notas de debito y etc

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  • 7/30/2019 Notas de Debito y Etc

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    NOTAS DE DEBITO Y NOTAS DE CREDITOS

    Las Notas de Dbito y las Notas de Crditos a que se refiere el Art. 57 de la Ley,

    deben cumplir los mimos requisitos exigidos para las facturas, y solamente pueden

    ser emitidas al mismo comprador o beneficiario del servicio para modificar facturasotorgadas con anterioridad.

    LAS NOTAS DE DEBITO

    Se emiten por valores que aumenten el impuesto primitivamente facturado, y estos

    pueden corresponder a:

    Diferencias de precios

    - Intereses por operaciones a plazos, o por no pagar en

    su oportunidad.

    - Otros montos que aumenten valores facturados con

    anterioridad.

    Para anular una nota de Crdito

    El sndico de quiebra para anular facturas impagas...

    LAS NOTAS DE CREDITO

    (Art. N57)

    Se emiten por los descuentos o bonificaciones, sobre facturas ya otorgadas con

    anterioridad. (No existe plazo)

    En aquellos casos en que las ventas de mercaderas queden sin efecto, la emisin denotas de crdito por los vendedores en razn de las devoluciones de especies,

    deben otorgarse en el momento mismo en que el comprador hace la entrega de las

    mercaderas. Por regla general el iva. recargado en las notas de crdito no da origen

    a devoluciones, toda vez que las mismas deben imputarse al dbito fiscal mensual

    del referido tributo. Los ajustes al Dbito deben hacerse en el mismo perodo en que

    se recibi la nota de crdito, o hasgta en los dos perodos tributarios siguientes. Si se

    encuentra fuera de este plazo deber regularizar la situacin rectificando las

    declaraciones mensuales.

  • 7/30/2019 Notas de Debito y Etc

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    La emisin debe hacerse sin impuesto en caso que la devolucin de bienes o

    resciliacin de los servicios se produzca con posterioridad a los tres meses. Art. 21

    #2 del D.L 825. No procede deducir el impuesto restitudo del dbito fiscal pues la

    norma slo autoriza la deduccin cuando las mercaderas son devueltas dentro del

    plazo de tres meses. Para recuperar el impuesto debe hacerlo por medio de una

    solicitud , en virtud del artculo 126 #2 del Cdigo Tributario.

    NOTAS DE CREDITO PARA CORREGIR ERRORES

    en el Rut, domicilio, giro comercial y comuna.

    En los casos en que se hayan emitido facturas con errores, en razn de haber

    consignado equivocadamente algunos datos del comprador, ya sea en el Rut.,

    domicilio, giro comercial, comuna, condiciones de pago, tales facturas pueden ser

    reemplazadas dentro del mismo perodo tributario, antes de fecha de declaracin y

    pago del impuesto, por una o ms correctamente emitidas, y debiendo conservarse

    todos los ejemplares de la primitiva factura.

    Cuando no sea posible reemplazarla por haber expirado el plazo, los contribuyentes

    que emitan facturas con error de individualizacin consistente en erratas en el

    nmero de Rut., domicilio, giro comercial y comuna, podrn emitir una Nota deCrdito, que deber cumplir con las siguientes especificaciones.

    Sealar fecha de emisin

    Debe consignar correctamente la totalidad de los

    datos de identificacin del comprador.

    Dejar constancia en esta Nota de Crdito

    rectificatoria de la siguiente glosa:

    CORRIGE A LA FACTURA N........... de fecha............... contabilizada en el perodo de

    ..............................de 200...., folio N.... del Libro de compra y ventas por un valor

    total de $......................, donde dice............debe decir......

  • 7/30/2019 Notas de Debito y Etc

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    Esta nota de crdito deber ser archivada por el comprador o beneficiario del

    servicio conjuntamente con la factura correspondiente, para los efectos de

    fiscalizacin posterior del S.I.I.-

    En ningn caso podr valorizarse dicha Nota de Crdito.

    Deber contabilizarse en el Libro de Compra y ventas en el perodo en que sta se

    haya emitido, slo indicando su N, fecha, nombre del

    cliente, N de Rut.