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PLIEGO DE CONDICIONES DE SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE VENTAS DIRECTAS Y AVIACIÓN INTERNACIONAL Revisión 9 - Diciembre 2017 Página 1 de 30 PLIEGO DE CONDICIONES DE SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

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DE SEGURIDAD Y

MEDIO AMBIENTE

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ÍNDICE

1. CONDICIONES DE SEGURIDAD ...................................................................................... 3

2. RIESGOS GENERALES Y MEDIDAS PREVENTIVAS ....................................................... 7

2.1. RELACION DE RIESGOS ................................................................................................................................. 7

2.2. MEDIDAS PREVENTIVAS .............................................................................................................................. 7

2.2.1 Acceso y estancia en las instalaciones de Repsol ............................................................. 7

2.2.2 Prohibición de fumar o encender fuegos abiertos ..............................................................8

2.2.3 Trabajos con riesgos especiales – Permisos de Trabajos ...............................................8

2.2.4 Botellas de gases .............................................................................................................................. 21

2.2.5 Manipulación de productos de Repsol ................................................................................... 22

2.2.6 Almacenamiento de materiales en las instalaciones de Repsol ............................. 22

3. CONDICIONES DE MEDIO AMBIENTE .......................................................................... 23

3.1. INDICACIONES GENERALES ..................................................................................................................... 23

3.2. RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL DEL CONTRATISTA ...................................................... 23

3.3. MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL ........................................................................................ 24

3.4. MATERIAS PRIMAS ...................................................................................................................................... 24

3.5. CONTROL DE EMISIONES A ATMÓSFERA ........................................................................................... 24

3.6. PREVENCIÓN DE VERTIDOS Y DERRAMES ........................................................................................ 25

3.7. GESTIÓN DE RESIDUOS.............................................................................................................................. 26

3.8. CONTROL DE CONSUMOS ......................................................................................................................... 26

3.9. SANCIONES ..................................................................................................................................................... 26

4. ACTUACIÓN EN CASO DE EMERGENCIA ..................................................................... 27

5. FICHAS DE DATOS DE SEGURIDAD ............................................................................ 28

6. DOCUMENTACIÓN A CUMPLIMENTAR Y ENTREGAR POR EL CONTRATISTA ........... 29

6.1. OBRAS Y/O SERVICIOS GESTIONADOS A TRAVÉS DE CONCURSO: ......................................... 29

6.2. OBRAS Y/O SERVICIOS SIN CONCURSO: ............................................................................................. 30

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1. CONDICIONES DE SEGURIDAD

A los efectos de la Prevención de Riesgos Laborales y cuidado por el Medio Ambiente:

1º.- El contratista y sus subcontratistas (en el caso de que subcontrate en todo o parte los

trabajos ofertados) vendrán obligados, además de por prescripción legal, como requisito y

condición pactada aquí con la Unidad de Negocio de Ventas Directas y Aviación

Internacional de Repsol, a cumplir con todas las disposiciones vigentes en cada momento,

en particular, las referentes a:

Prevención de Riesgos Laborales.

Medio Ambiente (atmósfera, aguas, ruido, residuos, suelo).

Instalaciones petrolíferas.

Productos químicos.

Máquinas en general.

Electricidad.

Construcción.

Incidencias y emergencias

Asimismo deberán cumplir con las Medidas Preventivas indicadas por la Unidad de Negocio

de Ventas Directas y Aviación Internacional de Repsol y las establecidas en las 10 Reglas

Básicas de Seguridad de Repsol

2º.- El contratista y sus subcontratistas justificarán en cualquier momento, a requerimiento

de la Unidad de Negocio de Ventas Directas y Aviación Internacional de Repsol, el

cumplimiento de dichas disposiciones. Esta justificación se llevará normalmente a efecto

mediante la entrega de la documentación –actualizada- que presentó para su clasificación

como empresa contratista.

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3º.- Cuando los trabajos o servicios contratados se gestionen a través de un concurso, el

CONTRATISTA adjudicatario del mismo presentará, antes del inicio de los trabajos, un

INFORME DE SEGURIDAD de los trabajos a realizar, que contendrá, como mínimo:

a) El Coordinador / Responsable de Seguridad (Técnico Competente, Encargado de Obra,

etc.).

b) Relación de riesgos que puedan producirse.

c) Medidas de prevención que se tomarán durante la realización del trabajo.

d) Acreditación de que los trabajadores han sido informados sobre los riesgos

existentes en el trabajo y formados en su prevención.

El Coordinador / Responsable de Seguridad designado por la empresa Contratista, velará

por el cumplimiento de todos los artículos vigentes en la ley de Prevención de Riesgos

Laborales.

El citado Coordinador / Responsable realizará una función de vigilancia y control que

garantice el correcto cumplimiento de:

a) Informe Básico o Informe de Seguridad.

b) Medidas preventivas que disponga la Unidad de Negocio de Ventas Directas y

Aviación Internacional de Repsol.

c) Plan de Emergencia Interior de Repsol, cuando los trabajos se realicen en

instalaciones de Repsol.

d) Plan de Seguridad, cuando los trabajos se realicen en instalaciones de clientes de

Repsol.

A tal efecto estará obligado a informar de cualquier anomalía que suceda en las

instalaciones y que pueda afectar a la seguridad de los trabajos, comunicando

inmediatamente cualquier tipo de accidente que sufra su personal, independientemente del

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informe de investigación que debe entregar a la Unidad de Negocio de Ventas Directas y

Aviación Internacional de Repsol.

