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INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD Licitación Abreviada 2016LA-000002-PROV “SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO, INSTALACIONES Y REACOMODOS EN LA RED DE TELECOMUNICACIONES SEGÚN DEMANDA (BANDA ANCHA Y POTS)” (SEGÚN DEMANDA) Apertura de Ofertas A las 10:00 horas del día 28 de Marzo del 2016 San José, Costa Rica 1 de 129

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INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

Licitación Abreviada 2016LA-000002-PROV

“SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO, INSTALACIONES Y REACOMODOS EN LA RED DE TELECOMUNICACIONES SEGÚN DEMANDA (BANDA ANCHA Y POTS)”

(SEGÚN DEMANDA)

Apertura de Ofertas

A las 10:00 horas del día 28 de Marzo del 2016

San José, Costa Rica

2016

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INDICE

CAPITULO I..............................................................................................................................................4

CONDICIONES GENERALES...............................................................................................................4

CAPÍTULO II...........................................................................................................................................5

CONDICIONES PARTICULARES.........................................................................................................51. LICITACIÓN ABREVIADA....................................................................................................52. PRESUPUESTO........................................................................................................................53. FINANCIAMIENTO.................................................................................................................54. APERTURA DE OFERTAS.....................................................................................................65. CONSULTAS Y ACLARACIONES........................................................................................66. VIGENCIA DE OFERTA.........................................................................................................77. PRECIOS...................................................................................................................................78. TIEMPO DE INICIO DEL SERVICIO.....................................................................................79. LUGAR DE PRESTACIÓN DE SERVICIO............................................................................710. GARANTÍA DE PARTICIPACIÓN.....................................................................................711. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.....................................................................................812. DEPOSITO DE GARANTÍAS..............................................................................................913. VIGENCIA DE LA GARANTÍA DE LOS BIENES Y SERVICIOS..................................914. MODALIDAD Y FORMA DE PAGO..................................................................................915. ESTUDIO Y ADJUDICACIÓN..........................................................................................1016. CLAUSULA PENAL Y MULTAS.....................................................................................1017. SISTEMA DE VALORACIÓN Y COMPARACIÓN........................................................2318. REQUISITOS ADICIONALES DE ADMISIBILIDAD PARA LOS OFERENTES........2319. REAJUSTE DE PRECIOS..................................................................................................2420. CLÁUSULA DE DESCUENTOS.......................................................................................2521. SEGUROS Y PÓLIZAS......................................................................................................2622. CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD DEL CONTRATO..........................................2823. CLÁUSULA DE EXCLUSIVIDAD...................................................................................2824. CLÁUSULA DE POLÍTICAS AMBIENTALES...............................................................2825. CLÁUSULA CONTRA EL HOSTIGAMIENTO SEXUAL..............................................2926. RESOLUCIÓN ALTERNA DE CONFLICTOS.................................................................30

CAPITULO III........................................................................................................................................31

REQUERIMIENTO Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS................................................................311. OBJETIVO..............................................................................................................................312. REQUERIMIENTO.................................................................................................................313. GENERALIDADES DE LOS SERVICIOS............................................................................344. DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS O EVENTOS A CONTRATAR..............................375. GENERALIDADES SOBRE LOS EVENTOS DE INSTALACIÓN....................................466. GENERALIDADES SOBRE LOS EVENTOS DE REACOMODOS...................................497. GENERALIDADES SOBRE LOS EVENTOS DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO (AVERÍAS)......................................................................................................................................518. HORARIO DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS...............................53

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9. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS...........................................................................5410. LUGAR DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS...............................5611. INSPECCIÓN A REALIZAR EN LA EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS............................................................................................................................5712. CALIFICACIÓN INDIVIDUAL DE CONTRATOS.........................................................5813. GESTIÓN DOCUMENTAL...............................................................................................6214. INFRAESTRUCTURA DE GESTIÓN Y COMUNICACIÓN..........................................6515. MATERIALES Y EQUIPOS..............................................................................................6716. DESCRIPCIÓN DEL PERSONAL Y PERFIL DE LA CUADRILLA..............................6817. FLOTILLA VEHICULAR..................................................................................................7318. RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA............................7719. RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL ICE.................................................7920. ACTA FINAL DE RECEPCIÓN DEL SERVICIO............................................................80

ANEXOS..................................................................................................................................................81Anexo I – Lugar de prestación de servicio......................................................................................81Anexo II – Formularios (CD)..........................................................................................................88Anexo III– Norma técnica (CD)......................................................................................................89Anexo IV – Rotulación de los vehículos.........................................................................................90Anexo V – Herramientas.................................................................................................................91Anexo VI – Datos del personal contratado......................................................................................92Anexo VII – Causas frecuentes de rechazo de lotes por calidad.....................................................93

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CAPITULO I

CONDICIONES GENERALES

Para este concurso regirán las “Condiciones Generales del Cartel Tipo para Licitaciones”, publicadas en La Gaceta Nº 164 del 26 de agosto del 2011, la Fe de Erratas publicada en La Gaceta N° 173 del 8 de Setiembre de 2011, La Gaceta N° 94 del 16 de mayo de 2012 y 101 del 28 de mayo de 2013 y, la ley N° 8660 y su Reglamento.

Estas pueden ser adquiridas en la Proveeduría del ICE, sita 400 metros norte del Edificio Central en Sabana Norte, en el Área de Expedientes y Garantías o ingresando a la dirección electrónica www.grupoice.com/PEL.

NotaPresentar la oferta original y tres copias completas, incluyendo timbre de VEINTE COLONES de la Asociación Ciudad de las Niñas y un timbre de DOSCIENTOS COLONES del Colegio de Profesionales de Ciencias Económicas de Costa Rica.

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CAPÍTULO II

CONDICIONES PARTICULARES

El Instituto Costarricense de Electricidad, que en lo sucesivo se denominará ICE, EMPRESA-ENTE PUBLICO de la República de Costa Rica, domiciliado en San José y con cédula jurídica No. 4-000-042139-02, invita a participar en la Licitación Abreviada No. 2016LA-000002-PROV, para la contratación del “SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO, INSTALACIONES Y REACOMODOS EN LA RED DE TELECOMUNICACIONES SEGÚN DEMANDA (BANDA ANCHA Y POTS)”.

La presente contratación no está cubierta por el TLC República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos de América, ni con el TLC con México.

INVITACIÓN A CONCURSAR

1. LICITACIÓN ABREVIADAN° 2016LA-000002-PROV

2. PRESUPUESTO

Objeto de gasto Distribución 2016 monto en

miles Distribución 2017 monto en

miles 111 ₡125,077,125.73 ₡1,375,848,383.0189 ₡89,459,592.27 ₡984,055,514.99

268 ₡153,511,032.00 ₡1,688,621,352.00TOTAL ₡368,047,750.00 ₡4,048,525,250.00

Cuenta por objeto de gasto

Tabla 1. Montos estimados por partida

Zona Partida OTC mensual estimado

OTC anual estimado

Monto total mensual estimado

Monto total anual estimado

Brunca 1 1513 18161 23,697,707.10 284,372,485.15 2 2307 27679 36,116,028.40 433,392,340.74 3 1219 14631 19,091,576.61 229,098,919.38 4 1129 13543 17,671,735.65 212,060,827.80 5 776 9309 12,146,710.39 145,760,524.70 6 561 6734 8,786,768.10 105,441,217.17 7 255 3061 3,993,537.75 47,922,453.05 8 66 787 1,027,117.77 12,325,413.19 9 4850 58199 75,940,366.20 911,284,394.42

10 4284 51411 67,082,941.70 804,995,300.39 11 3914 46963 61,279,439.87 735,353,278.47 12 2632 31586 41,213,820.46 494,565,845.53

Metro Oeste

Norte P. Central

Huetar

Metro Este

3. FINANCIAMIENTOI.C.E.

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4. APERTURA DE OFERTAS

4.1.El Instituto Costarricense de Electricidad, recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 28 de Marzo del 2016.

4.2.La oferta será entregada en sobre cerrado en la Proveeduría del ICE, sita en Sabana Norte, 400 metros norte de la esquina este de las Oficinas Centrales, antes de la hora señalada para el acto de apertura de ofertas con la siguiente leyenda:

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDADLICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000002-PROV. ADQUISICIÓN DE:

“SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO, INSTALACIONES Y REACOMODOS EN LA RED DE TELECOMUNICACIONES SEGÚN DEMANDA (BANDA ANCHA Y POTS)”

5. CONSULTAS Y ACLARACIONES

5.1.Las consultas y aclaraciones relativas a esta licitación deberán realizarse utilizando los siguientes medios:

a. Carta, la cual deberá estar dirigida a la siguiente dirección:Instituto Costarricense de ElectricidadAptdo. 10032-1000San José Costa RicaLicitación Abreviada No. 2016LA-000002-PROV Atención Proveeduría

b. Facsímil (FAX), a la siguiente dirección, con copia a la dependencia usuaria mencionada en el punto 5.3 Fax: (506) 2220–8160 y (506) 2220-8163Aptdo. 10032-1000San José Costa RicaLicitación Abreviada No. 2016LA-000002-PROVAtención Proveeduría

c. Medios Electrónicos: (correo electrónico [email protected])Señor Geovanny Hernández Villalobos, licitación abreviada 2016LA-000002-

PROV.

Se le comunica a todos los potenciales oferentes que la normativa que se indica en este cartel puede ser consultada en la siguiente dirección electrónica: www.grupoice.com/PEL

5.2.Toda la correspondencia entre el adjudicatario y el ICE, además de la facturación para efectos de pago, deberá hacerse en idioma español.

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5.3.Dependencia usuaria

Dirección Gestión de Entrega y Aseguramiento del Servicio.Número telefónico: 2000-7614Responsable: Luis Greivin Porras PorrasCorreo electrónico: [email protected]

6. VIGENCIA DE OFERTALa vigencia mínima de la oferta será de 90 días hábiles a partir de la fecha de apertura de ofertas.

7. PRECIOS 7.1.Los precios deberán cotizarse unitarios, totales, firmes y definitivos. Se deberá

cotizar por partida completa. El monto total adjudicado se determina de la multiplicación entre el monto unitario ofertado (precio OTC) por la estimación de consumo anual (OTC anual estimado) que se detalla en la tabla 1 “Montos estimados por partida”.

7.2.La oferta deberá indicar por separado los impuestos que la afecten, de no hacerlo se le aplicará el artículo No. 52.7 del Reglamento General de Contratación Administrativa.

8. TIEMPO DE INICIO DEL SERVICIO

El servicio se iniciará en un plazo máximo de 15 días hábiles a partir del día siguiente hábil de la notificación de la emisión de la orden de servicio y la duración de cada contrato será de 12 meses, prorrogable en cinco (5) periodos hasta completar un total de seis (6) años, sin embargo, el ICE se reserva el derecho de prorrogar el inicio del contrato de acuerdo a sus necesidades por un máximo de ocho (8) meses contados a partir de la notificación de la emisión de la orden de servicio. Los contratos darán inicio conforme vayan finalizando los contratos existentes.

9. LUGAR DE PRESTACIÓN DE SERVICIO

Los servicios adjudicados se brindarán en las localidades descritas en el Anexo I que conforman las diferentes partidas.

10. GARANTÍA DE PARTICIPACIÓN

La garantía de participación deberá brindarse por cada partida en que el oferente presente su cotización y deberá tener una vigencia no menor de cuatro (4) meses contados a partir de la

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fecha de apertura de las ofertas. La siguiente tabla describe los montos de la garantía de participación necesaria para cada partida.

Tabla 2. Monto de garantía de participaciónPartida

Monto en colones de garantía de participación

1 2,843,7252 4,333,9233 2,290,9894 2,120,6085 1,457,6056 1,054,4127 479,2258 123,2549 9,112,84410 8,049,95311 7,353,53312 4,945,658

11. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO

La empresa que resulte adjudicataria deberá rendir a favor del ICE, una garantía de cumplimiento con una vigencia del tiempo asignado al contrato más dos (2) meses adicionales (14 meses). Dicha garantía debe rendirla el adjudicatario en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles posteriores a la comunicación de la Proveeduría, de no cumplir este requisito, el ICE analizará la conveniencia de adjudicar el servicio a la oferta que resultó en segundo lugar en el Sistema de Valoración y Comparación de Oferta.

En el caso de que el ICE se viera obligado a ejecutar la garantía antes del vencimiento del contrato, el adjudicatario deberá rendir una nueva Garantía de Cumplimiento de acuerdo con los párrafos anteriores, de manera que el contrato en todo momento quede cubierto hasta su ejecución total.

En la siguiente tabla se muestran los montos en colones correspondientes de la garantía de cumplimiento para cada partida.

Tabla 3. Monto de garantía de cumplimientoPartida

Monto en colones de garantía de cumplimiento

1 14,218,6242 21,669,6173 11,454,9464 10,603,0415 7,288,0266 5,272,0617 2,396,1238 616,2719 45,564,220

10 40,249,76511 36,767,66412 24,728,292

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12. DEPOSITO DE GARANTÍAS

Cuando las garantías de participación y de cumplimiento se realicen por medio de un depósito de dinero en efectivo, deberán ser depositadas en la siguiente cuenta:

Tabla 4. Cuentas $ y ₵Sector US $

dólares CRC

Telecomunicaciones 192916-0 192915-1

Debe adjuntar el comprobante de depósito respectivo al expediente físico de la Proveeduría.

13. VIGENCIA DE LA GARANTÍA DE LOS BIENES Y SERVICIOS

13.1. Garantía sobre bienes

Durante la vigencia del contrato el contratista quedará comprometido a reponer por su cuenta y riesgo, incluyendo el transporte o cualquier otro gasto adicional, los materiales y equipos que se compruebe que fueron dañados durante el período en que han estado a su disposición, a causa del manejo inadecuado o por cualquier otra causa que se compruebe es responsabilidad del contratista.

13.2. Garantía sobre el servicio

a. El Contratista debe garantizar que los trabajos ejecutados, se realizarán con la más alta calidad, cumpliendo con los requisitos del cartel de contratación y las normas aplicables por el personal capacitado, la garantía por estos trabajos será de dos (2) meses en caso de las instalaciones y reacomodos y de un (1) mes para el caso de averías, a partir de la fecha en que el ICE reciba el servicio a entera satisfacción el contratista quedará comprometido a corregir por su cuenta y riesgo incluyendo el transporte y cualquier otro gasto adicional, todos los trabajos ejecutados que no cumplan con los requerimientos y las normas señalados por el ICE.

b. Cuando el ICE detecte que se ha contravenido lo que estipulan los procedimientos y la normativa técnica vigente, se ejercerá la garantía del servicio debiendo corregir lo necesario sin costo alguno para el ICE y en un período de tres (3) horas hábiles para las averías y seis (6) horas hábiles para las instalaciones y reacomodos, el evento se considerará prescrito al no cumplir con los tiempos prestablecidos.

14. MODALIDAD Y FORMA DE PAGO

14.1. Modalidad de pago

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El ICE aceptará como modalidad de pago transferencia bancaria 30 días plazo, carta de crédito o crédito documentario y cobranza bancaria, no obstante, el ICE se reserva el derecho de aceptar otras modalidades de pago diferentes a las estipuladas siempre y cuando las considere convenientes a sus intereses.

14.2. Forma de Pago

a. El ICE pagará mediante depósito por medio de transferencia bancaria, para lo cual el oferente deberá indicar en su oferta el número de cuenta bancaria que se utilizará para estas operaciones.

b. Todas las multas acumuladas se descontarán del monto total a pagar, según la factura presentadas a cobro.

15. ESTUDIO Y ADJUDICACIÓN

El ICE resolverá el presente concurso dentro de los 40 días hábiles contados a partir de la fecha de apertura de ofertas. El ICE se reserva el derecho de prorrogar este plazo en caso de considerarlo necesario. La adjudicación se realizará por partida completa.

16. CLAUSULA PENAL Y MULTAS

16.1. Clausula Penal

Si existiera atraso en el inicio de la prestación del servicio de acuerdo con las condiciones del cartel y de la oferta, siempre y cuando el atraso sea imputable al contratista, este deberá pagar al ICE por concepto de cláusula penal la suma del 0.6% del valor de la parte incumplida, por cada día natural de atraso según el artículo 41 y 43 del Reglamento al Título II de la Ley No. 8660 Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector de Telecomunicaciones.

Entiéndase por parte incumplida el costo total de la partida adjudicada dividido entre las 52 semanas del año. La cláusula penal a aplicar será 0.6% de la parte incumplida (monto total de la partida adjudicada dividido entre las 52 semanas del año, esto se le aplicará por cada día natural de atraso. A continuación se detalla la metodología de evaluación asignada por el ICE.

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Tabla 5. Estimación de la cláusula penalPuntos

30

30

15

15

Total de puntos 90

Riesgos del incumplimiento del plazo (30,20 o 10 puntos, según corresponda)

Preponderancia del plazo de entrega (15,10 o 5 puntos, según corresponda)

Monto del contrato(15,10 o 5 puntos, según corresponda)

Indicar monto estimado de la contratación:

Factor de evaluación

Repercusiones de eventual incumplimiento (30,20 o 10 puntos, según corresponda)

16.1.1. Descripción de la metodología de evaluación (justificación del 0,6%)

a. Factor Repercusiones:

i. Alta: igual a 30 puntos si el incumplimiento afecta un proyecto o programa estratégico para la dependencia.

ii. Media: igual a 20 puntos si el proyecto afecta un proyecto o programa importante para el cumplimiento de objetivos de la dependencia.

iii. Moderada: Igual a 10 puntos si el incumplimiento afecta un proyecto o programa con medio o bajo impacto sobre la estrategia y objetivos de la dependencia.

b. Factor Riesgos:

i. Alto: Igual a 30 puntos si el incumplimiento pone en riesgo muy alto la eficacia, eficiencia o la continuidad de los servicios que se brindan a los clientes internos o externos así como los ingresos o imagen institucional.

ii. Medio: Igual a 20 puntos cuando el incumplimiento pone en riesgo alto la eficacia, eficiencia o la continuidad de los servicios que se brindan a los clientes internos o externos así como los ingresos o imagen institucional.

iii. Moderado: Igual a 10 puntos cuando el incumplimiento pone en riesgo medio o bajo la eficacia, eficiencia o la continuidad de los servicios que se brindan a los clientes internos o externos así como los ingresos o imagen Institucional.

c. Factor Preponderancia del plazo.

i. Alto: Igual a 15 puntos cuando el plazo de entrega es fundamental para el cumplimiento de las metas de la dependencia.

ii. Medio: Igual a 10 puntos cuando el plazo de entrega es importante para el cumplimiento de las metas de la dependencia.

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iii. Moderado: Igual a cinco (5) puntos cuando el plazo de entrega es de importancia media o baja para el cumplimiento de las metas de la dependencia.

d. Factor Monto del contrato.

i. Alto: Igual a 15 puntos cuando es igual o excede 40 millones de colones.

ii. Medio: Igual a 10 puntos en montos  inferiores a 40 millones de colones  y hasta 20 millones de colones.

iii. Moderado: Igual a 5 puntos en montos inferiores a los 20 millones de colones.

16.1.2. En la Tabla 6 se muestra la relación entre la calificación de importancia de la cláusula penal y el porcentaje de multa a aplicar por día.

Tabla 6. Porcentaje de Multa a Aplicar

Puntaje Importancia de la Cláusula penal

Porcentaje multa a aplicar por día

De 90 a 70 puntos Alta 0.6 %

De menos de 70 a 50 puntos Media 0.5%

Menos de 50 puntos Moderada 0.4%

16.1.3. Aplicando esta metodología y su ponderación se establece en 0.6% como cláusula penal por el atraso en el inicio de la prestación del servicio.

16.2. Generalidades de las sanciones

16.2.1. El valor porcentual de la sanción será como máximo el 25% del monto total del contrato. La aplicación de esta cláusula es conforme al artículo Nº 41 del Reglamento al Título II de la Ley No. 8660 Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector de Telecomunicaciones.

16.2.2. El cobro de las multas podrá hacerse con cargo a las facturas del pago a realizar que se hayan presentado. En caso de que esta alternativa no resulte viable, se podrá ejecutar la garantía de cumplimiento hasta por el monto respectivo. El oferente deberá entregar con su oferta la aceptación de esta cláusula.

16.2.3. Se hará acreedor de cobro por concepto de multa, el Contratista que incurra en los siguientes supuestos:

a. El atraso en el cumplimiento en los tiempos estipulados o una defectuosa ejecución del objeto contratado para el servicio de soporte técnico según lo establecido en este Cartel, es causa de penalidad para el contratista. Cabe indicar que el nivel de prioridad de los eventos será definido por el ICE, al momento de abrir el reporte al contratista o cuando sea necesario modificarlo.

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b. El Administrador de contrato gestionará el cobro de multa y cláusula penal, únicamente en el caso de que el incumplimiento del contratista no obedezca a motivos de caso fortuito, fuerza mayor o culpa de la Administración debidamente comprobadas y se haya seguido lo establecido en los artículo 176 y 177 el reglamento al Título II de la Ley No. 8660 Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector de Telecomunicaciones.

16.2.4. Sanción por incumplimiento de calidad de trabajo

Además de las multas a aplicar por incumplimiento por parte del Contratista el ICE llevará una calificación individual de cada contrato. Esta calificación denominada CIC, será tomada en cuenta para la aplicación de sanciones tal como se describe en el punto 12 Capítulo 3.

16.2.5. Multas por cobros indebidos, robos o daños a la propiedad del cliente

a. De existir una denuncia formal y por escrito de un cliente por cobros indebidos por parte del personal de la empresa contratada tales como, cobros por uso irregular de materiales ICE, trabajos cobrados como adicionales siendo parte de su labor, robos o daños a la propiedad del cliente o cualquier otro tipo, deberá procederse de la siguiente forma

b. En caso de ser necesario se realizará una inspección en conjunto con un representante autorizado del Contratista a las instalaciones del cliente.

c. Una vez que el ICE confirme el caso, el Contratista deberá devolver lo cobrado al cliente, pagar el valor del objeto sustraído, la reposición del artículo o reparación del daño producido, a satisfacción del cliente, en un plazo menor o igual a dos (2) días hábiles, contados a partir del día siguiente de realizada la inspección.

d. El Contratista entregará una carta al cliente donde explique que la responsabilidad es de éste y exima al ICE de todo compromiso por esa anomalía. El Contratista deberá presentar el recibido conforme por parte del cliente al Administrador de Contrato o las personas que este designe.

e. El no cumplimiento de lo anterior, se considerará como un incumplimiento contractual establecido en el punto 12 “Calificación Individual de Contratos” del Capítulo 3.

f. En caso de hurto o robo, el cliente debe aportar la respectiva denuncia ante la autoridad competente.

g. Ante situaciones similares, reiteradas y comprobadas por el Administrador de Contrato o las personas que este designe, podrá aplicar lo establecido en el punto 16.4 “Procedimiento ante Incumplimientos” de este capítulo.

16.2.6. Multa por faltante de materiales y equipos:

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a. El ICE le cobrará al contratista, el valor del material al precio actual de mercado para la reposición (incluyendo costos adquisición y administración) cuando existan casos de trabajos mal ejecutados, uso inadecuado de materiales o inconsistencias en los inventarios de la contratación.

b. El cobro se realizará según el mecanismo que establezca el Administrador de Contrato o las personas que este designe, sea por depósito o transferencia a una cuenta del ICE, mediante Recibo Especial de Dinero u otros medios debidamente utilizados y oficializados por la Institución.

16.2.7. Multa por Inconsistencia en los reportes:

a. Las inconsistencias en los reportes de uso de materiales o de ejecución de trabajos realizados, debidamente comprobados por el ICE, serán consideradas como incumpliendo contractual, en tales casos se aplicará la multa puntual a los eventos que se comprueben en esa condición y para efectos de inspección esos eventos serán considerados como “rechazados”. Igualmente se considera como incumplimiento contractual la inconsistencia en reportes de eventos ejecutados mediante formularios o boletas oficiales.

b. En caso de comprobar el faltante de material en perjuicio del ICE se procederá a realizar el cobro de dicho material al contratista según lo establezca el Administrador de Contrato o las personas que este designe.

16.2.8. Multa por mala utilización de una línea telefónica:

El uso de cualquier línea telefónica en asuntos ajenos a la labor contratada, facultará al ICE a cobrar a la empresa los costos, daños y perjuicios correspondientes.

16.2.9. Multa por errores en la manipulación de los elementos de la Red de Telecomunicaciones del ICE:

a. La manipulación de los elementos o infraestructura de la red del Sistema de Telecomunicaciones del ICE, tales como: block de armarios, cajas de dispersión, MDF, gabinetes NAMs e IMAPs (elementos o componentes internos y externos) entre otros, se realizará bajo la entera responsabilidad de la empresa contratada. De ocurrir cualquier daño, deberá ser reparado por la empresa en forma inmediata y facultará al ICE a cobrar los costos, daños y perjuicios ocasionados a la Institución o a los clientes de ésta.

b. En el caso que sea el ICE quien repare los daños y estos sean imputables al Contratista o su personal empleado para la ejecución de los servicios contratados, el Contratista deberá cubrir todos los costos, daños y perjuicios ocasionados.

16.2.10. Multas por incumplimiento en tiempo de reparación.

a. En lo que respecta al mantenimiento correctivo, el tiempo máximo de reparación de cada avería de servicios de telefonía (POTS), será de 6 horas

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hábiles y en el caso de servicios de banda ancha o datos será de 2.5 horas hábiles contados a partir de la entrega del evento al Contratista. Estos tiempos de reparación podrán ser variados por lineamientos internos del ICE o de la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL).

b. Cada evento que sobrepase los tiempos señalados se multará con el 25% del costo del mismo.

c. Solamente se considerarán justificaciones de atrasos que se encuentren anotadas y aprobadas por el personal del ICE y avaladas por el Administrador de Contrato o las personas que este designe, para tal fin se usará la bitácora debidamente firmada por los inspectores del ICE, el AC y el representante del Contratista.

d. Por aplicarse en este cartel la supervisión de muestra por atributos, cualquier anomalía que se detecte posterior a la aceptación del lote, será responsabilidad del contratista su reparación de forma inmediata a partir de su notificación según los tiempos de prescripción establecidos para los eventos de averías.

e. Estas averías se entregarán al Contratista en forma adicional a la producción diaria, por lo anterior no se tomará como parte del lote y se le aplicará la multa indicada en el punto 16.2.13 “Multa por averías mal reparadas o causadas a otras líneas en operación” de este capítulo.

