legislaciÓn n1

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ORGANIZACIÓN Y LEGISLACIÓN DEL DEPORTE TÉCNICO DEPORTIVO EN FÚTBOL PRIMER NIVEL INTRODUCCIÓN Y SITUACIÓN Introducción El módulo de organización y legislación deportiva pretende proporcionar al futuro técnico deportivo una visión global sobre el modelo de organización del deporte en los ámbitos internacional, europeo, nacional, regional y local. Es un área fundamental, pues el alumno debe ser capaz de interpretar las normas básicas del derecho deportivo, ya que van a ser de aplicación directa en el marco de la actividad deportiva que desarrolle. Igualmente conocerá las diferencias entre el sector público y el sector privado, en cuanto a la organización del deporte. Situación Uno de los temas con los que el nuevo técnico está menos familiarizado y que, sin embargo, debe conocer (y más cuando puede que está planificando la incorporación de su equipo a la competición), es el tema legislativo. Si bien el nuevo entrenador ha podido estar federado durante toda su carrera deportiva, puede que nunca haya profundizado en los aspectos administrativos y legislativos del deporte, que siempre probablemente haya visto más como un engorro que como un aspecto más de su profesión, y lo más normal es que ignore muchas de las cuestiones relevantes de la organización del deporte a nivel internacional, estatal, autonómico y local. Por ello, deberá familiarizarse con los siguientes temas: Tema 1. La organización y el marco jurídico del deporte en España. Tema 2. La organización y el marco jurídico del deporte en la C.V. Objetivos Una vez finalizado el módulo, el alumno deberá: 1. Conocer y manejar las normas jurídicas que regulan y ordenan el deporte en sus distintas manifestaciones: internacional, comunitaria, nacional y regional. 2. Familiarizarse con las competencias y las funciones de las distintas instituciones deportivas en sus distintos ámbitos de actuación. 3. Conocer la organización del deporte, tanto en el ámbito público, como en el ámbito privado.

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  • ORGANIZACIN Y LEGISLACIN DEL DEPORTE TCNICO DEPORTIVO EN FTBOL

    PRIMER NIVEL

    INTRODUCCIN Y SITUACIN

    Introduccin

    El mdulo de organizacin y legislacin deportiva pretende proporcionar al futuro tcnico deportivo una visin global sobre el modelo de organizacin del deporte en los mbitos internacional, europeo, nacional, regional y local.

    Es un rea fundamental, pues el alumno debe ser capaz de interpretar las normas bsicas del derecho deportivo, ya que van a ser de aplicacin directa en el marco de la actividad deportiva que desarrolle. Igualmente conocer las diferencias entre el sector pblico y el sector privado, en cuanto a la organizacin del deporte.

    Situacin

    Uno de los temas con los que el nuevo tcnico est menos familiarizado y que, sin embargo, debe conocer (y ms cuando puede que est planificando la incorporacin de su equipo a la competicin), es el tema legislativo. Si bien el nuevo entrenador ha podido estar federado durante toda su carrera deportiva, puede que nunca haya profundizado en los aspectos administrativos y legislativos del deporte, que siempre probablemente haya visto ms como un engorro que como un aspecto ms de su profesin, y lo ms normal es que ignore muchas de las cuestiones relevantes de la organizacin del deporte a nivel internacional, estatal, autonmico y local. Por ello, deber familiarizarse con los siguientes temas:

    Tema 1. La organizacin y el marco jurdico del deporte en Espaa. Tema 2. La organizacin y el marco jurdico del deporte en la C.V.

    Objetivos

    Una vez finalizado el mdulo, el alumno deber:

    1. Conocer y manejar las normas jurdicas que regulan y ordenan el deporte en sus distintas manifestaciones: internacional, comunitaria, nacional y regional.

    2. Familiarizarse con las competencias y las funciones de las distintas instituciones deportivas en sus distintos mbitos de actuacin.