En el caso de que el contratista quiera subcontratar todo o parte de los trabajos:

- El Contratista deberá solicitar a Repsol la Autorización de Subcontratación,

mediante el formato que Repsol le facilitará. Acompañando al documento de

Autorización de Subcontratación, el contratista entregará por escrito a Repsol una

justificación de que los trabajadores de la subcontrata han sido informados sobre los

riesgos existentes en el trabajo y formados en su prevención.

- Una vez autorizada la subcontratación, el Coordinador / Responsable de Seguridad

nombrado por EL CONTRATISTA en el Informe Básico / Informe de Seguridad asumirá las

mismas RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES antes expuestas, así como aquellas que

afecten a los Subcontratistas.

4º.- EL contratista y sus subcontratistas aportarán a su propio personal las herramientas

de mano, vestuario de trabajo, elementos de señalización, equipos de protección colectiva,

prendas de protección personal y cualquier otro equipo de seguridad debidamente

homologado, adecuado a los servicios contratados, exigiendo su utilización. Todo ello

conforme a lo previsto en el Informe de Seguridad /Informe básico de Seguridad

presentado.

5º.- EL contratista y sus subcontratistas quedan obligados a implantar sus propias Normas

de Oficio, Métodos de Trabajo y Normas de Seguridad, siendo responsables de la formación

y buen hacer de su personal.

6º.- EL contratista y sus subcontratistas garantizan que tienen realizadas las evaluaciones

de riesgos de sus puestos de trabajo y que la mano de obra, materiales, equipos y medios

auxiliares empleados para realizar los trabajos, son de la calidad adecuada para su correcta

ejecución. Garantizan igualmente que los realizarán ateniéndose al programa de trabajo,

Informe de Seguridad / Informe básico de Seguridad y a las Medidas Preventivas de la

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Unidad de Negocio de Ventas Directas y Aviación Internacional de Repsol. Asimismo, la

empresa contratada es responsable de transportar adecuadamente a las áreas en que

hayan de ser utilizados los materiales y equipos que sean necesarios para el desarrollo de

la actividad, así como del almacenamiento temporal en los lugares que sean acordados y

su custodia.

7º.- En el caso de incumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, de

Seguridad e Higiene, y de lo establecido en el Informe de Seguridad y Medidas Preventivas

de la Unidad de Negocio de Ventas Directas y Aviación Internacional de Repsol, ésta se

reserva el derecho de ejercer una o más de las siguientes acciones:

a) Suspender la ejecución de los trabajos en tanto no se asegure el total

cumplimiento de las Normas, Informe de Seguridad y a las Medidas Preventivas

de la Unidad de Negocio de Ventas Directas y Aviación Internacional de Repsol, y

sin que dicha suspensión pueda alegarse como causa para prolongar plazos de

ejecución pactados.

b) Imponer sanciones al CONTRATISTA. Las sanciones o penalizaciones por

incumplimiento del Proveedor/Contratista, se establecerán según se indica en la

norma de Condiciones Generales de Compras y Contrataciones de Repsol (047-

NO301MG).

8º.- EL contratista y sus subcontratistas colaborarán con la Unidad de Negocio de

Ventas Directas y Aviación Internacional de Repsol para establecer un control y

vigilancia del trabajo que permita comprobar que se están llevando a cabo las

medidas indicadas en el Informe de Seguridad /Informe básico de Seguridad y el

cumplimiento de las MEDIDAS PREVENTIVAS de la Unidad de Negocio de Ventas

Directas y Aviación Internacional de Repsol.

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2. RIESGOS GENERALES Y MEDIDAS PREVENTIVAS

2.1. RELACION DE RIESGOS

Explosión e incendios debido a la existencia de líquidos y vapores inflamables y

combustibles.

Efectos tóxicos por inhalación, aspiración y contacto con vapores irritables.

Riesgos derivados de la manipulación de materiales, herramientas y maquinaria,

especialmente las chispas producidas por radiales y equipos de soldadura.

Caída de personas y materiales, quemaduras y cortes.

Proyección de fragmentos o partículas.

Efectos de la electricidad: diferencia de potenciales, instalación eléctrica bajo

rasante, descargas, etc.

Filtración de gases a través de arquetas y tubos de entrada a edificios/instalaciones.

Atropellos, golpes o choques contra o con vehículos.

2.2. MEDIDAS PREVENTIVAS

2.2.1 Acceso y estancia en las instalaciones de Repsol

El Jefe de Equipo o Encargado deberá informar al responsable de la instalación del número

de personas a su cargo identificándolos mediante documento oficial.

Queda terminantemente prohibida la manipulación de cualquier elemento existente en la

instalación, diferente de aquel para el cual haya recibido autorización.

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2.2.2 Prohibición de fumar o encender fuegos abiertos

Todas las personas que accedan a las instalaciones de Repsol deben saber que se

encuentran en instalaciones donde existen productos inflamables y/o explosivos y por

tanto deben evitar cualquier acción que sea susceptible de producir igniciones. A

continuación se indican tres condiciones que deberán cumplirse siempre:

- Prohibición absoluta de fumar en las instalaciones y/o de encender fuego.

- Debe solicitarse un permiso explícito para el uso de instrumentos de trabajo que

puedan producir un punto de ignición (calor, llama, chispas), como pueden ser

linternas, cámaras fotográficas (en el caso de instalaciones de almacenamiento de

gasolina), radiales, equipos con alimentación eléctrica o pila,...

