prácticas del módulo 2 de educación y sociedad

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PRÁCTICAS DEL MÓDULO II DE EDUCACIÓN Y SOCIEDAD Apellidos, Nombre Marta Moya Guzmán Titulación Grado en Educación Primaria Grupo A Curso Académico Autoevaluación Práctica II - Puntuación: 0,6 Práctica 2a: Análisis sobre la tutoría y la participación de los padres en el marco legal (LOMCE, LOE, Decretos de Currículo (Infantil y Primaria) y Ley de Educación de Castilla la Mancha). Informe con el análisis y conclusiones. - LOMCE (Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa de 10 de dic. de 2013) Artículo 15. Participación de padres, madres y tutores legales en el proceso educativo. Los padres, madres o tutores legales deberán participar y apoyar la evolución del proceso educativo de sus hijos o tutelados; así como conocer las decisiones relativas a la evaluación y promoción, y colaborar en las medidas de apoyo o refuerzo que adopten los centros para facilitar su progreso educativo. Tendrán acceso a los documentos oficiales de evaluación, a los exámenes y documentos de las evaluaciones que se realicen a sus hijos o tutelados, y a otra documentación que, por su carácter educativo o de gestión administrativa, deba figurar en su expediente académico. LOE (LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación).

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Page 1: Prácticas del módulo 2 de educación y sociedad

Práctica 2a: Análisis sobre la tutoría y la participación de los padres en el

marco legal (LOMCE, LOE, Decretos de Currículo (Infantil y Primaria) y

Ley de Educación de Castilla la Mancha). Informe con el análisis y

conclusiones.

- LOMCE (Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa de 10 de dic.

de 2013)

Artículo 15. Participación de padres, madres y tutores legales en el

proceso educativo.

Los padres, madres o tutores legales deberán participar y apoyar la evolución

del proceso educativo de sus hijos o tutelados; así como conocer las

decisiones relativas a la evaluación y promoción, y colaborar en las medidas de

apoyo o refuerzo que adopten los centros para facilitar su progreso educativo.

Tendrán acceso a los documentos oficiales de evaluación, a los exámenes y

documentos de las evaluaciones que se realicen a sus hijos o tutelados, y a

otra documentación que, por su carácter educativo o de gestión administrativa,

deba figurar en su expediente académico.

LOE (LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación).

La educación ha de ser organizada en torno a cuatro aprendizajes que serán

los padres del conocimiento a lo largo de la vida de cada persona: aprender a

conocer, es decir, adquirir, las claves de la comprensión; aprender a hacer,

para poder actuar sobre el entorno; aprender a vivir juntos, para participar y

cooperar junto a los otros en las actividades humanas; y finalmente aprender a

ser, progresión esencial que participa de los tres aprendizajes anteriores. Es

evidente que estas vías del saber se conjugan entre sí, ya que existen muchos

puntos de contacto, intersección e intercambio entre ellos. (UNESCO 1996, 75

y 76).

PRÁCTICAS DEL MÓDULO II DE EDUCACIÓN Y SOCIEDAD

Apellidos, Nombre Marta Moya GuzmánTitulación Grado en Educación Primaria Grupo A Curso Académico 2º

Autoevaluación Práctica II -  Puntuación: 0,6  

Page 2: Prácticas del módulo 2 de educación y sociedad

Ley de Educación de Castilla-La Mancha 7/2010 de 20 de julio. (Título I

Comunidad Educativa. Capítulo III. Las familias. Título VI Factores de calidad

de la educación. Capítulo IV. La orientación educativa y profesional).

Capítulo III. Las familias.

Artículo 22. El papel de las familias.

Las familias del alumnado constituyen una parte esencial del proceso educativo

y, actuando en colaboración con el profesorado como miembros de la

comunidad educativa, son agentes básicos para la mejora de la educación.

Artículo 23. La participación de las familias en el proceso educativo.

1. Los padres y madres, y los tutores o tutoras legales tienen derecho a elegir y

participar en la definición del modelo de educación de sus hijos e hijas o

pupilos, a asociarse en defensa de sus derechos y a participar en el gobierno

de los centros de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/2007, de 8 de marzo, de

Participación Social en la Educación y lo establecido en el artículo 4 de la Ley

Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.

