PRLOGO

    La Directiva 96/82/CE, relativa al control de los riesgos inherentes a los accidentes graves

    en los que intervengan sustancias peligrosas (Directiva Seveso II), y el Real Decreto 1254/1999,de 16 de julio, por el que se incorpora sta al marco jurdico espaol, han supuesto respecto a suregulacin predecesora una modificacin sustancial, con la introduccin de nuevos aspectosesenciales para una rigurosa prevencin, gestin y control de estos riesgos.

    Entre tales aspectos cabe destacar la planificacin de los usos del suelo, en concordan-cia con los niveles de riesgo, la consideracin del efecto domin y, especialmente, el nfasisy elevados requerimientos exigidos a los sistemas nacionales de inspeccin y control de lasindustrias sometidas al mbito de aplicacin de esta normativa, requerimientos stos querecoge el artculo 19 del Real Decreto 1254/1999.

    La implantacin y cumplimiento material de estas exigencias en materia de inspeccio-

    nes presenta, en la prctica, ciertas dificultades objetivas, derivadas, de una parte, de la com-plejidad tcnica de las mismas, que se extienden adems a aspectos organizativos, de coor-dinacin, de control e incluso econmicos, y, de otra, de las numerosas polticas y rganossectoriales administrativos involucrados (seguridad y calidad industrial, proteccin civil,seguridad y salud laboral, medio ambiente, y ordenacin del territorio y urbanismo).

    En la consciencia de tales dificultades, la Direccin General de Proteccin Civil, delMinisterio del Interior, en coordinacin con la Direccin General de Poltica Tecnolgica,del Ministerio de Ciencia y Tecnologa, promovi la celebracin en Espaa de un Seminarioespecfico sobre Inspecciones de instalaciones industriales en el marco de la normativaSeveso II, que tuvo lugar en la Escuela Nacional de Proteccin Civil, patrocinado conjunta-mente por la OCDE y la Unin Europea, al que fueron invitados todos los organismos de las

    Comunidades Autnomas implicados, los organismos de control y entidades de acreditacina las que se refiere el artculo 5 del Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el quese aprueba el Reglamento de la infraestructura para la calidad y seguridad industrial; ascomo los industriales, entre otros, y al que asistieron expertos de ms de veinte pases miem-bros de la OCDE/UE.

    Dos de los factores esenciales identificados para el xito de las polticas y accionesadministrativas de prevencin y control de accidentes graves, especialmente destacados enlos debates y en las conclusiones de este Seminario, se concretaron en:

    La disposicin y aplicacin por las autoridades administrativas involucradas, deDirectrices y Guas para la realizacin de Inspecciones, que incluyeran todos los

    requisitos reglamentarios de diversa ndole objeto de inspeccin y control y de algnmodo normalizaran aspectos concretos de las inspecciones, tales como los infor-mes de Inspeccin o el seguimiento de las acciones y controles, entre otros.

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    La necesidad, dado el carcter multidisciplinar de las inspecciones, de un esfuerzo decoordinacin e integracin por parte de todos los mbitos sectoriales concernidos,

    compartiendo las informaciones y bases de datos existentes, incluyendo aquellas deri-vadas del mbito voluntario de la calidad industrial y, muy especialmente, las deriva-das de los informes de inspeccin y control y del seguimiento de los mismos.

    Siguiendo tales recomendaciones, la Direccin General de Proteccin Civil adopt lainiciativa de elaborar esta Gua Tcnica de carcter recomendatorio para la realizacin deinspecciones administrativas, directas, o a travs de terceras partes acreditadas, en las Indus-trias Seveso.

    Este proyecto no hubiera llegado a trmino sin la encomiable participacin de los dife-rentes rganos de las Comunidades Autnomas, quienes han aportado su conocimiento pre-ciso de los problemas prcticos que se plantean en cada Comunidad, as como la toma en

    consideracin de todos los aspectos y circunstancias organizativas, competenciales, tcnicasy administrativas, existentes en cada caso. Todo ello con el fin de conseguir una Gua adap-tada a las circunstancias y necesidades reales, caracterstica sta imprescindible para ser deutilidad.

    Es preciso, asimismo, agradecer la colaboracin de los titulares de industrias afectadas,de la Entidad Nacional de Acreditacin y Certificacin, as como de diversas entidades decertificacin y compaas consultoras, gracias a los cuales se han tenido en cuenta herra-mientas esenciales, como son los programas de seguridad y calidad industrial y medioam-biental, la adscripcin a sistemas voluntarios de inspeccin, la realizacin de auditorasinternas y externas y la certificacin de conformidad.

    Confiamos que esta publicacin facilite a las autoridades competentes, a los organismos

    de control y a los propios industriales afectados, criterios, mtodo y rigor necesarios para laactividad inspectora y el control eficaz de los riesgos, permitiendo y facilitando asimismo laexplotacin gil de sus resultados, tanto por los rganos de la Administracin Pblica direc-tamente competente en materia de inspeccin y control, y de actuacin en emergencia,como a otros organismos administrativos concernidos, en materia de ordenacin del territo-rio y urbanismo, seguridad y salud laboral y gestin ambiental.

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    Introduccin

    1.1 ANTECEDENTES

    El Real Decreto 1254/1999 (en adelante Real Decreto) tiene por objeto la prevencin de acci-dentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, as como la limitacin de sus consecuen-cias, con la finalidad de proteger a las personas, los bienes y el medio ambiente, de manera efectivay consistente.

    Para ello, obliga a los industriales de establecimientos afectados a adoptar las medidas necesa-rias para prevenir accidentes graves y limitar sus consecuencias en el caso de que stos tengan lugar.

    Entre los requerimientos impuestos por el Real Decreto se encuentra el relativo a inspeccionesde seguridad en los establecimientos afectados. A tales efectos, el artculo 19 establece que:

    1. Los rganos competentes de las Comunidades Autnomas establecern un sistema de

    inspeccin y las medidas de control adecuadas a cada tipo de establecimiento compren-

    dido en el mbito de aplicacin del presente Real Decreto. Las inspecciones posibilita-

    rn un examen planificado y sistemtico de los equipos tcnicos, la organizacin y modos

    de gestin aplicados en el establecimiento, a fin de que el industrial pueda demostrar, en

    particular:

    a) Que ha tomado las medidas adecuadas, en base a las actividades realizadas en elestablecimiento, para prevenir accidentes graves.

    b) Que ha adoptado las medidas necesarias para limitar las consecuencias de acciden-tes graves dentro y fuera del establecimiento.

    c) Que los datos y la informacin facilitados en el informe de seguridad o en cualquier

    otro informe o notificacin presentados reflejen fielmente el estado de seguridad delestablecimiento.

    d) Que ha establecido programas e informado al personal del establecimiento sobre lasmedidas de proteccin y actuacin en caso de accidente.

    De la misma forma, el Real Decreto recoge en este mismo artculo que:

    Para la realizacin de las inspecciones, el rgano competente de la Comunidad Autno-

    ma podr requerir, si lo estima conveniente, la colaboracin de organismos de control

    acreditados por la Administracin competente, de acuerdo con lo dispuesto en el Real

    Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la infra-

    estructura para la calidad y la seguridad industrial.

    El Real Decreto introduce, de esta forma, un concepto novedoso en la legislacin espaola enmateria de seguridad industrial: la inspeccin de seguridad integral, por cuanto abarca no slo la

    Captulo

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    seguridad intrnseca de los equipos tcnicos, sino que adems incluye el examen planificado de losmodos de gestin y la organizacin del establecimiento.

    Teniendo en cuenta estas premisas, se elabora la presente Gua para la realizacin de inspeccio-nes tcnicas administrativas en establecimientos Seveso, cuyo objetivo y alcance se exponen a conti-nuacin.

    1.2 OBJETO Y ALCANCE

    El presente documento constituye una gua tcnica de directa y general aplicacin para larealizacin de inspecciones en establecimientos sometidos al mbito de aplicacin del RealDecreto.

    Esta Gua pretende facilitar el mtodo, el rigor y la eficacia de la actividad inspectora permitien-do y facilitando la explotacin gil de los resultados por parte de la Administracin competente, losorganismos de control autorizados y los industriales.

    Por ello, y teniendo en consideracin la realidad espaola y sus particularidades en las diferen-tes Comunidades Autnomas, se desarrolla una gua que integra aspectos y controles relacionadoscon la seguridad industrial y homogeneza y normaliza cada una de las etapas constituyentes delproceso de inspeccin.

    En la presente gua de inspecciones se ha tomado en consideracin la distinta tipologa de esta-blecimientos afectados por el Real Decreto, distinguindose entre aspectos a verificar en las inspec-ciones llevadas a cabo en establecimientos de nivel inferior (arts. 6 y 7) y aquellos a verificar en

    establecimientos de nivel superior (art. 9).El documento se ha estructurado en los siguientes captulos y anexos:

    Captulo 1. Introduccin. Captulo 2. Metodologa general de inspeccin.

    En este captulo se desarrolla la metodologa propuesta para la realizacin de inspecciones deseguridad en los establecimientos afectados por el Real Decreto, tanto a nivel inferior como anivel superior, detallndose funciones y responsabilidades requeridas para el personal inspec-tor y describindose las actuaciones a emprender en cada una de las fases en las que se desa-rrollan estas inspecciones.

    Anexo A. Requisitos de un Sistema de Gestin de la Seguridad (SGS).Recoge los aspectos que se han de tener en consideracin para el desarrollo de un SGS que drespuesta a lo exigido por el Real Decreto.

    Anexo B. Legislacin de referencia.

    Incluye un listado de la legislacin a nivel nacional que puede ser de aplicacin a los estable-cimientos afectados por el Real Decreto.

    Anexo C. Aspectos a considerar en relacin a los reglamentos de seguridad industrial.

    A modo de ejemplo, recoge de forma particular, para algunos reglamentos de seguridad

    industrial, cules son los documentos, certificados y registros que los establecimientos indus-triales han de tener disponibles durante la inspeccin, a fin de poder garantizar el cumpli-miento reglamentario de su instalacin.

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    Anexo D. Glosario de trminos.

