normas-juridicas
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FACULTAD DE JURISPRUDENCIA
CARRERA DE DERECHO
INTRODUCCION AL DERECHO
TRABAJO INDIVIDUAL
TEMAS: Jerarquización De Las LeYes, Norma Jurídica,
Normas De Derecho Público Y Privado
ESTUDIANTE
LOOR VEGA DAYKELIN
Docente: Ab. Elizabeth Dueñas
Ecuador -Manabí- Portoviejo
2015
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INTRODUCCION
En el complejo de las disciplinas científicas que integran la
Ciencia del Derecho, la que se ocupa de las referencias y
relaciones orgánicas de toda su unidad sistemática es la
“Introducción al Estudio del Derecho” o como la
conocemos los estudiantes “introducción al derecho”
La catedra de introducción al derecho enseña un proyecto
sistemático, las principales instituciones, y el concepto
esencial del fenómeno jurídico en su unidad orgánica y
sistemática; y es por ello que en este trabajo se
presentará varios de estas unidades como lo son la
jerarquización de la ley y lo referente a la norma jurídica y
su clasificación
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JERARQUIZACION DE LAS LEYES
Al hablar de jerarquía se habla o se hace referencia de
una estructura que se establece en orden a su criterio de
subordinación entre los seres vivos
Etimología
La palabra española “jerarquía” se deriva de la latina
“hierarquia”, y esta de la griega “ἱεραρχία” (hierarchía), de
ἱεράρχης (hierárchēs). Hace referencia al clérigo
encargado de presidir los ritos sagrados.Primer lugar’,
gobierno, mando.
La jerarquización de la ley
El doctrinario mexicano Flores Salgado expone que esta
jerarquización es un orden sistemático, como hablamos de
leyes se refiere a un orden jurídico. Esta jerarquización
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nace con la conocida pirámide de Kelsen, a quien se le
atribuye este orden y jerarquización1.
Como lo dice la etimología de esta palabra lo jerárquico es
lo superior, En la legislación ecuatoriana tenemos como
ley jerárquica o suprema a la Constitución, que es nuestra
carta magna, y así lo ratifica en su texto en su artículo 424
De acuerdo a la pirámide de Kelsen la jerarquización de la
ley tiene el siguiente orden:
• Constitución;
• Tratados y convenios internacionales
• Leyes orgánicas y ordinarias
• Decretos y reglamentos
• Normas regionales y ordenanzas
• Acuerdos y resoluciones
NORMAS JURIDICAS
1 FLORES SALGADO, Lucerito. (2009) “Introducción al estudio del Derecho” Grupo Editorial Patria
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Las normas jurídicas indica García son reglas de conducta
expedidas por el poder público para regular la pacífica
convivencia de los seres humanos integrantes de una
sociedad y cuya observancia no está sujeta a la
aceptación o no por parte del destinatario, ya que si éste
no cumple, puede verse forzado a cumplirlas por medio de
la coacción, haciendo uso de la fuerza que tiene el
Estado2.
Ejemplo de una norma jurídica es la aplicación de una
sanción por el COIP de determinada entidad si una
persona mata a otro ser humano.
Las normas jurídicas son las reglas de conducta,
sancionadas por el Estado a través de sus órganos
legislativos, por los procedimientos legalmente previstos, y
que contienen sanción en caso de incumplimiento.
2 GARCIA MAYNEZ, Eduardo. (2000). "Introducción al Estudio del Derecho" Editorial Porrúa. Pág. 46
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Las normas jurídicas señala Zavala Egas tienden a lograr
un orden social justo, por lo cual en general no se oponen
a las demás normas, sino que las complementan
acompañándolas de una sanción efectiva ante su
incumplimiento.
EJEMPLOS:
Constituciones.
Pactos,
tratados o convenciones
Leyes
Decretos
Sentencias
Ordenanzas Municipales
Resoluciones
Reglamentos.
CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS
La clasificación de las normas jurídicas más reconocida
doctrinalmente es la clasificación de Eduardo García
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Maynez cuya clasificación hasta la actualidad es la que se
usa.
Clasificación de las normas jurídicas desde el punto
de vista del sistema al que pertenecen.
Para entender este criterio de clasificación debemos
comprender que un sistema jurídico es el conjunto de
figuras, instituciones jurídicas cuya normatividad es
establecida por el Estado.
Las normas jurídicas según el sistema a que pertenecen
son:
Nacionales, se aplican en principio en el territorio
nacional, es decir que son todas las normas
declaradas obligatorias en el país por la autoridad
política.
