pronunciamiento dirigido al presidente de la...

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE INGENIERÍA AMBIENTAL SEDE CELENDÍN Shuitute s/n – Chacapampa – Celendín - Telefax: 076- 555307 – E-mail: [email protected] “AÑO DE LA INTEGRACIÓN NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD” 1 PRONUNCIAMIENTO DIRIGIDO AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA OLLANTA HUMALA TASSO PRIMERA PARTE En vista de los últimos acontecimientos sucedidos por la decisión de ejecutar el proyecto Conga de Minera Yanacocha SRL en la región Cajamarca; nos corresponde realizar algunas observaciones y sugerencias Técnico-Legales del Dictamen Pericial Internacional - Estudio de Impacto Ambiental; haciendo llegar los siguientes aspectos: Para el estudio de los posibles impactos del Cambio Climático en el Perú al 2050, se generaron escenarios que indican que el Perú será uno de los países que experimentará alteraciones severas por el cambio climático 1 . El Perú se ubica entre los 12 países que ya estarían afrontando estrés hídrico; entre los años 2015 y el 2025 “se verá muy probablemente impactado, de manera negativa, en la disponibilidad de agua para el 60% de su población” 2 Los ecosistemas de páramo/jalcas y punas 3 albergan la mayor parte de las aproximadamente doce mil lagunas que constituyen reservorios de agua dulce para el país; se extienden en franjas sobre las zonas más altas del sistema montañoso andino, de modo que su ubicación es crítica en función de su impacto en zonas más bajas (su manejo es estratégico y su conservación afecta a todas las zonas ubicadas más abajo). Por su enormidad, orientación, altura y topografía, son el principal sistema físico que estructura la distribución de las precipitaciones; su posición como cabeceras de cuenca húmeda y su función en el sistema de regulación hídrica es fundamental. Estos páramos, punas y lagunas son la fuente de agua potable para trece millones de peruanos que habitan en la costa estando asociados con la generación de 82% de la electricidad que se produce en el país. Debido a su altura, a la juventud de sus suelos y a la complejidad topográfica caracterizada por fuertes pendientes propensas a la erosión, se trata de regiones extremadamente frágiles tanto biofísica como socialmente. Con relación a la función hídrica de las cabeceras de cuenca que constituyen páramos/jalcas y punas, se anticipan problemas de cantidad y regulación como consecuencia del proceso de cambio climático (en las veinte cordilleras nevadas del Perú los glaciares han retrocedido un promedio de 1 Autoridad Nacional del Agua. 2009. Perú. 2 Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC, por sus siglas en inglés) 2007. 3 Hofstede R., 2000. El territorio de pastizal natural alto andino, ubicado por encima de los 3.300 msnm, corre a lo largo de toda la cordillera andina conectando valles transversales desde la frontera con Ecuador hasta Bolivia. Desarrollada a menos altura en el norte de Piura (3.100 msnm) y Cajamarca (3.200 msnm), esta zona allí recibe el nombre de jalca o páramo y es una formación que se estima se extiende hasta los 9 grados de latitud Sur. La diferenciación que existe entre puna, páramo y jalca aún se encuentra en discusión. Una de las características generales que distinguen a las jalcas o páramos tipo jalca por un lado, y las punas por el otro, es la de que estas últimas son más estacionales, más secas, porque en su forma natural no reciben la suficiente precipitación como para mantener una cobertura total de vegetación.

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“AÑO DE LA INTEGRACIÓN NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD”

1

PRONUNCIAMIENTO DIRIGIDO AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA OLLANTA HUMALA TASSO

PRIMERA PARTE

En vista de los últimos acontecimientos sucedidos por la decisión de ejecutar el proyecto Conga de

Minera Yanacocha SRL en la región Cajamarca; nos corresponde realizar algunas observaciones y

sugerencias Técnico-Legales del Dictamen Pericial Internacional - Estudio de Impacto Ambiental;

haciendo llegar los siguientes aspectos:

1° Para el estudio de los posibles impactos del Cambio Climático en el Perú al 2050, se generaron

escenarios que indican que el Perú será uno de los países que experimentará alteraciones severas

por el cambio climático1. El Perú se ubica entre los 12 países que ya estarían afrontando estrés

hídrico; entre los años 2015 y el 2025 “se verá muy probablemente impactado, de manera

negativa, en la disponibilidad de agua para el 60% de su población”2

Los ecosistemas de páramo/jalcas y punas3 albergan la mayor parte de las aproximadamente doce mil lagunas que constituyen reservorios de agua dulce para el país; se extienden en franjas sobre las zonas más altas del sistema montañoso andino, de modo que su ubicación es crítica en función de su impacto en zonas más bajas (su manejo es estratégico y su conservación afecta a todas las zonas ubicadas más abajo). Por su enormidad, orientación, altura y topografía, son el principal sistema físico que estructura la distribución de las precipitaciones; su posición como cabeceras de cuenca húmeda y su función en el sistema de regulación hídrica es fundamental. Estos páramos, punas y lagunas son la fuente de agua potable para trece millones de peruanos que habitan en la costa estando asociados con la generación de 82% de la electricidad que se produce en el país. Debido a su altura, a la juventud de sus suelos y a la complejidad topográfica caracterizada por fuertes pendientes propensas a la erosión, se trata de regiones extremadamente frágiles tanto biofísica como socialmente. Con relación a la función hídrica de las cabeceras de cuenca que constituyen páramos/jalcas y punas, se anticipan problemas de cantidad y regulación como consecuencia del proceso de cambio climático (en las veinte cordilleras nevadas del Perú los glaciares han retrocedido un promedio de

1 Autoridad Nacional del Agua. 2009. Perú.

2 Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC, por sus siglas en inglés) 2007.

3 Hofstede R., 2000. El territorio de pastizal natural alto andino, ubicado por encima de los 3.300 msnm,

corre a lo largo de toda la cordillera andina conectando valles transversales desde la frontera con Ecuador hasta Bolivia. Desarrollada a menos altura en el norte de Piura (3.100 msnm) y Cajamarca (3.200 msnm), esta zona allí recibe el nombre de jalca o páramo y es una formación que se estima se extiende hasta los 9 grados de latitud Sur. La diferenciación que existe entre puna, páramo y jalca aún se encuentra en discusión. Una de las características generales que distinguen a las jalcas o páramos tipo jalca por un lado, y las punas por el otro, es la de que estas últimas son más estacionales, más secas, porque en su forma natural no reciben la suficiente precipitación como para mantener una cobertura total de vegetación.

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aproximadamente 15% en los últimos 25 años, y la tasa de retroceso se ha acelerado de manera dramática). Los suelos altoandinos del Ecuador tienen la capacidad de almacenar agua, en el primer metro del suelo se puede llegar a obtener hasta 500 l/m2, el equivalente a 500 mm o la mitad de la precipitación anual4. Estudios hídricos de este tipo, aplicados al caso de los ecosistemas de pastizales altoandinos del Perú, son urgentes para entender las posibilidades que realmente existen de aprovechar estos servicios ambientales5. Lo que sí es un hecho es que en el Perú casi todos los sistemas fluviales nacen de los ecosistemas altoandinos, de modo que los sistemas de riego, agua potable e hidroeléctrica dependen, en gran medida, de esta capacidad del ecosistema de regulación hídrica. Los glaciares y praderas altas de las 17 cordilleras de los Andes son puntos de inicio de muchas fuentes de agua como lagunas, quebradas, ríos y puquiales. Solo ahora, cuando se constata sin lugar a dudas el retroceso de los glaciares y el impacto del cambio climático en el abastecimiento de agua, nace el interés por estudiar estas cuencas altas. Aproximadamente 98% del agua que dispone el Perú discurre sobre las vertientes orientales. El restante 2% discurre por la vertiente occidental, que es la zona donde habita el 67% de la población del país y representa el 80% del consumo nacional. Sólo 68,9% de la población de la costa dispone de agua potable. La conservación de los pastizales en las cuencas altas es por tanto un asunto vital para las principales ciudades del país.6 En vista de la dificultad de controlar el retroceso de las masas glaciares, para mantener cierta disponibilidad de agua durante los próximos años es definitivamente importante trabajar en la conservación de los pastizales y bosques de altura en las cuencas altas de los Andes, y en particular en las vertientes occidentales debido a su importancia para el ciclo del agua.7 La actividad minera genera impactos ambientales negativos en las funciones ecosistémicas de la

Jalca, ocasionando una degradación irreversible8, existiendo áreas que están consideradas como

desérticas9.

4 Hofstede. 1997.

5 Huerta Ch. L. 2002.

6 MINAM 2010. Plan Nacional de Acción Ambiental.

7 Jorge Recharte et al. 2002. El Grupo Páramos/Jalcas y Punas del Perú: Instituciones y acciones en beneficio

de comunidades y ecosistemas alto andinos 8 Seijmonsbergen, A. et al. A potential geoconservation map of the Las Lagunas area, northern Peru. 2010.

