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MANUAL DE CONVIVENCIA

Una Buena Educación Marca la Diferencia

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CONTENIDO

TITULO I: CRITERIOS Y POLÍTICAS INSTITUCIONALES.

CAPITULO I: HORIZONTE INSTITUCIONAL Y DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO. TITULO II: REQUISITOS DE INGRESO.

CAPITULO I: PARA SER ESTUDIANTE. CAPITULO II: DE LOS UNIFORMES. CAPITULO III: DEL HORARIO.

TITULO III: DERECHOS Y DEBERES. CAPITULO I: DE LOS ESTUDIANTES. CAPITULO II: DE LOS DOCENTES. CAPITULO III: DE LOS ADMINISTRATIVOS. CAPITULO IV: DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES. CAPITULO V: DE LOS DIRECTIVOS.

TITULO IV: LA CONVIVENCIA ESCOLAR. CAPITULO I: DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIAS.

TÍTULO V: DEL GOBIERNO ESCOLAR. CAPITULO I: DEL GOBIERNO ESCOLAR Y SUS ÓRGANOS.

TÍTULO VI: DE LAS ACTIVIDADES DE FORTALECIMIENTO. CAPITULO I: ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES. CAPITULO II: PLAN PADRINO. CAPITULO III: DE LOS EGRESADOS.

TITULO VII: SISTEMAS DE EVALUACIÓN. CAPITULO I: ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN. CAPITULO II: ESCALAS DE VALORACIÓN. CAPITULO III: ENTREGA DE INFORMES A PADRES CAPITULO IV: DE LOS PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN DE ESTUDIANTES. CAPITULO V: ACCIONES DE SEGUIMIENTO. CAPITULO VII: EVALUACIÓN PARA LA EXCELENCIA.

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CARTA DEL DIRECTOR. Este MANUAL DE CONVIVENCIA desde el momento de su adopción se convierte en nuestra constitución interna, que fundada en nuestra constitución, contiene todo un compendio de normativo, procedimientos y estrategias para regular el discurrir de la vida institucional, cuyo signo más sobresaliente deberá materializarse en una interacción pacifica de todas y todos dentro y fuera del área escolar. En otras palabras, este MANUAL DE CONVIVENCIA, es un conjunto de reglas que establece la forma en que debemos comportarnos todos los que convivimos al interior de nuestra institución para que exista bienestar (estudiantil, docente y directivo) y podamos desarrollar todos nuestros quehaceres de manera armónica y pacífica. Las normas comprendidas en nuestro MANUEL DE CONVIVENCIA, establecen los derechos y las garantías que tenemos sin excepción alguna, todos los agentes de la comunidad educativa para poder desarrollar cada cual su misión dentro de proceso de enseñanza aprendizaje. Ahora bien, en la medida en que este MANUAL DE CONVIVENCIA, otorga derechos a cada uno de los agentes que de una u otra forma nos relacionamos en el COLEGIO SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS DE TURBACO, como por ejemplo: el derecho que tienen todos los estudiantes de la institución a recibir una educación de primerísima calidad, y en condiciones dignas, o el derecho que tienen los docentes de nuestra institución a recibir su pago o remuneración por su trabajo de manera oportuna, o el derecho que tenemos todas las personas que interactuamos dentro del ámbito escolar a recibir un trato digno y respetuoso de cualquier agente con quien interlocutemos, en esa misma medida también impone deberes y obligaciones a todos y cada uno y que son de forzoso cumplimiento. Un ejemplo de esos deberes es: el respeto por los derechos ajenos, lo cual se materializa en el mantenimiento de la convivencia pacífica. Desde la perspectiva directiva y docente, dado nuestro rol de formadores en una institución donde confluyen niñas, niños y jóvenes desde preescolar hasta grado undécimo, es importante entender que en cada etapa de la vida nuestros estudiantes están influenciados por los patrones de comportamientos de su entorno familiar, escolar y social. También es bien cierto que algunos adolescentes tienden a experimentar con su imagen para declarar una identidad grupal o como herramienta de aceptación, esta es una etapa normal y transitoria caracterizada por la búsqueda de la confrontación de las normas instauradas por los adultos, pero en ellas toman decisiones que afectaran al joven a lo largo de su vida. Estamos convencidos en el COLEGIO SAGRADO CORAZON DE JESUS nos comprometemos por propiciar a nuestros estudiantes un ambiente armónico con la realidad socio cultural de nuestro día a día. No obstante, también es cierto que debemos velar porque los menores vean en los estudiantes de los últimos grados un ejemplo a seguir que les permita a futuro su normal incorporación a la vida en sociedad y al ambiente universitario y laboral. En ultimas, con la regulación contemplada en el MANUAL DE CONVIVENCIA (nuestra constitución interna), que es un reflejo fiel de nuestra constitución política, lo que pretendemos es crear conciencia en nuestras estudiantes en que, así como existen

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normas al interior del hogar de forzosa observación, también existen normas que regulan el comportamiento dentro de la institución educativa, y que tanto las normas de convivencia en el hogar como las normas contempladas en el Manual de convivencia resultan un ejercicio necesario y saludable para aceptar y respetar las normas constitucionales. Atentamente, Sandra Milena García Puello Rectora

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INTRODUCCIÓN

El Colegio Sagrado Corazón de Jesús de Turbaco, es una institución educativa de carácter privado, estructurada conforme con los lineamientos y preceptos legales exigidos por el Ministerio de Educación Nacional, mediante el cual buscamos el desarrollo integral de los educandos en los aspectos académicos, científicos, humanísticos y tecnológicos que sirva para el mejoramiento de la calidad de la educación, basándose en una educación religiosa católica que forme laicos comprometidos, sin menoscabo del derecho constitucional de la libertad de cultos.

El mutuo respeto en las relaciones interpersonales, el interés y consagración al estudio, la disciplina, la solidaridad, la honestidad son entre otros los valores que se fomentaran continuamente con el objetivo de lograr una formación que haga de los educandos personas exitosas.

El presente manual de convivencia presenta aspectos fundamentales que deben ser tenidos en cuenta por toda la comunidad educativa, en él, se establecen las pautas de interrelación que deben adoptarse para hacer de las relaciones de todas las personas de la comunidad una comunicación estrecha entre sus miembros, libre de conflictos y plena de satisfacciones.

Otros aspectos contenidos en este manual son los procedimientos y canales de comunicación existentes en la institución. Las normas, derechos y deberes y prevención y/o sanciones a las contravenciones contempladas en el presente manual de convivencia se ajustan a lo establecido en nuestra Constitución Política Colombiana, la ley 115/94, el Código de la Infancia y adolescencia establecido en la Ley 1098 del 8 de Noviembre de 2006, El decreto único reglamentario 1075 del 26 de mayo de 2015, entre otros, en el cual se recogen las normas vigente referente a la educación y en general normas reglamentarias y el proyecto Educativo del Colegio Sagrado Corazón de Jesús.

JUSTIFICACIÓN Para alcanzar la formación integral del ser humano en la edad escolar, para que el estudiante entienda que sus derechos tienen límites, y que esa medida está determinada por la línea o el lugar donde comienzan los derechos de los demás, es esencial la existencia de un conjunto de normas que regulen la vida de la comunidad educativa, como es el MANUAL DE CONVIVENCIA. Pero, igualmente, aunque el objetivo fundamental de este manual es regular la conducta de los estudiantes como piedra angular del proceso de enseñanza aprendizaje, sus normas también cobijan a los demás actores escolares. En este manual se recoge la filosofía institucional, se determina los objetivos cuyos logros se proponen y, se describe como debe como debe ser el estudiante

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del COLEGIO SAGRADO CORAZÓN (perfil del estudiante). Es por ello que, cuando se vulnera o desconoce el contenido del MANUAL DE CONVIVENCIA, es preciso aplicar los medios para encauzar el comportamiento del estudiante, tendiente a alcanzar su formación integral. En la aplicación del presente manual se entiende por disciplina: los comportamientos encausados al cumplimiento del conjunto de reglas establecidas para mantener el orden, el bienestar estudiantil, el bienestar docente, el bienestar directivo, el bienestar administrativo y en general, la convivencia armónica y pacífica entre los actores de la comunidad educativa. La disciplina es necesaria para coadyuvar a la formación de las personas y establecer con claridad el principio de autoridad. Si no se sancionan las faltas, se menoscabaría la disciplina y se fomentaría el caos institucional, familiar y social. La expresión material de la concepción de un ser humano integral, con principios y valores sólidos, sentido y actitud crítica ante todas las manifestaciones de la vida, respetuoso de las leyes y amante del conocimiento es el producto de la aplicación del conjunto de normas y preceptos que componen este MANUAL DE CONVIVENCIA. DEL COLEGIO SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS DE TURBACO; las normas y preceptos en comento, tienen su inspiración en nuestra carta política, en la declaración universal de derechos humanos, en las leyes 715/01 y sus decretos reglamentarios, ley 1098/06, ley 1620/13, ley 1618/13, la ley 1346/09, el código de infancia y adolescencia y los decretos 366/09, 1290/09, 1075/15, CARACTERIZACIÓN INSTITUCIONAL PRINCIPIOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA El COLEGIO SAGRADO CORAZÓN de JESÚS DE TURBACO, considera que la siguiente escala de PRINCIPIOS será el norte del presente MANUAL CE CONVIVENCIA, y orientaran todas las actuaciones de la institución: 1) Los principios consagrados en nuestra carta política. 2) los principios consagrados en los pactos y protocolos internacionales firmados por Colombia. 3) los principios relacionados con el respeto por la libertad de enseñanza sin restricción alguna de orden ideológico, social, político o religioso. 4) los principios relativos a la Orientación educativa y profesional a todos los estudiantes. Lo mismo que los relacionados a la orientación en materia de derechos humanos y la restauración de derechos cuando estos sean vulnerados. 5). los principios relativos a la inclinación permanente por las innovaciones educativas y culturales que ofrezcan las debidas garantías científicas. 6). Los principios relativos a la gestión democrática del desarrollo de la institución mediante la participación de todos los miembros de la comunidad educativa.

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7). Los principios relativos a Proporcionar a los estudiantes una formación humana y científica que les prepare moral e intelectualmente para su participación en la vida social, cultural y laboral de su época. 8). Los principios relativos a Formar a los estudiantes en el respeto por la norma y el rescate de la responsabilidad social que implica reconocer que los interese colectivos priman sobre los intereses individuales. OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA 1. Propiciar un clima óptimo para la convivencia armoniosa y pacifica. 2. Consensuar una hoja de ruta que haga posible a todos los actores tomar decisiones de acuerdo a la filosofía del colegio. 3. Salvaguardar la vigencia del derecho al debido proceso, en los casos de violación a este manual y cuando se afecte la convivencia. 4. Ser impulsor y promotor de los principios de convivencia ciudadana, basados en la participación, democracia y responsabilidad individual, proyectados a la comunidad en general. Permite que nos encaminemos a una sociedad mejor. 5. Cuando los derechos de niñas, niños y adolescentes sean vulnerados, propugnar por su restablecimiento. 6. Dar cumplimiento efectivo y eficiente a los pasos de la ruta de atención integral para la convivencia escolar, cuando se presenten situaciones que afecten el clima escolar. 7. Aplicar los protocolos de atención escolar cuando se identifiques situaciones tipo I – II y III y reportar los casos de acoso escolar a los comités de convivencia escolar institucional, municipal o nacional. 8. Propender por la armonía de las relaciones en la Comunidad Educativa en pro de una sana convivencia solidaria, participativa y democrática. 9. Facilitar el normal y adecuado desarrollo del plan curricular. 10. Diseñar rutas que propicien una relación amigable con el medio ambiente. 11. Ofrecer una estrategia una pedagógica que facilite formar ciudadanos íntegros y competentes. 12. Conforme se haya definido en el PEI, poner al tanto a los padres de familias y acudientes sobre los criterios y procedimientos para evaluar el aprendizaje, el rendimiento y el desarrollo de capacidades de los estudiantes. MARCO LEGAL DEL MANUAL DE CONVIVENCIA Edificar estrategias que apunten en la dirección de resolver tres problemas cruciales de nuestra nación es la premisa que se plantea en nuestro MANUAL DE CONVIVENCIA. Alternativas de solución a tres necesidades básicas de nuestra nación: 1. Construir un modelo de convivencia democrática basado en el respeto por el debido proceso y recuperar la confianza en la institucionalidad. 2. Hacer de Colombia un país avanzado en materia de derechos humanos, incluyente, respetuosa por la diferencia y confiado en el papel social del estado. 3. Formar a los niños, niñas y adolescentes en el respeto por la norma, el derecho a la legítima defensa y la responsabilidad en vía restauración de los derechos afectados a otros por su proceder inadecuado.

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El Colegio SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS DE TURBACO, con fundamento en el artículo 77 de la ley 115 de 1994, adopta las siguientes fuentes legales para la elaboración de este Manual de Convivencia en concordancia con la constitución, las disposiciones de la Corte Constitucional de Colombia y los lineamientos del MEN: 1. Constitución Política de Colombia de 1991 2. Carta Universal de los Derecho Humanos de 1948 3. Declaración de los Derechos del Niño: Ley 12 de Enero 22 de 1991 4. Carta internacional de los Derechos de la niñez y la juventud 5. Doctrina y Jurisprudencia de la Corte Constitucional (Actualizada) 6. Decreto 2277 de 1979: Estatuto docente 7. Ley 115 de 1994: Ley General de Educación 8. Decreto 1860 de 1994: Decreto Reglamentario de la Ley115 de 1994 9. Ley 489 de 1998: Normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional. 10. Ley 599 de 2000: Código penal Colombiano 11. Ley 715 de 2000: Normas orgánicas en materia de recursos y competencias 12. Ley 734 de 2002: Código único disciplinario para funcionarios públicos 13. Decreto 1850 de 2002: Reglamenta la organización de la jornada escolar y la jornada laboral de directivos docentes y docentes de los establecimientos educativos estatales. 14. Decreto 3020 de 2002: Criterios y procedimientos para organizar las plantas de personal docente y administrativo del servicio educativo estatal- 15. Decreto 1278 de 2002: Estatuto de profesionalización docente 16. Guía No. 6 del MEN – 2004: Estándares básicos de competencias ciudadanas 17. Decreto 1286 de 2005: Consejo de Padres y su participación en el mejoramiento de los procesos educativos de los establecimientos oficiales y privados. 18. Ley 1494 de 2005: Para realizar modificaciones en las plantas de cargos del personal docente, directivo docente y administrativo. 19. Ley 1098 de 2006: Nuevo código de la Infancia y la Adolescencia 20. Ley 1146 de 2007 Prevención dela violencia sexual. 21. Decreto 4807 de 2007: Condiciones de aplicación de la gratuidad educativa 22. Decreto 4840 de 2007: Reglamentación de la ley 1098 código de la infancia 23. Ley estatutaria 1266 de 2008: Hábeas Data reglamenta el manejo de la información contenida en las bases de datos con información personal 24. Decreto 366 de 2009: Inclusión de estudiantes con NEE o con talentos y capacidades excepcionales. 25. Decreto 1290 de 2009: Sistema de evaluación y promoción de los estudiantes

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26. Ley 1404 de 2010: Programa escuela para padres y madres en las IE. 27. Ley 1453 de 2011: Reforma del código de procedimiento penal de la ley 1098 de 2006 de infancia y adolescencia. 28. Ley 1437 de 2011: Código de procedimiento de lo contencioso Administrativo 29. Ley 1438 de 2011: Reforma del sistema general de seguridad social en salud 30. Ley estatutaria 1581 de 2012: Reglamenta el funcionamiento de las Juntas y foros de Educación y se establece el régimen de inhabilidades. 31. Ley 1620 de 2013: Se crea el sistema nacional de convivencia escolar. 32. Decreto 1965 de 2013: Decreto reglamentario de la ley 1620 de 2013 33. Decreto 1377 de 2013: Decreto reglamentario de la ley 1581 parcialmente. 34. Decreto 1965 de 2013 - Articulo 41 numeral 7 Relación de entidades y personas vinculadas en la ruta de atención integral para la convivencia escolar: • Policía Nacional • Policía de infancia y adolescencia • Secretaria de gobierno municipal • Personería Municipal. • Fiscalía general de la nación • Comisaria de familia • Defensoría de familia • Inspector de policía • ICBF – Instituto colombiano de bienestar familiar • Hospital – o puesto de salud • Bomberos – Cruz Roja – Defensa Civil – • Medicina Legal • Padres de familia o acudientes

MANUAL DE CONVIVENCIA

TITULO I: COLEGIO SAGRADO CORAZÓN DE

JESÚS CRITERIOS Y POLÍTICAS

INSTITUCIONALES

CAPITULO I

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Del Horizonte Institucional y Direccionamiento Estratégico ARTÍCULO 1.- El Colegio sagrado corazón de Jesús, fundamentado en los principios esenciales de su filosofía institucional y política de calidad, conforme al Art. 87 de la ley 115 del /94, acuerda con los representantes de los estudiantes, padres de familia, docentes y directivos, adoptar las reformas, cambios y actualizaciones al presente Manual de Convivencia, que es de obligatorio cumplimiento para toda su comunidad educativa.

ARTÍCULO 2.- Los directivos, personal administrativo y operativo, docentes, personal de servicios generales, padres de familia, antiguos estudiantes, ex alumnos y los estudiantes de todos los niveles escolares, en su conjunto, son considerados por EL COLEGIO SAGRADO CORAZON DE JESUS, como la comunidad educativa. En esta comunidad educativa, los estudiantes a quienes ofrecemos el servicio educativo, los consideramos como el centro del quehacer educativo integral.

ARTÍCULO 3.- El Horizonte Institucional. Basados en las necesidades del entorno y las expectativas generadas de quienes hacen parte del proceso educativo, definimos el siguiente horizonte institucional: 1. ASPECTOS MISIONALES.

MISIÓN

El colegio SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS, ofrece el servicio publico de educación en los

niveles de preescolar, básica primaria, media y secundaria, a la comunidad en general del

municipio de Turbaco, orientado en la formación de personas que se reconocen a sí

mismas y a los demás desde la multiculturalidad y la diversidad, con sentido critico que

lideren los procesos de cambios para una sociedad Turbaquera más humana y equitativa.

VISIÓN

En el 2025, EL COLEGIO SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS, será reconocido a nivel municipal,

departamental y nacional por su propuesta pedagógica, apoyada en un currículo que

responde a las exigencias del contexto, con una comunidad educativa fortalecida en el

ejercicio de sus derechos y actuar ciudadano, influenciada por un modelo pedagógico

incluyente.

PRINCIPIOS FILOSÓFICOS

CONCEPCIÓN DEL MUNDO: EN EL COLEGIO SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS, se considera

que es posible un mejor mundo (sociedad) para todos y todas, donde las diferentes

subjetividades interactúen en igualdad de condiciones para responder de manera

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efectiva y asertiva a construirlo sin exclusión, con mayor participación e igualdad de

oportunidades, fomentando un mayor reconocimiento social, tolerancia frente a las

diferencias y postura critica frente a las situaciones que afectan los intereses de las

mayorías.

