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Objetivos del Entrenamiento

o Transmitir los aspectos conceptuales y normativos básicos del lavado de dinero.

o Explicar de forma sencilla las obligaciones de cumplimiento que tienen las empresas reguladas.

o Reafirmar la responsabilidad que tiene el personal de la empresa en la lucha contra los crímenes

financieros.

o Identificar los elementos clave de un programa antilavado.

o Ofrecer un recurso para cumplir con la capacitación requerida para el personal de áreas no

pertenecientes al departamento de cumplimiento ALD / CFT, así como a los contratistas,

proveedores y aliados externos.

MODULO I

Introducción al lavado de dinero

Diversos términos, un solo concepto

Lavado de dinero = Money Laundering

Términos Países de Utilización(Algunos usan varios términos)

Lavado de Activos Argentina - Chile - Colombia - Ecuador -Guatemala - Honduras - Nicaragua - PerúRepública Dominicana - Uruguay

Lavado de Dinero México - Panamá - Nicaragua / Estados Unidos

Legitimación de Capitales Costa Rica - Venezuela

Legitimación de Ganancias Ilícitas Bolivia

Blanqueo de Activos España

Lavado de Bienes Nicaragua

Blanqueo de Capitales/Activos Panamá

Grupo de Acción Financiera (GAFI): «La conversión o transferencia de propiedad, a

sabiendas de que deriva de una actividad criminal , con el objeto de disfrazar u ocultar su

origen ilícito o ayudar a una persona que está involucrada en la comisión del crimen a

evadir las consecuencias legales de sus acciones».

Definición de lavado de dinero

CICAD – OEA: «Comete delito penal la persona que adquiera, posea, tenga, convierte, utilice, transfiera y

transporte a sabiendas, debiendo saber o con ignorancia intencional productos o instrumentos de actividades

delictivas graves; así como quien oculte, disimule o impida la determinación real de la naturaleza, el origen,

la ubicación, el destino, el movimiento o la propiedad de bienes o derechos relativos a tales bienes a

sabiendas de que son producto o instrumentos de actividades delictivas graves».

Origen del Lavado de Dinero

• Los primeros casos relevantes:

• Al Capone: mafioso de Chicago

• Richard Hauptmann: secuestrador del

hijo del aviador Charles Lindbergh

• El «lavado de dinero» y el escándalo del

Watergate (1974)

CAPONE

Esencia del Lavado de dinero

Problemática Actual

-Oficina Contra las Drogas y los Delitos de la Organización de las

Naciones Unidas (UNODC - 2011): el crimen organizado mueve

cada año USD$1.600 billones.

-El Fondo Monetario Internacional: US$ 500.000 millones son

legitimados anualmente (2% y 5% del PIB global y 8% del

comercio internacional)

Estimado de monto anual lavado según el delito precedente:

• Narcotráfico: US$ 500.000 millones

• Corrupción Pública: US$ 200.000 millones

• Trata de Blancas: US$ 200.000 millones

• Tráfico de Armas: US$ 200.000 millones

• Frena la reinversión criminal y debilita a los grupos del crimen

organizado.

• Ayuda a disminuir los niveles delictivos.

• Fortalece la economía y los mercados impidiendo la

competencia desleal.

• Evita el disfrute de bienes de procedencia ilícita.

• Genera recursos para los Estados mediante la figura de la

confiscación y expropiación de bienes.

Beneficios de la lucha antilavado de dinero

Resultados UIAF (Colombia)

2012-2013: US$ 967.585.278

US$ 1.000 millones ya tienen medidas cautelares

de la Fiscalía.

US$ 2.600 millones de bienes pueden ser

confiscados.