2. La Consejería competente en materia de educación impulsará programas de

formación de las familias o tutores legales para mejorar su papel como

educadores y par a contribuir a una colaboración más efectiva en la educación

de sus hijos e hijas o pupilos y pupilas.

3. La Consejería competente en materia de educación a disposición de los

centros docentes públicos los medios y programas adecuados para desarrollar

vías electrónicas de comunicación con las familias, favoreciendo la realización

de consultas y el intercambio de información por medios telemáticos, sin

detrimento de la relación personal y directa entre las familias y el profesorado

de los centros.

4. El Consejo de Gobierno desarrollará los derechos y deberes de las familias

del alumnado en tanto que los miembros de la comunidad educativa, incluidos

los que les reconoce la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del

Derecho a la Educación, y regulará y garantizará su ejercicio.

Page 3: Prácticas del módulo 2 de educación y sociedad

Artículo 25. Deberes de los padres y madres o tutores y tutoras legales.

1. Los deberes de los padres y madres o tutores y tutoras legales se sustentan

en la obligación de conocer y respetar el proyecto educativo de sus hijos e hijas

o pupilos y pupilas.

2. Los centros docentes promoverán la subscripción por las familias o tutores

legales de compromisos orientados a la mejora del estudio y la convivencia de

sus hijos e hijas o pupilos y pupilas.

Artículo 26. Asociaciones de madres y padres del alumnado.

1. Los padres y madres o tutores y tutoras legales del alumnado matriculado en

un centro educativo podrán asociarse de acuerdo con lo dispuesto en la Ley

3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación y demás

normativa vigente.

2. Los fines de las Asociaciones de madres y padres de alumnos y alumnas

serán los que se establecen en el artículo 27 de la Ley 3/2007, de 8 de marzo,

de Participación Social en la Educación.

Artículo 27. Medidas de fomento del asociacionismo.

1. La Consejería competente en materia de educación fomentará la creación y

desarrollo de asociaciones, federaciones y confederaciones de asociaciones de

madres y padres del alumnado.

2. Las asociaciones de madres y padres del alumnado, y sus federaciones y

confederaciones, deberán inscribirse en el Registro de entidades colaboradoras

de la enseñanza, al que se hace referencia en el artículo 135.5 de la presente

Ley, de acuerdo al procedimiento reglamentario que se establezca.

3. Las asociaciones de madres y padres del alumnado, y sus federaciones y

confederaciones que tengan su sede y desarrollen mayoritariamente su

actividad en Castilla La-Mancha, podrán ser declaradas de utilidad pública por

el Consejo de Gobierno.

4. La Consejería competente en materia de educación impulsará campañas

informativas, de manera directa y a través de los medios de comunicación, en

Page 4: Prácticas del módulo 2 de educación y sociedad

colaboración con las federaciones y confederaciones de madres y padres, para

dar a conocer sus derechos y deberes.

Artículo 28. La participación de las familias en los consejos escolares.

Las familias tienen el derecho y el deber de participar, en los términos previstos

en la Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación y a

través de sus representantes elegidos democráticamente, en el Consejo

Escolar del centro y de la localidad, así como en el Consejo Escolar de Castilla-

La Mancha.

Artículo 29. La colaboración de las familias.

Los centros docentes propiciarán la colaboración de las familias, de forma

voluntaria y siempre bajo las directrices del profesorado, en tareas educativas

no lectivas del centro cuyo objetivo sea la mejora de la convivencia y el

aprendizaje.

Capítulo IV. La orientación educativa y profesional

Artículo 159. Finalidad.

El modelo de orientación de Castilla-La Mancha tiene como finalidad contribuir

a la educación integral del alumnado a través de la personalización del proceso

educativo, en especial en lo referido a la adaptación de los procesos de

enseñanza y aprendizaje, a su singularidad y a la transición tanto entre las

distintas etapas y niveles en los que se articula el sistema educativo como

entre estos y el mundo laboral, y ofrecer al conjunto de la comunidad educativa

asesoramiento y apoyo técnico especializado.