Institute for Biodiversity and Ecosystem Dynamics, University of Amsterdam, Sciencepark 904, 1098 XH Amsterdam, the Netherlands and The Mountain Institute (Instituto de Montaña), Av. República de Panam´a, 6539 Surco, Lima 33, Perú. 9 Tovar, C & Seijmonsbergen, A. Land Cover Clasification of a Lansat ETM+ satellite image using pixel and

object based techniques. Case study Cajamarca, northern Peru. UVA. Universiteit van Amsterdam. 2008.

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El tiempo de reposición de la Jalca a su estado natural actual es incierto; un estudio realizado en Colombia, sobre la regeneración de vegetación de Páramo después de un disturbio “agrícola” manifiesta que el tiempo mínimo necesario para recuperar una parte significativa de la vegetación, sería aproximadamente de 12 años, cuando se presenta más del 90% de recuperación de la riqueza de sus especies nativas10; esto nos aclara que la regeneración de la Jalca después de una actividad minera no sería vista en muchas generaciones futuras. Los argumentos técnicos citados indican que actividades como ganadería, agricultura a gran escala ubicada en el ecosistema Jalca ponen en riesgo su fragilidad; pero actividades extractivas como la minería a cielo abierto deterioran irreversiblemente el mismo. En la región Cajamarca donde actualmente se realizan actividades agrarias de autoconsumo; pero a la vez, la minería a gran escala a cielo abierto viene degradado irreversiblemente áreas muy extensas de la Jalca. ¡Permitir ampliaciones de proyectos mineros de diversas empresas ubicadas en estas áreas pondrían en riesgo la provisión de agua almenos a tres provincias como son: Celendín, Cajamarca y Hualgayoc!. En la provincia de Celendín aproximadamente el 60% del territorio se encuentra concesionado por denuncios mineros Mapa N° 01; de empresas como: Yanacocha, Buenaventura, El Galeno, Anglo American, Iamgold-Cambior, Miski Mayo, Barrick, White Rocks, Hochshild Minera, entre otros. Los proyectos Conga, Galeno, La Carpa, El Amaro, Marsa, La Piedrita, de las diversas empresas citadas; son los que están en etapas de planificación (exploración). Siendo el proyecto de ampliación de Minera Yanacocha SRL “Proyecto Conga” el más avanzado para su ejecución, actualmente en conflicto social con la población de su área de influencia hídrica. Existe, base legal para proteger y conservar las zonas altas, cabeceras de cuenca, Jalca o Páramo Andino; a continuación citamos parte del sustento legal: La Ley de Recursos Hídricos 29338; dispone en su Art 75. Las cabeceras de cuenca son zonas

ambientalmente vulnerables donde se originan las aguas (zona de captación de agua). La

Autoridad Nacional del agua, con opinión del Ministerio del Ambiente, puede declarar zonas

intangibles en las que no se otorga ningún derecho para uso, disposición o vertimiento de agua.

El Decreto Supremo N° 087-2004-PCM, Reglamento de Zonificación Ecológica y Económica, en su

artículo 9° literal b), referido a las categorías de uso del territorio, prescribe que son zonas de

protección y conservación ecológica, las Áreas Naturales Protegidas en concordancia con la

legislación vigente, las tierras de protección en laderas y conservación ecológica, las áreas de

Humedales (pantanos, aguajales y cochas). Y también se incluyen las cabeceras de cuenca y zonas

10

Vilma Jaimes y Lina Sarmiento. RECOVERY OF PARAMO VEGETATION AFTER AGRICULTURAL DISTURBANCE

IN THE COLOMBIAN ORIENTAL CORDILLERA. Instituto de Ciencias Ambientales y Ecológicas (ICAE), Facultad de Ciencias,Universidad de los Andes, Mérida 5101, Venezuela. 2002.

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de colina que por su disección son consideradas como protección, de acuerdo al reglamento de

clasificación de tierras y las áreas adyacentes a los cauces de los ríos según la delimitación

establecida por la autoridad de aguas.

El año 2004 la Municipalidad Provincial de Celendín – MPC, promulgó la Ordenanza 020-2004-

MPC; donde declara Área de Conservación Ambiental, Zona Intangible, Reserva Ecológica, y

reservada contra la explotación minera las cabeceras de cuenca de los ríos Jadibamba y

Sendamal; Ordenanza aún vigente, promulgada dentro de las funciones y competencias de los

gobiernos locales. Coincidiendo con la Ordenanza Regional N° 036-2011-GR.CAJ-CR quien en sus

Artículos PRIMERO: Declara de Interés Público Regional la conservación, protección e

intangibilidad de las cabeceras de cuenca en toda la jurisdicción de la Región Cajamarca, en

armonía con los planes nacionales y regionales de desarrollo sostenible. SEGUNDO: Declara

inviable la Ejecución del Proyecto “CONGA” en las cabeceras de cuenca donde se ubican las

lagunas: El Perol, comprensión del distrito de Sorochuco; Azul, Cortada comprensión del distrito

de Huasmín; Mamacocha comprensión del distrito de Bambamarca y todas aquellas ubicadas en el

ámbito del proyecto Conga, en razón a las inconsistencias técnico-legales del estudio de impacto

ambiental aprobado mediante Resolución Directoral N° 351-2010-MEM/AAM, de fecha 27 de

octubre de 2010, por contravenir normas constitucionales y tratados internacionales a los cuales

está adscrito el Perú, ejecución que podría ocasionar daños irreversibles en los ecosistemas

frágiles generando a su vez perjuicios económicos y sociales de magnitudes incalculables,

colisionando directamente con los derechos fundamentales de las personas que habitan en dichas

jurisdicciones y en el área de influencia directa e indirecta del Proyecto Conga, lo cual pone en

riesgo la gobernabilidad de la Región Cajamarca y la paz social de sus pobladores. Por lo que el

Gobierno Regional de Cajamarca, al amparo y aplicación de los Principios de Subsidiaridad,

Precautorio, Pro Homine, y haciendo uso de su autonomía política, económica y administrativa

ante la falta de regulación y los vacios normativos advertidos respecto a la protección del medio

ambiente, está obligado a adoptar medidas que garanticen el orden público, la paz social y el

respeto del Estado Constitucional de Derecho; instando al Gobierno Central el respaldo de esta

decisión.

A través de la Presidencia del Consejo de Ministros; se realizó un Dictamen Pericial Internacional al

Componente Hídrico del Estudio de Impacto del Proyecto Conga; donde aborda el análisis de la

Normativa de la Ley de Recursos Hídricos; indicando que “indiscutiblemente se trata de cabeceras

de cuenca, pero no se puede deducir que sean las fuentes de agua de toda la cuenca. En términos

hidrológicos, la fuente de agua es la precipitación, que al caer sobre el terreno comienza el llamado

ciclo hidrológico”… “La cantidad de agua que se origina en cada punto de una cuenca es función de

la magnitud de la precipitación y, simplificando el proceso de las pérdidas por evapotranspiración,

es decir, de la llamada precipitación efectiva. Ambas variables dependen de las características

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meteorológicas y fisiográficas de la zona estudiada”. Finalmente realizan un análisis sobre el

Óptimo Pluvial que significa que en la cuenca del Atlántico; en las zonas de alta montaña las

precipitaciones se incrementan con la altitud, hasta una cierta cota (óptimo Pluvial), a partir de la

cual disminuyen, debido a que las “nubes bajas”, producen precipitaciones a cotas inferiores.

Concluyendo “En la vertiente atlántica del Perú no hay evidencia del aumento de la precipitación

con la altitud, por lo que las cabeceras de cuenca no reciben más volumen de lluvia que zonas

situadas a menor cota11”.

En el Dictamen Pericial, los autores además mencionan que el término “cabeceras de cuenca” no

la ubican en la literatura, que sólo lo encuentran en un texto colombiano y en la ley de recursos

hídricos peruana; pero es necesario indicar nuevamente que la ubicación del proyecto se

encuentra en el ecosistema Jalca, sobre los 3200 msnm; en estas zonas las características

geológicas, edafológicas, florísticas y meteorológicas permiten almacenar la mitad de la

precipitación anual, 500 mm/año; como lo citamos anteriormente. Aspectos que no toman en

cuenta o los desconocen, porque este ecosistema no existe en otras partes del mundo. Además es

totalmente refutable indicar que en la parte baja llueva más que en esta zona de Jalca; los

argumentos que mencionan son aplicables a la Amazonía (la elevada evapotranspiración de zonas

boscosas, origina mayor cantidad de lluvias en las partes bajas). Si se diera el caso; según nuestras

citas se da también en la cuenca del Pacífico para la región Puna12; generalmente en el sur del

Perú.