- Prohibición de usar productos de limpieza o de cualquier otro tipo que sean

inflamables.

2.2.3 Trabajos con riesgos especiales – Permisos de Trabajos

Será necesaria autorización escrita mediante un Permiso de Trabajo para la ejecución de

todos los trabajos que impliquen alguno de los siguientes riesgos:

1. Tránsito de vehículos o maquinaria.

2. Zanjas y excavaciones.

3. Trabajos en altura.

4. Espacios confinados.

5. Trabajos con riesgo eléctrico.

6. Elevación de cargas con grúas.

7. Trabajos en caliente.

8. Almacenamiento de gasolinas.

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Durante su permanencia en la instalación es estrictamente obligatorio utilizar SIEMPRE los

equipos de protección colectiva e individual que le haya indicado el responsable de la

misma.

El Jefe de Equipo o Encargado es responsable de que sus equipos y/o compañeros cumplan

adecuadamente con la normativa vigente respecto a seguridad, medio ambiente y

protecciones.

2.2.3.1 Tránsito de vehículos y maquinaria

Cuando para la realización de los trabajos sea necesario el tránsito de vehículo y/o

maquinaria en la instalación, se deberán señalizar y acotar las vías de tránsito de dichos

vehículos y las vías de paso de los peatones, manteniendo una distancia física entre ambas

vías que evite interferencias.

En el caso de que los trabajos invadan la vía pública, se deberá acotar y señalizar la zona de

los trabajos para evitar atropellos por parte de los vehículos que circulen por dicha vía y

que son ajenos a los trabajos.

2.2.3.2 Zanjas y excavaciones

Antes de comenzar cualquier trabajo de excavación es necesario tener un Permiso de

Trabajo firmado y autorizado por persona competente y responsable de la instalación,

cuyos requerimientos deben ser conocidos y cumplidos por todos los participantes en el

trabajo.

Con carácter general se deberá considerar peligrosa toda excavación que, en terrenos

corrientes, alcance una profundidad de 0,80 m y 1,30 m en terrenos consistentes.

Será necesario comprobar la existencia de posibles canalizaciones subterráneas (tuberías

de gas, eléctricas, etc.) mediante planos u otros medios (realización de catas previas o

excavación manual) y cuando la profundidad de la zanja supere los 80 cm deberá

comprobarse también la estabilidad del terreno para evitar posibles desprendimientos.

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Las excavaciones en cuyo interior vaya a trabajar alguna persona serán inspeccionadas, al

menos, todos los días antes del comienzo de los trabajos. Además, en zanjas de

profundidad mayor de 1,30 m, siempre que haya operarios trabajando en su interior, se

mantendrá uno de retén en el exterior, que podrá actuar como ayudante de trabajo y dará

la alarma en caso de producirse alguna emergencia.

Mientras alguna persona permanezca en el interior de la zanja, deberá existir un acceso a

menos de 20 metros, en todo momento. Las entradas y salidas de la zanja se realizarán

siempre utilizando los accesos habilitados, estando expresamente prohibido utilizar el

entibado para subir o bajar a la excavación.

Cuando exista riesgo de desprendimientos o caída de objetos, se instalarán protecciones

que eviten la caída sobre los ocupantes de la excavación.

Como norma general se mantendrá una zona de al menos 2 metros libre de cargas y

circulación de vehículos alrededor de la excavación o ambos lados de la zanja. Conviene

dejar señalizada de alguna forma visible la zona. Cuando las condiciones de trabajo

requieran la realización de tareas a menos de 2 metros del borde de una excavación de más

de 1,2 metros de profundidad, los operarios usarán arnés de seguridad convenientemente

enganchado a un punto de anclaje seguro instalado a una distancia apropiada.

Cuando no sea posible emplear taludes como medida de protección contra el

desprendimiento de tierras en la excavación de zanjas y haya que realizar éstas mediante

cortes verticales de sus paredes se deberán entibar éstas en zanjas iguales o mayores a

1,30 m de profundidad. Igual medida se deberá tomar si no alcanzan esta profundidad en

terrenos no consistentes o si existe solicitación de cimentación próxima o vial. Cualquier

excavación que requiera entibado, se montará siempre de arriba abajo. El desmontaje se

realizará en sentido contrario.

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El desenterramiento de cualquier línea enterrada (cable eléctrico, tubería...) que no

aparezca en el Permiso de Trabajo supondrá, en todos los casos, la paralización inmediata

de los trabajos y la siguiente comunicación a la supervisión, independientemente que la

línea haya sido dañada o no.

La excavación se considerará espacio confinado y será preciso emitir el correspondiente

Permiso de Trabajo cuando:

Se encuentre por debajo del nivel del terreno de los alrededores y la profundad de

cualquiera de sus puntos accesibles sea superior a 1,2 metros. Este punto no será de

aplicación cuando las dimensiones de largo por ancho del espacio subterráneo sean

superiores en 5 veces a la profundidad y la excavación sea a cielo abierto.

Siempre que exista riesgo de formación de atmósferas peligrosas en el interior de una

excavación, sea por los productos o equipos utilizados, por emanaciones de propio

terreno o de las instalaciones descubiertas, o por proximidad de equipos o instalaciones.

En este caso será necesaria la medición de explosividad antes de que nadie acceda a la

excavación.