    Por ltimo, sealar que este documento puede ser utilizado de referente por los industriales

    afectados por el Real Decreto para el desarrollo de sistemas de gestin de la seguridad en sus esta-blecimientos y para la evaluacin y diagnstico de los sistemas de gestin implantados, mediante larealizacin de auditoras voluntarias, internas o externas.

    INTRODUCCIN 13

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    Metodologa de inspeccin

    2.1 INTRODUCCIN

    El propsito bsico de una inspeccin de seguridad conforme al artculo 19 delReal Decreto 1254/1999 es llevar a cabo un examen planificado y sistemtico, tanto de losequipos tcnicos como de la organizacin y modos de gestin del establecimiento, con el finde verificar si el industrial ha adoptado todas las medidas necesarias para garantizar un altonivel de proteccin para las personas, los bienes y el medio ambiente. En particular, elindustrial debe demostrar:

    Que ha tomado las medidas adecuadas para prevenir accidentes graves. Que ha adoptado las medidas necesarias para limitar las consecuencias de accidentes

    graves dentro y fuera del establecimiento.

    Que los datos y la informacin facilitados en el informe de seguridad o en cualquierotro informe o notificacin presentados reflejan fielmente el estado de seguridad delestablecimiento.

    Que ha establecido programas e informado al personal del establecimiento sobre lasmedidas de proteccin y actuacin a adoptar en caso de accidente.

    Captulo

    2

    EXAMEN PLANIFICADO Y SISTEMTICO

    ALCANCE

    OBJETIVO

    Industrial debe demostrar:

    Medidas adecuadas para prevenir accidentes graves.

    Medidas necesarias para limitar consecuencias de accidentes graves.

    Veracidad de datos e informacin suministrada.

    Informacin al personal sobre medidas de proteccin y actuacin.

    EQUIPOSTCNICOS

    ORGANIZACINY GESTIN

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    La metodologa propuesta en la presente Gua para la realizacin de estas inspeccionesse basa en la definicin de preguntas de verificacin que permitan al inspector evaluar si

    se alcanzan los objetivos fijados por el Real Decreto.Dichas preguntas se acompaan de comentarios aclaratorios que tienen por objeto faci-litar la comprobacin y evaluacin del grado de cumplimiento por el industrial de los aspec-tos a verificar en cada una de ellas.

    Se presentan a continuacin los aspectos que se han de tener en consideracin para eldesarrollo de inspecciones de seguridad:

    Funciones y responsabilidades del personal inspector. Aspectos a contemplar en las distintas fases en las que se desarrolla una inspeccin.

    2.2 PERSONAL INSPECTOR

    Para la ejecucin de una inspeccin es fundamental que el personal que la lleve a cabodisponga de un nivel de conocimientos y experiencia suficientes, que le permita obtenerconclusiones veraces y objetivas del proceso de evaluacin realizado.

    Por ello, se expone a continuacin el perfil que, para la realizacin de inspecciones en elcampo de accidentes graves, se estima necesario debe alcanzar el personal de inspeccin.

    Asimismo, se propone una posible estructura de un equipo de inspeccin, con las fun-ciones y responsabilidades que cada uno de sus miembros debe asumir.

    2.2.1 Perfil del personal de inspeccin

    El personal responsable de llevar a cabo una inspeccin debe tener la cualificacin, for-macin y experiencia apropiadas y un conocimiento satisfactorio de los requisitos de la ins-peccin a realizar, as como poseer los conocimientos adecuados sobre los procesos de losestablecimientos a inspeccionar, de la forma en la que los mismos se gestionan y operan, yde los incidentes que pueden ocasionarse durante el desarrollo de dichos procesos.

    Se exponen a continuacin cules deben ser los conocimientos y aptitudes generales adisponer por un inspector. No obstante, en cada caso particular, se han de analizar las carac-tersticas del establecimiento a inspeccionar y el alcance de la inspeccin para determinar, sifuese necesario, la adquisicin de formacin especfica relativa a la misma.

    Los inspectores deben reunir las siguientes caractersticas:

    Capacidad para emitir juicios independientes y objetivos de conformidad con losrequisitos aplicables, utilizando los resultados de la inspeccin.

    Responsabilidad, rigor e imparcialidad para la evaluacin de la conformidad. Discrecin, respeto y diplomacia durante la realizacin de la inspeccin, con disposi-

    cin constructiva, manteniendo una actitud dialogante y adecuada con el personal delestablecimiento.

    Capacidad de comunicacin, sabindose adaptar a cada persona y situacin concreta. Capacidad de anlisis y sntesis de informacin.

    Los inspectores deben disponer de conocimientos sobre los siguientes aspectos:

    Sistemas de gestin de la seguridad. Tcnicas de auditora de sistemas de gestin. Normas, guas y legislacin de referencia a utilizar para la evaluacin de la conformidad.

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    Caractersticas y especificaciones de los procesos, operaciones y aspectos tcnicosrelacionados con los establecimientos a inspeccionar.

    Sistemas de seguridad en procesos, almacenamientos, manejo, transporte, etc., desustancias peligrosas. Modelos predictivos de consecuencias de accidentes.

    2.2.2 Estructura y responsabilidades del equipo de inspeccin

    Es recomendable que el equipo de inspeccin se encuentre constituido, al menos, pordos personas, al objeto de poder aprovechar un mayor nmero de opiniones y puntos devista sobre las posibles carencias identificadas en materia de seguridad, tanto del procesocomo del propio sistema de gestin.

    No obstante, en cada caso particular se ha de determinar el nmero ptimo de inspecto-res en funcin de las caractersticas especficas del establecimiento a inspeccionar.Se presentan a continuacin los aspectos generales que deben tener en consideracin los

    inspectores para la preparacin y ejecucin de la inspeccin, as como las responsabilidadesespecficas que debe asumir cada uno de los miembros del equipo de inspeccin en funcindel papel que desempeen.

    Para la preparacin y ejecucin de la inspeccin, los inspectores deben tener en consi-deracin los siguientes aspectos:

    Antes de la inspeccin:

    Conocer sus funciones y responsabilidades en relacin con la inspeccin a realizar,as como las del resto de inspectores designados.

    Conocer el alcance y programa de la inspeccin, as como los requisitos y criterios deevaluacin a aplicar.

    Solicitar y analizar la informacin necesaria sobre las instalaciones, procesos, equi-pos, sistemas de seguridad y sistema de gestin de la seguridad implantado en el esta-blecimiento a inspeccionar.

    Determinar la informacin relevante y suficiente para la ejecucin de la inspeccin. Determinar y conocer la legislacin de aplicacin relativa a la seguridad, conforme a

    la cual evaluar la conformidad.

    Durante la inspeccin: Velar por su seguridad y la de sus compaeros y respetar las normas que al respecto

    tenga definidas el industrial, no manipulando ningn material o instalacin. Cuestionar la validez y fiabilidad de las fuentes de informacin. En todo momento ser rigurosos y ordenados en las labores de inspeccin, cumpliendo

    el programa y alcance definido. Anotar las dificultades que por parte del establecimiento se puedan presentar para la

    realizacin de la inspeccin, en especial, el acceso a las partes de la instalacin que seconsideren necesarias o la disposicin de la informacin, documentacin, elementoso personal que fuese preciso.

    Mantener en adecuado estado de orden y limpieza la zona de trabajo. Recoger y analizar las evidencias pertinentes y suficientes para permitir obtener lasconclusiones relativas a la seguridad del establecimiento.

    METODOLOGA DE INSPECCIN 17

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    Respetar la confidencialidad de la informacin puesta a su disposicin por la empresainspeccionada.

    2.3 FASES DE UNA INSPECCIN

    Se describen a continuacin de forma detallada las fases en las que se debe desarrollaruna inspeccin:

    Planificacin. Desarrollo de la inspeccin. Informe de inspeccin. Seguimiento.

    2.3.1 Planificacin de la inspeccin

    En la fase de planificacin de una inspeccin se han de llevar a cabo las siguientes acti-vidades:

    Preparacin de la inspeccin. Desarrollo de un plan de inspeccin. Anlisis de la informacin y elaboracin de los documentos de trabajo.

    En la siguiente figura se presenta un esquema donde se resumen las principales actua-ciones que se han de llevar a cabo durante la planificacin de una inspeccin, y que a conti-nuacin se describen en detalle:

    PREPARACIN DE LA INSPECCIN

    Antes de llevar a cabo una inspeccin, es necesario realizar una serie de gestiones pre-vias para tratar de evitar, en lo posible, cualquier tipo de improvisacin que traiga como

    METODOLOGA DE INSPECCIN 19

    FASES DE UNA INSPECCIN

    PLANIFICACIN DESARROLLOINFORME DEINSPECCIN

    SEGUIMIENTO

    PLANIFICACIN

    SELECCIN Y ASIGNACIN DE FUNCIONES AINSPECTORES.

    DEFINICIN DEL ALCANCE. IDENTIFICACIN DE DOCUMENTACIN DE REFEREN-

    CIA (legislacin de aplicacin, guas, normas, etc.).

    RECOPILACIN Y ANLISIS DE INFORMACIN.

    COORDINACIN CON LA AUTORIDAD COMPETENTE.

    PREPARACIN DE LISTAS DE CHEQUEO.

    PLAN DE INSPECCIN Y NOTIFICACIN.

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    consecuencia un mal procedimiento de actuacin, una recopilacin excesiva o defectuosa deinformacin, o una falta de compenetracin entre el equipo inspector y la empresa que va a

    ser inspeccionada.As, el organismo encargado de llevar a cabo la inspeccin debe proceder al nombra-miento de un inspector jefe que prepare y planifique la inspeccin a realizar y la formacindel equipo inspector.

    La entidad de inspeccin debe delegar toda la responsabilidad en esta persona, de formaque exista un claro responsable de las actuaciones y misiones del equipo inspector. Este ins-pector jefe deber responder al perfil planteado en el apartado 2.2.

    Una vez formado el equipo de inspeccin, se ha de planificar la inspeccin a realizar.Para ello, se han de analizar los siguientes aspectos:

    Informacin disponible relacionada con el establecimiento en cuestin necesaria parael desarrollo de las tareas de inspeccin.