Beneficios de la lucha antilavado de dinero

Fuente: UIAF - Informe de Gestión 2013

Delitos precedentes del lavado de dinero

• Narcotráfico

• Corrupción

• Fraude o estafa

• Tráfico Humano, esclavitud y secuestro

• Evasión fiscal

• Falsificación, contrabando y piratería

• Tráfico de armas

• Delitos ambientales

• Comercio ilegal de animales exóticos

• Pornografía y otros

Sujetos Obligados

• Bancos y entidades financieras

• Casas de cambio de moneda y remesadoras

• Empresas del sector bursátil

• Comerciantes de metales preciosos, joyas,

autos y botes

• Casinos y salas de juego

• Compañías de seguros

Definición: Entidad o individuo obligado a

cumplir con las regulaciones antilavado de

dinero y que están bajo la supervisión y

regulación de alguna entidad estatal.

• Empresas de importación y exportación

• Zonas de libre comercio

• Notarios y registradores públicos

• Contadores y abogados (algunas jurisdicciones)

• Galerías de arte

• Otros

Sujetos Obligados

Conceptos Básicos

Unidad de Inteligencia (Información) Financiera:

ente que recibe los reportes presentados por los

sujetos obligados para analizarlos y determinar si las

operaciones sospechosas señaladas ameritan la

apertura de una investigación mayor adelantada por

las autoridades competentes. En algunos casos,

como Argentina, tiene la habilidad de ser

querellante en los procesos judiciales.

Conceptos Básicos

Oficial de Cumplimiento: es el empleado

encargado de velar por la implementación y

el cumplimiento de los procedimientos

internos, que le permitan a la empresa

cumplir adecuadamente con todas las

obligaciones establecidas en las leyes y

regulaciones.

Conceptos Básicos

• Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS): “Los Reportes de Operaciones Sospechosas ROS se

refieren a operaciones, hechos o situaciones que posiblemente están relacionadas con el lavado de

activos o la financiación del terrorismo. NO se requiere la certeza de tales situaciones para efectuar

el reporte correspondiente. El ROS no constituye denuncia penal y es absolutamente reservado

conforme a la Ley. Quien lo realice se encuentra amparado por la exoneración de responsabilidad

consagrada por la Ley.

Reportes de Transacciones en Efectivo (RTE): informes de las operaciones realizadas en efectivo que superan

un umbral determinado por las autoridades.

Conceptos Básicos

• 40 Recomendaciones del GAFI – Estándares Internacionales en la lucha contra el lavado de dinero, el

financiamiento del terrorismo y la proliferación de armas: es un documento contentivo de las medidas

mínimas que deben implementar los Estados en sus jurisdicciones para garantizar un mínimo de lucha

contra estos delitos. También ofrece un patrón normativo que se debe implementar por parte de las

instituciones financieras y }otros profesionales expuestos a riesgos similares.

1990: 40 Recomendaciones

1996: 40 Recomendaciones (primera revisión)

2001: 9 Recomendaciones especiales contra el financiamiento del terrorismo

2003: 40 Recomendaciones (segunda revisión)

2012: 40 Recomendaciones (última versión)

Conceptos Básicos

Conceptos Básicos

Conceptos Básicos

• Riesgo Geográfico: se refiere al riesgo de lavado de dinero o de financiamiento del terrorismo

que está asociado a una jurisdicción o país. Es un factor fundamental para asignar el nivel de

riesgo que representa una transacción o un cliente, sea individual o sea persona jurídica.

Etapas del proceso de lavado de activos

Colocación

Insertar el dinero o los bienes

producto de la actividad ilegal

en el sistema económico

formal.

Estratificación

Separar las ganancias ilícitas

de sus fuentes mediante

transacciones financieras u

operaciones comerciales

diseñadas para enmascarar el

origen de los fondos y proveer

anonimidad.

Integración

Volver a colocar el dinero de

origen ilícito en la economía

en una forma tal que parezcan

ser el resultado de una

actividad comercial legítima.