    3. Conocer la organizacin del deporte, tanto en el mbito pblico, como en el mbito privado.

  • Tema 1 - LA ORGANIZACIN Y EL MARCO JURDICO DEL DEPORTE EN ESPAA

    Para que pueda competir a nivel provincial, autonmico e incluso estatal, el equipo que cualquiera dirige debe cumplir con una serie de requisitos administrativos de los que tendremos que encargarnos y sobre los que no estaremos, en principio, muy informados. Por ello, deberemos familiarizarnos con los siguientes aspectos:

    1.1 - El marco jurdico del deporte en Espaa. 1.2 - Estructura y organizacin del deporte en el mbito estatal. 1.3 - El deporte en el mbito autonmico. 1.4 - El deporte en el mbito local. 1.5 - Entes deportivos privados.

    1.1.- El marco jurdico del deporte en Espaa

    El estudio del rgimen jurdico y la organizacin del deporte en Espaa no resulta fcil. La configuracin descentralizada del Estado espaol y las especiales caractersticas normativas del mundo deportivo hacen que nos encontremos con diversidad de fuentes normativas.

    Ante esta diversidad, resulta compleja la determinacin de la legislacin vigente en cada supuesto, por lo que se parte de una divisin competencial entre los distintos sujetos intervinientes para ayudar a resolver la problemtica.

    El deporte en Espaa se ha convertido en una actividad con un importante arraigo social, cultural y econmico, en constante presencia en los medios de comunicacin, por lo que ha sido desarrollado por una profusa legislacin deportiva.

    El deporte ha evolucionado en nuestro pas de forma sorprendente en los ltimos aos, tanto en aspectos organizativos, como de gestin y de prctica deportiva, tanto los ayuntamientos como las comunidades autnomas han asumido un papel muy importante en la promocin y en la conciencia social hacia el fenmeno deportivo.

    En tan slo 20 aos se ha duplicado la prctica deportiva en nuestro pas, la totalidad de los escolares reciben educacin fsica con profesorado especializado, Espaa est considerada entre las 10 potencias del mundo ms desarrolladas deportivamente, tanto en infraestructuras, como en resultados deportivos.

    El modelo deportivo espaol es el resultado de la colaboracin entre el sector pblico y privado. Cada uno asume sus competencias y colaboran en cada uno de los tres niveles, local, autonmico y estatal.

    El objetivo de esta legislacin deportiva es regular el marco jurdico en el que debe desenvolverse la prctica deportiva, tanto en el mbito estatal, como en el mbito autonmico.

    En primer lugar, hemos de decir que existen dos grandes fuentes normativas:

  • - Normas de carcter pblico emanadas de los poderes pblicos. - Normas de carcter privado emanadas de organizaciones deportivas.

    Una de las peculiaridades del deporte es su capacidad para dictar normas de auto-organizacin. As, los estatutos de las federaciones y los clubes, los reglamentos de rgimen interior y los reglamentos de competicin son buenos ejemplos de llo.

    Dentro de las normas de naturaleza pblica es conveniente dividir las mismas en funcin de la jerarqua normativa (Constitucin, Ley y Reglamento):

    A.- Constitucin:

    El principal soporte jurdico se encuentra en la Constitucin Espaola de 1978, que en el Art. 43.3 establece un mandato a los poderes pblicos de fomentar el deporte:

    Los poderes pblicos fomentarn la educacin sanitaria, la educacin fsica y el deporte

    Asimismo, facilitarn la adecuada utilizacin del ocio. Este mandato afecta a todos los poderes pblicos, en sus respectivas competencias: estatal, autonmica y local. Una de las formas de fomentar el deporte es ordenando su territorio.

    El Tribunal Constitucional en la Sentencia 67/85 interpret el trmino "fomento" en un sentido amplio, por lo que se incluyen las actividades de reglamentacin, tutela, apoyo y ayuda financiera, creacin de un servicio pblico de deporte, etc.

    B.- Ley:

    En el ao 1980 se aprob la Ley General para la Educacin Fsica y el Deporte, prcticamente en 10 aos, esta Ley qued anticuada y desfasada, por lo que fue reformada por la actual Ley 10/1990 de 15 de Octubre.

    Los motivos de la reforma eran evidentes: la realidad deportiva del pas era otra, de un lado un importante incremento de practicantes, la creciente profesionalizacin del deporte, la adaptacin de la normativa al proceso de descentralizacin autonmica y la propia evolucin del deporte como determinante de la calidad de vida y de ocio de la sociedad contempornea, requeran una ley nueva y moderna.