    Documentos normativos de referencia frente a los cuales se evaluar la conformidad.(Real Decreto 1254/1999, legislacin autonmica, reglamentos de seguridad indus-trial, etc.).

    Necesidad de recursos tcnicos y materiales para la ejecucin de la inspeccin. Alcance de la inspeccin. Necesidad de elaborar listas de verificacin para evaluar la conformidad respecto a

    los documentos normativos de referencia. Necesidad de notificar la actuacin al rgano competente. En determinadas Comuni-

    dades Autnomas, las disposiciones legales que regulan a los organismos de controlestablecen la obligacin de que stos notifiquen su actuacin previamente al desarro-

    llo de la inspeccin, en un plazo de tiempo determinado.Para la planificacin de la inspeccin se ha de contactar con el establecimiento a inspec-

    cionar, a travs de los canales de comunicacin adecuados, incluyndose, cuando se consi-dere necesario, la programacin de una reunin preliminar.

    A travs de estos contactos, el inspector jefe deber comunicar al establecimiento cules el objeto de la inspeccin y deber dejar constancia de la necesidad de que exista unatotal disposicin de las dos partes para llevar a buen trmino la ejecucin de los trabajos. Enparticular se han de tratar los siguientes aspectos:

    Concrecin del alcance de la inspeccin. Solicitud de la informacin necesaria para la preparacin de la inspeccin.

    En particular, se podr solicitar la siguiente informacin relativa a la gestin de laseguridad en el establecimiento a inspeccionar:

    Documentacin desarrollada con motivo del Real Decreto 1254/1999 (notificacin,plan de autoproteccin, y si est afectado a nivel superior por el Real Decreto,informe de seguridad).

    Informes de auditoras voluntarias (externas e internas). Informes de inspecciones de seguridad previas. ndice de documentos en vigor del SGS. Informacin tcnica y documentos del SGS que se consideren necesarios.

    Requisitos de seguridad establecidos por la empresa inspeccionada.

    Es necesario dar a conocer al equipo inspector qu requisitos ha de cumplir para poderrealizar la visita a las instalaciones. Estos requisitos pueden ir desde la facilitacin depases o identificaciones hasta el empleo de prendas y/o equipos de proteccin que sean

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    necesarios para la visita en campo. En todo caso, es la empresa inspeccionada la quedeterminar las medidas de seguridad a adoptar para garantizar la integridad fsica de

    los inspectores y el control de acceso de los mismos a las instalaciones. Fechas aproximadas para la celebracin de la inspeccin.Estas fechas sern orientativas y pueden estar sujetas a cambios posteriores en fun-cin de la disponibilidad de las personas implicadas. El objeto de la definicin deestas fechas es concretar unos plazos para que el equipo inspector realice el plan deinspeccin, adecundolo a las fechas disponibles.

    Asimismo, debido al carcter multidisciplinar de las inspecciones de seguridad dentrodel proceso de planificacin y preparacin de la misma, el equipo inspector puede tener enconsideracin aspectos relacionados con otras reas de actuacin administrativa que, a sucriterio, pudiesen tener influencia sobre la gestin integral de la seguridad en el estableci-

    miento a inspeccionar.En particular, el inspector jefe puede plantear un contacto previo con los rganos com-petentes en sectores tales como calidad y seguridad industrial, higiene y seguridad laboral,ordenacin del territorio y urbanismo, medio ambiente, riesgos para la salud humana, etc.,al objeto de solicitar informacin relativa al establecimiento (informes de inspeccin, audi-toras, etc.), as como requisitos generales o especficos que el establecimiento est obliga-do a cumplir, y que pueden ser inspeccionados desde el punto de vista establecido por elReal Decreto 1254/1999.

    La colaboracin interadministrativa, a travs de los mecanismos desarrollados por lasAdministraciones competentes, permitira alcanzar los siguientes objetivos:

    Maximizar la eficacia en la ejecucin de las inspecciones.

    Optimizar los recursos necesarios. Evitar conflictos en conclusiones y resoluciones derivadas de las inspecciones. Programacin de inspecciones conjuntas. Mejorar la transparencia entre autoridades competentes.

    Este tipo de colaboracin interadministrativa podra apoyarse en el desarrollo de basesde datos compartidas, que agilizaran y facilitaran el intercambio de informacin entre losrganos competentes y permitiran el seguimiento global de las actuaciones derivadas de lasinspecciones realizadas.

    PLAN DE INSPECCIN

    Es funcin del inspector jefe el desarrollo del plan de inspeccin. Este plan debe serpreciso y flexible. Preciso, porque debe dejar establecido cmo se va a desarrollar la inspec-cin, quin va a responsabilizarse de cada una de las reas a tratar y cul va a ser el plan deactuacin. Flexible, porque debe poder adaptarse a cualquier tipo de contingencia que puedasurgir durante el transcurso del proceso de inspeccin.

    Ser necesario estructurar el plan de forma lgica, con instrucciones suficientes paraasegurar que:

    Los componentes del equipo de inspeccin entienden claramente lo que se espera quehagan.

    Los responsables de la empresa inspeccionada saben cundo se espera que estn dis-

    ponibles. Las instalaciones pueden ser visitadas.

    METODOLOGA DE INSPECCIN 21

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    El plan de inspeccin debe incluir, segn proceda, los siguientes puntos:

    Objetivos y alcance de la inspeccin.

    Identificacin de unidades funcionales y organizativas del establecimiento a inspec-cionar.

    Identificacin de la normativa y legislacin de referencia. Duracin prevista de la inspeccin.

    La duracin media estimada para el desarrollo in situ de una inspeccin de seguridades de dos das, ejecutada por un equipo formado por dos inspectores. No obstante, enfuncin de las caractersticas especficas del establecimiento se determinar la dura-cin de la inspeccin y el nmero ptimo de inspectores.

    Fecha y lugar donde se realizar la inspeccin. Identidad de los miembros del equipo inspector.

    Calendario de las reuniones a mantener con los responsables del establecimiento.Para el desarrollo de la inspeccin se requiere, al menos, la presencia de las siguien-tes personas:

    Responsable de seguridad. Responsables de las reas que ms directamente afecten a la seguridad del estable-

    cimiento.

    Una vez elaborado el plan de inspeccin, ste debe ser remitido al establecimiento a ins-peccionar con suficiente antelacin, con el fin de que los responsables del mismo puedancomunicar posibles objeciones.

    ANLISIS DE LA INFORMACIN Y ELABORACIN DE LOS DOCUMENTOS DE TRABAJO

    Toda la informacin recabada para la inspeccin ha de ser cuidadosamente estudiadapor los miembros del equipo de inspeccin. Cada miembro deber estudiar con especialatencin aquella documentacin que concierna al rea de la cual se va a responsabilizar.

    Es necesario conocer los procesos que lleva a cabo el establecimiento inspeccionado ensus instalaciones, para poder determinar qu es lo que el equipo inspector ha de tratar delocalizar e identificar.

    Para lograr este conocimiento se debe:

    Identificar procesos unitarios.

    Identificar y caracterizar las sustancias peligrosas y los equipos crticos. Examinar los sistemas de control y de seguridad dentro del esquema de la planta de

    proceso.

    Asimismo, es necesario conocer a fondo cmo es el SGS que ha sido implantado en elestablecimiento y, en concreto, los siguientes aspectos del mismo:

    Cul es el esquema organizativo existente. Cmo es el modelo de SGS desarrollado. Qu responsabilidades y actividades abarca cada elemento del SGS. Qu procedimientos de gestin, procedimientos de actividades de las instalaciones,

    sistemtica de permisos de trabajo y programas se encuentran operativos. Qu conclusiones se obtuvieron como resultado de inspecciones y auditoras volunta-rias previamente realizadas.

    22 GUA PARA LA REALIZACIN DE INSPECCIONES TCNICAS ADMINISTRATIVAS

  • 7/30/2019 REALIZACIN DE INSPECCIONES TCNICAS ADMINISTRATIVAS

    20/151

    En funcin del estudio llevado a cabo sobre las instalaciones, el esquema organizativo yde gestin del establecimiento y el SGS implantado, se puede proceder a preparar las lis-

    tas de verificacin que se van a emplear en el transcurso de la inspeccin, para facilitar laevaluacin de la conformidad respecto a la documentacin de referencia.Las listas de verificacin se pueden desarrollar a partir de la informacin incluida en el

    apartado 2.5.

    2.3.2 Desarrollo de la inspeccin

    A fin de comprobar los aspectos mencionados en el apartado 2.1, el alcance de una ins-peccin de seguridad conforme al Real Decreto 1254/1999 ha de tener en consideracin losiguiente:

    La verificacin de la informacin aportada por el industrial a la Administracin. El anlisis de la gestin de la seguridad del establecimiento.

    Estos aspectos son desarrollados en los apartados 2.5.1 y 2.5.2, en los cuales se presen-tan tanto las exigencias legalmente establecidas como la metodologa propuesta para eva-luar su conformidad, basada en una relacin de preguntas y comentarios aclaratorios.

    El alcance de una inspeccin, si bien tendr en consideracin los dos campos citados,diferir en funcin del grado de afeccin del establecimiento por el Real Decreto.

    En este sentido, para los establecimientos de nivel superior, la inspeccin consistir enla verificacin de la informacin aportada por el industrial a la Administracin correspon-diente, y en el anlisis de la gestin de la seguridad mediante la evaluacin del desarrollo e

    implantacin de un sistema de gestin de la seguridad, segn el alcance definido en losapartados 2.5.1 y 2.5.2.En las inspecciones de seguridad realizadas a establecimientos de nivel inferior, se apli-

    carn las preguntas y comentarios identificados en dichos apartados con las siglas NI (NivelInferior).

    En el caso de la evaluacin del SGS, se han identificado con dichas siglas aquellas pre-guntas que permiten al inspector comprobar que el establecimiento se ha dotado de unaestructura de gestin mnima para dar respuesta a lo establecido por el anexo III del RealDecreto.