ColocaciónEstratificación

Integración

Etapas del proceso de lavado de activos

ILUSIÓN de ser legítimo

Principales actores en el

mundo del lavado de dinero

Criminales

Sujeto Obligado

UIFs

Fiscalías / Policías

Tribunales

Organismos internacionales

• Grupo de Acción Financiera (GAFI): define las pautas internacionales

para la lucha contra el lavado de dinero:

– Creado en 1989 por el G-7

– }Sede Principal en París (Francia)

– Las 40 Recomendaciones ALD (Febrero de 2012): estándares

internacionales en la lucha Antilavado

– Evaluaciones Mutuas a países

– Cuerpos regionales: GAFISUD, GAFIC, etc.

o Grupo Egmont: agrupa a las UIFs del mundo

o Comisión Interamericana para el Control y

Abuso de las Drogas (CICAD/OEA)

o Grupo Wolfsberg: 11 bancos globales

o Organización de las Naciones Unidas (ONU)

o Comité de Basilea

o Policía Internacional (INTERPOL)

o Concejo de Europa

Organismos internacionales

Estados UnidosPapel relevante en la lucha ALD global

• Cuenta con el sistema bancario más grande del mundo:

alto riesgo de lavado

• El dólar estadounidense es la moneda internacional

• Regulaciones y leyes con alcance internacional

• Leyes y estructura antilavado son modelo global

• Fuerte estructura gubernamental ALD: FinCEN (UIF),

DEA, FBI, IRS, OCC, OFAC, etc.

• País más exitoso en la lucha ALD: más sentencias,

decomisos y multas aplicadas

MODULO II

Elementos de un programa de cumplimiento.

Principales políticas de prevención

- Programa de Prevención de Lavado de

Dinero y Financiamiento del Terrorismo

Es un manual operativo que debe elaborar

el sujeto obligado, para cumplir de forma

metódica, efectiva y controlada con todas

las obligaciones de cumplimiento que

exigen las leyes, regulaciones y los

estándares internacionales.

Programa Escrito

Oficial de Cumplimiento

Plan de Capacitación

Revisión Independiente

Programa Escrito

Oficial de Cumplimiento

Plan de Capacitación

Revisión Independiente

- Programa ALD Escrito

Es un documento que contiene las

políticas, los procedimientos y los

controles internos asociados al

cumplimiento ALD / CFT.

Programa Escrito

Oficial de Cumplimiento

Plan de Capacitación

Revisión Independiente

- Oficial de Cumplimiento

Es responsable del cumplimiento de las

políticas, procedimientos y controles

internos de prevención de lavado de

dinero;. Además es el enlace con las

autoridades y debe presentar reportes

normativos.

Programa Escrito

Oficial de Cumplimiento

Plan de Capacitación

Revisión Independiente

- Plan de Capacitación

Contempla las actividades de

entrenamiento, las cuales deben

ajustarse a los distintos tipos de

empleados, proveedores y aliados.

Programa Escrito

Oficial de Cumplimiento

Plan de Capacitación

Revisión Independiente

- Revisión Independiente

Son auditorías realizadas para detectar posibles fallas en los

sistemas y luego aplicar correctivos. Estos procesos son

fundamentals y pueden ser:

- Auditorías Internas: realizadas por una persona o

equipo dentro de la institución con la cual el oficial

de cumplimiento no tenga un conflicto de intereses.

- Auditorías Externas: realizadas por un tercero

para tener una vision imparcial.

Módulo III.

Procedimientos Esenciales en la Lucha ALD / CFT

Diligencia Debida del Cliente

En materia antilavado de dinero se conoce como “Debida Diligencia del CLiente” al conjunto de controles,

políticas y procedimientos que debe implementar un sujeto obligado con miras a identificar y mitigar los

riesgos asociados a un cliente. La debida diligencia debe aplicarse tanto a los clientes nuevos como a los

antiguos y comprende, entre otros aspectos:

La adecuada identificación de los clientes, empleados y proveedores

El establecimiento de procesos de monitoreo y control

Detección, análisis y reporte de operaciones sospechosas

Clientes de Alto Riesgo = “Debida Diligencia Ampliada”

Política Conozca a su Cliente (CSC) - Know Your Customer (KYC)

Busca establecer de manera clara

la identidad de todas las partes

(individuos y/o empresas)

vinculadas con el negocio o la

transacción. Sirve para que los

sujetos obligados conozcan al

propietario de los recursos que

se usan en la operación o que se

canalizan a través de la empresa.