16.2.11. Multa por Tiempo de Ejecución (prescripción)

La multa por incumplimiento del tiempo estipulado para la ejecución de los eventos asignados y que conllevan a la prescripción de OTC tendrá los siguientes lineamientos:

a. Toda OTC de servicios POTS se deberá dar por finalizada en un tiempo inferior o igual a 48 horas naturales después de su entrega, de lo contrario se aplicará una multa del 25% del costo de la OTC por cada evento no ejecutado en el tiempo estipulado, salvo casos de imprevisto debidamente comprobados por el Administrador de Contrato o las personas que este designe y documentados en bitácora.

b. Toda OTC que sea de Banda Ancha se deberá dar por ejecutada en no más de 10 horas que corresponden al horario establecido del día hábil siguiente de su entrega por parte del Centro de Gestión, de lo contrario se aplicará una multa del 25% del costo de la OTC, salvo casos de imprevisto debidamente comprobados por el Administrador de Contrato o las personas que este designe.

c. Se excluye domingos para todos los efectos de multas por tiempo de ejecución prescripción.

16.2.12. Multa por Incumplimiento de Citas

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a. El incumplimiento por parte del contratista en día y hora a las citas establecidas para atender el servicio, lo hará acreedor a una multa del 25% del valor de la OTC correspondiente, es obligación del contratista realizar las coordinaciones respectivas con los clientes e informar al ICE sobre las mismas.

b. La misma deberá reprogramarse con una nueva cita por parte del contratista o del ICE, en el menor tiempo posible, luego de lo cual deberá atenderse obligatoriamente a la hora y día señalado.

c. En el caso de las averías, serán atendidas por el Contratista según se haya coordinado y el evento se pagará solo una vez.

d. La OTC no instalada debido al incumplimiento de una cita, deberá ser entregada al ICE para programar una nueva cita, luego de lo cual será entregada nuevamente al Contratista y deberá instalarse obligatoriamente a la hora y día señalados.

e. En caso de que la cita no pueda cumplirse por causas atribuibles al cliente, el personal técnico del Contratista deberá informar de inmediato al inspector del ICE o al Centro de Gestión para su respectiva verificación.

f. Solamente se considerarán justificaciones de atrasos las que se encuentren anotadas y aprobadas por el Administrador de Contrato o las personas que este designe, lo cual deberá quedar debidamente registrado en el expediente administrativo del contrato o bitácora.

16.2.13. Multa por averías mal reparadas y causadas a otras líneas en operación:

El contratista será multado con el 25% del monto del evento asignado cuando por consecuencia de su labor ocasione averías de cualquier índole en la OTC ejecutada o en otras líneas en operación, las cuales deberán ser reparadas en los plazos establecidos para cada tipo de servicio afectado, además se suspenderá el pago de los lotes en proceso hasta que no haya reparado la avería a satisfacción.

16.2.14. Multa por OTC mal devuelta

a. Si el ICE comprueba que una OTC es devuelta por causas imputables al Contratista, procederá a aplicar multas por un monto del 25% del costo de la OTC y se le devolverá la orden de trabajo al Contratista para su debida atención, que deberá ejecutar en un plazo no mayor de 6 horas hábiles. Además, se suspenderá el pago de los lotes en proceso hasta que se haya atendido a satisfacción.

b. El Contratista o el personal empleado por éste están en la obligación de solicitar al Centro de Gestión datos adicionales para evitar la devolución de la OTC que la haya sido asignada. El Centro de Gestión registrará dicha consulta a través de un número de consecutivo y podrá solicitar evidencias del caso,

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tales como, numero de medidor de consumo eléctrico en la propiedad del cliente, fotografías u otros que considere pertinente.

c. En caso que se compruebe que el Contratista o el personal empleado por éste no realizaron la llamada previa (el filtrado correspondiente) y la devolución sea consecuencia de dicho acto, se considerará como mal devuelta.

16.2.15. Multa por avería repetitiva

a. Se entiende por avería repetitiva toda aquella que se da en el mismo número telefónico, independientemente del código de reparación o seguimiento, en un lapso de 30 días naturales; quedará bajo el criterio técnico del Administrador de Contrato o las personas que este designe la no aplicación de la multa para un caso particular.

b. Se aplicará una multa por un monto del 25% del costo del evento, por encontrarse en garantía, estas averías se entregaran al Contratista adicionalmente a la producción diaria, las mismas deben repararse en el tiempo establecido según el evento.

c. Se excluyen únicamente aquellas averías que no se puedan reparar por falta transitoria de algún repuesto electrónico, material o equipos y que estén debidamente justificadas y con visto bueno del Administrador de Contrato o las personas que éste designe.

16.2.16. Multa por reportes de averías sin fundamento para conmutación o cables

Se entiende por reporte sin fundamento, toda aquella avería que el Contratista reporte con daño en los equipos de acceso, red primaria o secundaria y que luego de la verificación del área correspondiente se encuentre que tal reporte no corresponde o no tiene fundamento. Se aplicará una multa por un monto del 25% del costo del tipo de OTC, por cada avería sin fundamento reportada.

16.2.17. Multa por información incompleta o tardía

Las OTC que se entreguen sin la información completa, o tardía con respecto a cambio de vías, cambio de dirección, cambio de nombre del cliente, materiales incompletos o no reales, se les aplicará una multa por un monto del 25% del costo del tipo de OTC, según cada caso.

16.2.18. Multas por Incumplimiento en Calidad

a. El ICE llevará a cabo un plan de muestreo por lotes, mediante el procedimiento de inspección por atributos, para establecer la calidad de los servicios contratados. En el caso que se detecte que se ha contravenido lo que estipulen los procedimientos o la normativa técnica establecida en el Anexo III, “Norma Técnica”, así como también, las actualizaciones a las mismas u otro lineamiento adicional comunicadas al Contratista por el Administrador de Contrato o las personas que este designe durante la

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ejecución del contrato se establecerán las no conformidades que lleven al rechazo del lote bajo evaluación.

b. El plan de muestreo estará basado en el Estándar Militar MIL-STD-105D “Procedimiento de Muestreo y Tablas para Inspección por Atributos”, considerando un Plan de Muestreo Simple con un Nivel de Inspección Normal (II) realizando el cambio de los niveles de inspección según la historia de los lotes a Riguroso o Reducido según corresponda. El Nivel de Aceptación de Calidad (AQL) estará en el margen del 2% al 4%.

c. La Administración utiliza los planes de muestreo como referencia de la calidad de los servicios contratados, sin embargo, las no conformidades que se detecten posteriores a la aceptación de un lote en específico deberán ser resueltas por el Contratista a conformidad de la Administración y como tal, se aplicará una multa correspondiente para los casos detectados.

16.3. Método de aplicación de multas por incumplimiento de calidad

16.3.1. Primera Inspección

El Inspector del ICE realiza la inspección del lote en el campo. Dependiendo de los resultados obtenidos de la muestra que se inspeccionó, el lote puede ser:

a. Aceptado con “0” o con “X” OTCs no conformes.

i. El lote se considera aceptado cuando la cantidad de no conformidades es cero o igual a la cantidad de OTCs no conformes aceptables, según los criterios establecidos en las tablas militares.

ii. El Contratista deberá realizar la corrección a satisfacción de las OTCs que presentaron no conformidades en un plazo no mayor a un (1) día hábil a partir de la notificación de los resultados de la inspección del lote bajo evaluación.

iii. El pago del lote bajo evaluación se realizará una vez que el Contratista realice la corrección a satisfacción de la Administración de las OTCs que presentaron no conformidades.

b. Rechazado con “X” OTCs no conformes

i. Si la cantidad de OTCs no conformes es mayor que el máximo establecido en las tablas militares para inspección del estándar de referencia, se rechaza el lote, haciéndose el Contratista acreedor de la multa definida a continuación:

En donde:18 de 97

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M1 : Monto de la Multa correspondiente a la Primera InspecciónPL : Monto o Precio del Lote en Evaluación

ii. El Contratista deberá realizar la revisión y corrección a satisfacción de todas las OTCs del lote en un plazo no mayor a una (1) semana a partir de la notificación de los resultados de la inspección del lote bajo evaluación. Una vez que el Contratista entregue nuevamente el lote en evaluación, se procederá con la segunda inspección.

16.3.2. Segunda Inspección

El ICE tomará una segunda muestra del mismo lote para la inspección correspondiente. El Inspector del ICE realiza la inspección del lote en el campo. Dependiendo de los resultados obtenidos de la muestra que se inspeccionó, el lote puede ser:

a. Aceptado con “0” o con “X” OTCs no conformes

i. El lote se considera aceptado cuando la cantidad de inconsistencias es cero o igual a la cantidad de OTCs no conformes aceptables, según los criterios establecidos en las tablas militares para inspección del estándar de referencia.

ii. El Contratista deberá realizar la corrección a satisfacción de las OTCs que presentaron no conformidades en un plazo no mayor a un día hábil a partir de la notificación de los resultados de la inspección del lote bajo evaluación.

iii. El pago del lote bajo evaluación se realizará una vez que el Contratista realice la corrección de las OTCs que presentaron no conformidades y se realizará la deducción de la multa correspondiente según lo siguiente:

En donde:

MPL : Monto de Pago del Lote en EvaluaciónM1 : Monto de la Multa correspondiente a la Primera InspecciónPL : Monto o Precio del Lote en Evaluación

b. Rechazado con “X” OTC no conforme:

i. Si la cantidad de OTCs no conformes es mayor que el máximo establecido en las tablas militares para inspección del estándar de referencia, se rechaza el lote, haciéndose el Contratista acreedor de la multa definida a continuación:

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En donde:

M2 : Monto de la Multa correspondiente a la Segunda InspecciónM1 : Monto de la Multa correspondiente a la Primera InspecciónPL : Monto o Precio del Lote en Evaluación

ii. El Contratista deberá realizar la revisión y corrección a satisfacción de todas las OTCs del lote en un plazo no mayor a una semana a partir de la notificación de los resultados de la inspección del lote bajo evaluación. El ICE comunicará al contratista en forma puntual las anomalías encontradas y procederá al pago calculado una vez que el contratista corrija las anomalías a satisfacción del ICE.

iii. El pago del lote bajo evaluación se realizará una vez que el Contratista realice la corrección del lote correspondiente y se realizará la deducción de las multas correspondiente según lo siguiente:

En donde:

MPL : Monto de Pago del Lote en EvaluaciónM1 : Monto de la Multa correspondiente a la Primera InspecciónM2 : Monto de la Multa correspondiente a la Segunda InspecciónPL : Monto o Precio del Lote en Evaluación

iv. Los lotes que lleguen a ser rechazados en la segunda inspección serán contabilizados para la calificación del contrato según lo establecido en el punto 12 “Calificación Individual de Contratos” del capítulo 3.

16.3.3. En la Tabla 7 se muestra un ejemplo de la aplicación del método para el cálculo de multas por incumplimiento en calidad con respecto a las inspecciones que se realicen:

Tabla 7. Ejemplo de Cálculo de Multas por Incumplimiento de CalidadAceptado Rechazado Aceptado Rechazado

Tamaño del Lote (L) 50

Precio del Lote (PL) PLNivel de Aceptacion de Calidad (AQL)

4

Tamaño de Muestra (n) 8

Número de aceptación (Ac) 1

7 4 7 6

1 4 1 2

0 M1=[15%PL×((4)/(8)×100)] M1 M2=[25%(PL-M1)×((2)/(8)×100)]

PL N/A MPL=[PL-M1] MPL=[PL-M1-M2]Monto de Pago del Lote en Evaluacion

Número de rechazo (Re) 2 o más

Cantidad de OTCs Conformes

Cantidad de OTCs No Conformes

Monto de la Multa

Primera Inspeccion Segunda Inspeccion

Pago del Lote recibido a

satisfaccion

M1=[15%PL×((Cantidad de Eventos No Conforme del Lote)/(Cantidad Total de Eventos del Lote)×100)]

Pago del Lote con Deduccion de Multa de

Primera Inspeccion según lo siguiente: MPL=[PL-M1]

M2=[25%(PL-M1)×((Cantidad de Eventos No Conforme del

Lote)/(Cantidad Total de Eventos del Lote)×100)]

Pago del Lote con Deduccion de Multa de Primera y Segunda

Inspeccion según lo siguiente: MPL=[PL-M1-M2]

Nota: En el anexo VII se encuentran las causas frecuentes de rechazo de lotes por calidad.

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16.4. Procedimiento ante incumplimientos:

Procedimiento ante faltas e incumplimientos debidamente comprobados por el ICE:

a. Llamada de atención oral por parte del Administrador de Contrato (anotado en la bitácora e incluido en el expediente de Proveeduría).

b. De no solventarse el incumplimiento, por reincidencia o incurrir en otros, el Administrador de Contrato notificará a la empresa en forma escrita (anotado en la bitácora e incluido en el expediente de Proveeduría).

c. De persistir los incumplimientos anteriores o incurrir en otros, el ICE tendrá la facultad de iniciar el debido proceso sancionatorio.

d. Lo anterior no exime al ICE de iniciar de forma inmediata los trámites para la resolución del contrato.

16.5. Generalidades sobre la aplicación de multas

16.5.1. El ICE cobrará multas y aplicará las siguientes sanciones en caso de que el Contratista incurra en faltas en la ejecución del contrato.

16.5.2. El tope de las multas nunca podrá ser mayor al 25% del monto total contratado, en caso de alcanzar este porcentaje, se iniciará el trámite para resolver el mismo.

16.5.3. Todas las multas se descontarán del monto total a pagar de las facturas presentadas a cobro, previa aplicación del debido proceso.

16.5.4. El contratista contará con cinco (5) días hábiles para presentar reclamos debidamente justificados después de recibida la notificación de cobro de multas. Las notas que genere el proceso de conciliación deberán ser contestadas en un máximo de cinco (5) días hábiles. Una vez transcurrido este tiempo y si el Contratista no contesta la nota, se considerará que está conforme con el rebajo y se procederá a cobrar la multa.

16.5.5. Una vez finalizado el proceso de conciliación, el contratista contará con un plazo de 10 días hábiles para presentar la factura correspondiente.

16.5.6. Si la garantía de cumplimiento se agotó por la aplicación de multas o por otros motivos, o si el Contratista no cumplió con lo establecido en el cartel y en la oferta, el ICE podrá accionar judicialmente contra el adjudicatario en cobro de daños y perjuicios.

16.6. Control de calidad

16.6.1. Una vez iniciada la ejecución de los contratados, el ICE se reserva el derecho de efectuar las veces que así lo requiera, pruebas de control de

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calidad sobre el trabajo ejecutado con base a los establecido en este cartel y sus anexos.

16.6.2. Para la ejecución de las labores técnicas, la empresa aplicará lo que estipulen los procedimientos y las normativas técnicas vigentes indicada en la página web de la Institución o entregadas o anexadas a este cartel.

16.6.3. En los casos en que el ICE compruebe durante la etapa de control de calidad que es responsabilidad del Contratista o del personal empleado por éste cualquier anomalía que se detecte en la ejecución de las actividades contratadas, será responsabilidad de éste su reparación en un plazo no mayor a los establecidos para atención de dichas actividades a partir de la notificación del hecho.

16.6.4. Las anomalías que se detecten posterior a la aceptación del lote de inspección o bajo el proceso de control de calidad y que se encuentren dentro del mes de garantía sobre la ejecución de los servicios contratados, deberán ser reparadas por el Contratista y como tal, deberá asumir todos los costos que se deriven de la misma así como también de la aplicación de las multas y sanciones correspondientes.

16.7. Casos fortuitos y fuerza mayor

16.7.1. La fuerza mayor y el caso fortuito son acontecimientos imprevisibles, o que previstos, no han podido evitarse, que imposibilitan el cumplimiento de las obligaciones contractuales para ambas partes.

16.7.2. Se reconocen como tales:

a. Guerra, beligerancia, invasión, guerra civil, revolución, rebelión, piratería, motines, insurrección o usurpación de poder.

b. Huelgas (excepto aquellas de empleados del Adjudicatario declaradas legales), confiscación, expropiación, destrucción y obstrucción ordenadas por cualquier autoridad gubernamental (que no sea el ICE), o sus agentes, sean civiles o municipales.

c. Desastres naturales tales como: terremotos, maremotos, erupciones volcánicas, tifones, huracanes o inundaciones, etc.

d. Otras causas de fuerza mayor, reconocidas como tales a criterio exclusivo del ICE.

De presentarse cualquiera de estos casos haría imposible el cumplimiento material del contrato, lo cual debe interpretarse así para ambas partes. Ante tal situación cada parte debe asumir los trastornos que puede haber sufrido por la suspensión temporal del cumplimiento de las obligaciones pactadas, en razón del acaecimiento de un hecho que estaba fuera del control de cada una de ellas.

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17. SISTEMA DE VALORACIÓN Y COMPARACIÓN

La comparación y adjudicación se hará entre las ofertas que cumplan con los aspectos legales, con las especificaciones y requisitos técnicos realizados. La comparación se efectuará por la sumatoria resultante de la multiplicación de los precios unitarios por las cantidades estimadas de consumo anual, la adjudicación recaerá en la oferta que obtenga la sumatoria de precios más baja, cumpliendo técnica y legalmente. La adjudicación se hará por partida completa, por lo tanto los oferentes deben cotizar la totalidad de las líneas de cada partida que desee participar.

18. REQUISITOS ADICIONALES DE ADMISIBILIDAD PARA LOS OFERENTES

18.1. Presentación obligatoria de documentos formales emitidos por la (as) empresa a quienes el oferente le brindó servicio, que comprueben la experiencia mínima de dos (2) años en actividades afines o similares al objeto de esta contratación. La carta debe contener la siguiente información:

a. Nombre de la empresa a la cual se le brindó el servicio.

b. Dirección, teléfonos y correo electrónico de la empresa a la cual se le brindó el servicio.

c. Descripción del servicio realizado (tipo de servicio, duración del servicio y periodo de ejecución del servicio).

d. Nombre y puesto de la persona de la empresa que estuvo a cargo de la supervisión del servicio realizado.

e. Copia de la Orden de Compra, Orden de Servicios o Contrato de Servicios.

f. Tiempo y monto de los trabajos ejecutados para dicha empresa

g. Calificación por parte de la empresa del desempeño de los servicios suministrados.

18.2. En caso de que la oferta sea presentada por un consorcio, el requisito de los dos (2) años de experiencia se aplicará a cada una de las empresas que conformen el consorcio.

18.3. El oferente debe especificar claramente en su oferta que el ICE queda libre de toda responsabilidad civil directa, indirecta o laboral como consecuencia de esta contratación.

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19. REAJUSTE DE PRECIOS

19.1. Con el fin de garantizar el equilibrio económico del contrato, podrán realizarse reajustes de precios considerando las variaciones ocurridas en los costos de prestación de los servicios contratados. Dichos reajustes se realizarán en los términos señalados en el Artículo 26, “Precios y elementos afines”, del Reglamento al Título II de la Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector de Telecomunicaciones.

19.2. Todo oferente deberá presentar un modelo de costos actualizado que desglose los elementos que componen los precios, tan exhaustivo como sea posible, de tal manera que permita a la Administración revisar en forma rápida y correcta las solicitudes de reajustes que se planteen. Además, los elementos que componen el precio deben venir certificados por un contador público autorizado.

19.3. La fórmula para el reajuste de precios para contratos en colones, es la siguiente:

En donde:

Pv : Precio variadoPc : Precio de cotizaciónMO : Porcentaje de mano de obra del precio de cotizaciónI : Porcentaje de insumo del precio de cotizaciónGA : Porcentaje de gastos administrativos del precio de cotizaciónU : Porcentaje de utilidad del precio de cotizacióniMOtm : Índice de costo de mano de obra al momento considerado para la variacióniMOtc : Índice de costo de mano de obra en el momento de la cotización.iIti : Índice de costo de insumos en el momento considerado para la variación.iItc : Índice de costo de insumos en el momento de la cotización.iGAtg : Índice de costo de gastos administrativos en el momento considerado para

la variación.iGAtc : Índice de costo de gastos administrativos en el momento de la cotización.

19.4. Índices

Para esta revisión de los precios de este contrato se utilizaron los siguientes índices:

a. Índice de salarios mínimos (ISMN) nivel general (BCCR), para mano de obra.

b. Índice IPP-MAN renglón nivel general (BCCR), para insumos.

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c. Índice de precios al consumidor (IPC) nivel general (BCCR), para gastos administrativos.

19.5. De acuerdo con las variables de la fórmula descrita anteriormente, las empresas deben incluir en la guía de cotización de su oferta una estructura de costos debidamente llena como la que sigue en la tabla 8.

Tabla 8. Estructura de costosMano de Obra (MO) %Insumos (I) %Gastos Administrativos (GA) %Utilidad (U) %Total Precio Cotizado (Pc) 100%

20. CLÁUSULA DE DESCUENTOS.

20.1. Una vez efectuado el análisis de ofertas, el Área Técnica responsable de la evaluación de las ofertas, confeccionará un cuadro comparativo de precios de las ofertas que cumplan legal y técnicamente y solicitará a la Proveeduría comunicar a los representantes con capacidad legal suficiente de las tres (3) primeras en precio.

20.2. La Proveeduría citará a los primeros tres (3) proponentes elegidos técnica y legalmente, concediéndoles un plazo de cinco (5) días hábiles, fijando la fecha y hora para presentar en sobre cerrado el descuento a su oferta sin que se afecten los demás términos de la propuesta efectuada. Deberá dejar constancia en el expediente de la invitación realizada vía fax, correo electrónico o página WEB de la Proveeduría. En caso de que solo sea elegible una empresa, se procederá a una negociación directa con el oferente.

20.3. El documento de descuento deberá ser presentado en sobre cerrado siempre y cuando se realice hasta la fecha límite fijada al efecto debidamente identificado con la siguiente leyenda:

a. Oferta de descuento.

b. No. de Licitación Abreviada.

c. Fecha de presentación.

d. Nombre de la firma.

20.4. En la convocatoria de descuento estarán presentes por parte del ICE el Coordinador de Contratación Administrativa de la dependencia respectiva, un representante del Área Legal y un representante de la Proveeduría.

20.5. El representante de la Proveeduría levantará un acta donde se anotará la lista de participantes en el acto presencial y el nombre de la empresa que representa.

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20.6. Se firmará el acta de descuento por los participantes del ICE y por aquellos representantes de las compañías directamente interesados que así lo soliciten.

20.7. El descuento debe estar exento de condicionamientos para que sea sujeto de aceptación.

20.8. No se aceptarán propuestas de descuento que no hubiesen sido presentadas en la audiencia fijada por la Proveeduría del ICE al efecto.

20.9. Todo descuento aplicado a la oferta, debe venir claramente desglosado, indicando las partidas a las que afecta y la justificación del mismo, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 27. Descuentos y Artículo 68 Alcances de las mejoras del Reglamento al Título II de la Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector de telecomunicaciones.

21. SEGUROS Y PÓLIZAS

21.1. El Contratista, en el transcurso de tres (3) días hábiles después de la notificación de la emisión de la orden de servicio, sujeto a la aprobación del ICE y en pleno cumplimiento de la leyes aplicables, debe por su cuenta obtener y mantener en vigencia las pólizas de seguro, que se indican en este numeral, incluyendo el pago del deducible. Las pólizas solicitadas deben ser presentadas al Administrador de Contrato o las personas que este designe, mediante copias legibles o certificado de la empresa aseguradora en el plazo señalado.

21.2. Riesgos del trabajo: la póliza de Riesgos del Trabajo debe cubrir a todo el personal empleado en la realización de los servicios contratados durante la vigencia del contrato.

21.3. Responsabilidad civil: la póliza de Responsabilidad Civil deberá cubrir los daños y perjuicios causados a terceras personas y a la propiedad de éstas, el límite de dicha póliza será por un mínimo de CRC 50 000 000,00 (Cincuenta millones de colones), deberá contemplar a sus posibles subcontratistas.

21.4. Los vehículos que el Contratista utilizará en la ejecución de los trabajos deberán contar, además de los seguros obligatorios requeridos por la ley, con una póliza otorgada separadamente o en flotilla, contra todos los riesgos de responsabilidad civil según lo siguiente:

a. Cobertura A: Lesión o muerte de personas:

i. ¢ 20 000 000,00 por persona

ii. ¢ 20 000 000,00 por accidente

b. Cobertura B: Daños a la propiedad de terceros:

¢ 20 000 000,0026 de 97

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21.5. Fidelidad de posesiones: la póliza de Fidelidad de posesiones será por un monto de CRC 50 000 000,00 para cubrir al personal del Contratista que participe en las labores estipuladas por el presente contrato, debiendo incluirse una cláusula donde se indique que se indemnizará al ICE directamente si alguno de los empleados del Contratista ocasiona un daño o acto deshonesto imputable contra la Institución.

21.6. Las pólizas o seguros mencionados no son una limitación de la responsabilidad del Contratista, ni el ICE asume responsabilidad alguna por señalar los montos. El ICE no reconocerá ningún pago adicional por el otorgamiento de estos seguros.

21.7. La fijación de los montos anteriores no implica la limitación de la responsabilidad del Contratista, por lo tanto, el ICE no asume ninguna responsabilidad en el señalamiento de los montos.