CONCEPCIÓN DE LA EDUCACIÓN: La educación en EL COLEGIO SAGRADO CORAZÓN DE

JESÚS, es concebida como el proceso que permite, desde la práctica docente basada en

los principios constitucionales y fundamentos curriculares del orden nacional, la

formación de personas solidarias y ciudadanos responsables, capaces de imaginar una

sociedad distinta y de comprometerse en su construcción.

CONCEPCIÓN DEL HOMBRE: EN EL COLEGIO SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS, se asume

que el hombre y la mujer son seres pluridimensionales, históricos, sociales, con capacidad

para crear, cambiar, con identidad propia, con vocación hacia la vida y la trascendencia.

POLÍTICA DE CALIDAD Estamos comprometidos con un proceso de enseñanza aprendizaje en donde las niñas, niños y jóvenes constituyen el centro de nuestro quehacer, esmerándonos diariamente por ofrecerles un servicio educativo de excelente calidad que dé respuesta a las necesidades y expectativas de nuestra comunidad educativa como al entorno.

OBJETIVOS DE CALIDAD La máxima expresión de los objetivos de calidad del COLEGIO SAGRADO

CORAZON DE JESUS, están representados, materializados en un egresado que responda al perfil del hombre, del ser humano que requiere nuestra nación para alcanzar altos niveles de desarrollo humano y crecimiento económico, critico, analítico y con formación conceptual amplia y sólida.

Mejorando y desarrollando competencias básicas, ciudadanas, laborales en nuestros estudiantes, acortando el alcance de la materialización de sus proyectos de vida.

Copar las expectativas, los ideales, y las aspiraciones del estudiante, el docente,

el padre, el administrativo, el operativo, el directivo y del entorno CORAZONISTA.

Conforme a nuestra capacidad institucional en infraestructura y Con base en la satisfacción de sus aspiraciones, garantizar al máximo la continuidad de la población escolar.

Con el propósito de satisfacer ampliamente nuestras necesidades institucionales

en todos los ámbitos, propendemos por la potenciación y optimización nuestros recursos financieros.

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VALORES Y PRINCIPIOS INSTITUCIONALES: RESPONSABILIDAD: Cumplir con los deberes, compromisos y obligaciones;

aceptando completamente las consecuencias de decisiones y acciones. La responsabilidad facilita el desarrollo máximo del potencial del estudiante.

RESPETO: Reconocer el valor de cada quien en su persona y su propiedad, considerando la existencia de la dignidad humana, del entorno y de los bienes ajenos al momento de actuar y decidir.

HONESTIDAD: Desarrollar cualquier acción humana con rectitud, transparencia y sentido de pertenencia. La honestidad en nuestras acciones garantiza la tranquilidad de conciencia.

JUSTICIA: Reconocer a cada quien lo que le corresponde por sus derechos, necesidades, y responsabilidades. La Justicia nos hace equitativos.

SOLIDARIDAD: Interés y apertura hacia la comunidad, hacia el servicio a los demás y la participación social, para el logro del bienestar común. La solidaridad nos hace sensibles y facilita el servicio a los demás.

TOLERANCIA: Reconocer la diferencia; valorar, respetar y aceptar a las otras personas con su forma de pensar y de actuar aunque no lo compartamos. La tolerancia propicia el diálogo y los acuerdos de acción para una mejor convivencia.

INCLUSIÓN: Valorar la diversidad social, cultural, étnica, sexual y personal, que hace parte de nuestro entorno y asumir un compromiso significativo dirigido a dimensionar al ser indistintamente de su particularidad. Respetamos la particularidad y la diversidad y ofrecemos una educación de calidad para todos y todas.

INVESTIGACIÓN: busca incentivar en el estudiante el espíritu investigativo a partir de la identificación de situaciones problema y la búsqueda de soluciones que lo inducen a mejorar sus condiciones de vida y las de su comunidad.

ARTÍCULO 4.- IMPORTANCIA DE LAS NORMAS DISCIPLINARIAS O DE

COMPORTAMIENTO.

Para alcanzar la formación integral del ser humano en su edad escolar, es primordial la

existencia de un conjunto de normas que regulen la vida de la comunidad educativa,

como es el MANUAL DE CONVIVENCIA. En el se recoge la filosofía de la institución, se

determinan los objetivos cuyo logro se propone y se describe como debe ser el estudiante

del COLEGIO SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS. Es por ello que, cuando se vulnere o

desconozca su contenido, es precisos aplicar los medios para encausar el

comportamiento, tendiente a alcanzar la formación integral del estudiante.

En la aplicación del presente manual se entiende por DISCIPLINA como: los

comportamientos encausados al complimiento del conjunto de reglas establecidas para

mantener el orden y la buena convivencia entre los miembros de la institución.

La disciplina es necesaria apara fomentar la formación de las personas y el principio de

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autoridad. Si no se sancionaran las faltas, se menoscabaría la disciplina y se fomentaría el

caos institucional, familiar y social.

TÍTULO II

REQUISITOS DE INGRESO

CAPÍTULO I: PARA SER ESTUDIANTE

ARTÍCULO 5.- REQUISITOS PARA SER ESTUDIANTE DEL COLEGIO SAGRADO

CORAZÓN DE JESÚS. INSCRIPCIONES, MATRÍCULAS Y ADMISIONES.

ESTUDIANTES: Son Estudiantes del Colegio Sagrado Corazón de Jesús de Turbaco, aquellas personas que se matriculen de acuerdo con los requisitos establecidos en el presente Reglamento.

INSCRIPCIONES: Pueden inscribirse para ser admitidos, como Estudiantes de esta Institución, aquellos que a través de sus Padres o acudientes lo soliciten y cumplan con los requisitos establecidos en este Manual.

REQUISITOS PARA ADMISIÓN: Todo Padre de Familia o Acudiente que aspire la admisión de su Hijo o Acudido como Estudiante del Colegio, debe:

a) Realizar el proceso de inscripción ante la Secretaría de esta

Institución.

b) Presentar una entrevista con el coordinador, rector y/o psicóloga, para Estudiantes de Primaria Secundaria y media, esto permitirá conocer el estado Escolar del aspirante a ingresar a la Institución para determinar posible Orientación Pedagógica.

c) Presentar evaluación escrita, esto permitirá conocer cómo se encuentra el aspirante

en los que respecta a conocimientos mínimos para el curso al que aspira.

d) Acreditar los requisitos requeridos por la Secretaría de Educación Departamental y

por La Institución para el proceso de Matrícula que son:

Registro Civil de Nacimiento.

Copia de la Tarjeta de Identidad, si es mayor de siete (7)

años.

Certificado Médico.

Registro de Vacunas (solo

pre escolar). Certificado de

Paz y Salvo.

Certificado de Buena

Conducta.

Certificados de notas de los años anteriores.

e) Comprometerse junto con los Estudiantes a aceptar y cumplir el Presente Manual de Convivencia desde el momento que se firme El Contrato de Prestación de

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Servicios Educativos, hasta cuando se produzca su retiro.

ADMISIONES: serán admitidos como Estudiantes, aquellos aspirantes que cumplan con la inscripción ante la Secretaría de la Institución y las demás exigencias conforme al grado correspondiente.

ARTÍCULO 6. - COMPROMISO DE LOS ESTUDIANTES AL MATRICULARSE. DEFINICIÓN: Matrícula es la diligencia, mediante la cual, el Estudiante a través de su

Padre de Familia o Acudiente, suscribe el Contrato de Matrícula, que origina la relación

Administrativo- Académica entre la Institución y el Estudiante, a fin de brindarle

una Formación Integral, conforme a la Reglamentación Nacional, el PEI y los

principios de la Institución, que se encuentran el presente Manual y en el Reglamento

Académico.

La Matrícula se realizará por una sola vez al ingresar el alumno al Establecimiento

Educativo para cada periodo Académico (ley 115 de 1994, artículo 95). Este Contrato

tiene la duración del año escolar.

Las partes (Estudiantes, acudientes e Institución), se comprometen a cumplir las disposiciones presentadas en este Manual de conformidad con el código para el menor y la infancia, ley 115 de 1994, la C.P.C, ley 1620 de 2013 y decreto 1965 de 2013.Todo Estudiante, en el momento de la Matrícula, se compromete a:

a) Conocer, asumir e interiorizar la filosofía y pedagogía corazonista. b) Profundizar en su dimensión espiritual. c) Asumir con responsabilidad los compromisos del Manual de Convivencia. d) Cumplir con los compromisos académicos y de convivencia definidos por el

colegio. (Decreto 1290, Artículo 13 Numeral 1.) e) Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación

de sus debilidades. (Decreto 1290, Artículo 13 Numeral 2.) f) Asistir puntualmente a las clases y actividades programadas. g) Justificar la ausencia por escrito por medio del padre de familia o acudiente. h) Mantener una relación fraterna con todos los miembros de la comunidad. i) Ser honesto y leal. j) Ser responsable con la presentación de tareas, trabajos y evaluaciones en las

fechas acordadas. k) Responder al compromiso adquirido en las citaciones hechas por el consejo

Académico y/o comité de convivencia. l) Estar comprometido en un proceso de evaluación y autoevaluación continuo. m) Responder por los compromisos adquiridos (académico, deportivo, social,

cultural, y de representación del colegio). n) Hacer llegar a los padres de familia los comunicados o circulares que envía el

colegio. o) Manifestar un interés permanente por su autoformación.

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p) Mantener una presentación personal según las orientaciones del colegio, usar el uniforme completo y conservarlo aseado, de acuerdo con lo establecido en el presente Manual.

q) Ayudar a preservar el medio ambiente. r) Respetar las insignias del colegio y los símbolos patrios. s) Ser multiplicador de valores. t) Respetar y mantener una actitud adecuada en los actos litúrgicos, culturales,

sociales y deportivos. u) Valorar y cuidar la planta física, materiales y mobiliario del colegio. v) Valorar y cuidar los objetos personales y de sus compañeros. w) Acoger los llamados de atención y las correcciones que favorecen su progreso

personal. x) Informar sobre cualquier irregularidad que comprometa el buen nombre y

marcha del colegio. y) Portar con respeto y decoro el uniforme establecido por el colegio. z) Utilizar un vocabulario adecuado.

Parágrafo 1: Para participar en las selecciones y representar al Colegio en cualquier evento el estudiante debe mostrar en su proceso un adecuado rendimiento académico, disciplinario y actitudinal, presentando previa autorización del padre de familia y tener el aval del colegio para dicha representación.

Parágrafo 2: La renovación de la Matrícula para el siguiente año lectivo, implica la

adquisición de todos los compromisos y responsabilidades contempladas en el presente

Manual. Los Estudiantes Repitentes y con Dificultad de Comportamiento al momento de

la Matrícula deberán firmar juntamente con sus Padres y/o acudiente, un acta de

compromiso Académico y/o disciplinario según sea el caso.

Parágrafo 3: Después de haber firmado el compromiso académico y/o disciplinario si el

estudiante no los cumple en el año en curso, el siguiente año no podrá renovar su

matrícula y debe asumir un cambio de colegio.

CRITERIOS DE PERMANENCIA. ARTÍCULO 7: Entendiendo la educación como derecho y deber compartido entre el educando y su familia, nos vemos en la obligación de hacer cumplir las condiciones necesarias para el ejercicio de dicho derecho. Por tanto, de conformidad con el Art. 96 de la 43 y ley 115 de 1994, el colegio podrá unilateralmente dar por terminado el contrato de matrícula y/o cooperación educativa por alguna de las siguientes causales:

1. Incumplimiento de los compromisos suscritos entre la familia, el educando y por el colegio a través de las comisiones de convivencia, evaluación y promoción, en los cuales se consideran entre otros los siguientes aspectos:

a) Cumplir con los deberes y derechos consignados en el Manual de Convivencia.

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b) Cumplir con los compromisos tanto académicos como formativos que el estudiante y sus padres hayan firmado.

c) Cuando los compromisos: formativo y/o matrícula de última oportunidad han sido firmados como requisito para continuar en la institución, el estudiante y sus padres adquieren el compromiso de cumplirlos de lo contrario se generará reporte y citación con consejo de estudiantes y consejo de padres. d) Cada estudiante comprometido en este proceso debe demostrar actitud de cambio frente a las sugerencias presentadas, manifestando así compromiso con los valores corazonistas.

2. Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contempladas en el contrato

de matrícula y/o cooperación educativa en especial el incumplimiento en el pago de las obligaciones económicas a favor del colegio.

3. Infracción de alguna de las faltas tipificadas en el Manual de Convivencia 4. Si un estudiante obtiene desempeño bajo en el área de Comportamiento en la

valoración final, el estudiante perderá el cupo en el colegio. 5. Si un estudiante reprueba 4 o mas asignaturas en dos periodos consecutivos y no

logra recuperarlas a pesar de haber realizado actividades de nivelación. 6. Además de los criterios establecidos anteriormente, el Rector sugerirá,

recomendará y determinará la continuidad o no del estudiante en la Institución. PARÁGRAFO. EL Colegio Sagrado Corazón de Jesús respaldado por el Consejo Directivo podrán reservarse el derecho a NO renovar contrato de matrícula en aquellos casos en que encuentre probado la reiterada infracción de las normas contempladas en el Manual de Convivencia y/o a los miembros de la comunidad educativa que estén en contra de las políticas de la institución y demuestren reiterado malestar ante las normas o directrices impartidas por la institución.

ARTÍCULO 7.- PÉRDIDA DEL CARÁCTER DE ESTUDIANTE DEL COLEGIO SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS. La pérdida del carácter de Estudiante, implica la pérdida de todos los derechos

como tal. Ello solo puede ocurrir por:

a. Incumplimiento de los compromisos o normas señalados en el presente

Manual.

b. Retiro voluntario de Matrícula, diligenciado por el Padre y/o acudiente. c. Cancelación de la Matrícula, determinada por el Consejo Directivo, con justa

causa, en observancia del debido proceso y las normas del presente Manual.

d. La presentación de documentos falso o cometer fraude en el momento de la

Matricula.

e. Aquellos que completen el Curso o Grado al cual fueron Matriculados,

conforme a los Estatutos y los Reglamentos aplicables.

f. Bajo rendimiento académico en 2 o más periodos académicos sin mostrar

ninguna mejoría. Se considera con bajo rendimiento al estudiante que en dos o tres

periodos del año escolar reprueba 2 o más asignaturas.

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PARÁGRAFO: La NO RENOVACION de la matrícula en las fechas indicadas mediante por el

Plantel para este proceso, implicará la PERDIDA DE CUPO, que la Institución asignará o suprimirá

libremente a efectos de planear y organizar los cursos.

CAPÍTULO II: DE LOS UNIFORMES

ARTÍCULO 8.- UNIFORME: Con el fin de evitar la heterogeneidad en el vestir de los Estudiantes del Colegio Sagrado Corazón de Jesús de Turbaco, se establece cuatro (4) uniformes de carácter obligatorio para sus estudiantes los cuales, deberán ser portados dentro de la Institución y en los diferentes eventos a que asista la misma. Será a elección de la Rectoría, el uso de los uniformes en los eventos a que asista el Colegio Sagrado Corazón de Jesús de Turbaco.

ARTÍCULO 9.- UNIFORME DIARIO PARA LOS HOMBRES: Se encuentran obligados los Estudiante de sexo masculino del Colegio Sagrado Corazón Jesús a vestir diariamente de la siguiente forma:

- Zapatos Marrones, cerrados con cordón, según modelo. - Medias beige.

- Suéter color rojo, manga corta con el escudo Bordado de la institución en la

parte superior del pecho lado izquierdo y el nombre del colegio bordado en el

cuello.

- Pantalón Corto color Beige (preescolar a noveno) y Pantalón largo (décimo y

undécimo)

- Cinturón de cuero café.

- Cabello debidamente cortado, sin “colitas, copetes, rapaduras en patillas, sin

figuras, rayitos, etc.” el cabello debe tener un corte clásico.

ARTÍCULO 10.- UNIFORME DIARIO PARA LAS MUJERES: Se encuentran obligadas las Estudiantes de sexo femenino del Colegio Sagrado Corazón de Jesús de Turbaco, a vestir diariamente de la siguiente forma:

- Zapatos Marrones, cerrados con cordón, según modelo.

- Medias Beige.

- Suéter color rojo, manga corta con el escudo Bordado de la institución en la

parte superior del pecho lado izquierdo y el nombre del colegio bordado en el

cuello.

- Falda Pantalón de color beige con logo del colegio bordado en la parte inferior

izquierda, la falda deberá estar mínimo 4 centímetros por encima de la rodilla,

de no ser así se constituirá en falta tipo I.

ARTÍCULO 11.- UNIFORME PARA EVENTOS SOLEMNES HOMBRES: Se encuentran

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obligados los Estudiante de sexo masculino del Colegio Sagrado Corazón de Jesús de Turbaco, a vestir para eventos solemnes de la siguiente forma:

- Zapatos Marrones, cerrados con cordón, según modelo. - Medias Blanca

- Suéter color blanco, manga corta con el escudo Bordado de la institución en la

parte superior del pecho lado izquierdo y el nombre del colegio bordado en el

cuello.

- Pantalón Corto color Beige (preescolar a noveno) y Pantalón largo (décimo y

undécimo)

- Cinturón de cuero café.

- Cabello debidamente cortado, sin “colitas, copetes, rapaduras en patillas, sin

figuras, rayitos, etc” el cabello debe tener un corte clásico.

ARTÍCULO 12.- UNIFORME PARA EVENTOS SOLEMNES MUJERES: Se encuentran obligadas las Estudiantes del sexo femenino del Colegio Sagrado Corazón de Jesús de Turbaco, a vestir para eventos solemnes de la siguiente forma:

- Zapatos Marrones, cerrados con cordón, según modelo.

- Medias Blancas.

- Suéter color blanco, manga corta con el escudo Bordado de la institución en la

parte superior del pecho lado izquierdo y el nombre del colegio bordado en el

cuello.

- Falda Pantalón de color beige con logo del colegio bordado en la parte inferior

izquierda, la falda deberá estar mínimo 4 centímetros por encima de la rodilla,

de no ser así se constituirá en falta tipo I.

ARTÍCULO 13.- UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA DE TODOS LOS ESTUDIANTES: Se encuentran obligados los Estudiantes del Colegio Sagrado Corazón de Jesús de Turbaco, a vestir exclusivamente el día de la clase de Educación Física y Danza de la siguiente forma:

- Zapatos Tenis completamente blancos, sin ningún otro color. - Medias Blancas.

- Suéter color Blanco, manga corta con vivos y cuello rojo y el escudo Bordado

de la institución en la parte superior del pecho lado izquierdo.

- Sudadera roja con logo de la institución bordado sobre la rodilla izquierda

a cuatro Centímetros máximo por encima de esta.

ARTÍCULO 14.- UNIFORME DE PROMOCIÓN GRADO 11°. Se encuentran obligados los estudiantes en el Colegio Sagrado Corazón de Jesús de Turbaco, a vestir el uniforme de promoción que es escogido en común acuerdo entre los estudiantes y aprobado por el consejo académico de la siguiente forma:

- Jean azul (Viernes)

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- Pantalón o falda biege ( Miércoles) - Suéter de la promoción

- Zapatos blancos sin líneas o figuras de otro color.