Se evitará la introducción de envases con productos peligrosos en la excavación,

utilizándolos, cuando sea necesario hacerlo, en las mínimas cantidades posibles.

La maquinaria a utilizar en excavaciones y/o zanjas debe poseer los dispositivos de

señalización luminosa y acústica así como los estabilizadores en perfecto estado.

Cuando los materiales extraídos estén en alguna medida contaminados, se les dará el

tratamiento de residuo peligroso, a todos los efectos.

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2.2.3.3 Trabajos en altura:

- Escaleras de mano

Los trabajos desde escaleras se efectuarán de cara a ella, sin que el cuerpo sobresalga de

los largueros. Cuando los pies queden a más de 1,5 metros del suelo, será obligatorio el uso

de arnés de seguridad convenientemente enganchado a un punto seguro. Cuando resulte

inevitable trabajar sobre los peldaños de la escalera de espaldas a ella, se enganchará la

cuerda de amarre de arnés de modo que la caída libre sea inferior a la distancia entre

peldaños, ello independientemente de la altura de trabajo.

Las escaleras de mano estarán provistas de tacos antideslizantes y sistema antiapertura.

Las escaleras simples no salvarán más de 5 metros. Para alturas superiores se recurrirá a

escaleras extensibles y en ningún caso se podrá salvar más de 9 metros con escaleras.

- Andamios y plataformas elevadoras

Para trabajos en altura, en ausencia de protección colectiva (barandillas, etc.) o sobre

equipos móviles debe utilizarse arnés y cuerda de amarre. El arnés debe estar

constantemente enganchado a un punto de anclaje fijo, a poder ser, por encima de la cabe,

que pueda resistir el peso del trabajador en caso de caída.

Deben utilizarse solamente andamios, plataformas elevadoras homologadas.

Las plataformas de andamio deben estar provistas de doble barandilla (altura mínima de

90 cm), rodapié, plataforma completa, escaleras interiores y trampillas. Cuando por alguna

razón falte algún tramo de barandilla o parte de plataforma, todo usuario accederá con

arnés y cuerda de amarre, que mantendrá enganchada a un punto seguro durante su

permanencia sobre el andamio.

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Las plataformas deben estar formadas por piezas normalizadas que no dejen huecos y

deben disponer de sistemas de agarre antivuelco y antideslizamiento (NO SE PERMITEN

TABLONES). Asimismo las plataformas elevadoras deben disponer de indicadores visuales y

sonoros de desplazamiento en perfecto estado.

El montaje de andamios debe realizarse de manera completa y según las instrucciones.

Los andamios móviles deberán estar frenados mientras se ejecute algún trabajo en él o

permanezca alguna persona en el mismo.

En condiciones climatológicas adversas se suspenderán los trabajos.

Se deberá mantener en todo momento una distancia superior a 5 metros a líneas de alta

tensión.

2.2.3.4 Entrada en espacios confinados

Se entiende por espacio confinado todo lugar no diseñado o pensado para la estancia

continua de personas, provisto de accesos limitados o restringidos y susceptible de que en

su interior se formen atmósferas peligrosas o deficiencia de oxígeno. Algunos posibles

ejemplos podrían ser:

Tanques y depósitos.

Tuberías y conductos.

Zanjas, canaletas y excavaciones en general de profundidad mayor de 1,2 metros.

Fosas y arquetas (Cuando es necesario introducirse en las mismas).

Cuartos sin ventilación en los que se encuentra un depósito de combustible.

Sótanos y bodegas...

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Para realizar trabajos en espacios confinados es necesario que la empresa contratista y sus

subcontratistas designe un RECURSO PREVENTIVO.

En todos los casos, sin excepción, nadie puede entrar en un espacio confinado sin la

autorización expresa mediante el correspondiente Permiso de Trabajo.

Todo el personal participante debe leer y entender el contenido del Permiso de Trabajo,

que permanecerá en el lugar de trabajo mientras dure el mismo, y debe cumplir y aplicar

todos sus requerimientos.

En algunos casos particulares y a criterio de la Unidad de Negocio de Ventas Directas y

Aviación Internacional, se podrá sustituir el Permiso de Trabajo por un Protocolo Específico.

Deberán establecerse las siguientes medidas de prevención para trabajar en espacios

confinados:

1.- Medir el nivel de oxígeno y la explosividad con explosímetro calibrado antes de entrar a la instalación, y mantener la medición de forma continua durante la ejecución de los trabajos. El explosímetro debe disponer de alarma sonora que dé aviso de salida y cuando ésta suene se deberá salir de la instalación de forma inmediata. Con respecto a las medidas a realizar se tendrá en cuenta lo siguiente:

OXÍGENO:

- Siempre se proveerá la instalación de ventilación natural durante los trabajos, o de ventilación forzada cuando sea necesario.

- El nivel de oxígeno debe estar entre 19,5% y 21% para poder entrar al espacio confinado sin equipo de respiración autónomo. Si el nivel de oxígeno se encuentra fuera de este rango, será obligatorio el uso de equipos de respiración autónomos o semiautónomos.

- Si el oxígeno es inferior a 19,5% y no se dispone de equipo de respiración autónomo, será necesario ventilar de forma natural la zona durante un tiempo y volver a realizar la medida. Si después de la ventilación natural, la medida de oxígeno sigue siendo inferior a 19,5%, entonces será necesario el uso de un

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sistema de ventilación forzada comprobando en todo momento los niveles de oxígeno.