    Respecto a la verificacin de la informacin aportada en la notificacin y en el plan deautoproteccin, son de aplicacin todas las preguntas a los establecimientos de nivel infe-

    rior, si bien se han identificado con las mencionadas siglas para evitar cualquier tipo de con-fusin.

    METODOLOGA DE INSPECCIN 23

    Alcance de una inspeccin

    Verificacininformacin

    aportada

    Gestin de laseguridad

  • 7/30/2019 REALIZACIN DE INSPECCIONES TCNICAS ADMINISTRATIVAS

    21/151

    Para la aplicacin de la metodologa propuesta, el inspector evaluar el establecimientoen su globalidad, si bien deber seleccionar una muestra representativa de aquellas instala-

    ciones, equipos, situaciones, registros, personal, documentos, etc., que en cada caso consi-dere tienen un mayor peso desde el punto de vista de la seguridad. Por tanto, existe ciertaincertidumbre en los resultados de la inspeccin.

    En el transcurso de la inspeccin se han de llevar a cabo las siguientes actividades, queposteriormente se describen con mayor detalle:

    Reunin inicial entre el equipo inspector y el personal responsable designado por elestablecimiento.

    Inspeccin de las instalaciones por parte de la entidad inspectora. Reunin de los miembros del equipo inspector. Reunin final entre el equipo inspector y los responsables del establecimiento para la

    presentacin de resultados generales.

    REUNIN INICIAL

    A esta reunin deben acudir todas las personas que van a estar involucradas en el desa-rrollo de la inspeccin, tanto por parte del equipo inspector como por parte de los represen-tantes del establecimiento. El objetivo de esta reunin es proceder a:

    a) Presentacin de los miembros del equipo inspector y los representantes del estable-cimiento.Es importante que todos conozcan la misin de cada uno durante el transcurso de la

    inspeccin, para saber a qu persona hay que recurrir en el caso de que surjan dudaso problemas. En todo caso, el coordinador de los trabajos de inspeccin ser el ins-pector jefe, quien debe canalizar las preguntas y los comunicados que presenten losrepresentantes del establecimiento.

    b) Presentacin del alcance, objetivos y plan de la inspeccin, as como acuerdo delcronograma de la inspeccin.En esta reunin debe quedar totalmente definido y concretado cul va a ser el alcan-ce de la inspeccin.Asimismo, debe confirmarse el programa de inspeccin elaborado por el equipoinspector, pudiendo ser corregido con las posibles observaciones y sugerencias que

    hayan podido surgir durante la celebracin de esta reunin.c) Establecer los canales de comunicacin entre el equipo inspector y los responsables

    del establecimiento.

    24 GUA PARA LA REALIZACIN DE INSPECCIONES TCNICAS ADMINISTRATIVAS

    DESARROLLO

    REUNIN INICIAL.

    REVISIN DOCUMENTAL:

    Informacin aportada a la Administracin.

    Procedimientos del SGS.

    Registros generados.

    VISITAS A CAMPO.

    ENTREVISTAS AL PERSONAL.

    REUNIN EQUIPO INSPECTOR.

    REUNIN FINAL.

  • 7/30/2019 REALIZACIN DE INSPECCIONES TCNICAS ADMINISTRATIVAS

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    d) Presentacin del personal del establecimiento y confirmacin de los horarios deentrevistas y visitas a las instalaciones.

    En la reunin inicial, el representante del establecimiento debe proceder a presentaral personal del mismo que acompaarn a los inspectores en sus recorridos por lasinstalaciones. Estos acompaantes sern personas que trabajen o tengan conocimien-to de las instalaciones que estn relacionadas con el rea a revisar por el inspector.

    e) Confirmacin de la disponibilidad de los recursos e instalaciones que requiere elequipo inspector para la ejecucin de la inspeccin.

    f) Confirmacin de la fecha y hora de la reunin final.

    INSPECCIN

    El equipo que lleva a cabo la inspeccin debe recoger suficientes evidencias para poderdeterminar la conformidad con la documentacin normativa de referencia, verificando lossiguientes aspectos:

    Veracidad de los datos aportados en la documentacin presentada a la Administra-cin.

    Desarrollo e implantacin de la Poltica de Prevencin de Accidentes Graves (PPAG)y del Sistema de Gestin de la Seguridad (SGS).

    Las evidencias que permitan evaluar tales aspectos se podrn identificar mediante entre-vistas, examen de documentos y visita de las instalaciones del establecimiento, para lo cualel equipo de inspeccin seguir la sistemtica definida en el apartado 2.5.

    a) Realizacin de entrevistas:Durante el proceso de inspeccin, se realizarn las entrevistas que los inspectorescrean necesarias, tanto con los responsables del rea inspeccionada como con otraspersonas que estimen conveniente.Estas entrevistas deben ser profesionales, serias y concretas. No debe entrarse endiscusiones y la persona entrevistada debe poder responder con seguridad a las pre-guntas que se le formulen.

    b) Examen de documentos y registros:

    La informacin obtenida durante las entrevistas debe ser contrastada con otra infor-

    macin de apoyo, tales como documentos, registros y resultados de medicionesexistentes. Las declaraciones no verificables deben identificarse como tales.En particular, se ha de revisar la documentacin del establecimiento relacionadacon la gestin de la seguridad, tal como:

    Informacin aportada a la Administracin (notificacin, plan de autoprotecciny, en el caso de establecimientos afectados a nivel superior, informe de seguri-dad).

    Documentacin del SGS. Registros generados.

    c) Visita de las instalaciones del establecimiento:

    Durante la visita a las instalaciones, el inspector debe comunicar a su acompaanteel recorrido a seguir antes de iniciarse.

    METODOLOGA DE INSPECCIN 25

  • 7/30/2019 REALIZACIN DE INSPECCIONES TCNICAS ADMINISTRATIVAS

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    Durante el desempeo de las actividades de inspeccin, los inspectores han de cumpli-mentar las listas de verificacin elaboradas, anotando las evidencias identificadas y referen-

    cia de los documentos y registros consultados, personal entrevistado, instalaciones visita-das, etc., con el detalle suficiente para garantizar la trazabilidad de los resultados obtenidosen la inspeccin y la reproducibilidad de la misma.

    REUNIN DEL EQUIPO INSPECTOR

    Una vez terminado el proceso de inspeccin, el equipo se reunir para hacer una puestaen comn de los trabajos realizados. En esta reunin se proceder a realizar las siguientesactuaciones:

    a) Estudio de la informacin recopilada:

    Se proceder a un estudio pormenorizado de toda la informacin que el equipo ins-pector tenga en su poder.

    b) Anlisis de incidencias:

    Los miembros del equipo inspector darn a conocer al inspector jefe las deficien-cias detectadas durante el proceso de la inspeccin.El equipo inspector debe asegurar que los hallazgos de no conformidad de la ins-peccin estn documentados de forma clara y concisa y apoyados en evidencias.Cualquier asunto que requiera ser clarificado ha de ser anotado al objeto de discu-tirlo con el personal responsable del establecimiento en una reunin final.

    REUNIN FINAL

    Una vez concluida la inspeccin, y antes de comenzar la preparacin del informe deresultados de la misma, conviene que el equipo inspector mantenga una reunin final conlos responsables de las instalaciones que han sido objeto de inspeccin.

    El objeto principal de esta reunin es presentar a los responsables del establecimientolos resultados de la inspeccin, de forma que se asegure su comprensin clara y les permitala definicin de las acciones correctoras adecuadas.

    La catalogacin de las desviaciones identificadas se realizar siguiendo los criteriosdefinidos en el apartado 2.4.

    2.3.3 Informe de inspeccin

    El trabajo realizado por el equipo inspector debe quedar recogido en un informe o certi-ficado de inspeccin.

    Dicho informe o certificado debe contener todos los resultados de los exmenes y deter-minaciones de conformidad realizados, as como toda la informacin necesaria para com-prenderlos e interpretarlos. Cualquier conclusin debe estar soportada por legislacin o nor-mativa aplicable.

    El informe debe reflejar nicamente hechos demostrados y su redaccin debe ser correc-

    ta, clara y precisa.El contenido mnimo de un informe debe ser el siguiente:

    Identificacin nica del informe y fecha de emisin del mismo.

    26 GUA PARA LA REALIZACIN DE INSPECCIONES TCNICAS ADMINISTRATIVAS

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    Identificacin del organismo de inspeccin, del personal inspector y del responsablede autorizacin de la emisin del informe.

    Identificacin del establecimiento inspeccionado, indicndose: Descripcin del establecimiento. Identificacin de las instalaciones inspeccionadas. Personas de contacto durante la inspeccin.

    Lugar y fecha de realizacin de la inspeccin. Objeto y alcance de la inspeccin. Identificacin de los documentos normativos frente a los cuales se evala la confor-

    midad. Resultado de la inspeccin, incluyendo declaracin de conformidad o no conformi-

    dad y cualquier defecto o no cumplimiento detectado, incluyendo los plazos mxi-

    mos de correccin de los mismos.En el caso de incumplimientos, la gravedad de cada una de las desviaciones identifi-cadas se catalogar segn los criterios definidos en el apartado 2.4, reflejndose en elinforme de inspeccin segn:

    No conformidad: Desviacin catalogada como grave o muy grave. Observacin: Desviacin catalogada como leve.

    Firmas de los inspectores y del responsable de autorizar la emisin del informe. Identificacin nica del informe de cada una de sus pginas, del nmero total de

    pginas y la fecha de emisin del mismo.

    Plazo de validez del informe. Requisitos complementarios exigidos por las autoridades competentes de acuerdo ala legislacin vigente en cada caso.

    Una vez elaborado el informe de inspeccin se proceder a su distribucin a las par-tes implicadas (establecimiento y Administracin). Asimismo, la difusin sistemtica delmismo a los diferentes rganos competentes implicados, mediante los mecanismos quela Administracin competente defina, facilitara la explotacin de los resultados obteni-dos en la inspeccin por cada una de las reas administrativas involucradas por el RealDecreto.

    De este modo se contribuira a incrementar el grado de compromiso de cada rgano

    competente en la prevencin de accidentes graves y en la limitacin de sus consecuencias.