21.8. Las pólizas deberán suscribirse con el Instituto Nacional de Seguros (INS) u otra aseguradora oficial domiciliada en Costa Rica, en dichas pólizas deberá indicarse que es para un contrato con el ICE (describir a detalle el tipo de servicio a realizar por parte del Contratista).

21.9. El Contratista deberá mediante manifestación escrita, aceptar el pago de cualquier deducible, total o parcialmente según el caso de aquellas pólizas con que cuenta el ICE para la protección de su propiedad y actividad.

21.10. El ICE tendrá la potestad de suspender el contrato o ejecutar la Garantía de Cumplimiento si alguna de las pólizas deja de tener vigencia durante el tiempo de ejecución del contrato o si se incumple alguna de las cláusulas señaladas anteriormente.

21.11. El ICE se reserva el derecho de revisar las pólizas y solicitar los cambios que considere necesarios para que las mismas se ajusten a lo estipulado en el cartel; por lo que, no dará orden de servicio de los trabajos si estas pólizas no han sido presentadas a su entera satisfacción.

21.12. El Contratista deberá resarcir el 100% de los daños a la Institución en caso de que ocurra algún daño o pérdida y la misma sea imputable a éste, por dolo, negligencia, imprudencia o impericia, o bien por no acatar las recomendaciones que el ICE indique, sea por medio escrito o ante testigos, en materia de seguridad y protección para las obras y sus bienes.

21.13. En caso de que se le ocasione un daño a un tercero y a los bienes de este, imputable al Contratista a causa del trabajo o servicio a realizar por parte del personal empleado sea por dolo, negligencia, imprudencia, impericia, o bien por no acatar las recomendaciones dadas por el ICE, el Contratista deberá resarcir de forma inmediata y a entera satisfacción del afectado el daño ocasionado.

21.14. Adicionalmente deberá presentar ante el Administrador de Contrato o las personas que este designe, un oficio en el cual conste la aceptación de la indemnización al afectado, de igual forma debe realizarse la salvedad de eximir al ICE de cualquier responsabilidad sobre lo acaecido.

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21.15. El incumplimiento de las indicaciones anteriores será motivo suficiente para iniciar un proceso sancionatorio. Lo anterior no será causal eximente de responsabilidad a favor del Contratista por atrasos que pueda causar al servicio contratado.

21.16. En caso de que el Contratista no llegara a un acuerdo con el afectado, deberá asumir las responsabilidades que de ello se deriven y hacer frente a las acciones que emprenda el afectado en busca de resarcirse por los daños ocasionados.

22. CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD DEL CONTRATO

En virtud de la información que el ICE pondrá a disposición del Contratista para la ejecución de la presente contratación y al amparo de lo que establece la Ley No. 7975 “Ley de Información no divulgada” y su reglamento, el Contratista estará obligado a firmar dentro de los primeros cinco (5) días hábiles a partir de la notificación de la emisión de la orden de servicio, un Acuerdo de Confidencialidad con la Institución para proteger sus intereses. La firma de este acuerdo deberá coordinarse con el Administrador de Contrato o las personas que este designe.

23. CLÁUSULA DE EXCLUSIVIDAD

La empresa adjudicada debe comprometerse a no ejecutar trabajos para empresas que se consideren competencia para el ICE con los mismos recursos que destinará a la ejecución de los contratos producto de esta licitación.

Esto incluye por ejemplo, cableras y otras de servicio móvil. Para esto la empresa adjudicada deberá entregar al ICE nota de aceptación de esta cláusula.

24. CLÁUSULA DE POLÍTICAS AMBIENTALES

24.1. Los oferentes deberán manifestar en su oferta que conocen, aceptan implementar y cumplir en caso de resultar adjudicatario, las políticas ambientales de la Institución, aprobados por el Consejo Directivo en sesión Nº 5388 del 19 de marzo del 2002.

24.2. Principios que regirán esta política son:

a. Desarrollar todas las actividades bajo la filosofía del desarrollo sostenible, considerando las variables ambientales, sociales y económicas como elementos fundamentales de decisión.

b. Aplicar las mejores prácticas que prevengan, mitiguen, restauren o compensen los daños ambientales y sociales, evaluando y mejorando continuamente estas prácticas.

c. Colaborar en la conservación y recuperación del medio ambiente, primordialmente en las áreas de interés para los fines de la institución.

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d. Respetar los requerimientos del ordenamiento jurídico ambiental de Costa Rica y promover el conocimiento de sus normas a lo interno y externo de la institución.

e. Promover en el factor humano de la organización una cultura ambiental, así como el acatamiento obligatorio de esta Política y de las disposiciones normativas respectivas.

f. Mantener una permanente actualización de la política, los principios y los lineamientos ambientales.

g. Difundir entre la sociedad civil el marco conceptual de desarrollo sostenible sobre el cual se fundamenta la de la institución.

h. Mantener una relación armoniosa y transparente con el entorno social, en especial con las comunidades y grupos relacionados directamente con las obras o actividades de la institución, respetando la diversidad étnica y cultural de cada población.

i. Preparar a la organización para que realice sus actividades de acuerdo con las normas internacionales ISO 14000 en ambiental.

j. Garantizar que las empresas que ejecuten obras o actividades para el ICE, cumplan con las normas y prácticas de protección ambiental y social establecidas por la institución.

25. CLÁUSULA CONTRA EL HOSTIGAMIENTO SEXUAL

25.1. El Oferente deberá manifestar en su oferta, que conoce la Ley 7476 “Ley Contra el Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia” y sus implicaciones.

25.2. Con el propósito de prever que los trabajadores/as incurran en actos de hostigamiento sexual y en consecuencia le ocasionen perjuicio al ICE en su relación con sus clientes y funcionarios, el ICE queda facultado para recomendar al Contratista que remueva a la persona involucrada. En estos casos de separación de personal por recomendación del Administrador de Contrato o las personas que este designe, el Contratista asume las responsabilidades laborales correspondientes. Asimismo, deberá informar por escrito al Administrador de Contrato o las personas que este designe cuando tenga conocimiento que su personal es víctima de acoso por parte de funcionarios ICE.

25.3. El incumplimiento de normas por parte del personal empleado por el Contratista y las anomalías reportadas por el Administrador de Contrato al Contratista, serán causales de resolución contractual, si se demuestra que contravienen las cláusulas anteriores y no fueron corregidas.

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25.4. El incumplimiento o la no aceptación de cualquiera de los puntos anteriores será motivo suficiente para que la oferta sea desestimada del proceso de estudio y recomendación de adjudicación del proceso de contratación.

26. RESOLUCIÓN ALTERNA DE CONFLICTOS

Con base a lo establecido en la Ley No. 7727 “Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social” y previa autorización expresa del Consejo Directivo del ICE, las controversias de naturaleza patrimonial que no impliquen la renuncia a las potestades de imperio y deberes públicos, en los términos del artículo 16 de la Ley General de Administración Pública, que se deriven de la presente contratación o cartel, podrán ser sometidas a un arbitraje de Derecho.

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CAPITULO III

REQUERIMIENTO Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

1. OBJETIVOContratar la ejecución de actividades para el mantenimiento de líneas telefónicas y la instalación de servicios de telecomunicaciones, en diferentes zonas a nivel nacional.

2. REQUERIMIENTOTabla 9.Requerimiento técnico

Material Cantidad Unidad Código  Armonizado Descripción Material

químicoPrecio

estimado

Objeto gasto Indicador

de partidaNúmero Partida Descripción de la Partida Partida

completa Crédito fiscal

1 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 111 S 1 1. Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Zona Brunca

S N

2 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 089 S 1 1. Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Zona Brunca

S N

3 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 268 S 1 1. Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Zona Brunca

S N

4 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 111 S 2 2.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Zona Norte P. Central

S N

5 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 089 S 2 2.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Zona Norte P. Central

S N

6 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 268 S 2 2.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Zona Norte P. Central

S N

7 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 111 S 3 3.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Zona Norte P. Central

S N

8 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 089 S 3 3.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Zona Norte P. Central

S N

9 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 268 S 3 3.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Zona Norte P. Central

S N

10 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 111 S 4 4.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Zona Huetar

S N

11 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 089 S 4 4.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Zona Huetar

S N

12 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 268 S 4 4.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Zona Huetar

S N

13 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 111 S 5 5.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Zona Huetar

S N

14 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 089 S 5 5.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Zona Huetar

S N

15 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 268 S 5 5.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Zona Huetar

S N

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Material Cantidad Unidad Código  Armonizado Descripción Material

químicoPrecio

estimado

Objeto gasto Indicador

de partidaNúmero Partida Descripción de la Partida Partida

completa Crédito fiscal

16 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 111 S 6 6.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Zona Huetar

S N

17 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 089 S 6 6.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Zona Huetar

S N

18 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 268 S 6 6.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Zona Huetar

S N

19 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 111 S 7 7.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Zona Huetar

S N

20 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 089 S 7 7.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Zona Huetar

S N

21 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 268 S 7 7.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Zona Huetar

S N

22 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 111 S 8 8.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Zona Huetar

S N

23 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 089 S 8 8.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Zona Huetar

S N

24 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 268 S 8 8.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Zona Huetar

S N

25 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 111 S 9 9.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Metropolitana Este

S N

26 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 089 S 9 9.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Metropolitana Este

S N

27 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 268 S 9 9.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Metropolitana Este

S N

28 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 111 S 10 10.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Metropolitana Este

S N

29 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 089 S 10 10.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Metropolitana Este

S N

30 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 268 S 10 10.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Metropolitana Este

S N

31 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 111 S 11 11.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Metropolitana Oeste

S N

32 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 089 S 11 11.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Metropolitana Oeste

S N

33 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 268 S 11 11.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Metropolitana Oeste

S N

34 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 111 S 12 12.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Metropolitana Oeste

S N

35 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 089 S 12 12.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Metropolitana Oeste

S N

36 1 SER 99376200000 Servicio de instalación, mantenimiento correctivo y preventivo de la Red de Telecomunicaciones

N 15,658 268 S 12 12.Servicio de mantenimiento correctivo, instalaciones y reacomodos en la red de telecomunicaciones según demanda (banda ancha y pots). Metropolitana Oeste

S N

2.1. Las actividades que comprenden esta contratación son las siguientes:

a. Instalación Total de una Orden de Servicio Telefónico

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b. Instalación Total + Banda Ancha (voz y datos)

c. Instalación Banda Ancha (datos)

d. Reacomodos de líneas telefónicas

e. Instalación en caja de fachada

f. Instalación en caja interna

g. Reparación de averías en líneas convencionales

h. Reparación de averías en Banda Ancha

i. Reparación de averías de seguimiento

j. Peinado de Armarios

k. Actividades en el distribuidor telefónico

2.2. En la siguiente tabla se brinda un ejemplo de posible combinación para obtener la cantidad de OTC a contratar por mes. La cantidad de instalaciones y averías anotadas, fueron tomadas de datos históricos de meses recientes y la cantidad de reacomodos se enlista como ejemplo de otras actividades que podrían conformar los eventos a contratar. Los datos mostrados se basan en estimaciones de los eventos posibles a contratar por zona, mas no representan compromiso vinculante entre ICE y el Contratista.

Tabla 10.Cantidades estimadas

Zona PartidaCantidad

estimada Averías por mes

Cantidad estimada

Instalaciones por mes

Cantidad estimada reacomodos por

mes

Cantidad OTC mensual

estimado

Brunca 1 1511 589 785 15132 2924 669 1196 23073 1310 440 632 12194 998 487 585 11295 802 292 402 7766 574 213 291 5617 99 157 132 2558 70 24 34 669 4158 2228 2272 4850

10 3706 2100 2039 428411 4159 1519 1833 391412 2608 1087 1233 2632

Huetar

Metro Este

Metro Oeste

Norte P. Central

Nota: Los datos para obtener la cantidad de OTC, se basan en las equivalencias presentadas en la tabla 11. La cantidad de reacomodos es solo un indicativo de otras posibles OTC.

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3. GENERALIDADES DE LOS SERVICIOS

3.1.La Orden de Trabajo Complementario (OTC) es la métrica que se establece para cuantificar los eventos o actividades que se requieren contratar.

3.2.La OTC de referencia es la correspondiente al evento denominado “Instalación Total de una Orden de Servicio Telefónico”.

3.3.En la Tabla 11 se establece la equivalencia por OTC de los diferentes eventos que se requieren contratar. En el Anexo I “Lugar de Prestación del Servicio”, se establece el agrupamiento de centrales para cada una de las zonas y los estimados de eventos de instalaciones y averías por cada central.

Tabla 11. Equivalencia de eventos para efecto de preciosMetropolitano Periférico Regional

Instalación total de Orden de Servicio Telefónico 1 1 1

Instalación total + Banda Ancha 1.2428 1.2440 1.2131

Instalación Banda Ancha 0.7645 0.7634 0.7933

Reacomodos de líneas telefónicas 0.5107 0.5189 0.4687

Instalación en Caja Fachada 0.6647 0.6841 0.6200

Instalación en Caja Interna 0.3371 0.3449 0.3092

Reparación de Averías líneas convencionales 0.3084 0.3471 0.3684

Reparación de Averías en Banda Ancha 0.3344 0.3715 0.3917

Reparación de Averías de Seguimiento 0.1924 0.2380 0.2645

Peinado de Armarios 0.0413 0.0388 0.0370

Actividades en el Distribuidor telefónico 0.0469 0.0441 0.0420

Evento Unidades Productivas

3.4. Forma de cotizar

3.4.1. Debido a que esta licitación se ha estructurado bajo la modalidad de partidas, el oferente tiene la facultad de cotizar la (s) partida (s) que mejor convenga (n) a sus intereses. Sin embargo es obligatorio cotizar por partida completa y de manera independiente, señalando claramente la intención de participar en una o más partidas específicas.

3.4.2. El Oferente deberá establecer el precio cotizado para el evento “Instalación Total de una Orden de Servicio Telefónico” según lo establecido en la Tabla 12 la cual se brinda simplemente como una guía de cotización, para que sea tomado en cuenta por el oferente en las partidas que desee cotizar.

Tabla 12. Monto unitario cotizado para una instalación total OTCZona Partida

Monto unitario (OTC)

Monto total

Brunca 123456789

101112

Norte P. Central

Huetar

Metro Este

Metro Oeste

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3.4.3. La correspondencia entre OTC y el porcentaje de asignación de precio por evento se muestra en la Tabla 13, en donde el precio de referencia es el asignado en forma porcentual a un (1) evento de “Instalación Total de Una Orden de Servicio Telefónico” y a partir del mismo se establece la equivalencia porcentual de precio para los demás eventos.

Tabla 13. Porcentajes de equivalencia para de asignación de Precios

Metropolitano Periférico RegionalInstalación total de Orden de Servicio Telefónico 100.00% 100.00% 100.00%

Instalación total + Banda Ancha 124.28% 124.40% 121.31%Instalación Banda Ancha 76.45% 76.34% 79.33%Reacomodos de líneas telefónicas 51.07% 51.89% 46.87%Instalación en Caja Fachada 66.47% 68.41% 62.00%

Instalación en Caja Interna 33.71% 34.49% 30.92%Reparación de Averías líneas convencionales 30.84% 34.71% 36.84%Reparación de Averías en Banda Ancha 33.44% 37.15% 39.17%

Reparación de Averías de Seguimiento 19.24% 23.80% 26.45%

Peinado de Armarios 4.13% 3.88% 3.70%Actividades en el Distribuidor telefónico 4.69% 4.41% 4.20%

Evento Porcentaje Asignación del Precio

3.4.4. La productividad diaria mínima de referencia por cuadrilla o frente de trabajo de acuerdo al tipo de evento por contratar se establece en la Tabla 14. Los datos mostrados se basan en estimaciones de los eventos posibles a contratar por zona, más no representan compromiso vinculante entre ICE y el Contratista.

Tabla 14. Productividad diaria de referencia por evento

Metropolitano Periférico RegionalInstalación total de Orden de Servicio Telefónico 6 6 6

Instalación total + Banda Ancha 5 5 5

Instalación Banda Ancha 8 8 7

Reacomodos de líneas telefónicas 12 12 12

Instalación en Caja Fachada 9 9 9

Instalación en Caja Interna 19 18 18

Reparación de Averías líneas convencionales 13 11 10

Reparación de Averías en Banda Ancha 12 10 9

Reparación de Averías de Seguimiento 21 16 14

Peinado de Armarios 100 100 100

Actividades en el Distribuidor telefónico 88 88 88

EventoProductividad Diaria

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3.5. Disposiciones Complementarias

3.5.1. En el caso de un evento asociado a una “Instalación Total de una Orden de Servicio Telefónico” en el cual la distancia de la acometida externa es mayor a 500 metros, se reconocerá un costo adicional de un 0,05356% del monto adjudicado para dicho evento por cada metro adicional de acometida realizado. El Administrador de Contrato o las personas que este designa realizará la inspección del trabajo realizado para verificar el tramo de acometida externa que exceda el límite establecido previo a la ejecución del pago.

3.5.2. El ICE pagará un 5% del valor según tipo de Orden de Trabajo Complementario (OTC) por concepto de cambio de vías, se exceptúa el pago en el caso de cambio de vías por averías y reacomodos.

3.5.3. Las OTC bien devueltas por el Contratista serán compensadas con el 20% del valor del tipo de trabajo solicitado; únicamente cuando el ICE compruebe fehacientemente la veracidad de la devolución reportada por el Contratista y se exima al mismo de la responsabilidad por la devolución. El ICE se reserva el derecho de supervisar el 100% de las órdenes devueltas.

3.5.4. En los casos de OTC que contenga la Instalación Total (IN1) más Banda Ancha (IP) y que el Contratista reporte que solamente se puede instalar el IN1, se inspeccionará para verificar si se acepta o no la devolución del IP1. En caso de estar bien devuelta se pagará únicamente el valor del IN1, si no se acepta la devolución se multará con el 25% del valor total del trabajo y se le reasignará para que lo concluya, en tal caso correrán los tiempos normales de ejecución.

3.6. Así las cosas en la oferta debe aparecer la siguiente leyenda:

“Nuestro precio de cotización para la orden de trabajo complementario (OTC) correspondiente a la partida XX, zona XX, derivado del análisis de los precios porcentuales de todos los eventos es ¢x y por lo tanto con base en

las estimaciones de eventos por año, el precio anual total es ¢XX.

Los cálculos deben incluir en sí mismos, todos los costos directos e indirectos correspondientes, esto para cada línea de trabajo.

3.7. Producción mensual

A continuación se describen las cantidades estimadas a atender mensualmente por cada partida. Los datos mostrados se basan en estimaciones de los eventos posibles a contratar por zona, más no representan compromiso vinculante entre ICE y el Contratista.

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Tabla 15. Estimación de producción mensual y anual

Zona Partida Cantidad estimada Averías por mes

Cantidad anual estimada Averías

Cantidad estimada Instalaciones por mes

Cantidad anual estimada

Instalaciones

Cantidad estimada reacomodos por mes

Cantidad anual estimada reacomodos

Brunca 1 1511 18132 589 7067 785 94192 2924 35091 669 8022 1196 143553 1310 15725 440 5282 632 75884 998 11975 487 5840 585 70245 802 9623 292 3501 402 48286 574 6885 213 2561 291 34937 99 1187 157 1880 132 15878 70 836 24 288 34 4089 4158 49896 2228 26736 2272 27265

10 3706 44472 2100 25200 2039 2447111 4159 49910 1519 18227 1833 2200112 2608 31295 1087 13047 1233 14797

Metro Oeste

Norte P. Central

Huetar

Metro Este

Nota: Los datos para obtener la cantidad de OTC, se basan en las equivalencias presentadas en la tabla 2. La cantidad de reacomodos es solo un indicativo de otras posibles OTC.

3.8. Forma de presentación de facturas

Las facturas deberán presentarse semanalmente.

3.8.1. El pago se realizará por lotes aceptados previa aprobación del Administrador de Contrato o las personas que este designe. Entendiéndose lote como el trabajo realizado por la empresa en una semana de labores.

3.8.2. El pago será de acuerdo al total de eventos o reportes atendidos por el adjudicatario a satisfacción del Administrador de Contrato o las personas que este designe por semana vencida, después de que el Contratista entregue su factura, la cual debe presentar en un tiempo máximo 10 días hábiles después de conciliada la notificación respectiva, el ICE tramitará el pago en un plazo de 30 días naturales.

3.8.3. Todas las multas se descontarán del monto total a pagar de las facturas presentadas a cobro.

4. DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS O EVENTOS A CONTRATAR

A continuación se realiza una descripción general de los eventos que contemplan los servicios contratados, basados en la normativa técnica de referencia que los regula.

En caso de existir modificaciones a esta normativa, el Administrador de Contrato o las personas que este designe, lo hará de conocimiento por la vía oficial al Contratista, el cual, tendrá un plazo de tres (3) días hábiles para realizar cualquier aclaración. El Administrador de Contrato o las personas que este designe tendrá un plazo de tres (3) días hábiles para resolver las consultas y una vez vencido dicho plazo, el Contratista tendrá tres (3) días hábiles de plazo para actualizar a su personal e implementar las nuevas regulaciones. El

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Administrador de Contrato o las personas que este designe deberán dejar constancia de lo actuado en el expediente del contrato.

4.1. Instalación Total de una Orden de Servicio Telefónico:

4.1.1. El procedimiento para la Instalación de Líneas Telefónicas (Kolbi Hogar Voz) representa en detalle todos los aspectos que se deben tener presentes durante el proceso de ejecución de la instalación, considerando para esto toda la infraestructura que interviene para lograr la conectividad de los servicios y comprende la interconexión de los diferentes puntos de acceso según corresponda (ya sea por cobre “red física” saliendo del distribuidor o número de equipo pasando por la red primaria para llegar hasta el armario correspondiente o por FO mediante NAM o IMAP), pasando por la caja de distribución (red secundaria) y hasta llegar al inmueble del cliente, construyéndose todo lo necesario para dejar un punto final de conexión con el respectivo tono de voz donde el cliente lo solicite.

4.1.2. En el Anexo III “Norma Técnica”, se adjunta los documentos 7.5-I-72 NORMATIVA TECNICA PARA LA INSTALACION DE LINEAS TELEFONICAS y 7.5-P-23 PROCEDIMIENTO PARA LA INSTALACION DE SERVICIOS DE TELEFONIA CONVENCIONAL, los cuales regulan este tipo de eventos, y que como tal, forma parte de lo establecido en este cartel y es de acatamiento obligatorio por parte del Contratista en la ejecución de los servicios contratados.

4.2. Instalación Total + Banda Ancha (voz y datos):

4.2.1. El procedimiento para la instalación de un servicio de voz más servicio de Internet (Kolbi Hogar Voz e Internet) representa en detalle todos los aspectos que se deben tener presentes durante el proceso de ejecución de la instalación, considerando para esto toda la infraestructura que interviene para lograr la conectividad de los servicios y comprende la interconexión de los diferentes puntos de acceso según corresponda (ya sea por cobre “red directa” saliendo del distribuidor o número de equipo, pasando por el DSLAM, para llegar a la red primaria y luego hasta el armario correspondiente o por FO mediante al NAM o IMAP), pasando luego por la caja de distribución (red secundaria) hasta llegar al inmueble del cliente, construyéndose todo lo necesario para dejar un punto final de conexión con el respectivo tono de voz y otro punto final donde se instala y configura el equipo terminal respectivo conocido como Equipo Local del Cliente (CPE) o modem con la salida o acceso a internet, donde el cliente lo solicite, verificando una vez finalizada la instalación, que los parámetros de calidad del servicio se encuentren dentro de lo establecido para la velocidad del servicio contratado por el cliente, así como la respectiva y efectiva comunicación del CPE con el Servidor de Control de Acceso (ACS).

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4.2.2. En el Anexo III “Norma Técnica”, se adjunta los documentos 7.5-I-70 MANUAL DE SUSCRIPCION DE EQUIPOS TERMINALES (CPE) AL GESTOR CLEAR VISION, 7.5-I-71 MANUAL DE CONFIGURACION DE EQUIPOS TERMINALES (CPE) DE TECNOLOGIAS ADSL Y ADSL2+, 7.5-I-72 NORMATIVA TECNICA PARA LA INSTALACION DE LINEAS TELEFONICAS, 7.5-P-23 PROCEDIMIENTO PARA LA INSTALACION DE SERVICIOS DE TELEFONIA CONVENCIONAL, 7.5-I-16 NORMA TECNICA INSTALACION KOLI HOGAR SOBRE TECNOLOGIAS ADSL, 8.3-I-48 MANUAL PARA REDIRECCIONAMIENTO DE PUERTOS EN EL GESTOR ACS CISCO PRIME HOME y 8.3-I-49 MANUAL PARA LA CONFIGURACION DE LA RED INALAMBRICA EN EL GESTOR ACS CISCO PRIME HOME, los cuales regulan este tipo de eventos, y que como tal, forma parte de lo establecido en este cartel y es de acatamiento obligatorio por parte del Contratista en la ejecución de los servicios contratados.

4.3. Instalación Banda Ancha (datos):

4.3.1. El procedimiento para la Instalación de un Servicio de Internet (Kolbi Hogar Internet) representa en detalle la puesta en funcionamiento de un servicio de datos (internet) sobre un servicio de voz ya existente, teniéndose que cambiar las vías originales del mismo a las vías capaces de la transmisión de datos, ya sea pasando por el “DSLAM” red de cobre o desde un puerto IMAP o NAM, para finalizar la instalación dentro del inmueble del cliente en el punto que él lo solicite (respetando lo normado como puntos posibles donde ubicar el equipo terminal), una vez establecido el punto final donde se instalará y configurará el equipo CPE o modem con acceso a internet, de ser requerido se debe utilizar un cable de dos pares para hacer llegar la señal con los datos, por uno de los pares, desde el block de conexión hasta el separador (splitter) y luego utilizar el segundo par para retornar el tono de voz a la red del cliente y así mantener la red destinada para la voz dentro del edificio, de lo contrario se destinará un único punto final tanto para la voz como para los datos. Verificando una vez finalizada la instalación que los parámetros de calidad del servicio se encuentren dentro de los establecidos para la velocidad del servicio contratado, así como la respectiva y efectiva comunicación del CPE con el gestor ACS.