Artículo 160. Características básicas.

La programación de la orientación educativa y profesional en los distintos

niveles responderá a las siguientes características básicas:

a) Ser un proceso continuo, sistemático y articulado, en el que el alumno o

alumna es el protagonista de su propia orientación, que comienza con la

escolarización del alumnado en las primeras edades y se extiende a lo largo de

todas las etapas educativas.

Page 5: Prácticas del módulo 2 de educación y sociedad

b) Formar parte de la función docente e integrar todas las acciones realizadas

desde la tutoría y el asesoramiento especializado en un proceso en el que los

responsables de la orientación colaboran con el conjunto del profesorado.

c) Contribuir al desarrollo en los centros docentes de medidas preventivas,

habilitadoras y compensadoras dirigidas al alumnado y su contexto, para hacer

efectiva una educación inclusiva de calidad.

d) Facilitar en el propio centro docente una atención profesional cercana y

contextualizada, extensiva al alumnado, las familias y el profesorado.

e) Ser una acción coordinada de los distintos profesionales implicados, y

abierta a la cooperación con otros profesionales externos al sistema educativo.

f) Contribuir al desarrollo de los planes estratégicos que persiguen la mejora del

éxito educativo y la reducción del abandono escolar temprano.

Artículo 161. Organización.

1. La orientación educativa y profesional se desarrolla mediante:

a) La tutoría ejercida por el profesorado, en los centros docentes no

universitarios, para la atención al alumnado y sus familias y la coordinación de

los equipos docentes.

b) El apoyo especializado a través de los profesionales y las estructuras

específicas de orientación en los centros docentes que forman parte del

servicio público educativo, y los profesionales adscritos, en su caso, a la red de

formación en las zonas rurales.

c) El asesoramiento externo a los centros docentes, a través de los

profesionales ubicados en la red de formación que la Consejería competente

en materia de educación determine.

2. El Consejo de Gobierno regulará el funcionamiento de la orientación en lo

referido a la organización interna de la misma, las estructuras y responsables,

la integración con las actividades de apoyo, la cooperación con otras

actuaciones de asesoramiento y la colaboración con el entorno para obtener la

mejor atención educativa.

Page 6: Prácticas del módulo 2 de educación y sociedad

Decretos de Currículo en Castilla-La Mancha

III.- Otras disposiciones y actos

Artículo 19. Atención a las familias. Derecho a una evaluación objetiva.

El responsable de la tutoría del grupo dará información a las familias, en un

lenguaje asequible, sobre los contenidos programados para cada curso, y

especialmente, sobre los procedimientos de evaluación y los criterios de

calificación y promoción. Asimismo, les informará de los resultados obtenidos

por los alumnos en las evaluaciones finales o individualizadas.

Conclusión:

A través de la búsqueda de los puntos en los que podemos encontrar la

participación de las familias y los tutores en la escuela, además de haber

realizado con mis compañeros un trabajo que trata sobre el mismo tema, llego

a la conclusión de que hay muchas leyes que justifican y promueven esta

participación.

A pesar de la existencia de las mismas, la participación no es llevada a la

práctica en la misma proporción, ya que hoy en día hay muchos padres y

madres que nunca formarían parte de una Asociación de Madres y Padres, por

diversas causas que nombraré en la práctica 2c. Si éstos supieran el gran favor

que harían a sus hijos y a su educación uniéndose con la escuela, la

participación aumentaría en gran medida.

Práctica 2b: Tras el visionado de: "la comunicación familia

escuela", sobre la forma de actuar en una tutoría con padres y al que se

accede al principio del módulo, realiza una breve síntesis de los

elementos que aporta y una valoración crítica personal en relación a la

comunicación que se establece entre la familia y la escuela.

Sabemos que uno de los elementos más importantes para la educación de

nuestros hijos es la unión entre familia y escuela. A pesar de ello, son muchos

los inconvenientes que encontramos en algunas ocasiones por parte de un

organismo u otro (bien sean por tema de falta de tiempo por parte de los

Page 7: Prácticas del módulo 2 de educación y sociedad

padres para acudir a una tutoría con el profesor de sus hijos; o por la escuela,

ya que hay maestros que no propician la buena relación con las familias).