    2.3.4 Seguimiento

    En el caso de inspecciones con resultado no favorable, se ha de seguir la siguientesecuencia de operaciones:

    1. El industrial debe definir las acciones correctoras a las deficiencias identificadasen la inspeccin.Las acciones correctoras deben estar encaminadas no slo a la subsanacin de lasdeficiencias encontradas, sino tambin a prevenir que puedan volver a generarse.

    Para ello, el establecimiento debe analizar las posibles causas que han podido oca-sionar las deficiencias y las consecuencias que las mismas hayan podido provocarsobre la gestin de la seguridad.

    METODOLOGA DE INSPECCIN 27

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    2. El equipo de inspeccin debe verificar la idoneidad del plan de acciones correcto-ras definidas y proceder a comprobar su implantacin en los plazos establecidos

    mediante los mecanismos necesarios (solicitud de informacin al establecimiento,inspeccin de seguimiento, etc.), en funcin de las caractersticas de las deficien-cias detectadas.La sistemtica para la comprobacin de la subsanacin de deficiencias se ha deadaptar a lo establecido en la legislacin autonmica de aplicacin en cada caso(plazos mximos de correccin de desviaciones, visitas de verificacin, etc.).

    2.4 CRITERIOS DE EVALUACIN

    Especial atencin debe prestarse a la catalogacin de las faltas o deficiencias identifica-das, toda vez que de ello depender el dictamen final que, sobre el estado general del esta-blecimiento en relacin con la gestin de la seguridad, derive de la inspeccin realizada.

    Asimismo, una correcta catalogacin de los defectos permitir definir y establecer unasmedidas correctoras y/o preventivas adecuadas y unos plazos de implantacin coherentescon la gravedad de las mismas, con objeto de garantizar la obtencin de un alto grado deproteccin a las personas, los bienes y el medio ambiente.

    Previo a cualquier categorizacin, el inspector jefe debe valorar las evidencias anotadasy recogidas por su equipo, para aceptar las no conformidades planteadas. Para ello tendr encuenta la objetividad de la evidencia presentada:

    Disponibilidad de documentos, registros, etc., como respaldo. Detalle de la descripcin efectuada de la evidencia observada. Ocasionalidad de la situacin observada. Resultados de anlisis.

    El inspector jefe, con la colaboracin del equipo de inspeccin, categorizar las desvia-ciones encontradas en base a:

    Nivel de gravedad conforme al rgimen sancionador que pueda definir el documentonormativo evaluado.

    Repetibilidad de la situacin observada en inspecciones anteriores.

    Repetibilidad y acumulacin durante la inspeccin de la situacin observada. Riesgo que la situacin anmala observada representa para las personas, el medio

    ambiente y las instalaciones. Se valorar la probabilidad y la gravedad.

    En este sentido, el artculo 18 del Real Decreto 1254/1999, sobre prohibicin de explo-tacin, establece que los rganos competentes de las Comunidades Autnomas podrnprohibir la explotacin o la entrada en servicio de cualquier establecimiento, instalacin,zona de almacenamiento, o cualquier parte de los mismos, cuando:

    Las medidas adoptadas por el titular de la instalacin para la prevencin y la reduc-cin de los accidentes graves se consideren, de forma justificada, manifiestamente

    insuficientes. El industrial no haya presentado la notificacin, el informe de seguridad u otra infor-macin exigida por el Real Decreto dentro del plazo establecido.

    28 GUA PARA LA REALIZACIN DE INSPECCIONES TCNICAS ADMINISTRATIVAS

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    Asimismo, el artculo 22 sobre infracciones y sanciones indica que el incumplimientode lo establecido en el Real Decreto ser calificado y sancionado de conformidad con el

    ttulo V, Infracciones y sanciones, de la Ley 21/1992, de Industria.

    Tomando como referencia lo indicado en dichos artculos y en el ttulo V de la Ley 21/1992,

    de Industria, las deficiencias detectadas se pueden clasificar en las siguientes categoras:A) Infracciones muy graves

    Se consideran infracciones muy graves:

    Las tipificadas como infracciones graves, cuando de las mismas resulte un dao muygrave o se derive un peligro muy grave e inminente para las personas, los bienes o elmedio ambiente.

    La reincidencia continuada en una misma infraccin grave.

    B) Infracciones graves

    Se deben catalogar como infracciones graves: El incumplimiento de la legislacin y reglamentacin de aplicacin de seguridad

    industrial, en especial los controles peridicos preceptivos, cuando comporte peligroo dao grave para las personas, los bienes y el medio ambiente.

    La puesta en funcionamiento de instalaciones o llevar a cabo cambios sustanciales enlas mismas, careciendo de la correspondiente autorizacin, cuando sta sea precepti-va de acuerdo con la correspondiente disposicin legal o reglamentaria.

    No presentar ante la autoridad competente la notificacin, el informe de seguridad, elplan de autoproteccin, u otra informacin requerida con motivo del Real Decre-to 1254/1999.

    No haber desarrollado e implantado una Poltica de Prevencin de Accidentes Graveso algn elemento del Sistema de Gestin de la Seguridad, segn especifica el RealDecreto 1254/1999.

    METODOLOGA DE INSPECCIN 29

    RGANO COMPETENTE DE LA CC.AA. PROHIBIR LA EXPLOTACIN O LA

    ENTRADA EN SERVICIO DE UN ESTABLECIMIENTO, INSTALACIN O ZONA DE

    ALMACENAMIENTO SI:

    LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD SON SERIAMENTE DEFICIENTES.

    NO PRESENTACIN NOTIFICACIN/INFORME DE SEGURIDAD/INFORMACIN REQUERIDA EN LOS PLAZOS ESTABLECIDOS.

    EL INCUMPLIMIENTO DEL REAL DECRETO 1254/1999 SER CALIFICADO Y SANCIONADOSEGN EL TTULO V DE LA LEY 21/1992, DE INDUSTRIA.

    Real Decreto 1254/1999 artculo 18: Prohibicin de explotacin

    Real Decreto 1254/1999 artculo 22: Infracciones y sanciones

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    No haberse sometido a las inspecciones peridicas segn establece el artculo 19 delReal Decreto 1254/1999.

    Las medidas adoptadas en el establecimiento para la prevencin y reduccin de losaccidentes graves se consideren, de forma justificada, manifiestamente insuficientes,o bien se detectan defectos en las mismas que pueden ocasionar daos no inmediatossobre personas, bienes y medio ambiente.

    La resistencia a permitir el acceso o facilitar la informacin requerida al personal ins-pector para el desempeo de las actividades de inspeccin.

    C) Infracciones leves

    Se debern catalogar como deficiencias leves aquellos defectos que no representan unriesgo de accidente grave o si la posibilidad de que ste pueda producirse es baja. Funda-

    mentalmente, estos defectos se asociarn a fallos en la implantacin de algunos procedi-mientos o no existencia de determinados registros del sistema de gestin.Asimismo, se han de catalogar como infracciones leves todas las deficiencias no tipifi-

    cadas como graves o muy graves en los apartados anteriores.

    2.4.1 Resultado de la inspeccin

    En base a lo anterior, podr calificarse el resultado de la inspeccin como:

    Favorable: No se determina la existencia de ningn defecto grave o muy grave. En estecaso, se dejar constancia de los defectos leves identificados en el informe, con la indica-

    cin de que el establecimiento deber poner los medios necesarios para subsanarlos en elplazo de tiempo que se estime oportuno, y siempre antes de la prxima inspeccin. No favorable: Cuando se identifiquen defectos catalogados como graves o muy graves.

    No obstante, debido a que el proceso de inspeccin se ha basado en un muestreo aleato-rio con objeto de evaluar la conformidad, las desviaciones identificadas no representan latotalidad de las posibles desviaciones existentes, por lo que las mismas se han de redactar deforma genrica en el informe.

    2.5 ASPECTOS A VERIFICAR EN EL DESARROLLO DE LA INSPECCIN

    En los apartados siguientes se presenta la sistemtica a seguir para la verificacin de losaspectos mencionados en el apartado 2.3.2, en particular:

    Verificacin de la informacin aportada por el industrial a la Administracin. Anlisis de la gestin de la seguridad (desarrollo e implantacin de una PPAG y de

    un SGS).

    2.5.1 Verificacin de la informacin aportada por el industrial a la Administracin

    Los industriales afectados por el Real Decreto han de presentar a la Administracin

    competente los siguientes documentos: Notificacin. Plan de autoproteccin.

    30 GUA PARA LA REALIZACIN DE INSPECCIONES TCNICAS ADMINISTRATIVAS

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    Informe de seguridad (en el caso particular de establecimientos que se encuentranafectados por el art. 9).

    La verificacin de la veracidad de la informacin aportada por el industrial al rganocompetente en cada uno de los documentos anteriores ha de centrarse en los principalesaspectos de los mismos, que se resumen en el siguiente cuadro:

    A continuacin se desarrolla, con mayor detalle, la metodologa de verificacin de lainformacin contenida en cada uno de los documentos anteriormente relacionados, para lo

    cual se ha estructurado el apartado en los siguientes elementos:I. Notificacin.II. Plan de autoproteccin.III. Informe de seguridad.

    I. NOTIFICACIN

    Requisitos legales

    Conforme al artculo 6 del Real Decreto 1254/1999, los industriales de establecimientos

    afectados estn obligados a enviar, dentro de los plazos establecidos, una notificacin alrgano competente de la Comunidad Autnoma donde radiquen, que contenga, al menos, lainformacin que figura en el anexo II de dicho Real Decreto.

    Metodologa de inspeccin

    El inspector ha de comprobar la veracidad de la informacin aportada por el industrialen la notificacin, en particular, la relativa a los siguientes aspectos:

    El industrial ha elaborado un documento de notificacin y lo ha presentado al rganocompetente de la Comunidad Autnoma donde se encuentra ubicado, en los plazos

    establecidos(NI).

    Comentarios: Para ello, el inspector ha de solicitar el registro de entrega de dichodocumento en la Administracin correspondiente.