    La Ley del Deporte se ocupa de todas las manifestaciones sectoriales del deporte (culturales, educativas, investigacin, financieras, etc.), as como de la organizacin de las estructuras deportivas (pblicas y privadas) y de la organizacin empresarial del deporte.

    La Ley se consult con todos los sectores deportivos del mundo del deporte, por lo que el resultado final fue una Ley con un importante grado de consenso.

  • C.- Reglamento: Tanto el estado central como las comunidades autnomas han formulado un extenso desarrollo reglamentario de las respectivas leyes. La descripcin de la normativa reglamentaria es muy extensa, por lo que nos vamos a centrar en sus bloques temticos:

    - Estructura organizativa de la administracin deportiva (estructura del CSD y de las Comisiones nacionales de violencia, etc.)

    - Federaciones deportivas espaolas y Ligas profesionales. - Sociedades Annimas Deportivas. - Disciplina deportiva y dopaje. - Deporte de alto nivel. - Deportistas profesionales. - Manifestaciones deportivas.

    Ley 10/90, del Deporte

    Principios generales: Definen la educacin fsica y la prctica deportiva como parte de la programacin de la enseanza, en orden a la educacin integral de la persona, formando parte del sistema educativo.

    Asociacionismo deportivo: Es el ttulo ms importante y de mayor novedad en la Ley. Recoge el impulso de la actividad deportiva organizada a travs de estructuras asociativas en un marco estable de colaboracin entre el sector pblico y privado. Se establecen tres tipos de clubes deportivos: elemental, bsico y sociedad annima deportiva. Esta ltima se regula con detalle y es obligatoria para los clubes que participen en competiciones profesionales.

    Tambin se regulan la organizacin, funcionamiento y competencias de las federaciones deportivas espaolas, las ligas profesionales y los deportistas de alto nivel.

    La Ley del deporte se ocupa de todas las manifestaciones sectoriales del deporte (culturales, educativas, investigacin, financieras, etc) as como de la organizacin de las estructuras deportivas (pblicas-privadas) de la organizacin empresarial del deporte.

    La Ley se consult con todos los sectores deportivos, por lo que el resultado final fue una Ley con un importante grado de consenso. Tanto el gobierno central como las comunidades autnomas han formulado un extenso desarrollo reglamentario de las respectivas leyes. La descripcin de la normativa reglamentaria es muy extensa, por lo que nos vamos a centrar en sus bloques temticos:

    - Estructura organizativa de la administracin deportiva (estructura del CSD y de las comisiones nacionales de violencia, etc.)

    - Federaciones deportivas espaolas y ligas profesionales. - Sociedades annimas deportivas. - Disciplina deportiva y dopaje. - Deporte de alto nivel. - Deportistas profesionales. - Manifestaciones deportivas.

  • 1.2 - Estructura y organizacin del deporte en el mbito estatal

    El deporte en Espaa no es competencia exclusiva del Estado.

    Las comunidades autnomas podrn asumir competencias en materia deportiva, en cuanto a la promocin del deporte, siempre y cuando lo dispongan los Estatutos de Autonoma. Todo ello sin perjuicio de las acciones que puedan desarrollar las entidades locales, en su territorio y en beneficio de sus propios intereses.

    Por tanto, la organizacin del deporte se basa en un sistema de colaboracin mutua entre el sector pblico y el sector privado. Ambos sectores comparten responsabilidades en el fomento, promocin y desarrollo de la actividad fsico-deportiva.

    Centrndonos en la organizacin deportiva, cabe distinguir una organizacin pblica, o administrativa en sentido estricto, del deporte y una organizacin privada. La primera corresponde las estructuras administrativas del Estado, comunidades autnomas y entidades locales. La segunda, a las estructuras de las federaciones deportivas, pese a las asuncin de funciones pblicas, ligas profesionales, clubes, etc.

    La nueva demarcacin territorial del Estado establecida en la Constitucin Espaola reconoce la organizacin del Estado en municipios, provincias y comunidades autnomas. Ello influye en el reparto, tanto organizativo como de competencias deportivas en nuestro pas.