- La ventilación forzada será también obligatoria siempre que exista generación continua de uno o varios contaminantes. Si se utiliza ventilación mecánica mediante el empleo de compresores de motor térmico, se prestará especial atención respecto a la ubicación del mismo con el fin de asegurarse de dónde

procede el aire que se va a introducir para evitar que los gases del escape lleguen al interior de la instalación.

- El personal de apoyo en el exterior deberá comprobar que los equipos de ventilación están funcionando correctamente, evitando los estrangulamientos de las mangueras de aire o cualquier otra circunstancia que impida que los caudales de aire lleguen correctamente al interior de la instalación. Si con la ventilación no se lograra mantener la calidad del aire del interior de la instalación dentro de los niveles aceptables, será necesaria la utilización adicional de un equipo de respiración con suministro de aire ya sean autónomos o semiautónomos.

EXPLOSIVIDAD:

- Se medirá el Límite Inferior de Explosividad (LIE).

- % Máximo de LIE: o 0% para trabajos en caliente. o 4% para trabajos en frío y entradas a la instalación sin equipos de

respiración. o 10% para inspección solamente, con equipos de respiración

autónomos o semiautónomos.

2.- Colocar un trípode de rescate en el exterior y medios de extinción de incendios adecuados (extintores apropiados).

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Será necesario revisar los anclajes y elementos de amarre (cuerdas, cables, etc.) del trípode. Si estos elementos presentan alguna rozadura o desgaste, deberán desecharse.

3.- Deberá haber permanentemente una persona, como mínimo, en el exterior de la instalación, en comunicación continua con el trabajador que se encuentre en el interior y manteniendo con él contacto visual, siempre que sea posible. Un sencillo método de comunicación consiste en utilizar una alarma que se acciona a intervalos no mayores de 5 minutos y que sonará hasta que el operario del interior la cierre. Cuando esta alarma continúa sonando transcurrido este tiempo, será indicio de que dicho operario ha podido sufrir un desvanecimiento, y se tendrá que efectuar su rescate. La/s persona/s del exterior debe/n disponer de:

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Algún medio de comunicación (teléfono móvil) que le permita contactar con los medios de ayuda externa (ambulancias, bomberos, etc.) en caso necesario.

Equipo de respiración autónomo o semiautónomo por si fuese necesaria su utilización en caso de rescate.

Formación en tareas de rescate. La/s persona/s del exterior no podrá/n abandonar el puesto de vigilancia ni dedicarse a otras tareas que puedan distraerle (teléfono móvil, Mp3, WC, etc.).

4.- Utilización de los siguientes Equipos de Protección Individual (EPI’s):

Calzado de seguridad. Guantes. Casco. Gafas. Arnés anclado al trípode exterior: el operario que acceda al interior de la instalación

deberá portar un arnés de seguridad que se anclará al trípode de rescate ubicado en el exterior, el cual estará continuamente vigilado por el personal de apoyo exterior:

5.- Si la realización de los trabajos en el interior de la instalación tiene una duración larga, se deberán establecer turnos de entrada a la instalación y de descansos para evitar fatigas.

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2.2.3.5 Trabajos con riesgo eléctrico

Cuando se realicen trabajos en las instalaciones de Repsol, se tendrán en cuenta las

siguientes medidas preventivas en cuanto a riesgo eléctrico:

- Cumplir las 5 reglas de oro en trabajos eléctricos:

- Cortar el suministro eléctrico.

- Enclavar los elementos de corte a manipular.

- Verificar la ausencia de tensión.

- Poner a tierra las posibles de tensión.

- Delimitar y señalizar la zona de trabajo.

- Disponer de medios de extinción adecuados.

- Mantener la toma de tierra conectada.

- Cuando exista un cuadro eléctrico provisional de obra, deberá cumplir con las

prescripciones oportunas marcadas en el R.E.B.T.

- Cuando exista almacenamiento de gasolinas, no se colocarán cuadros eléctricos en

sótanos y locales que estén bajo tierra y, en todo caso, el material eléctrico instalado

será antideflagrante.

- Se deberá mantener el sellado de los tubos y canalizaciones eléctricas de entrada a la

oficina.

- Cuando se condena una arqueta, sellar bien los tubos y rellenarla de arena.

- Todas las instalaciones eléctricas que estén situadas en, o atraviesen una ZONA

CLASIFICADA, cumplirán el R.E.B.T.

- Cuando los tubos de ventilación de los tanques estén sobre la oficina, los trabajos

eléctricos se deberán realizar sin tensión, y se evitará el encendido y apagado de la

instalación hasta que esté totalmente acabada. No se realizarán las primeras pruebas

eléctricas de cableados que transcurran en marquesinas de estas características

cuando se está produciendo la descarga de producto de la cisterna a los tanques de la

instalación.

- Cuando se acaban los trabajos, comprobar que están sellados los tubos y

canalizaciones eléctricas o cualquier tubo que entre al edificio procedente de arquetas,

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de tanques, etc. Todas las arquetas eléctricas deberán estar rellenas con arena cuando

se haya almacenamiento de gasolinas.

2.2.3.6 Elevación de cargas con grúas

Las cargas en transporte suspendido estarán siempre a la vista de la persona que las

transporta con el fin de evitar accidentes por falta de visibilidad de la trayectoria de la

carga.