    METODOLOGA DE INSPECCIN 31

    Verificacininformacinaportada

    NOTIFICACIN:

    Inventario y naturaleza de sustancias.

    Instalaciones.

    PLAN DE AUTOPROMOCIN:

    Instalaciones.

    Identificacin del riesgo. Esquema organizativo (simulacros).

    Inventario de medios disponibles.

    INFORME DE SEGURIDAD:

    Instalaciones.

    Medidas de control y mitigacin.

    Anlisis de efectos y consecuencias.

  • 7/30/2019 REALIZACIN DE INSPECCIONES TCNICAS ADMINISTRATIVAS

    29/151

    Con carcter previo e independiente al proceso de inspeccin, elcontenido de dicho documento es evaluado por la Administracin

    competente, por lo cual el inspector no ha de proceder a su compro-bacin, a menos que de forma justificada lo estime oportuno.

    La naturaleza e inventario de las sustancias peligrosas presentes en el establecimientoo que pueden estar presentes en un momento dado se corresponde con lo indicado enla notificacin presentada (NI).

    Comentarios: Para ello, el inspector debe tener en consideracin:

    Materias primas. Productos, subproductos, residuos o productos intermedios. Sustancias que puedan generarse como consecuencia de la prdi-

    da de control del proceso. La descripcin de las actividades, instalaciones, procesos tecnolgicos y entorno

    inmediato, incluida en la notificacin refleja el estado del establecimiento (NI).

    Comentarios: Este aspecto debe ser verificado nicamente en las inspecciones lle-vadas a cabo en establecimientos de nivel inferior, ya que en los res-tantes establecimientos dicha informacin se verifica tomando comobase el informe de seguridad de las instalaciones.

    A criterio del inspector, se seleccionarn determinados aspectos rela-tivos a la descripcin de las instalaciones realizada en la notifica-cin, con objeto de verificar, mediante inspeccin visual, los mismos.

    II. PLAN DE AUTOPROTECCIN

    Requisitos legales

    Conforme a lo establecido en el artculo 11 del Real Decreto 1254/1999, todos los esta-blecimientos afectados por dicho Real Decreto deben elaborar un plan de autoproteccin(plan de emergencia interior), cuyo contenido se ajuste a lo especificado en la DirectrizBsica de Proteccin Civil para el control y planificacin ante el riesgo de accidentes graves

    en los que intervienen sustancias peligrosas, y remitirlo al rgano competente de la Comu-nidad Autnoma en la que se encuentren ubicados, en los plazos establecidos.

    Metodologa de inspeccin

    El inspector ha de comprobar la veracidad de la informacin aportada por el industrialen el plan de autoproteccin, en particular la relativa a los siguientes aspectos:

    Se ha elaborado y remitido al rgano competente de la Comunidad Autnoma en laque se encuentra ubicado el establecimiento, el plan de autoproteccin (NI).

    Comentarios: Para ello, el inspector ha de solicitar el registro de entrega de dicho

    documento en la Administracin correspondiente.Con carcter previo e independiente al proceso de inspeccin, el con-tenido de dicho documento es evaluado por la Administracin com-

    32 GUA PARA LA REALIZACIN DE INSPECCIONES TCNICAS ADMINISTRATIVAS

  • 7/30/2019 REALIZACIN DE INSPECCIONES TCNICAS ADMINISTRATIVAS

    30/151

    petente, por lo cual el inspector no ha de proceder a su comproba-cin, a menos que, de forma justificada, lo estime oportuno.

    En aquellas Comunidades Autnomas en las cuales los organismosde control llevan a cabo la evaluacin de los planes de autoprotec-cin se ha de solicitar el dictamen de evaluacin emitido.

    El plan de autoproteccin es adecuado a las caractersticas del establecimiento, delos procesos, productos y sustancias presentes (NI).En particular, se ha de verificar que:

    a) La descripcin de las instalaciones refleja el estado del establecimiento.

    Comentarios: El inspector ha de comprobar aspectos relativos al emplazamien-to, accesibilidad y vas de evacuacin, ubicacin de medios exter-

    nos y zonas donde puedan estar presentes sustancias peligrosas.b) La evaluacin de riesgo incluida en el plan de autoproteccin es representativa del

    riesgo del establecimiento.

    Comentarios: El inspector ha de comprobar que los accidentes identificadosque originan la activacin del plan de autoproteccin representanel riesgo del establecimiento. Para establecimientos de nivelsuperior debe existir coherencia entre el anlisis de riesgo inclui-do en el informe de seguridad y el incluido en el plan de autopro-teccin.

    c) El esquema organizativo para la deteccin, comunicacin e intervencin de emer-gencias es adecuado a la estructura de la planta y a su personal.

    Comentarios: Para ello el inspector podr consultar los informes de los simula-cros llevados a cabo en el establecimiento.

    Los aspectos relacionados con la implantacin y el mantenimientode la operatividad del plan de autoproteccin se evalan en el

    punto V del apartado 2.5.2.

    d) Existen sistemas de localizacin permanente de los responsables que puedan estarinvolucrados en las actuaciones ante emergencias.

    Comentarios: El industrial debe prever todas las situaciones de horario y jorna-da laboral posibles.

    e) Los medios materiales de prevencin, deteccin, mitigacin, alarma y proteccinpersonal disponibles en el establecimiento se corresponden con el inventario inclui-do en el plan de autoproteccin.

    Asimismo, se han de verificar los siguientes aspectos:

    Los medios disponibles para actuar en caso de emergencia se encuentran en buenestado de mantenimiento y disponibles para ser usados, as como protegidos delas consecuencias de un posible accidente.

    Comentarios: El inspector ha de verificar que la periodicidad de mantenimien-to o inspeccin de cada equipo se corresponde, al menos, con laespecificada en la legislacin de aplicacin. Para ello, podr

    METODOLOGA DE INSPECCIN 33

  • 7/30/2019 REALIZACIN DE INSPECCIONES TCNICAS ADMINISTRATIVAS

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    utilizar como referencia la informacin recogida en los AnexosB y C del presente documento, o, en su caso:

    Recomendaciones del fabricante. Prcticas ingenieriles aplicables. Experiencias de operacin del equipo en el establecimiento o

    en otras instalaciones. Resultados de inspecciones anteriores.

    La ubicacin de los equipos permite la rpida disponibilidad de los mismos encaso de emergencia.

    Comentarios: El inspector ha de comprobar la ubicacin, facilidad de accesoy sealizacin de los equipos.

    Los equipos son suficientes y adecuados al tipo de riesgo previsible.Comentarios: Para ello, el inspector puede tomar como referencia lo estable-

    cido en la legislacin de aplicacin (ver anexos B y C), la cualtiene por objeto establecer las especificaciones tcnicas quedeben reunir las instalaciones, a fin de obtener un nivel de segu-ridad suficiente, de acuerdo con los conocimientos actuales,

    para proteger a las personas, los bienes y el medio ambiente.Se deben tener en consideracin, al menos, los siguientes equipos:

    Medios de control (sistemas de venteo, vlvulas de aislamien-to, etc.).

    Medios de deteccin y alarma (detectores de incendio, defugas txicas, pulsadores de alarma, pulsadores de paro deemergencia, medidores porttiles de concentracin de sustan-cias peligrosas, etc.).En particular los pulsadores de alarma y paro de emergenciadeben estar distribuidos por toda la planta o instalacin,debidamente sealizados y peridicamente controlados.

    Asimismo, el inspector ha de verificar que el establecimientodispone de detectores de sustancias txicas y/o inflamables enlas zonas donde pueda existir riesgo de fuga de las mismas.

    Canales de comunicacin interna (alarmas acsticas y/o visua-les, sistemas de megafona, etc.) y externas (telfono, fax, etc.).

    Medios de mitigacin, contencin y control de efectos de acci-dentes (sistemas de absorcin o neutralizacin de sustancias,sistemas de drenaje, barreras fsicas, equipos de movimientode tierras para eliminar tierras contaminadas u otros mate-riales, etc.).

    Medios de actuacin contra incendios (sistemas fijos de extin-cin, extintores porttiles, extintores de carro, rociadores,cortinas de agua, BIE, hidrantes, etc.).

    Medios de proteccin personal.

    Sealizaciones para la evacuacin del personal (rutas de eva-cuacin y luces de emergencia). Equipos de primeros auxilios.

    34 GUA PARA LA REALIZACIN DE INSPECCIONES TCNICAS ADMINISTRATIVAS

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    Fuentes de suministro alternativo (electricidad, agua, etc.)que garanticen, ante posibles accidentes, el control de la ins-

    talacin y la operatividad de los medios de emergencia. Equipos auxiliares necesarios para la puesta en prctica del

    plan de autoproteccin (vehculos de transporte de equiposde emergencia, luces de emergencia, herramientas especia-les, etc.).

    Medios de restauracin y limpieza medioambiental, en casode accidente grave, incluyendo los necesarios para las posi-bles consecuencias derivadas de las actuaciones realizadasdurante la emergencia.

    Se garantiza en todo momento la disponibilidad de servicios auxiliares, tales

    como electricidad, agua, etc., para el correcto funcionamiento de los equipos.

    f) El estado y localizacin de las siguientes reas es adecuado para garantizar la opera-tividad de la emergencia:

    Centros de control/coordinacin de emergencia. Centros de primeros auxilios. Edificios de refugio ante emergencias. Puntos de reunin del personal en caso de emergencia.

    Comentarios: Estas reas o edificios han de estar localizadas en zonas de bajoriesgo, o, al menos, fuera de las zonas de intervencin, en el

    caso de que stas hayan sido determinadas.Asimismo, el centro de control/coordinacin de emergencia hade estar dotado de los medios indicados en el Plan de Autopro-teccin y, al menos, de los siguientes:

    Copia del plan de autoproteccin. Equipos para comunicacin interna y externa que se encuen-

    tren operativos. Diagramas de proceso. Planos de la planta. Nmeros de telfono de los servicios de emergencia y de las

    autoridades que han de ser informadas.

    g) La localizacin de las rutas de acceso para los servicios de emergencia, vas de eva-cuacin y cualquier rea restringida es adecuada.

    h) Se lleva a cabo un control del personal que puede estar presente en el estableci-miento en todo momento, diferenciando entre personal externo y personal propio.