4.3.2. En el Anexo III “Norma Técnica” se adjuntan los documentos 7.5-I-70 MANUAL DE SUSCRIPCION DE EQUIPOS TERMINALES (CPE) AL GESTOR CLEAR VISION, 7.5-I-71 MANUAL DE CONFIGURACION DE EQUIPOS TERMINALES (CPE) DE TECNOLOGIAS ADSL Y ADSL2+, 7.5-I-72 NORMATIVA TECNICA PARA LA INSTALACION DE LINEAS TELEFONICAS, 7.5-P-23 PROCEDIMIENTO PARA LA INSTALACION DE SERVICIOS DE TELEFONIA CONVENCIONAL, 7.5-I-16 NORMA TECNICA INSTALACION KOLI HOGAR SOBRE TECNOLOGIAS ADSL, 8.3-I-48 MANUAL PARA REDIRECCIONAMIENTO DE PUERTOS EN EL GESTOR

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ACS CISCO PRIME HOME y 8.3-I-49 MANUAL PARA LA CONFIGURACION DE LA RED INALAMBRICA EN EL GESTOR ACS CISCO PRIME HOME, los cuales regulan este tipo de eventos, y que como tal, forma parte de lo establecido en este cartel y es de acatamiento obligatorio por parte del Contratista en la ejecución de los servicios contratados.

4.4.Reacomodos de líneas telefónicas

4.4.1. La ejecución de trabajos complementarios conocidos como reacomodos, se pueden generar por partición de distrito, mantenimiento correctivo o preventivo, reubicación de postería, ampliaciones de red o bien habilitación de cajas internas.

4.4.2. El inspector encargado del ICE debe dar las instrucciones sobre el trabajo a realizar y el sector a reacomodar e informar al Centro de Gestión las cajas de dispersión que serán intervenidas para el filtrado respectivo de averías y para detener las órdenes que estén en trámite de ejecución en ese momento.

4.4.3. En el Anexo III “Norma Técnica”, se adjunta los documentos 7.5-I-70 MANUAL DE SUSCRIPCION DE EQUIPOS TERMINALES (CPE) AL GESTOR CLEAR VISION, 7.5-I-71 MANUAL DE CONFIGURACION DE EQUIPOS TERMINALES (CPE) DE TECNOLOGIAS ADSL Y ADSL2+, 7.5-I-72 NORMATIVA TECNICA PARA LA INSTALACION DE LINEAS TELEFONICAS y 7.5-P-23 PROCEDIMIENTO PARA LA INSTALACION DE SERVICIOS DE TELEFONIA CONVENCIONAL, 7.6-I-16 NORMA TECNICA INSTALACION KOLI HOGAR SOBRE TECNOLOGIAS ADSL, 8.3-I-48 MANUAL PARA REDIRECCIONAMIENTO DE PUERTOS EN EL GESTOR ACS CISCO PRIME HOME y 8.3-I-49 MANUAL PARA LA CONFIGURACION DE LA RED INALAMBRICA EN EL GESTOR ACS CISCO PRIME HOME, los cuales regulan este tipo de eventos, y que como tal, forma parte de lo establecido en este cartel y es de acatamiento obligatorio por parte del Contratista en la ejecución de los servicios contratados.

4.5. Instalación en caja de fachada

4.5.1. El procedimiento para una instalación de servicio nuevo de voz con caja de fachada comprende la interconexión de los diferentes puntos de acceso según corresponda (para red directa o cobre se debe conectar el número de equipo con la primaria, y hacer llegar el tono hasta la caja de fachada y el par asignado, mediante IMAP o NAM se conecta el puerto asignado al par correspondiente de la caja de fachada).

4.5.2. Para el caso de un servicio de Datos “Kolbi Hogar Internet” se debe además de todo lo anterior instalar y configurar el dispositivo terminal CPE.

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4.5.3. Verificando una vez finalizada la instalación que los parámetros de calidad del servicio se encuentren dentro de los establecidos para la velocidad del servicio contratado, así como la respectiva y efectiva comunicación del CPE con el gestor ACS.

4.5.4. En el Anexo III “Norma Técnica”, se adjunta los documentos 7.5-I-70 MANUAL DE SUSCRIPCION DE EQUIPOS TERMINALES (CPE) AL GESTOR CLEAR VISION, 7.5-I-71 MANUAL DE CONFIGURACION DE EQUIPOS TERMINALES (CPE) DE TECNOLOGIAS ADSL Y ADSL2+, 7.5-I-72 NORMATIVA TECNICA PARA LA INSTALACION DE LINEAS TELEFONICAS y 7.5-P-23 PROCEDIMIENTO PARA LA INSTALACION DE SERVICIOS DE TELEFONIA CONVENCIONAL, 7.6-I-16 NORMA TECNICA INSTALACION KOLI HOGAR SOBRE TECNOLOGIAS ADSL, 8.3-I-48 MANUAL PARA REDIRECCIONAMIENTO DE PUERTOS EN EL GESTOR ACS CISCO PRIME HOME y 8.3-I-49 MANUAL PARA LA CONFIGURACION DE LA RED INALAMBRICA EN EL GESTOR ACS CISCO PRIME HOME, los cuales regulan este tipo de eventos, y que como tal, forma parte de lo establecido en este cartel condiciones y es de acatamiento obligatorio por parte del Contratista en la ejecución de los servicios contratados.

4.6. Instalación en caja interna

4.6.1. El procedimiento para una instalación de servicio nuevo de voz con caja interna comprende la interconexión de los diferentes puntos de acceso según corresponda (para red directa o cobre se debe conectar el número de equipo con la primaria, y hacer llegar el tono hasta la caja interna y el par asignado. Para los servicios aprovisionados mediante IMAP o NAM se conecta el puerto asignado con la caja interna en el par correspondiente), se deberá localizar al cliente para informarle donde se dejará identificado el tono. Esto se hará por medio de una colilla confeccionada para tal fin, además de recoger el visto bueno de recibido conforme por parte del interesado mediante la boleta de aceptación del servicio.

4.6.2. En el caso de que la red interna del cliente no se encuentre debidamente identificada y en buen estado, es obligación del técnico utilizar el “generador de tonos” para tratar de identificar el tono en al menos un punto del interior del inmueble.

4.6.3. Para el caso de un servicio de Datos “Kolbi Hogar Internet” se debe además de todo lo anterior instalar y configurar el dispositivo terminal CPE.

4.6.4. Verificando una vez finalizada la instalación que los parámetros de calidad del servicio se encuentren dentro de los establecidos para la velocidad del servicio contratado, así como la respectiva y efectiva comunicación del CPE con el gestor ACS.

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4.6.5. En el Anexo III “Norma Técnica”, se adjunta los documentos 7.5-I-70 MANUAL DE SUSCRIPCION DE EQUIPOS TERMINALES (CPE) AL GESTOR CLEAR VISION, 7.5-I-71 MANUAL DE CONFIGURACION DE EQUIPOS TERMINALES (CPE) DE TECNOLOGIAS ADSL Y ADSL2+, 7.5-I-72 NORMATIVA TECNICA PARA LA INSTALACION DE LINEAS TELEFONICAS y 7.5-P-23 PROCEDIMIENTO PARA LA INSTALACION DE SERVICIOS DE TELEFONIA CONVENCIONAL, 7.6-I-16 NORMA TECNICA INSTALACION KOLI HOGAR SOBRE TECNOLOGIAS ADSL, 8.3-I-48 MANUAL PARA REDIRECCIONAMIENTO DE PUERTOS EN EL GESTOR ACS CISCO PRIME HOME y 8.3-I-49 MANUAL PARA LA CONFIGURACION DE LA RED INALAMBRICA EN EL GESTOR ACS CISCO PRIME HOME, los cuales regulan este tipo de eventos, y que como tal, forma parte de lo establecido en este cartel y es de acatamiento obligatorio por parte del Contratista en la ejecución de los servicios contratados.

4.7.Reparación de averías en líneas convencionales

4.7.1. El procedimiento para la reparación de averías convencionales comprende la revisión de todos los puntos de interconexión existentes, para lograr identificar el o los posibles fallos que presente el servicio y así lograr que sea restablecido el mismo en un tiempo no mayor a 6 horas hábiles desde la asignación de la avería hasta el cierre de la misma.

4.7.2. Una vez identificado el o los daños se deben realizar las reparaciones necesarias para que el servicio funcione correctamente.

4.7.3. El cierre de las averías se debe realizar inmediatamente después de reparado el servicio al IVR del ICE mediante el número 800-cierres (800 2437737), para las averías cuyo código de reparación no esté permitido al IVR se debe llamar al Centro de Gestión correspondiente al contrato para reportar la reparación y gestionar el cierre de la misma.

4.7.4. El ICE puede realizar cualquier consulta o prueba que considere necesaria para verificar el correcto cierre y reparación de cada avería, así como la veracidad de los datos aportados por el personal técnico del contratista.

4.7.5. De ser requerido se tomará en cuenta la versión del cliente como base para la toma de decisiones en todo lo relacionado al tema de reparación de averías, inspección o para el proceso de multas y sanciones.

4.7.6. En el Anexo III “Norma Técnica”, de este cartel, se adjunta los documentos 7.5-I-72 NORMATIVA TECNICA PARA LA INSTALACION DE LINEAS TELEFONICAS, 7.5-P-23 PROCEDIMIENTO PARA LA INSTALACION DE SERVICIOS DE TELEFONIA CONVENCIONAL, 8.3-I-21 INSTRUCTIVO PARA LA REPARACION DE AVERIAS DE SERVICIOS CONVENCIONALES

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E INTERNET ADSL y 8.3-I-29 PROTOCOLO PARA LA ATENCION DE AVERIAS DE SERVICIOS ADSL Y RDSI, los cuales regulan este tipo de eventos, y que como tal, forma parte de lo establecido en este cartel y es de acatamiento obligatorio por parte del Contratista en la ejecución de los servicios contratados.

4.8.Reparación de averías en banda ancha

4.8.1. El procedimiento para la reparación de averías de internet comprende la revisión de todos los puntos de interconexión existentes desde el distribuidor hasta el equipo terminal CPE, para lograr identificar el o los posibles fallos que presente el servicio y así lograr que sea restablecido el mismo en un tiempo no mayor a 2.5 horas hábiles desde la asignación de la avería hasta el cierre de la misma.

4.8.2. Una vez identificado el o los daños se deben realizar las reparaciones necesarias para que el servicio funcione correctamente.

4.8.3. Si la reparación de la avería implica el cambio o la configuración del equipo terminal, el mismo debe quedar con el firmware actualizado y comunicándose con el gestos ACS.

4.8.4. El cierre de las averías se debe realizar inmediatamente después de reparado el servicio al IVR del ICE mediante el número 800-cierres (800 2437737), para las averías cuyo código de reparación no esté permitido al IVR se debe llamar al centro de gestión correspondiente al contrato para reportar la reparación y gestionar el cierre de la misma.

4.8.5. El ICE puede realizar cualquier consulta o prueba que considere necesaria para verificar el correcto cierre y reparación de cada avería, así como la veracidad de los datos aportados por el personal técnico del contratista.

4.8.6. De ser requerido se tomará en cuenta la versión del cliente como base para la toma de decisiones en todo lo relacionado al tema de reparación de averías, inspección o para el proceso de multas y sanciones.

4.8.7. En el Anexo III “Norma Técnica”, en este cartel, se adjunta los documentos 7.5-I-70 MANUAL DE SUSCRIPCION DE EQUIPOS TERMINALES (CPE) AL GESTOR CLEAR VISION, 7.5-I-71 MANUAL DE CONFIGURACION DE EQUIPOS TERMINALES (CPE) DE TECNOLOGIAS ADSL Y ADSL2+, 7.5-I-72 NORMATIVA TECNICA PARA LA INSTALACION DE LINEAS TELEFONICAS y 7.5-P-23 PROCEDIMIENTO PARA LA INSTALACION DE SERVICIOS DE TELEFONIA CONVENCIONAL, 7.6-I-16 NORMA TECNICA INSTALACION KOLI HOGAR SOBRE TECNOLOGIAS ADSL 8.3-I-4 INSTRUCTIVO DE PROTOCOLOS DE PRUEBAS PARA AVERIAS DE SERVICIOS DE TRANSFERENCIA DE DATOS CON DIRECCIONAMIENTO DINAMICO, 8.3-I-21 INSTRUCTIVO PARA LA REPARACION DE AVERIAS

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DE SERVICIOS CONVENCIONALES E INTERNET ADSL, 8.3-I-29 PROTOCOLO PARA LA ATENCION DE AVERIAS DE SERVICIOS ADSL Y RDSI, 8.3-I-36 MANUAL DE ACTUALIZACION REMOTA DE FIRMWARE, 8.3-I-48 MANUAL PARA REDIRECCIONAMIENTO DE PUERTOS EN EL GESTOR ACS CISCO PRIME HOME y 8.3-I-49 MANUAL PARA LA CONFIGURACION DE LA RED INALAMBRICA EN EL GESTOR ACS CISCO PRIME HOME, los cuales regulan este tipo de eventos, y que como tal, forma parte de lo establecido en este cartel y es de acatamiento obligatorio por parte del Contratista en la ejecución de los servicios contratados.

4.9.Reparación de averías de seguimiento

4.9.1. El proceso de reparación de avería de seguimiento corresponde a aquellos casos en los cuales el personal técnico de Contratista se ve imposibilitado de ingresar a la propiedad del cliente o el cliente le solicita se realice la intervención en otro momento. El personal técnico del Contratista deberá informar al Centro de Gestión de la imposibilidad de ingreso o la solicitud del cliente indicando la fecha y hora de intervención solicitada por éste último.

4.9.2. Aun cuando exista impedimento de ingreso a la propiedad del cliente o que éste le haya solicitado una nueva visita, el personal técnico del Contratista deberá realizar la revisión del segmento de red que este accesible con la finalidad de reportar si el mismo se encuentra en condiciones de operación o se detectó y reparó alguna. El ICE verificará la veracidad de la información aportada por el personal técnico del Contratista.

4.9.3. En el Anexo III “Norma Técnica”, en este cartel, se adjunta los documentos 8.3-I-2 NORMA PARA LA ASIGNACION DE CODIGOS DE LA GESTION DE AVERIAS, 7.5-I-70 MANUAL DE SUSCRIPCION DE EQUIPOS TERMINALES (CPE) AL GESTOR CLEAR VISION, 7.5-I-71 MANUAL DE CONFIGURACION DE EQUIPOS TERMINALES (CPE) DE TECNOLOGIAS ADSL Y ADSL2+, 7.5-I-72 NORMATIVA TECNICA PARA LA INSTALACION DE LINEAS TELEFONICAS y 7.5-P-23 PROCEDIMIENTO PARA LA INSTALACION DE SERVICIOS DE TELEFONIA CONVENCIONAL, 7.6-I-16 NORMA TECNICA INSTALACION KOLI HOGAR SOBRE TECNOLOGIAS ADSL 8.3-I-4 INSTRUCTIVO DE PROTOCOLOS DE PRUEBAS PARA AVERIAS DE SERVICIOS DE TRANSFERENCIA DE DATOS CON DIRECCIONAMIENTO DINAMICO, 8.3-I-21 INSTRUCTIVO PARA LA REPARACION DE AVERIAS DE SERVICIOS CONVENCIONALES E INTERNET ADSL, 8.3-I-29 PROTOCOLO PARA LA ATENCION DE AVERIAS DE SERVICIOS ADSL Y RDSI, 8.3-I-36 MANUAL DE ACTUALIZACION REMOTA DE FIRMWARE, 8.3-I-48 MANUAL PARA REDIRECCIONAMIENTO DE PUERTOS EN EL GESTOR ACS CISCO PRIME HOME y 8.3-I-49 MANUAL PARA LA CONFIGURACION DE LA RED INALAMBRICA EN EL GESTOR ACS CISCO PRIME HOME, los cuales regulan este tipo de eventos, y que como tal, forma parte de lo establecido

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en este cartel y es de acatamiento obligatorio por parte del Contratista en la ejecución de los servicios contratados.

4.10. Peinado de armarios

4.10.1. Este evento comprende el cambio del cable “jumper”, en armarios convencionales o en los bloques de distribución de los IMAP/NAM, respetando lo indicado por la normativa en cuanto a calibre, color según tecnología y trayecto, así como la respectiva verificación de las vías, para este caso sería la confirmación del par primario, par IMAP o NAM según corresponda y el par secundario asignados al servicio, los pares libres deben ser también reportados, el contratista debe presentar un reporte diario de los números trabajados con su respetiva información para la actualización de los sistemas. Así mismo se deberá dejar un listado provisional de las vías al finalizar el trabajo (peinado).

4.10.2. El técnico de la empresa contratista debe comunicarse con el centro de gestión respectivo cada dos (2) horas, para la verificación de algún reporte de averías producto de su labor, en caso de la existencia de alguna avería debe repararla de inmediato.

4.10.3. En el Anexo III “Norma Técnica”, en este cartel, se adjunta el documento 7.5-I-72 NORMATIVA TECNICA PARA LA INSTALACION DE LINEAS TELEFONICAS, el cual regula este tipo de eventos, y que como tal, forma parte de lo establecido en este cartel y es de acatamiento obligatorio por parte del Contratista en la ejecución de los servicios contratados.

4.11. Actividades en el Distribuidor Telefónico:

4.11.1. Este trabajo comprende el cambio del cable “jumper”, respetando lo indicado por la normativa en cuanto a calibre, color según tecnología y trayecto, así como la respectiva verificación de las vías, para servicios de voz corresponde al número de equipo y el par primario, para servicios de datos la información a verificar seria el número de equipo, el puerto “DSLAM”, y el par primario, el contratista debe presentar un reporte diario de los números trabajados con su respetiva información para la actualización de los sistemas. Así mismo se deberá dejar un listado provisional de las vías al finalizar el trabajo.

4.11.2. En el Anexo III “Norma Técnica”, en este cartel, se adjunta el documento 7.5-I-72 NORMATIVA TECNICA PARA LA INSTALACION DE LINEAS TELEFONICAS, el cual regula este tipo de eventos, y que como tal, forma parte de lo establecido en este cartel y es de acatamiento obligatorio por parte del Contratista en la ejecución de los servicios contratados.

4.11.3. Para las actividades de peinado ya sea en Distribuidor, IMAP, NAM o Armario, el personal técnico del contratista está en la obligación de llamar al

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Centro de Gestión antes iniciar labores, para reportar según corresponda, los listones o cajas a trabajar durante el día, así como llamar cada 3 horas para consultar si existen posibles averías derivadas de la gestión realizada, al finalizar el día deberá llamar para cerrar el reporte del trabajo ejecutado y verificar que no existan averías pendientes de reparación causadas por el trabajo ejecutado.

5. GENERALIDADES SOBRE LOS EVENTOS DE INSTALACIÓN

5.1.El Contratista recibirá el trabajo diariamente por parte del Centro de Gestión, de acuerdo al horario y medios establecidos por el ICE.

5.2.Las instalaciones de servicios de voz o combinación de voz y banda ancha, entregadas al contratista deben ser ejecutadas en un tiempo no mayor de 48 horas naturales.

5.3.Las instalaciones de servicios de banda ancha entregadas al Contratista deben ser atendidas en un tiempo no mayor de 10 horas hábiles.

5.4.En caso de que el Centro de Gestión del ICE así lo determine se debe ejecutar la conexión (el pase) en el distribuidor principal, también en el punto de sub-partición (armario de distribución o IMAP), de acuerdo a normas. El Contratista deberá verificar vías, tono, número asignado, en caso de encontrarse inconsistencias éste deberá proceder con las correcciones y actualizaciones necesarias para la puesta en funcionamiento del servicio.

5.5.El Contratista deberá realizar los pases en el Distribuidor Telefónico para la habilitación de los servicios, a excepción que el Administrador de Contrato o las personas que este designe establezca el contrario.

5.6.En caso de tratarse de una OTC en la que fue aceptada su devolución, será obligación del Contratista retirar los pases o dejar en su condición original el servicio, en caso de no realizar esta acción, cualquier consumo que sea originado como consecuencia de este incumplimiento deberá ser cubierto por el Contratista, así mismo, se aplicarán las multas correspondientes.

5.7.El Contratista deberá instalar el cable de la acometida exterior a la caja correspondiente o alguna cercana con pares libres de acuerdo a la asignación descrita en la boleta de la OTC. En caso de no existir la posibilidad de instalar se debe devolver la orden con su respectiva justificación, previa autorización del ICE.

5.8.El personal empleado por el Contratista deberá certificar el tono telefónico, verificando integridad y funcionamiento de los componentes de la red, tales como fusibles, protecciones u otros.

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5.9.El personal empleado por el Contratista deberá verificar el número de orden que indica la boleta, así como el tipo de servicio y consultar con el cliente dónde desea que se instale. Comprobar que el servicio quedó debidamente instalado de acuerdo a lo contratado, verificar con el Centro de Gestión respectivo y firmar con el cliente el recibido conforme mediante el uso de la Formula F-87-0511 “Boleta de Aceptación de Servicios de Telecomunicaciones”.

5.10. La instalación interna del equipo terminal se debe realizar donde el cliente la desee, si es internet y la computadora no se encuentra en el mismo sitio que el aparato telefónico deberá llegarse con la red interna hasta donde se requiera, siempre que esté dentro de las normas técnicas vigentes.

5.11. En caso de que un par esté ocupado o dañado se debe solicitar el cambio al Centro de Gestión o al área correspondiente de la zona, anotando el código de la persona que le autoriza el cambio y el consecutivo correspondiente, además deberá anotarlo en la respectiva boleta y en observaciones del sistema. El inspector del ICE verificará tal información.

5.12. En caso de que los pares a utilizar en el armario o caja de dispersión se encuentren ocupados por líneas en desuso, se debe proceder a su desmantelamiento, previa verificación de que no representan un servicio temporalmente suspendido o una línea directa temporal. Esta verificación se debe realizar con el Centro de Gestión respectivo tomando el consecutivo correspondiente.

5.13. En el caso que una OTC no pueda ser ejecutada por causas atribuibles al cliente, el contratista tiene la obligación de coordinar una cita con él, de ser posible dentro del tiempo establecido para la instalación de esta OTC, en caso de no contactar al cliente deberá dejarle un aviso utilizando el formulario que el ICE ha emitido para tal fin. El técnico de la empresa contratada deberá anotar el número de medidor del cliente para dejar constancia de la visita realizada.

5.14. El contratista estará en la obligación de llamar previamente al cliente para coordinar la instalación utilizando el número de referencia (coordinar cita). Dada esta obligación, las devoluciones por “casa sola”, “cliente avisa” y “cliente no aparece en dirección”, en las que se compruebe que no se realizó dicha coordinación no se justificarán. El ICE por medio de su Centro de Despacho podrá coordinar la instalación dependiendo del caso de que se trate. Si se da tal hecho le informará al Contratista previamente y dicha OTC deberá ser ejecutada según la cita conciliada con el cliente. En caso de no poder instalar por causa de red o por problemas técnicos, el Contratista debe informar al cliente.

5.15. El Contratista debe verificar la categoría del servicio telefónico de acuerdo con la orden de servicio ejecutada. Si existiera un cambio de categoría, se debe de llenar boleta de cobro que el ICE suministra y una vez debidamente firmada por el interesado, hacerla llegar al Administrador de Contrato o las personas que este designe. En caso que el cliente no acepte el cambio se debe devolver la OTC.

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5.16. En el caso de una OTC que involucre trabajo caja interna, el personal técnico del Contratista deberá el realizar el pase en el distribuidor y el armario e identificar en la caja interna el número asignado al cliente. En caso de servicios de banda ancha y POTS, si el cliente así lo requiere, el técnico debe identificar el par a utilizar en el inmueble del cliente, utilizando en caso necesario el generador de tonos (chicharra). Si la red interna se encuentra dañada se lo hará saber para que proceda a reparar y lo anotará en las observaciones de la boleta aceptación del servicio.

5.17. Una orden de trabajo en caja de fachada consiste en realizar la instalación, partiendo de la caja de dispersión hasta la roseta donde el cliente desee el servicio cumpliendo con las normas establecidas, igualmente el pase en el distribuidor y en el armario.

5.18. Cuando una acometida interna en una instalación exceda los 60 metros anotados en la norma, se debe coordinar con el inspector del ICE para que este la autorice.

5.19. Una orden de trabajo de retiro consiste en retirar las líneas en desuso incluyendo el pase en el distribuidor, pase en el armario, línea externa hasta la caja respectiva. De no coincidir con las vías asignadas en la OTC se debe informar los pares liberados en ambos blocks para que el ICE los actualice en su sistema de información. En caso de duda, para realizar esta labor debe coordinarse previamente con el Centro de Gestión del área donde se encuentre, para evitar el desmantelamiento de líneas telefónicas suspendidas temporalmente o líneas directas (jumper verde-blanco).

5.20. Proceso de las órdenes de servicio de instalación

5.20.1. Realizar la conexión entre la regleta de números (block de conmutación) y los pares de la red primaria o directa (listones) en el distribuidor telefónico utilizando hilos jumper.

5.20.2. Ejecutar los pases necesarios de acuerdo con las Normas Técnicas establecidas por el ICE y actualizar las vías con el ente respectivo. (Método de Control: asignación de número consecutivo).

5.20.3. En caso de ejecutar un retiro telefónico se debe proceder a la desconexión y retiro del pase correspondiente.

5.20.4. Procesar la información del sistema SIMO: acceder, bajar y cerrar la información, de acuerdo con las rutas establecidas en el sistema.