Está totalmente prohibida la permanencia o el trabajo en zonas bajo la trayectoria de las

cargas suspendidas.

Los ganchos de sujeción de los aparatos de izar serán de acero y estarán provistos de

pestillos de seguridad. Estos ganchos quedarán libres de cargas durante las fases de

descanso.

Los aparatos de izar estarán equipados con limitador de recorrido de carro y de los

ganchos. Estos aparatos llevarán impresa la carga máxima que pueden soportar.

2.2.3.7 Trabajos en caliente (soldadura, corte con radial, etc)

Para realizar trabajos en caliente es necesario que la empresa contratista y sus

subcontratistas designen un RECURSO PREVENTIVO.

Asimismo, será obligatorio medir el nivel de oxígeno y la explosividad con explosímetro

calibrado antes de comenzar los trabajos, y mantener la medición de forma continua durante la ejecución de los mismos. Con respecto a las medidas de oxígeno y explosividad a realizar se tendrán en cuenta lo mencionado en el apartado de “Espacios Confinados” del presente documento.

Será necesaria también la desconexión eléctrica de los equipos afectados por los trabajos y disponer de extintores adecuados próximos a la zona de trabajo. Para trabajos en tanques y tuberías, la instalación deberá estar desgasificada y ventilada.

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En el caso de tener que realizar soldaduras eléctricas, autógenas, cortar con radial, etc. en

el interior de las edificaciones, habrá que extremar precauciones y, sobre todo, NUNCA

ejecutar estos trabajos mientras se produce la descarga de producto desde la cisterna a los

tanques de la instalación o viceversa en los casos que ésta permanezca abierta.

Cuando haya que realizar soldaduras, cortes con radial o alguna operación en el exterior de

las edificaciones, en las que se puedan producir chispas, será conveniente hacerlo lejos de

las ZONAS CLASIFICADAS, almacén de lubricantes, lejos de tubos de ventilación y nunca

durante la descarga de producto de la cisterna a los tanques de la instalación ni viceversa

en los casos en los que ésta permanezca abierta.

Los equipos de soldadura son elementos de frecuente utilización en estas instalaciones, lo

que no debe hacer que se relajen las precauciones a adoptar. Estos elementos tienen una

doble peligrosidad, son eléctricos y poseen llama abierta, por tanto siga atentamente las

siguientes precauciones:

Siempre que sea posible, los trabajos de soldadura se realizarán fuera de áreas

clasificadas o con posible presencia de combustible o sus vapores, en lugares

habilitados para ello.

No se conectará ningún cable de masa de un equipo de soldadura a tuberías o equipos

de las instalaciones.

Siempre que sea posible se colocarán las masas a una distancia no superior a 0,50m del

punto de soldadura.

Todo equipo a utilizar debe estar en condiciones seguras de uso: protecciones del grupo,

aislamiento del cable, empalmes correctos...

No se podrán clavar picas de tierra sin autorización expresa del responsable de la

instalación.

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Durante la interrupción del trabajo por comida, finalización de jornada... se

desconectarán los equipos de soldadura comprobando la inexistencia de restos

incandescentes.

Cuando se requiera la realización de una radiografía o la utilización de algún isótopo

radioactivo para comprobar el correcto estado de la soldadura, la empresa contratista

deberá informar por escrito a Repsol antes de realizar dichos trabajos.

2.2.3.8 Almacenamiento de gasolinas

Será necesario siempre un Permiso de Trabajo para la ejecución de trabajos en aquellas

instalaciones donde haya almacenamiento de gasolinas. El responsable de la instalación de

Repsol informará al personal contratista de la clasificación de zonas existentes en los

lugares de almacenamiento de gasolinas y del Documento de Protección contra

Explosiones.

Se respetarán todas las señalizaciones y regulaciones existentes en cuanto a prevención de

incendios, prescripciones de comportamiento en utilización de energía, utilización de

máquinas, zonas con prohibición de fumar, o trabajos con peligro de incendio.

2.2.4 Botellas de gases

Las botellas de gases son elementos potencialmente peligrosos ya que contienen

productos a alta presión y en algunos casos inflamables. Si su uso ya requiere unas

precauciones específicas, estas medidas deben incrementarse en el interior de las

instalaciones de Repsol.

En la zona de trabajo no podrán situarse más recipientes de gases comprimidos que los

estrictamente necesarios para la ejecución de su trabajo.

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Durante la ejecución de las tareas con botellas de gases comprimidos, debe situarse

uno o varios extintores adecuados cerca del lugar de trabajo.

Todas las botellas de gases deberán estar en posición vertical, en soportes adecuados,

debidamente sujetas y alejadas de puntos calientes.

Finalizada la jornada laboral, las botellas quedarán perfectamente cerradas y, en el que

caso de que exista almacenamiento de gasolinas, depositadas fuera de las áreas

clasificadas.

2.2.5 Manipulación de productos de Repsol

En las instalaciones de Repsol Ventas Directas y Aviación Internacional se trabaja con

carburantes y combustibles (gasóleos, gasolinas, , aditivos, etc.), productos con unas

características determinadas y que la empresa contratista y sus subcontratistas debe

conocer cómo debe protegerse de ellos. Para esto en las instalaciones se poseen unas

fichas de seguridad del producto a su disposición y que puede solicitar al personal de la

instalación.

