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Angélica Maqueda Honra 2ºB. Magisterio de educación primaria Educación y sociedad

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Page 1: Prácticas módulo ii

Angélica Maqueda Honra

2ºB. Magisterio de educación primaria

Educación y sociedad

Page 2: Prácticas módulo ii

Angélica Maqueda Honra. Educación y sociedad. 2ºB Magisterio EP 1

Análisis sobre la tutoría y la participación de los padres en el marco legal (LOMCE,

LOE, Decretos de Currículo (Infantil y Primaria) y Ley de Educación de Castilla la

Mancha). Informe con el análisis y conclusiones.

LOMCE ( Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa de 10 de dic. de

2013)

1.1. Artículo 10. Tutoría

1. La acción tutorial orientará el proceso educativo individual y grupal del alumnado en

el conjunto de la etapa.

2. El tutor o tutora coordinará la intervención educativa del conjunto del profesorado y

mantendrá una relación continuada y sistemática con la familia, a fin de facilitar el

ejercicio de los derechos reconocidos en el artículo 4.1. d) y g) de la Ley Orgánica

8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.

3. El equipo directivo garantizará, con carácter general, que la persona responsable de

la tutoría imparta docencia al grupo de alumnos y alumnas en, al menos, tres áreas del

currículo. Asimismo será responsable de la hora de lectura y, en el tercer ciclo, de

impartir el área de Educación para la ciudadanía y los derechos humanos.

4. El tutor o la tutora, con el asesoramiento del responsable de orientación del centro,

incluirá, dentro del horario semanal en el que permanece con el grupo, actividades de

seguimiento y orientación del proceso de enseñanza y actividades que contribuyan al

desarrollo de las habilidades propias de la competencia social y ciudadana, de la

competencia para aprender a aprender, de la competencia de autonomía e iniciativa

personal y de la competencia emocional.

5. El centro podrá programar modelos alternativos de tutoría que garanticen una

acción individualizada y continua con el alumnado y su familia.

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Angélica Maqueda Honra. Educación y sociedad. 2ºB Magisterio EP 2

6. El centro docente programará actividades que faciliten la transición del alumnado

de Educación infantil a Educación primaria, y de ésta, a la Educación secundaria

obligatoria.

LOE (LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación).

-La actividad de los centros educativos recae en último lugar en los profesores-tutores,

que deben conseguir que todos los jóvenes desarrollen el máximo de su potencial

dentro de un marco de equidad y calidad.

-Una de las funciones del profesorado de EP es : la tutoría con los alumnos, la dirección

y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración

con las familias.

-La función tutorial será conocida en el profesorado que la lleve a cabo mediante los

oportunos incentivos profesionales y económicos en los centros públicos.

-Una de las competencias del Claustro de Profesores es la de fijar los criterios

referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.

-En el conjunto de la etapa, la acción tutorial orientará el proceso educativo individual

y colectivo del alumnado.

-Corresponde a las Administraciones Educativas promover las medidas necesarias para

que la tutoría personal de los alumnos y la orientación educativa, psicopedagógica y

profesional, constituyan un elemento fundamental en la ordenación de esta etapa.

Ley de Educación de Castilla-La Mancha 7/2010 de 20 de julio. (Título I

Comunidad Educativa. Capítulo III. Las familias. Título VI Factores de calidad

de la educación. Capítulo IV. La orientación educativa y profesional).

Título I Comunidad Educativa. CAPÍTULO III: Las familias

Artículo 22. El papel de las familias.

Las familias del alumnado constituyen una parte esencial del proceso educativo y,

actuando en colaboración con el profesorado como miembros de la comunidad

educativa, son agentes básicos para la mejora de la educación.

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Angélica Maqueda Honra. Educación y sociedad. 2ºB Magisterio EP 3

Artículo 23. La participación de las familias en el proceso educativo.

1. Los padres y madres, y los tutores o tutoras legales tienen derecho a elegir y

participar en la definición del modelo de educación de sus hijos e hijas o pupilos, a

asociarse en defensa de sus derechos y a participar en el gobierno de los centros de

acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la

Educación y lo establecido en el artículo 4 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio,

reguladora del Derecho a la Educación.

2. La Consejería competente en materia de educación impulsará programas de

formación de las familias o tutores legales para mejorar su papel como educadores y

para contribuir a una colaboración más efectiva en la educación de sus hijos e hijas o

pupilos y pupilas.