Comité de Basilea (2004): ”Los

procedimientos CSC no sólo

contribuyen a la seguridad y la solidez

de un banco, sino que también

protegen la integridad del sistema

bancario reduciendo la probabilidad de

que se conviertan en vehículos para el

blanqueo de capitales, financiación del

terrorismo y otras actividades ilegales”.

Es una parte fundamental de programa de

cumplimiento ALD / CFT.

Debe ser cumplida con todos y cada uno de los clientes.

El principio no infringe la confidencialidad y privacidad

del cliente.

Puede ser utilizada con fines comerciales.

NORMA: Si no hay identificación, no hay relación.

Política Conozca a su Cliente (CSC) - Know Your Customer (KYC)

Consiste en una serie de procedimientos orientados a lograr una identificación efectiva y a la creación

de un perfil del cliente.

Política Conozca a su Empleado (CSE)

Consiste en la implementación de procedimientos para identificar adecuadamente y monitorear a los

empleados de las empresas reguladas. El objetivo principal es conocer a los empleados, su nivel de

ingresos, su estilo de vida para poder establecer parámetros efectivos de monitoreo.

Beneficios de esta política CSE:

Permite detectar patrones de conductas sospechosas

en los empleados

Protege a las empresas de fraudes cometidos por

trabajadores

Evidencia falta de capacitación de los empleados ante

ciertas situaciones

Política Conozca a sus Proveedores

Consiste en la obtención de información y documentación de los representantes legales o

beneficiarios finales de las empresas que funcionan como intermediarios, aliados o proveedores.

Permite prevenir el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo.

Minimiza las pérdidas por fraudes o robos cometidos por empresas proveedoras,

aliadas o intermediarias.

Logra una mejor gerencia de los negocios.

Facilita la determinación del riesgo que representan los terceros.

Módulo IV.

Riesgos asociados al lavado de activos

y su impacto sobre las empresas reguladas

Riesgos asociados al lavado de activos

Los riesgos asociados al lavado de dinero los podemos clasificar como:

• Legales

• Operacionales

• Contagio

• Reputacionales

Riesgos de las empresas reguladas

• Multas millonarias: son un riesgo no solo en USA donde las

multas han llegado cerca de los US$ 2.000 millones, sino en

México, Argentina y otras naciones de la región donde la

multas ya han alcanzado cifras considerables.

• Sanciones administrativas: las sanciones se han fortalecido y en

muchas jurisdicciones pueden a llegar a la suspensión de las

licencias de operaciones, lo que significa el fin del negocio.

GAFI - Recomendación 35: Los países deben asegurar que

exista una gama de sanciones eficaces, proporcionales y

disuasivas, sean penales, civiles o administrativas, que estén

disponibles para tratar a las personas naturales o jurídicas

cubiertas en las Recomendaciones 6 y 8 a la 23, que incumplan

con los requisitos ALA/CFT.

Responsabilidad individual (penal)

Código Penal Panameño: Artículo 391. El que a sabiendas se valga de su función, empleo, oficio o profesión para autorizar o

permitir el delito de blanqueo de capitales, descrito en el artículo 389 de este Código.

Ceguera Voluntaria

MÓDULO V.

Principales Metodologías de Lavado de Dinero

Estructuración (Pitufeo)

Lavado a través de establecimientos comerciales

El lavador de dinero inserta dinero procedente de actividades

ilícitas en negocios legítimos, como bares, restaurantes, galerías

de arte, hoteles, joyerías, etc.

Preferiblemente en negocios que manejan mucho efectivo.

Negocios o actividades comerciales difíciles de auditar.

