reglas de conducta y normas juridicas - derecho · pdf fileclases de normas normas de...
TRANSCRIPT
REGLAS DE CONDUCTA
Y
NORMAS JURIDICAS
NORMAS DE CONDUCTA
Son preceptos que rigen la conducta humana con la
finalidad de asegurar la convivencia pacfica
Caractersticas Regulan relaciones de deber ser
Buscan la obediencia inmediata y, por tanto, ser cumplidas.
Fundadas o inspiradas en la idea de un valor o una
necesidad social.
Objeto de las normas de conducta
humana
Son los actos que realiza el hombre
con plena conciencia y deliberacin,
utilizando todas sus facultades
racionales.
Elementos para que un acto sea acto humano:
Cognoscitivo: Consiste en el conocimiento de lo que se hace.
Volitivo: Esta es la influencia que ejerce la voluntad en el acto humano.
Libertad. Libre de presion externa
Debe ser ejecutivo: Consiste en la realizacin de un hecho externo a impulso de la libertad humana.
Si un acto humano tiene esos
elementos aparecen dos conceptos:
imputabilidad y responsabilidad.
Imputabilidad: Consiste en atribuir un acto a quin lo
ejecut.
Responsabilidad: Es la consecuencia favorable o adversa
que sufre la persona que ejecuta un acto libre
CLASES DE REGLAS DE CONDUCTA
De trato social o costumbres sociales.
Estas son aquellas que imponen a los hombres una
determinada conducta en la vida social, fundada en
principios de buena educacin, decoro, protocolo o
cortesa.
Son exteriores: la conducta debe materializarse
exteriormente, sin importar la intencin del sujeto que acta.
Son unilaterales: Implica que frente al sujeto obligado no
existe otro facultado para exigir el cumplimiento de la norma
Son no coactivas: Su cumplimiento no se puede imponer por
la fuerza
Son relativas: Esto implica que van a depender del tiempo y
del lugar
Finalidad o el valor que persiguen: es hacer ms agradable
la convivencia humana.
Sancin: cuando se incumplen es la reprobacin social.
Normas religiosas
Son prescripciones de conducta cuya finalidad
es posibilitar la santidad del hombre, o sea,
plantea las exigencias que se deben cumplir
para agradar a Dios y alcanzar la eternidad.
Caractersticas:
Son interiores: Su campo de accin es la conciencia del
individuo, importa la intencin con que se hacen.
Son unilaterales: Imponen una obligacin, pero no facultan
para exigir su cumplimiento
Son no coactivas: No se pueden imponer por la fuerza
La finalidad o el valor que persiguen: es alcanzar la santidad,
llegar a Dios, la vida eterna
Sancin: cuando se incumplen es perder a Dios y la aplica
Dios el da del juicio final.
Normas morales Estas regulan las conductas de los hombres en conformidad
con los dictados de la recta razn con el fin de que puedan
realizar su destino trascendente.
Caractersticas
Dictadas por la conciencia del individuo, es el mismo su
propio juez
Finalidad o el valor que persiguen: lograr la perfeccin del
hombre.
Sancin: cuando se incumplen es el remordimiento, la aplica
el hombre y depende de la sensibilidad de cada uno.
Normas jurdicas La caracterstica fundamental que hacen diferenciarse a las
normas jurdicas de otros tipos de norma es que la
inobservancia de la conducta impuesta por la norma jurdica
acarrea siempre la posibilidad de la imposicin de una
sancin por parte del rgano facultado del Estado.
Entonces la norma jurdica es:
Una regla imperativa de conducta, cuya violacin acarrea la
posibilidad de la imposicin de una sancin por parte del
rgano competente.
Cuando la norma dice que el deudor est en la obligacin
de pagar lo que adeuda,
establece la forma como debe comportarse una persona
que se encuentre en la condicin de deudor, que es el
pagar al acreedor aquello que le debe.
CARACTERISTICAS DE LA NORMA
JURIDICA:
BILATERALIDAD
COERCIBILIDAD
GENERALIDAD
EXTERIORIDAD
HETERONOMIA
IMPERATIVIDAD
NORMA JURDICA Y ARTICULO
LEGISLATIVO
La norma jurdica contiene un supuesto de hecho al que
sigue logico-juridicamente una consecuencia
Articulo legislativo sirve de vehculo a la norma jurdica, En
un mismo articulo puede haber mas de una norma jurdica.
LA ESTRUCTURA LOGICA
DE LA NORMA JURIDICA:
ante una circunstancia X el sujeto debe
comportarse de Y manera. Si su comportamiento es
contrario a Y prescrita por la norma, debe serle
impuesta una sancin.