3. La Consejería competente en materia de educación pondrá a disposición de los

centros docentes públicos los medios y programas adecuados para desarrollar vías

electrónicas de comunicación con las familias, favoreciendo la realización de consultas

y el intercambio de información por medios telemáticos, sin detrimento de la relación

personal y directa entre las familias y el profesorado de los centros.

4. El Consejo de Gobierno desarrollará los derechos y deberes de las familias del

alumnado en tanto que miembros de la comunidad educativa, incluidos los que les

reconoce la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación,

y regulará y garantizará su ejercicio.

Artículo 24. Otros derechos de los padres y madres o tutores y tutoras legales.

Los derechos de los padres y madres o tutores y tutoras legales se sustentan en el

derecho a la educación de sus hijos e hijas o pupilos y pupilas, y a que éstos reciban la

formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. Tienen

derecho a la libre elección de centro, al conocimiento y la participación en el proyecto

educativo y las normas que regulan la vida en el centro, al conocimiento de los

criterios de evaluación y la opinión sobre las decisiones que afecten al progreso

académico de sus hijos e hijas o pupilos, y a la información personal sobre su evolución

educativa y su rendimiento académico.

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Angélica Maqueda Honra. Educación y sociedad. 2ºB Magisterio EP 4

Artículo 25. Deberes de los padres y madres o tutores y tutoras legales.

1. Los deberes de los padres y madres o tutores y tutoras legales se sustentan en la

obligación de conocer y respetar el proyecto educativo y las normas del centro, la

colaboración con el profesorado y la contribución al desarrollo educativo de sus hijos e

hijas o pupilos y pupilas.

2. Los centros docentes promoverán la suscripción por las familias o tutores legales de

compromisos orientados a la mejora del estudio y la convivencia de sus hijos e hijas o

pupilos y pupilas.

Artículo 26. Asociaciones de madres y padres del alumnado.

1. Los padres y madres o tutores y tutoras legales del alumnado matriculado en un

centro educativo podrán asociarse de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/2007, de 8

de marzo, de Participación Social en la Educación y demás normativa vigente.

2. Los fines de las Asociaciones de madres y padres de alumnos y alumnas serán los

que se establecen en el artículo 27 de la Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación

Social en la Educación.

Artículo 27. Medidas de fomento del asociacionismo.

1. La Consejería competente en materia de educación fomentará la creación y

desarrollo de asociaciones, federaciones y confederaciones de asociaciones de madres

y padres del alumnado.

2. Las asociaciones de madres y padres del alumnado, y sus federaciones y

confederaciones, deberán inscribirse en el Registro de entidades colaboradoras de la

enseñanza, al que se hace referencia en el artículo 135.5 de la presente Ley, de

acuerdo al procedimiento reglamentario que se establezca.

3. Las asociaciones de madres y padres del alumnado, y las federaciones y

confederaciones que tengan su sede y desarrollen mayoritariamente su actividad en

Castilla-La Mancha, podrán ser declaradas de utilidad pública por el Consejo de

Gobierno.

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Angélica Maqueda Honra. Educación y sociedad. 2ºB Magisterio EP 5

4. La Consejería competente en materia de educación impulsará campañas

informativas, de manera directa y a través de los medios de comunicación, en

colaboración con las federaciones y confederaciones de madres y padres, para dar a

conocer sus derechos y deberes.

Artículo 28. La participación de las familias en los consejos escolares.

Las familias tienen el derecho y el deber de participar, en los términos previstos en la

ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación y a través de sus

representantes elegidos democráticamente, en el Consejo Escolar del centro y de la

localidad, así como en el Consejo Escolar de Castilla-La Mancha. Artículo 29. La

colaboración de las familias. Los centros docentes propiciarán la colaboración de las

familias, de forma voluntaria y siempre bajo las directrices del profesorado, en tareas

educativas no lectivas del centro cuyo objetivo sea la mejora de la convivencia y el

aprendizaje.

Título VI Factores de calidad de la educación. CAPÍTULO IV. La orientación educativa

y profesional.

Artículo 159. Finalidad.