Extranjeras.- que son declaradas obligatorias en
países distintos al nuestro por sus respectivas
autoridades políticas8
De derecho uniforme.- que son comunes a dos o
más Estados para regular situaciones jurídicas
determinadas.
Clasificación de las normas jurídicas desde el punto
de vista de su fuente.
Según su fuente las normas jurídicas pueden ser: escritas
que son las legislativas, consuetudinarias o de costumbre
y jurisprudenciales.
Escritas: son creadas por órganos facultados para ello,
siguiendo un proceso estrictamente formal y regulado.
Consuetudinarias.- Son aquellas que tienen como fuente
la costumbre. Hay algunos autores que consideran dentro
de esta clasificación las normas de derecho jurisprudencial
refiriéndose a ellas en el sentido de que son producto de
la actuación de los tribunales.
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Jurisprudenciales: Son aquellas normas nacidas de las
sentencias de los tribunales de Justicia3
AMBITO DE VALIDEZ DE LA NORMA
El ámbito de validez de una norma es todo aquello que la
misma abarca. En este sentido, según los juristas, una
norma jurídica puede abarcar un espacio o territorio
determinado, es decir, un ámbito espacial. También puede
comprender algún periodo (tiempo), es decir, un ámbito
temporal. De la misma manera puede abarcar o referirse a
distintas personas, es decir, un ámbito personal. Por
último, también las normas jurídicas pueden comprender
materias diferentes, es decir, un ámbito material.
Ámbito espacial de validez las normas jurídicas
El ámbito espacial de validez de la norma como lo indica
VELÁZQUEZ en su obra “Manual De Fundamentos Del
3 DE PINA VARA, Rafael. (2008) “Diccionario de Derecho” Editorial Porrúa
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Derecho” se refiere al lugar, espacio o extensión territorial
donde una norma es aplicable4
Se puede manifestar que las normas jurídicas en nuestro
país pueden ser: algunas de aplicación en toda la
república y otras de aplicación más restringida, pues en
nuestro país las normas jurídicas, desde el punto de vista
de su ámbito espacial de validez, se clasifican en leyes
generales de ámbito nacional y locales de ámbito
provincial o municipal.
Clasificación de las normas jurídicas desde el punto
de vista de su ámbito material de validez
Las normas jurídicas también se pueden clasificar
atendiendo a la materia que regulan, las normas jurídicas
desde el punto de vista de su ámbito material de validez
se clasifican en normas de derecho público y normas de
derecho privado.
4 VELÁZQUEZ, Santiago.(2002). “Manual De Fundamentos Del Derecho” Editorial de La Universidad De Especialidades Espíritu Santo, Pág. 35
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NORMAS DEL DERECHO PÚBLICO
El derecho público en palabras de Peniche Bolio, jurista
mexicano es: “La rama del derecho a la que se sujetan las
relaciones jurídicas en las que interviene el Estado en su
papel de soberano5”
Es indiscutible, como se explica en la definicion, que el
Estado interviene en la vida jurídica por medio de los
poderes que lo integran, bien sea a través de los
representantes del Poder Legislativo, los del Poder
Judicial o bien del Poder Ejecutivo. Además la
intervención del Estado en la vida jurídica se da también
desde distintas esferas, lo cual quedará reflejado en las
distintas ramas del derecho público
NORMAS DEL DERECHO PRIVADO
5 Peniche Bolio, Francisco J. (2008) “Introducción al estudio del Derecho”. Editorial Porrúa.
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La doctrina indica que nos encontramos frente a una
relación jurídica de derecho privado cuando en la misma
no se encuentra presente el Estado en su calidad de
soberano, sino que son las partes las que obran por su
sólo interés particular, tenemos así que el derecho privado
es el conjunto de disposiciones aplicables a los
particulares en sus relaciones con otros particulares. La
división de este es el derecho civil y mercantil.
NORMAS JURIDICAS GENERALIZADAS
Por regla general, las normas jurídicas que se encuentran
en los códigos se aplican a todas las personas, es decir, a
todos aquellos individuos que caen o se ubican dentro del
supuesto contenido en la disposición normativa, es decir
que todas las normas contenidas en los códigos son
genéricas, es decir, obligan a todos
APLICACION DE LAS NORMAS JURÍDICAS13
Sancionada la norma legal por el Poder Legislativo,
promulgada por el Poder Ejecutivo y publicada en el
Boletín Oficial, la norma general pasa a ser válida y
vigente, para ser aplicada por el Poder Judicial a los casos
concretos sometidos a su decisión.