ARTÍCULO 15.- UNIFORME DE CLUBES DE FORTALECIMIENTO DE TALENTO.

Se encuentran obligados los estudiantes en el Colegio Sagrado Corazón de Jesús de

Turbaco, a vestir el día viernes de la siguiente forma:

Suéter color Blanco, manga corta con el escudo Bordado de la institución en la parte superior del pecho lado izquierdo y cuello bordado con el nombre de la institución.

Jean azul sin estampados, degradados y sin ningún tipo de agujeros.

Zapatos tenis blanco con cordones sin ningún tipo de estampados o de líneas.

Los estudiantes de grado 11° deben portar el uniforme de promoción escogido

por ellos para el año de su graduación.

ARTÍCULO 16.- UNIFORME DE EQUIPO.

Se encuentran obligados los estudiantes en el Colegio Sagrado Corazón de Jesús de

Turbaco, a vestir durante las actividades de equipo (conformado por uno o dos

estudiantes de cada grado )

Suéter del color de su equipo, manga corta tipo polo con el escudo Bordado de la institución en la parte superior del pecho lado izquierdo

Jean azul sin estampados, degradados y sin ningún tipo de agujeros. Zapatos tenis blanco con cordones sin ningún tipo de estampados o de

líneas.

Los estudiantes de grado 11° deben portar el uniforme de promoción

escogido por ellos para el año de su graduación.

CAPÍTULO III: HORARIO

ARTÍCULO 17.- HORARIO DE LOS ESTUDIANTES.

Los estudiantes de cuarto a undécimo se regirán por el siguiente horario:

DE LUNES A JUEVES

6:20 A.M A 2:45 P.M

VIERNES

6:20 A.M A 1:00 P.M

Los estudiantes de preescolar a tercero se regirán por el siguiente horario:

DE LUNES A JUEVES

7:10 A.M A 2:45 P.M

VIERNES

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7:10 A.M A 1:00 P.M

ARTÍCULO 18.- HORARIO DE JORNADAS DE REFLEXIÓN.

Los estudiantes que deban asistir a jornadas de reflexión, lo harán los días viernes cada

quince días previo análisis del comité de convivencia y notificación por escrito a padres,

en estos encuentros cada estudiante debe estar con sus padres o acudidos.

VIERNES DE 1:00 P.M - 3:00 P.M

ARTÍCULO 19.- HORARIO DE JORNADA DE RECUPERACIÓN Y SUPERACION DE LOGROS

(SEMANA PLATINO).

Los estudiantes que queden con logros pendientes en cualquier asignatura deberá asistir

a jornadas de recuperación y superación de logros llamada semana platino. Estas

jornadas iniciarán una semana después de la entrega de informes. Las fechas serán

organizadas por el Consejo Académico y publicado en diferentes medios: facebook,

whatsapp, tablero mural de cada salón.

Horario: 3:00 P.M - 5:00 P.M

ARTÍCULO 20.- HORARIO DE ATENCIÓN AL PÚBLICO.

La persona responsable de atención será la recepcionista.

DE LUNES A VIERNES

6:30 P.M - 11:30 P.M

1:30 P.M - 3:30 P.M

ARTÍCULO 21.- HORARIO DE ENTREGA DE RECIBOS Y CERTIFICADOS.

La persona responsable de la entrega de recibos, certificados y de documentos será la

secretaria o quien haga las veces de ella.

DE LUNES A VIERNES

6:20 A.M a 6:40 a-m

3:15 p.m a 3:40p.m

ARTÍCULO 22.- HORARIO RECEPCIÓN DE ALMUERZO.

La institución designará diariamente a una persona responsable de la recepción de

almuerzo. Quien solo lo hará por la puerta ubicada en calle del Tronco.

DE LUNES A VIERNES

11:45 A.M - 12:15 PM

ARTÍCULO 23.- HORARIO DE DOCENTES. Los docentes corazonistas se regirán bajo el siguiente horario DOCENTES TIEMPO COMPLETO DE LUNES A VIERNES

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6:15 A.M - 3:15 P.M SÁBADOS 9:00 A.M - 12:00 P.M

ARTÍCULO 24.- HORARIO DE ATENCIÓN DE PADRES DE FAMILIA. La atención a padres de familia podrá solicitar atención por parte de docentes, psicología, capellán, directivos y/o cualquier trabajador del cual se necesite colaboración o atención se hará de acuerdo a los siguientes horarios de

DOCENTES 6:20 a.m a 6:40 a.m 3:15 p.m a 3:30 p.m PSICOLOGÍA Martes y Jueves 7:00 a,m a 12:30 p.m CAPELLAN Jueves 8:00 a.m. a 12:00 m Estas reuniones se concretaron bajo el mutuo acuerdo de las personas involucradas. Solo tendrán validez por contacto telefónico.

TÍTULO III DE LOS DERECHOS Y DEBERES.

CAPÍTULO I: DE LOS ESTUDIANTES ARTÍCULO 25.- PERFIL DEL ESTUDIANTE. En común acuerdo la comunidad educativa ha acordado que los estudiantes del colegio sagrado corazón de Jesús, se distinguirán por tener: RASGOS DE PERSONALIDAD: con autoestima positiva y deseos de superación mediante la autogestión. Con alto nivel de sensibilidad social. Responsable con los compromisos que asuma. Fraterno, solidario y cooperativo en las dificultades de sus compañeros. Constantes y dedicados en sus labores. Capaces de orientar su vida con autorregulación, con capacidad para manejar los conflictos diarios de manera pacífica. Con espíritu crítico y creativo en la solución de problemas de entorno. CONDUCTAS Y ACTITUDES: capaces de vivir en sociedad, respetando las diferencias y los derechos de los demás, conociendo y defendiendo los derechos humanos en sus familia y su comunidad. Amantes de la vida y la libertad. Practicantes de la fe esencialmente en su vida familiar y comunitaria, que tengan la moral como principio básico. Con una presentación personal aseado, decorosa y en concordancia con la filosofía y los valores. Defensores del medio ambiente y demás manifestaciones de la vida. Respetuosos de los seres que los rodean. Decentes, con buenas costumbres.

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CAPACIDADES INTELECTUALES: Razonamiento lógico y analítico para resolver problemas matemáticos, de otras áreas y de su entorno. Con buen manejo de las habilidades comunicativas como. Leer, escribir, hablar, escuchar y analizar los sucesos cotidianos. Practicantes de la democracia respetuosos de las leyes, los reglamentos y los acuerdos pactados. Habilidades en el manejo de las nuevas tecnologías e informática para su servicio y desarrollo de las competencias básicas que le permitan adquirir competencias específicas de las especialidades de la media técnica. HABILIDADES Y TALENTOS: amantes y practicantes de los deportes y actividades recreativas sanas como estrategias para el buen uso del tiempo libre desarrollo de habilidades artísticas. • Estudiantes que fomenten la necesidad de conocimiento para la superación humana y el mejoramiento de la calidad de vida. • Deseosos siempre de superarse académica y personalmente. • Participativos en la toma de decisiones. • Estudiantes que descubran sus propias cualidades y limitaciones de acuerdo con la realidad del entorno, cultivando su disciplina, reivindicando la dignidad del trabajo y desarrollo de la autoestima. • Que sean cultos, investigativos, disciplinados y respetuosos. • Puntuales, responsables, cumplidores de sus deberes. • Agradecidos, leales y respetuosos con la institución que los educa. • Que amen y respeten la vida propia y la de los demás. • Que desarrollen su capacidad de liderazgo, para que transformen su entorno. • Que desarrollen un firme carácter en su personalidad a partir de la justicia y de la honestidad. • Con alto sentido de pertenencia a la institución. • Que manifiesten atributos positivos (valores) en su diario vivir. • Que propicien actitudes de compromiso con la institución, la familia, el entorno y la sociedad.

ARTÍCULO 26.- DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES: son Derechos del Estudiante: 1) Ser escuchado en sus solicitudes y explicaciones siempre que estas se den en

una actitud de respeto hacia las otras personas. 2) Recibir información oportuna sobre las actividades y decisiones que se realicen

con sus compromisos Estudiantiles.

3) Recibir actividades complementarias de refuerzos, recuperación y

profundización en todas las áreas.

4) Nivelar o recuperar hasta dos áreas y/o asignaturas; el alumno que perdiera tres

o más áreas debe repetir el grado en el que se encuentra matriculado y su caso

será sometido a estudio del concejo directivo.

5) Solicitar y recibir explicaciones del Docente en asuntos Académicos y

Disciplinarios siempre con cortesía y utilizando el conducto regular de

Docentes del área o asignatura, Director de Grupo, Coordinador y Rector.

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6) Hacer sugerencias que conduzcan al perfeccionamiento de Colegio y mayor rendimiento en las labores. Estos se representan a través del representante de los alumnos de cada Grupo o a través del Personero.

7) Que se respete su dignidad como personas, así como su intimidad individual y

Familiar, siempre que estos no atenten contra las buenas costumbres de

la Comunidad educativa.

8) Ser orientados cuando se le detecten condiciones excepcionales a nivel

intelectual, artísticos, deportivos o de liderazgo.

9) Recibir orientación sexual adecuada que le permita el Conocimiento de sí mismo, el desarrollo de su autoestima y preparación para una vida Familiar armónica y responsable.

10) Recibir una Educación integral de calidad, de acuerdo con los logros propuestos

por el grado en el proyecto Educativo.

11) Recibir oportunamente el informe Académico y de convivencia al terminar cada

periodo académico para lo que deberá está al día en el pago de sus pensiones

escolares.

12) Que se garantice su participación en los distintos órganos del Gobierno Escolar. 13) Ser atendido oportuna y cordialmente por el Personal Administrativo en lo

referente a la solicitud de certificados, lo cual debe estar dentro de los horarios

establecidos por la Institución.

14) Utilizar y recibir oportunamente los servicios de Bienestar Estudiantil de los que

dispone la Institución.

15) Que le respeten todos los derechos contemplados en el código del menor

y otras normas civiles que le garanticen el debido proceso en caso de Sanción.

16) Participar en los Programas Religiosos que la Institución realice, esto

teniendo en cuenta que El Colegio Sagrado Corazón de Jesús.

ARTÍCULO 27.- DEBERES DE LOS ESTUDIANTES: Los deberes de los Estudiantes del Colegio Sagrado Corazón De Jesús de Turbaco, son:

1) Cumplir las normas, Reglamentos, Disposiciones u órdenes

establecidas por la Institución.

2) Respetar, aceptar, practicar aprender las Insignias del Colegio. 3) Acatar las decisiones o sanciones que impongan autoridades de la Institución,

con observancia del debido proceso.

4) Relacionarse respetuosamente con todos los miembros de la Comunidad

educativa y visitantes. Contribuyendo para que el proceso Educativo se

desarrolle en un ambiente de comprensión, de mutuo respeto y crecimiento

intelectual.

5) Atender con disciplina y responsabilidad a las Clases y participar activamente

en ellas respetando el derecho de los demás.

6) Contribuir con buenos modales, amor al Estudio y honestidad al buen

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nombre del Colegio.

7) Traer los materiales necesarios para el desarrollo de la Clase. 8) Preocuparse por una correcta presentación (uñas cortas y sin pintar, corte de

cabello normal sin: “colitas, copetes, rapados o figuras, tinturado, sin rayitos

o cualquier tipo de tinte”), tener en orden en los implementos que utiliza para

su trabajo; además portar el uniforme completo, sin cambios ni adornos

incompatibles, dentro y fuera de la Institución.

9) Respetar y cuidar la Planta física, muebles, enseres y útiles que se han puesto

a su servicio con fines Educativos, responder por ellos, devolverlos cuando les

sean prestados.

10) No traer al Colegio prendas ostentosas, en caso de que lo haga, se hace

responsable por la posible pérdida de estas.

11) Los Estudiantes deben formar para la oración o comunidad antes de entrar a

Clases.

12) Representar al Colegio ante cualquier otra Institución, en eventos

deportivos, Culturales, artísticos. Si el Colegio dota a estos niños de los

implementos necesarios para su participación, la premiación recibida

quedara en la Institución.

13) Matricularse y cancelar el respectivo derecho, en el tiempo

establecido por la Institución.

14) Cancelar dentro de los cinco primeros días de cada mes las pensiones de

Estudio, para la buena marcha de la Institución. Garantizando su

permanencia en ella.

15) Emplear un vocabulario adecuado.

16) Permanecer en el Colegio durante la jornada de Estudios, solo podrá salir con previa autorización de la coordinadora de Académica.

17) Cumplir las normas del presente Manual de Convivencias, y los

Reglamentos de las distintas dependencias del Plantel.

18) Cuidar de los jardines y contribuir para su funcionamiento, conservación de

su entorno que lo rodea.

PARÁGRAFO 1: En caso de llegar tarde a la iniciación de Clases, el alumno permanecerá

en el lugar asignado por el directivo o las personas a quien ellos deleguen durante la

primera hora, pues la clase no puede interrumpirse. El Docente de la respectiva

asignatura deberá consignarlo en su registro de asistencia para hacer el respectivo

seguimiento a fin de reportarlo al Director de Grupo o Coordinación quien desarrollara

el debido seguimiento. El llegar tarde a clases es considerado como falta tipo I

según lo estipulado en este manual de convivencia por lo que se aplicará la sanción

determinada para el caso.

PARÁGRAFO 2: los estudiantes solo pueden permanecer en la institución 30 minutos

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después de la hora de salida, si los padres de familia no los han recogido durante este

lapso se constituirá como una falta tipo I, la cual tendrá consecuencias para el padre de

familia y el estudiante.

ARTICULO 28.- EN LOS BUSES CONTRATADOS PARA SALIDAS PEDAGÓGICAS.

Los estudiantes deberán entender que su estadía dentro de un bus contratado

por el colegio sagrado corazón de Jesús se asimila a una extensión del salón de

clases, por lo tanto, las normas del manual de funciones rigen allí también.

Los estudiantes deben tratar de manera respetuosa a las supervisoras, docentes,

conductores y ayudantes.

Los alumnos saludaran y se despedirán del conductor al subir y bajar del bus.

Los estudiantes deberán subir a los buses según el horario, con el uniforme

completo, limpio, en buen estado y con el que corresponde a cada día. Deben

cumplir con las normas de presentación personal, de lo contrario no tendrán

permitido hacer uso del servicio.

Seguirán las instrucciones que del conductor, lo mismo que la de sus docentes,

ayudantes y demás personal de apoyo.

Hablaran en voz baja durante el recorrido del vehículo.

Mantendrán las manos y cabeza dentro del bus.

Deberán permanecer en el asiento asignado.

No se permite ponerse de pie ni cambiarse de puesto durante el recorrido.

Responder por el buen estado del puesto asignado. Razón por la cual notificaron

a su docente de cualquier anormalidad al recibirlo asignado.

Portar el permiso de los padres y aprobación de las directivas de colegio.

Los alumnos no podrán bajarse en paradas diferentes a las autorizados o

indicadas.

Al terminar la salida pedagógica deberán seguir las instrucciones del docente a

cargo, hacer fila y dirigirse directamente a bus.

El o los estudiantes que infrinjan estas normas de comportamiento en salida

pedagógica, recreativa cultural o deportiva, recibirá:

Amonestación verbal por parte del docente o responsable del evento.

Amonestación escrito enviada a los padres.

ARTÍCULO 29.- EN LA CAFETERÍA O COMEDOR.

Los estudiantes deberán pedir con respeto y comedimiento a los empleados, lo

que requieran.

Ingresar a comprar únicamente en el horario correspondiente al descanso.

Demostrar permanentemente modales adecuados y normas de

comportamiento.

Recogerlos los empaques de los artículos consumidos y depositarlos en canecas.

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CAPITULO II: DE LOS DOCENTES

Conforme al artículo 104 de la Ley 115 /94, el docente es el orientador del proceso de formación, enseñanza y aprendizaje de los estudiantes, acorde con las expectativas sociales, culturales, éticas y morales de la familia y la sociedad. PERFIL DEL DOCENTE CORAZONISTA:

ARTICULO 30.- El docente contratado por el COLEGIO SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS

debe ser un profesional equilibrado, con sentido crítico, que practique los valores

humanos con una excelente formación integral, que reconozca y se adapte, enfrente y

oriente de forma adecuada los diferentes cambios que se presentan en e desarrollo de

los(as) niños(as) y jóvenes.

Con capacidad de liderazgo, escucha, disponibilidad, autonomía, criticidad, responsabilidad y justicia.

Con una sólida formación profesional y humana. Facilita los canales de comunicación y mediación con la Comunidad Educativa. Tiene niveles de exigencia dentro de la calidez, siendo coherente en la acción. Innovador con sentido creativo, disposición de cambio y actitudes de orientador. Abierto a la tecnología y al aprendizaje de las cosas nuevas, propias de la época. Con sentido de pertenencia, que enseña con el ejemplo y autoridad moral a sus

estudiantes. Con alto sentido de responsabilidad y conocimientos de su área para educar con

calidad. Serio y comprometido con la formación integral de sus estudiantes. Que asume la labor docente como algo que surge de los valores proyectados con

idoneidad. Responsable, tolerante, solidario, honesto, participativo, respetuoso y líder ante

los grupos. Con disciplina de cambio permanente, actitud positiva frente a los retos, con

sentido investigativo permanente.

ARTÍCULO 31.- DEBERES DE LOS DOCENTES a. Mantener una presentación personal adecuada.

b. Acompañar a los representantes de los estudiantes en el desarrollo de sus funciones. c. Cumplir con las funciones que implique el cargo para el cual haya sido asignado. d. Cumplir con la jornada laboral. e. Conocer y asumir plenamente la filosofía y pedagogía corazonista. f. Ofrecer una formación con principios cristianos católicos. g. Orientar y formar con su testimonio de vida cristiana. h. Mantener relaciones cordiales y respetuosas en la comunidad educativa. i. Actualizarse en la parte pedagógica. j. Ser responsable y comprometido con su misión de docente corazonista: preparación y puntualidad en clases.