En el vídeo "la comunicación familia-escuela" podemos encontrar dos tipos de

modelos de comunicación: el modelo agresivo y el asertivo. Sabemos que el

lenguaje utilizado en ambos puede ser verbal y no verbal. Así, en el modelo de

comunicación agresivo vemos como el tutor se muestra distante y agresivo

con la madre que acude a hablar de su hijo. En cuanto al espacio, ambos se

encuentra de pie e invadiendo el uno el espacio del otro. El tono de voz que

utilizan es bastante elevado y agresivo. No existe ningún tipo de empatía entre

madre y tutor y no se respetan el uno al otro.

Sin embargo, en el modelo de comunicación asertivo, podemos ver una

actitud de comprensión y gratitud entre madre y tutor. Ambos forman un clima

de comunicación y buenos modales, además de obrar con unos objetivos

comunes, a diferencia del modelo anterior, en el cual no existía ningún tipo de

empatía y ganas de obrar con un objetivo común.

Como decía anteriormente, es muy importante una buena relación familia-

escuela para la educación del niño, ya que uno puede aportar cosas al otro y

viceversa.

El modelo de comunicación asertivo es la mejor forma para llevar a cabo una

tutoría entre maestro y padre/madre, ya que lleva a cabo objetivos comunes y

una relación cordial y de empatía mutua. Ambos deben escuchar las ideas que

propone el otro y favorecer la creación de ideas comunes con un fin único:

ayudar a que la educación de su hijo sea una educación que favorece la

relación familia-escuela para conseguir la consecución de esta de manera más

efectiva.

Práctica 2c: Causas de la baja participación de los padres en los centros

educativos. Propuestas y medidas de mejora para promover dicha

participación.

Page 8: Prácticas del módulo 2 de educación y sociedad

La falta de motivación por parte de los padres es una de las mayores causas

de la falta de participación de las familias en los centros educativos. Padres y

madres piensan que su participación no tiene cabida en el mundo escolar, que

su información es escasa para formar parte de la administración de un centro

escolar.

Las diferencias culturales y sociales también son un factor importante, ya que

hay muchos padres y madres de niños inmigrantes que tienen miedo a la

reacción del resto de padres y profesores.

Finalmente, un tema importante que frena la participación de las familias en las

escuelas es la falta de horarios asequibles, ya que muchos padres y madres

trabajan por la mañana y no pueden acudir a las reuniones de consejo u otro

tipo de temas relacionados con la escuela.

Pero las familias no se dan cuenta de los grandes beneficios que surgen si

escuela y familia están unidas en el proceso de aprendizaje de los alumnos. La

familia puede aportar a los profesores conocimientos que sirvan de ayuda para

el trato con los alumnos, los métodos de adquisición de conocimientos, la

personalidad de los mismos, etc.

Las medidas que se podrían tomar para la mejora de esta participación podrían

ir encaminadas a facilitar más información a las familias de los beneficios que

nombrábamos anteriormente. Además, el maestro debe motivarles y hacerles

ver que su opinión cuenta tanto y más que la de él mismo. Igualmente podrían

ampliar el horario, facilitando reuniones por la tarde y por la mañana para que

haya más variedad y sea más fácil asistir a las mismas. También debemos

evitar que haya discriminaciones, tanto a nivel cultural como a nivel social y

educar en la multiculturalidad y la cooperación sin distinción de razas,

ideologías, valores, etc.

Práctica 2d:  Programación de una actividad con padres en formato de

presentación audiovisual (ppt, cuadernia, prezi,... ). Tras la visión de los

ejemplos que incluye la plataforma en relación a actividades de

Page 9: Prácticas del módulo 2 de educación y sociedad

participación de padres en aulas de educación infantil y primaria, se

propone la elaboración de una propuesta de intervención esporádica o

sistemática para informar, programar talleres, actividades o cualquier otra

actuación donde docente y padres tengan que trabajar de forma

coordinada.

Anexo subido en la tarea.