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SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Dr. Hugo German Cáceres Leyes Administrador de Empresas Magister en Salud Ocupacional

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SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Dr. Hugo German Cáceres Leyes Administrador de Empresas

Magister en Salud Ocupacional

MARCO LEGAL • Ley 1562 de 2012. Por la cual se modifica el sistema de

riesgos laborales y se dictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional.

Articulo 1. Definiciones. Salud Ocupacional: Se entenderá en adelante como Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), definida como aquella disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, y de la protección y promoción de la salud de los trabajadores. Tiene por objeto mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo, así como la salud en el trabajo, que conlleva la promoción y el mantenimiento del bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones.

MARCO LEGAL Articulo 1. Definiciones.

Programa de Salud Ocupacional: Se entenderá como el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST). Este Sistema consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, organización, planificación, aplicación, evaluación, auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la SST.

Parágrafo. El uso de las anteriores definiciones no obsta para que no se mantengan los derechos ya existentes con las definiciones anteriores.

MARCO LEGAL

• Decreto 1443 de 2014. "Por el cual se dictan disposiciones para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)”

Articulo 37. Transición. Los empleadores deberán sustituir el Programa de

Salud Ocupacional por el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SGSST para lo cual, a partir de la publicación del presente decreto deberán dar inicio a las acciones necesarias para ajustarse a lo establecido en esta disposición' y tendrán unos plazos para culminar la totalidad del proceso, contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, de la siguiente manera:

MARCO LEGAL

Articulo 37. Transición.

a) Dieciocho (18) meses para las empresas de menos de diez (10) trabajadores.

b) Veinticuatro (24) meses para las empresas con diez (10) a doscientos (200) trabajadores.

c) Treinta (30) meses para las empresas de' doscientos uno (201) o más trabajadores.

MARCO LEGAL Articulo 37. Transición. Parágrafo 1. Para ajustarse alas plazos establecidos en el presente artículo, las

. empresas tendrán' en cuenta el promedio de número total de trabajadores, independientemente de su forma de contratación, del año inmediatamente anterior a la fecha de publicación del presente decreto, lo cual deberá quedar certificado por el representante legal de la empresa. Parágrafo 2. Para ·efectos del presente decreto, las Administradoras de Riesgos Laborales brindaran asesoría y asistencia técnica a las empresas afiliadas para la implementación del SG-SST, conforme a los plazos definidos en el presente artículo y del cumplimiento de esta obligación, presentarán informes semestrales a las Direcciones Territoriales del Ministerio del Trabajo.

MARCO LEGAL

Articulo 37. Transición.

Parágrafo 3. Hasta que se venzan los plazos establecidos en el presente artículo por tamaño de empresa, se deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Resolución 1016 de 1989.

OBJETIVOS

• Reconocer la importancia del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) en la prevención de los accidentes de trabajo y la enfermedad laboral así como de la productividad.

ENFOQUE PROGRAMA VS SISTEMA

• Focalizado en el cumplimiento con las normas

• Enfoque “ad hoc”

• Cierta autonomía de otras áreas

• Proceso lineal, consecución de metas, normas de orden-control

• Objetivos predefinido

• Evaluación de resultados.

• Mecanismos pobres de retroalimentación.

• Focalizado en la mejora de SST, no sólo en el cumplimiento de las normas

• Desarrollo “institucional”

• Articulación, integración, interdependencia.

• Proceso circular, mejora continua

• Objetivos continuamente reformulados.

• Evaluación de resultados pero consideración de recursos y procesos intermedios.

• Retroalimentación, punto clave.

PROGRAMA SISTEMA

Es una serie de etapas articuladas basadas en un proceso continuo, que posibilita desarrollar un plan o propósito de manera ordenada hasta lograr su cumplimiento y mejorándolo continuamente.

QUE ES UN SISTEMA DE GESTION

Identificación de Peligros

Es un conjunto de elementos interrelacionados o interactivos que tienen por objeto establecer una política, objetivos de SST, mecanismos y acciones necesarios para alcanzar dichos objetivos, estando íntimamente relacionado con el concepto de responsabilidad social empresarial, en el orden de crear conciencia sobre el ofrecimiento de buenas condiciones laborales a los trabajadores mejorando, de este modo, su calidad de vida, y promoviendo la competitividad de los empleadores en el mercado.

