negocio juridico

8
NEGOCIO JURIDICO + Actos que emanan de la voluntad de los seres humanos, provenientes de la voluntad fáctica de las personas jurídicas. SE REQUIERE DE LA EMISION DE LA VOLUNTAD + El nj deberá tener UN VINCULO JURIDICO, que es producto de una manifestación de la voluntad que puede unilateral, bilateral o plurilateral. ELEMENTOS DEL NEGOCIO JURIDICO. +SUBJETIVO: los sujetos del nj son elementos integrales de la relación, podrán ser singulares o plurales, ACREEDOR Y DEUDOR, dan nacimiento a derechos personales o créditos, el nj solo está destinado a producir efectos jurídicos solo respecto de las partes. ES NECESARIO QUE HAYA UNA DECLARACION DE LA VOLUNTAD, SIENDO UN ACTO VOLITIVO La manifestación de la voluntad debe ser CLARA, INTELIGIBLE, LIBRE Y LÍCITA. +OBJETIVO: objeto que se pretenden lograr con la relación. Busca DAR, HACER O NO HACER. El objetivo debe ser POSIBLE, DETERMINADO O DETERMIBLE, LÍCITO ELEMENTOS DE LA NEGOCIACION. + ELEMENTOS ESENCIALES, sin los cuales el nj no genera efectos o degenera en una diferente +ELEMENTOS DE LA NATURALEZA, pertenecen a la negociación, no requieren de inclusión expresa, la propia negociación lo determina. Donde se cumpla la finalidad. +ELEMENTOS ACCIDENTALES O ACCESORIOS, son introducidos por las partes en post de lograr una plena satisfacción de intereses. EFICACIA Para que una rj sea eficaz y tenga una exigencia mínima de efectividad debe requerir de…

Upload: daniela-toro

Post on 13-Jul-2016

2 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

negocio juridico Colombiano

TRANSCRIPT

NEGOCIO JURIDICO

+ Actos que emanan de la voluntad de los seres humanos, provenientes de la voluntad fáctica de las personas jurídicas. SE REQUIERE DE LA EMISION DE LA VOLUNTAD

+ El nj deberá tener UN VINCULO JURIDICO, que es producto de una manifestación de la voluntad que puede unilateral, bilateral o plurilateral.

ELEMENTOS DEL NEGOCIO JURIDICO.+SUBJETIVO: los sujetos del nj son elementos integrales de la relación, podrán ser singulares o plurales, ACREEDOR Y DEUDOR, dan nacimiento a derechos personales o créditos, el nj solo está destinado a producir efectos jurídicos solo respecto de las partes. ES NECESARIO QUE HAYA UNA DECLARACION DE LA VOLUNTAD, SIENDO UN ACTO VOLITIVO La manifestación de la voluntad debe ser CLARA, INTELIGIBLE, LIBRE Y LÍCITA. +OBJETIVO: objeto que se pretenden lograr con la relación. Busca DAR, HACER O NO HACER. El objetivo debe ser POSIBLE, DETERMINADO O DETERMIBLE, LÍCITO

ELEMENTOS DE LA NEGOCIACION.+ ELEMENTOS ESENCIALES, sin los cuales el nj no genera efectos o degenera en una diferente +ELEMENTOS DE LA NATURALEZA, pertenecen a la negociación, no requieren de inclusión expresa, la propia negociación lo determina. Donde se cumpla la finalidad.+ELEMENTOS ACCIDENTALES O ACCESORIOS, son introducidos por las partes en post de lograr una plena satisfacción de intereses.

EFICACIA Para que una rj sea eficaz y tenga una exigencia mínima de efectividad debe requerir de… +CAPACIDAD, que debe ser de goce, ligada a la personalidad, siendo titulares de derechos, poder adquirir obligaciones, ya sean personas jurídicas o naturales +CONSENTIMIENTO, deberá ser libre y espontaneo, excepto de vicios+OBJETO, prestación, deberá ser licito. +CAUSA, debe ser lícito.

CACTERISTICAS DEL NJ+CARÁCTER JURIDICO, los nj se desarrollan para que lleguen a cumplirse, existen mecanismo para que el negocio en verdad se celebre. Habrá mecanismos en post de generar que el nj se genere.EL NEGOCIO DEBE TENER UNA SIGNIFICACION ECONOMICA DADO QUE BUSCA REGULAR RELACIONES EN EL CAMPO PATRIMONIAL.