    As, de manera esquemtica, nos encontramos con las siguientes entidades:

  • Consejo Superior de Deportes

    En funcin del mandato constitucional ejerce directamente la actuacin de la Administracin del Estado en el mbito del deporte. Es el rgano que asume la gestin deportiva. Es un organismo autnomo de carcter administrativo, adscrito al Ministerio de Educacin y Ciencia.

    Dentro de su organigrama, podremos encontrar:

    Presidente: Con rango de Secretario de Estado, ostenta la representacin, administra su patrimonio y superior direccin del Consejo, celebra los contratos propios de su actividad y dicta los actos administrativos.

    Comisin Directiva: Es el rgano rector, integrada por representantes de la Administracin del Estado, comunidades autnomas, corporaciones locales y federaciones deportivas espaolas.

    Asamblea General del Deporte: rgano plenario.

    Dos Direcciones Generales: - DG de Deportes: centros de alto rendimiento y centro nacional de

    investigacin y ciencias del deporte. - DG de Deportes: centros de alto rendimiento y centro nacional de

    investigacin y ciencias del deporte.

    rganos adscritos al CSD:

    a) Comisin de Apuestas Mutuas Deportivo-Benficas. b) Comisin de emisiones y retransmisiones de competiciones y

    acontecimientos deportivos. c) Comisin de Evaluacin del Deporte de Alto Nivel. d) Junta de Garantas Electorales. e) Observatorio de la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia

    en el Deporte. f) Comisin de Control y Seguimiento de la Salud y de Lucha contra el

    Dopaje en el Deporte. Real Decreto 811/2007, de 22 de junio, por el que se constituye la nueva Comisin de Control y Seguimiento de la Salud y la Lucha contra el Dopaje en el Deporte. Se incluye el Real Decreto de la creacin y constitucin de dicha comisin con el nombramiento de los distintos miembros

    g) Comisin de Control y Seguimiento para la Salud y el Dopaje. h) Comisin Mixta. i) Conferencia Interterritorial del Deporte

    rgano formado por el Consejo Superior de Deportes y las Comunidades Autnomas, constituido en Avils el 14 de noviembre de 2008

  • Funciones y competencias del Consejo Superior de Deportes

  • 1.3 - El deporte en el mbito autonmico

    Las funciones y competencias para el fomento y el desarrollo de las polticas deportivas en las comunidades autnomas espaolas estn establecidas en los respectivos Estatutos de Autonoma y dems normas reguladoras de las actividades deportivas en el mbito geogrfico de cada comunidad.

    Las Comunidades Autnomas son hoy en da las que tienen ms capacidad para regular el deporte en cada una de las regiones.

    No obstante, el art. 148-1,p) 19 establece que las Comunidades Autnomas podrn tener competencia exclusiva en "promocin del deporte", curiosamente no existe ninguna referencia directa en el deporte en el Art. 149 de la Constitucin, donde se recogen las competencias que se reserva el Estado Central.

    Entre las competencias destacan:

    - Ordenacin del deporte en su territorio. - Gestin de los servicios deportivos. - Fomento del deporte en todos sus niveles. - Organizacin de competiciones territoriales. - Potestad legislativa sobre la poltica deportiva. - Promocin, construccin y gestin de instalaciones deportivas. - Diseo del plan regional de instalaciones deportivas. - Fijacin de las bases del deporte escolar. - Apoyo a deportistas. - Creacin de centros de tecnificacin. - Funciones de inspeccin y sancin. - Normalmente las competencias recaen en una Consellera, con una o

    varias Direcciones Generales.

    As, en la Comunidad Valencia la competencia recae en la Consellera de Educacin, Cultura y Deporte, que cuenta con una direccin general y una subdireccin que se divide en tres servicios:

    1. Servicio de Promocin del Deporte y la Actividad Fsica. 2. Servicio de Deporte de competicin y Entidades Deportivas. 3. Servicio de Infraestructuras deportivas.