2° Que la Zonificación Ecológica Económica – ZEE del departamento de Cajamarca (Mapa de zonas

de protección y conservación ecológica – Zonas 70, 72, 73, 74, 80 zonas para conservación de

cabeceras de cuenca) Mapa N° 02, coincidiendo con el Mapa de zonas de recarga hídrica13, Mapa

N° 03. Así como el mapa de importancia Hídrica de la región de Cajamarca14. Mapa N° 04.

Los proyectos mineros más desarrollados mencionados en el punto 1°, se ubican en estas zonas de

protección y conservación ecológica, así como en zonas de recarga hídrica; constituido por la zona

11

Dictamen Pericial Internacional 2012. 12 Puna: Las punas se ubican en las tierras altas de los Andes, desde la Cordillera Blanca donde se inicia la

puna húmeda, zona de transición entre la jalca o páramo, y la puna seca del Centro y del Sur del Perú. Jorge Recharte et al. 2002. 13

Recarga Hídrica Natural es el volumen de agua que entra en un embalse subterráneo durante un período de tiempo, a causa de la infiltración de las precipitaciones o de un curso de agua. Es equivalente a la infiltración eficaz. Proceso que implica el incremento de agua hasta la zona de saturación, donde se encuentra el nivel de las aguas subterráneas. Reserva hídrica es una fuente natural de agua, que nace y muere en un área de concentración especial, por ejemplo páramo, bosque selvático o afluente subterráneo. 14

Zonificación Ecológica Económica 2011. Región Cajamarca.

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Jalca o Páramo Andino de Celendín, Cajamarca y Hualgayoc. Reconocida como ecosistemas frágiles

recientemente en la Ley General del Ambiente en su artículo 99, mediante el Proyecto de Ley

Nro.003/2011-CR, Ley de Gestión del Páramo o Jalca.

La mejor forma para preservar las fuentes hídricas, es contribuir a que los lugares donde se

originan los manantiales, no sean alterados por efecto de la contaminación ambiental, intromisión

del hombre en actividades de explotación a gran escala como la minería o la pesca.

En la actualidad las mejores campañas se basan en restringir el vertimiento de sustancias

sanitarias y desechos a los nacimientos naturales, y la preservación depende del grado de

educación a las comunidades que viven cerca de estas reservas.15

La región Cajamarca a través de la Zonificación Ecológica Económica y Ordenanza Regional 036,

identifica estas áreas como zonas de protección y conservación ambiental; así como la

Municipalidad Provincial de Celendín emite una Ordenanza Municipal 020 declarándolas como

Área de Conservación Ambiental, Zona Intangible, Reserva Ecológica, y Reservada contra la

explotación minera y el Plan de Desarrollo Concertado, reconoce que son zonas de recarga hídrica;

zonas territoriales que a la vez, poseen importantes yacimientos mineros, haciendo conflictivo su

uso. Porque ambas categorías potenciales de uso (protección y minero) son incompatibles en

tiempo y espacio16; quiere decir, que realizar la actividad extractiva y conservar el recurso hídrico

en este espacio territorial no es posible, y en ningún momento de tiempo será posible.

Citamos algunos aspectos legales:

1. La Constitución Política del Perú 1993. Artículo 2. Derechos Fundamentales de la Persona

Derecho 22 de la persona. A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así

como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida.

2. Ley General del Ambiente 28611

Artículo 9.- Del objetivo – Política Nacional del Ambiente La Política Nacional del Ambiente tiene por objetivo mejorar la calidad de vida de las personas,

garantizando la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales en el largo plazo; y el

desarrollo sostenible del país, mediante la prevención, protección y recuperación del ambiente y

sus componentes, la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, de

una manera responsable y congruente con el respeto de los derechos fundamentales de la

persona.

15

Custodio, E; Llamas, MR. 2001. Hidrología subterránea. 2 ed. Barcelona, España, Omega. V. 1-2, 2350p. 16

Gomez, D. 2006. Ordenación del Territorio. Madrid - España.

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3. La Ley de Recursos Hídricos N° 29338

Principio N° 02, prioridad en el acceso al agua. El acceso al agua para la satisfacción de las necesidades primarias de la persona humana es prioritario por ser un derecho fundamental sobre cualquier uso, inclusive en épocas de escasez. Artículo 3º.- Declaratoria de interés nacional y necesidad pública. Declárese de interés nacional y necesidad pública la gestión integrada de los recursos hídricos con el propósito de lograr eficiencia y sostenibilidad en el manejo de las cuencas hidrográficas y los acuíferos para la conservación e incremento del agua, así como asegurar su calidad fomentando una nueva cultura del agua, para garantizar la satisfacción de la demanda de las actuales y futuras generaciones. Artículo 35º.- Clases de usos de agua y orden de prioridad La Ley reconoce las siguientes clases de uso de agua: 1. Uso primario. 2. Uso poblacional. 3. Uso productivo. La prioridad para el otorgamiento y el ejercicio de los usos anteriormente señalados sigue el orden en que han sido enunciados. Por lo que insistimos que en las zonas identificadas como zonas de protección, zonas de recarga hídrica y reserva de agua; no se permita actividades mineras a cielo abierto; que las destruirían irreversiblemente; no garantizando la satisfacción de la demanda de las actuales y futuras generaciones de acceso al agua principio universal.

3° El Dictamen Pericial, identifica que en lo referente a las características hidrométricas se

realizaron campañas de monitoreo de ríos y canales en un total de 28 puntos; en 25 de ellos las

medidas fueron de carácter puntual y discontinuo (se limitan a medir unos pocos días de cada

mes, en distintas épocas del año, no siendo susceptibles del tratamiento hidrológico). Sólo en tres

de ellos se realizó un registro continuo (siendo solamente valiosos para estudiar la hidrología de

una cuenca en particular precipitación-escorrentía); la data recolectada en estos tres puntos ha

producido información muy heterogénea. Solamente de una estación ubicada en la cuenca de Alto

Chirimayo se dispone de casi dos años (679 días) de caudales. Con esta información realizan el

ajuste para el modelo precipitación – escorrentía. Responsabilizando a la empresa por no haber

instalado más puntos de control continuo (aforos) de los cinco puntos de descarga de las

microcuencas, para haber calibrado modelos precipitación – escorrentía en cada cuenca.

Indicando que existe incertidumbre latente al suponer que los parámetros de la cuenca del Alto

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Chirimayo son válidos para el Jadibamba y Chailhuagon. Que servirá para caracterizar el régimen

hídrico del área del proyecto, definir los caudales bajos y caudales de mitigación17.

Obtenido el modelo hidrológico de ajuste para la cuenca Alto Chirimayo; transfieren los

parámetros de Alto Chirimayo a las cuencas de los ríos Alto Jadibamba y Chailhuagon; asumiendo

que tienen características similares de geología y recarga. Como el mismo dictamen pericial lo

manifiesta existe incertidumbre; la población con sentido común reconoce que la hidrología de

Jadibamba es diferente que en Chailhuagón y Chirimayo; sin embargo extrapolan datos de cuencas

distintas, presentando el resultado en la Tabla N° 01, comparación de caudales mínimos L/s de

pre-minado, minado en puntos clave; y los caudales de mitigación, obtenido aplicando la

proporción de superficies. Para la cuenca del Toromacho se dice que no es aplicable el mismo

análisis por tener características diferentes, pero en la Tabla N° 01, se presentan los caudales que

se encontraron por correlación, los mismos que varían de un informe a otro presentado por la

Empresa Minera y el Dictamen Pericial: en el informe de Estudio de Impacto Ambiental se

presenta datos como 0.15 l/s (prácticamente un pequeño manantial) y en otras partes del mismo

informe 1,5 l/s; lo que demuestra una vez más la inconsistencia de la información.

Tabla N° 01. Comparación de caudales mínimos L/s de pre-minado, minado en puntos clave y los

caudales de mitigación18

17

Dictamen Pericial Internacional. 2012. Presidencia del Concejo de Ministros. 18

Tabla N° 11. Dictamen Pericial Internacional. 2012. - Tabla 5.2.13. EIA Proyecto Conga 2010.

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No podemos aceptar un análisis de los caudales de nuestras cuencas de ese tipo tan impreciso,

inconsistente y que a partir de ello dependerá el futuro de la población de más 120000

habitantes.

Se realiza la siguiente estimación, “la cuenca de un punto de Alto Jadibamba, de 31 Km2, produciría

un caudal de 0,58m3/s y otra del Chailhuagón de 18,4 Km2, 0,37 m3/s, con caudales específicos del

orden de 20L/s/Km2. En las estaciones de aforo de Jesús Túnel (río Cajamarca) y Llaucano (río

Llaucano), los caudales totales son de 6 y 9 m3/s, más de un orden de magnitud superior, y

caudales específicos de 8 y 16 L/s/Km2. Por tanto los recursos hidráulicos brutos, generados en el

área del proyecto, son netamente inferiores a los de las microcuencas afectadas por él”.