Con ste enunciado podemos llegar a una
formulacin an ms sinttica de la estructura lgica
de una norma jurdica, que sera la siguiente:
Si es A debe ser B
Si no es B debe ser C.
La estructura lgica de la norma jurdica consiste en enlazar determinados
Supuestos de Hecho o Hiptesis, con determinadas Consecuencias Jurdicas.
El que con intencin o por negligencia o por imprudencia ha causado un dao a otro, est obligado a repararlo.
Supuesto de Hecho: El que con intencin o por negligencia
o, por imprudencia ha causado un dao a otro.
http://images.google.es/imgres?imgurl=http://www.infra.com.mx/noticias/conozca_mas/otros/imagenes/cascos/accidente_01.jpg&imgrefurl=http://www.infra.com.mx/noticias/conozca_mas/otros/cascos.htm&h=85&w=120&sz=5&hl=es&start=65&tbnid=d5S9VGoewTli5M:&tbnh=62&tbnw=88&prev=/images%3Fq%3Dherida%2Bcabeza%26start%3D60%26ndsp%3D20%26svnum%3D10%26hl%3Des%26rls%3DGFRC,GFRC:2006-51,GFRC:es%26sa%3DNhttp://images.google.es/imgres?imgurl=http://www.infra.com.mx/noticias/conozca_mas/otros/imagenes/cascos/accidente_01.jpg&imgrefurl=http://www.infra.com.mx/noticias/conozca_mas/otros/cascos.htm&h=85&w=120&sz=5&hl=es&start=65&tbnid=d5S9VGoewTli5M:&tbnh=62&tbnw=88&prev=/images%3Fq%3Dherida%2Bcabeza%26start%3D60%26ndsp%3D20%26svnum%3D10%26hl%3Des%26rls%3DGFRC,GFRC:2006-51,GFRC:es%26sa%3DN
Consecuencia Jurdica: Est obligado a
repararlo.
http://images.google.es/imgres?imgurl=http://www.intoxica.in/wp-content/uploads/images/curita_color.gif&imgrefurl=http://www.intoxica.in/2006/06/&h=351&w=420&sz=11&hl=es&start=7&tbnid=n9grT_eGA5tDiM:&tbnh=104&tbnw=125&prev=/images%3Fq%3Dcurita%26svnum%3D10%26hl%3Des%26rls%3DGFRC,GFRC:2006-51,GFRC:eshttp://images.google.es/imgres?imgurl=http://www.intoxica.in/wp-content/uploads/images/curita_color.gif&imgrefurl=http://www.intoxica.in/2006/06/&h=351&w=420&sz=11&hl=es&start=7&tbnid=n9grT_eGA5tDiM:&tbnh=104&tbnw=125&prev=/images%3Fq%3Dcurita%26svnum%3D10%26hl%3Des%26rls%3DGFRC,GFRC:2006-51,GFRC:es
La estructura lgica de la norma jurdica es
la forma como est constituida la norma
jurdica, son los elementos que la integran.
Estos elementos son:
1. SUPUESTO DE HECHO O HIPOTESIS: Es el
conjunto de condiciones establecidas en la
norma de las cuales se hace depender la
realizacin de efectos jurdicos.
2. CONSECUENCIA JURIDICA: Es el resultado o efecto que
produce la realizacin de las condiciones establecidas en la
norma.
SANCION Y COACCION:
Por regla general, las normas jurdicas enlazan determinadasconsecuencias al incumplimiento de los deberes que elderecho impone.
La COACCION constituye la aplicacin forzada o realizacin efectiva de la
consecuencia jurdica prevista en la norma
Cuando un Juez dicta
sentencia, condenando a
una persona a que pague lo
que debe, aplica una
sancin;
pero s el demandado no cumple voluntariamente con el fallo,
se impone por la fuerza el embargo de bienes del deudor, y su
posterior remate, para dar cumplimiento a la resolucin judicial,
representa una forma de coaccin.
FINALIDAD O VALORES DE LAS NORMAS JURDICAS
ORDEN.
PAZ.
JUSTICIA
SEGURIDAD JURDICA
CLASES DE NORMAS NORMAS DE ORGANIZACIN : Son aquellas que determinan
la creacin, composicin y atribuciones de los organismos
del Estado y Privados
NORMAS DE CONDUCTA: Son aquellas que preceptan
como se debe regir la conducta de cada uno.
NORMAS IMPERATIVAS: Aquellas que deben ser
necesariamente cumplidas por los sujetos sin que exista la
posibilidad jurdica contraria
NORMAS SUPLETORIAS: Son aquellas que se aplican solo
cunado no hay otra que regule el asunto, o las que se
aplican a las relaciones privadas cuando las partes no han
hecho declaracin de voluntad expresa sobre el asunto.