    III. INFORME DE SEGURIDAD

    Requisitos legales

    Conforme a lo establecido en el artculo 9 del Real Decreto 1254/1999, los industrialesde establecimientos afectados por dicho Real Decreto a nivel superior han de elaborar y pre-

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    sentar a la Administracin competente, dentro de los plazos establecidos, un informe deseguridad de sus instalaciones, que contenga los siguientes elementos:

    Informacin bsica para la elaboracin de Planes de Emergencia Exterior. Informacin sobre la poltica de prevencin de accidentes graves y sistema de gestin

    de la seguridad. Anlisis del riesgo.

    Metodologa de inspeccin

    El inspector ha de comprobar la veracidad de la informacin aportada por el industrialen el informe de seguridad, en particular, la relativa a los siguientes aspectos:

    Se ha elaborado y remitido el informe de seguridad al rgano competente de la Comu-nidad Autnoma en la que se encuentra ubicado el establecimiento.

    Comentarios: Para ello, el inspector solicitar el registro de entrega de dichodocumento en la Administracin correspondiente.Con carcter previo e independientemente al proceso de inspec-cin, el contenido de dicho documento es evaluado por la Adminis-tracin competente, por lo cual el inspector no ha de proceder a sucomprobacin a menos que, de forma justificada, lo estime oportu-no. No obstante, deber solicitar el certificado de evaluacincorrespondiente emitido por organismo de control u rgano com-

    petente.

    La descripcin de las instalaciones incluida en el informe de seguridad refleja fiel-mente el estado del establecimiento.

    Comentarios: A criterio del inspector, se seleccionarn determinados aspectosrelativos a la descripcin de las instalaciones realizada en el infor-me de seguridad, con objeto de verificar, mediante inspeccin visual,las mismas.En particular, el inspector ha de considerar:

    Operaciones que constituyen cada proceso y sus caractersticas. Sustancias que intervienen, incluidas las intermedias, y productos

    clasificados en cada proceso (presin, temperatura, etc.) y alma-cenamiento.

    Depsitos de almacenamiento de sustancias clasificadas (volu-men, presin, temperatura, vlvulas de seguridad, etc.).

    Cubetos (tipo, capacidad, vas de evacuacin, etc.). Bandejas de tuberas y conducciones de fluidos (naturaleza del

    fluido, presin, temperatura, puntos de posible aislamiento, etc.). Servicios externos y sistemas de reserva (electricidad, agua, pro-

    duccin interna de energa, aire para instrumentacin, etc.).

    Las medidas de control previstas para reducir los riesgos de accidentes graves ymitigar sus consecuencias se corresponden con las descritas en el informe de seguri-dad.

    36 GUA PARA LA REALIZACIN DE INSPECCIONES TCNICAS ADMINISTRATIVAS

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    Comentarios: A criterio del inspector, se seleccionarn determinados aspectosrelativos a la descripcin de las medidas de control de accidentes

    graves realizada en el informe de seguridad, con objeto de verificarla veracidad, mediante inspeccin visual, de la informacin aporta-da en dicho documento.El inspector se podr ayudar de los comentarios recogidos en elapartado II. Plan de autoproteccin.

    El anlisis de efectos y consecuencias incluido en el informe de seguridad es repre-sentativo del riesgo del establecimiento.

    Comentarios: A criterio del inspector, se seleccionarn distintos tipos de escena-rios de accidentes identificados en el informe de seguridad, al objetode verificar la veracidad de los datos utilizados en el clculo de susefectos y consecuencias (p. ej., presin, temperatura, caudal, compo-sicin de la corriente de proceso, etc.). Dicha verificacin se podrrealizar mediante consulta de los parmetros de control del proceso.

    Asimismo, el inspector comprobar si en las instalaciones existenpeligros de accidentes graves no representados en el informe deseguridad.

    Se ha establecido la obligacin de revisar y, en su caso, actualizar el informe de segu-ridad.

    Comentarios: Segn establece el Real Decreto 1254/1999 en su artculo 9, el infor-

    me de seguridad se ha de revisar y, en su caso, actualizar delsiguiente modo:

    Como mnimo, cada cinco aos. En cualquier momento, a iniciativa del industrial o a peticin de

    la autoridad competente, cuando est justificado por nuevos datoso con el fin de tener en cuenta los nuevos conocimientos tcnicossobre seguridad.

    2.5.2 Anlisis de la gestin de la seguridad del establecimiento

    En una inspeccin de seguridad han de verificarse los aspectos relativos a la gestin dela seguridad de los establecimientos afectados, de acuerdo a las disposiciones del artculo 7del Real Decreto 1254/1999. En este sentido, el inspector verificar:

    a) Que el industrial ha definido una poltica de prevencin de accidentes graves, y questa ha sido plasmada en un documento escrito.

    b) Que dicha poltica ha sido apropiadamente desarrollada a travs de los medios,estructuras y sistemas de gestin apropiados.

    c) Que el industrial ha implantado la poltica de prevencin de accidentes graves y elsistema de gestin de la seguridad.

    Se propone a continuacin la metodologa propuesta de inspeccin, basada en cuestio-nes que permitan al inspector determinar si la gestin de la seguridad en el establecimientoes conforme a lo indicado en el Real Decreto.

    METODOLOGA DE INSPECCIN 37

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    Para ello, el presente apartado se ha estructurado en los siguientes elementos:

    0. Poltica de Prevencin de Accidentes Graves1.

    I. Organizacin y personal.II. Identificacin y evaluacin de los riesgos de accidentes graves.III. Control de la explotacin.IV. Adaptacin de las modificaciones.V. Planificacin ante situaciones de emergencia.VI. Seguimiento de los objetivos fijados.VII. Auditora y revisin.

    0. POLTICA DE PREVENCIN DE ACCIDENTES GRAVES (PPAG)

    Requisitos legales

    Segn el artculo 7 del Real Decreto 1254/1999:

    1. Los industriales de todos los establecimientos a los que sea de aplicacin este RealDecreto debern definir por escrito su poltica de prevencin de accidentes gravesy plasmarla en un documento escrito.

    2. Esta poltica deber abarcar y reflejar los objetivos y principios de actuacin gene-rales establecidos por el industrial en relacin con el control de los riesgos de acci-dentes graves, respecto a los elementos que se contemplan en el anexo III.

    3. La puesta en prctica de esta poltica de prevencin de accidentes graves tendrpor objeto garantizar un grado elevado de proteccin a las personas, los bienes yel medio ambiente a travs de los medios, estructuras y sistemas de gestin apro-

    piados.

    38 GUA PARA LA REALIZACIN DE INSPECCIONES TCNICAS ADMINISTRATIVAS

    1 Se ha identificado el apartado correspondiente a la PPAG como 0, con objeto de que la numeracin delresto de apartados del SGS se corresponda con la numeracin de cada uno de los elementos delanexo III del Real Decreto.

    CONTROLDE

    EXPLOTACIN

    MODIFICACIONES

    PLANIFICACIN

    DE LAEMERGENCIA

    SEGUIMIENTOOBJETIVOS

    REFLEJAROBJETIVOS YPRINCIPIOSGENERALES

    PUESTA ENPRCTICA

    AUDITORA

    Y REVISIN

    ORGANIZACINY PERSONAL

    IDENTIFICARY

    EVALUARRIESGOS

    CONTROLACCIDENTES

    GRAVES

    Definir QU, CMO, QUIN. Aportar medios, estructuras y Sistemas de Gestin.

    Dar a conocer al personal.

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    Metodologa de inspeccin

    El inspector debe verificar los aspectos que se recogen en el punto 0 del anexo A. Paraello, se expone a continuacin una relacin de preguntas y comentarios que ayudarn al ins-pector a realizar tal comprobacin:

    Ha definido la organizacin, a nivel local o de corporacin, una PPAG y ha sido staplasmada en un documento escrito? (NI).

    Comentarios: El inspector ha de solicitar al industrial el documento que recogela PPAG.

    La PPAG definida tiene en cuenta los siguientes aspectos? (NI).

    Es adecuada al propsito y actividad del establecimiento.

    Es coherente con todos los posibles riesgos de accidentes graves que puedan ocu-rrir en el establecimiento. Es coherente con otras polticas definidas en la organizacin (calidad, medioam-

    biental, seguridad laboral, etc.). Establece que la responsabilidad de la gestin de la seguridad incumbe a toda la

    organizacin. Garantiza la participacin e informacin de todo el personal de la organizacin.

    La PPAG contempla los objetivos y principios generales de actuacin de la organiza-cin para el control de riesgos de accidentes graves respecto a los siguientes elemen-tos? (NI).

    Organizacin y personal. Identificacin y evaluacin de los riesgos de accidentes graves. Control de la explotacin. Adaptacin a las modificaciones. Planificacin ante situaciones de emergencia. Seguimiento de los objetivos fijados. Auditora y revisin.

    Comentarios: La PPAG debe abarcar y reflejar los objetivos y principios de actua-cin generales establecidos por el industrial en relacin con el con-

    trol de los riesgos de accidentes graves, respecto a los elementos quese contemplan en el anexo III del Real Decreto 1254/1999, con obje-to de garantizar un alto nivel de proteccin a las personas, los bienes

    y el medio ambiente.En los establecimientos afectados a nivel superior por el Real Decre-to 1254/1999, la PPAG forma parte del informe de seguridad delestablecimiento, por lo que sta es evaluada, con carcter previo eindependiente al proceso de inspeccin, por la Autoridad competen-te. Por ello, el inspector no ha de proceder a comprobar su adecua-cin a dicho anexo III, a menos que, de forma justificada, lo estimeoportuno.

    Incluye la PPAG compromisos de cumplimiento de la legislacin de aplicacin y demejora continua de la actuacin en materia de seguridad industrial? (NI)

    METODOLOGA DE INSPECCIN 39

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    Comentarios: Estos compromisos facilitarn al establecimiento la consecucin delos objetivos fijados en el marco de la PPAG.