Otro párrafo dice: “Hay que observar que el rango de caudales que se maneja, en la zona afectada,

es del orden de decenas de litros por segundo (580 y 370 l/s), muy lejos de los caudales medios de

6000 l/s del río Cajamarca en la estación de aforos de Jesús Túnel, o de los 9000 l/s del Llaucano –

Corellama en el LLaucano. Por lo tanto, la afección del proyecto al caudal de esas cuencas sería

insignificante, aún en el caso de que se eliminarán totalmente las aportaciones del área del

proyecto”.

La comparación no es aceptable porque existe error, la cuenca del río Alto jadibamba no drena sus

aguas a la cuenca del Llaucano sino a la del Sendamal - Llanga. Además si la comparación dada

fuera válida sería así:

Alto Jadibamba (Cuenca Alta) Llaucano (río Llaucano)

Área, Km2 Q, m3/s Q esp, L/s/Km2 Área, Km2 Q, m3/s Q esp, L/s/Km2

31 0.58 18.71 575 8.93 15.53

Chailhuagón (Cuenca Alta) Jesús Túnel (río Cajamarca)

Área, Km2 Q, m3/s Q esp, L/s/Km2 Área, Km2 Q, m3/s Q esp, L/s/Km2

18.4 0.37 20.11 776 6 7.73

Observamos los caudales específicos para ambas cuencas y microcuencas, deducimos que, en las

cuencas de la parte alta (Alto Jadibamba y Chailhuagón), los caudales específicos son mayores por

Km2, con respecto al total de la cuenca (Llaucano y Cajamarca); incrementando la valides de que

en cabecera de cuenca o cuenca alta se da la mayor captación de aguas y son zonas de recarga

hídrica.

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10

Refutamos que el caudal de las microcuencas no tengan importancia para las cuencas a las que

drenan sus aguas (Sendamal-La Llanga, Cajamarquino y Llaucano); alrededor de ellas giran muchas

actividades y poblaciones con más de 120 000 habitantes. En algún momento a modo de analogía

podríamos decir: ¡se eliminará el agua del río Marañón, como es un caudal pequeño para el río

Amazonas entones es poco importante o insignificante su impacto!, ¿Es aceptable tal

deducción?.

“En lo referente al balance hídrico de los reservorios, basado en un modelo de simulación –

modelo Goldsim, utilizando técnicas de generación aleatoria de un número no especificado de

series de precipitación equiprobables, de longitud igual a la del período de simulación. Para

realizar una serie de simulaciones, para producir series cronológicas en términos de probabilidad

(5%, 50% y 95%) de:

Reservas embalsadas

Caudales de mitigación evacuados

Caudales vertidos por los aliviaderos de los reservorios”.

Utilizando como datos hidrológicos entrantes de flujo base19. Tabla N° 02

Tabla N° 02. Datos Hidrológicos Entrantes de Flujo Base

CUENCA Flujo Base20, L/s/Km2

Alto Jadibamba 0.7

Chailhuagon 1.5

Alto Chirimayo 1.2

Toromacho 0.2

19 Flujo base – El Flujo base es la respuesta del caudal al clima durante un largo periodo (es decir,

décadas). Este valor fue modelado de manera independiente a la precipitación. Anexo 4.14. EIA

Proyecto Conga. 2010.

El flujo base, relacionado principalmente con las descargas de agua subterránea, ha sido definido

como el valor promedio en julio y agosto, los dos meses en los cuales la precipitación no tiene

influencia significativa sobre el caudal de cursos de agua superficial. Texto EIA proyecto Conga.

2010. 20 Golder Associates Perú S.A. 2010. Anexo 4.14. Balance de Agua de toda el Área Proyecto Conga

– Etapa 3.

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11

Datos que fueron brindados por Knight Piésold Consulting a Golder Associates; para realizar el

balance hídrico de los reservorios; cuyos valores fueron deducidos a partir de la siguiente

información:

Tabla N° 03. Caudales en Temporada Húmeda, Seca y Caudales Mínimos en las Cuencas

Comprometidas del Proyecto Conga21

CUENCAS CODIGO Área

cuenca, Km

2

Flujo base específico

22,

L/s/Km2

Q, temp. Húmeda

L/s

Q, temp. Seca L/s

Q, base (agosto-setiembre) L/s

ALTO JADIBAMBA

MC12 7.4 0.7

10-20

MC11 21.9 14-1760 14-261 4-28

CHAILHUAGON PCHA1 8.3

1.5 0.7-16.2

MC2 14.5 4-1084 5-127 4-14

ALTO CHIRIMAYO MC8 15 1.2 13-5400 2-300 11-29

TOROMACHO MC22 2.1 0.2 1-421 1-49 0.03-1.3 (1-1.3)23

La Tabla N° 03, presenta información de medición de caudales realizadas en diferentes temporadas; observando que la variación de los rangos de caudales es muy alta; cuya información proviene de meses de los años (2004, 2005, 2006, 2007 y 2008); medidos una vez al mes o trimestralmente; con alta variación de caudales siendo no comparables estadísticamente; como el mismo Dictamen Periacial menciona se necesita información hidrométrica Continúa en cada una de las cuencas comprometidas con el proyecto, para aplicar los modelos de simulación. Con datos tan variables e incompletos en el estudio de impacto ambiental se genera un alto grado de incertidumbre para la compensación de los impactos hidrológicos: caudales de mitigación y volumen de los reservorios. Asi que la siguiente conclusión dada en el estudio de impacto ambiental: “Como puede deducirse de los rangos de caudales mencionados, los caudales en los cursos de agua del área del proyecto son altamente variables y los análisis de los datos sugieren que los caudales son altamente dependientes de la precipitación. La variación en los caudales de la temporada seca es particularmente sensible, incluso a eventos pequeños de precipitación, los cuales pueden causar un aumento significativo en el caudal”. No es aceptable, dando a entender que los caudales del agua subterránea en la época de estiaje son insignificantes (Flujo base); no se han determinados con exactitud los verdaderos flujos base; por falta de información de

21

Texto del EIA del Proyecto Conga 2010. Pág. 5-48. 22

Golder Associates Perú S.A. 2010. Anexo 4.14. Balance de Agua de toda el Área Proyecto Conga – Etapa 3. 23Datos que aparecen con valores diferentes en los documentos (texto EIA, anexo 4.14 y dictamen pericial).

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campo, la información recolectada no es válida, y por lo tanto el balance hídrico de los reservorios tampoco.

En cuanto a los caudales de mitigación el dictamen pericial concluye “los caudales de mitigación

usados en el balance, son diferentes de los estimados en el EIA. En cualquier caso el balance hídrico

es conservador en su planteamiento – desembalsa volúmenes mayores que los exigidos

estrictamente por el caudal de mitigación – porque garantiza el caudal mínimo durante 8 meses y

se suma los vertidos por llenado de los reservorios. En las actualizaciones futuras del balance se

deberán usar las mejores estimaciones disponibles en cada momento”

La Tabla N°04, columnas (8) y (9); muestra los caudales de mitigación por los dos modelos de

simulación donde objetivamente observamos que se trata de caudales totalmente diferentes; los

caudales de mitigación del EIA son en proporción mayores a los de balance hídrico de reservorios

(Goldsim); refutando que los caudales sean conservadores como concluye el dictamen pericial; y

una vez más se pone en tela de juicio la aceptabilidad del aseguramiento de caudales para la

mitigación de impactos. Y también los caudales para el llenado de los reservorios. Otra

inconsistencia en el EIA del proyecto conga no se dice que se garantiza el caudal mínimo durante 8

meses como se dice en Dictamen Pericial, sino solamente 05 meses.

Tabla N° 04. Resumen de caudales y capacidad de los reservorios para mitigación de impactos

hidrológicos24

LAGUNAS IMPACTADAS

(1)

CAPACIDAD m

3

(2)

RESERVORIO (3)

CAPACIDAD DE DISEÑO

m3

(4)

CAPACIDAD MÍNIMA DE OPERACIÓN

m3

(5)

VOLUMEN MUERTO, m

3

(6)

DIFERENCIA CAPACIDAD

25,

m3

(7)=(5)-(2)

CAUDAL DE MITIGACIÓN

GOLDSIM. L/s (8)

CAUDAL DE MITIGACIÓN EIA /HFMA.

L/s (9)

PEROL 800000 PEROL 800000 200000 44000 -600000 15 33.1

CHICA 100000 SUPERIOR 7600000 250000 45000 -250000 2 0.9

AZUL 400000

MALA 100000 CHAILHUAGON 1430000 1300000 110000 0 12 7.3

CHAILHUAGON 1200000

INFERIOR 1000000 250000 35000 250000 8 9.7

La columna (2), capacidad de almacenamiento de agua en las lagunas a ser impactadas. Las

lagunas en todas las épocas del año, reciben y drenan aguas, de las cuencas altas hacia las cuencas

medias y bajas. Son ecosistemas con agua de calidad para desarrollar la vida acuática; con

24 Tabla preparada a partir del Anexo 4.14. Balance de Agua de toda el Área Proyecto Conga – Etapa 3. Golder Associates Perú S.A. 2010. 25

Columna(7) = columna(2)-columna(5).