El modelo de orientación de Castilla-La Mancha tiene como finalidad contribuir a la

educación integral del alumnado a través de la personalización del proceso educativo,

en especial en lo referido a la adaptación de los procesos de enseñanza y aprendizaje,

a su singularidad y a la transición tanto entre las distintas etapas y niveles en los que se

articula el sistema educativo como entre estos y el mundo laboral, y ofrecer al

conjunto de la comunidad educativa asesoramiento y apoyo técnico especializado.

Artículo 160. Características básicas.

La programación de la orientación educativa y profesional en los distintos niveles

responderá a las siguientes características básicas:

a) Ser un proceso continuo, sistemático y articulado, en el que el alumno o alumna es

el protagonista de su propia orientación, que comienza con la escolarización del

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Angélica Maqueda Honra. Educación y sociedad. 2ºB Magisterio EP 6

alumnado en las primeras edades y se extiende a lo largo de todas las etapas

educativas.

b) Formar parte de la función docente e integrar todas las acciones realizadas desde la

tutoría y el asesoramiento especializado en un proceso en el que los responsables de la

orientación colaboran con el conjunto del profesorado.

c) Contribuir al desarrollo en los centros docentes de medidas preventivas,

habilitadoras y compensadoras dirigidas al alumnado y su contexto, para hacer

efectiva una educación inclusiva de calidad.

d) Facilitar en el propio centro docente una atención profesional cercana y

contextualizada, extensiva al alumnado, las familias y el profesorado.

e) Ser una acción coordinada de los distintos profesionales implicados, y abierta a la

cooperación con otros profesionales externos al sistema educativo.

f) Contribuir al desarrollo de los planes estratégicos que persiguen la mejora del éxito

educativo y la reducción del abandono escolar temprano.

Artículo 161. Organización. 1.

La orientación educativa y profesional se desarrolla mediante:

a) La tutoría ejercida por el profesorado, en los centros docentes no universitarios,

para la atención al alumnado y sus familias y la coordinación de los equipos docentes.

b) El apoyo especializado a través de los profesionales y las estructuras específicas de

orientación en los centros docentes que forman parte del servicio público educativo, y

los profesionales adscritos, en su caso, a la red de formación en las zonas rurales.

c) El asesoramiento externo a los centros docentes, a través de los profesionales

ubicados en la red de formación que la Consejería competente en materia de

educación determine.

2. El Consejo de Gobierno regulará el funcionamiento de la orientación en lo referido a

la organización interna de la misma, las estructuras y responsables, la integración con

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Angélica Maqueda Honra. Educación y sociedad. 2ºB Magisterio EP 7

las actividades de apoyo, la cooperación con otras actuaciones de asesoramiento y la

colaboración con el entorno para obtener la mejor atención educativa.

Decretos de Currículo en Castilla-La Mancha (Ver Infantil o Primaria según

corresponda a la titulación que cursa).

-El tutor, con el asesoramiento de la persona responsable en la orientación, integrarán

en el plan de trabajo individualizado las medidas simultáneas a la escolarización,

tendentes a la consecución de los objetivos establecidos en este decreto.

-Además, el tutor junto con el orientador, incluirá dentro del horario semanal en el que

permanece con el grupo, actividades de seguimiento y orientación del proceso de

enseñanza y actividades que contribuyan al desarrollo de las habilidades propias de la

competencia social y ciudadana, de la competencia para aprender a aprender, de la

competencia de la autonomía e iniciativa personal y de la competencia emocional.

-Por otro lado, la acción de los tutores orienta el proceso educativo individual y grupal

del alumnado, coordina la intervención educativa del conjunto del profesorado y

mantiene una relación continuada y sistemática con la familia.

-El tutor debe impartir al menos tres áreas a su grupo. El centro docente puede

programar modelos alternativos de tutoría individualizada con la familia y el alumno.

-Los centros docentes y los profesores son los responsables de establecer tutorías

individualizadas con los padres de sus alumnos con el objetivo de informarles de la

situación educativa de sus hijos, así como para tomar las medidas necesarias si surge

algún problema.

-Los padres deben estar en contacto con los profesores, para mejorar la calidad del

estudio y convivencia de sus hijos con sus compañeros.

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Angélica Maqueda Honra. Educación y sociedad. 2ºB Magisterio EP 8

Tras el visionado del vídeo: "la comunicación familia escuela", sobre la forma de

actuar en una tutoría con padres y al que se accede al principio del módulo, realiza

una breve síntesis de los elementos que aporta y una valoración crítica personal en

relación a la comunicación que se establece entre la familia y la escuela.