Toda ley requiere para ser aplicada de una tarea
intelectual que desentrañe su sentido, su fin, a efectos de
descubrir si el caso se subsume en ella y bajo qué
condiciones.
Las normas oscuras, con máxima vaguedad o
ambigüedad en el lenguaje requieren mayor tarea
interpretativa pero aun las que parecen claras necesitan
interpretación que es un proceso consiente y reglado
(metódico) y no arbitrio exclusivo del juzgador.
El propio legislador realiza una interpretación en ciertos
casos de la norma que sanciona, estableciendo su
alcance y sentido, a veces en el propio texto normativo. 14
En otros casos se agregan notas a los artículos que
permiten su mejor comprensión, como los adicionados por
Vélez Sársfield al Código Civil argentino. Esta
interpretación efectuada por el legislador tiene validez
normativa, y el juzgador no puede apartarse de ella.
PRINCIPIO DE LEGALIDAD COMO PRINCIPIO DEL
DERECHO PÚBLICO
El Principio de legalidad es el principio que rige todas las
actuaciones de las Administraciones públicas
sometiéndolas a la ley y al derecho. Este principio
involucra, en primer lugar, la supremacía de la
Constitución y de la ley como expresión de la voluntad
general, frente a todos los poderes públicos. Además, el
principio de legalidad implica la sujeción de la
Administración a sus propias normas, los reglamentos6.
PRINCIPIO DE IGUALDAD
6 ENCICLOPEDIA JURIDICA. (2015). “Principio de legalidad”. Recuperado de http://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/
15
Siguiendo al tratadista peruano Luis Castillo Córdova en
su obra “Derechos fundamentales y Procesos
Constitucionales” para determinar el contenido del
principio y derecho de igualdad debemos remitirnos a lo
desarrollado por la Constitución del Ecuador.
La Constitución del 2008, es una Constitución moderna
que incorpora las tendencias filosóficas modernas sobre el
derecho. De hecho la Constitución puntualmente se refiere
al principio – derecho de igualdad en 36 artículos de los
444, desarrollando mecanismos de igualdad o
equiparación de desigualdad modernos. Para el Ecuador
todas las personas son iguales, ya fueren ecuatorianos,
extranjeros, naturales o jurídicas. La Constitución inclusive
otorga esta igualdad a favor de ciertas abstracciones
creadas por el asambleísta para que tengan capacidad de
reclamar sus derechos, así lo son: las comunidades
pueblos y nacionalidades, por ello de manera general se
aplica la igualdad de manera objetiva y general a favor de
16
la consideración del sujeto. Así cada uno de estos sujetos
también está en capacidad de reclamar sus derechos7
7 ZAVALA EGAS, Jorge.- “Teoría y Práctica Procesal Constitucional”.- Editorial Edilex S.A.- Guayaquil – Ecuador.- Pág. 107.-
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CONCLUSIONES
La norma jurídica es una ley para regular el
comportamiento de la sociedad y tener los mismos
derechos escritos que si no se cumple se aplican
sanciones.
Las normas jurídicas se caracterizan por ser dictadas
por una autoridad competente. Su cumplimiento es
obligatorio, aún por la fuerza, estableciéndose
explícitamente una sanción material en caso de
incumplimiento.
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BIBLIOGRAFIA
DE PINA VARA, Rafael. (2008) “Diccionario de Derecho”
Editorial Porrúa
ENCICLOPEDIA JURIDICA. (2015). “Principio de
legalidad”. Recuperado de http://www.enciclopedia-
juridica.biz14.com/
FLORES SALGADO, Lucerito. (2009) “Introducción al
estudio del Derecho” Grupo Editorial Patria
GARCIA MAYNEZ, Eduardo. (2000). "Introducción al
Estudio del Derecho" Editorial Porrúa. Pág. 46
PENICHE BOLIO, FRANCISCO. (2008) “Introducción al
estudio del Derecho”. Editorial Porrúa.
VELÁZQUEZ, Santiago.(2002). “Manual De Fundamentos
Del Derecho” Editorial de La Universidad De
Especialidades Espíritu Santo, Pág. 3519
ZAVALA EGAS, Jorge.- “Teoría y Práctica Procesal
Constitucional”.- Editorial Edilex S.A.- Guayaquil –
Ecuador.- Pág.
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ANEXO
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DAYKELIN LOOR VEGA
VERGA
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