origen del dih

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Origen del DIH El origen del Derecho Internacional Humanitario se remonta a 1864 cuando nace del primer Convenio de Ginebra, firmado en ese mismo año. Sin embargo los conceptos básicos de ese derecho ya existían a nivel consuetudinario, desde mucho antes. Según las fuentes de las que se dispone para conocer el derecho internacional, ya existían, hacia el año 1 000 antes de Cristo, reglas sobre los métodos y medios para conducir las hostilidades. Luego hacia mediados del siglo XIX, los acuerdos concertados para proteger a las víctimas de la guerra sólo eran ocasionales, en realidad se trataba de acuerdos de capitulación militar, válidos la mayoría de las veces solamente mientras duraba el conflicto. El nacimiento del derecho internacional humanitario, ligado al Movimiento de la Cruz Roja, cambia completamente esta situación en adelante los estados estarán obligados por un tratado universal, aplicable en todo tiempo y circunstancia. ¿QUÉ ES EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO? El derecho internacional humanitario (DIH) es un conjunto de normas que, por razones humanitarias, trata de limitar los efectos de los conflictos armados. Protege a las personas que no participan o que ya no participan en los combates y limita los medios y métodos de hacer la guerra. El DIH suele llamarse también "derecho de la guerra" y "derecho de los conflictos armados". El DIH es parte del derecho internacional, que regula las relaciones entre los Estados. Está integrado por acuerdos firmados entre Estados –denominados tratados o convenios–, por el derecho consuetudinario internacional que se compone a su vez de la práctica de los Estados que éstos reconocen como obligatoria, así como por principios generales del derecho. El DIH se aplica en situaciones de conflicto armado. No determina si un Estado tiene o no tiene derecho a recurrir a la fuerza. Esta cuestión está regulada por una importante parte – pero distinta– del DIH, que figura en la Carta de las Naciones Unidas. ¿DE DONDE PROVIENE EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO? El origen del DIH se remonta a las normas dictadas por las antiguas civilizaciones y religiones. La guerra siempre ha estado sujeta a ciertas leyes y costumbres. La codificación del DIH a nivel universal comenzó en el siglo XIX. Desde entonces, los Estados han aceptado un conjunto de normas basado en la amarga experiencia de la guerra moderna, que mantiene un cuidadoso equilibrio entre las preocupaciones de carácter humanitario y las exigencias militares de los Estados. En la misma medida en que ha crecido la comunidad internacional, ha aumentado el número de Estados que ha contribuido al desarrollo del DIH. Actualmente, éste puede considerarse como un derecho verdaderamente universal. ¿CUÁNDO SE APLICA EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO? El DIH sólo se aplica en caso de conflicto armado. No cubre las situaciónes de tensiones internas ni de disturbios interiores, como son los actos aislados de violencia. Sólo es aplicable cuando se ha desencadenado un conflicto y se aplica por igual a todas las partes, sin tener en cuenta quien lo inició.

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Page 1: Origen Del DIH

Origen del DIHEl origen del Derecho Internacional Humanitario se remonta a 1864 cuando nace del primer Convenio de Ginebra, firmado en ese mismo año. Sin embargo los conceptos básicos de ese derecho ya existían a nivel consuetudinario, desde mucho antes. Según las fuentes de las que se dispone para conocer el derecho internacional, ya existían, hacia el año 1 000 antes de Cristo, reglas sobre los métodos y medios para conducir las hostilidades.

Luego hacia mediados del siglo XIX, los acuerdos concertados para proteger a las víctimas de la guerra sólo eran ocasionales, en realidad se trataba de acuerdos de capitulación militar, válidos la mayoría de las veces solamente mientras duraba el conflicto. El nacimiento del derecho internacional humanitario, ligado al Movimiento de la Cruz Roja, cambia completamente esta situación en adelante los estados estarán obligados por un tratado universal, aplicable en todo tiempo y circunstancia.

¿QUÉ ES EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO?

El derecho internacional humanitario (DIH) es un conjunto de normas que, por razones humanitarias, trata de limitar los efectos de los conflictos armados. Protege a las personas que no participan o que ya no participanen los combates y limita los medios y métodos de hacer la guerra. El DIH suele llamarse también "derecho de la guerra" y "derecho de los conflictos armados".El DIH es parte del derecho internacional, que regula las relaciones entre los Estados. Está integrado por acuerdos firmados entre Estados –denominados tratados o convenios–, por el derecho consuetudinario internacional que se compone a su vez de la práctica de los Estados que éstos reconocen como obligatoria, así como por principios generales del derecho.El DIH se aplica en situaciones de conflicto armado. No determina si un Estado tiene o no tiene derecho arecurrir a la fuerza. Esta cuestión está regulada por una importante parte – pero distinta– del DIH, que figura en la Carta de las Naciones Unidas.

¿DE DONDE PROVIENE EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO?

El origen del DIH se remonta a las normas dictadas por las antiguas civilizaciones y religiones. La guerrasiempre ha estado sujeta a ciertas leyes y costumbres.La codificación del DIH a nivel universal comenzó en el siglo XIX. Desde entonces, los Estados han aceptado un conjunto de normas basado en la amarga experiencia de la guerra moderna, que mantiene un cuidadoso equilibrio entre las preocupaciones de carácter humanitario y las exigencias militares de los Estados.En la misma medida en que ha crecido la comunidad internacional, ha aumentado el número de Estados que ha contribuido al desarrollo del DIH. Actualmente, éste puede considerarse como un derecho verdaderamente universal.

¿CUÁNDO SE APLICA EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO?