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k. Mantener una relación abierta y continua con los padres de familia. l. Conocer y acompañar el proceso formativo del estudiante. m. Asumir con convicción el Manual de Convivencia. n. Participar activamente en todas las actividades organizadas por la comunidad educativa. o. Abstenerse de organizar rifas, paseos, exigir libros o material extraordinario sin la previa autorización de las Directivas. p. Abstenerse de organizar cualquier tipo de negocios con estudiantes o padres de familia. q. Participar activamente, si es asignado, en alguno de los Comités establecidos por la Institución. r. Acompañar y colaborar al director de grupo en las actividades programadas. s. Conocer, promulgar y proceder según el conducto regular. t. De conformidad con la ley de Infancia y adolescencia, asumir la posición de garantes de la protección y eficacia de los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes. u. Solicitar permisos de salida o ausencia al Coordinador General o rector según sea el caso. v. Informar anticipadamente al Coordinador Académico para que busque los reemplazos correspondientes. w. Dejar con anterioridad en coordinación académica los talleres y/o trabajos para los estudiantes con quienes tendría clase durante su ausencia. x. Asumir con responsabilidad los compromisos del Manual de Convivencia. ARTÍCULO 32.- DERECHOS DE LOS DOCENTES a. Ser respetado y escuchado. b. Trabajar en un ambiente de respeto y fraternidad. c. Capacitarse y actualizarse permanente con el apoyo de las directivas. d. Proponer iniciativas que favorezcan el crecimiento de la comunidad. e. Ser respaldado en su compromiso de docente corazonista. f. Ser autónomo en el desarrollo de su proyecto educativo bajo los lineamientos del Proyecto Educativo Corazonista. g. Elegir y ser elegido en asamblea de profesores para el consejo directivo. ARTÍCULO 33.- FUNCIONES. a. Presentar, según la programación del colegio, los informes académicos y formativos de los Estudiantes. b. Participar en la planeación, programación y ejecución de las actividades propuestas por los departamentos y/o coordinador académico. c. Mantener una adecuada dinámica en el proceso académico y formativo de los estudiantes. d. Llevar un seguimiento ordenado de la programación de área según orientación del departamento y/o coordinador académico. e. Controlar e ingresar al sistema institucional la asistencia de los estudiantes y presentar el Informe a coordinación. f. Realizar una evaluación permanente, cuantitativa e integral a los estudiantes.

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g. Mantener un diálogo permanente con profesores y estudiantes sobre la evolución del procesos formativo de éstos. h. Responder por la seguridad y el uso adecuado de los equipos y materiales confiados a su manejo. i. Fomentar en los estudiantes el respeto a la vida en todas sus manifestaciones. j. Fomentar hábitos de estudio, puntualidad, responsabilidad y excelentes relaciones humanas. k. Orientar el comportamiento de los estudiantes en filas, salones, descansos y en todas las actividades programadas. l. Velar por el buen uso de la planta física y mobiliario de la institución. m. Apoyar y orientar la realización de proyectos de investigación que hagan parte del PEI. n. Involucrar al padre de familia en el proceso formativo del estudiante. o. Acompañar a los estudiantes, en las horas de descanso y almuerzo, según los horarios establecidos. p. Planear, diseñar y ejecutar los planes de mejoramiento y realizar los procesos de recuperación a los estudiantes. q. Velar por el orden y buena convivencia de los estudiantes durante el desarrollo de los descansos, momento en el cual deberá evitar los juegos bruscos y con que presenten algún riesgo, las bromas de mal gusto o cualquier acto que se considere como falta en el presente manual. El Colegio Sagrado Corazón de Jesús no se hace responsable de pérdida o daño de elementos pertenecientes a los docentes que no sean propios o necesarios para el cumplimiento de sus funciones, como celulares, equipos de cómputo, equipos de audio o video. El uso excesivo de celulares por parte de los docentes es una distracción para el grupo de estudiantes a los que les está impartiendo clases, por lo tanto los docentes deben evitar al máximo el uso de estos elementos durante el desarrollo de las misma y así evitarse llamados de atención por parte de las directivas del colegio.

CAPÍTULO III: SANCIONES Y PROHIBICIONES A DOCENTES ARTÍCULO 34.- SANCIONES.

1) Para cumplir con la programación académica de cada asignatura se hace

necesaria la asistencia puntual a clases de todo el cuerpo docente.

2) En el caso de que algún docente llegue tarde o no asista a clase sin justa causa se le aplicara una sanción que consiste en descontar de su salario el valor correspondiente a la(s) hora (as) no dictadas.

3) El docente que no porte el uniforme estipulado para cada día se le aplicara una sanción la cual consiste en llamado de atención verbal. Al segundo llamado de

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atención referente al mismo tema por escrito con copia a la hoja de vida. 4) El docente que cumpla con todas las reglas y funciones estipuladas por la

institución recibirá un estímulo por parte de las directivas, reconocimiento y

publicación escrita anexada a su hoja de vida.

5) Al finalizar el periodo académico se revisaran las metas alcanzadas si superan el 90% se organizará un compartir.

ARTÍCULO 35.- PROHIBICIONES: Se encuentra prohibido utilizar accesorios, que no combinen con los colores del uniforme, así como el uso de aretes llamativos, pulseras, piercing o collares.

ARTÍCULO 36.- UNIFORME DE DOCENTES Se encuentran obligados los docentes a portar en el Colegio Sagrado Corazón de Jesús de Turbaco tres uniformes, definidos a continuación, en los siguientes días:

Martes y Jueves:

- Zapatos café - Medias beige

- camisa manga corta color blanco

- pantalón largo beige

Lunes y Miércoles:

- Jeans azul - Camisa con rayas blancas y rojas manga corta

- Zapatos negros.

Viernes:

- Jeans azul

- Suéter beige tipo polo con logo del colegio

- Zapatos cerrados

Se encuentran obligados a portar los docentes en fechas especiales:

- Zapatos cafe - Medias beige

- camisa manga larga color blanca

- pantalón largo beige

PARÁGRAFO 1: En común acuerdo con los directivos y según algunas actividades lo

ameriten se podrá cambiar el uniforme asignado en los artículos anteriores y se indicará

que uniforme se debe usar.

ARTÍCULO 37.- HORARIO DE DOCENTES.

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El colegio sagrado corazón de Jesús cuenta con dos tipos de docentes para los cuales regirá el siguiente horario.

Docentes de Tiempo completo Entrada. 6:15 a.m.

Salida 3:15 P.m.

Docentes de Tiempo parcial. Entrada: Según horario estipulado Salida: según horario estipulado

CAPITULO IV: DEL DIRECTIVO DOCENTE.

ARTICULO 38.- PERFIL DEL DIRECTIVO DOCENTE. De conformidad con el artículo 126 de la Ley 115 /94 los directivos docentes son los educadores que ejercen funciones de dirección, coordinación, supervisión e inspección, programación y asesoría. En consecuencia, el directivo docente CORAZONISTA, deberá ser:

Crítico, reflexivo, investigativo e innovador. Con capacidad de gestionar recursos y proyectos para la institución. Promotor de ambientes sanos de convivencia que propenda por el sostenimiento

de un clima institucional apropiado. Motivador en el desarrollo de proyectos y avances pedagógicos que mantengan

actualizada la institución en términos educativos. Líder, capaz de mantener la moral en alto de todos los miembros de la comunidad

educativa. Tener conocimiento sobre: administración de personal, de procesos, de recursos,

información, infraestructura, equipos y materiales. Conocer la normatividad educativa vigente. Conocer la filosofía institucional. Conocer todos y cada uno de los procesos que se desarrollan en la institución. Capacitarse y actualizarse permanentemente sobre el área de su desempeño. Trabajar en equipo y delegar. Tener la capacidad de convocatoria y de proyección. Todos los demás que vayan en pro del mejoramiento de la calidad de la educación

que imparte la institución. Representar legalmente al plantel.

CAPITULO V: DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO.

ARTÍCULO 39.- PERFIL DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO.

Las secretarias, profesionales universitarios administrativos, psicólogos, trabajadores

sociales, operadores del sistema de matriculas, bibliotecarios, auxiliares administrativos,

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auxiliares de servicios generales, vigilantes, mensajeros y resto de personal de apoyo al

servicio del COLEGIO SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS, se deben caracterizar por tener

una buena formación en cada una de sus áreas del conocimientos, ser excelentes

funcionarios, ser personas que den un trato digno y respetuoso a todo aquel con quien

en razón al cumplimiento de sus funciones deba tratar. Que sea asertivo, proactivo,

propositivo y eficiente.

Adicionalmente, el personal administrativo CORAZONISTAS, deberá:

Gestionar y mercadear la institución. Elaborar y ejecutar proyectos que faciliten el crecimiento institucional. Proyectar una imagen positiva de la institución. Generar credibilidad confianza en su equipo de trabajo. Objetivo e imparcial. Garante de la humanización de los procesos institucionales. Responsable en el cumplimiento de los deberes. Respetuoso de la diferencia. Actitud favorable al cambio. Prudente en el manejo de la información y la comunicación.

ARTÍCULO 40.- DERECHOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO.

Recibir la dotación de implementos y recursos necesarios para el cumplimiento

de sus funciones.

Recibir un trato respetuoso, amable y digno por parte de todos los miembros de

la comunidad educativa.

Respetar sus ideas políticas y religiosas.

Derecho a ser escuchado.

Derecho a un buen clima laboral.

Derecho a su privacidad.

ARTÍCULO 41.- DEBERES DE LOS ADMINISTRATIVOS.

Cumplir con el horario de trabajo establecido.

Colaborar con entusiasmo con todas las actividades asignadas.

Diligenciar en forma oportuna los libros y documentos de oficina

Llevar el control de acciones pedagógicas, administrativas, y estadísticas

propias de su cargo

Colaborar con el personal docente cuando ellos soliciten sus servicios

Velar por el buen uso, cuidado y conservación de los bienes puestos a su

servicio.

Tratar con respeto, amabilidad y dignidad a todas las personas con las

cuales deba relacionarse.

Aceptar y poner en práctica las sugerencias de mejoramiento que se le

recomienden.

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Distinguirse por su excelente presentación personal y buena conducta.

Informar oportunamente a la rectoría sobre aquellos casos que puedan

afectar la imagen de la institución.

CAPÍTULO VI: DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES.

ARTÍCULO 42.- PERFIL DE LOS PADRES DE FAMILIA. Propugnamos porque los padres de familia sean:

Profundamente comprometidos con el proyecto de vida de sus hijos. Participen decidida y activamente en la historia institucional. Practiquen el dialogo, la conciliación y la concertación dentro y fuera de la

familia. Adquieran el compromiso de apoyar los procesos educativo en las diferentes

actividades programadas. Acepten como una transición natural los cambios biológicos y psíquicos de sus

hijos. Demuestren control sobre las actividades escolares encaminadas al

mejoramiento de los procesos educativos. Profesen valores y principios acordes a los promulgados en la institución. Eduquen con amor y ejemplo, preparando a sus hijos en los buenos modales y

en el respeto hacia los demás. Entiendan que el padre de familia es el principal educador y responsable directo

de los actos u omisiones de sus hijos.

ARTÍCULO 43.- DERECHOS DE LOS PADRES/ACUDIENTES.

Son derechos de los padres y/o acudientes:

Conocer el manual de convivencia y el PEI.

Conocer la filosofía institucional, los principio y criterios con los que sus hijos e

hijas van a ser formados.

Recibir capacitación cuando ello sea pertinente en los temas, proyectos, y

programas que adelante el colegio.

Recibir educación de calidad para sus hijos y acudidos ser citados informados y

escuchados oportunamente sobre los procesos de formación integral y

decisiones relacionadas con ellos, y en particular, con lo académico.

Ser informados oportunamente por medio escrito sobre el cronograma, los

actividades institucionales, en particular las que convocan a sus hijos o acudidos

o a la familia.

Recibir respuesta oportuna y suficiente acerca de los aspectos que los inquieten

ante cualquier situación que involucre a sus hijos o acudidos, siempre y cuando

la solicitud se presente de manera respetuosa ante la instancia correspondiente.

Conocer en forma verbal o por escrito los niveles de desarrollo en que se

encuentran sus hijos o acudidos, de acuerdo con la competencia de cada cargo o

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dependencia y recibir sugerencias y explicaciones según lo soliciten.

Solicitar y recibir informes por escrito de valoración escolar, certificados,

constancias, u otros documentos oficiales del colegio.

Hacer reclamos justos, oportunos y respetuosos en relación con el proceso

formativo y desarrollo integral de sus hijos o acudidos frente a situaciones

conflictivas que lo ameriten.

Presentar oportunamente escusas escritas que justifiquen la ausencia de su hijo

o acudido y velar para que él o ella cumplan con los compromisos académicos y

de convivencia que hayan quedado pendientes, debido a la inasistencia.

ARTÍCULO 44.- DEBERES DE PADRES DE FAMILIA/ACUDIENTE. Responsabilizarse de la formación y educación de sus hijos en concordancia

con los lineamientos establecidos por la Constitución Política, artículo 7º de la ley 115; el artículo 3º, del decreto 1860; el Código del Menor y por el presente Manual de Convivencia Escolar.

Asistir a las reuniones programadas por el Colegio, cuando sea citado.

Acercarse personalmente a presentar excusas por fallas o retardos o cuando desee indagar sobre el comportamiento de su acudido o hijo, durante el horario establecido para tal fin.

Proporcionar al alumno un ambiente de comprensión y respeto dentro del

hogar y asistirlo u orientarlo en la realización de sus compromisos

académicos.

Cancelar en las fechas indicadas por el contrato de servicio estudiantil los

conceptos de pensión con la institución.

Infundir a sus hijos y/o acudidos sentimientos de aprecio y respeto por el

Colegio.

Informar al Colegio de las quejas que sus hijos le hagan, a efectos de

comprobar o no su veracidad.

Cancelar los costos ocasionados por sus hijos o acudidos por daños a bienes

de la institución y a las compañeras o compañeros.

Presentar oportunamente las excusas a inasistencias al colegio de su hijo o

acudido en el horario establecido para tal fin.

Atender a sus hijos en todos los útiles que el Colegio le solicite de carácter

estudiantil.

Conocer el Manuel de Convivencia del Colegio y participar

activamente en su cumplimiento.

Velar por la correcta presentación personal e higiene corporal de su hijo y/o

acudido, cerciorándose que esté de acuerdo con lo estipulado en el presente

manual.

No permitir que sus hijos y/o acudidos ingresen al Colegio Sagrado Corazón

de Jesús: discman, mp3, mp4, walkman, radio, juegos de video, portátiles,

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teléfono móvil.

Buen trato a cada miembro de la comunidad corazonista.

Los padres de familia o acudientes tienen el deber de respetar al personal

directivo y académico de la institución, al igual que cada uno de las personas

que laboran directa e indirectamente con la institución. Este debido respeto

se entiende, será reciproco.

ARTÍCULO 45.- DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA/ACUDIENTE CON EL COLEGIO.

Conocer la filosofía y objetivos del colegio.

Conocer, cumplir y poner en práctica con sus hijos, hijas o acudidos los

parámetros de este Manual de Convivencia.

Ser leales y coherentes con su decisión de vincularlo al COLEGIO SAGRADO

CORAZON DE JESUS, conociendo, interiorizando y aplicando la filosofía, objetivos

y principios de el mismo, aceptando y/o respetando su orientación y formación

humana.

Respaldar la propuesta educativa y la autoridad del colegio, orientando y

corrigiendo asertiva y oportunamente a sus hijos, hijas o acudidos y avalando con

su firma los compromisos cuando las circunstancias lo requieran.

ARTÍCULO 46.- CONSECUENCIAS DE UN COMPORTAMIENTO INADECUADO POR PARTE

DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES.

Cuando los padres de familia o acudientes, como miembros de la comunidad educativa

del colegio, no cumplan con los compromisos de formación integral de sus hijos (artículo

311 del Código del Menor), o respalden comportamiento que atenten contra el

presente manual el caso será anexado a la hoja de vida del estudiante y remitido al

consejo de padres para su análisis, presentando recomendación escrita a los padres, de

ser necesario se citará a reunión con el consejo.

PARÁGRAFO 1: La Institución le responderá amplia y oportunamente al Padre de Familia

o Acudiente en cuanto a las inquietudes o dificultades relacionadas con sus hijos o

apoderado. En horarios a los que no se les haya citado, los padres deberán respetar los

tiempos y turnos de atención.

PARÁGRAFO 2: Se llamara acudiente a aquellas personas mayores de edad que

responsablemente representa al padre o madre de familia excepcionalmente, teniendo

en cuenta que por seguimiento al proceso debe haber uno o dos acudientes atentos al

proceso preferiblemente quien firma la matrícula y responda por el alumno ante todo.

TÍTULO IV

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LA CONVIVENCIA ESCOLAR

CAPÍTULO I: DE LAS NORMAS, DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR, ESTÍMULOS, FALTAS Y CONFLICTOS, INSTANCIAS,

PROCEDIMIENTOS Y CORRECTIVOS Y ACCIONES RESTAURATIVAS. El desarrollo formativo en el Colegio Sagrado Corazón de Jesús busca la promoción de una convivencia responsable, creativa y original, dando un espacio a la toma de conciencia de lo que es, y de las posibilidades que pueden proyectarse tanto a la realización personal como al desarrollo comunitario. CAPITULO I.- NORMAS PARA EL USO DE LAS DEPENDENCIAS. ¿Qué son las Normas?

Todo proceso de socialización lleva implícito la incorporación a la forma de ser cultural, la aceptación consciente y voluntaria de ciertos límites al ejercicio de la libertad y de la autonomía personales que resultan necesarios para preservar la convivencia y garantizar el desarrollo humano. El hombre es el conjunto de las relaciones sociales y en esa medida las normas y su cumplimiento garantizan la razón de ser de la convivencia dentro de la comunidad educativa. La convivencia implica acuerdos básicos sin los cuales, no sería posible desarrollar algún proceso formativo. Nuestra formación integral y las normas se fundamentan en la filosofía y la propuesta educativa de la institución por ello aparece explícita en los deberes de quienes formamos la comunidad educativa. ARTÍCULO 47.DE LA DISCIPLINA. Todas las actividades se cumplirán dentro de un régimen de disciplina de confianza de

libertad y orden; así la comunidad educativa funcionará en un ambiente de

comprensión, de mutuo respeto, de sincero afecto fraterno y de recíprocas

consideraciones.

ARTÍCULO 48.- CONVIVENCIA ESCOLAR.

A. NORMAS PARA PERMANECER EN SALÓN DE CLASES. 1. Conservar aseado el salón y contribuir con su decoración. 2. Ponerse de pies cuando un directivo, docente o cualquier visitante entre al salón y responder cortésmente el saludo. 3. Dar las gracias cuando el profesor indique que se sienten y sentarse,

procurando no hacer ruidos con la silla.

4. Es necesario intervenir en las clases, para hacerlo se debe levantar la mano,

llamar la atención del profesor o del responsable de la actividad y esperar que

el autorice la intervención.

5. Estar en clase con toda corrección, ocupando la silla y el puesto

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asignado por el profesor. Cada alumno debe cuidar su silla y responder por

ella.

6. Si por algún motivo el profesor de la clase se atrasa, el estudiante debe

esperar dentro del salón de clase repasando los últimos temas de la

asignatura.

7. Para salir del salón de clases el estudiante debe solicitar permiso al profesor

y esperar que este se lo conceda.

8. La música es para avisarle al profesor que la hora de clase finalizo. El estudiante debe esperar a que el profesor de por terminada la clase. 9. Están prohibidas las manifestaciones eróticas.

B. NORMAS PARA EL CAMBIO DE AULA.

1. Dirigirse directamente al aula correspondiente a la siguiente clase. 2. El cambio de aula para la siguiente clase debe hacerse en el tiempo que

dure la canción, debe ser inferior a 3 min. 3. Para dirigirse al baño debe hacerlo con autorización de la docente. 4. Durante los cambios de clases evite comprar en la tienda escolar, salvo

autorización del docente. C. NORMAS PARA EL DESCANSO.