QUE ES EL SGSST

QUE SG-SST EXISTEN

CICLO DEMING - PHVA

MODELO OHSAS 18001

PLANIFICACION

Identificación

de Peligros

PLANIFICACION

PLANIFICACION

PLANIFICACION IDENTIFICACION DE RIESGOS

Identificación

de riesgos

IDENTIFICACION DE PELIGROS

PLANIFICACION

IDENTIFICACION DE PELIGROS

PLANIFICACION

IDENTIFICACION DE RIESGOS

PLANIFICACION

PLANIFICACION IDENTIFICACION DE RIESGOS

PLANIFICACION

PLANIFICACION

IMPLEMENTACION COPASST (Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo)

COPASST (Comité paritario de seguridad y salud en el trabajo)

El COPASST participara en la elaboración, aprobación, puesta en practica y evaluación de las políticas, planes y programas de promoción de la seguridad y salud en el trabajo El COPASST funcionara bajo la resolución 2013 del 86 para su funcionamiento

IMPLEMENTACION

IMPLEMENTACION

IMPLEMENTACION

IMPLEMENTACION

IMPLEMENTACION

IMPLEMENTACION

IMPLEMENTACION

IMPLEMENTACION

VERIFICACION

Pueden ser

programadas o no

VERIFICACION

VERIFICACION

VERIFICACION

VERIFICACION

VERIFICACION

REVISION

SANCIONES • Ley 1562 de 2012. Por la cual se modifica el Sistema de

Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional.

Artículo 13. Sanciones. Modifíquese el numeral 2, literal a), del artículo 91 del

Decreto-ley 1295 de 1994, de la siguiente manera:

• Incumplimiento de los SGSST, las normas SST y aquellas obligaciones propias del empleador, previstas en el SGRL acarreará multa de hasta quinientos (500) SMLVM, graduales de acuerdo a la gravedad de la infracción.

• En caso de reincidencia o incumplimiento, se podrá ordenar la suspensión de actividades hasta por un término de ciento veinte (120) días o cierre definitivo de la empresa.

• Incumplimiento de las normas SST multa de 20 a 1000 SMLVM.

• Suspensión de actividades o cierre definitivo.

SANCIONES

• Decreto 0472 de 2015:

Criterios para la imposición de sanciones del Ministerio del Trabajo. Por medio de la presente norma, el Ministerio del Trabajo reglamenta los criterios de graduación de las multas por infracción a las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo y Riesgos Laborales.

PROBLEMAS MAS COMUNES

• No se desarrollaron metas u objetivos adecuados.

• Falta de alineación entre metas y objetivos.

• Incomprensión de las metas y/o resultados esperados.

• No se consideraron diferentes soluciones.

• Compromiso de la dirección y liderazgo ausente

• .

PROBLEMAS MAS COMUNES

• Poca preparación preliminar.

• En la empresa no se “compra” el sistema.

• Poca participación de los trabajadores.

• Falta de recursos.

• Desarrollar metas de implementación irrealistas.

¿Y DESPUÉS QUÉ?

Las empresas con éxito se esfuerzan en mejorar continuamente su funcionamiento.

Esté siempre alerta a las oportunidades de mejorar las condiciones de trabajo y de reducir riesgos. En lo posible, alinee estas oportunidades con sus metas y objetivos. Esto proporciona un método de medir sus mejoras

MEJORA CONTINUA

QUE DEBERIA HACER LA EMPRESA

BIBLIOGRAFIA • GTC 45. Guía Técnica Colombiana

• Decisión 584 de la Comunidad Andina de Naciones. Diagnostico de condiciones de trabajo y salud, Accidente de Trabajo

• NTC- OHSAS 18001:

• ISO 31000: 2009. Análisis de Riesgo

• Gestión del Riesgo NTC 5254

• Decreto 1295 del 94

• Ley 776 del 2002

• Ley 1562 de 2012

• Decreto 1443 del 2014

GRACIAS…