2.2.6 Almacenamiento de materiales en las instalaciones de Repsol

Si fuera necesario almacenar materiales en el interior de la instalación de Repsol, se hará

teniendo en cuenta los siguientes puntos:

a) Mantener el acceso al cuadro eléctrico libre de obstáculos, permitiendo que sus

puertas se abran.

b) No tapar el alumbrado y la señalización de emergencia.

c) Mantener libre el acceso a los extintores.

d) Mantener las zonas de paso y las puertas de salida libres de obstáculos.

e) Si procede, dejarlos bajo techado o lugar protegido para evitar desperfectos.

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3. CONDICIONES DE MEDIO AMBIENTE

3.1. INDICACIONES GENERALES

El contratista y sus subcontratistas deben saber que las instalaciones de Repsol Ventas

Directas y Aviación Internacional tienen implantado un sistema de gestión ambiental que

tiene por objeto reducir la contaminación de la atmósfera, aguas y suelos y un tratamiento

adecuado de los residuos generados.

Por ello, el contratista y sus subcontratistas deben cumplir r las buenas prácticas que a

continuación se indican, siempre que realice cualquier actividad en nuestras instalaciones.

El Contratista, mediante la firma del recibí de esta “Documentación de Seguridad y Medio

Ambiente”, realiza una DECLARACIÓN DE ACTUACIÓN MEDIOAMBIENTAL con la que se

compromete a actuar según las condiciones que se indican a continuación.

3.2. RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL DEL CONTRATISTA

Ante cualquier riesgo medioambiental el contratista y sus subcontratistas informarán

inmediatamente a Repsol, quien a su vez informará a los agentes a los que fuera

preceptivo, disponiendo todo lo necesario para prevenir daños al entorno. Cuando el riesgo

medioambiental sea de tal magnitud que exija una actuación de urgencia, el contratista y

sus subcontratistas podrán avisar en primer lugar a los agentes que fuera preceptivo para

asegurar una rápida actuación y a continuación informará a Repsol.

El contratista y/o subcontratista asumen toda responsabilidad derivada de cualquier

incidente medioambiental provocado por su actividad, respondiendo ante Repsol de

cualquier reclamación, incluso judicial o administrativa, que pudiera formularse contra

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Repsol como consecuencia de los daños producidos por el contratista y sus

subcontratistas.

Una vez formulada cualquier reclamación (extrajudicial, judicial o administrativa) contra

Repsol, el contratista y sus subcontratistas, a requerimiento de Repsol (o quien la

represente), deberán garantizar la responsabilidad que se reclame.

3.3. MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL El contratista y sus subcontratistas tratarán en la medida de lo posible de minimizar

cualquier impacto medioambiental asociado a la actividad realizada.

3.4. MATERIAS PRIMAS

Cuando se realice cualquier actividad que suponga la utilización de materias primas, la

empresa contratista y sus subcontratistas están obligadas a:

- Garantizar que dichas sustancias cumplen con la legislación ambiental vigente para las

mismas y a no utilizar ningún producto prohibido por la legislación vigente durante su

permanencia en las instalaciones de Repsol (ej. No utilización de CFC’s...).

- Utilizar solamente las cantidades de productos peligrosos (clasificados según la

legislación vigente) estrictamente necesarias para el desarrollo de las actividades.

- Identificar claramente todo envase de producto peligroso en cuanto a su peligrosidad,

de acuerdo con la legislación aplicable.

3.5. CONTROL DE EMISIONES A ATMÓSFERA Las emisiones producidas por las actividades llevadas a cabo por los contratistas

asegurarán una mínima incidencia en la calidad del aire de la zona.

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Cuando la empresa contratista y sus subcontratistas empleen cualquier gas para realizar

sus trabajos, deben asegurarse que las botellas que las contengan:

- No presentan fugas.

- Quedan perfectamente cerradas tras su uso.

- Se depositan en la zona que el responsable de la instalación le indique.

- Se retiran una vez realizados los trabajos.

3.6. PREVENCIÓN DE VERTIDOS Y DERRAMES Las aguas residuales, antes de ser vertidas al cauce público, son tratadas con el fin de que

no sean perjudiciales, canalizándolas hacia el elemento depurador de aguas residuales. En

caso de no disponer de elemento depurador, estas aguas residuales deben ser gestionadas

como residuos.

Para que este tratamiento sea lo más eficaz posible, es necesario reducir al mínimo la

carga contaminante de todos los vertidos que se realizan:

Al realizar cualquier actividad de pintura o reparación se utilizarán plásticos, cartones,

paneles u otra alternativa para evitar el vertido directo sobre el suelo, previniendo así, tanto

una posible contaminación del mismo, como tener que realizar una limpieza posterior.

Utilizar bandejas a la hora de cambiar o trasvasar líquidos para evitar derrames y

contaminaciones.

Está terminantemente prohibido realizar cualquier vertido por pequeño que sea, de residuos

sólidos o líquidos (aceites, pinturas, gasóleo...) en las redes de drenaje, alcantarillado, al

suelo o al mar, así como cualquier derrame accidental de producto tóxico o peligroso, que

deberá ser recogido, con los elementos adecuados de prevención.

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3.7. GESTIÓN DE RESIDUOS

Los residuos generados y envases contaminados serán tratados de la siguiente forma de

acuerdo a la legislación en vigor:

- Segregados adecuadamente

- Envasarlos y almacenarlos en contenedores adecuados y correctamente identificados.

- Retirarlos posteriormente para su correcta gestión.