1. Salir al descanso cuando el profesor lo indique y no cuando suene la

música.

2. El descanso debe hacerse fueras de los salones de clases. Los sitios asignados para descanso son: cancha y patios. Ningún estudiante podrá estar dentro del salón de clase en horas de descanso, estar en el aula se considera falta tipo I. 3. Conservar orden y respetar su turno en la fila de compras del kiosco. 4. Está prohibido que los estudiantes compren o vendan entre ellos productos comestibles.

5. Cuidar la planta física, materiales y plantas del colegio. 6. Se debe Hacer uso adecuado de los servicios sanitarios y utilizar los asignados para cada 7. Atender la música que indica la finalización del descanso y regresar rápidamente al aula de clases que corresponda. 8. Prohibidas las manifestaciones eróticas.

D. USO DEL BIBLIOBANCO. Cada docente de área tendrá a su cargo toda la documentación respectiva de

dicha área, es decir los libros estarán a cargo solo y exclusivamente de los

docentes que dictan esa asignatura.

Los estudiantes deberán Solicitar al docente respectivo el libro que necesiten y

firma el registro de recibo del textos. Al momento de la devolución del libro el

estudiante debe verificar que el docente lo borre de la lista de préstamos.

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Si el estudiante daña, mancha, pierde o raya un libro, revista o periódico, deberá cancelar el valor del mismo o reemplazarlo en plazo no mayor a 5 días.

E. USO DE LA BIBLIOTECA. El estudiante que desee realizar consultas en la biblioteca del colegio debe mantener el orden en esta sala y cumplir a cabalidad las siguientes indicaciones.

a. Respetar el sitio guardando silencio y teniendo un comportamiento adecuado b. Abstenerse de comer, masticar chicle, gritar y arrojar objetos de cualquier índole. c. Colaborar con el orden y aseo de la biblioteca. d. Cuidar el material que reciba prestado. e. Regirse por los horarios establecidos. f. El manejo del material recibido en préstamo, está sujeto al reglamento interno de la biblioteca. g. En caso que la biblioteca sea utilizada para una actividad especial, el profesor a cargo responderá por el buen desarrollo de la actividad, e igualmente debe velar por el buen comportamiento de los estudiantes. h. La persona responsable de la biblioteca está autorizada para hacer cumplir el reglamento interno. i. Si el estudiante necesita llevar algún libro para su casa deberá solicitar el préstamo del mismo a las directivas de la institución (rectora o coordinadora). j. El Incumplimiento de las normas relacionadas se considerará como falta grave y se aplicará la sanción correspondiente para el tipo de faltas de acuerdo con este manual de convivencia.

ARTÍCULO 49.- ASEO. El orden y el aseo son temas básicos inmersos en los procesos educativos del colegio. Para el uso adecuado de todas sus instalaciones, así como de la presentación personal, los profesores deberán observar estrictamente el manual de convivencia; en este aspecto se debe tener en cuenta que:

a. El salón de clase y las aulas especializadas deben permanecer ordenadas y limpias durante toda la jornada.

b. Debe tenerse cuidado especial en el aseo de las zonas comunitarias como: corredores, patios, escaleras o rampas y jardines, laboratorios y salas especializadas.

c. Usar adecuadamente los baños. d. Seguir las normas de urbanidad en la hora de almuerzo. e. Mantener agradable ambientación dentro de los salones.

ARTÍCULO 50.- MANTENIMIENTO DE MOBILIARIO Y PLANTA FÍSICA Si un estudiante causa daño en el mobiliario, planta física del colegio o en los útiles y enseres de sus compañeros, estará sujeto a las siguientes obligaciones: a) Dar aviso al profesor que lo acompañe o en su defecto al director de curso. b) Si el daño ha sido en la planta física o al mobiliario, el estudiante será remitido a

Coordinación de Convivencia y Dirección administrativa para Responder por el valor del daño causado.

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c) Poner en conocimiento al Coordinador de Convivencia la situación para que éste a su vez informe al padre de familia.

d) Cuando el daño ha sido a los útiles o enseres de los compañeros se agotan los siguientes recursos:

• Concertación entre los mismos estudiantes. • Concertación entre los estudiantes y titular. • Concertación entre estudiantes, titular y Coordinador de Convivencia. • Concertación entre estudiantes, titular, Coordinador de Convivencia y padres de familia.

e) Cada estudiante debe responder y pagar oportunamente los daños causados al mobiliario suministrados por el Colegio.

Nota: el colegio no se hace responsable por ningún objeto que traiga el estudiante al colegio que resulten innecesarios para la actividad académica. CAPITULO II.- DE LOS ESTÍMULOS INSTITUCIONALES. El Colegio Sagrado corazón de Jesús otorga como estímulos y reconocimiento a los méritos, esfuerzos y virtudes de los estudiantes en lo académico, lo social, lo artístico y científico, las siguientes menciones.

ARTICULO 51. ESTÍMULOS A LOS ESTUDIANTES:

1. Entrega de pañoleta de la excelencia en cada periodo a los tres estudiantes que tengan mejor promedio de grado y presenten un comportamiento sobresaliente. Esta pañoleta la portaran durante una semana al cabo de la cual el estudiante la devolverá a su director de grupo.

2. Exaltación de estudiantes con promedio igual a 85, o los tres estudiantes con

mejor promedio de cada grado, y que presenten un comportamiento

sobresaliente.

3. Exaltación de estudiantes que han tenido mejoras en los aspectos

disciplinarios y/o académicos.

NOTA: Los anteriores estímulos se entregaran públicamente durante actividad solemne

en comunidad.

ARTÍCULO 52.- ESTÍMULOS PARA EL RESTO DEL PERSONAL VINCULADO AL COLEGIO SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS.

Reconocimiento en público de felicitación de acuerdo a sus esfuerzos y actividades realizadas.

Facilitar y promover la asistencia a jornadas pedagógicas, capacitaciones y perfeccionamiento de todo el personal.

Celebración de fechas especiales.

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CAPITULO III. DISTINCIONES A LOS ESTUDIANTES:

1. EXCELENCIA ACADEMICA ANUAL: Los tres estudiantes con mejor promedio

académico por grado serán acreedores a la pañoleta de la excelencia anual.

Esta pañoleta se entregara al estudiante el día de la clausura de fin de año.

2. DIA DE LA ESTRELLA CORAZONISTA:

Evento que se realiza a finales de octubre para exaltar los talentos estudiantiles, previa aprobación del Consejo Académico.

A. EXCELENCIA DEPORTIVA: Entregada a los estudiantes que durante el año

escolar participen y tengan un buen desempeño en las diferentes justas deportivas que participe el colegio

B. FERIA GRUINCO: Entrega de diplomas a los mejores propuestas

investigativas del año en curso.

C. GRUPO BASE GRUINCO: Entrega de menciones a grupo líder por apoyo a seguimiento a procesos investigativos.

D. COLABORACIÓN: Los estudiantes que durante el año escolar muestren espíritu de colaboración y que además tenga un comportamiento sobresaliente serán acreedores al diploma de Estudiantes más Colaborador.

E. MEJOR GRADO: Se elige mejor grado prescolar, primaria, secundaria teniendo en cuenta excelencia académica y disciplinaria, promedio general del grado.

F. GANADORES RALLY FAMILIAR: Se premia los tres mejores equipos familiares

que participaron en el rally familiar.

G. RECONOCIMIENTO DE ESTUDIANTES: Que representaron al colegio en diferentes eventos escolares en diferentes Instituciones Educativas.

H. MEJOR EQUIPO: Proyecto institucional que permite la integración intergeneracional, desarrollo de habilidades blandas.

ARTÍCULO 53.- DE LAS FALTAS Y LOS CONFLICTOS ESCOLARES. Situaciones que afectan la convivencia

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Teniendo en cuenta la filosofía impartida por el Art. 95 de la Constitución política, en la cual se determina que la paz es deber para todos y se fundamenta en el principio de no abusar de los derechos propios y en el respeto de los derechos ajenos, la Institución se propone con este instrumento propender por el bienestar y el orden dentro de sus instalaciones. DEFINICIÓN DE CONFLICTO. Conflicto es el incumplimiento de los deberes o la violación a las prohibiciones, establecidas en el presente manual o a las normas de convivencia, o a las buenas costumbres y/o a la Ley. Clasificación de los conflictos que afectan la convivencia: El proceso de formación integral requiere además de los estímulos, los correctivos necesarios para la búsqueda del bien personal y colectivo. Todo debe conducir a que el estudiante en su proceso asuma conscientemente su compromiso y las implicaciones del mismo. Teniendo en cuenta el proceso formativo del estudiante en situaciones que van en contra de la aplicación del Manual de Convivencia, se seguirá el conducto regular. Aunque la clasificación que pueda hacerse no contenga la totalidad de las situaciones o conflictos que pudieran existir, es necesario para la organización y ejecución de los procedimientos establecer unos tipos. GENERALIDADES: El Colegio Sagrado Corazón de Jesús establece una serie de

sanciones para aquellos estudiantes que presenten comportamientos que estén en

contravención de las normas de convivencia o que atenten contra las prácticas

comunitarias sean estos en actividades dentro del plantel educativo como en

actividades extracurriculares fuera del plantel. Por ello y para efectos de este manual se

las faltas se han dividido en tres clases: conflictos o situaciones tipo I, II ,III.

ARTÍCULO 54.- ACCIONES RESTAURATIVAS. Son las acciones que por omisión o por hecho contravienen la identidad y filosofía corazonista en los principios, los deberes y las normas expresados en el presente Manual. Las faltas afectan: • A la persona en su proceso de formación. • A la comunidad que participa y recibe las consecuencias de dichos actos. • Al proceso de crecimiento institucional. • Al buen nombre del colegio, la familia, el curso, como corresponda a cada caso. • Al crecimiento grupal, retrocediendo en el proceso, haciendo propuestas negativas o contrarias, generando división o haciendo débil el compromiso.

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ARTÍCULO 55.- DE LA PREVENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Definición de prevención. Es el conjunto de medidas o disposiciones que se toman de manera anticipada para evitar que incurran conductas tipificadas como conflictos. Medidas para la prevención de conflictos o situaciones tipo I, II, y III. a) La institución realizara de forma constante estudios y análisis

multidisciplinarios en conjunto con las directivas, directoras de grupo, profesores en general, estudiantes, padres de familia, y profesionales, para tener en cuenta sus posiciones y mejora constante al presente manual de convivencia.

b) El manual será evaluado y ajustado de forma anual por la comunidad educativa, en conjunto con los conceptos e indicaciones de los profesionales que requieran las necesidades de cada caso.

c) Al iniciar el año escolar y en el transcurso del mismo, los directivos y el (la) psicólogo(a) realizaran inducción a los padres de familia y a estudiantes referente al manual de convivencia y en general a la visión y misión de la institución.

ARTÍCULO 56.- SITUACIONES TIPO I. Para efectos del presente manual se considera una Situación Tipo I a toda aquella infracción que por intención y consecuencia, infrinja levemente el presente reglamento o produzca trastornos menores en el buen funcionamiento de la institución, tanto en el orden académico como en el disciplinario. Son faltas leves:

1. Incurrir en mínimo 1 y máximo 3 retardos a la iniciación de la jornada escolar o de una clase. Durante el año lectivo. Se tendrá en cuenta los agravantes y atenuantes.

2. Ausentarse del salón de clases en una ocasión, sin excusa justificada y aprobada por el docente a cargo.

3. No presentar la debida justificación escrita por alguna ausencia y/o permiso solicitado. La excusa se debe presentar máximo dos días hábiles después de la falta.

4. Utilizar durante el tiempo de clase, sin autorización del docente, elementos tales como: juguetes, equipos de audios (cualquier tipo de reproductor musical) cámaras digitales, celulares, videograbadores, computadores portátiles y otros. En caso de tener autorización el colegio no se hace responsable de la pérdida o daño de cualquiera de los elementos mencionados.

5. No usar el uniforme conforme al horario establecido. 6. Impedir el normal desarrollo de clases, formaciones y actos generales a través de

conversaciones, desordenes o actos ajenos a la situación.

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7. Incumplir con los deberes académicos propuestos por los docentes tales como: talleres, evaluaciones, tareas y trabajos.

8. Incumplir las normas internas que rigen en las diferentes dependencias del colegio tales como: biblioteca, cafetería y tienda escolar, sanitarios, laboratorios, oficinas, etc.

9. Hacer caso omiso a los llamados de atención 10. No entregar oportunamente a los padres o acudientes los circulares, notas,

citaciones y demás que les envía el colegio. 11. Arrojar basura en lugares inapropiados. 12. Molestar o incomodar a los compañeros. 13. Participar en apuestas o juegos de azar no autorizados por el colegio. 14. Mostrar modales incorrectos dentro del aula o en cualquier otro recinto de la

institución, tales como: gritos extremos, rechiflas, silbatos. 15. Agredir a sus compañeros poniéndoles motes, sobrenombres, resaltando

defectos o provocarlos. 16. Utilizar vocabulario soez, chistes de mal gusto o comentarios ofensivos, o

peyorativos dentro del colegio, lo mismo que manifestaciones racistas o intolerantes.

17. Promover o participar en actos que afecten el normal desarrollo de las actividades curriculares y extra curriculares.

18. No estar provisto de útiles, libros y demás materiales de trabajo previamente solicitados.

19. Falta de interés o apatía del estudiante para cumplir o participar en los procesos educativos. 20. La inasistencia sin causa justificada a las actividades programadas curricularmente

por el colegio para la integración, la cultura, la recreación, deporte y la vida espiritual.

21. El incumplimiento de alguna de las normas de permanecer en el salón de clases,

normas del descanso, cambio de clases, normas del bibliobanco.

22. Hacer caso omiso a la música que indica el cambio de clases o fin descanso.

23. Entrar a la sala de profesor u oficinas directivas sin

autorización.

24. Traer al colegio juegos, revistas, maquillaje, pintura de uñas o cualquier artículo

diferente a los útiles escolares.

25. Comer, Masticar chicle u otro elemento en el salón de clases

26. Mala presentación y descuido en el uniforme, libros y útiles de estudio.

27. Arrojar basuras a los pisos. 28. Hacer bromas de mal gusto. 29. Poner apodos.

14. Dar mal trato a sus compañeros. 15. Promover o participar en desordenes en el salón de clases o en otro lugar de la

institución.

16. Juegos pesados y/o peligrosos. 17. Presentar retardos continuos sin excusas o ausencias prolongadas sin justificación.

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ARTÍCULO 57.- DE LAS ACCIONES RESTAURATIVAS ANTE CONFLICTOS O SITUACIONES TIPO I.

Ante las contravenciones anotadas en el anterior capitulo, el Colegio Sagrado Corazón

de Jesús aplicará las siguientes:

a. Amonestación oral del profesor (a) que sorprenda al alumno (a) incurriendo en la falta o por el director (a) de grupo si la información sobre la falta es suministrada por los compañeros (as).

b. Amonestación oral del o de la profesora de grupo con registro en el observador del alumno e información escrita a los padres de familia, quienes devolverán firmada dicha comunicación para archivo.

c. Citación a los padres por parte del coordinador(a) y suspensión de clases en caso

de reincidencias en las faltas.

d. Remisión escrita del director de grupo para participar en viernes de reflexión.

PARÁGRAFO: Cuando el estudiante acumule tres (3) llamados de atención, se reportara al director de grupo, para anotarle en el observador del alumno para su seguimiento e iniciar las citaciones a los padres de familia, anexando los actos de compromisos con las firmas correspondientes.

ARTÍCULO 58.- DE LAS SITUACIONES TIPO II Para efectos del presente manual se considera unas Situación TIPO II a toda aquella infracción que por materia, intención y consecuencia, infrinja gravemente el presente reglamento o produzca trastornos graves en el buen funcionamiento de la institución, tanto en el orden académico como en el disciplinario. Tanto en las situaciones tipo I como en la tipo II los daños causados deben ser reparados por la familia.

Son situaciones TIPO II:

1. Cualquier acto de indisciplina en clases o manifestaciones de índole erótica propia de las relaciones íntimas de parejas, dentro o fuera del plantel portando el uniforme del colegio.

2. Tener comportamientos en lugares de diversión que riñan con los principios y la

filosofía del colegio.

3. Responder grosera, despectiva o altivamente a directivos, profesores, personal

administrativo o cualquier otra persona incluyendo los compañeros.

4. Recibir 3 o más llamados de atención por estar fuera del salón de clases sin causa

justificada.

5. Salir del salón de clases sin la autorización del profesor o de quien se encuentre

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presente.

6. Comprar o vender golosinas o cualquier otro artículo entre los compañeros dentro del colegio.

7. Comportamiento inadecuado (Risas de burla, bromas, tono de voz alta) en actos

comunitarios, religiosos, cívicos, culturales o de cualquier otra índole.

8. Reincidir tres o más veces en faltas tipo I.

9. Descuido en el uniforme, libros y útiles de estudio.

10. Causar daños intencionalmente a los materiales, mobiliarios o planta física de la

institución.

11. Usar vocabulario soez u ofensivo o gritar a sus compañeros o cualquier miembro de la comunidad.

12. Apropiarse de objetos ajenos dentro y fuera del plantel.

13. Ausentarse de la institución antes de terminada la jornada escolar sin previa

autorización del coordinador y/o rector.

14. Irrespetar los símbolos patrios o institucionales.

15. Dibujar, escribir o hacer grafitis en las paredes del colegio encubrir faltas.

16. realizar fraude o copiarse del compañero durante el desarrollo de evaluación o

trabajos académicos.

17. Discriminar a una persona por circunstancias de edad, sexo, orientación sexual,

raza, religión, estrato y condiciones económicas.

18. Usar el nombre del colegio para actividades sociales, económicas, culturales,

deportivas sin la debida autorización.

19. Comerciar con otros estudiantes elaborando tareas y trabajos del colegio.

20. Agredir, burlarse o ridiculizar en cualquier forma, medio o modo (oral, escrito,

mímica, ademan, mofa, imitación, etc.) de manera personal o virtual a algún

miembro de la comunidad educativa.

21. Retener u ocultar comunicación que envíe el Colegio a los padres o viceversa sin

importar el tipo de asunto al que se refiera.

22. Usar cualquier elemento elaborado con pólvora (triquitraque, carpetas,

buscapiés, etc.) dentro del plante o sus alrededores.

23. Participar en peleas, escándalos o desordenes dentro del plantel.

24. Decir o emplear expresiones soeces, mediante cualquier medio, que denigren de

las demás personas dentro y fuera del Colegio.