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considerables niveles de oxigeno disuelto; propia de cuerpos de agua en movimiento con

presencia de entradas y salidas de caudales al sistema.

La columna (5), presenta los valores de la capacidad mínima de operación de los reservorios que

se construirían para compensar los caudales impactados de las cuencas.

Relacionando la columna (5) y (2) por diferencia; obtenemos la columna (7); en la región sierra las

épocas más conflictivas por uso del agua, son los períodos de estiaje o época seca; observando

que las capacidades de agua en los reservorios son mucho menores a la capacidad de

almacenamiento natural de las lagunas; sólo el reservorio inferior presenta un volumen

adicional de 250000 m3; por lo que objetamos seriamente la disponibilidad de agua en las

cuencas impactadas por el proyecto minero Conga. El modelo GOLDSIM26 indica que cuando se

llegue al nivel mínimo de operación el abastecimiento de agua, se realizará por bombeo a los ríos

de las cuencas impactadas, existe alta incertidumbre que con el bajo volumen almacenado se

brinde los caudales de mitigación; sobre todo en épocas de estiaje pronunciado; sumado a ello

que no recibirá aportes de las cuencas tributarias por escorrentía, ni por flujo base porque es

insignificante. Además en el modelo de simulación no toman en cuenta ninguna variable del

efecto de cambio climático que según simulaciones existentes la zona norte del Perú tendría una

considerable disminución de precipitaciones. Aspecto que el Dictamen Pericial también lo cita: “El

EIA no hace referencia al posible impacto del cambio climático sobre las precipitaciones recarga y

caudales futuros. Es cierto que, en el momento actual, no se dispone de previsiones precisas sobre

el impacto del cambio climático en distintas zonas – suficientes para aplicarlas a nivel de estudios

hidrológicos de detalle, pero se recomienda realizar este análisis en las actualizaciones de los

estudios hidrológicos y de recarga27”

La columna (6), volumen muerto por la retención de sedimentos. “Teóricamente el volumen

previsto es suficiente para mantener las cantidades estimadas, de almacenamiento de sedimentos

para un evento de 100 años, sin necesidad de limpieza”28 Considera 100 años que incluye la

operación, cierre y post cierre del proyecto; pero después de este tiempo cuando los ahora

presentes no estemos ¿Qué sucederá con los reservorios colmatados con sedimentos?

¿Estructuralmente seguirán operando?; ¿Cómo se mitigarán los impactos? ¡ya no es

responsabilidad de la empresa!.

26

Figura 2. Anexo 4.14. 27

Dictamen Pericial. Pág. 138. 28

Dictamen Pericial Pág. 133.

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“Ante la dificultad de cuantificar con precisión el volumen de sedimentos entrantes a los

reservorios, será preciso mantener un control continuo de la evolución de los depósitos, y tomar las

medidas necesarias para evitar el taponamiento de los desagües profundos, que impedirá la

gestión del agua de los reservorios29”. Los cálculos son imprecisos y las medidas de control y

mitigación tampoco tienen altos grados de seguridad en disminuir el efecto negativo. Por lo que

el tiempo de colmatación de los reservorios podría ser menor; como se tienen muchos ejemplos

en zonas de embalsamiento para uso agrícola donde no existía grandes movimiento de suelos

como si sucede en la gran minería a cielo abierto. Afectando aun más la dudosa regulación y

disponibilidad de agua.

La Tabla N° 05 contiene información de las fuentes de agua para el llenado de los reservorios;

donde principalmente está constituido por la precipitación directamente en los espejos de agua,

escorrentía de cuencas tributarias cuyos nombres no se encuentra en el EIA; solamente el

reservorio inferior recibe aguas de la poza de sedimentación de la depósito de relaves; no se

presentan los caudales aportantes de cada fuente debido a que el EIA, lo presenta en una Tabla

muy complicada, el Dictamen Pericial tampoco lo cita; ya que son los resultados del modelamiento

realizado de balance de aguas en toda el área del Proyecto. En la última columna se presenta a las

cuencas que recibirán los caudales de mitigación y en el caso del reservorio superior los usos

destinados del agua almacenada.

Tabla N° 05. Llenado de los reservorios y Cuencas que recibirán la mitigación de caudales30

LAGUNAS IMPACTADAS

RESERVORIO MODO DE LLENADO CUENCA A LA QUE MITIGA, USOS

PEROL PEROL Precipitación, escorrentía cuenca 9ª Chirimayo, por gravedad

CHICA

SUPERIOR Precipitación, escorrentía cuenca 1G, 1B

Drenaje Toromacho (bombeo); agua uso campamento(bombeo); planta de proceso(bombeo), depósito de relave y reservorio inferior(escorrentía no derivada)

AZUL

MALA CHAILHUAGON

Precipitación, escorrentía cuenca 7; poza de sedimentación Chailhuagon

Chailhuagón CHAILHUAGON

INFERIOR

Precipitación, escorrentía cuenca 3; Rebose de depósito de relaves (sin tratamiento); Depósito de relaves (bombeo y tratamiento); Reservorio superior (escorrentía no derivada).

Alto Jadibamba (recibe también de cuenca 4y 5)

29

Dictamen Pericial Pág. 133. 30

Elaborado a partir de la Figura N° 02. de Anexo 4.14. Balance de Agua de toda el Área Proyecto Conga.

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Como puede observarse para el llenado de los reservorios no se utiliza el término transferencia;

debido a que en la fuente de información (balance hídrico de reservorios) no se encuentra ese

término31; si el caso fuera ese es un evento poco importante, porque solamente se realizará una

sola vez primer llenado de reservorios; al parecer en el Dictamen Pericial, copio la misma tabla

del EIA donde se mencionaba transferencia32; para vender la idea de que se trata de las mismas

lagunas en otros depósitos.

“Las aguas procedentes del tajo perol y depósito de desmonte así como las filtraciones de éste y

del depósito de relaves –recogidas en la zona de recuperación-tendrán que enviarse a la planta de

tratamiento de aguas ácidas, antes de pasar al reservorio inferior para su incorporación a la red de

drenaje”33. Esta afirmación puede corroborarse en la última celda de la Tabla N° 04, columna

modo de llenado; en época seca se realiza bombeo de agua desde la poza de sedimentación del

depósito de relaves luego pasa a la planta de tratamiento de aguas ácidas para conducirla hacia el

reservorio inferior. Pero como el mismo EIA menciona en la parte de hidrología superficial en

épocas húmedas los caudales se incrementan en uno o dos órdenes ósea 10 a 100 veces;

superando la capacidad de la planta de tratamiento de aguas ácidas (caudal nominal 850 m3/h ó

236 l/s) y el rebose de la poza de sedimentación del depósito de relaves (aguas de contacto con

relaves) será vertida sin tratamiento hacia el reservorio inferior y luego incorporada a la red de

drenaje (río Jadibamba). Contaminado toda la cuenca y sus afluentes con carga contaminantes

de diversas características (sulfatos y metales pesados). Lo mismo sucedería en el resto de las

cuencas que drenan sus aguas a partir del área del proyecto, ya que contará con una sola planta

de tratamiento de aguas ácidas.

4° En cuanto al área de influencia de los impactos ambientales: “El área de influencia directa es la

misma para la cantidad y calidad de las aguas superficiales, y que el área de influencia indirecta coincide con ella. No hay diferencias significativas entre el área de influencia directa de las etapas de construcción y operación”… “El Reglamento sobre Protección del Medio Ambiente. MINEM. 2003, no establece criterios objetivos para la delimitación de las áreas de influencia, por lo que los utilizados en el EIA son aceptables desde el punto de vista legal”… “El Dictamen Pericial recomienda que se amplíen el área de influencia indirecta aguas abajo para Jadibamba hasta el canal Jerez teniendo 280 usuarios que irriga a 687 ha, en Chailhuagon ampliarse hasta el canal Dos Tingos y en Alto Chirimayo hasta el Lozano izquierdo; siendo razones no técnicas, sino de realizar un gesto de buena voluntad hacia la población de la zona”.34

31

Anexo 4.14. Balance de Agua de toda el Área Proyecto Conga – Etapa 3. Golder Associates Perú S.A. 2010. 32

Cuadro 3. Resumen Ejecutivo EIA Proyecto Conga. 33

Dictamen Pericial Internacional del Proyecto Conga. 2012. 34

Dictamen Pericial Internacional. 2012.