    Prcticamente casi todas las comunidades autnomas tienen aprobada su Ley del Deporte, para establecer el marco jurdico para la ordenacin del deporte en su territorio. Adems cada comunidad autnoma tiene su propio desarrollo reglamentario. En la Com. Valenciana nuestra actual Ley 2/2011, del Deporte y la Actividad Fsica de la Comunitat Valenciana,

    La Generalitat ostenta todas las competencias que en materia de deportes tiene reconocidas la Comunitat Valenciana en virtud del Estatuto de Autonoma y que, bsicamente, son las siguientes:

    - La promocin de actividades deportivas dirigidas a todos los sectores de la sociedad.

  • - El apoyo y tutela al asociacionismo deportivo como ncleo bsico del deporte valenciano.

    - La creacin de una infraestructura deportiva adecuada mediante la construccin de una red bsica de instalaciones y equipamientos que facilite e incremente la prctica del deporte.

    - La mxima representacin oficial del deporte de la Comunitat Valenciana.

    - Con carcter general, la Generalitat ejercer las funciones de coordinacin de las administraciones locales en materia deportiva.

    La Ley 2/2011, del Deporte y la Actividad Fsica de la Comunitat Valenciana, tiene como objeto promocionar, coordinar y regular el deporte y la actividad fsica en el mbito de las competencias de la Generalitat.

    Conviene sealar que la mayora de las comunidades autnomas coinciden en la vertebracin del deporte de manera muy parecida, lo que afortunadamente puede ofrecer una homogeneidad de la estructura deportiva en el pas.

    Adems, existen otros rganos administrativos, como:

    - Comits Autonmicos de Disciplina Deportiva. - Centros de Medicina Deportiva. - Centros de Investigacin Deportiva. - Comisin Arbitral. - Centros de Alto Rendimiento. - Juntas de Garantas Electorales. - Escuela de Deporte. - Comisin Antiviolencia. - Comisin Antidopaje.

    1.4 - El deporte en el mbito local

    La Ley de Bases del Rgimen Local otorga unas competencias mnimas en materia deportiva a los municipios y diputaciones. No obstante, son las entidades ms cercanas a los ciudadanos y, como tal, juegan un papel muy significativo en el desarrollo del deporte.

    Fue a partir de 1980 cuando los ayuntamientos espaoles empezaron a preocuparse por el deporte, construyendo y manteniendo instalaciones, fomentando programas de promocin deportiva, as como la realizacin en su territorio de eventos deportivos o el apoyo econmico a los equipos de su localidad.

    Las competencias las asumen las diputaciones provinciales y los ayuntamientos de los municipios. Las diputaciones asumen la promocin deportiva supramunicipal, tambin ejecutan un plan de instalaciones deportivas y organizan competiciones de mbito provincial.

  • Normalmente las diputaciones poseen un servicio de deportes encargado de las labores de promocin, instalaciones, infraestructuras, etc.

    Los ayuntamientos tienen competencias en materia deportiva, sobre todo en aquellos municipios superiores a 20.000 habitantes, ya que debern en todo caso prestar servicios de instalaciones deportivas de uso pblico.

    Los ayuntamientos han sido los grandes dinamizadores del deporte en nuestro pas, siendo la entidad pblica que ms dinero ha destinado al deporte.

    Sus competencias ms destacadas son:

    - Desarrollo de programas de promocin y fomento deportivo. - Gestin y mantenimiento de instalaciones deportivas. - Organizacin y apoyo a competiciones deportivas, promocin de

    acontecimientos deportivos. - Diseo, programacin y construccin de instalaciones deportivas. - Apoyo a clubes y a deportistas locales. - Reserva de suelo en los planes urbansticos para la construccin de

    instalaciones.

    Lo ms usual es que en un ayuntamiento dispongan de un Servicio, Instituto o Patronato Municipal de Deportes, organismos autnomos con personalidad jurdica propia y plena capacidad de obrar.

    Muchas de las actividades de los ayuntamientos se hacen de forma mixta con clubes, asociaciones y federaciones, o incluso a travs de la cesin de instalaciones o arrendamientos de programas.

    Su composicin vara desde un presidente, a un comit ejecutivo, secretara, departamento de actividades, econmico, de instalaciones, etc. En municipios pequeos, en los que no puede existir un servicio propio, existen servicios comarcales o mancomunados.

    1.5 - Entes deportivos privados

    Qu es un club deportivo?