El DIH sólo se aplica en caso de conflicto armado. No cubre las situaciónes de tensiones internas ni de disturbios interiores, como son los actos aislados de violencia. Sólo es aplicable cuando se ha desencadenado un conflicto y se aplica por igual a todas las partes, sin tener en cuenta quien lo inició.El DIH distingue entre conflicto armado internacional y conflicto armado sin carácter internacional. En los conflictos armados internacionales se enfrentan, como mínimo, dos Estados. En ellos se deben observar muchas normas, incluidas las que figuran en los Convenios de Ginebra y en el Protocolo adicional I.En los conflictos armados sin carácter internacional se enfrentan, en el territorio de un mismo Estado, las fuerzas armadas regulares y grupos armados disidentes, o grupos armados entre si. En ellos se aplica una serie más limitada de normas, en particular las disposiciones del artículo 3 común a los cuatro Convenios de Ginebra y el Protocolo adicional II.Es importante hacer la distinción entre derecho internacional humanitario y derecho de los derechos humanos. Aunque algunas de sus normas son similares, estas dos ramas del derecho internacional se han desarrollado por separado y figuran en tratados diferentes. En particular, el derecho de los derechos humanos, a diferencia del DIH, es aplicable en tiempo de paz y muchas de sus disposiciones pueden ser suspendidas durante un conflicto armado.

¿QUÉ CUBRE EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO?

El DIH cubre dos ámbitos:•La protección de las personas que no participan o que ya no participan en las hostilidades.•Una serie de restricciones de los medios de guerra, especialmente las armas, y de los métodos de guerra, como son ciertas tácticas militares.

Page 2: Origen Del DIH

Antecedentes

EL DERECHO DE LA HAYA

Un punto importante el marco de los convenios de la Haya es el preámbulo de Martens de 1907 que nos dice que los principios de humanidad estarán presentes de manera invariable aún cuando no se prevea el intercambio humanitario, las personas que se vean por ejemplo, privadas de su libertad en una situación de guerra de cualquier manera estarán bajo la tutela de los principios de humanidad y de la conciencia pública.

El Derecho de la Haya se plantea lo relativo a la conducción de las hostilidades, principalmente al prohibir a las partes el uso de ciertas armas, y hoy por hoy con el gran desarrollo armamentista existente, esta tarea se magnífica, por ejemplo con los ataques nucleares y radiológicos o las municiones en racimo de las cuales en 2010 entró en vigor el 1° de Agosto de 2010.

EL DERECHO DE GINEBRA

Buscando humanizar la guerra y minimizar sus efectos sobre los soldados y civiles es que se dan los Convenios de Ginebra como un conjunto de normas internacionales, los primeros tres convenios se refieren a la protección de heridos y enfermos tanto en tierra como en mar, náufragos y prisioneros de guerra y el cuarto nos habla de la protección civil en tiempo de guerra.

LOS PROTOCOLOS ADICIONALES A LOS CONVENIOS DE GINEBRA, DE 1977

Todo evoluciona con el tiempo, los conflictos armados no son la excepción; el Derecho Internacional Humanitario hoy por hoy considera también a los conflictos de carácter interno de los países o a las guerras civiles como parte del mismo. Los protocolos adicionales I y II adoptados el 8 de Junio de 1977 son complementos de los Convenios de Ginebra de 1949, enfocándose como no se había hecho hasta esa fecha en la protección de los heridos y de los enfermos. Cabe destacar la adición de un tercer protocolo adicional en el 2005.

Algunos de los puntos importantes del Protocolo Adicional I son:

"Delimitación estricta de los objetivos militares legítimos, con objeto de excluir a los civiles, las viviendas, los bienes indispensables para la supervivencia del medio ambiente natural y los bienes culturales" (Art. 48-60).

"Cuando no sea posible una exclusión tan absoluta, se observará el principio de proporcionalidad entre la amenaza apara los civiles y la ventaja militar" (Art. 57 y 58).

"Prohibición absoluta en la conducción de las hostilidades de represalias contra los civiles, sus viviendas, el medio ambiente natural, las instalaciones peligrosas y los bienes culturales" (Art. 51-56).

Page 3: Origen Del DIH

"Protección ampliada de los civiles heridos y enfermos, de las instalaciones médicas y de los transportes sanitarios por tierra, mar y aire" (Art. 8-31).

"Extensión de la protección a las personas civiles en poder del enemigo" (Art. 72 y 73).

"La categoría de infracciones graves del derecho penal debe de comprender los actos cometidos en el combate sin respetar las normas, contra los civiles y los bienes civiles, actos que deben ser punibles en virtud del derecho penal internacional" (Art. 85-91) (Loretta, pág. 475).

El protocolo adicional I:

"El Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra relativos a la Protección de las Víctimas de los Conflictos Armados Internos sin Carácter Internacional (Protocolo Adicional II), tan sólo es aplicable a los conflictos armados internos (no internacionales) que alcanzan las proporciones de una guerra civil clásica, es decir, una situación en la que dos o más poderes políticos con autoridad casi gubernamental en los respectivos territorios que controlan combaten con fuerzas armadas organizadas con un mando responsable" (Loretta, pág. 475).

Ahora bien de lo anteriormente señalado por la autora se puede decir, que los convenios de Ginebra se aplican en todos los casos de guerra declarada, o en cualquier otro conflicto armado entre países. Además, se aplican en aquellos casos de ocupación parcial o total de un país por soldados de otro país, aún cuando no hay resistencia armada a esa ocupación.

Del primer convenio de Ginebra se puede resumir que protege a los soldados que no participan en las hostilidades es decir fuera de combate. Los artículos del convenio protegen a los soldados heridos y enfermos, personal, equipos y centros médicos, personal de apoyo civil de los enfermos y heridos que acompañan a las fuerzas armadas y civiles que en forma espontánea toman las armas para repeler una invasión.