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Según lo citado se menciona de un Reglamento sobre Protección del Medio Ambiente 2003 del Ministerio de Energía y Minas. El reglamento está desfasado; porque se trata de un Reglamento de 1993 y no del 2003; cuando en el país no existía aún el Concejo Nacional del Ambiente (creado mediante Ley N° 26410 del 22.dic.1994) ahora Ministerio del Ambiente; además la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental aprobada 2001, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1078 del 2008 contempla argumentos sobre el tema. A continuación citamos parte de la normativa actual referente al área de influencia ambiental de un proyecto: Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental. Ley N° 27446. Anexo IV. TDR básicos para Estudios de Impacto Ambiental Detallado – Categoría III 2. Descripción del proyecto g) Determinación del área de influencia directa e indirecta, en función a la envergadura, las características productivas y los impactos potenciales que generará el proyecto. 3. Línea Base a)La descripción de la ubicación, extensión y emplazamiento del proyecto, identificando y definiendo su área de influencia directa e indirecta, considerando el estudio de macro y micro localización, así como la ubicación con relación a un área natural protegida y/o su zona de amortiguamiento, de ser el caso. La propuesta de identificación y evaluación del área de influencia será ratificada o modificada por la autoridad competente, a dar la conformidad de los Términos de Referencia respectivos.35 Reglamento de Participación Ciudadana en el Sub Sector Minero – D.S. N° 028-2008-EM. El área de influencia de un proyecto minero, es el espacio geográfico donde las actividades mineras ejercen algún tipo de impacto ambiental, económico y social, que se determina en el estudio ambiental respectivo36. Guía Técnica para Elaborar Estudios de Impacto Ambiental del Sub Sector Minero Los impactos a la calidad a los suministros de agua son limitados a la cuenca de drenaje en la cual se ubica el proyecto37. En el área de drenaje del emplazamiento del proyecto Conga, se tiene cinco cuencas que serían afectadas de forma directa: Alto Jadibamba (La Llanga), Chugurmayo (Sendamal - La Llanga), Alto Chirimayo (Sendamal - La Llanga), Chailhuagón (río Azufre- Río Grande - Chonta-Cajamarquino-Crisnejas) y Toromacho (río Quengorio – Ñun ñun - Llaucano), todas ellas afluentes a la cuenca del Gran Marañón. Sin embargo el área de influencia directa e indirecta demarcada por el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto Conga, considera sólo el delimitado por la infraestructura

35

Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental. Anexo IV. TDR básicos para Estudios de Impacto Ambiental Detallado – Categoría III. 36

Reglamento de Participación Ciudadana en el Sub Sector Minero – D.S. N° 028-2008-EM. 37

Guía técnica para elaborar estudios de impacto ambiental del sub sector minero. pág. 5.

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minera (tajos, depósito de relave, planta concentradora, botaderos de desmonte, reservorios, entre otros), a lo que la empresa le denomina la huella del proyecto. La normativa legal y técnica citada respalda considerar la totalidad de las cuencas de drenaje; como se trata de 05 cuencas (microcuencas) que drenan sus aguas a 03 cuencas mayores: Sendamal - La Llanga, Llaucano y Chonta-Cajamarquino; las que debieron ser objeto de estudio del EIA del proyecto Conga. Por todo los dicho el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto Conga no resulta ser un documento para la toma de decisiones; así como el Dictamen Pericial, este último realiza una comparación no aceptable como lo indicamos en el punto N° 02; indicando que por tratarse de áreas pequeñas (caudales aportantes bajos menores a un orden de las cuencas mayores) el impacto sería insignificante; así la totalidad de los caudales se eliminarían. Sin haber realizado un estudio concienzudo del las cuencas en mención en lo referente a la disponibilidad de agua superficial y agua subterránea, así como de la interconexión natural existente en la totalidad de las cuencas. Las empresas mineras y sus proyectos mineros reciben la licencia ambiental por medio de la certificación ambiental del Estudio de Impacto Ambiental; inician operaciones con proyectos de áreas afectadas considerables, pero en consideración a las áreas territoriales regionales o provinciales pequeñas; extendiendo sus operaciones con proyectos de ampliación que en el caso de Yanacocha tenemos los proyectos Marsa, La Carpa, El Amaro entre otros; ubicados en la Jalca de la provincia de Celendín; pero cuando necesiten operar estos nuevos proyectos presentaran sus EIA, para áreas reducidas individuales y los impactos ambientales en consideración al área total territorial seguirán siendo insignificantes. Si agregamos el impacto de todos los proyectos de ampliación de Yanacocha y otras empresas como: Lumina Cooper, Barrick, Buenaventura, Anglo American, Iamgold-Cambior, Miski Mayo, Barrick, Hochshild Minera, entre otros; el impacto a los componentes ambientales, servicios ambientales a la totalidad de la cuenca del río Sendamal – La Llanga; sería altamente significativo. El impacto ambiental negativo que ocasionará la actividad minera a la integridad de las cuencas, no solo afectará el área de soporte de la infraestructura minera, lo hará también en las áreas que drena aguas abajo. Una cuenca es un ecosistema donde existe sinergismos entre componentes ambientales, económicos sociales, los efectos que se dan en sus cabeceras (Ecosistema jalca) son directamente repercutidos aguas abajo, esto implica por ejemplo que el efecto de la cuenca superior inmediata como la del río Sendamal, que irriga aproximadamente el 70% de las zonas productivas del territorio de la provincia de Celendín, sufrirán las consecuencias irreversiblemente. Es anti-ético e inmoral para la empresa Yanacocha, Knight Piesold (consultora que realizó el estudio de impacto ambiental) y aún más para los especialistas encargados de realizar el Dictamen Pericial Internacional; definir un área de influencia de impactos ambientales de la forma como se

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realizó y validar tal aserto, diciendo que por gesto de buena voluntad, se van a integrar tres canales de riego al área de influencia indirecta. El estado debería procesar a los profesionales responsables de los informes técnicos emitidos. Poniendo en riesgo toda la información técnica-científica dada en el estudio de impacto ambiental; encontrando serios problemas de credibilidad.

5° En cuanto a la destrucción de los bofedales el Dictamen Pericial anota: “Otra afección a la red

de drenaje es la eliminación de 103 ha de bofedales, humedales andinos constituidos por turba y vegetación con humedad cuasi permanente, prácticamente encharcados”... “Su aportación a ríos y quebradas en períodos secos es mínima como demuestra la caída brusca del caudal de los ríos, cuando cesan las precipitaciones. Hay que considerar que la velocidad de circulación del agua es muy limitada en estos materiales, lo que ralentiza su aportación a los cauces y a la vez, aumenta el plazo de exposición a la evapotranspiración, que debe ser muy elevada”... “Haciendo un simple análisis volumétrico, se llega a la conclusión de que 100 ha que cedieran 20 cm de nivel en cuatro meses de la época seca, suponiendo una capacidad de almacenamiento del 50% aportarían un caudal constante de 10 l/s cifra significativa pero una pequeña fracción de los caudales bajos estimados en el área del proyecto, que suman unos 80 l/s”... “La conclusión es que aparte de su indudable valor ambiental y paisajístico, los bofedales – en términos de producción hídrica proporcionan un caudal de estiaje poco significativo y que, en todo caso, están considerados implícitamente en los análisis realizados con el modelo HFAM”. DECRETO SUPREMO N° 020-2008-EM. Reglamento Ambiental para Actividades de Exploración Minera Artículo 11. Protección de bofedales o humedales Ninguna actividad de exploración podrá atravesar bofedales o humedales, con caminos de acceso, u originar la colocación de materiales, residuos o cualquier otra materia o sustancia sobre ellos. El anexo N° 4.1 del EIA proyecto Conga Informe del Volumen del Bofedal Perol, presenta estudios realizados por empresas consultoras como AMEC, Golder, Vector a continuación se citan pequeños estractos de ellos: AMEC, 2006, “Plan de Excavación y Manejo del Bofedal Perol, Minas Conga”, basado en 35 perforaciones de exploración inclinados realizados por Minas Conga. Contradiciendo el articulo 11, antes citado; información prueba que el Ministerio de Energía y Minas no hace cumplir las Normativa Ambiental específica del Sector. Golder, presenta resultados de seis perforaciones geotécnicas dentro de los límites del Bofedal Perol donde informó que el suelo orgánico contenía capas delgadas de material orgánico que parecían haberse derivado del musgo. También se informó que las raíces de los pastos eran frecuentes hasta una profundidad de unos 50 cm, debajo de los cuales ocurren de manera menos frecuente hasta una profundidad de 2 m. El suelo orgánico se vuelve relativamente amorfo más abajo y no presenta capas fibrosas (pasto) debajo de los 2 m. La Tabla N° 06 presenta un breve resumen de los registros de los perforación del Tajo Perol realizados por Golder.