25. Manifestaciones agresivas físicas y/o verbales en cualquier ámbito de la vida escolar. 26. Manifestar en público expresiones eróticas claramente inmorales que hieran la sensibilidad. PARAGRAFO 1º. La institución no se responsabiliza por pérdida de ningún objeto de valor personal y solo devolverá los artículos decomisados de gran valor a los padres

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o acudientes. PARAGRAFO 2º. Para ausentarse de la institución antes del horario establecido de finalización de la jornada escolar, el padre de familia o acudiente debe solicitarlo por escrito. Solo en casos especiales (citas médicas, tratamientos o calamidad familiar), se permitirá la salida de un estudiante antes del horario señalado, con la autorización del coordinador. PARÁGRAFO 3°. Todos los objetos decomisados por los profesores serán entregados inmediatamente a la Coordinación del colegio, se hace el respectivo registro en el libro de procesos y se entregará al Padre de Familia. ARTÍCULO 59.- DE LAS ACCIONES RESTAURATIVAS ANTE CONFLICTOS O SITUACIONES TIPO II: Para efecto de las acciones por incurrir en situaciones tipo II se seguirá el

siguiente procedimiento:

Procedimiento para situaciones tipo II. 1. Información al Coordinador de Convivencia. 2. Indagación preliminar para verificar materialidad de la falta e identidad del responsable. 3. Escuchar al estudiante y formularle cargos de manera verbal delante de su representante legal o acudiente. Debe quedar constancia en el acta que se anexara a su hoja de vida estudiantil y preparar informe para el Coordinador General.

PARÁGRAFO 1º. Coordinador General según en caso, aplica los correctivos y las sanciones necesarios o convoca a la comisión de convivencia para analizar el caso e informa por escrito o verbalmente al padre de familia la decisión tomada.

PARÁGRAFO 2º. Contra las decisiones de la comisión de Convivencia procede el recurso de apelación ante el Consejo Académico. ARTÍCULO 60.- ARTICULO 17. DE LAS ACCIONES RESTAURATIVAS ANTE CONFLICTOS O SITUACIONES TIPO II.

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Ante las contravenciones anotadas en el anterior capitulo, el Colegio Sagrado Corazón

de Jesús aplicará las siguientes acciones:

a. Amonestación por escrito que se hará efectiva en el registro de

valoración.

b. Firma del acta de compromiso por padres y estudiantes.

c. Charlas socio pedagógicas y de orientación mínimas (2).

d. Suspensión temporal del colegio por tres (3) días, aplicables

solo por el consejo directivo, coordinadora, personero escolar

y rector(a) de la institución.

PARÁGRAFO 1° : Para el retiro temporal de un estudiante de la institución, se expedirá una resolución interna motivada, por parte del rector, que será entregada a la padre de familia y/o acudiente.

ARTÍCULO 61.- DE LAS SITUACIONES TIPO III. Para efectos del presente manual se considera una situación TIPO III a toda aquella

que además de reunir las condiciones de las situaciones TIPO II, afecta de tal manera

al Colegio o a sus miembros, en el orden físico o moral, que hacen necesario cancelar

la matricula al estudiante que la cometa.

Se consideran situaciones TIPO III:

1. Participar en desordenes, actos inmorales, o ilícitos que vayan en contra de nuestra filosofía, ya sea dentro o fuera del plantel.

2. Irrespetar de palabra u obra a cualquier miembro de la comunidad educativa.

3. Atentar de palabra contra la honra de cualquier miembro de la comunidad. 4. Mostrar rebeldía y/o desacato persistente a lo ordenado en el presente reglamento

o manual de convivencia.

6. Irrespetar el uniforme mediante mal comportamiento en la calle o asistencia

a sitios indebidos.

7. Hurtar útiles o cualquier elemento a los compañeros, profesores, directivos o

a la institución.

8. Actitud displicente hacia compañeros, profesores o demás miembros de la comunidad educativa tanto dentro como fuera del Colegio.

9. Promover escándalos o peleas dentro o fuera del plantel.

10. Exhibir cualquier tipo de elementos o artículos pornográficos, bebidas alcohólicas, cigarrillos o drogas. dentro y fuera del plantel. 12. Consumo o porte de drogas o cualquier otra sustancia psicoactiva dentro o

fuera del plantel o presentarse al colegio con tufo, temblor, pupilas dilatadas,

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etc.

13. Atentar contra el buen nombre del plantel participando en actividades contrarias a las buenas costumbres como permanecer o pertenecer a sectas satánicas, formar parte de pandilla, dentro y fuera del Colegio.

14.Portar armas de cualquier tipo o elementos que pueden ser utilizados contra la integridad física de los miembros de la comunidad, tales como: exactos, armas de fuego, navajas, cuchillos, gases lacrimógenos, descargas eléctricas, etc.

15. Adulterar documentos, hacer uso de documentos falsos, realizar cualquier tipo de

fraude o suplantación en diligencias relacionadas con las actividades propias del

plantel.

16. Extorsionar o atemorizar a algún miembro de la comunidad educativa o ciudadano

en general a través de amenazas verbales y/o escritas.

17. operar dentro del colegio artefactos o juguetes que dispersen la atención individual

o del grupo, como: Dispositivos de reproducción de música digital (video, walkman,

discman, radios, mp3, mp4), juegos de azar, electrónicos, y computadores etc.

18. Exhibirse eróticamente individual, en pareja o en grupo dentro del colegio o sus

alrededores.

19. Hacer fraude o intento de fraude, en los exámenes orales y/o escritos. 20. Cualquier acción de fraude o intento de éste, suplantación de personas en evaluaciones, clonación de trabajos o evaluaciones, presentar trabajos ajenos como si fueran propios, adulteración de notas. 21. El uso indebido del Internet con acceso a sitios de contenido no apto para menores de edad, pornografía, satanismo etc. 22. Por mandato de la ley 1098 de 2006, es falta grave liderar o participar en actividades de matoneo o cualquier forma de maltrato o atentado contra la dignidad de cualquier estudiante menor de edad. Se considera maltrato toda forma de perjuicio, castigo, humillación, abuso físico o sicológico, malos tratos. Art 18 Ley 1098 de 2006. 23. Participar en juegos o acciones entre estudiantes que pongan en riesgo la salud, el cuerpo o que haya pérdida de los útiles escolares de los estudiantes. Procede la reparación de los daños causados a quienes resulten responsables de la infracción. 24. Reincidir tres o más veces en falta II.

25. Utilizar indebidamente el nombre del Colegio, sus Símbolos, e imágenes de sus instalaciones o de cualquier miembro de la Comunidad, a través de la Internet o en actividades no autorizadas expresamente por las Directivas del Colegio. 26. Utilizar la Internet y las redes sociales para atentar contra el buen nombre y la

dignidad de cualquier miembro de la comunidad educativa.

PARÁGRAFO 1: La Ley General de Educación en su Art. 96 prescribe la permanencia de un estudiante en una institución educativa y prevé la cancelación de la matrícula sujetándola a la eficacia del derecho al debido proceso (Art. 29 C.P. y Art. 26 Ley 1098 de 2006). El Colegio adelanta procesos disciplinarios por lo que se atiene a la orientación jurisprudencial ST-301/96 (MP. Eduardo Cifuentes Muñoz)

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PARÁGRAFO 2: Extracto jurisprudencial sobre el tema de cancelación de matrícula. “Por ende, el incumplimiento de los logros, la reiterada indisciplina, las faltas tipo II, etc., son factores que legítimamente pueden implicar la pérdida de un cupo en una institución educativa o la imposición de sanciones.” T772 de 2000 (junio 22) M. P. Alejandro Martínez Caballero. La “permanencia en el sistema educativo, tanto en el sector público como en el sector privado. No obstante, tales mandatos están condicionados a un mínimo de cumplimiento por parte de los educandos de los deberes correlativos al derecho a la educación. El estudiante tiene una obligación consigo mismo en primer lugar, con la familia, la sociedad y el Estado en segundo lugar, para lograr el progreso en su formación académica.” T767 de julio 22 de 2005, M. P. Humberto Antonio Sierra Porto): “La educación tiene una doble dimensión, pues es derecho – deber. Así, estableció que el estudiante que se ha sustraído a sus obligaciones académicas y disciplinarias no puede ser sujeto del amparo tutelar del derecho a la educación, pues sus correlativos deberes no han sido cumplidos satisfactoriamente.” sentencia T671 de 2003. ARTÍCULO 62.- DE LAS ACCIONES RESTAURATIVAS ANTE CONFLICTOS O SITUACIONES TIPO III. Procedimiento para las acciones restaurativas ante situaciones TIPO III

1. El coordinador de Convivencia realiza una indagación preliminar para determinar la comisión de la falta y la identificación de los probables responsables; escucha a el (los ) estudiante(s) implicado (s) en presencia del personero estudiantil y si hay merito Informa al Coordinador General solicitando apertura del proceso disciplinario.

2. Se reúne la comisión de Convivencia para analizar el caso, en presencia del padre (s) de familia y estudiante (s) implicado (s), como garantía al derecho del debido proceso. Si el padre de familia no se presenta, puede ser asistido por el Personero estudiantil o el presidente del Consejo Estudiantil.

3. Se le formularán los cargos de manera verbal y por escrito, y se darán a conocer las pruebas. El o los estudiante (s) y padre (s) de familia puede aportar pruebas que estimen conducentes para ejercer su defensa. Se elabora un escrito que recoge los argumentos expuestos por las partes, con sus respectivas firmas.

4. La Comisión delibera, decide y comunica por escrito lo determinado a los padres de familia y al o (los) estudiante.

5. Contra las decisiones de la Comisión de Convivencia, procede el recurso de apelación, en término de 3 días hábiles, ante el Consejo Académico.

6. Si la decisión adoptada no es impugnada oportunamente, la misma irá en consulta a la Rectoría, quien adoptará la decisión respectiva a través de una Acta o resolución (según el caso) rectoral.

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PARÁGRAFO: Para los casos de niños de preescolar, no procederá responsabilidad disciplinaria. En estos asuntos el Colegio acudirá a llamados frecuentes, (entrevista padres – director de grupo o coordinador) para crear alianzas que garanticen la superación de debilidades. En caso de que el padre haga caso omiso a las recomendaciones o se convierta en un padre ausente el colegio lo remitirá a consejo de padres y al consejo directivo. El estudiante que incurra en situaciones tipo III se sancionara con las siguientes acciones: a. Matricula de compromiso, para el siguiente año lectivo.

b. Cancelación de matrícula por el respectivo año lectivo.

DEL DEBIDO PROCESO.

a. Las sanciones disciplinarias se aplicaran con observación del derecho al debido

proceso de la defensa del estudiante y partiendo de la presunción de su

inocencia.

b. Cuando un estudiante sea objeto de una inculpación, tipificada en el presente

manual, tendrá derecho a conocer el informe y las pruebas que él solicite y

a ser oído en descargos.

c. Ningún estudiante podrá ser objeto de sanción de retiro temporal o definitivo,

matrícula de compromiso, sin haber dado cumplimiento a las etapas previas.

d. Ningún estudiante podrá ser sancionado sin la investigación previa que

aporte las pruebas necesarias.

f. Amparado en el artículo 29 de la C.N. /91.

Conducto Regular y Medidas Correctivas

ARTÍCULO 62.- Para el estudio de circunstancias de convivencia o académicas es necesario establecer unos canales y unos procedimientos sobre los cuales se actúa y se toman decisiones aplicables según el caso:

A. Conducto regular Instancias: Corresponden a una cadena jerárquica en la toma de decisiones y conocimiento de asuntos disciplinarios o académicos que actúa en competencia de acuerdo a la naturaleza y a la identidad de la falta. 1. Docente 2. Docente titular de grupo 3. Coordinador de Convivencia o académica de acuerdo a la naturaleza del asunto 4. Comisión de Convivencia y/o Comisión de Evaluación de acuerdo a la naturaleza del asunto. 5. El Rector - Consejo Académico

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6. Consejo Directivo, dentro de su competencia señalada en el Decreto 1860/94, literal b Art. 23.

B. ¿Qué son los Correctivos? Son acciones dirigidas a la formación del estudiante, del curso ó de la comunidad, que pretenden orientar el proceso sobre una determinada situación ó hecho. Como garantía del derecho al debido proceso, para la aplicación de una sanción se exige: • Existencia de los hechos objeto de reproche. • Prohibición expresa en el Manual de Convivencia. • Responsabilidad en la comisión del hecho.

C. ¿Qué son las acciones restaurativas? Son aquellas acciones que se toman con respecto a un estudiante, previo estudio del proceso y clarificación de la situación o conflicto. Esta comunidad educativa acoge el principio constitucional contenido en el Art. 95 de la Constitución Política de Colombia según el cual todo colombiano debe ser formado en la convicción del respeto a los derechos ajenos y al no abuso de los propios derechos. Clases de acciones restaurativas. 1. Perdida del carácter de estudiante corazonista. El carácter de estudiante corazonista se pierde por la infracción a una norma del Manual de Convivencia considerada como muy grave, luego de haberse agotado el debido proceso que el mismo manual establece, respetando el derecho a la defensa del o los estudiantes. 3. Firma de compromiso de matrícula de última oportunidad. La reincidencia en faltas

graves o el incumplimiento a los compromisos suscritos entre el estudiante, el representante legal y el colegio, trae como consecuencia establecer una matrícula en condición de última oportunidad. El incumplimiento de este compromiso genera la terminación del contrato de matrícula de manera inmediata en cualquier época del año.

ARTÍCULO 63.- COMPETENCIAS DE INSTANCIAS DE LAS ACCIONES RESTAURATIVAS:

A. Profesores.

El profesor ha de tener en cuenta su misión de formador de infancia

adolescencia y juventudes. En consecuencia, en cualquier tipo de conflictos que se

presenten buscará, inicialmente la concertación con el estudiante.

A los profesores les compete:

1. Observaciones y amonestaciones verbales que vayan al registro de valoración.

2. Retiro hasta por un periodo de clase, y solo si la actitud del estudiante obstaculiza el normal desarrollo de la misma, procediendo antes a informar

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al coordinador(a) y siempre con la autorización de él, el cual deberá ser consignado en el registro valorativo para hacer el respectivo seguimiento.

B. Directores(as) de Grupo.

Su acción comienza a partir del momento en que se presente el conflicto. A

ellos les compete:

1. Buscar conciliación entre el estudiante y profesor y/o entre el

estudiante y estudiante.

2. Amonestación verbal.

3. Amonestación escrita, que se anotara en el registro escolar de valoración,

el cual debe ser conocido y firmado por el estudiante.

4. Citación al padre de familia y/o acudiente, para proporcionarle

información académica y disciplinaria sobre el estudiante.

C. Coordinadores(as):

1. Recibir y valorar los informes presentados por los directores de grupo. 2. Hacer firmar el acta de compromiso de cambio del comportamiento del estudiante. 3. Citar al padre y/o acudiente para firmar el acta de compromiso.

ARTÍCULO 64.- ADVERTENCIAS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL.

Consideraciones de la Corte Constitucional con relación a la no obligación de los colegios

a mantener en sus aulas a quienes en forma constante y reiterada desconocen las

directrices disciplinarias, en los siguientes términos:

“El derecho a la educación implica deberes académicos y disciplinarios a cargo de los estudiantes, consagrados en el Manual de Convivencia. Así, su quebrantamiento permite al plantel educativo imponer las sanciones correctivas a las que haya lugar, bajo la observancia y respeto del debido proceso, la ley y la constitución.”. Según lo ha indicado esta Corporación, en Sentencia T-1225 de 2000, M.P. Dr. Alejandro Martínez: “la educación -para el caso de los estudiantes-, implica no solo la existencia de derechos a favor de los menores, sino el cumplimiento de obligaciones por parte de ellos, que generalmente se deben acatar como presupuesto de sus compromisos académicos y disciplinarios. Por ello, el incumplimiento de los logros, la reiterada indisciplina, las faltas graves, etc., son factores que legítimamente pueden generar la pérdida del cupo en una institución educativa o la imposición de sanciones”.

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En el mismo sentido, la Sentencia T-569 de 1994, M.P. Hernando Herrera Vergara, expresó: “la educación como derecho fundamental conlleva deberes del estudiante, uno de los cuales es someterse y cumplir el reglamento o las normas de comportamiento establecidas por el plantel educativo al que está vinculado. Su inobservancia permite a, las autoridades escolares tomar las decisiones que correspondan, siempre que se observe y respete el debido proceso del estudiante, para corregir situaciones que estén por fuera de la Constitución, de la ley y del ordenamiento interno del ente educativo. En consecuencia, el deber de los estudiantes radica, desde el punto de vista disciplinario, en respetar el reglamento y las buenas costumbres”. En conclusión la Corte ha determinado claramente que por lo tanto, los deberes y obligaciones competen a todos los actores involucrados en el proceso educativo, como lo hemos mencionado anteriormente estos son, las directivas de los establecimientos educativos, los profesores, los padres de familia, los estudiantes y el estado.

TITULO V

DEL GOBIERNO ESCOLAR

CAPITULO I: DEL GOBIERNO ESCOLAR Y SUS ÓRGANOS

ARTICULO 65: EL GOBIERNO ESCOLAR

Es un modelo de organización y gestión institucional, en donde se coordinan acciones y

se participa en igualdad de condiciones en la toma de decisiones que afectan el desarrollo

del PEI y las políticas administrativas de la institución.

ARTICULO 66: EL CONSEJO DIRECTIVO.

Es el máximo organismo de participación de la comunidad educativa, que asesora y acompaña al Rector en la orientación pedagógica y administrativa del Colegio, para la adecuada implementación y acomodación del PEI. Se reúne de acuerdo con las exigencias de Ley, la conveniencia que juzgue el rector o a petición de alguno de sus miembros. Dicho organismo estará conformado por personas todas con voz y voto, las cuales serán elegidas durante los 60 días siguientes a la fecha de iniciación del año escolar. ARTÍCULO 67: INTEGRANTES DEL CONSEJO DIRECTIVO Ordinariamente, el CONSEJO DIRECTIVO, lo conforman los siguienetes dignatarios:

1. El Rector, quien convoca y preside la reuniones ordinarias una vez por mes o

extraordinarias cuando le considere conveniente.

2. Un (1) representante de los padres de familia, elegidos por el consejo de padres.

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3. Un (1) representante de los docentes elegidos por las mayorias en asamblea de

docentes

4. Un (1) representante de los estudiantes que haya superado la basica secundaria,

elegido por el consejo de estudiantes.

5. Un representante de los egresados elegido por el consejo directivo. No podra ser

elegido un egresado que tenga vínculos laborales o comerciales con el colegio.

6. Un representante del sector productivo, elegido por el consejo directivo.

7. Sacerdote de la parroquia a la cual pertenezca el colegio.

8. Personero estudiantil.

ARTICULO 68 FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO

1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que

sean competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la Dirección

Administrativa en el caso de los establecimientos privados.

2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y

administrativos, con los estudiantes de la institución educativa y después de haber

agotado los procedimientos previstos en el reglamento o Manual de Convivencia.

3. Adoptar el Manual de Convivencia y el reglamento de la institución.

4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos

estudiantes.

5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando

alguno de sus miembros se sienta lesionado.

6. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por

el Rector.

7. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del

currículo y del plan de estudios, y someterlos a la consideración de la Secretaría de

Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifique el

cumplimiento de los requisitos establecidos por la ley y en los reglamentos.