Elementos que aporta:

-La comunicación puede ser verbal o no verbal y depende del contexto en el que nos

encontremos.

-En el vídeo se muestran tres formas de comunicación: el modelo agresivo, el inhibido

y el asertivo, aunque solo se hablan de dos:

-MODELO DE COMUNICACIÓN AGRESIVO: En la comunicación no verbal, el profesor

es distante, están de pie, hace gestos agresivos, el profesor invade el espacio del otro,

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Angélica Maqueda Honra. Educación y sociedad. 2ºB Magisterio EP 9

tono de voz alto, se crea un mal clima. En la comunicación verbal, no se escuchan, se

hablan a la vez, se prejuzgan, no hay diálogos, no muestran empatía, no se llega a

ningún acuerdo, se culpabilizan entre ellos.

-MODELO DE COMUNICACIÓN ASERTIVO: En la comunicación no verbal, utiliza el

espacio para crear un clima agradable, es positivo y comprensible, comparte

sentimientos, resume acuerdos finales y acuerda una nueva tutoría, petición de

colaboración, muestra apoyo en todo momento. En la comunicación verbal, escucha

activamente, empatiza, reconoce y expresa sentimientos, es comprensivo, no

culpabiliza al otro, resume, busca soluciones compartidas.

El MODELO INHIBIDO es el que corresponde a la gente tímida que no expresa sus

pensamientos y sus ideas y que no discute ni lleva la contraria al interlocutor. Este

modelo es usado para dar la razón a la persona con la que estamos hablando.

Como se muestra en el vídeo, la comunicación entre el docente y los padres es muy

importante. Esta comunicación debe ser lo más correcta posible por las dos partes.

Sobre todo hay que crear un clima de confianza y agradable, dejar a los padres

expresar sus opiniones e ideas y si es necesario que se desahoguen, no hay que

ponerles nerviosos, ni ver las cosas desde un punto de vista radical.

La comunicación no verbal es fundamental, ya que dependiendo de lo que hagas

mientras hablas puedes dar a entender unas cosas u otras. Además, el contexto en el

que nos encontremos va a depender del desarrollo de la comunicación.

En mi opinión, en el vídeo el segundo modelo de comunicación con los padres es el

adecuado por el comportamiento de ambos.

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Angélica Maqueda Honra. Educación y sociedad. 2ºB Magisterio EP 10

Causas de la baja participación de los padres en los centros educativos. Propuestas y

medidas de mejora para promover dicha participación.

Las principales causas de la baja participación de los padres en los centros educativos

son:

-No tienen el suficiente conocimiento para la participación en los centros educativos ni

conocen las funciones del consejo escolar. Es decir, el centro educativo no informa y la

administración educativa no posee acciones para la formación de los padres.

-Se sienten excluidos en la comunidad educativa y creen que no sirve su participación.

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Angélica Maqueda Honra. Educación y sociedad. 2ºB Magisterio EP 11

-Hay padres que no tienen motivación, son dejados, no tienen responsabilidades, lo

hacen por comodidad, etc.

-El centro no es capaz de atraer a las familias y ellos tampoco se lo exigen.

-Hay padres que no se sienten preparados para debatir determinados temas.

-La falta de tiempo de los padres es una causa principal, por trabajo o personal, otros

poseen problemas de desplazamiento.

En cuanto a las propuestas y medidas de mejora para promover la participación de los

padres es:

-Fomentar actividades entre padres y madres, y profesorado, donde se pongan de

acuerdo ideas, se desarrolle creatividad, imaginación, etc.

-Proponer charlas informativas a las escuelas y hacer difusión de las actividades que

realicen asociaciones.

-Mejorar la formación de los padres para responsabilizarles en la función educadora

de sus hijos y en la participación activa.

-Proponer a los padres y madres que participen en aspectos concretos de la

programación escolar.

-Hacer que los padres y los docentes se reúnan en tutorías, para que haya más

contacto con el centro educativo.

Programación de una actividad con padres en formato de presentación audiovisual

(ppt, cuadernia, prezi,... ). Tras la visión de los ejemplos que incluye la plataforma en

relación a actividades de participación de padres en aulas de educación infantil y

primaria, se propone la elaboración de una propuesta de intervención esporádica o

sistemática para informar, programar talleres, actividades o cualquier otra actuación

donde docente y padres tengan que trabajar de forma coordinada.