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Tabla N° 06. Resumen de Registros de las Perforaciones Realizados por Golder38

Vector 2000. Calculó el contacto entre el bofedal y el macizo rocoso de 2 a 16 m debajo de la superficie de terreno… El programa de calicatas incluyó 20 calicatas en el área del Bofedal Perol. La mayor parte de las calicatas fueron ubicadas cerca del borde del bofedal en donde es relativamente superficial. Las áreas más alejadas de los bordes del bofedal no fueron investigadas debido a dificultades de acceso. En la mayoría de las calicatas, se observaron niveles de agua subterránea a profundidades de aproximadamente 0.5 a 1 m. Vector informó que una cantidad de agua significativa se filtró a las calicatas durante la excavación. La infiltración de agua subterránea y la debilidad de la turba limitaron la capacidad de excavar calicatas a más de 2m aproximadamente. Observamos serias contradicciones con el Dictamen Pericial, indicando que no se trata de una delgada capa de turba que cubre los bofedales sino de capas de 3, 25 – 9,38 m como se presenta en la tabla N° 06, confirmando que la capacidad de almacenamiento de agua es mucho mayor de los subestimado por los especialistas.

38

Anexo 4.1. EIA conga. 2010. Informe del Volumen del Bofedal Perol.

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Los Estudios de Impacto Ambiental, por ejemplo EIA proyecto Conga identifica, valora y describe los impactos concernientes a las acciones impactantes del proyecto y la interacción con los componentes o factores del medio ambiente; finalmente los impactos residuales son poco significativos o no significativos; dado el caso de la destrucción irreversible de 103 ha de bofedales; que por tratarse de un área reducida el impacto es no significativo; no tomando en cuenta que por el drenaje del bofedal se afectará áreas mucho mayores a las consideradas como se observa en las figuras presentadas por vector39; además la existencia de otros proyectos expectantes de Minera Yanacocha (Marsa, El Amaro, La carpa, entre otros) y el de otras empresas (Lumina Cooper, Angloamerican, Barrick, entre otras) realizarán la destrucción de áreas adicionales y si agregamos el impacto de todas ellas es probable que el recurso natural o las funciones ecosistémicas de los bofedales desaparezcan en toda la Jalca de la provincia de Celendín, Hualgayoc y Cajamarca; aspectos importantes que el Dictamen Pericial Internacional tampoco toma en cuenta.

39

Anexo 4.1. EIA Conga. Informe del Volumen del Bofedal Perol. Pág. 65.

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6° Exigimos que se cumpla el Reglamento de la Ley SEIA 27446, anexo IV;

5. “Caracterización del impacto ambiental

Identificar, evaluar, valorar, jerarquizar, supervisar y controlar los impactos negativos de carácter significativo y los riesgos inducidos derivados de la planificación, construcción, operación, mantenimiento y cierre del proyecto, utilizando para ello metodologías de evaluación aceptadas internacionalmente, debiendo velar por: La evaluación de los impactos ambientales debe realizarse mediante el uso de los métodos cuantitativos aplicables, donde: a) Se analicen la situación ambiental previa en la línea base en comparación con las

transformaciones del ambiente esperados.

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b) Se prevengan los impactos directos, indirectos, acumulativos y sinérgicos, y los riesgos inducidos que se podrían generar sobre los componentes ambientales, del paisaje, sociales y culturales y la salud de las poblaciones.

c) Se enfaticen en la pertinencia de las metodologías usadas en función de: i) la naturaleza de acción emprendida, ii) las variables ambientales afectadas, y iii) las características ambientales del área de influencia involucrada.

d) Se utilicen variables ambientales representativas para identificar los impactos ambientales, justificando la escala, el nivel de resolución y el volumen de datos, la replicabilidad de la información mediante el uso de modelos matemáticos adecuados en la determinación de impactos significativos negativos y positivos, y la definición de umbrales de dichos impactos.

e) Se consideren los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) y los Límites Máximos Permisibles (LMP) vigentes, en ausencia de regulación nacional sobre la materia, emplear estándares de nivel internacional, que el Ministerio del Ambiente apruebe para tal fin”.

En el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto Conga40 hace referencia a la aplicación de la

metodología de Vicente Conessa, que consiste en una metodología Cualitativa/Cuantitativa en

forma integrada para la valoración de los impactos ambientales. Donde sí sólo se desarrollará la

parte cualitativa (Matriz de importancia), se trata de una Evaluación de Impacto Ambiental

Simplificada en Perú una Declaración de Impacto Ambiental (DIA). Y al desarrollar el

procedimiento en su integridad (Matriz de importancia, matriz cuantitativa o de magnitud de los

impactos, matriz de corrección y evaluación final), se trata de una Evaluación de Impacto

Ambiental Detallada-EIAd41.

En el EIA del Proyecto Conga han realizado ciertas modificaciones a esta metodología, a fin de contar con un análisis más aplicable al ámbito de la minería, supuestamente; siendo el procedimiento siguiente: a. Significancia de efectos (SE) se determina numéricamente usando una serie de factores, los

cuales caracterizan el efecto ambiental y son presentados a continuación:

± Carácter

Ma Magnitud

Ex Extensión

Mo Momento

D Duración

R Reversibilidad

40

Knigth Piesold. 2010. 41

Vicente Conessa Fernandez. 2003. Guía Metodológica para la Evaluación de Impacto Ambiental, por Tercera Edición. Pag. 71 – 129. Cuadro 7.

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A Acumulación

P Periodicidad El sistema de clasificación fue adecuado de la propuesta de Conessa (2003). La significancia de cada efecto se calcula usando la siguiente expresión derivada de Conessa:

b. Significancia del receptor final (SR) es una ponderación que se aplica a cada uno de los

valores de significancia que fueron calculados en el paso 2 del procedimiento. Esta evaluación permite que el ejecutor de la evaluación de impactos tome en cuenta la existencia de intereses nacionales o regionales sobre el receptor. Aunque el valor de la significancia del subcomponente es netamente subjetivo, se puede controlar el nivel de subjetividad, implementando el siguiente procedimiento: 1. Determinar la rareza relativa del receptor final a nivel nacional (Sn). 2. Determinar la rareza relativa del receptor final a nivel local (Sl). 3. Determinar si existen objetivos locales, nacionales o internacionales para la preservación

del receptor (protección física) (O).3 4. Determinar la calidad basal o la capacidad de amortiguamiento del receptor o

subcomponente ambiental (Cr). 5. Determinar la importancia relativa del subcomponente ambiental a ser alterado en

comparación con los valores relativos de los otros receptores finales a ser considerados en la evaluación de impactos 4 (Ic).

c. Significancia de impactos (SI). La multiplicación de la significancia del efecto con la

significancia del receptor final da como resultado la significancia del impacto al receptor final por la actividad considerada (SI). El cálculo es:

La modificación realizada es a la parte cualitativa (expresada con ponderaciones numéricas)

sujeta al elevado subjetivismo del equipo evaluador; y no ejecutan la parte cuantitativa que

requiere la Ley del SEIA 27446, incumpliendo de esta manera con la norma nacional, objeto de

inmoralidad. El proyecto Conga está valorado en forma cualitativa como si se tratará de una

Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o de categoría I; aplicable a proyectos con generación

de impactos ambientales no significativos.

A continuación en la Tabla N° 07; se presenta el análisis de la aplicabilidad de los aspectos

requeridos en los TDR Categoría III EIAd, ítem 5, puntos (a,b,c,d,e).

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Tabla N° 07. Análisis de la aplicación al ítem 5 de TDR Categoria III para EIAd del proyecto Conga

Aspectos de la Metodología según TDR de la Ley del SEIA para Categoría III EIAd

Análisis de su aplicación en el EIA del proyecto Conga – Metodología de Conessa Modificada

a) Se analicen la situación ambiental previa en la línea base en comparación con las transformaciones del ambiente esperados.

No permite realizar la comparación del estado basal y de la predicción del efecto por la ejecución del proyecto.

b) Se prevengan los impactos directos, indirectos, acumulativos y sinérgicos, y los riesgos inducidos que se podrían generar sobre los componentes ambientales, del paisaje, sociales y culturales y la salud de las poblaciones.

En ningún momento de la construcción y operación del proyecto se prioriza la prevención; prima la compensación de impactos; cuya valoración de lo mismas es cualitativa.

c) Se enfaticen en la pertinencia de las metodologías usadas en función de: i) la naturaleza de la acción emprendida, ii) las variables ambientales afectadas, y iii) las características ambientales del área de influencia involucrada.

La metodología permite de alguna manera realizar tal análisis en forma subjetiva ponderando los efectos. Y en cuanto al área de influencia no se toma en cuenta ya que previo se la definió como la huella del proyecto; limitando un análisis concienzudo.

d) Se utilicen variables ambientales representativas para identificar los impactos ambientales, justificando la escala, el nivel de resolución y el volumen de datos, la replicabilidad de la información mediante el uso de modelos matemáticos adecuados en la determinación de impactos significativos negativos y positivos, y la definición de umbrales de dichos impactos.