PRINCIPIOS DEL NEGOCIO JURIDICO

PRINCIPIO DE LIBERTAD NEGOCIAL. La libertad económica posee libertad de iniciativa económica, libertad de empresa, libertad de competencia, LIBERTAD DE CONTRATAR O NEGOCIAR. No se trata de una libertad absoluta, su límite será la legalidad, las partes se deberán someter al ordenamiento jurídico.AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD las partes obran con autonomía porque gozan de libertad, no es ABSOLUTA, sus límites serán… +CONSTITUCIONALIZACION: se deberá respetar el ordenamiento, no se podrá establecer en detrimento de los derechos y garantías, no solo de las partes sino además respecto de terceros +LEGALIDAD: el legislador pone restricciones legales como, protección a personas en debilidad manifiesta (EN FAVOR DE INCAPACES), restricción a funcionarios por razón de su cargo, por razón del cargo desempeñado (TUTORES, GUARDADOR, CONSEJERO…), formas contractuales.+INTERES PÚBLICO Y EL BIEN COMUN: el interés privado debe ceder ante el privado. +DERECHO AJENO: el derecho propio se extenderá hasta donde llegue el derecho de los demás, el nj no podrá involucrarse en la esfera jurídico- patrimonial de terceros.+MEDIO AMBIENTE: el nj no puede causar detrimento en un ambiente sano+PATRIMONIO DE ESPECIAL PROTECCION: se debe salvaguardar y respetar el patrimonio cultural, arqueológico y arquitectónico.

BUENA FEDeberá estar presente en la etapa PRECONTRACTUAL, será la convicción o creencia de obrar por medios legítimos, exceptos de todo fraude o engaño.Atentara contra la buena fe fraude a la ley, dolo (INTENCION POSITIVA DE ENGAÑAR A OTRO), maniobras engañosas (DISTORCIONAR EL SIGNIFICADO DEL NJ)Si no se actúa de buena fe, se deberán responder por los perjuicios que se causen.Cuando se obra de mala fe se generara una responsabilidad INDEMNIZATORIA, donde se resarzan los daños. + BUENO FE SIMPLE: convicción de obrar por medios legítimos (FUERO INTERNO)+BUENA FE CALIFICADA: obrar de una manera razonable y adecuada.

CARGASActividad o labor determinado donde el titular de la carga la ejecute u observe unas conductas positivas, al no observar esa conducta pueden generarse consecuencias desfavorables o negativas.+ C. PROCESALES: serán conductas que pueden ser observadas desde un proceso determinado, gobernada por la AUTORESPONSABILIDAD, será el titular de la carga quien decida si la observa o no, y como lo hace, al no ser observada pueden sobrevenir consecuencias desfavorables ( CARGA DE CONTRADICCION, PROVATORIA, IMPUGNACIO)+CARGA DE LEGALIDAD, las partes deben solventarse en el ordenamiento positivo. El irrespeto a la norma puede llevar a la frustración total o parcial, como el no poder ser efectivo, no poder demandar complimiento, ser ilícito totalmente; la afectación parcial se refiere a determinadas cláusulas del nj, como una clausula penal excesiva

+CARGA DE SAGACIDAD-CAUTELA, las partes deben ser previsivos para regular posibles hipótesis que sobrevengan en la ejecución del negocio. Regulando estipulaciones para sobrellevar las eventualidades que susciten a raíz del incumplimiento negocial.Con la sagacidad de apunta a establecer cláusulas que aseguren la formación del nj y clausulas determinantes de la responsabilidad, (ARRAS Y CLAUSULAS PENALES, CLAUSULAS INDICATIVAS DE PAGO MORATORIO, ESTIPULACIONES). +CARGAS DE CLARIDAD, el nj debe ser inteligible, entendible, donde claramente debe estar consignado el objeto del nj, con especificaciones relativas a la prestación que deben cumplir las partes. Hay incumplimiento con CLAUSULAS OSCURAS, que no permiten descubrir su sentido, CLAUSULAS AMBIGUAS, admiten varias interpretaciones (INDUBIO PRO DEBITORIS) +CARGA DE CONOCIMIENTO: las partes deben conocer el entorno en el que se desarrolla el nj.+CARGA DE LEALTAD, se debe obrar de manera igualitaria donde haya equilibrio en las prestaciones y no exista propósito de engaño. Se relaciona con el principio de buena fe CUANDO NO SE CUMPLE CON LA CARGA NO SE CUMPLE CON EL PRINCIPIO.