8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa.

9. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del

estudiante que ha de incorporarse al reglamento o Manual de Convivencia. En ningún

caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante.

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10. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal

administrativo de la institución.

11. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias,

culturales, deportivas y recreativas.

12. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización

de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva

comunidad educativa.

13. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras

instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.

14. Fomentar la conformación de organizaciones de padres de familia y de estudiantes.

15. Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente decreto.

16. Aprobar el Presupuesto de ingresos y egresos de los recursos propios y los

provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables

de la educación de los estudiantes tales como derechos académicos, uso de libros de

texto y similares.

17. Diseñar y elaborar su propio reglamento. (Art.23 Dto.1860 de 1994)

ARTICULO 69

CONSEJOACADÉMICO Consejo Académico. El Consejo Académico está integrado por el

Rector quien lo preside, los directivos docentes y un docente por cada área definida en

el plan de estudios.

ARTICULO 70: FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO:

Cumplirá las siguientes funciones:

a) Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Pro

yecto Educativo Institucional.

b) Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modific

aciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente Capítulo;

c) Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.

d) Participar en la evaluación institucional anual.

e) Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los

educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general

de evaluación.

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f) Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa.

g) Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el p

royecto educativo institucional. (Decreto 1860 de 1994, artículo 24).

ARTICULO 71: CONSEJO DE PADRES. El consejo de padres de familia es un órgano de

participación de los padres de familia del establecimiento educativo destinado a asegurar

su continua participación en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del

servicio. Estará integrado por mínimo un (1) y máximo tres (3) padres de familia por cada

uno de los grados que ofrezca el establecimiento educativo, de conformidad con lo que

establezca el proyecto educativo institucional - PEI.

Durante el transcurso del primer mes del año escolar contado desde la fecha de iniciación

de las actividades académicas, el rector o director del establecimiento educativo

convocará a los padres de familia para que elijan a sus representantes en el consejo de

padres de familia.

La elección de los representantes de los padres para el correspondiente año lectivo se

efectuará en reunión por grados, por mayoría, con la presencia de, al menos, el cincuenta

por ciento (50%) de los padres, o de los padres presentes después de transcurrida la

primera hora de iniciada la reunión.

ARTICULO 72: FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES

Funciones del consejo de padres de familia. Corresponde al consejo de padres de

familia:

a. Contribuir con el rector o director en el análisis, difusión y uso de los resultados de las

evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de Estado.

b. Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de

competencias y de Estado realizadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la

Educación Superior ICFES.

c. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el

establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en

las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad.

d. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos

planteados.

e. Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar

estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los

aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la

autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a

promover los derechos del niño.

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f. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación

entre todos los estamentos de la comunidad educativa.

g. Presentar propuestas de mejoramiento del manual de convivencia en el marco de la

Constitución y la Ley.

h. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de

los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas

de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente.

i. Elegir al padre de familia que participará en la comisión de evaluación y promoción de

acuerdo con el Decreto 230 de 2002.

j. Presentar las propuestas de modificación del proyecto educativo institucional que

surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16

del Decreto 1860 de 1994.

k. Elegir los dos representantes de los padres de familia en el consejo directivo del

establecimiento educativo con la excepción establecida en el parágrafo 2 del artículo 9

del presente decreto.

Parágrafo 1. El rector o director del establecimiento educativo proporcionará toda la

información necesaria para que el consejo de padres pueda cumplir sus funciones.

Parágrafo 2. El consejo de padres de cada establecimiento educativo ejercerá estas

funciones en directa coordinación con el Rector y requerirá de expresa autorización

cuando asuma responsabilidades que comprometan al establecimiento educativo ante

otras instancias o autoridades. (DECRETO 1286/05)

De las Organizaciones Estudiantiles.

ARTICULO 73: CONSEJO DE ESTUDIANTES.

El Consejo Estudiantil es el máximo órgano colegiado quien asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los Educandos. Está conformado por los Voceros o Representantes elegidos en cada uno de los Grupos existentes en el Establecimiento por votación. Los Alumnos del nivel Pre-escolar y de los tres primeros grados, del ciclo de primaria serán convocados a una Asamblea Conjunta para elegir un vocero único entre los Estudiantes que cursan el Tercer Grado. ARTICULO 74: FUNCIONES DEL CONSEJO ESTUDIANTIL:

Darse su propia organización Elegir el Representante de los Estudiantes o “Presidente Estudiantil” ante el Consejo

Directivo y asesorarlo en el cumplimiento de su representación. Debe ser un estudiante DELEGADO del grado undécimo y debe conocer la realidad escolar y haber destacado por su BUEN rendimiento y comportamiento escolares.

Reunirse periódicamente, bajo el liderazgo del Jefe del Área de Ciencias Sociales o el Rector, a deliberar asuntos institucionales que beneficien o estén afectando negativamente a la Comunidad e Invitar a dichas deliberaciones Estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.

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Los miembros del Consejo Estudiantil serán buenos Estudiantes, tanto en lo académico, como en lo comportamental y podrán ser removidos de su cargo por El Rector, incluso el Presidente y el Personero si incurriesen en comportamientos inadecuados. En caso de que el Personero sea removido de su cargo, será reemplazado por el estudiante que el día de las elecciones haya tenido el segundo puesto en las votaciones. Contra esta decisión, no procederá ningún recurso. ARTICULO 75: EL REPRESENTANTE DEL CURSO El represenante del curso y su suplente serán elegidos por el curso en presencia del director de grupo. Ambos serán elegidos por el periodo del año escolar. ARTICULO 76: REQUISITOS DEL REPRESENTANTE DE CURSO 1. Haber estudiado como mínimo los dos últimos años en la institución.

2. Sobresalir positivamente por su desempeño académico y en su comportamiento.

3. Sobresalir por su vocación de servicio y colaboración con sus compañeros

4. Tener liderazgo en el grupo.

ARTICULO 77: CAUSALES PARA LA REVOCATORIA DEL REPRESENTANTE DE CURSO

1. Incumplimiento de sus funciones como representante de curso. 2. Cometer una falta grave tipificada en el manual de convivencia. 3. Hallarse en un proceso disciplinario

ARTICULO 78: FUNCIONES DEL REPRESENTANTE DE CURSO

1. Colaborar con la disciplina dentro y fuera del aula.

2. Servir de mediador en la solución de conflictos presentados entre los compañeros y profesores

3. Motivar a los compañeros para el trabajo académico.

4. Estar atento a las observaciones, sugerencias y otras presentadas en las reuniones del Consejo de estudiantes, dirección de grupo, profesores y directivos con el fin de mejorar la calidad de vida en el aula y en la Institución.

5. Llevar el control diario de asistencia de sus compañeros.

6. Velar por el cuidado y mantenimiento de los enseres de su aula.

7. Controlar los turnos de aseo y organización de las aulas.

ARTICULO 79: DEL PERSONERO ESTUDIANTIL

El articulo 28 del DECRETO 1860 DE 1994, establece que: En todos los establecimientos

educativos el personero de los estudiantes será un alumno que curse el último grado que

ofrezca la institución encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de

los estudiantes consagrados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el

manual de convivencia.

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ARTÍCULO 80.- DE LOS REQUISITOS PARA SER PERSONERO(A). Para aspirar a la personería de estudiantes, el estudiante debe:

a. Haberse destacado por un buen rendimiento académico y disciplinario dentro y

fuera de la institución.

b. No haber sido sancionado(a).

c. En los candidatos debe poseer cualidades como liderazgo, asertividad,

responsabilidad, buen comunicador, carismático, con excelentes relaciones

interpersonales, promotor activo de buen trato.

ARTÍCULO 81.- DE LAS FUNCIONES DEL PERSONERO.

El personero tendrá las siguientes funciones: a). promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación. b). Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos. c).Presentar ante el rector o el Director Administrativo, según sus competencias, las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes. d). Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio. ARTÍCULO 82.- DE LA ELECCIÓN DEL PERSONERO(A).

El personero de los estudiantes será elegido dentro de los treinta días calendario siguientes al de la iniciación de clases de un período lectivo anual. Para tal efecto el rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto. ARTÍCULO 83.- DE LA INCOMPATIBILIDAD.

El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es incompatible con el de representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo. (DECRETO 1860 DE 1994) EL CONSEJO DE ESTUDIANTES. Artículo 28. De conformidad con el articulo 29 del DECRETO 1860/94, En todos los

establecimientos educativos el Consejo de Estudiantes es el máximo órgano colegiado

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que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los

educandos. Estará integrado por un vocero de cada uno de los grados ofrecidos por el

establecimiento o establecimientos que comparten un mismo Consejo Directivo.

ARTÍCULO 84.- CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES.

El Consejo Directivo deberá convocar en una fecha dentro de las cuatro primeras

semanas del calendario académico, sendas asambleas integradas por los alumnos que

cursen cada grado, con el fin de que elijan de su seno mediante votación secreta, un

vocero estudiantil para el año lectivo en curso.

Todos los grados tendrán su representante desde grado Transición hasta grado Undecimo

Corresponde al Consejo de Estudiantes:

a). Darse su propia organización interna;

b). Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del

establecimiento y asesorar lo en el cumplimiento de su representación;

c). Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas

sobre el desarrollo de la vida estudiantil, y las demás actividades afines o

complementarias con las anteriores que la atribuya el manual de convivencia.

TITULO VI: DE LAS ACTIVIDADES DE FORTALECIMIENTO. CAPITULO I: ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES ARTÍCULO 85.- El colegio Sagrado Corazón de Jesús tiene un espacio de actividades extracurriculares para fortalecer los talentos académicos y de aprovechamiento de tiempo libre por lo tanto se determina que:

1. Que semanalmente se tomaran 80 minutos para realizar los clubes. 2. Los clubes se realizaran los días viernes. 3. Para participar en los clubes debe estar debidamente uniformados.

4. Para que se evidencie una organización se dividió en dos grupos preescolar 1° a 5° 6° a 10°

Los Clubes son dirigidos por grado 11°, para una mayor organización se han divido los

clubes de las siguientes formas:

CLUB DE FORTALECIMIENTO ACADÉMICO:

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- Jugando con las matemáticas - Viajeros por el mundo

- Verdaderos Científicos

- Cibernautas en acción

- Bilingües

- Lectores competentes

CLUB DE FORTALECIMIENTO DE TALENTOS:

- Guardianes Ambientales

- Bailadores creativos

- Futbolistas con talento

- Actores Creativos

- Ajedrecistas con talento

- Artesanos con manos

CAPITULO II: DEL PLAN PADRINO. ARTÍCULO 86.- En aras de lograr una mejor convivencia entre toda la comunidad educativa corazonista se ha diseñado el plan padrino que consiste en el apadrinamiento de los estudiantes de los grados de pre escolar a quinto por parte de los estudiantes de los grados sexto a undécimo. Cada estudiante (de sexto a undécimo) tendrá un ahijado que deberá colaborarle en todo lo que este necesite y también debe ser su guía y ejemplo. Existirán algunas actividades escolares en las que participaran como ahijados y padrinos, en estas los padrinos deberán velar por el buen desempeño de sus ahijados y ayudarlos a lograr el objetivo de la actividad.

CAPITULO III: DE LOS EGRESADOS. ARTÍCULO 87.- El colegio reconoce la importancia de la participación de aquellos que terminaron todo el proceso educativo y recibieron su grado como bachilleres corazonistas, por ello, posibilitará los espacios para el encuentro de las distintas promociones, buscando crear una estructura organizativa dentro de la cual se vinculen y aporten todos aquellos egresados interesados. El egresado es un miembro valioso dentro de la comunidad educativa, pues desde su visión retrospectiva nos aporta para generar una propuesta más acorde con las realidades culturales, profesionales y tecnológicas contemporáneas, haciendo que la prepuesta y el proyecto educativo sean más válidos, eficientes y eficaces. El Colegio apoyará la forma de organización de egresados que busque la vivencia y la promoción de los valores corazonistas.

TITULO VII

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SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE Y PROMOCIÓN DE

LOS ESTUDIANTES EN LOS NIVELES DE EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA

La Rectora, acogiéndose a las directrices del DECRETO 1290 del 16/04/09 y previa aprobación del Consejo Directivo, incorpora el Sistema Institucional de Evaluación del Aprendizaje y Promoción de los estudiantes al Proyecto Educativo Institucional. El citado DECRETO, en cuanto a la evaluación INSTITUCIONAL EXPRESA: Institucional. La evaluación del aprendizaje de los estudiantes realizada en los establecimientos de educación básica y media, es el proceso permanente y objetivo para valorar el nivel de desempeño de los estudiantes. CAPITULO I: ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS ESTUDIANTES. ARTÍCULO 88.-

ARTICULO NUMERO XX: El sistema de evaluación del Colegio Sagrado Corazón de Jesús es coherente con lo establecido en el Decreto 1290 por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media. Dentro de sus lineamientos generales en términos de evaluación, a través de la comunicación permanente con el Consejo Académico se ha fijado a nivel institucional los siguientes parámetros a tener en cuenta entre otros:

a. La evaluación se entiende como aquello que nos permite identificar y verificar

los conocimientos, las habilidades, los objetivos, los desempeños de un estudiante que avanza en un proceso de aprendizaje y formación absolutamente claro tanto para el estudiante como, por razones obvias, para el maestro (de aquí la importancia de la etapa de formulación en todos los casos). Así la evaluación se convierte en sí misma en una valoración de la acción enseñanza y aprendizaje, lo cual lleva implícito tanto procesos internos como externos, tales como; la responsabilidad, la autonomía, la motivación por aprender, los aciertos, las dificultades, el trabajo en equipo, etc.

b. La evaluación es continua y formativa a la vez. Cuando se dice que la evaluación es continua se refiere a que es permanente, de esta manera, lo que se evalúa debe ser resultado de una acción educativa durante un determinado tiempo, lo cual lleva en sí un proceso. El resultado no puede ser únicamente de un corte en un momento, debe ser continuo y formativo sin excluirse mutuamente.

c. La evaluación como estrategia formativa es aquella que se realiza con el propósito de valorar TODO el proceso, es decir, favorece o mejora constantemente aquello que está fallando: el proceso de aprendizaje de los estudiantes, la estrategia o metodología del docente, el material pedagógico que se utiliza al interior de las clases, la mismas relaciones interpersonales, etc. Como es obvio los cambios o mejor la intervención en la mejora de un proceso tiene sentido hacerla mientras éste transcurre. Este tipo de evaluación pretende ayudar a responder a la

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pregunta de cómo están aprendiendo y progresando los estudiantes de acuerdo a la obtención de los logros que nos hemos propuesto. Sólo así se podrán introducir correcciones, añadir acciones alternativas y reforzar ciertos aspectos.

d. Somos coherentes con lo planteado en la Ley General de Educación. Ley 115,

Decreto 1860 de 1994, Capítulo VI, art. 47. que dice: en cuanto a la evaluación "...sus finalidades principales son: -determinar la obtención de los logros definidos en el proyecto educativo institucional. - Definir el avance en la adquisición de los conocimientos. -Estimular el afianzamiento de valores y actitudes. -Favorecer en cada alumno el desarrollo de sus capacidades y habilidades. -Identificar características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje. - Contribuir a la identificación de las limitaciones o dificultades para consolidar los logros del proceso formativo. -Ofrecer al alumno oportunidades para aprender del acierto, del error y, en general, de la experiencia".

e. La evaluación es, en últimas, la constatación de que un proceso se está llevando a

cabo y de qué manera se están logrando las metas propuestas, y definitivamente no tiene otra intención que mejorar la calidad, la profundidad y el sentido del aprendizaje en la vida escolar.

CAPITULO II: LA ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL. ARTÍCULO 89.- : De conformidad con el Decreto 1290 del 16 de abril de 2009 en su Art. 5, el colegio aplica la siguiente escala de valoración institucional de carácter cuantitativo equivalente con la escala nacional: Valoración entre 9.0 y 10.0 Equivalente a Desempeño Superior Valoración entre 8.5 y 8.9 Equivalente a Desempeño Alto Valoración entre 6.6 y 8.4 Equivalente a Desempeño Básico Valoración entre 0.0 y 6.5 Equivalente a Desempeño Bajo Los siguientes son criterios de evaluación definidos para cada uno de los desempeños y que se tendrán en cuenta en las valoraciones finales de cada una de las áreas: Desempeño Superior: Descripción: Asume un comportamiento excelente y acorde con los valores y la filosofía propuesta por la Institución, alcanzando óptimamente los logros propuestos y ejecutando de manera apropiada los procesos que le permitan enriquecer su aprendizaje. Criterios de Evaluación: - Participa activamente en el desempeño y desarrollo de las diferentes actividades en el aula y en la institución. - El trabajo en el aula es constante y enriquece al grupo. -Maneja adecuadamente los conceptos aprendidos y los relaciona con experiencias vividas, adoptando una posición crítica.

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- Respeta y participa en las actividades planteadas, tanto por el docente como por sus compañeros. - Su comportamiento y actitud, contribuye a la dinámica de grupo. - Consulta diversas fuentes de manera que enriquece las temáticas vistas en clase. - Asume con responsabilidad y dedicación sus compromisos académicos. - Presenta a tiempo sus trabajos, consultas, tareas y las argumenta con propiedad. - No tiene fallas, aun teniéndolas, presenta excusas justificadas sin que su proceso de aprendizaje se vea afectado. - Alcanza todos los logros propuestos sin actividades complementarias. - No presenta dificultades en su comportamiento y en el aspecto de su relación con todas las personas de la comunidad educativa. - Manifiesta sentido de pertenencia institucional. Desempeño Alto: Descripción: Mantiene una actitud positiva y un comportamiento sobresaliente dentro de los valores y la filosofía del colegio, alcanzando satisfactoriamente los logros propuestos, en su proceso de aprendizaje. Criterios de Evaluación: - Maneja y argumenta los conceptos aprendidos en clase. - Participa moderadamente en el desarrollo de las actividades en el aula. - El trabajo en el aula es constante, aportando con discreción al grupo. - Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento. - Su comportamiento favorece la dinámica de grupo. - Aporta ideas que aclaran las posibles dudas que surjan durante el proceso. - Emplea diferentes fuentes de información y lleva registros. - Presenta a tiempo sus trabajos, consultas, tareas. - Alcanza todos los desempeños propuestos, pero con algunas actividades complementarias. - Tiene faltas de asistencia justificadas. - Manifiesta sentido de pertenencia con la institución. Desempeño Básico: Descripción: Presenta una actitud y comportamiento aceptable con los valores y la filosofía del colegio, cumpliendo los requerimientos mínimos para alcanzar los desempeños necesarios en el área. Criterios de Evaluación: - Participa eventualmente en clases. - Su trabajo en el aula es inconstante.