5.20.5. Ejecutar los pases necesarios partiendo de cualquier tecnología.

5.20.6. Coordinar cambios de vías.

5.20.7. Atención de técnicos de campo.

5.20.8. Garantizar que cada línea en servicio cuente con su protección.

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6. GENERALIDADES SOBRE LOS EVENTOS DE REACOMODOS

6.1.Un evento de reacomodo consiste en el reordenamiento y mejoramiento de la red telefónica de cobre, según las normas establecidas con sus debidos accesorios, ubicando los servicios en la caja más cercana a cada cliente, de ser necesario se deberá realizar la instalación de la línea interna (se debe cambiar ésta cuando cambia su entrada o la línea está deteriorada). Igualmente, realizar y ordenar (peinar) los pases necesarios en el distribuidor y en el armario. Incluye cambiar todo, reubicaciones o cambios de postería, retensado de acometidas “corte y meta”, en forma total o parcial en un distrito, por ampliaciones, particiones o por algún tipo de accidente en la red o postería.

6.2.Los des-emparejamientos de equipo de electrónica equivalen a un reacomodo de línea ya que el procedimiento es similar. Cada equipo electrónico se tomará como un reacomodo.

6.3.El trabajo a realizar en la labor de reacomodos se coordinará con el Administrador de Contrato o las personas que este designe para dicha labor antes y durante la ejecución de la contratación.

6.4.Antes de iniciar la obra, se sugiere una inspección conjunta en los distritos a reacomodar por parte del Inspector del ICE y el representante de la Empresa adjudicada.

6.5.En la labor de reacomodos se debe procurar que el cliente esté sin servicio telefónico el menor tiempo posible (menos de dos horas). Diariamente se debe de informar al inicio de las labores, las cajas de dispersión a intervenir durante el día, además al finalizar se debe confirmar mediante reporte al Centro de Gestión del ICE el trabajo realizado.

6.6.Reconfiguración de módems: para las actividades de reacomodos y migraciones de tecnologías donde la línea tenga un servicio Internet, la empresa contratada debe realizar la reconfiguración del modem cuando lo amerite confeccionando la boleta respectiva. Estos cambios deben realizarse simultáneamente al reacomodo. Si fuere necesario cambiar el modem debe quedar debidamente registrado en los sistemas e incluido en el gestor ACS, para lo cual se coordinará con el Centro de Gestión. Se deberá realizar el cambio de jumper con el color correspondiente según la normativa.

6.7.Para labores de reacomodos de líneas, cada vez que se concluyan las actividades que involucran una caja y el distrito telefónico intervenido, se debe corroborar que no exista ninguna avería en los servicios correspondientes. Para esto el contratista debe comunicarse con el centro de gestión cada dos (2) horas.

6.8.El contratista deberá mantener un canal de comunicación permanente que permita al Centro de Gestión del ICE comunicarle, para su inmediata solución, todas las averías

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que se ocasionen como consecuencia de la actividad del reacomodo. El plazo máximo para reparar una avería es de dos (2) horas naturales.

6.9.El Contratista deberá presentar los reportes de cambios de vías de acuerdo al formulario establecido para tal fin, lo cual debe realizar en un término máximo de 24 horas naturales posteriores a la ejecución del evento.

6.10. Es obligación del personal del Contratista recoger los desechos y materiales sobrantes de la propiedad del cliente o en las vías públicas. Estos deben ser recogidos de inmediato al finalizar cada trabajo y trasladarlos al centro de acopio definido por el Administrador de Contrato o las personas que este designe, en caso de incumplimiento se considerará en la Calificación Individual del Contrato.

6.11. Reacomodo en caja interna (pases de clientes). Una vez realizado el pase de la regleta ICE a la regleta del cliente, deberá probar el servicio y verificar que el mismo quede según las características contratadas.

6.12. Levantamiento de la información en reacomodos.

El contratista deberá hacer un reporte con el listado de los pases realizados en el distribuidor y armario de acuerdo a la asignación de las vías que corresponde a cada cliente, en dicho reporte constará todos los servicios trabajados y servirá para realizar la correcta actualización en los sistemas corporativos (SIMO) y deberá indicar:

a. Donde estaba la primaria y secundaria.

b. Donde queda la primaria y secundaria.

c. Metraje de la acometida y reporte de otros materiales utilizados.

Esta información debe reportarse mediante el llenado del formulario F-87-0176 “Formula para Cambio de Vías en la Red Primaria y Secundaria”.

6.13. Proceso de mantenimiento (reacomodos)

6.13.1. Realizar la desconexión y retiro del pase en desuso.

6.13.2. De ser requerido, ejecutar la suspensión y reconexión de los servicios telefónicos.

6.13.3. Ejecutar la actualización de la información de la base de datos SIMO (vías).

6.13.4. Retiro de pases en desuso.

6.13.5. Limpieza de equipos y bastidores de electrónica en la red.

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6.13.6. Sustituir las protecciones en el distribuidor y garantizar que cada línea en servicio cuente con su protección.

6.13.7. De ser necesario, identificar y rotular, adecuadamente, el número del listón.

6.14. Proceso de entrega de reportes (reacomodos)

6.14.1. Remitir cada dos horas, al Centro de Despacho o Centro de Control, la información (listados) de los pases ejecutados, retirados y devueltos (imposibles de ejecutar), servicios cortados o reconectados durante el día, con el fin de mantener actualizada las bases de datos.

6.14.2. De ser necesario, el técnico de mesa pruebas deberá canalizar la reparación de averías con los técnicos de la empresa. Asimismo, deberá realizar los cierres respectivos de averías.

6.14.3. Reportar, controlar las existencias y coordinar la sustitución de las tarjetas de equipos electrónicos.

6.14.4. El técnico de mesa de pruebas de la empresa entregará al Administrador de Contrato o a las personas que este designe semanalmente o a las personas que este designe, un informe de las labores realizadas, el cual será el equivalente a un lote. Esto será requisito indispensable para generar el pago respectivo.

6.14.5. Este informe debe contemplar como mínimo, la cantidad de averías atendidas, retiros, cambio de números, pases realizados para instalaciones, entre otros.

7. GENERALIDADES SOBRE LOS EVENTOS DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO (AVERÍAS)

7.1.Por mantenimiento correctivo se entiende, el restablecer un servicio voz o datos que se encuentra interrumpido por la falla de uno o varios elementos de la red.

7.2.La avería se entiende como cerrada y aceptada (recepción definitiva), después de que el equipo terminal del cliente quede operando en forma normal (sin falla alguna).

7.3.De encontrarse elementos adyacentes que estén deteriorados o fuera de normas, deben ser corregidos o reparados, para lo cual se definen tres grupos: los elementos del inmueble, (block, acometida interna, retornos, roseta, splitter, aparato telefónico o CPE), la caja de dispersión (protecciones, acometida exterior y block conexión) y el armario y distribuidor telefónico (pases). Para efectos de la acometida exterior debe de considerarse el cambio del block de conexión.

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7.4.Por lo anterior, las actividades del mantenimiento correctivo serán evaluadas por parte del Inspector del ICE en los elementos donde se intervino la red para reparar el daño. Todo lo anterior con el fin de que el servicio telefónico e Internet quede funcionando correctamente y prevenir que se presente un daño futuro.

7.5.Las averías de servicios telefónicos (POTS) entregadas al contratista deben ser reparadas en un tiempo no mayor de seis (6) horas hábiles.

7.6.Las averías de servicios de transferencia de datos (internet) entregadas al contratista deben ser reparadas en un tiempo no mayor de 2.5 horas hábiles.

7.7.Para que una línea de cliente se considere en condiciones normales de operación, y por lo tanto reparada, deben cumplir con al menos las siguientes características: sin ruidos, con tono claro, sin interrupciones, sin equivocación de marcado, con clara transmisión y recepción, de acuerdo con el servicio que se brinda.

7.8.En caso de averías de Internet, para que se considere en condiciones normales de operación el Internet debe quedar navegando y el equipo configurado con los parámetros establecidos, a la velocidad contratada por el cliente.

7.9.La avería se entiende como entregada y aceptada (recepción definitiva), después de que el ICE realice las pruebas correspondientes y las mismas sean positivas.

7.10. Si la anomalía se encuentra en un punto como red secundaria, primaria o central, deberá llamar al Centro de Gestión para recibir autorización para efectuar los cambios correspondientes, tanto en el armario como en el distribuidor.

7.11. Para las averías que presenten condiciones técnicas especiales o de riesgo que hagan imposible atenderlas por una sola persona, debe coordinarse con el Centro de Gestión correspondiente para ser atendida con dos personas y justificar la prescripción en caso necesario.

7.12. Es obligación del personal del Contratista recoger los desechos y materiales sobrantes de la propiedad del cliente o en las vías públicas. Estos deben ser recogidos de inmediato al finalizar cada trabajo y trasladarlos al centro de acopio definido por el Administrador de Contrato o las personas que este designe, en caso de incumplimiento se considerará en la Calificación Individual del Contrato.

7.13. Proceso de averías

7.13.1. Filtrar las averías consiste en llamar al cliente para determinar si la avería tiene o no fundamento.

7.13.2. Por medio de la mesa de pruebas, discriminar las averías para determinar si las mismas son de Planta Interna o de Planta Externa y si es necesario realizar verificaciones o pruebas técnicas.

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7.13.3. Las averías que deban ser atendidas por los técnicos de campo para su respectiva reparación, serán remitidas en forma inmediata hacia el Centro de Control o Centro de Despacho respectivo.

7.13.4. Realizar pruebas técnicas a equipos multiplicadores de pares e inalámbrico.

7.13.5. Sustitución de tarjetas dañadas de equipos de electrónica en la red.

7.13.6. Reportar a quien corresponda las averías que se presenten en los equipos de presurización. (Método de Control: asignación de número consecutivo).

7.13.7. Ejecutar los pases necesarios de acuerdo con la Normas Técnicas establecidas por el ICE, y actualizar las vías con el ente respectivo. (Método de Control: asignación de número consecutivo).

7.13.8. Procesar información SIMO: acceder, bajar y verificar las averías pendientes en la ruta 532, filtrar y codificar las averías de la ruta 537. De ser necesario, se corrige la dirección y vías de la avería atendida.

7.13.9. Procesar información SIPLI: verificar la avería con pruebas digitales, comparar los parámetros con la resistencia, voltajes inducidos y otros. De los datos obtenidos, codificar la avería con su respectiva observación.

7.13.10. Coordinar y efectuar pruebas con técnicos de campo.

7.13.11. Realizar pruebas remotas a equipo de electrónica en la red.

7.13.12. Reparar averías en el distribuidor.

7.13.13. Ejecutar los pases necesarios.

7.13.14. En caso de detectar alarmas en los equipos electrónicos (concentradores digitales) elaborar los reportes correspondientes a las partes involucradas en el proceso.

8. HORARIO DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS

8.1.La ejecución de los servicios contratados se hará mayoritariamente durante la jornada diurna de trabajo (7:00 horas a las 17:00 horas) de lunes a viernes. Los sábados, domingos y feriados de ley se trabajará con el 50% del personal con horario de 7:00 horas a las 15:00 horas. En caso excepciones y previa autorización del Administrador de Contrato o las personas que este designe, estos servicios se realizarán fuera de dicha jornada laboral.

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8.2.Los tiempos de ejecución establecidos para los diferentes eventos o actividades objeto de este proceso de contratación, están en función del cumplimiento con lo establecido en el Reglamento de Prestación y Calidad de los Servicios emitidos por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. En caso de ser necesario reajustar estos tiempos, el Administrador de Contrato o las personas que este designe informará al Contratista con al menos tres (3) días de anticipación para que en caso que estos estén en detrimento de lo establecido en este cartel, realizar la negociación y ajustes correspondientes en los tiempos de atención de los servicios contratados.

9. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

A continuación se detalla una serie de disposiciones técnicas y procedimentales complementarias a las establecidas en el Anexo III “Norma Técnica”, las cuales serán de acatamiento obligatorio por el Contratista y el personal empleado por éste para la ejecución de los servicios contratados.

9.1.Queda terminantemente prohibido asignar un par telefónico para cualquier cambio de asignación de vías sin la autorización correspondiente de Centro de Gestión.

9.2.Lo cambios de asignación de vías realizados, deben ser reportados de inmediato al Centro de Gestión. El Contratista al realizar el reporte correspondiente deberá incluir el consecutivo de autorización asignado por el Centro de Gestión.

9.3.En caso de que los pares a utilizar en el armario o caja de dispersión se encuentren ocupados por líneas en desuso, se debe proceder a su desmantelamiento, previa verificación con el Centro de Gestión de que no representan un servicio temporalmente suspendido, una línea directa temporal o acometida permanente.

9.4.El Contratista deberá reportar en forma inmediata al Centro de Gestión cualquier anomalía que vaya en detrimento de la continuidad de los servicios brindados por el ICE.

9.5.El Contratista deberá coordinar la visita a los clientes (llamada previa al cliente), para evitar la devolución de cualquier reporte. En caso de que el ICE compruebe que no se hizo la coordinación previa, no se aceptará la devolución de la OTC, continuando con el tiempo de asignación y solución hasta que la misma sea atendida correctamente.

9.6.El cliente o persona que recibe el trabajo anotará su nombre, firma y número de cédula en la boleta de aceptación del servicio instalado, la cual se debe enviar adjunto al trabajo diario realizado. Será obligación del Contratista hacer llegar estas boletas al Administrador de Contrato o a las personas que este designe. El Contratista podrá hacer uso para el control de cierre de instalaciones de un link suministrado por el Administrador de Contrato o las personas que este designe.

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9.7.El Centro de Gestión no aceptará códigos de cierres por “casa sola” hasta que el personal empleado por el Contratista solicite al Centro de Gestión las referencias para localizar al cliente. El personal empleado por el Contratista deberá dejar un aviso al cliente que fue visitado utilizando para ello el formulario que el ICE ha emitido para tal fin, entregando copia del mismo al ICE e incorporará el número de medidor del servicio eléctrico del inmueble.

9.8.En caso de utilización de códigos seguimiento para el cierre de averías, tal como, el código de cierre 304 “Inmueble del cliente no accesible”, en que el ICE compruebe fehacientemente la falsedad de la información por parte del personal empleado por el Contratista, el ICE podrá solicitar la sustitución de la cuadrilla contratada.

9.9.El Contratista debe aportar en los casos de reportes a “Cables”, “Conmutación”, las mediciones eléctricas que fundamenta dicho reporte, de lo contrario, el reporte será rechazado, la OCT continuará asignada al Contratista y se aplicaran las multas correspondientes.

9.10. El ICE proveerá en cada uno de los armarios un par piloto o de explotación para ser utilizado por el personal técnico en labores propias de su función. El Contratista o el personal empleado por este utilizará dicha facilidad únicamente para realizar los servicios contratados.

9.11. El Contratista o el personal empleado por éste no deberá tomar un par telefónico libre sin antes haber recibido autorización del ICE. Es terminantemente prohibido utilizar un par que tenga jumper verde-blanco, se debe solicitar el cambio correspondiente.

9.12. En la atención de una avería el Contratista o el personal empleado por éste deberá cambiar cualquier elemento de la red existente cuando esté fuera de normas o deteriorado, además cambiará las líneas en la conduleta cuando por motivos de manipulación se dañen.

9.13. El cierre de los trabajos se realizará como sigue:

a. Para reparación de averías o mantenimiento correctivo

i. El técnico deberá realizar el cierre de la avería por medio del IVR o Centro de Gestión según corresponda, en forma inmediata una vez reparada la avería.

ii. En caso de daño en el IVR o Centro de Gestión deberá enviar un correo electrónico o un facsímil en el cual se adjunte constancia del envío fallido de dicho sistema.

b. Para mantenimiento preventivo y reacomodos:

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i. El técnico deberá informar por teléfono o fax al Centro de Gestión respectivo y al Inspector asignado cuando corresponda, el cierre de los trabajos del día, incluyendo los consecutivos de cambios de vías realizados, en un único reporte al final de la jornada.

ii. El contratista deberá instruir a sus técnicos para que reporten todo elemento de la red de cliente que amerite actividades de mantenimiento preventivo. Dichos reportes deberán canalizarse hacia el Centro de Gestión de la zona donde se está ejecutando el contrato, con una indicación clara de la ubicación y necesidad del mantenimiento preventivo.

iii. Cada vez que se concluyan las labores de mantenimiento preventivo, se debe corroborar que no exista ninguna avería en los elementos de la red de cliente intervenidos en el trabajo asignado o en los servicios de los clientes correspondientes.

9.14. El Contratista se comunicará con el Centro de Gestión todos los días, según lo requiera el ICE, con el propósito de que se atienda las averías provocadas como consecuencia de las labores que se realizan, dichas averías deben ser reparadas de inmediato.

9.15. El Contratista deberá recoger los desechos y materiales sobrantes originados por la ejecución de los servicios contratados en la propiedad del cliente o en las vías públicas.

9.16. El ICE establece para esta contratación el pre-cierre de trabajo, es decir se realiza una recepción provisional de la OTC en los siguientes treinta minutos como máximo, mientras el ICE la prueba y si tuviera alguna anomalía se le devuelve al Contratista, sin ninguna afectación del tiempo de entrega del trabajo, hasta tanto sea aceptada.

10.LUGAR DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS

10.1. Los servicios contratados se realizarán en las zonas establecidas en el Anexo I de este cartel, en el territorio cubierto por cada central que conforma la partida con un ámbito de acción en casos excepcionales de 50 kilómetros a la redonda del límite de la zona contratada.

10.2. En caso que el ICE en atención de los requerimientos de demanda de servicios de telecomunicaciones solicitados por sus clientes requiera de mayor fuerza laboral, solicitará al Contratista la ampliación de la misma y el traslado de sus recursos a zonas diferentes a la contratada. El contratista tendrá quince (15) días naturales para la respuesta de esta solicitud.

10.3. Así mismo, si el ICE requiere fuerza laboral en un ámbito de acción fuera del establecido en el Anexo I, el ICE y el Contratista realizarán la negociación respectiva, para, de ser el caso que el ICE cubra los costos adicionales (kilometraje y viáticos).

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Esta negociación se realizará con los representantes de la empresa, el Administrador de Contrato y debe ser avalada por el Jefe de Dirección y remitida al expediente de Proveeduría.

11.INSPECCIÓN A REALIZAR EN LA EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS

11.1. El Administrador de Contrato o las personas que este designe realizarán la inspecciones necesarias para garantizar la sana ejecución de los servicios contratados y la relación con los clientes del ICE que resulta de dicha ejecución.

11.2. La inspección se realizará con base a lo establecido en este proceso de contratación y sus anexos, por consiguiente, las recomendaciones, solicitudes y acciones realizadas por el Administrador de Contrato o las personas que este designe serán de acatamiento obligatorio por el Contratista y el personal empleado por éste. Así mismo, los resultados de las inspecciones realizadas serán la base para le aplicación de las multas, sanciones y calificación del contrato; así mismo serán utilizados los sistemas informáticos diseñados para tal fin.

11.3. Las inspecciones realizadas y los resultados de la misma, serán notificados al Contratista a más tardar cinco (5) días hábiles posteriores a haber recibido el reporte del trabajo (lote) ejecutado para su respectiva inspección.

11.4. Si pasado este tiempo, el ICE no ha reportado el resultado de la inspección y el lote no ha sido inspeccionado, el mismo se dará por aceptado y se deberá proseguir con la conciliación de las multas en caso de que las haya.

11.5. En caso de lotes rechazados, el ICE informará al Contratista las causales de dicho rechazo.

11.6. El Administrador de Contrato o las personas que este designe, deberá utilizar los formularios de inspección emitidos para tal fin, los cuales se anexan al presente cartel.

11.7. El Contratista contará con cinco (5) días hábiles para presentar reclamos debidamente justificados después de recibida la notificación por el servicio prestado. De no cumplirse estos plazos, para ambas partes, se aplicará el silencio positivo por omisión de respuesta, dando por válida la última condición expuesta.

11.8. El Contratista emitirá un documento en el que manifieste su conformidad de que los rebajos por concepto de multa se apliquen a la factura correspondiente.

11.9. Una vez finalizado el proceso de conciliación, el contratista contará con un plazo de cinco (5) días hábiles máximo, para presentar la factura correspondiente.

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11.9.1. Para eventos complejos o de difícil interpretación, cualquier determinación que tome el Contratista sin contar con la aprobación del Administrador de Contrato o las personas que este designe, será por su propia cuenta y riesgo. Ante consulta del Contratista sobre estos casos, el tiempo de respuesta del Administrador de Contrato o las personas que este designe será de dos (2) días hábiles, por lo que la OTC en análisis se reasigna a partir del segundo día. Todos estos casos deberán ser anotados en bitácora.

12.CALIFICACIÓN INDIVIDUAL DE CONTRATOS

12.1. Durante la ejecución de cada contrato las empresas serán calificadas en dos dimensiones, el desarrollo técnico y el desarrollo administrativo del contrato. Estas dimensiones contemplan la ponderación de aspectos que la Administración considera relevantes para calificar el desempeño global del contratista en la ejecución de los servicios contratados.

12.2. La calificación final del contratista se establece según lo siguiente:

En donde:

CIC : Calificación Individual del ContratoDTC : Desarrollo Técnico del ContratoDAC : Desarrollo Administrativo del Contrato

12.2.1. Desarrollo Técnico del Contrato (DTC)

El desarrollo técnico del contrato se evaluara según la siguiente formula:

En dónde:

DTC : Desarrollo Técnico del ContratoPC : Puntuación por CalidadPP : Puntuación por no PrescripciónPOD : Puntuación Relativa a Ordenes DevueltasIC : Puntuación Relativa a Incumplimiento de CitasAC : Puntuación Relativa a Averías CausadasTR : Puntuación Relativa al Cumplimiento de los Tiempos de ReparaciónAR : Puntuación Relativa a Averías Repetitivas

12.2.2. Puntuación por Calidad (PC)

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i. La calificación obtenida en este aspecto o parámetro de evaluación se ponderará con un 25% del total del DTC, para lo cual se relación la cantidad de lotes aceptados durante la ejecución del contrato con respecto al total de lotes ejecutados al finalizar el mismo.

ii. La cantidad de lotes aceptados se obtendrá de la diferencia entre la cantidad Total de lotes del contrato y la cantidad de lotes rechazados.

12.2.3. Puntuación por no Prescripción (PP)

i. La calificación obtenida en este aspecto o parámetro de evaluación se ponderará con un 15% del total del DTC, para lo cual se relación la cantidad eventos prescritos (instalaciones o reparaciones de averías ejecutas fuera del tiempo establecido) durante la ejecución del contrato con respecto al total de eventos ejecutados al finalizar el mismo.

ii. En el caso que la relación entre la Cantidad de Eventos Prescritos y la Cantidad Total de Eventos Ejecutados sea mayor al 10% la Puntuación por no Prescripción (PP) será de Cero Puntos

12.2.4. Puntuación Relativa a Ordenes Devueltas (POD)

La calificación obtenida en este aspecto o parámetro de evaluación se ponderará con un 15% del total del DTC, para lo cual se relación la cantidad eventos u órdenes bien devueltas durante la ejecución del contrato con respecto al total de eventos u órdenes al finalizar el mismo.

12.2.5. Puntuación Relativa a incumplimiento de Citas (IC)

i. La calificación obtenida en este aspecto o parámetro de evaluación se ponderará con un 10% del total del DTC, para lo cual, por cada cita incumplida por parte de la empresa durante la ejecución del contrato se rebajará 10 puntos.

ii. En el caso que la cantidad de citas incumplidas por parte de la empresa durante la ejecución del contrato sea mayor a 10, la puntuación relativa a incumplimiento de citas (IC) será de cero (0) puntos.

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12.2.6. Puntuación Relativa a Averías Causadas (AC)

i. La calificación obtenida en este aspecto o parámetro de evaluación se ponderará con un 5% del total del DTC, para lo cual, se tomará en cuenta la cantidad de averías causadas en cada OTC ejecutada o en otras líneas en operación. Por cada avería causada por parte de la empresa durante la ejecución del contrato se rebajaran 5 puntos.

ii. En el caso que la cantidad de averías ocasionadas por parte de la empresa durante la ejecución del contrato sea mayor que 5, la puntuación Relativa a Averías Ocasionadas (AC) será de cero puntos.

12.2.7. Puntuación Relativa a Tiempos de Reparación (TR)

La calificación obtenida en este aspecto o parámetro de evaluación se ponderará con un 15% del total del DTC. La puntuación de este aspecto o parámetro de evaluación se deriva del porcentaje de cumplimiento del tiempo de reparación registrado por la empresa durante la ejecución del contrato y con base a lo establecido en la Tabla 16.

Tabla 16. Calificación para el parámetro de tiempos de reparación

12.2.8. Puntuación Relativa a Averías Repetitivas (AR)

La calificación obtenida en este aspecto o parámetro de evaluación se ponderará con un 15% del total del DTC. La puntuación de este aspecto o parámetro de evaluación se deriva del Porcentaje de Averías Repetitivas registrado por la empresa durante la ejecución del contrato y con base a lo establecido en la Tabla 17.

Tabla 17.Calificación para el parámetro Averías Repetitivas

12.2.9. Desarrollo Administrativo del Contrato (DAC)

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El desarrollo administrativo del contrato se evaluará con base a la cantidad de evidencias registradas en la Bitácora del Contrato y en el expediente en la Proveeduría, durante la ejecución del mismo por parte de la empresa para cada uno de los aspectos o parámetros que se valoran según la siguiente fórmula:

DAC= [A+B+C+D+E+F+G+H]

Los aspectos o parámetros de la fórmula anterior se detallan en la Tabla 18.