Las variables utilizadas en su totalidad no son representativas, no permiten determinar el efecto con objetividad por deficiencia de datos en área de influencia real; así como la carencia de información en escala, volumen y replicabilidad. Ejemplo los caudales de las cuencas afectadas, la permeabilidad de los estratos de suelos, flujos de agua subterránea; datos climatológicos, entre otros.

e) Se consideren los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) y los Límites Máximos Permisibles (LMP) vigentes, en ausencia de regulación nacional sobre la materia, emplear estándares de nivel internacional, que el Ministerio del Ambiente apruebe para tal fin.

En la determinación del grado de significancia cualitativa del impacto no hace referencia al uso de ECAs y LMPs, las predicciones son muy subjetivas.

El Dictamen Pericial aborda esta temática así: “En el EIA se incluye el análisis semi-cuantitativo,

para las actividades propuestas, en las etapas de construcción y operación del proyecto, aplicando

la metodología clásica de evaluación sistemática mediante matrices”. Explicamos anteriormente

que no es un análisis semi-cuntitativo sino un análisis cualitativo con ponderaciones númericas

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subjetivas. “También indicar que, en la evaluación de impactos, en el EIA se ha asumido la

implantación de medidas de mitigación, control Y/o compensación, diseñadas para el proyecto, por

lo cual los impactos que se consideran son los “residuales” tras su implantación”… “Hay que añadir

que, para la etapa de cierre, las medidas se desarrollan a nivel conceptual, con un estudio

cualitativo42”

La evaluación de impactos que se presenta en las matrices del EIA del proyecto Conga, son

impactos residuales del proyecto, supuestamente el resultado de la aplicación de las medidas de

mitigación y compensación ambiental; no aceptamos y repudiamos tal valoración de impactos. El

estudio de impacto ambiental es un documento técnico para la toma de decisiones, donde debe

presentarse la información de la evaluación de impactos tal como sería en el futuro con la

ejecución del proyecto; los interesados afectados o beneficiarios deben estar informados con la

realidad y no escondiendo el efecto real de las acciones del proyecto. El EIA es un documento de

predicción, los impactos ambientales son predicciones cualitativas o cuantitativas; en este caso en

su mayoría cualitativas y por ende sujeto a un margen de error muy alto; y las medidas de

mitigación y compensación son propuestas para minimizar los efectos de impactos negativos y

maximizar los efectos de los impactos positivos; pero también se agrega un margen de error muy

alto en su efectividad de aplicación. Lo que queremos decir es que las medidas de mitigación y

compensación propuestas en el EIA de Conga pueden funcionar o no. Los ecosistemas, cuencas,

poblaciones humanas afectadas no pueden aceptar un proyecto con tanta incertidumbre

ambiental. Al menos tienen el derecho de saber cuál es el efecto real o cuasi-real sino funcionan

las medidas de mitigación y compensatorias. Por otro lado la ley del SEIA no indica que los

impactos de un proyecto se presenten como impactos residuales; ese término no aparece en

ninguna parte, tampoco en su reglamento. Identificando la falta de ética del equipo que realizó el

EIA del proyecto Conga, así como los especialistas internacionales de elaboración del Dictamen

Pericial.

7° El gobierno peruano es participe y miembro de tratados y acuerdos internacionales; producto

de ello incorpora en la Ley General del Ambiente N° 28611 el Principio Precautorio. Artículo VI “Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza absoluta no debe utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces y eficientes para impedir la degradación del ambiente”. El principio precautorio, que se ha transformado en un aspecto fundamental de los acuerdos sobre medioambiente y del activismo ambiental en todo el mundo, ofrece al público y a quienes toman las decisiones una aproximación a los problemas del medioambiente y de la salud pública sólidamente basada en el sentido común. Básicamente, el principio precautorio entrega un motivo fundamental para adoptar medidas en contra de una

42

Dictamen Pericial Internacional. 2012. Pág. 67.

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práctica o actividad, en ausencia de certidumbre científica, en vez de continuar con la práctica cuestionada mientras se la estudia, o aún sin que se la estudie. En vez de preguntar qué nivel de daño es aceptable, un enfoque precautorio pregunta: ¿cuánta contaminación o deterioro ambiental puede evitarse?, ¿cuáles son las alternativas para este producto o actividad?, o incluso ¿es realmente necesaria esta actividad?43 El proyecto Conga; posee un alto grado de incertidumbre científica (por las razones líneas arriba dadas, así como, observaciones realizadas al estudio de impacto ambiental por especialistas como Robert Moran y otros; los datos, volumen de datos utilizados en balance hídrico no son aceptables) además lo acontecido a proyectos anteriores de Minera Yanacocha SRL; donde se tiene la certeza común que hubo eliminación irreversible de fuentes naturales de agua como lagunas, ríos y manantiales; en las que medidas compensatorias como el reservorio San José son técnica y económicamente ineficientes e ineficaces para devolver las funciones naturales que cumplían. Compensación similar se propone para el proyecto Conga siendo tan evidente el peligro de daño grave o irreversible de degradación del ambiente. Sumando a ello: La incertidumbre respecto a los modelos se refiere a los vacíos en la teoría científica o a la imprecisión en los modelos usados para llenar los vacíos de información, como por ejemplo, en el modelo de balance hídrico y crear datos de cuenca Chirimayo para las cuencas de Jadibamba, Chailhuagon y Toromacho. Los modelos se construyen para explicar hechos actuales o pasados o para predecir el futuro. Sólo son tan buenos como la información que se usa para construirlos, la que necesariamente es incompleta cuando los modelos corresponden a sistemas medioambientales abiertos e interdependientes. Es posible perfeccionar los modelos, incorporándoles más, y más precisa información (aspectos que el EIA del proyecto conga no cumple). La incertidumbre causada por cortinas de humo se refiere a las estrategias de aquellos que provocan los riesgos y tienen interés en ocultar los efectos de una substancia o una actividad específica. Pueden abstenerse de investigar una situación de riesgo, ocultar información acerca de determinados efectos nocivos o diseñar investigaciones destinadas a crear incertidumbre (Ejemplo la valoración de impactos residuales). Quienes tienen una postura contraria a las reglamentaciones ambientales a menudo utilizan la incertidumbre para tratar de evitarlas. La incertidumbre con motivación política se refiere a la ignorancia deliberada de parte de los organismos oficiales encargados de la protección de la salud y del medioambiente. Estos pueden decidir no investigar un determinado riesgo, limitar el alcance de su análisis o las alternativas para resolver un problema, restar importancia a la incertidumbre en sus decisiones u ocultarla del todo en los modelos cuantitativos (Ejemplo claro el Ministerio del Ambiente). La indeterminación significa que las incertidumbres involucradas son de tal magnitud y variedad que tal vez nunca puedan ser reducidas.

43

Science and Environmental Health Network, SEHN. 1999. El Principio Precautorio en Acción.

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La ignorancia tiene dos caras: en lo positivo es una humilde admisión de que no sabemos cuánto es lo que no sabemos. En lo negativo, es la práctica de tomar decisiones sin considerar las incertidumbres.44 ¿Es realmente necesaria la realización del proyecto Minero Conga en las zonas de recarga hídrica de 03 provincias?; ¿es comparable el beneficio económico ¡1 - 2% para el país de la gigantesca ganancia de Newmont y Buenaventura!; con el deterioro ambiental, la pérdida de sus fuentes naturales de agua (tanto superficial como subterráneo), pérdida de calidad de vida; tranquilidad, dignidad y culturalidad de los pueblos de la población Cajamarquina? A modo de conclusión es indiscutible que los proyectos mineros antes mencionados y

específicamente el Proyecto Conga; pondrá en riesgo, los recursos hídricos, por ende la vida de la

población de la provincia de Celendín; por lo que exigimos; velar por el derecho de vivir en un

ambiente sano y equilibrado; que asegure la satisfacción de las necesidades de actuales y futuras

generaciones. Solicitamos enérgicamente y con fundamento Técnico-Legal, declarar la inviabilidad

ambiental del Proyecto Conga. Artículo I y V; Derechos y Principios de la Ley General del Ambiente

Ley 28611.

Nos comprometemos a continuar nuestras investigaciones y velar por el bienestar ambiental de nuestra región Cajamarca.

Expresamos nuestro incondicional apoyo a la sociedad civil que valientemente se encuentra

defendiendo los recursos naturales.

CELENDÍN, JULIO DEL 2012

44

Science and Environmental Health Network, SEHN. 1999. El Principio Precautorio en Acción.

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Mapa N° 01. Concesiones Mineras en la Provincia de Celendín

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Mapa N° 02. Zonas de Protección y Conservación Ecológica

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Mapa N° 03. Zonas de Recarga Hídrica de la Provincia de Celendín

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Mapa N° 04. Importancia Hídrica de la Provincia de Celendín

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Mapa N° 05. Cuencas Hidrográficas en la Provincia de Celendín

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“AÑO DE LA INTEGRACIÓN NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD”

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Mapa N° 06. Cuencas Hidrográficas Afectadas por el Proyecto Conga