Aquellos residuos que se consideren como peligrosos, deberán ser entregados por parte del

Contratista a un gestor autorizado, según la legislación aplicable. Cuando los residuos

peligrosos generados sean de titularidad de Repsol (ej. Cambio de tuberías, material

impregnado de hidrocarburo, etc.) y la responsabilidad de la gestión sea del Contratista,

este último deberá presentar a Repsol la documentación generada en la gestión de dichos

residuos. Esto aplica igualmente a los residuos generados por Obras y Demoliciones.

Cuando se realice cualquier actividad que suponga la generación de residuos, se deberán

dejar la instalación en correctas condiciones respecto al estado de orden y limpieza.

3.8. CONTROL DE CONSUMOS

Se procurará consumir la menor cantidad de agua posible, así como de energía

desconectando los equipos las instalaciones una vez se haya terminado el trabajo con

ellos.

3.9. SANCIONES

Las sanciones o penalizaciones por incumplimiento del

Proveedor/Contratista/Subcontratista, se establecerán según se indica en la norma de

Condiciones Generales de Compras y Contrataciones de Repsol (047-NO301MG).

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4. ACTUACIÓN EN CASO DE EMERGENCIA

Si el contratista y sus subcontratistas observan una fuga, incendio o cualquier otra

situación de peligro potencial o real en la instalación deberá:

- Mantener la calma.

- Parar los trabajos que estuviera realizando de manera segura, dejando también los

equipos de trabajo que estuviera utilizando en condiciones seguras.

- Retirarse a posición segura.

- Informar de inmediato al personal de la instalación donde trabaja.

- Seguir las indicaciones del personal de la instalación, quienes pondrán en marcha el

Plan de Emergencia Interior de Repsol.

Los Planes de Emergencia Interior están disponibles en cada una de las instalaciones de

Repsol y disponen de un listado de teléfonos de emergencias para facilitar una rápida

comunicación tanto con personal de Repsol como con los servicios de ayuda externos

(bomberos, ambulancias, etc.).

En caso de evacuación:

- En caso de que se dé aviso de evacuación, siga las instrucciones de la persona a la que

está visitando o, en su ausencia, por cualquier empleado de la instalación.

- Abandone la instalación por las escaleras de evacuación designadas. En ningún caso

utilice los ascensores o montacargas.

- Una vez en el exterior, espere instrucciones. No retorne a la instalación hasta que la

emergencia haya sido controlada.

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5. FICHAS DE DATOS DE SEGURIDAD

En todas las instalaciones de Repsol se encuentran disponibles las Fichas de Datos de

Seguridad de nuestros productos para su consulta por parte de los contratistas y sus

subcontratistas, quienes podrán solicitarlas en cualquier momento a Repsol a través del

buzón [email protected]

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6. DOCUMENTACIÓN A CUMPLIMENTAR Y ENTREGAR

POR EL CONTRATISTA

6.1. OBRAS Y/O SERVICIOS GESTIONADOS A TRAVÉS DE

CONCURSO:

El contratista, una vez resulte adjudicatario del concurso, entregará a Repsol la siguiente

documentación antes de comenzar sus trabajos:

1. Informe de Seguridad de los trabajos a realizar, que contendrá, como mínimo:

a) El Coordinador / Responsable de Seguridad (Técnico Competente, Encargado de Obra,

etc.).

b) Relación de riesgos que puedan producirse.

c) Medidas de prevención que se tomarán durante la realización del trabajo.

d) Acreditación de que los trabajadores han sido informados sobre los riesgos

existentes en el trabajo y formados en su prevención.

2. Plan de Seguridad de la obra (si procede).

3. Recibí firmado de la documentación entregada por Repsol.

4. Autorización de Subcontratación, cuando el CONTRATISTA vaya a subcontratar

todo o parte de los trabajos. Acompañando a esta autorización, el CONTRATISTA

entregará a Repsol una justificación de que los trabajadores de la subcontrata han

sido informados sobre los riesgos existentes en el trabajo y formados en su

prevención.

Una vez finalizados los trabajos y cuando éstos hayan generado residuos, el CONTRATISTA

entregará a Repsol:

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5. Documentación de la gestión de residuos en los siguientes casos:

a. Residuos procedentes de obras y demoliciones.

b. Residuos peligrosos titularidad de Repsol que se generen, siempre que la

responsabilidad de la gestión de los mismos sea del Contratista (ej. Cambio

de tuberías, material impregnado de hidrocarburo, etc.)

6.2. OBRAS Y/O SERVICIOS SIN CONCURSO:

El contratista entregará a Repsol la siguiente documentación antes de comenzar sus

trabajos:

1. Recibí firmado de la documentación entregada por Repsol.

2. Autorización de Subcontratación, cuando el CONTRATISTA vaya a subcontratar

todo o parte de los trabajos. Acompañando a esta autorización, el CONTRATISTA

entregará a Repsol una justificación de que los trabajadores de la subcontrata han

sido informados sobre los riesgos existentes en el trabajo y formados en su

prevención.

Una vez finalizados los trabajos y cuando éstos hayan generado residuos, el CONTRATISTA

entregará a Repsol:

3. Documentación de la gestión de residuos en los siguientes casos:

a. Residuos procedentes de obras y demoliciones.

b. Residuos peligrosos titularidad de Repsol que se generen, siempre que la

responsabilidad de la gestión de los mismos sea del Contratista (ej. Cambio

de tuberías, material impregnado de hidrocarburo, etc.)