    Ha sido firmada la PPAG por la direccin del establecimiento? (NI).Comentarios: La PPAG debe estar firmada, al menos, por el mximo responsable

    de la gestin diaria del establecimiento.

    Existen evidencias de que en el desarrollo, implantacin y revisin de la PPAG estdirectamente implicada la direccin del establecimiento? (NI).

    Comentarios: El inspector ha de solicitar la documentacin necesaria que demues-tre que la persona que firma la PPAG est implicada en su desarro-llo, implantacin y revisin (comunicados internos, actas de reunio-nes, revisiones del SGS, etc.).

    La PPAG ha sido difundida, explicada y comprendida por todos los niveles de laorganizacin? (NI).

    Comentarios: El inspector ha de analizar qu mecanismos se utilizan para difun-dir y explicar la PPAG (tablones de noticias, folletos, sesiones infor-mativas, etc.).

    En la siguiente figura se resume esquemticamente los principales aspectos evaluadosmediante las preguntas anteriores.

    I. ORGANIZACIN Y PERSONAL

    Requisitos legales

    De acuerdo con el anexo III del Real Decreto 1254/1999:

    ()

    2. El sistema de gestin de seguridad contemplar los siguientes elementos:

    i) Organizacin y personal: Definicin de funciones y responsabilidades del perso-nal asociado a la prevencin y gestin de riesgos de accidentes graves, en todos

    los niveles de la organizacin. Definicin de las necesidades formativas del cita-do personal, as como la organizacin de las actividades formativas y participa-cin del personal.

    40 GUA PARA LA REALIZACIN DE INSPECCIONES TCNICAS ADMINISTRATIVAS

    DECLARACIN FORMALMENTE DOCUMENTADA

    ASEGURAR QUE LA PPAG: Adecuada a la actividad y riesgos potenciales. Coherente con otras polticas. Garantiza participacin e informacin de todo el personal. Desarrolla conforme a anexo III del Real Decreto 1254/1999. Incluye compromiso de cumplir legislacin. Incluye compromiso de mejora continua. Difundida y comprendida a todos los niveles.

    ESTABLECER OBJETIVOS COHERENTES CON LA POLTICA,INCLUYENDO PLAZOS, RESPONSABLES Y RECURSOS.

    O. PPAG

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    Metodologa de inspeccin

    El inspector debe verificar los aspectos que se recogen en el punto I del anexo A. Paraello, se expone a continuacin una relacin de preguntas y comentarios que ayudarn al ins-pector a realizar tal comprobacin, segn la siguiente estructura:

    I.1 Organizacin.I.2 Personal.I.3 Formacin y entrenamiento.I.4 Comunicacin y participacin del personal.

    I.1 Organizacin

    Dispone la organizacin de una estructura funcional dedicada a la gestin de la segu-ridad y prevencin de accidentes graves? (NI).

    Comentarios: Dicha estructura debe reflejarse en un organigrama que muestre larelacin con el resto de la estructura del establecimiento, as comolos niveles de responsabilidad, las lneas de comunicacin y lasdependencias del personal implicado.

    Se ha designado a un mximo responsable suficientemente cualificado, con autori-dad y acceso a la alta direccin del establecimiento para cubrir los siguientes aspec-tos? (NI).

    Asegurar que se establecen, implementan y mantienen los procedimientos delSGS. Informar a la alta direccin sobre el SGS y necesidades de mejora. Asegurar que se establecen los canales de comunicacin apropiados en la organi-

    zacin.

    Comentarios: Dicho responsable debe tener acceso directo a la direccin del esta-blecimiento, sin etapas intermedias. Para verificar estos aspectos, elinspector ha de comprobar si se establecen reuniones peridicasentre la direccin y el personal responsable.Asimismo, se ha de comprobar si tiene dedicacin exclusiva o en

    caso contrario, si se ha establecido un tiempo mnimo suficientede dedicacin a aspectos relativos a la gestin de la seguridad.

    Se ha dotado a la estructura que asume las funciones relativas a la gestin de la segu-ridad, de los medios humanos y materiales suficientes para el desarrollo de las activi-dades encomendadas? (NI).

    Comentarios: El inspector ha de comprobar qu recursos humanos y financierosson destinados a la gestin de la seguridad.El industrial ha de demostrar que los recursos destinados a la ges-tin de la seguridad son apropiados a los objetivos fijados y al tipo

    de actividad desarrollada.

    El rea que gestiona la seguridad es suficientemente independiente?

    METODOLOGA DE INSPECCIN 41

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    Comentarios: No deben surgir conflictos de inters con otras reas del estableci-miento que pueden relegar acciones o decisiones relativas a la segu-

    ridad. Se han identificado los posibles conflictos de inters que puedan afectar a la gestin

    de la seguridad y, en su caso, se han adoptado las medidas para evitarlos?

    En la siguiente figura se resume esquemticamente los principales aspectos evaluadosmediante las preguntas anteriores.

    I.2 Personal

    Ha sido informado el personal sobre la estructura organizativa que gestiona la segu-ridad en el establecimiento? (NI).

    Se han definido, a todos los niveles de la organizacin, las responsabilidades y fun-

    ciones asociadas a cada puesto de trabajo relacionado con la gestin de la seguridad,as como los requisitos exigibles para obtener la cualificacin necesaria para el desa-rrollo de dichas funciones? (NI).

    Comentarios: El inspector ha de comprobar que se han identificado todos lospuestos de trabajo que asumen funciones relacionadas con laseguridad en el establecimiento (desde direccin hasta opera-cin).En particular, se han de asignar, al menos, las siguientes funciones:

    Provisin de medidas para el desarrollo e implantacin de laPPAG/SGS.

    Coordinacin de la implantacin del SGS e informe a la direc-cin.

    Concienciacin del personal sobre los riesgos de accidentes gra-ves y el cumplimiento de la poltica de seguridad de la empresa.

    Identificacin, registro y seguimiento de las acciones correctoraso mejoras.

    Control de situaciones normales y anormales, incluidas las deemergencia.

    Identificacin de las necesidades de formacin, programacin deactividades formativas y evaluacin de su eficacia.

    Identificacin y evaluacin de riesgo de accidentes graves. Diseo de nuevas instalaciones y modificaciones de las existentes. Investigacin de accidentes e incidentes.

    42 GUA PARA LA REALIZACIN DE INSPECCIONES TCNICAS ADMINISTRATIVAS

    I.1 ORGANIZACIN

    ESCRUCTURA ORGANIZATIVA PARA LA GESTINDE LA SEGURIDAD, CON DOTACIN DE MEDIOSHUMANOS Y MATERIALES NECESARIOS.

    RESPONSABLE MXIMO.

    INDEPENDENCIA.

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    Implantacin y control de los sistemas de prevencin y control deaccidentes graves.

    Control y planificacin de auditoras y revisiones. Gestin de compras y contrataciones.

    El inspector ha de verificar los siguientes aspectos:

    Quedan claramente especificadas las responsabilidades y funcio-nes relativas a la seguridad.

    La distribucin de funciones y responsabilidades es coherentecon el nivel jerrquico del personal.

    Se indican tanto los requisitos previos exigidos al personal (titu-lacin, experiencia y conocimientos) como los que deben ser

    adquiridos mediante formacin. Los requisitos definidos aseguran que el personal dispone de los

    conocimientos, aptitudes y experiencia suficientes para asumirsus funciones y responsabilidades.

    Conoce todo el personal implicado en la gestin de la seguridad sus funciones y res-ponsabilidades? (NI).

    El personal designado tiene la cualificacin adecuada para el puesto de trabajo quedesarrolla? (NI).

    Comentarios: El inspector ha de comprobar la coherencia entre los requisitos exi-gidos a cada puesto de trabajo y el perfil del personal que los ocupa(revisin de expedientes personales, registros de formacin, entre-vistas, etc). Debe existir constancia documental del reconocimientode cualificacin de cada trabajador.En particular, se deben verificar los puestos claves desde el puntode vista de la seguridad:

    Responsable de seguridad. Personal de operacin y mantenimiento. Personal que asume responsabilidades en caso de emergencias.

    Otros, a criterio del inspector. Ante cambios de personal en la organizacin, el establecimiento verifica los siguien-

    tes aspectos? (NI).

    No se producen lagunas de responsabilidades. No existe falta de personal clave para operar o mantener de forma adecuada y

    segura las instalaciones. Se han programado y ejecutado satisfactoriamente las actividades de formacin

    necesarias antes del cambio propuesto.

    Se ha establecido un sistema de delegaciones en caso de ausencia de personal clave?

    Comentarios: El inspector ha de comprobar que los sustitutos designados dispo-nen de la cualificacin adecuada.

    METODOLOGA DE INSPECCIN 43

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    En la siguiente figura se resume esquemticamente los principales aspectos evaluadosmediante las preguntas anteriores.

    I.3 Formacin y entrenamiento

    Ha elaborado y aplicado el establecimiento una sistemtica para la identificacin,programacin y desarrollo de actividades de formacin y adiestramiento del perso-nal? (NI).

    Comentarios: El inspector ha de comprobar que la identificacin de las necesida-des de formacin realizada es coherente con las actividades desa-rrolladas en el establecimiento.

    Se evala la necesidad y, en su caso, se definen y programan actividades de forma-

    cin en los siguientes casos? (NI). Cambios de puestos de trabajo y/o tipo de actividad del personal. Cambios en los procesos o en su gestin. Nuevas instalaciones o modificacin de las existentes. Adquisicin de nuevos equipos, en especial los crticos para la seguridad. Nuevos documentos de SGS o modificacin de los existentes, en especial los que

    afecten a la seguridad, operacin, mantenimiento y emergencias. Mantenimiento de la cualificacin del personal. En general, siempre que sea requerido por un procedimiento de gestin de cam-

    bios.

    Comentarios: El inspector ha de comprobar cules son los criterios que activanel proceso de formacin. La actualizacin de la cualificacin se hade aplicar al personal a todos los niveles de la organizacin.

    Se han tenido en consideracin las siguientes fases de formacin para el personal? (NI).

    Period