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- Relaciona los conceptos aprendidos con experiencias de su vida, pero necesita de colaboración para hacerlo. - Es inconstante en la presentación de sus trabajos, consultas y tareas; las argumenta con dificultad. - Le cuesta aportar ideas que aclaren los conceptos vistos. - Su comportamiento académico y formativo es inconstante. - Presenta dificultades de comportamiento. - Alcanza los desempeños mínimos con actividades complementarias dentro del período académico. - Presenta faltas de asistencia, justificadas e injustificadas. - Desarrolla un mínimo de actividades curriculares requeridas. - Manifiesta un sentido de pertenencia a la institución. Desempeño Bajo: Descripción: Presenta actitud insuficiente y de desinterés ante los valores, la filosofía del colegio y ante los requerimientos mínimos para alcanzar los desempeños básicos necesarios en el área. Criterios de Evaluación: - El ritmo de trabajo es inconstante, lo que dificulta progreso en su desempeño académico. - Manifiesta poco interés por aclarar las dudas sobre las temáticas trabajadas. - Registra eventualmente sus consultas y el desarrollo de las temáticas. - Necesita ayuda constante para profundizar conceptos. - Presenta deficiencias en la elaboración argumentativa y en la producción escrita. - Evidencia desinterés frente a sus compromisos académicos. - Afecta con su comportamiento la dinámica del grupo. - No alcanza los desempeños mínimos y requiere actividades de refuerzo y superación, sin embargo, después de realizadas las actividades de recuperación no logra alcanzar los logros previstos. - Presenta faltas de asistencia injustificadas. - Presenta dificultades de comportamiento. - No tiene sentido de pertenencia institucional. CAPITULO III: CRITERIOS DE PROMOCIÓN POR GRADOS. 1. Al finalizar el año escolar la Comisión de Evaluación y Promoción de cada grado se

encargará de determinar cuáles estudiantes deben repetir el grado, atendiendo a las directrices consignadas en la Ley o en nuestro Manual de Convivencia.

2. La Comisión de Evaluación y Promoción de cada grado podrá determinar que un estudiante es candidato para repetir el año cuando se encuentre en algunas de las siguientes situaciones:

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a. Estudiantes con evaluación final con desempeño bajo en tres o más áreas, estos casos no tendrán que ser analizados por la comisión de evaluación.

b. Estudiantes que hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 25% de las actividades académicas durante el año escolar, estos casos desde el tercer periodo deben ser analizados por la comisión de evaluación.

c. Estudiantes con una o dos área cuya conformación sea de dos asignaturas o más,

según el plan de estudios definido para ese grado y año respectivo, es condición necesaria para aprobar el área que todas las asignaturas se superen, que alcancen todos los logros es decir, la valoración de cada una de las asignaturas que conforman dicha área debe ser igual o superior a 6.6. Si de las asignaturas que conforman un área hay una o más con lo valoración inferior a 6.6, entonces la nota del área será la que tenga la asignatura con menor valoración. Teniendo la oportunidad de someterse a un proceso refuerzo cuyo resultado debe ser el logro de todos los objetivos de cada asignatura, de lo contrario no se puede emitir el informe con la anotación de logros alcanzados.

3. Los demás estudiantes serán promovidos al siguiente grado. PARÁGRAFO: Las siguientes son las áreas y asignaturas que se dictan en el Colegio Sagrado Corazón de Jesús, de acuerdo con el PEI.

AREAS ASIGNATURAS QUE LA CONFORMAN

Humanidades Inglés, castellano y taller de pensamiento.

Educación Física Educación física y ajedrez.

Educación artística

Danza, teatro y artística.

Matemáticas Geometría, estadística, matemáticas y razonamiento abstracto.

Naturales Biología, física y química.

Educación religiosa

Religión.

Ciencias Sociales Geografía, historia y filosofía.

Tecnología Informática.

Investigación Investigación.

CRITERIOS PARA LA PROMOCIÓN Y GRADUACIÓN DE BACHILLERES. ARTÍCULO 90.- Para obtener el Título de BACHILLER ACADÉMICO, el estudiante deberá ser promovido según lo contemplado en el Decreto 1290. Además de cumplir con los requerimientos exigidos por el MEN y la Secretaría de Educación Departamental para tal

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efecto, como el Servicio Social Obligatorio (Ley 115 de 1994 y decreto 1860 de 1994) entre otros.

ARTÍCULO 91.- Los casos particulares que no se inscriban en este artículo, su situación será definida por la respectiva Comisión de Evaluación y Promoción quien atendiendo a las directrices consignadas en la Ley o en este Manual, definirá su graduación. CAPITULO IV: DE LA PERIODICIDAD EN ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE

FAMILIA. Y ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES:

ARTÍCULO 93.- En cumplimiento del Art. 11 numerales 4 y 6 del Decreto 1290, el colegio establece que:

1. La evaluación de los estudiantes será continua e integral y se hará con referencia a cuatro períodos de igual valor o porcentaje, al finalizar cada uno de los periodos, los padres de familia o acudientes recibirán un informe escrito de evaluación en el que se muestra la valoración asignada en cada una de las asignaturas y por ende las valoración de las áreas y los criterios de evaluación que describen el desempeño del estudiante en el transcurso del periodo escolar.

2. Al finalizar el año escolar se entregará a padres de familia o acudientes un informe final que incluirá una evaluación integral del rendimiento del estudiante para cada asignatura como de las áreas durante todo el año. Esta evaluación tendrá en cuenta el cumplimiento por parte del estudiante de los compromisos que haya adquirido para superar dificultades en períodos anteriores. El informe final y definitivo será el promedio de los cuatro periodos en los que se dividió el año escolar.

3. En caso de que algún periodo haya sido valorado con desempeño bajo y las

dificultades no hayan sido superadas con las actividades de recuperación propuestas, la valoración definitiva asignada será de desempeño bajo.

4. Los cuatro informes y el informe final de evaluación mostrarán el rendimiento en

cada asignatura mediante la escala enunciada en el Artículo 2.

DE LOS PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES.

ARTÍCULO 94.- En todas las asignaturas y para cada periodo académico, se favorecerá la autoevaluación de los estudiantes con una intención netamente formativa que favorezca la toma de conciencia del proceso de aprendizaje y que le ayude al estudiante a establecer sus dificultades y avances en su desempeño. DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN. ARTÍCULO 95.- : Siendo coherentes con lo establecido en el decreto 1290 en su Artículo11, numerales 3, 5 y 8, el Rector conformará para cada Grado una Comisión de

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Evaluación y Promoción la cual se reunirá al finalizar cada período escolar con el fin de analizar los casos de estudiantes que hayan quedado en la valoración final de cada periodo con dos áreas o más con desempeño bajo y se harán recomendaciones generales o particulares a profesores u otras instancias del colegio para seguir actividades de refuerzo y superación.

ARTÍCULO 96.- La Comisión de Evaluación y Promoción analizará las condiciones del estudiante y remitirá a la instancia que corresponda para citar a reunión a padres de familia o acudiente junto con el estudiante con el fin de seguir el conducto regular estipulado en el presente manual de convivencia y acordar los compromisos por parte de los involucrados. Estará integrada por:

1. Rector. 2. Coordinador General 3. Coordinadora Académica 4. Docentes del grado correspondiente. 5. Coordinador de Convivencia Social 6. Psicóloga de la sección

1. Funciones:

a. La Comisión de Evaluación y Promoción por Grado, se reunirá al finalizar cada período escolar y se analizarán los casos de estudiantes que hayan quedado en la valoración final de cada periodo con tres áreas o más con desempeño bajo y se harán recomendaciones generales o particulares a profesores u otras instancias del colegio para seguir actividades de refuerzo y superación.

b. La comisión analizará las condiciones del estudiante y remitirá a la instancia

que corresponda para citar a reunión a padres de familia o acudiente junto con el estudiante con el fin de seguir el conducto regular estipulado en el presente manual de convivencia y acordar los compromisos por parte de los involucrados.

c. También se analizarán los casos de educandos con desempeño

excepcionalmente alto con el fin de hacer reconocimiento público.

d. Todas las decisiones, observaciones y recomendaciones de las Comisiones se consignarán en actas y estas serán la base para posteriormente tomar las decisiones acerca de la promoción de estudiantes.

e. Cuando la insuficiencia académica se deba a problemas de índole disciplinario

y comportamental, la Comisión evaluará la situación y establecerá un informe sobre el correctivo o la sanción que corresponda; dichas decisiones son de carácter consultivo.

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DE LAS ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR ARTÍCULO 97.-: Cada departamento establecerá unos procesos y estrategias que serán llevados a cabo dentro del horario que se establezca y que propenden por el mejoramiento de aquellos estudiantes que hayan quedado con desempeño bajo en el transcurso de un periodo académico. ( Semana Platino)

ARTÍCULO 98. Esta actividad es una responsabilidad compartida por el estudiante, los docentes y los padres de familia o acudientes. (Decreto 1290 Art. 13 y 15). 1860 Art. 49. ARTÍCULO 99.- Se define en un formato llamado Plan de mejoramiento individual que se entrega al estudiante y al padre de familia finalizando cada periodo escolar, el cual incluye: la descripción de la situación académica del estudiante, la estrategia de refuerzo (entrega de taller previo, revisión de cuaderno y la presentación de una prueba escrita o sustentación)

ARTÍCULO 100.- Para los estudiantes que quedan con situaciones pedagógicas pendientes durante un periodo escolar, es decir desempeños bajos en alguna(s) área(s), la Coordinación Académica fijará las fechas en las cuales deben desarrollar el plan de mejoramiento descrito en el numeral anterior, están fechas están estipuladas en la delimitación de periodos. ARTÍCULO 101.- Esta actividad se realiza en la semana siguiente a la entrega de informes de periodo en fecha estipulada por la coordinación del colegio, se considera que el estudiante ha alcanzado los logros en una asignatura que está recuperando o nivelando si la nota definitiva luego de presentar talleres y evaluación es igual o superior a 7.0; en el caso de no alcanzar el desempeño antes mencionado su nota de periodo quedara tal como aparece en el informe académico de dicho periodo. Si su nota es igual o superior a 7.0 entonces la nota de la asignatura en ese periodo será la que ha alcanzado. ARTÍCULO 102.- Obligación especial de la familia: El padre o acudiente una vez enterado a través de cualquier medio, sobre el desempeño bajo del estudiante, deberá presentarse inmediatamente ante el profesor de la materia y/o titular de curso para definir y seguir el plan de mejoramiento académico individual sin esperarse hasta final del año. La Comisión de Evaluación y Promoción respectiva revisará el cumplimiento de los compromisos inscritos entre la familia y el colegio. El eventual incumplimiento será causal para estudiar la permanencia del estudiante en la institución sin perjuicio del derecho al debido proceso. (Decreto 1860 Art. 49; Decreto 1290 Art. 13 y 15).

DE LA PROMOCIÓN ANTICIPADA DE GRADO: ARTÍCULO 103.- Durante el primer período del año escolar el consejo académico, previo consentimiento o solicitud de los padres de familia, recomendará ante el consejo directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un

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rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. La decisión será consignada en el acta del consejo directivo y, si es positiva en el registro escolar. DEL DEBIDO PROCESO. ARTÍCULO 104.- Para el estudio de circunstancias académicas es necesario establecer unos canales y unos procedimientos sobre los cuales se actúa y se toman decisiones. Se requiere en todos los casos que haya una comunicación permanente y respetuosa entre el colegio y la familia del estudiante con el fin de garantizar un adecuado seguimiento y acompañamiento de la situación presentada.

Instancias:

a. El Docente encargado del área b. El Docente titular de grupo c. Coordinadora Académica d. Coordinador General e. Comisión de Evaluación y Promoción. f. Consejo Directivo, dentro de su competencia señalada en el Decreto 1860/94, literal b Art. 23. y el Decreto 1290 art. 11 numeral 7. g. El Rector

Con los estudiantes que presentan dificultades académicas y que se remiten a la Comisión de Evaluación y Promoción se procederá de la siguiente manera:

1. CITACIÓN A PADRES DE FAMILIA: Para informar sobre el programa de recuperación, actividades de refuerzo y plan de mejoramiento a la que haya lugar en el área en la que se presenta desempeño bajo. (Esta citación es realizada por el director de grupo).

2. REMISIÓN A LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN: El caso del alumno(a) es presentado a la Comisión de Grado y se siguen las recomendaciones asignadas en dicha reunión.

3. CITACIÓN A PADRES DE FAMILIA: Por el Titular de curso para firmar seguimiento

académico, comisionado para esto al director de grupo informando sobre el proceso del estudiante y realizar seguimiento del compromiso académico.

4. CITACIÓN A RECTORÍA: Agotadas todas las instancias se citará a Padres de Familia

y alumno(a) para establecer acuerdos por no cumplir los compromisos pactados.

En caso de que el padre de familia o acudiente requiera realizar una reclamación en relación a la evaluación, deberá seguir el conducto regular especificado en el numeral 1 del presente artículo. En caso de que el padre de familia o acudiente requiera realizar una reclamación en relación a la promoción, deberá enviar una solicitud por escrito al Consejo Directivo.

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CAPITULO VII

DE LA EVALUACIÓN PARA LA EXCELENCIA.

ARTÍCULO 105.- El Colegio Sagrado Corazón de Jesús divide cada año escolar en cuatro (4) periodos académicos, al final de cada periodo se entregaran informes académicos. Cada periodo tendrá una nota que será el resultado de la sumatoria de las notas tomadas por el docente más el examen de periodo el cual tendrá una mayor valoración que las notas tomadas en el periodo. Al finalizar el año escolar se entregara un informe final en el cual se sumaran las notas obtenidas en los cuatro periodos y se dividirán entre el número de periodo dando como resultado una nota definitiva que será la que indique si el estudiante aprueba o no las asignatura para lo cual la nota definitiva debe ser mayor o igual a 6.6

ARTÍCULO 106.- Los rangos que el colegio maneja para efectos de la evaluación interna se describen en la tabla 1.

Tabla

1.

RANGOS CONCEPTOS

100% - 90% S Superior

89% - 85% A Alto

84 % - 66% BS Básico

65% - menos BJ Bajo

ARTÍCULO 107.- El estudiante que por algún motivo no presente un Quiz o Evaluación de Periodo durante las fechas establecidas para los mismos, deberán realizarlos en una nueva fecha que será establecida por la institución, fecha estipulada para supletorio, de no realizarse el examen este espacio quedará en blanco, asumiendo la plataforma para este espacio en blanco una valoración en 0.0

ARTÍCULO 108.- El Colegio Sagrado Corazón de Jesús en aras de garantizar un alto rendimiento académico ha implementado un programa mensual de pruebas interdisciplinarias y específicas (matemática, castellano, inglés, biología, química, física y lectura crítica) para que este programa tenga éxitos se debe tener en cuenta los siguientes aspectos:

1. El costo de estas pruebas serán asumidas 100 % por la institución. 2. Las pruebas se iniciaran la primera semana del mes de febrero.

3. Las pruebas se aplicaran en fechas y horas estipuladas por la institución. 4. El reporte de estos resultados se tomaran como una nota muy significativa en

todas las asignaturas.

5. Los resultados de esta prueba serán entregado junto con la entrega de informes

con el objetivo de que los padres de familias y estudiantes planteen estrategia de

mejoramiento.

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Parágrafo: Estas pruebas son analizadas y socializadas en las clases con el objetivo de conducir al estudiante a la ruta de la excelencia.

RESOLUCIÓN No. 0014 AB Por la cual se realizan cambios en el Manual de Convivencia del Colegio Sagrado Corazón de Jesús.

El Consejo Directivo del Colegio Sagrado Corazón de Jesús en compañía del comité de convivencia en uso de sus facultades legales, especialmente las que le confiere la ley 115 de 1994, Decreto único 1075 del 26 de mayo de 2015 y sus reglamentaciones, hizo el estudio de la propuesta de algunas reformas al Manual de Convivencia, previo el lleno de los requisitos legales en especial del Art. 15 del decreto 1860 de 1994 y el articulo de ley 1620 en reuniones realizadas durante el año 2017, aprobándolas e incorporándolas al Reglamento Interno para el Manual de Convivencia para el año 2018.

CONSIDERANDO

Que existe la necesidad de hacerle algunas reformas al MANUAL DE CONVIVENCIA,

en la dirección de actualizarlo y ponerlo a tono en el tiempo en todos los campos,

conforme al momento histórico en que vivimos.

Que deben actualizarse las normas de comportamiento en los diferentes estamentos, para garantizar una convivencia basada en el respeto mutuo.

Que es necesario actualizar y reafirmar el conocimiento sobre los derechos y deberes que conciernen a cada uno de los integrantes de la comunidad.

Que es justo valorar y estimular el buen comportamiento de los miembros de la comunidad educativa y prevenir o sancionar aquellos que le sean contrarios.

Que se debe continuar dando cumplimiento a las disposiciones establecidas por la Constitución Política Colombiana, el Código del menor, la ley 115 de 1994, la ley 30 de 1990, ley 1620 de 2013 (Sistema Nacional de Convivencia Escolar) y decreto 1965 de 2013.

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Que se debe seguir promoviendo una sana convivencia donde todos los miembros interactúan ligados a valores de respeto, orden y tolerancia.

Presentar las pautas a seguir en todos los procesos para garantizar que las reglas se cumplan por convicción.

RESUELVE

Artículo 1. Adoptar los cambios y actualizaciones que se le han hecho al presente Manual de Convivencia Escolar, que será objeto de una Evaluación anual para realizar las modificaciones, supresiones, adiciones necesarias para su mejoramiento o calificación permanente. Artículo 2. MARCO LEGAL El marco legal de las reformas, actualizaciones, modificaciones, supresiones y adiciones de que ha sido objeto el MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO SAGRADO CORAZON DE JESUS, está constituido por La Constitución Política de Colombia, el Código del menor, la ley 115/94, entre otras normas aplicables. La Constitución Política (Art. 68) prescribe el derecho de los padres de familia a escoger el tipo de educación para sus menores hijos, pudiendo optar por la educación privada, porque también se reconoce el derecho a los particulares a fundar establecimientos educativos de manera voluntaria, se genera un contrato por adhesión de matrícula y cooperación educativa, con elementos de derecho civil por las obligaciones contractuales en la prestación de un servicio público que tiene el carácter de derecho fundamental no absoluto sino Derecho-deber. La ley 115 de 1994, dando respuesta a la nueva Carta Política que guía los destinos de nuestra nación, propende y hace una propuesta educativa que parte de la autonomía y participación de todos los que conforman y hacen parte de los procesos educativos en una institución (ley 115, artículos 73 y 87). Acorde con esta propuesta, el decreto 1860 del 3 de agosto de 1994, reglamenta en el artículo 17 todo lo concerniente a la construcción de los Manuales de Convivencia para los centros educativos. El Art. 87 de la Ley General de educación establece que una vez se firma el contrato de matrícula, se produce un efecto jurídico vinculante por lo cual debe atenerse y cumplir el manual de convivencia como obligación consustancial del mismo contrato, con la posibilidad de que de manera unilateral el mismo sea terminado por las partes, sin perjuicio del derecho fundamental al debido proceso. La misma Ley 115/94 establece como criterios fundamentales: • El Manual ha sido y es parte integral del Proyecto Educativo Institucional. • Contiene los derechos y deberes de los miembros de la Comunidad Educativa.

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