Comercios donde el manejo del inventario es impreciso.

Actividades donde los precios no son regulados.

Lavado a través del Comercio Internacional

Características de alto riesgo del sector:

• Enorme volumen de flujos comerciales

internacionales.

• Elevada complejidad en las operaciones por el uso de

múltiples divisas y diversos arreglos de financiamiento

comercial.

• Fácil mezcla de fondos legítimos con recursos ilegales.

• Limitados recursos de las agencias aduanales agencias

para detectar las transacciones comerciales

sospechosas.

Lavado a través del Comercio Internacional

Metodologías más comunes:

• Sobre Facturación y Subfacturación: consiste en la alteración intencional de los precios y las cantidades de

los productos negociados para justificar una mayor cantidad de dinero pagado o recibido como parte de

una operación de comercio internacional

• Falsa Declaración de Bienes: se envían productos

distintos o cantidades diferentes a las especificadas en

el manifiesto y en las facturas. Los bienes pueden

incluso no ser enviados o no existir. Solo se usa para

justificar un envío de dinero.

MÓDULO VI

Financiación del Terrorismo

Financiación del Terrorismo

Artículo 25.- Financiación del terrorismo. Quien

intencionalmente financie, subvencione, oculte o

transfiera dinero o bienes para ser utilizados o a

sabiendas de que serán utilizados en la comisión de

cualquiera de los delitos descritos en los Artículos 7,

9, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 19, 20 y 21, aunque no

intervenga en su ejecución o no se lleguen a

consumar, será sancionado con veinte (20) a treinta

(30) años de prisión.Fuente: UNODC

Financiación del Terrorismo

Artículo 25.- Incurrirá en la misma pena quien realizare

alguno de los actos mencionados en el párrafo anterior

para ser utilizados o a sabiendas de que serán utilizados

para otro acto destinado a causar la muerte o lesiones

corporales graves a un civil, o a cualquier otra persona que

no participe directamente en las hostilidades en una

situación de conflicto armado, cuando el propósito de

dicho acto, por su contexto o naturaleza, sea intimidar a

una población u obligar a un gobierno o a una

organización internacional a realizar un acto o a

abstenerse de hacerlo.

Fuente: UNODC

Financiación del Terrorismo

ONUCD: Los terroristas requieren de

financiación para reclutar y apoyo a sus

miembros, mantener los centros logísticos

y llevar a cabo sus operaciones. De este

modo, impedir que los terroristas tengan

acceso a los recursos financieros es crucial

para contrarrestar con éxito la amenaza

del terrorismo.

Financiamiento del Terrorismo

GAFI 2001: 9 Recomendaciones Especiales Contra

el Financiamiento del Terrorismo.

GAFI 2002: Una entidad financiera que lleva a cabo

una operación, sabiendo que los fondos o bienes

involucrados son poseídos o controlados por

terroristas u organizaciones terroristas (…), puede

estar cometiendo un delito penal en virtud de las

leyes de muchas jurisdicciones.

Diferencias entre lavado de dinero y financiamiento del terrorismo

Estilo de vida:

El lavador lleva una vida de opulencia,

mientras que el financiador de grupos

terroristas suele ´vivir con austeridad.

Volumen de fondos:

Los lavadores pueden manejar enormes

cantidades, mientras que el financiamiento

del terrorismo puede producirse mediante

pequeñas cantidades de dinero.

Diferencias entre lavado de dinero y financiamiento del terrorismo

Nikos Romanos Acusado en 2013 de

pertenecer a un grupo terrorista de Grecia

Kenneth RijockAbogado sentenciado por lavar dinero para

el narcotráfico. Hoy es consultor ALD

Comparación de las etapas del lavado de dinero y financiamiento del terrorismo

Este material ha sido producido por Lavadodinero.com.

Agradecemos la colaboración de los expertos:

Ricardo Sabella (Uruguay)

Miguel Tenorio (México)

Luis DaSilva (Estados Unidos)