    Es la clula base del deporte en la mayora de los pases occidentales, la mayor parte de la actividad deportiva organizada en los pases de nuestro entorno se canaliza a travs de los clubes deportivos.

    El sistema jurdico espaol establece que para participar en competiciones deportivas calificadas como oficiales es necesario que el club o la asociacin deportiva tengan un rgimen jurdico determinado.

    Los clubes son asociaciones sin nimo de lucro, es decir, no pueden repartir beneficios entre sus socios (excepto en el deporte profesional)

  • En la Ley del Deporte Estatal, encontramos 3 tipos de clubes:

    Atendiendo a la clasificacin anterior, un club elemental es una entidad muy sencilla en su organizacin y estructura, destinado a la promocin deportiva y a la prctica en actividades de mbito local y de bajo nivel.

    Un club deportivo bsico es un club con personalidad jurdica propia, con sus estatutos y reglamentos de rgimen interno, patrimonio, etc. Participa en competiciones de distintos niveles y est destinado a perdurar en el tiempo.

    La sociedad annima deportiva est pensada para el deporte profesional, tiene nimo de lucro y se rige, salvo algunos matices, por el derecho mercantil. Existen en ftbol y en baloncesto.

    Tambin podemos clasificar los clubes en:

    - Monodeportivos, si slo tienen una modalidad. - Polideportivos, con varias secciones deportivas de diferentes

    modalidades, afiliadas a distintas federaciones.

    La naturaleza jurdica de las asociaciones y clubes deportivos es, en la mayora de los supuestos, privada.

    En la normativa Valenciana encontramos:

    Son clubes deportivos las asociaciones privadas sin nimo de lucro, con personalidad jurdica y capacidad de obrar propia, integradas por personas fsicas, que tiene como fin exclusivo el fomento, la prctica o la participacin en una o varias modalidades deportivas en el mbito federado.

    Los clubes deportivos se inscriben en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunitat Valenciana.

    El Registro de Entidades Deportivas tiene por objeto la inscripcin o anotacin de las entidades deportivas reguladas en la Ley del Deporte de la Comunitat Valenciana, como clubes deportivos, federaciones deportivas, grups d'esplai esportius, secciones deportivas de otras entidades, agrupaciones de actividades de recreacin deportiva y sociedades annimas deportivas.

    Requisitos para la constitucin de un club deportivo

    En la Comunidad Valenciana los requisitos son:

    Instancia de solicitud de inscripcin del club deportivo en el registro.

    Acta de constitucin en documento privado, por un mnimo de 3 personas fsicas, mayores de edad, donde conste la voluntad de las mismas de constituir un club deportivo, sin nimo de lucro, con personalidad jurdica y capacidad de obrar, que tenga como fin exclusivo la promocin o prctica de una o varias modalidades y la participacin en actividades o competiciones

  • deportivas en el mbito federado, al amparo de la Ley 2/2011, de 22 de marzo, de la Generalitat, del Deporte y la Actividad Fsica de la Comunitat Valenciana. La composicin de los miembros de la junta directiva (presidente/a, vicepresidente/a, secretario/a, y en su caso, tesorero/a y vocal) deber constar en el acta de constitucin.

    Estatutos firmados en todas sus hojas por los miembros fundadores con el contenido mnimo estipulado en la Ley 2/2011, de 22 de marzo, de la Generalitat, del Deporte y la Actividad Fsica de la Comunitat Valenciana. No es necesario incorporar los estatutos al acta de constitucin.

    Certificado de adscripcin del club a la federacin o federaciones de los diferentes deportes que aparezcan reflejados en los estatutos, emitido por la federacin autonmica correspondiente.

    Fotocopia del DNI del presidente/a y secretario/a compulsada por funcionario/a pblico/a o notario/a o Anexo I.

    En Espaa existen ms de 60.000 clubes afiliados a las federaciones espaolas, sus estructuras en la mayora de los casos son dbiles, con dependencia de subvenciones econmicas .

    A pesar de que el nmero de clubes ha aumentado a lo largo de los aos, todava, y sobre todo en algunas regiones, existe un dbil asociacionismo deportivo.