PRINCIPIO DE ECONOMICIDAD El nj destinado a regular relaciones de carácter económico, sus secuelas se ven reflejadas en un valor patrimonial. Cuando el nj es insatisfactorio la otra parte puede demandar el cumplimiento de prestaciones económicas. Cuando el nj se deshace por el incumplimiento de una parte se debe sancionar de incumplido, sanciones del orden patrimonial, como que el perjuicio está constituido por la LESION O MENOS CABO en el patrimonio del indemnizado.Ante el incumplimiento se debe indemnizar el perjuicio causado, que será solo un perjuicio material, que se descompone en DAÑO EMERGENTE, corresponde a gasto que haya tenido que efectuar la victima a raíz del incumplimiento, LUCRO CESANTE, representa las ganancias dejadas de obtener por el damnificado.EXCEPCION resultará indemnizable el daño EXTRAPATRIMONIAL, en eventos donde los valores del incumplimiento del nj afecten la integridad del sujeto negocial. +CONTRATO DE TRANSPORTE DE PERSONAS, el transportador deberá generar como resultado transportar sano y salvo hasta el destino+CONTRATO DE ATENCION EN SALUD, MEDICO, HOSPITALARIO, si el médico o institución por negligencia agravan la situación del paciente deben responder +RELACIONES DE CONSUMO, se obliga al proveedor o distribuidor a proporcionar información veraz, verificable y completa, acerca del uso y consumo del producto. El proveedor, fabricante, responde ante el consumidor, por el indebido uso cuando no han dado información completa. Si se ve afectada la integridad física se deberá responder por DAÑO EXTRAPATRIMONIAL

PRINCIPIO DE EQUILIBRIO PATRIMONIALLos contratos podrán ser CONMUTATIVOS, la prestación económica se mira como equivalente con lo que se debe dar, hacer o no hacer con la otra parte. ALEATORIO, la prestación de una de las partes constituya una contingencia incierta de ganancia o pérdida. La ley consagra medios encaminados a restablecer el equilibrio en post de que no haya una desproporción injusta…+ACTIO CUANTI MINORIS, en beneficios del comprador de una cosa para obtener una rebaja del precio, en aquellos cosas donde las cosas presente vicios ocultos o vicios redhibitorios que tengan lugar anterior al contrato +REBAJA DE PRECIO, el bien vendido sea objeto de evicción parcial un tercero le dispute el bien al comprador, cuyando haya evicción total se deshace el negocio.(PRECIO VIL)

+INEFICACIA DE PRESTACIONES IRRISORIAS, inexistencia del precio+ABUSO DEL DERECHO+INTERESES EXCESIVOS, cobre de intereses a los límites legales, (art 305 delito de usura)Art 885 cco°L510/99, el interés no podrá exceder de 1 y media veces, no puede exceder el interés bancario.+CLAUSULA PENAL EXCESIVA, no puede exceder el duplo de la obligación principal LESION ENORME.+LESION ENORME, se da cuando las prestaciones no son equivalentes, será una figura TAXATIVA; se aplica sobre ciertos y determinados nj en conformidad con la ley como la CLAUSULA PENAL, INTERES, HIPOTECA, PARTICION DE BIENES, COMPRAVENTA (vendedor cuando vende por menos de la mitad del precio justo, Comprador cuando paga más del debido justo precio).EL PRECIO SE MIRA PARA LA EPOCA DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA… SE BUSCA RESTABLECER EL EQUILIBRIO PORQUE SE PUEDE MANTENER EL NJ.+TEORIA DE LA IMPREVISION, principio REBUS SIC STANTIBUS, en contratos de ejecución sucesiva periódica o diferida se puede solicitar revisión cuando se presente circunstancias imprevisibles que afecten la normalidad del nj, resultando demasiado onerosos cumplir con lo pactado, a tal punto que si se sigue el contrato no se podrá cumplir.REVISION CONTRACTUALserá de carácter judicial, el juez dispondrá de qué manera se hacen modificaciones al nj, siendo necesario la prueba de circunstancias extraordinarias que no podían ser previstas por las partes.