Tabla 18.Valoración de aspectos o parámetros del desarrollo administrativo del contrato

Cantidad de evidencias Puntaje asignado

Igual o mayor a 2 0

Igual a 1 1

Igual a 0 2

Igual o mayor a 2 0

Igual a 1 1

Igual a 0 2

Igual o mayor a 2 0

Igual a 1 1

Igual a 0 2

Igual o mayor a 2 0

Igual a 1 1

Igual a 0 2

Igual o mayor a 2 0

Igual a 1 1

Igual a 0 2

Igual o mayor a 2 0

Igual a 1 1

Igual a 0 2

Igual o mayor a 2 0

Igual a 1 1

Igual a 0 2

0

1

2

Parámetros

La Contraloría de Servicios, SUTEL, Agencias o cualquier ente autorizado que tramite reclamos de clientes, sea mediante nota o correo electrónico, en referencia a una mala o falsa reparación, mal trato al cliente o cualquier aspecto que va en detrimento de sus clientes o el ICE y que no haya sido encontrado en las inspecciones y sea comprobado

6[Si CER < 12, H= 6-(CER*0,5)][Si CER > 12, H= 0]

A

B

C

D

E

F

G

H

De acuerdo con las inspecciones, se determina que el personal de la empresa está laborando sin las herramientas solicitadas en el cartel.

2

La empresa ha incumplido en la entrega puntual de la diferente documentación que solicita el contrato, entre las que están las pólizas de riesgos del trabajo, pólizas de vehículos, planilla de la CCSS, entre otros.

2

La empresa ha incumplido con la inclusión diaria de uso de materiales o se ha comprobado un mal uso de los materiales suministrados por el ICE, mal tratamiento del material de desecho

2

De acuerdo con las inspecciones, se determina que el personal que se encuentra laborando no está inscrito ante el ICE o incumple con el uso del uniforme, carné y buena presentación personal.

2

De acuerdo con las inspecciones, se determina que los vehículos de la empresa incumplen con la inscripciones en el ICE, rotulación, buen estado del mismo (según el cartel de contratación), marchamo o RTV vencidos.

2

De acuerdo con las inspecciones, se determina que el personal de la empresa está laborando sin los implementos de seguridad establecidos en el cartel.

2

Descripción Puntaje de valoración del parámetro

Valoración del parámetro según la cantidad de evidencias registradas

La empresa ha incumplido el horario de trabajo y se le han enviado notas o correos electrónicos al respecto por parte del Administrador de Contrato o la persona que este designe.

2

12.2.10.A partir del primer lote inspeccionado y durante toda la ejecución de contrato se aplicarán las multas descritas en este cartel por incumplimiento de los lotes; luego del quinto lote inspeccionado la empresa contratada deberá mantener como mínimo una nota mayor o igual al 80% en la calificación individual del contrato (CIC). Esta calificación será tomada en cuenta para la prórroga de cada contrato, de tal forma que un Contratista cuya nota acumulada sea menor que 80% no será acreedor de prórrogas para el contrato. El incumplimiento de

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esta nota facultará al ICE a proceder con la resolución del contrato, con base en el siguiente criterio:

a. Primera vez de incumplimiento: llamada de atención verbal, con copia al expediente.

b. Segunda vez de incumplimiento consecutivo o alterno: llamada de atención escrita con copia al expediente

c. Tercera vez de incumplimiento consecutivo o alterno y nota general acumulada menor que 80%, faculta al ICE a proceder con la resolución contractual.

12.2.11.El ICE se reserva el derecho de tomar en cuenta los resultados de la satisfacción del cliente en el servicio recibido para la prórroga del contrato, dicha satisfacción no podrá ser menor al 90%, lo cual se dará mediante encuestas de servicio.

13.GESTIÓN DOCUMENTAL

En este numeral se describen un conjunto de formularios o documentos requeridos por el Contratista y la Administración para la ejecución de los servicios contratados.

13.1. El ICE realizará una inducción sobre el uso de la documentación asociada a la ejecución de los servicios contratados al personal designado por el Contratista dentro de los primeros 10 días hábiles posteriores a la notificación de la emisión de la orden de servicio. Este evento tendrá una duración de un (1) día hábil y los gastos incurridos por el Contratista para que el personal designado reciba dicha inducción deberán ser asumidos por el mismo.

13.2. El Administrador de Contrato o las personas que éste designe entregarán la documentación necesaria para la ejecución de los servicios contratados. La entrega de esta documentación se realizara por medio de lotes en forma semanal, quincenal o mensual según la demanda de servicios que le sea asignada al Contratista para su ejecución. Así mismo, será obligación del Contratista informar sobre la necesidad del suministro de dicha documentación.

13.3. El Contratista deberá ser responsable por el consumo, uso debido y custodia de los formularios y documentación que le sea suministrada.

13.4. El Contratista no podrá argumentar la no ejecución de los servicios contratados o la ausencia de información que se origine de dicha ejecución por la falta de formularios o documentos y podrá ser objeto de las multas correspondientes, así como también, la afectación correspondiente en la Calificación Individual del Contrato.

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13.5. El Administrador de Contrato o las personas que este designe informará al Contratista con al menos 10 días hábiles sobre cambios realizados en los formularios o documentación o bien la eliminación o inclusión de algún otro documento.

13.6. El Contratista deberá entregar la documentación utilizada para la ejecución de los servicios contratados según la frecuencia que establezca el Administrador de Contrato o las personas que éste designe.

13.7. Formularios o documentos a utilizar por el Contratista

13.7.1. Los formularios o documentos a utilizar por el Contratista o el personal empleado por éste para la ejecución de los servicios contratados será suministrados por la Administración y son los que se detallan a continuación:

a. Boleta de Sustitución de Equipo Terminal (F-63-0022): Se utiliza para documentar las características de los módems, tanto el que se retira como el que se instala.

b. Formulario de Modificación de los Servicios de Banda Ancha (F-84-0090): Utilizado para gestionar cualquier tipo de modificación en un servicio de Banda Ancha.

c. Boleta para Gestión de Servicios de Banda Ancha (7.5-F-23): Esta boleta sirve para documentar la instalación y detallar los equipos y accesorios que se le dejan al cliente en cualquiera de los servicios de banda ancha (módem, splítter, control remoto, adaptador, micro filtro u otros).

d. Anexo Planes Dúo Play (F-87-0628): Utilizado para documentar la Instalación de servicios de voz, internet. Anexo de contrato que consta de cuatro hojas.

e. Boleta de Aceptación de Servicios de Telecomunicaciones (F-87-0511): En esta boleta debe constar la firma del cliente quien recibe “de conformidad” el servicio solicitado, el técnico deberá detallar en “observaciones” cualquier situación que considere importante (quien recibe el servicio, el número de módem, o cualquier otra incidencia).

f. Cobro por Visita Injustificada (F-87-0404): Boleta que debe llenar el técnico cuando diagnostica un daño interno y le informa al cliente, en caso que haya un reporte repetitivo y el motivo es el mismo se debe llenar la boleta indicando que procede el cobro por visita injustificada.

g. Boleta de Aviso de Visita al Inmueble (F-86-0608): En caso de que no se encuentre quien atienda en el inmueble del cliente esta boleta se debe dejar debidamente llena para hacer constar la visita efectuada.

h. Fórmula para Cambio de Vías en la Red Primaria y Secundaria (F-87-0176): Esta boleta se utiliza para detallar las vías de los números que se intervienen

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en un reacomodo de líneas o trabajo especial en la red primaria o secundaria, conocida como fórmula de “estaba y queda”.

i. Boleta de Cargos Adicionales en la Ejecución de la Orden de Servicio Telefónico (F-86-0022): Sirve para detallar y tramitar cobros que deben hacerse al cliente tales como los metros extra en una instalación, mediante su firma el cliente autoriza a cargar el monto respectivo en el recibo.

j. Colilla Caja Interna (F-87-0515): Esta boleta se utiliza para identificar los servicios en una caja interna, se debe detallar la orden, el número telefónico, listón /caja y el par, también el técnico instalador.

13.7.2. Por consiguiente, cualquier otro formulario o documento requerido por el Contratista para la ejecución de los servicios contratados deberá ser asumido por éste.

13.8. Formularios o documentos a utilizar en el proceso de inspección

Los formularios o documentos a utilizar por la Administración para el control y verificación del cumplimiento de las condiciones y requerimientos establecidos en este cartel para la ejecución de los servicios contratados son los que se detallan a continuación:

a. Fórmula para Inspección de Técnicos y Vehículos: Utilizada para la inspección de los frentes de trabajo, permite documentar información relevante de los técnicos y de los vehículos.

b. Fórmula Inspección de Herramientas: Boleta utilizada para de manera detallada revisar los equipos y herramientas solicitados en el cartel.

c. Fórmula para Inspección de Averías POTS y Banda Ancha: Utilizada en inspección para la revisión de las averías que salen en las muestras para ese efecto, detalla los puntos a verificar.

d. Fórmula para Inspección de Ordenes Ejecutadas: Sirve para detallar los hallazgos de la inspección en las órdenes ejecutadas.

e. Fórmula para Inspección de Ordenes Devueltas: Utilizada para anotar el resultado de la inspección de las órdenes devueltas.

f. Fórmula para Inspección de Reacomodos: Utilizada para detallar los hallazgos en la inspección de reacomodos.

g. Fórmula para el Reporte de Trabajos Complementarios / Mantenimiento Preventivo: Fórmula utilizada para la captura de trabajos especiales complementarios o mantenimiento preventivo.

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13.9. En el Anexo II “Formularios”, se encuentran cada uno de los formularios descritos en este cartel.

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14.INFRAESTRUCTURA DE GESTIÓN Y COMUNICACIÓN

14.1. El Contratista deberá disponer en sus instalaciones de un espacio de oficina para uso específico de la gestión administrativa de los servicios contratados, el cual deberá estar equipado con los siguientes elementos:

a. Servicio telefónico fijo y servicio de facsímil para la comunicación entre el Centro de Gestión del ICE y el personal designado por el Contratista para la gestión de los eventos o actividades asignadas. Estos servicios deberán ser independientes de los demás servicios de comunicación requeridos por el Contratista para la ejecución de los servicios contratados.

b. Impresora o centro de impresión.

c. Acceso a Internet de Banda Ancha de al menos 4 Mbps.

d. Cuenta de correo electrónico con capacidad de al menos 15 Gb para la comunicación entre el Centro de Gestión del ICE y el personal designado por el Contratista para la gestión de los eventos o actividades asignadas. Esta cuenta deberá ser independiente de los demás cuentas requeridas por el Contratista para la ejecución de los servicios contratados.

e. Equipo de cómputo para el personal designado por el Contratista para la gestión de los eventos o actividades asignadas, el cual deberá contar con las siguientes características mínimas:

i. Procesador Intel Core 2 Quad o superior

ii. 4 Gb de memoria RAM

iii. 120 GB de espacio libre en disco duro

14.2. El ICE brindará acceso al Contratista a los módulos correspondientes de los Sistemas Transaccionales de la Institución para la gestión de los eventos o actividades asignados, por consiguiente, será obligación del mismo la utilización de dichas aplicaciones en la ejecución de los servicios contratados.

14.3. El Contratista deberá suministrar al Administrador de Contrato o las personas que este designe, en un plazo de cinco (5) días hábiles posteriores a la notificación de la emisión de la orden de servicio, el nombre completo y numero de cedula de al menos dos personas para que el ICE autorice su acceso a los Sistemas Transaccionales de la Institución. Estas personas deberán tener formación en al menos los siguientes aspectos:

a. Sistema Operativo Windows

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b. Navegadores web

c. Paquetes de Microsoft Office (Excel, Word, Outlook)

14.4. El Contratista deberá nombrar a una persona como contacto principal y una como contacto suplente con el Centro de Gestión para el traslado, seguimiento y cierre de los eventos o actividades asignadas. Los datos del personal nombrado deberán ser suministrados por el Contratista al Administrador de Contrato o las personas que este designe en un plazo de tres (3) días hábiles a partir de la notificación de la emisión de la orden de servicio.

14.5. El ICE realizará una inducción en el uso de los Sistemas Transaccionales de la Institución al personal designado por el Contratista en un plazo de 10 días hábiles posteriores a la notificación de la emisión de la orden de servicio. Este evento tendrá una duración de un (1) día hábil y los gastos incurridos por el Contratista para que el personal designado reciba dicha inducción deberán ser asumidos por el mismo.

14.6. El Contratista deberá informar al Administrador de Contrato o las personas que este designe de cambios que se presenten en el personal designado para acceder a los Sistemas Transaccionales de la Institución con la finalidad de dar de baja a los mismos en dichas aplicaciones y garantizar la integridad de la información. La solicitud de nuevos accesos a dichos sistemas deberá cumplir con los requisitos establecidos en los incisos anteriores.

14.7. En caso que los Sistemas Transaccionales de la Institución se encuentren fuera de servicio, el Contratista deberá enviar un correo electrónico o facsímil al Centro de Gestión y al Administrador de Contrato o las personas que éste designe para informar en un plazo no mayor a 30 minutos a partir de la detección de la anomalía e impedimento de acceso a los mismos, las consecuencias de no realizar tal acción correrán por cuenta y riesgo del Contratista. El Centro de Gestión informará a través de la vía telefónica y un correo electrónico el restablecimiento de la operatividad de los sistemas.

14.8. El Contratista deberá velar por la integridad y respaldo de la información generada en la gestión de los eventos o actividades asignadas resultado de la ejecución de los servicios contratados.

14.9. El Contratista deberá proveer a cada cuadrilla o frente de trabajo al menos un servicio de telefonía móvil Kölbi para asegurar la comunicación de éstos con el mismo y con el Centro de Gestión.

14.10. El Contratista deberá proveer a cada Supervisor Técnico de un servicio de telefonía móvil Kölbi y un vehículo para la planificación, ejecución, control y cierre de las actividades asignadas al personal empleado para la ejecución de los servicios contratados.

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14.11. Los servicios de telefonía fija o móvil utilizados por el Contratista y el personal empleado para la comunicación entre éstos y el Centro de Gestión o el Cliente deberán ser suscritos a la marca Kölbi, además no deben ser números privados.

15.MATERIALES Y EQUIPOS

15.1. Los materiales, accesorios (consumibles en general) y equipos terminales necesarios para la ejecución de los servicios contratados serán suministrados al Contratista por el ICE. La entrega de éstos bienes se realizara por medio de lotes en forma semanal, quincenal o mensual según la demanda de servicios que le sea asignada al Contratista para su ejecución en las instalaciones del ICE que sean designadas por el Administrador de Contrato o las personas que este designe.

15.2. El Contratista retirará los bienes en las bodegas o almacenes designados por el Administrador de Contrato o las personas que este designe, por lo que el Contratista deberá suministrar al Administrador de Contrato o las personas que este designe en un plazo de cinco (5) días hábiles posteriores a la notificación de la emisión de la orden de servicio, el nombre completo y número de cedula de al menos dos personas autorizadas para realizar el retiro de los mismos.

15.3. El Contratista deberá informar con al menos cinco (5) días hábiles de anticipación al Administrador de Contrato o las personas que este designe de cambios que se presenten en el personal autorizado para el retiro de los bienes

15.4. El Contratista deberá contar con un espacio de uso específico para el alojamiento de los bienes suministrados para la ejecución de los servicios contratados, en el cual deberá contar con condiciones necesarias para garantizar su seguridad, integridad física y control de los mismos.

15.5. El Contratista deberá mantener el control del inventario de los bienes suministrados con el fin de establecer los siguientes elementos:

15.5.1. Control de consumo de los bienes suministrados.

15.5.2. Control de existencias en espacio de uso específico para alojamiento de bienes suministrados.

15.5.3. Control de existencias de los bienes suministrados en la flotilla vehicular del Contratista.

15.6. El Contratista deberá registrar en los Sistemas Transaccionales de la Institución el consumo de materiales por cada OTC realizada.

15.7. El Contratista deberá realizar y entregar al Administrador de Contrato o las personas que este designe un informe semanal del consumo de los bienes

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suministrados asociándolos a los lotes entregados y las OTCs realizadas durante la semana.

15.8. El Administrador de Contrato o las personas que éste designe realizaran en forma aleatoria auditorias en el espacio de uso específico para el alojamiento de los bienes en las instalaciones o en la flotilla vehicular del Contratista con la finalidad de establecer la adecuada administración, custodia, manipulación y control de consumo de los bienes suministrados.

15.9. El Contratista deberá responder por la seguridad, cantidad e integridad de los bienes suministrados por el ICE para la ejecución de los servicios contratados, desde su entrega, transporte, almacenamiento, uso en las instalaciones del cliente y devolución de sobrantes al Administrador de Contrato o las personas que este designe.

15.10. Los equipos terminales que sean retirados de las instalaciones del cliente como consecuencia de retiros de servicios, averías u otros deberán entregarse en forma semanal al Administrador de Contrato o las personas que éste designe en las instalaciones del ICE según el lugar que sea establecido en forma integral, es decir, considerando sus accesorios de conectividad y alimentación eléctrica con la boleta de entrega (F-87-0426), Formulario F-63-0022 “Boleta de Sustitución de Equipo Terminal” o boleta de avería (F-87-0272) según corresponda, y un informe resumen de los equipos entregados en el cual se establezca, marca, modelo, MAC Address, Numero de Serie y OTC asociada.

15.11. Una vez concluidos los servicios objeto de esta contratación, sea por la vía normal o resolutiva, el Contratista deberá realizar la devolución de los bienes que le fueron suministrados para su custodia y uso en la ejecución de los mismos al Administrador de Contrato o las personas que éste designe y en las bodegas o almacenes designados por éstos. La devolución deber contar con un informe de cierre de inventarios, asociación de lotes, cantidad y descripción de los bienes a devolver.

15.12. El material que resulte como desecho o sobrante consecuencia de la ejecución de los servicios contratados (tensores, herrajes, cable mensajero, cable de acometida u otros) deberán ser entregados por el Contratista al Administrador de Contrato o las personas que éste designe y en las bodegas o almacenes designados por éstos con una frecuencia de un mes a partir del inicio en la ejecución de los servicios contratados. Por consiguiente, el Contratista deberá tener en sus instalaciones un espacio para el alojamiento de dichos materiales hasta realizar las entregas según la frecuencia establecida. Las entregas se realizaran con un informe resumen de las cantidades y descripción del material.

16.DESCRIPCIÓN DEL PERSONAL Y PERFIL DE LA CUADRILLA

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El personal empleado por el Contratista debe ser responsable e idóneo para la prestación del servicio contratado, para tal efecto, la preparación académica, técnica y experiencia del mismo se deberá ajustar al menos al siguiente perfil:

16.1. Inspector Técnico

a. Contar con al menos el tercer ciclo de enseñanza básica aprobado.

b. Formación básica formal en electricidad, telefonía, operación de computadores, sistema operativo Windows, cableado estructurado y redes de área local, realizada a través de colegios vocacionales, Instituto Nacional de Aprendizaje, Programas de Extensión (Formación Técnica) del Instituto Tecnológico de Costa Rica u otras instituciones universitarias o para universitarias

c. Experiencia comprobada por medio de planillas emitidas por la CSS de al menos tres (3) años en la planificación, ejecución, control y cierre de las siguientes actividades:

i. Instalación, puesta en operación y mantenimiento de servicios de voz en la última milla.

ii. Instalación, puesta en operación y mantenimiento de servicios de banda ancha en tecnología ADSL en la última milla.

d. Poseer Licencia de Conducir adecuada para el tipo de vehículo a utilizar.

16.2. Encargado de Cuadrilla

a. Contar con al menos el tercer ciclo de enseñanza básica.

b. Formación básica formal en electricidad, telefonía, operación de computadores, sistema operativo Windows, cableado estructurado y redes de área local, realizada a través de colegios vocacionales, Instituto Nacional de Aprendizaje, Programas de Extensión (formación técnica) del Instituto Tecnológico de Costa Rica u otras instituciones universitarias o parauniversitarias

c. Experiencia comprobada por medio de planillas emitidas por la CSS de al menos dos (2) años en la ejecución de las siguientes actividades:

i. Instalación, puesta en operación y mantenimiento de servicios de voz en la última milla.

ii. Instalación, puesta en operación y mantenimiento de servicios de banda ancha en tecnología ADSL en la última milla.

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d. Poseer Licencia de Conducir adecuada para el tipo de vehículo a utilizar.

16.3. Auxiliar de Cuadrilla

a. Contar con al menos tercer ciclo de enseñanza básica aprobado (deseable).

b. Formación básica formal en electricidad, telefonía y cableado estructurado, realizada a través de colegios vocacionales, Instituto Nacional de Aprendizaje, Programas de Extensión (Formación Técnica) del Instituto Tecnológico de Costa Rica u otras instituciones universitarias o para universitarias o en su defecto cartas de recomendación que acrediten dicho conocimiento en labores afines.

c. Experiencia comprobada por medio de planillas emitidas por la CSS de al menos un (1) año como asistente en la ejecución de las siguientes actividades:

i. Instalación, puesta en operación y mantenimiento de servicios de voz en la última milla.

ii. Instalación, puesta en operación y mantenimiento de servicios de banda ancha en tecnología ADSL en la última milla o servicios HFC.

d. Poseer Licencia de Conducir adecuada para el tipo de vehículo a utilizar.

16.4. El Contratista deberá contar con la cantidad de Inspectores Técnicos necesarias para la ejecución de los servicios contratados durante toda la vigencia del contrato según lo establecido en la Tabla 19.

Tabla 19. Cantidad de Inspectores por Cuadrilla o Frente de TrabajoCantidad de

cuadrillas o frentes de trabajo

Cantidad de Inspectores técnicos

requeridos 1 a 10 1

11 a 20 221 a 30 331 a 40 441 a 50 551 a 60 6

61 o más 7

16.5. Perfil de conformación de grupo técnico

16.5.1. Debe existir un supervisor por cada grupo de 10 cuadrillas según lo establecido en la tabla 19. Este supervisor debe contar con vehículo independiente al grupo de cuadrillas a supervisar. La labor del supervisor es totalmente independiente del grupo técnico y debe de mantener disponibilidad durante la jornada de trabajo para que el ICE coordine con él cualquier trabajo técnico.

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16.5.2. Una cuadrilla de instalaciones debe estar conformada por un encargado de cuadrilla y un técnico auxiliar.

16.5.3. Una cuadrilla de reparación de averías, debe estar conformada por un técnico encargado.

16.6. El Contratista deberá entregar al Administrador de Contrato o las personas que este designe en un plazo de cinco (5) días hábiles a partir de la notificación de la emisión de la orden de servicio, la lista y atestados (incluir títulos obtenidos en Centros de Estudios debidamente certificados) del personal a emplear detallando el perfil técnico al cual se encuentra asociado, las calidades académicas, técnicas y de experiencia de los mismos, según el formulario establecido en el Anexo VI, Datos del personal contratado”. El Administrador de Contrato o las personas que este designe revisará, aprobará y registrará al personal del Contratista en el expediente y sistemas transaccionales con que el ICE cuenta para la administración de los servicios contratados.

16.7. Una vez recibida la inducción por parte del ICE, el Contratista deberá realizar el traslado de conocimiento adquirido al personal empleado por éste de la ejecución de los servicios contratados en la interpretación y aplicación de las normas técnicas y procedimiento establecidos en el Anexo III “Norma Técnica” que conforman parte de este cartel. La inducción requerida deberá realizarla el Contratista en un plazo máximo de tres (3) días hábiles posteriores a la inducción impartida por el ICE, el Contratista deberá notificarle al ICE el día que impartirá la misma y el ICE se reservará el derecho de supervisión de esta actividad. Este evento tendrá una duración de al menos un (1) día hábil y los gastos incurridos por el Contratista para que el personal designado reciba dicha inducción deberán ser asumidos por el mismo.

16.8. El ICE realizará evaluaciones técnicas al personal empleado por el Contratista para la ejecución de los servicios contratados, las cuales serán coordinadas con el Contratista con al menos cinco (5) días hábiles de anticipación. Los aspectos a considerar en dicha evaluación corresponderán a la interpretación y aplicación de las normas técnicas de instalación, puesta en operación y mantenimiento de referencia y a la ejecución de la instalación o reparación de los servicios contratados. La evaluación se llevará a cabo a más tardar en el primer mes de la ejecución del contrato.

16.9. La calificación mínima de aprobación de la evaluación técnica a rendir por el personal empleado por el Contratista será de un 70%.

16.10. En caso que alguno de las personas que forme parte del personal empleado por el Contratista no supere la calificación mínima requerida para aprobación, se realizará una nueva prueba en un plazo de cinco (5) días hábiles. Si existiese reincidencia en la reprobación de la evaluación, el Contratista deberá sustituirlo sin responsabilidad

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alguna para el ICE y restituirlo por otro que satisfaga los requisitos mínimos establecidos en este numeral.

16.11. Los actos de reprobación a la evaluación técnica del personal empleado por el Contratista no serán impedimento para la ejecución de los servicios contratados, ni para el cumplimiento de producción y la aplicación de las multas y sanciones por incumplimiento de la ejecución del objeto contractual correspondiente.

16.12. El Contratista deberá informar al Administrador de Contrato o las personas que este designe de cambios que se deseen realizar en el personal aprobado y registrado para la prestación del servicio, sea por retiro o inclusión de nuevos candidatos a lo largo de la ejecución del servicio contratado. En los casos de inclusión de nuevos candidatos, el Administrador de Contrato o las personas que este designe deberá aprobar la misma una vez verificado el cumplimiento de lo requerido en los apartados anteriores. De previo se deberá comunicar al ICE los atestados de los nuevos empleados.

16.13. El personal a emplear por el Contratista deberá ser dotado de su respectivo uniforme, el cual constará de zapatos, pantalón y camisa, diseñados y fabricados para el tipo de trabajo a realizar. La camisa deberá incorporar el logotipo y nombre de la empresa Contratista bordado al lado izquierdo del pecho

16.14. El Contratista deberá dotar a su personal con el equipo de protección personal idóneo para realizar los servicios contratados

16.15. El Contratista deberá dotar a su personal de un carné de identificación con dimensiones de al menos 5,5 cm de ancho y 8,5 cm de alto en cual se muestre la fotografía de 2,5 cm de ancho y 3,0 cm de alto del empleado, el nombre del empleado y el nombre y logotipo del Contratista. El carné deberá estar confeccionado y protegido con materiales resistente a las condiciones del ambiente de trabajo.