    En los ltimos aos hemos visto surgir las empresas de servicios deportivos, entidades de carcter mercantil que estn desempeando un papel importante en el desarrollo del deporte, sobre todo para las nuevas actividades y programas y en los procesos de racionalizacin deportiva.

  • Tema 2 - LA ORGANIZACIN Y EL MARCO JURDICO DEL DEPORTE EN LA COMUNIDAD VALENCIANA.

    2.1 - Rgimen jurdico del deporte en la Comunidad Valenciana.

    El sistema de descentralizacin espaol se basa en una capacidad legislativa, reglamentaria y de ejecucin de las comunidades autnomas sobre aquellas materias sobre las que tengan competencia.

    La Comunidad Autnoma de Andaluca tiene competencias en materia de deportes y por ello tiene capacidad para hacer una ley especfica, todos sus reglamentos de desarrollo y la capacidad de ejecucin de una poltica deportiva propia y diferenciada de las dems.

    El deporte en la Comunidad Valenciana era nombrado en el Estatuto de Autonoma, concretamente en el Art. 49. 28, que atribuye a la Comunidad Autnoma Valenciana, la competencia exclusiva sobre el deporte y el ocio. En el apartado 25 del mismo artculo atribuye competencias exclusivas sobre las fundaciones y asociaciones de carcter docente, y benfico asistencial, de voluntariado social y semejantes, cuyo mbito principal de actuacin sea la Comunidad Valenciana.

    Por tanto, el Estatuto de Autonoma concede a la Comunidad Valenciana competencia exclusiva en materia deportiva.

    En este contexto, en la Comunidad Valenciana el deporte se concibe como un elemento determinante de la calidad de vida integrada por diferentes elementos, entre los que destacan especialmente las personas que lo practican o deportistas, los tcnicos, los equipamientos deportivos y gestores que contribuyen directa o indirectamente a la prctica deportiva por parte de los ciudadanos.

    El marco jurdico que lo regula es la Ley 2/2011, 22 de marzo, de la Generalitat, del Deporte y la Actividad Fsica de la Comunitat Valenciana.

    Objetivo general: promocionar el deporte y la actividad fsica, garantizando el derecho de todos los ciudadanos a su conocimiento y prctica, adaptndola a sus necesidades y expectativas en adecuadas condiciones de salud, seguridad e higiene.

    Se regula el Consell Assessor de l'Esport, cuya finalidad, entre otras, ser velar porque los esfuerzos y actuaciones de los distintos estamentos vayan encaminados a la consecucin de los objetivos fijados. Por lo tanto, en el Consell Valenci de l'Esport confluirn todas aquellas competencias relacionadas con el deporte y la actividad fsica que, hasta el momento, vienen asumiendo otras administraciones u rganos de la administracin, y que afectan a sectores como el turismo, la salud e higiene, la ecologa y el medio natural, el uso de las instalaciones deportivas de centros

  • docentes, debiendo establecerse mecanismos de coordinacin y colaboracin precisos entre los organismos interesados, dada la transversalidad de esta ley.

    Cabe hacer especial mencin al Tribunal del Deporte y a la Junta de Mediacin y Arbitraje Deportivo, siendo este ltimo rgano otra de las novedades de la ley creado con la pretensin de dar solucin a conflictos deportivos que no afecten estrictamente a la disciplina deportiva, bien a travs de la mediacin, bien a travs del arbitraje.

    2.2 - Estructura y organizacin del deporte en la Com. Valenciana.

    El Ttulo II de la Ley aborda la regulacin de la administracin deportiva y la organizacin bsica del deporte, jerarquizando y coordinando los mbitos competenciales de las distintas administraciones en materia deportiva dentro del territorio de la Comunidad Valenciana.

    El rgano de direccin y planificacin de la administracin deportiva de la Generalitat ser la consellera que tenga asignadas las competencias en materia de deporte.

    Las competencias del Consell en materia de deporte y actividad fsica son:

    a) Ostentar la mxima representacin oficial del deporte de la Comunitat Valenciana.

    b) Aprobar los planes generales del deporte. c) Establecer los mecanismos y criterios de coordinacin entre las distintas

    administraciones pblicas de la Comunitat Valenciana. d) Conceder las mximas distinciones deportivas de la Comunitat

    Valenciana. e) Establecer y regular el uso de emblemas, smbolos y distintivos oficiales

    de la Comunitat Valenciana en actividades y manifestaciones deportivas. f) Ejercer la potestad sancionadora en materia deportiva. g) Dictar las disposiciones reglamentarias de desarrollo de esta ley.