PRINCIPIO DE PRESERVACION El nj puede pasar por algunas vicisitudes, vicios o contingencias, que pueden ser superados. Se verá afectada la legalidad pero se supera en post de mantener la vigencia del nj.Sera de saneamiento en medida que busca en lo posible sanear el vicio invalidante, donde de los mecanismos de saneamiento esta…+RATIFICACION EXPRESA, las partes han omitido el cumplimiento de una solemnidad o formalidad.se podrá sanear cumpliendo con la formalidad, pues se puede dar el caso que el contrato sea INEXISTENTE JURIDICAMENTE (compraventa) se quiere del CONSURSO DE VOLUNTADES PARA SATISFACER LA FORMALIDAD. +TEORIA DE LA CONVERSION DEL NJ, faltando elementos esenciales al nj, se puede convertir en otro diferente, de los cuales si se reúna los elementos esenciales, siempre y cuando se descubra que las partes quieran en realidad ese negocio.El cco en su ARTICULO 1501, dice que los elementos esenciales de un nj son aquellos sin los cuales no se genera efecto o degenera en uno diferente, cuando pasa esto es cuando se da la conversión +SANEAMIENTO DE LA NULIDAD RELATIVA, cuando el negocio el celebrado por incapaces relativos, menores adultos, púberes, inhábiles relativos, disipadores y personas con inmadurez negocial, vicios del consentimiento. La nulidad relativa puede ser saneable por el TRANCURSO DEL TIEMPO, PRESCRIPCION DE 4 AÑOS, RATIFICACION DE LAS PARTES.+NULIDAD PARCIAL DE ESTIPULACIONES, se da por una ineficacia jurídica de ciertos cláusulas que dejan de ser oponibles por ser contrarias al orden jurídico, NO SE AJUSTAN A LAS NORMAS El nj se mantiene en su esencia y solo deja de aplicarse la cláusula ilícita pero todo sigue su vigor.Caben todas las cláusulas de exoneración de responsabilidad serán equivalentes a la condonación de DOLO FUTURO.+NULIDAD DEL VINCULO EN NJ PLURILATERALES, la nulidad del vínculo no afectara el contrato, si por ejemplo se vincula un menor y contribuye con un bien sin licencia judicial, quedara afectada la vinculación del menor por hacerlo de una manera ilícita pero el contrato tendrá igual valor.

+AUTONOMIA DE TITULOS VALORES, el titulo valor tiene vida propia, AUTONOMIA NEGOCIALel titulo valor tiene vida propia independiente de la causa que le da vida, AUTONOMIA SUBJETIVA entraña que las firmas impuestas en un título, son independientes unas de otras, en consecuencia las causas que invalidan la firma de una de los obligados, no invalidan el resto de las firmas del título.

PRINCIPIO DE LA LIBERTAD DE FORMALos contratos podrán ser+SOLEMNES: para su perfeccionamiento requieren de una formalidad, mientras no se cumpla no se puede predicar perfeccionamiento, será imprescindible para la existencia real y jurídica del nj. NO ADMITE PRUEBAS SUPLETORIAS (recurrir a otros medios como prueba) las solemnidades surgen de la LEY +REAL, se perfecciona con la entrega de la cosa (contrato mutuo, préstamo, depósito) +CONSENSUALES, se perfeccionan con el mero acuerdo de voluntades (contrato de arrendamiento)

Las Formalidades pueden ser…+HABILITANTES: estabelcidas en consideración de las personas intervinientes.Los funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones, representantes de incapaces, curadores de discapaces mentales absolutos, albacea, depositarios+PUBLICIDAD: para que un documentos sea conocido por tercero debe ser inscrito en un registro público, los actos de enajenación de bienes raíces deben ser inscritos en registros públicos o instrumentos inmobiliarios.+PROBATORIAS*AD PROBATIONEM*, sirven para demostrar la relación jurídica aun cuando no existen documento, el documento facilitara la prueba, aplica a todas las prelaciones censualesADMITE PUEBA SUPLETORIA recurrir a otros medios probatorios.+CONVENCIONALES: aquella solemnidades creadas por voluntad de las partes ARRENDAMIENOESCRITURA PUBLICA.+AD SUSTASNTIAN ACTUS: solemnidades dispuestas en la ley para la existencia o validez de la propia negociación jurídica, No admite prueba supletoria, dependerá de la ley, TAXATIVA

PRINCIPIO DE LA RELATIVIDAEl nj solo afecta a las partes, pero no es absoluto tiene excepciones, hay cosas donde el nj se puede extender a terceros.+CONTRATO COLECTIVO: contrato que vincula a muchas personas, extiende sus efectos sobre terceros que no intervienen en la celebración. +ESTIPULACION POR/PARA OTRO, se aceptan obligaciones de un tercero POR, se asumen obligaciones en benéfico de un tercero PARA +REPRESENTACION. Una persona delega a otra para que celebre actos jurídicos en su nombreEl representante será quien recibe los poderes, podrá hacer lo que le delegue el representado, que quedara consignado en el acto de apoderamiento ACTO DE CONFIANZA*INTUITU PERSONAE*El representado quien delega y confiere poder +RELACIONES DE CONSUMO, existe la tendencia de proteger al consumidor, está en situación de debilidad manifiesta ante el distribuidor, expendedor o fabricante Ley 1480/12 responsabilidad solidaria, todos los que intervinieron en la cadena productiva deben responder ante el consumidor