16.16. El carné deberá estar confeccionado en un material plástico que soporte las inclemencias del tiempo, el mismo debe ser legible y estar en buenas condiciones, caso contrario el inspector del ICE o el Administrador de Contrato o las personas que este designe recomendará la suspensión temporal del técnico hasta que corrija la situación.

16.17. El personal empleado por el Contratista para la ejecución de los servicios contratados estará en la obligación de:

a. Registrarse en las bitácoras físicas que se encuentran disponibles en las instalaciones de la institución, indicando la fecha, hora de ingreso, hora de salida, labores realizadas y cualquier otra situación especial.

b. Utilizar el uniforme de la empresa durante la ejecución de los servicios contratados.

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c. Portar en forma visible el carné de identificación durante la ejecución de los servicios contratados

d. Mantener los aspectos básicos de presentación personal durante la ejecución de los servicios contratados, tales como, integridad, limpieza del uniforme, cabello aseado, peinado, no utilizar accesorios corporales (piercing), en caso de tener tatuajes visibles cubrirlos hasta donde sea posible u otros.

e. Acatar las normas de orden, disciplina y seguridad que exija el ICE y su equipo de vigilancia, dentro y fuera de la institución. El irrespeto de tales normas por parte del personal del adjudicatario facultará al ICE para recomendar el retiro de dicha persona de los servicios contratados sin responsabilidad alguna para el ICE.

f. Mantener una relación amable y respetuosa con el cliente y las personas que se encuentren en las instalaciones del cliente, durante la ejecución de los servicios contratados. El irrespeto a estos comportamiento por parte del personal del adjudicatario facultará al ICE para recomendar el retiro de dicha persona de los servicios contratados sin responsabilidad alguna para el ICE.

g. En el caso que el Administrador de Contrato establezcan que el personal empleado por el contratista para la ejecución de los servicios contratados no este acatando las disposiciones de este cartel se realizará una prevención al Contratista el cual deberá subsanar en un plazo máximo de un (1) día hábil. En caso de prevalecer la no conformidad se podrá recomendar el retiro del personal que está incumpliendo el acatamiento de las disposiciones establecidas sin que esto sea un impedimento para el cumplimiento de producción y la aplicación de las multas o sanciones correspondientes.

h. Acatar las normas de seguridad, salud ocupacional y utilizar el equipo de protección personal durante la ejecución de los servicios contratados.

16.18. El ICE tomará en cuenta la opinión del cliente sobre la actividad o evento realizado por el personal empleado por el Contratista, considerando aspectos tales como, presentación personal del técnico instalador, trato personal al cliente y satisfacción en los servicios realizados.

16.19. El Contratista no podrá emplear ni subcontratar empleados del ICE.

17.FLOTILLA VEHICULAR

17.1. El Contratista conformará una flotilla vehicular para la ejecución del servicio contratado, la cual podrá estar constituida por vehículos propios del Contratista (registrados a nombre de la empresa) o vehículos arrendados.

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17.2. El Contratista deberá presentar al Administrador de Contrato o las personas que este designe en los primeros cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la emisión de la orden de servicio, la lista de los vehículos a emplear para la ejecución de los servicios contratados. La lista de vehículos deberá acompañarse con la siguiente información:

a. Copia del “Título de Propiedad de Vehículos” emitido por el Registro Público de la Propiedad de Bienes Muebles.

b. Copia del “Derecho de Circulación” del año en curso.

c. Copia de la “Tarjeta de Revisión Técnica” vigente.

d. Copia de las Seguros y Pólizas requeridos en el Capítulo II, punto 21 “Seguros y Pólizas” de este cartel.

e. Original y copia del “Contrato de Arrendamiento” en caso que el vehículo no sea propiedad del Contratista dicho contrato deberá ser autenticado por un notario público.

f. Registro fotográfico considerando vista lateral, frontal y trasera, así como también, del interior de la cabina o espacio cerrado para el alojamiento de las herramientas, materiales, equipos y del pantógrafo para el soporte de las escaleras.

17.3. El Administrador de Contrato o las personas que este designe aprobará y registrará los vehículos que cumplan con los requisitos que se establecen en este numeral en los cinco (5) días hábiles posteriores a la presentación de la lista de vehículos propuestas por el Contratista. En caso de rechazo de alguna de las unidades vehiculares, el Contratista deberá presentar una nueva propuesta en un plazo máximo de dos (2) días hábiles al Administrador de Contrato o las personas que este designe para su respectiva valoración y aprobación.

17.4. El inicio del contrato se realizará una vez que la flotilla vehicular requerida por el Contratista para la ejecución de los servicios contratados este completamente aprobada y registrada, por lo que en caso de atrasos éste se hará acreedor de las multas establecidas en el Capítulo II, punto 16 “Clausula Penal y Multas” de este cartel.

17.5. En el caso que se presente un cambio en la flotilla vehicular requerida por el Contratista para la ejecución de los servicios contratados este deberá notificarlo al Administrador de Contrato o las personas que este designe, el cual realizará el proceso de des-inscripción de la unidad retirada y la aprobación e inscripción de la nueva unidad en los plazos establecidos.

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17.6. El Contratista deberá garantizar la permanencia de la flotilla vehicular necesaria para la prestación de los servicios contratados durante toda la vigencia del contrato. Por consiguiente, deberá contar con la cantidad de unidades necesarias para solventar la disminución de la disponibilidad de las unidades vehiculares y garantizar la producción demandada en la prestación de los servicios contratados, sin poder alegar ausencia de recursos para atender los mismos.

17.7. El Administrador de Contrato o las personas que este designe, realizará inspecciones aleatorias en las unidades vehiculares para verificar el uso de la flotilla vehicular registrada, sus condiciones de operación u otros, pudiendo solicitar el retiro de aquellas unidades que no cumplan con los requerimientos establecidos en este numeral.

17.8. El Contratista no deberá utilizar unidades vehiculares que no estén aprobadas e inscritas por el Administrador de Contrato para la ejecución de los servicios contratados, el incurrir en esta falta se considerara en la calificación individual del contrato.

17.9. En el caso de las unidades vehiculares que son arrendadas por el Contratista para la conformación de la flotilla vehicular, deberán contar con un contrato de arrendamiento, formalizado a través de un notario público, con una vigencia no menor a la del contrato suscrito por el Contratista con la Administración para la prestación de los servicios contratados.

17.10. Los gastos asociados a los aspectos registrales, legales, operación, mantenimiento, parqueos, parquímetros u otros deben ser asumidos por el Contratista, el cual deberá mantener la flotilla vehicular necesaria para la ejecución de los servicios contratados.

17.11. El ICE no se hará responsable por daños causados a los vehículos del Contratista, ni por los ocasionados por éstos durante la ejecución de los servicios contratados.

17.12. Los vehículos empleados por el Contratista para la ejecución de los servicios contratados deberá cumplir con las siguientes características y requisitos:

a. El modelo de los vehículos no podrá tener una antigüedad superior a los 10 años tomando como referencia la fecha de notificación de la emisión de la orden de servicio, el margen de la antigüedad (10 años) del vehículo se deberá mantener durante la vigencia del contrato.

b. Estar en condiciones óptimas de operación mecánica, eléctrica u otros.

c. Mantener la integridad visual de la unidad en cuanto a estado de carrocería y pintura. El Administrador de Contrato o las personas que éste designe podrá solicitar la sustitución del vehículo ante algún incumplimiento.

d. Capacidad de transporte de al menos dos pasajeros, incluido el chofer.

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e. Capacidad de carga necesaria para transportar al menos las herramientas y equipos listados en el Anexo V “Herramientas y Equipos” de este cartel, así como también, los materiales y equipos requeridos para la ejecución de los servicios contratados.

f. La tracción de los vehículos debe ser de acuerdo con la topografía de la zona donde vayan a brindar los servicios contratados.

g. Contar con un espacio cerrado, sea con caseta metálica o fibra de vidrio, en cuyo interior deberá disponer de cajones con divisiones para los diferentes materiales y equipo suministrados por el ICE para protegerlos de daños, robo o deterioro. El vehículo (cabina y caseta) deberá contar con los dispositivos de seguridad para resguardar los bienes que se encuentran en su interior.

h. Poseer un pantógrafo de metal para el transporte de al menos dos escaleras de fibra de vidrio de al menos nueve (9) metros de longitud.

17.13. Los vehículos empleados por el Contratista, transportaran bienes (materiales y equipos terminales) propiedad de ICE dados en custodia para la ejecución de los servicios contratados, por lo que en caso de daño producto de inadecuada manipulación, transporte, embalaje u otros imputables a condiciones deplorables o inseguras de las unidades vehiculares o al personal empleado por éste, deberán ser restituidos en su totalidad por el Contratista por su cuenta y riesgo.

17.14. En el Anexo IV “Rotulación de Vehículos”, de este cartel, se muestra el detalle del diseño del rótulo de identificación requerido para los vehículos empleados por el Contratista para la ejecución de los servicios contratados.

17.15. Los vehículos empleados por el Contratista para la ejecución de los servicios contratados. La identificación debe ser :

a. Rótulos adhesivos en los laterales y en la parte trasera de los vehículos con dimensiones mínimas de 60 cm de largo y 30 cm de alto. No se permitirá el uso de rótulos magnéticos.

b. La información consignada en los rótulos adhesivos establecerá que se trata de una obra por contrato para el ICE, el nombre de la empresa o Contratista y de ser posible el número de teléfono para reportes.

17.16. A excepción de la rotulación requerida en este numeral, los vehículos empleados por el contratista para la ejecución de los servicios contratados no deberán contar con ningún otro tipo de rotulación o adornos. Adicionalmente, el ICE podrá solicitar al Contratista la colocación de rótulos promocionales de los productos o servicios brindados por el ICE.

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17.17. Los vehículos del Contratista no podrán desviarse de las rutas establecidas para atender asuntos personales o de otra índole cuando se encuentren realizando los servicios contratados, ni podrán transportar personas ajenas a la ejecución de los mismos, es decir, únicamente trasportará el personal técnico declarado por el Contratista para el desarrollo de sus labores.

17.18. En caso de incumplimiento en cuanto a los requisitos de la unidad vehicular, el Administrador de Contrato o las personas que éste designe podrá solicitar el retiro de la misma, en forma temporal hasta que se restablezcan las condiciones y requisitos que originaron dicha condición. El personal o vehículo retirado de la obra por incumplimiento podrá ser restituido hasta que el Administrador de Contrato lo autorice, el Contratista será responsable por el incumplimiento de la producción o atrasos que se derive por esta situación.

17.19. El Contratista deberá vigilar que el conductor de las unidades vehiculares cumplan con lo establecido en la Ley de Transito vigente y los aspectos de cortesía durante la conducción de las mismas. En caso de irrespeto a las leyes, denuncias o comportamiento inadecuado por parte de los ocupantes de las unidades vehiculares, el Administrador de Contrato o las personas que este designe podrá recomendar el retiro del involucrado en dichas acciones.

18.RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

18.1. El Contratista deberá cumplir con las obligaciones derivadas de la ejecución del trabajo, tales como: Cuotas del Seguro Social, Riesgos del Trabajo y demás Obligaciones Obrero Patronales. Para ello, durante la ejecución el Administrador de Contrato o las personas que este designe, solicitará periódicamente o en cualquier momento la certificación de estar al día en dichas obligaciones, teniéndose su inobservancia como causal de incumplimiento del contrato y podrá considerarse en el apartado del “Desarrollo Administrativo del Contrato”.

18.2. El Contratista deberá estar al día permanentemente con las obligaciones contractuales de sus empleados. El incumplimiento de alguna de estas condiciones posibilitará al ICE a suspender o disolver el Contrato.

18.3. El Contratista deberá presentar mensualmente al Administrador de Contrato o las personas que este designe, copia de las pólizas del Instituto de Seguros (INS) y la planilla de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), en las cuales conste el reporte del personal y los vehículos utilizados en la obra. La presentación de esta documentación será requisito para el trámite de las facturas a pagar por el ICE.

18.4. La presente contratación bajo ningún supuesto podrá generar beneficios de orden laboral (vacaciones, aguinaldos, preaviso, días feriados, cesantía, etc.) entre el personal contratado por la empresa adjudicataria y el ICE.

18.5. El contratista deberá acatar todas aquellas recomendaciones que el ICE le indique dirigidas a la reducción y control de riesgos.

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18.6. El contratista debe proveer a todos sus empleados el equipo para la protección y seguridad personal necesaria para realizar las labores encomendadas, tal como lo indica la Ley de Riesgos del Trabajo.

18.7. En el caso de la separación de personal por recomendación del ICE, el contratista asume las responsabilidades laborales correspondientes. Si el contratista mantiene al trabajador sin aceptación del ICE, éste puede retener los pagos vencidos o por vencerse y detener la ejecución del contrato, hasta que el contratista cumpla con la recomendación dada; sin que este tiempo sea considerado como causa de atraso justificado para el ICE.

18.8. En caso que el Contratista deba realizar un cambio en el personal asociado a la ejecución de los servicios contratados, deberá notificarlo de previo al Administrador de Contrato o las personas que este designe para que este proceda a realizar la aprobación y actualización en los registro del personal empleado por el Contratista; el ICE se reserva el derecho a aplicar la evaluación pertinente.

18.9. El Contratista tiene la obligación de velar por el cumplimiento de las leyes migratorias y laborales costarricenses de todos sus trabajadores extranjeros o de sus subcontratistas que participen en la ejecución de los servicios contratados.

18.10. El Contratista debe implementar las medidas para la protección y seguridad de los materiales y equipos que le sean suministrados por el ICE. Asimismo el Contratista, debe reemplazar por su cuenta y riesgo todos aquellos materiales, equipos y componentes que hayan sido robados, sustraídos o hayan sido objeto de vandalismo, daños por causas naturales o siniéstrales en sus instalaciones o unidades vehiculares, para tal efecto el Contratista deberá reponer los equipos en un plazo de dos (2) semanas a partir del hecho que causó la perdida de los mismos.

18.11. El contratista deberá mantener los materiales suministrados por el ICE en bodegas de uso exclusivo para la contratación. Las mismas deben de tener las condiciones de seguridad óptimas para el manejo de los materiales.

18.12. El Contratista no se aprovechará de errores u omisiones que aparezcan en los requerimientos o especificaciones técnicas de este cartel, o de las órdenes de trabajo derivadas de la ejecución de los servicios contratados. En el caso de que el Contratista descubra algún error, omisión o discrepancia aparente, lo pondrá en conocimiento del Administrador de Contrato o las personas que este designe inmediatamente. Este hará las correcciones o interpretaciones que juzguen necesarias para ajustarse al propósito de las especificaciones y las dará a conocer oportunamente al Contratista por escrito. Tal decisión o interpretación será definitiva. Cualquier determinación que tome el Contratista sin contar con tal aprobación, será por su propia cuenta y riesgo.

18.13. Si en el desarrollo de la obra el contratista encuentra casos complejos o de difícil interpretación, deberá por medio de nota formal o correo electrónico, si así lo acordaron, solicitar al Administrador de Contrato a las personas que este designe su interpretación.

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18.14. La ausencia de fiscalización por parte del ICE no exime al contratista de cumplir a cabalidad con sus deberes, ni de la responsabilidad que de ello se derive.

18.15. Cualquier determinación que tome el Contratista sin contar con la aprobación del Administrador de Contrato o las personas que este designe, será por su propia cuenta y riesgo. Lo anterior no exime al ICE dependiendo de la gravedad del incumplimiento, a iniciar de forma inmediata los trámites para la resolución del contrato, apercibimiento o inhabilitación.

18.16. Los daños que se produzcan durante la ejecución del contrato en las instalaciones del ICE o en el inmueble del cliente durante la ejecución de los servicios contratados, deben ser reparados de inmediato por el Contratista, responsabilizándose de todos los efectos que esto provoque.

18.17. El contratista mantendrá durante las horas laborales a una persona plenamente autorizada como representante suyo para tomar decisiones de toda índole, relacionada con la ejecución de los servicios contratados.

18.18. El Contratista deberá contar con todos los frentes (cuadrilla o recurso) para poder llevar a cabo el servicio solicitado, según lo indicado en el cartel.

18.19. El Contratista tendrá la obligación de realizar la totalidad de los servicios contratados bajo su entera responsabilidad, en caso de cese de contrato se aplicará lo establecido en la Ley 8660, “Ley de Fortalecimiento y Modernización de la Entidades Públicas del Sector de Telecomunicaciones” y el Reglamento al Título Segundo de la misma, Ley de Contratación Administrativa y el Reglamento General de la Contratación Administrativa.

18.20. El técnico de la empresa contratada que atienda un evento dentro de las instalaciones del cliente, deberá entregar al inicio del trabajo a la persona que lo atienda la boleta donde se indica el número de referencia del ICE para cualquier reporte o consulta de interés para el cliente. Esta boleta será suministrada a los técnicos por parte del ICE.

19.RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL ICE

19.1. El ICE debe suministrar los materiales y equipos necesarios para la ejecución del contrato en forma oportuna.

19.2. El Administrador de Contrato o las personas que éste designe contarán con un plazo de 10 días hábiles para contestar y resolver los reclamos presentados por el Contratista.

19.3. El Administrador de Contrato o las personas que éste designe deberá proponer las correcciones necesarias para resolver los errores u omisiones reportados por escrito por parte del Contratista.

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19.4. Efectuar puntualmente los pagos por los servicios contratados recibidos a satisfacción por parte del Administrador de Contrato o las personas que este designe según los términos descritos en el cartel.

19.5. El ICE confeccionará el contrato de confidencialidad que debe firmar el Contratista en procura de no revelar la información que se le suministre.

19.6. El ICE deberá garantizar el libre acceso al personal empleado o representantes del Contratista (debidamente acreditados) a las instalaciones del ICE, con el propósito de coordinar la ejecución de los servicios contratados sin perjuicio de los controles pertinentes. El ICE se reserva el derecho de revisar las pertenencias, bultos y equipos del personal empleado por el Contratista, cuando lo considere conveniente, a la entrada o salida de las instalaciones.

19.7. Supervisar e inspeccionar los servicios contratados para que se cumplan de acuerdo con las normas vigentes en la Institución y lo establecido en el cartel.

19.8. Establecer y cumplir los procedimientos de control de calidad especificados en el cartel.

20.ACTA FINAL DE RECEPCIÓN DEL SERVICIO

20.1. Una vez finalizados los servicios contratados el ICE y el Contratista, firmarán el documento denominado “Acta Final de Ejecución del Servicio” para dar por concluida la relación contractual entre las partes. El objeto contractual se entiende como finalizado cuando el Administrador de Contrato así lo indique.

20.2. El Administrador de Contrato deberá presentar un informe final de la ejecución del servicio y copia del Acta de Final de Ejecución del Servicio al Área de Contratación Administrativa de la División Gestión de Red y Mantenimiento y los originales debe presentarlos a la Proveeduría Institucional.

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ANEXOSAnexo I – Lugar de prestación de servicio

Partida regionalZONA Partida Línea Zona Central Nombre Estimado anual de

averías Estimado anual de

instalaciones

BRUNCA 1 1 Zona R.B 1 639 Volcán de Buenos Aires 83 20

BRUNCA 1 1 Zona R.B 1 684 Uvita 173 86

BRUNCA 1 1 Zona R.B 1 187 Santa Eduviges 42 3

BRUNCA 1 1 Zona R.B 1 139 San Pedro de Pérez Zeledón 203 71

BRUNCA 1 1 Zona R.B 1 160 San Isidro del General 3363 2519

BRUNCA 1 1 Zona R.B 1 127 San Gerardo de Rivas 74 30

BRUNCA 1 1 Zona R.B 1 663 Potrero Grande 23 11

BRUNCA 1 1 Zona R.B 1 161 Pejiballe de Pérez Zeledón 159 83

BRUNCA 1 1 Zona R.B 1 149 Mollejones 210 71

BRUNCA 1 1 Zona R.B 1 166 General Viejo 254 182

BRUNCA 1 1 Zona R.B 1 627 Dominical 161 123

BRUNCA 1 1 Zona R.B 1 668 Buenos Aires 891 398BRUNCA 1 2 Zona R.B 2 647 Vil la Colón-Osa 96 12BRUNCA 1 2 Zona R.B 2 606 Vil la Briceño 62 15BRUNCA 1 2 Zona R.B 2 602 Sierpe 104 32BRUNCA 1 2 Zona R.B 2 672 San Vito 593 221BRUNCA 1 2 Zona R.B 2 648 Sabanilla 33 9BRUNCA 1 2 Zona R.B 2 669 Sabali to 375 92BRUNCA 1 2 Zona R.B 2 678 Río Claro 630 168BRUNCA 1 2 Zona R.B 2 676 Puerto Jiménez 44 90BRUNCA 1 2 Zona R.B 2 601 Playa Zancudo 204 17BRUNCA 1 2 Zona R.B 2 612 Piedras Blancas 62 6BRUNCA 1 2 Zona R.B 2 692 Pavones 429 29BRUNCA 1 2 Zona R.B 2 674 Paso Canoas 1613 347BRUNCA 1 2 Zona R.B 2 652 Palmar Norte 336 152BRUNCA 1 2 Zona R.B 2 621 Palma de Puerto Jiménez 35 39BRUNCA 1 2 Zona R.B 2 607 Ojochal de Osa 293 104BRUNCA 1 2 Zona R.B 2 675 Laurel 705 218BRUNCA 1 2 Zona R.B 2 626 Gutiérrez Brown 117 53BRUNCA 1 2 Zona R.B 2 665 Golfito 719 164BRUNCA 1 2 Zona R.B 2 654 Coto 47 75 9BRUNCA 1 2 Zona R.B 2 615 Conte 0 0BRUNCA 1 2 Zona R.B 2 673 Ciudad Neil ly 783 248BRUNCA 1 2 Zona R.B 2 671 Ciudad Cortés 198 59BRUNCA 1 2 Zona R.B 2 600 Carmen de Bioley 29 0BRUNCA 1 2 Zona R.B 2 631 Bella Luz 42 6BRUNCA 1 2 Zona R.B 2 679 Agua Buena 189 71BRUNCA 1 3 Zona R.B 3 666 Quepos 2513 756BRUNCA 1 3 Zona R.B 3 691 Playón Parrita 230 42BRUNCA 1 3 Zona R.B 3 690 Playa Bandera 0 0BRUNCA 1 3 Zona R.B 3 670 Parrita 1556 459BRUNCA 1 3 Zona R.B 3 624 Naranjito 221 36BRUNCA 1 3 Zona R.B 3 620 Loma de Parrita 0 0BRUNCA 1 3 Zona R.B 3 619 Llorona 3 0BRUNCA 1 3 Zona R.B 3 603 Esteril los 218 27

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Partida regionalZONA Partida Línea Zona Central Nombre Estimado anual de

averías Estimado anual de

instalacionesCHOR_PACIF 2 1 Zona R. CH. G 1 587 Sardinal de Guanacaste 1307 234CHOR_PACIF 2 1 Zona R. CH. G 1 514 Pueblo Nuevo 38 18CHOR_PACIF 2 1 Zona R. CH. G 1 563 Playas del Coco 1229 218CHOR_PACIF 2 1 Zona R. CH. G 1 503 Playa Hermosa 209 27CHOR_PACIF 2 1 Zona R. CH. G 1 574 Papagayo 5 0CHOR_PACIF 2 1 Zona R. CH. G 1 572 Palmira de Guanacaste 167 66CHOR_PACIF 2 1 Zona R. CH. G 1 506 Llano Grande 45 41CHOR_PACIF 2 1 Zona R. CH. G 1 552 Liberia 4416 972CHOR_PACIF 2 1 Zona R. CH. G 1 502 Huacas 623 233CHOR_PACIF 2 1 Zona R. CH. G 1 578 Guardia 336 77CHOR_PACIF 2 1 Zona R. CH. G 1 583 Flamingo 638 200CHOR_PACIF 2 1 Zona R. CH. G 1 558 Filadelfia 342 146CHOR_PACIF 2 1 Zona R. CH. G 1 557 Conchal 0 0CHOR_PACIF 2 1 Zona R. CH. G 1 567 Cartagena 197 81CHOR_PACIF 2 1 Zona R. CH. G 1 566 Belén 312 120

CHOR_PACIF 2 2 Zona R. CH. G 2 504 Santa Cecilia de Guanacaste 165 35

CHOR_PACIF 2 2 Zona R. CH. G 2 505 Quebrada Grande 171 9CHOR_PACIF 2 1 Zona R. CH. G 2 582 Peñas Blancas 119 26CHOR_PACIF 2 2 Zona R. CH. G 2 592 La Garita de la Cruz 32 3CHOR_PACIF 2 2 Zona R. CH. G 2 561 La Cruz-Frontera Norte 681 107CHOR_PACIF 2 2 Zona R. CH. G 2 533 El Jobo 137 30CHOR_PACIF 2 2 Zona R. CH. G 2 517 Cuajiniquil 96 36CHOR_PACIF 2 2 Zona R. CH. G 2 591 Cañas Dulces 173 48CHOR_PACIF 2 3 Zona R. CH. G 3 527 Vigia 144 51CHOR_PACIF 2 3 Zona R. CH. G 3 577 Veintisete de Abri l 81 36CHOR_PACIF 2 3 Zona R. CH. G 3 579 Tamarindo 1682 576CHOR_PACIF 2 3 Zona R. CH. G 3 556 Santa Cruz 2651 650