    El rgano de ejecucin de la poltica deportiva de la Generalitat, es el Consell Valenci de l'Esport y como entidad de derecho pblico, acta bajo la superior planificacin, direccin y tutela de la consellera con competencias en materia de deporte.

    El Consell Valenci de l'Esport ejerce, en materia deportiva, todas las competencias que, correspondiendo a la Comunidad Autnoma, no se atribuyen expresamente en la presente ley a otras administraciones, entidades u rganos.

    Como novedad de la presente Ley del Deporte Valencian (ley 2/2011) es la creacin de El Consell Assessor de l'Esport es el rgano de participacin social, consultivo y de asesoramiento del Consell Valenci de l'Esport. Sus objetivos son facilitar la participacin global de la sociedad en la configuracin y desarrollo de la poltica deportiva de la Generalitat y asesorar a la administracin deportiva de la Comunitat Valenciana.

  • 2.3 - Las entidades deportivas valencianas

    La Ley 2/2011 de 22 de marzo, de la Generalitat, del Deporte y la Actividad Fsica de la Comunitat Valenciana, en su ttulo V regula las entidades deportivas en nuestro territorio, que a los efectos de la presente ley son:

    - Los clubes deportivos. - Las federaciones deportivas. - Los grupos de recreacin deportiva. - Las agrupaciones de recreacin deportiva. - Las secciones deportivas de otras entidades. - Las secciones de recreacin deportiva de otras entidades. - Las sociedades annimas deportivas. - Las asociaciones de federaciones deportivas de la Comunitat

    Valenciana.

    Es de destacar que el reconocimiento y registro de los clubes de ha simplificado notablemente, de acuerdo con el rgimen asociativo establecido en la legislacin estatal y autonmica, as como la mejora de la accesibilidad en los requisitos para la constitucin de asociaciones deportivas.

    Las asociaciones deportivas de primer grado, los clubes, se integran en asociaciones de segundo grado o federaciones deportivas, definidas como:

    Asociaciones privadas sin nimo de lucro, con personalidad jurdica y capacidad de obrar, constituidas por deportistas, tcnicos-entrenadores, jueces-rbitros y otros estamentos estatutariamente establecidos, as como por clubes, secciones deportivas de otras entidades y sociedades annimas deportivas, cuyo fin prioritario es la promocin, tutela, organizacin y control de sus respectivas modalidades y especialidades deportivas dentro del mbito territorial de la Comunitat Valenciana.

    Dichas entidades ejercen por delegacin funciones pblicas de carcter administrativo, siendo en este caso agentes colaboradores de la Administracin gozan del carcter de utilidad pblica.

    Dichas funciones pblicas de carcter administrativo, actuando en este caso como agentes colaboradores de la administracin autonmica, se realizarn bajo la tutela y coordinacin del Consell Valenci de lEsport.

    Slo podr existir una federacin por cada modalidad deportiva reconocida, a excepcin de las federaciones de deportes adaptados y de discapacitados intelectuales de la Comunitat Valenciana. El mbito de competencias de las federaciones se extender a todo el territorio de la Comunitat Valenciana.

  • 2.4 Inscripcin en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad Valenciana.

    El Registro de Entidades Deportivas de la Comunitat Valenciana est adscrito al Consell Valenci de lEsport y tiene por objeto la inscripcin de las entidades deportivas reguladas en la ley de Deporte de la Comunidad Valenciana.

    El registro es pblico y la inscripcin en el registro no convalidar los actos que sean nulos ni los datos incorrectos.

    La inscripcin comprender en todo caso:

    a) El acta de constitucin. b) Los estatutos. c) La relacin de integrantes de los rganos de gobierno.

    Las entidades deportivas debern inscribirse en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunitat Valenciana para ser reconocidas como tales a los efectos de la presente ley. La inscripcin ser un requisito indispensable para optar a las ayudas y beneficios que la Generalitat u otras administraciones pblicas puedan conceder.