CHOR_PACIF 2 3 Zona R. CH. G 3 586 Santa Bárbara de Guanacaste 306 95

CHOR_PACIF 2 3 Zona R. CH. G 3 526 San Lázaro 20 5CHOR_PACIF 2 3 Zona R. CH. G 3 524 San Juan 150 32CHOR_PACIF 2 3 Zona R. CH. G 3 515 San Francisco Coyote 29 15CHOR_PACIF 2 3 Zona R. CH. G 3 516 San Antonio de Nicoya 80 30CHOR_PACIF 2 3 Zona R. CH. G 3 588 Sámara 1577 261CHOR_PACIF 2 3 Zona R. CH. G 3 589 Quebrada Honda 180 59CHOR_PACIF 2 3 Zona R. CH. G 3 536 Puerto Humo 39 26CHOR_PACIF 2 3 Zona R. CH. G 3 511 Ortega 68 24CHOR_PACIF 2 3 Zona R. CH. G 3 573 Nosara 2096 311CHOR_PACIF 2 3 Zona R. CH. G 3 553 Nicoya 2190 536CHOR_PACIF 2 3 Zona R. CH. G 3 532 Moracia 134 69CHOR_PACIF 2 3 Zona R. CH. G 3 513 Marbel la 11 11CHOR_PACIF 2 3 Zona R. CH. G 3 575 La Mansión 471 110CHOR_PACIF 2 3 Zona R. CH. G 3 595 Huacas de Hojancha 44 6CHOR_PACIF 2 3 Zona R. CH. G 3 560 Hojancha 383 62CHOR_PACIF 2 3 Zona R. CH. G 3 512 Garza 279 66CHOR_PACIF 2 3 Zona R. CH. G 3 569 Colonia Carmona 321 48CHOR_PACIF 2 3 Zona R. CH. G 3 528 Caimital 227 74CHOR_PACIF 2 4 Zona R. CH. G 4 565 Tronadora 225 17CHOR_PACIF 2 4 Zona R. CH. G 4 554 Tilarán 1929 198CHOR_PACIF 2 4 Zona R. CH. G 4 519 Tierras Morenas 152 2CHOR_PACIF 2 1 Zona R. CH. G 4 509 San Ramón-Tilarán 314 42CHOR_PACIF 2 4 Zona R. CH. G 4 520 San Miguel de Cañas 155 8CHOR_PACIF 2 4 Zona R. CH. G 4 510 Monte Negro 84 12CHOR_PACIF 2 4 Zona R. CH. G 4 523 Lourdes 102 17CHOR_PACIF 2 4 Zona R. CH. G 4 580 Los Angeles de Tilarán 230 5CHOR_PACIF 2 4 Zona R. CH. G 4 568 Las Juntas de Abangares 572 165CHOR_PACIF 2 4 Zona R. CH. G 4 522 Lago Arenal 42 0CHOR_PACIF 2 4 Zona R. CH. G 4 564 Guayabo de Bagaces 674 125CHOR_PACIF 2 4 Zona R. CH. G 4 555 Cañas 2634 609CHOR_PACIF 2 4 Zona R. CH. G 4 585 Bebedero-Guanacaste 221 47CHOR_PACIF 2 4 Zona R. CH. G 4 559 Bagaces 425 77CHOR_PACIF 2 4 Zona R. CH. G 4 562 Arenal 368 50

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Partida regionalZONA Partida Línea Zona Central Nombre Estimado anual de

averías Estimado anual de

instalacionesCHOR_PACIF 3 1 Zona R. CH. P 1 605 Sardinal de Puntarenas 53 39CHOR_PACIF 3 1 Zona R. CH. P 1 610 San Gerardo 42 36CHOR_PACIF 3 1 Zona R. CH. P 1 650 Puntarenas 848 449CHOR_PACIF 3 1 Zona R. CH. P 1 667 Puerto Caldera 135 48CHOR_PACIF 3 1 Zona R. CH. P 1 623 Miramar 818 294CHOR_PACIF 3 1 Zona R. CH. P 1 661 Isla Venado 6 0CHOR_PACIF 3 1 Zona R. CH. P 1 613 Isla Chira 0 0CHOR_PACIF 3 1 Zona R. CH. P 1 651 Esparza 2069 866CHOR_PACIF 3 1 Zona R. CH. P 1 657 El Roble 4943 2042CHOR_PACIF 3 1 Zona R. CH. P 1 658 Costa de Pájaros 27 42CHOR_PACIF 3 1 Zona R. CH. P 1 622 Chomes 5 11CHOR_PACIF 3 1 Zona R. CH. P 1 616 Cedral 198 24CHOR_PACIF 3 1 Zona R. CH. P 2 681 Tambor 240 51CHOR_PACIF 3 1 Zona R. CH. P 2 655 Santa Elena-Monteverde 1887 248CHOR_PACIF 3 3 Zona R. CH. P 2 656 Paquera 164 96CHOR_PACIF 3 1 Zona R. CH. P 2 604 Mal País 825 117CHOR_PACIF 3 3 Zona R. CH. P 2 664 Jicaral 1461 516CHOR_PACIF 3 1 Zona R. CH. P 2 682 Guacimal 50 15CHOR_PACIF 3 3 Zona R. CH. P 2 653 Cóbano 1070 213CHOR_PACIF 3 3 Zona R. CH. P 3 625 Quebrada Ganado 489 141CHOR_PACIF 3 3 Zona R. CH. P 3 685 Punta Leona 0 0CHOR_PACIF 3 3 Zona R. CH. P 3 659 Jacó 2312 630CHOR_PACIF 3 3 Zona R. CH. P 3 609 Herradura 468 189

Partidas regionalesZONA Partida Línea Zona Central Nombre Estimado anual de

averías Estimado anual de

instalacionesHUETAR 4 1 Zona R.H. G1 737 Siquirres 249 482

HUETAR 4 1 Zona R.H. G1 705 Santo Domingo de Siquirres 15 21

HUETAR 4 1 Zona R.H. G1 703 Río Jiménez 99 176HUETAR 4 1 Zona R.H. G1 745 Río Frío 1833 815HUETAR 4 1 Zona R.H. G1 741 Pocora 81 153HUETAR 4 1 Zona R.H. G1 704 Loma de Sierpe 0 0HUETAR 4 1 Zona R.H. G1 718 Limbo Duacarí 138 42HUETAR 4 1 Zona R.H. G1 720 La Suerte 212 38HUETAR 4 1 Zona R.H. G1 751 La Rita 1767 468HUETAR 4 1 Zona R.H. G1 712 La Perla-Siquirres 0 2HUETAR 4 1 Zona R.H. G1 722 La Francia 69 113HUETAR 4 1 Zona R.H. G1 709 La Alegría de Siquirres 83 146HUETAR 4 1 Zona R.H. G1 717 Jiménez de Pococí 1044 213HUETAR 4 1 Zona R.H. G1 736 Guápiles 3294 1565HUETAR 4 1 Zona R.H. G1 748 Guácimo 179 477HUETAR 4 1 Zona R.H. G1 711 Cimarrones 62 45HUETAR 4 1 Zona R.H. G1 739 Cariari 2852 1088

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ZONA Partida Línea Zona Central Nombre Estimado anual de averías

Estimado anual de instalaciones

HUETAR 5 1 Zona R.H. L1 708 Río Banano 270 92HUETAR 5 1 Zona R.H. L1 752 Puerto Viejo Talamanca 192 399HUETAR 5 1 Zona R.H. L1 742 Pandora 164 105HUETAR 5 1 Zona R.H. L1 714 Pacuare 3330 441HUETAR 5 1 Zona R.H. L1 715 Matina 68 80HUETAR 5 1 Zona R.H. L1 706 Liverpool 675 269HUETAR 5 1 Zona R.H. L1 735 Limón 4245 1373HUETAR 5 1 Zona R.H. L1 713 Entrada a Cuba 59 71HUETAR 5 1 Zona R.H. L1 750 Daytonia 18 26HUETAR 5 1 Zona R.H. L1 740 Cahuita 330 147HUETAR 5 1 Zona R.H. L1 701 Bribrí 50 177HUETAR 5 1 Zona R.H. L1 738 Battán 213 306HUETAR 5 1 Zona R.H. L1 771 Bananito Sur 11 18

ZONA Partida Línea Zona Central Nombre Estimado anual de averías

Estimado anual de instalaciones

HUETAR 6 1 Zona R.H. N1 219 Ciudad Quesada 390 746HUETAR 6 2 Zona R.H. N2 230 Venecia 283.5 59HUETAR 6 2 Zona R.H. N2 202 Santa Rita de Río Cuarto 187.5 14HUETAR 6 2 Zona R.H. N2 234 San Rafael Río Cuarto 46.5 6HUETAR 6 2 Zona R.H. N2 237 San Miguel 184.5 45HUETAR 6 2 Zona R.H. N2 240 San Francisco Palmera 190.5 30HUETAR 6 2 Zona R.H. N2 250 Sahíno 72 9HUETAR 6 2 Zona R.H. N2 291 Río Cuarto 126 20HUETAR 6 Zona R.H. N2 216 Pital 381 81HUETAR 6 2 Zona R.H. N2 285 Los Angeles de Pital 108 12HUETAR 6 2 Zona R.H. N2 214 Aguas Zarcas 1605 287

HUETAR 6 3 Zona R.H. N3 434 Puerto Viejo de Sarapiquí 60 141HUETAR 6 3 Zona R.H. N3 437 La Virgen de Sarapiquí 433.5 153HUETAR 6 3 Zona R.H. N3 411 Colonia San José 1.5 2HUETAR 6 4 Zona R.H. N4 203 Venado 46.5 3HUETAR 6 4 Zona R.H. N4 239 Monterrey 144 48

HUETAR 6 4 Zona R.H. N4 201 Los Angeles de la Fortuna 411 99HUETAR 6 4 Zona R.H. N4 256 La Vega 76.5 6HUETAR 6 4 Zona R.H. N4 229 La Fortuna 741 207

HUETAR 6 5 Zona R.H. N5 289 San Isidro de Peñas Blancas 199.5 32

HUETAR 6 5 Zona R.H. N5 246 La Tigra 265.5 66HUETAR 6 5 Zona R.H. N5 231 Florencia 555 114HUETAR 6 5 Zona R.H. N5 245 Bajo Rodríguez 192 47HUETAR 6 6 Zona R.H. N6 232 Upala 91.5 177HUETAR 6 6 Zona R.H. N6 236 San Rafael de Guatuso 18 50HUETAR 6 6 Zona R.H. N6 242 Katira 15 27HUETAR 6 6 Zona R.H. N6 268 Colonia Puntarenas 7.5 17HUETAR 6 6 Zona R.H. N6 249 Bijagua 36 47HUETAR 6 6 Zona R.H. N6 290 Aguas Claras 16.5 21

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ZONA Partida Línea Zona Central Nombre Estimado anual de averías

Estimado anual de instalaciones

HUETAR 7 1 Zona R.H. T1 341 Turrialba 726 1178HUETAR 7 1 Zona R.H. T1 307 Tres Equis 57 57HUETAR 7 1 Zona R.H. T1 321 Tayutic 9 30

HUETAR 7 1 Zona R.H. T1 357 Santa Teresita de Turrialba 96 62

HUETAR 7 1 Zona R.H. T1 303 Santa Cruz 73.5 60HUETAR 7 1 Zona R.H. T1 305 Pavones 37.5 80HUETAR 7 1 Zona R.H. T1 350 La Suiza 90 266HUETAR 7 1 Zona R.H. T1 345 Juan Viñas 97.5 149

ZONA Partida Línea Zona Central Nombre Estimado anual de averías

Estimado anual de instalaciones

HUETAR 8 1 Zona R.H. N7 243 Caño Negro 0 2HUETAR 8 1 Zona R.H. N7 277 Boca Arenal 246 68HUETAR 8 1 Zona R.H. N7 233 Los Chiles 49.5 62HUETAR 8 1 Zona R.H. N7 235 Santa Rosa de Pocosol 318 72HUETAR 8 1 Zona R.H. N7 241 Pavón 19.5 44HUETAR 8 1 Zona R.H. N7 251 Muelle 129 18HUETAR 8 1 Zona R.H. N7 261 Los Lirios 3 5HUETAR 8 1 Zona R.H. N7 262 Coopevega 60 5HUETAR 8 1 Zona R.H. N7 283 El Parque 10.5 15

Partidas según clasificaciónZONA Partida Línea Código de zona Central Nombre

Estimado anual de averías

Estimado anual de

instalacionesClasificación

MET_ESTE 9 1 Zona M.E. C 1 153 Santa María de Dota 77 116 Periférica MET_ESTE 9 1 Zona M.E. C 1 120 San Marcos de Tarrazú 357 576 Periférica MET_ESTE 9 1 Zona M.E. C 1 152 San Gerardo de Dota 2 11 Periférica MET_ESTE 9 1 Zona M.E. C 1 164 San Gabriel 734 245 Periférica MET_ESTE 9 1 Zona M.E. C 1 162 Frailes 857 176 Periférica MET_ESTE 9 1 Zona M.E. C 1 304 El Empalme 257 143 Periférica MET_ESTE 9 1 Zona M.E. C 1 356 Corralil lo 942 224 Periférica MET_ESTE 9 2 Zona M.E. C 2 354 Tejar 2123 962 Periférica MET_ESTE 9 2 Zona M.E. C 2 302 San Nicolás 2019 672 Periférica MET_ESTE 9 2 Zona M.E. C 2 340 Cartago 10367 4305 Periférica MET_ESTE 9 3 Zona M.E. C 3 351 Tucurrique 57 150 Periférica MET_ESTE 9 3 Zona M.E. C 3 348 Paraíso 569 953 Periférica MET_ESTE 9 3 Zona M.E. C 3 346 Orosí 188 275 Periférica MET_ESTE 9 3 Zona M.E. C 3 355 Cachí 54 137 Periférica MET_ESTE 9 4 Zona M.E. C 4 349 Tierra Blanca 342 335 Periférica MET_ESTE 9 4 Zona M.E. C 4 309 San Juan de Chicua 14 12 Periférica MET_ESTE 9 4 Zona M.E. C 4 347 Pacayas 249 272 Periférica MET_ESTE 9 4 Zona M.E. C 4 352 Cot 564 461 Periférica MET_ESTE 9 4 Zona M.E. C 4 342 Cervantes 348 201 Periférica MET_ESTE 9 5 Zona M.E. SJ 5 343 Tres Ríos 3785 1973 MetropolitanaMET_ESTE 9 5 Zona M.E. SJ 5 344 San Ramón de Tres Ríos 1700 1374 MetropolitanaMET_ESTE 9 5 Zona M.E. SJ 5 101 San Pedro 5259 4211 MetropolitanaMET_ESTE 9 5 Zona M.E. SJ 5 115 Curridabat 1674 1175 MetropolitanaMET_ESTE 9 5 Zona M.E. SJ 5 108 Norte 6392 2898 MetropolitanaMET_ESTE 9 5 Zona M.E. SJ 5 116 El Alto de Guadalupe 3420 1728 MetropolitanaMET_ESTE 9 5 Zona M.E. SJ 5 105 Coronado 7556 3153 Metropolitana

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Partida metropolitana

ZONA Partida Línea Código de zona Central NombreEstimado anual de averías

Estimado anual de

instalacionesMET_ESTE 10 2 Zona M.E. SJ 2 106 Sur 2837 1850MET_ESTE 10 2 Zona M.E. SJ 2 104 Santa Ana 3792 1787MET_ESTE 10 2 Zona M.E. SJ 2 119 San Rafael Abajo 1059 999MET_ESTE 10 2 Zona M.E. SJ 2 102 San José 5804 3578MET_ESTE 10 2 Zona M.E. SJ 2 114 San Ignacio de Acosta 369 464MET_ESTE 10 2 Zona M.E. SJ 2 111 San Antonio 1163 771MET_ESTE 10 2 Zona M.E. SJ 2 154 Sabanilla de Acosta 0 0MET_ESTE 10 2 Zona M.E. SJ 2 145 Rincón Grande 1379 723MET_ESTE 10 2 Zona M.E. SJ 2 107 Oeste 8156 3458MET_ESTE 10 2 Zona M.E. SJ 2 117 Higuito 1557 1155MET_ESTE 10 2 Zona M.E. SJ 2 113 Hatillo 3236 1944MET_ESTE 10 2 Zona M.E. SJ 2 103 Escazú 5534 2202MET_ESTE 10 2 Zona M.E. SJ 2 110 Desamparados 3381 2433MET_ESTE 10 2 Zona M.E. SJ 2 112 Aserrí 1277 1200MET_ESTE 10 4 Zona M.E. SJ 4 163 Tabarcia de Mora 197 147MET_ESTE 10 4 Zona M.E. SJ 4 134 San Pablo de Turrubares 63 41MET_ESTE 10 4 Zona M.E. SJ 4 121 Real de Pereira 645 372MET_ESTE 10 4 Zona M.E. SJ 4 131 Puriscal 1118 1353MET_ESTE 10 4 Zona M.E. SJ 4 173 Plaza el Roble 65 20MET_ESTE 10 4 Zona M.E. SJ 4 156 Forum 15 2MET_ESTE 10 4 Zona M.E. SJ 4 157 Delicias 44 6MET_ESTE 10 4 Zona M.E. SJ 4 109 Ciudad Colón 2786 695

Partidas periféricas ZONA Partida Línea Zona Central Nombre Estimado anual de

averías Estimado anual de

instalacionesMET_OESTE 11 1 Zona M.O. A1 225 San Pedro de Poás 1800 660MET_OESTE 11 1 Zona M.O. A1 224 Sabanilla 597 177MET_OESTE 11 1 Zona M.O. A1 218 Orotina 3114 1073MET_OESTE 11 1 Zona M.O. A1 228 La Guácima 4197 1868MET_OESTE 11 1 Zona M.O. A1 222 La Garita 1214 467MET_OESTE 11 1 Zona M.O. A1 238 Fraijanes 1172 210MET_OESTE 11 1 Zona M.O. A1 204 Carrizal 1320 269MET_OESTE 11 1 Zona M.O. A1 223 Barrio San José 3026 789MET_OESTE 11 1 Zona M.O. A1 213 Atenas 3413 893MET_OESTE 11 1 Zona M.O. A1 211 Alajuela 8217 3600MET_OESTE 11 2 Zona M.O. A2 220 Zarcero 357 351MET_OESTE 11 2 Zona M.O. A2 227 Tacares 2148 483MET_OESTE 11 2 Zona M.O. A2 226 Sarchí de Valverde Vega 2100 717MET_OESTE 11 2 Zona M.O. A2 288 San Ramón 5885 2223MET_OESTE 11 2 Zona M.O. A2 212 Palmares 2663 1145MET_OESTE 11 2 Zona M.O. A2 215 Naranjo 3266 1137MET_OESTE 11 2 Zona M.O. A2 217 Grecia 5424 2168

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ZONA Partida Línea Zona Central Nombre Estimado anual de averías

Estimado anual de instalaciones

MET_OESTE 12 1 Zona M.O.H1 439 Santo Domingo de Heredia 3237 1038MET_OESTE 12 1 Zona M.O.H1 435 San Rafael 1328 266MET_OESTE 12 1 Zona M.O.H1 440 San José de la Montaña 1124 302MET_OESTE 12 1 Zona M.O.H1 432 San Isidro 4608 1176MET_OESTE 12 1 Zona M.O.H1 430 Heredia 9470 6614

MET_OESTE 12 2 Zona M.O.H2 433 Santa Bárbara de Heredia 3197 813

MET_OESTE 12 2 Zona M.O.H2 436 San Joaquín 3080 938

MET_OESTE 12 2 Zona M.O.H2 431 San Antonio de Belén 5253 1902

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Anexo II – Formularios (CD)

Estos formularios serán entregados a las empresas que resulten adjudicadas en este proceso.

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Anexo III– Norma técnica (CD)

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Anexo IV – Rotulación de los vehículos

Nombre: Fondo_rótulo_trasero Nombre: Fondo_rótulo_lateralTamaño: 17 x 25 cm Tamaño: 30 x 60 cmTexto: Eurofurence regular Texto: Eurofurence regularColor: 004A92 Color: 004A92

Se debe conservar el tamaño las letras según la proporcionalidad del tamaño del rótulo.

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Anexo V – Herramientas

123456789

1011121314151617

18

19

2021222324252627282930313236

373839404142434445

Poncha dora de impacto (se util i zan en ti pos de l is tones es pecia les)Pul l -If de 1/4 de 1/2 Tonela das y tira l íneas Ta ladro Eléctri co 1/4" (el éctri co o baterías)Ti ra l íneas pla no (Cama lan o perro)Teléfono celular KOLBI

Extens ión e lectrica 32 m (100 pies)Foco o l interna grande

Herramienta Inserción Siemens Origina l Herramienta Simel ca Miniaturi zada original Llave de Arma rio s egún tecnol ogía

Engrapadora para Ca bl e Telefónico Tipo Pi stola para grapa T-18 y T-25

Equipo de Seguridad (Según la norma de Seguri dad e Higiene Ocupac. Insti tuciona l Establecida )Esca lera de abri r fi bra de vidrio 6 pi es Esca lera fi bra de vidrio 7 m (24 pies)Esca lera fi bra de vidrio 9 m (28 pies)

Al i cate de puntas redondas 16 cmAl icate de Electri cis ta 20 cmArrol lador - Des arrol lador para cabl e Brocas para Madera 1/4" x 6 largo Caja de Herramientas Cinta Métrica 2 m

Cortadora de 16 a 20 cmCuchi l la para Electrici s ta

Megómetro o equipo con característi ca s y funcional idad s imi lar (debe s er un equipo por supervisor) has ta 100 GigaohmMicroteléfono para pruebas (origi na l ) Multi medidor Digi ta l (Vol ta je, Corriente, Res is tencia)Peladora de cable interno

Encri ptadora RJ 11 y RJ 45

Computadora Portátil (Laptop) Convertidor de corriente de 12 DC a 123 DC Cortadora ci za l la 45 cm

Listado de equipo y herramienta por cuadrilla

Marti l lo uña

Generador de tonos (chicharra)Herramienta Inserción IMAP origina l Herramienta Inserción NAM origina l Herramienta Inserción Krone origi na l

Llave Frances a 25 cm

Desatorni l ladores Phi l l ips o en cruz 10 cm Desatorni l ladores Pl ano espiga ancha 10 cm Desatorni l ladores Pl ano espiga fi na 10 cm Encintadora Band-i t

Cuchi l lo para des ramar No. 26

1

Equipo que debe contar la empresa por cada Supervisor

Equi po para medición de Banda Ancha igua l o s uperior a l EXFO FTB1 o Sidekick plus para Banda Ancha y VDSL

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Anexo VI – Datos del personal contratado

Nombre Nacionalidad N° de identfición Último año aprobado de secundaria Tipo de liciencia Años de experiencia Puesto a ocupar (Supervisor,

Encargado de cuadrilla o Auxiliar)

Boleta Datos del personal contratado

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Anexo VII – Causas frecuentes de rechazo de lotes por calidad.

El siguiente listado muestra un compendio de causas o errores comunes que motivan el rechazo de un lote en evaluación mostrándose únicamente como referencia.

1. Distribuidor principal

Pase mal realizado y/o fuera de normas. Falta de protecciones. Pase con jumper de calibre o color inadecuado. La no utilización de la herramienta adecuada para el tipo de block o regleta.

2. Armario

La no utilización de la llave adecuada para abrir el armario Pase mal realizado y/o fuera de normas Cambio de vías no reportado Pase con jumper de calibre o color inadecuado La no utilización de la herramienta adecuada para el tipo de block o regleta. Se debe verificar la existencia de protecciones y su ubicación correspondiente

en: IMAP, URAS, CONCENTRADORES, MULTIPLEXORES.

3. Retenida

Utilización de retenida en mal estado No colocación de la manguera aislante No colocación del casquillo Mala ubicación del cuatro vientos en el cuadrante Retenida en contacto con líneas eléctricas Retenida sin altura adecuada Falta aislamiento al preformado o clip (Falta de pintura anticorrosiva en zonas

de alta corrosión) Argollas mal ubicadas, flojas y sin aislar en la retenida Dimensiones inapropiadas de la argolla según retenida

4. Caja de dispersión

Cambio de vías no reportado Utilización de par equivocado Utilización de par dañado Hilo de acometida exterior quebrado en el borne del par a utilizar Falta de protección eléctrica Caja de distribución o cualquier otro equipo (de diferente tecnología) mal

alambrado (orientación de entrada y salida de acometida (balona), según se indica en las normas de instalación o en el manual respectivo)

Poste mal vestido (no colocación de los ganchos lateral y central, encintado, tierras sin aislar y demás normas).

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El NO reporte de una caja que se encuentre en mal estado. La utilización de pares o cajas reservadas. La no colocación de descargadores

5. Equipo electrónico en la red

No utilizó el herraje de instalación correspondiente Instalación fuera de normas del equipo remoto en el poste (mal ubicado, mal

encintado) Número equivocado (cliente existente, cliente nuevo) Sin identificar el número de par de donde proviene el voltaje La no colocación de la tapa en las tarjetas RBM

6. Línea de acometida exterior

Sin la altura adecuada (en cruces de calle o en propiedad) Prensada por cintas o elementos de la red Rozando anclas, líneas eléctricas, árboles, acometidas empatadas o cualquier

elemento que pueda causar avería. No colocar mástil (ameritándolo) Línea mal tensada Balona exterior fuera de normas Ingreso inadecuado de la acometida en el inmueble Mala ubicación del block de conexión (distancia de la pared o del alero) No colocación de las argollas en la retenida, cuando lo amerite. Tensor mal colocado Instalación de acometidas por propiedades y postearías privadas sin contar

con el permiso por escrito del dueño.

7. Acometida interna

Línea de acometida interna abierta o en corto Ingreso inadecuado hacia interior del inmueble Zeta de la línea interior inadecuada Mala ubicación, posición de la roseta y/o sin la reserva respectiva CPE o Splitter mal colocado Distancia no adecuada entre grapas de sujeción

8. Prueba final

Sin tono Sin Servicio Internet No establece la comunicación Ruido o interferencias Número NO corresponde al asignado al cliente. La falta de firma del cliente de recibido conforme. No actualizar el Firmware en el CPE No esté el CPE matriculado en el gestor

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No verificación de parámetros del servicio.

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