la columna del norte - trabajo de instruccion - blog el masón

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  • 09/11/13 El Masn

    elmason.blogspot.com/2007/09/la-columna-del-norte-sv.html 1/6

    2 7 S E P T I EM B R E , 2 0 0 7

    La Columna del Norte S..V..

    Junto con el V.. M.. los dos VV.. representan las T..L.. de la Log.. masnica,

    las columnas que la sostienen, los encargados de dirigir y ordenar los trabajos.

    Las columnas v inculan al V.. M.. con la Sabidura o pensamiento que dirige, al

    P.. V.. con La Fuerza o energa moral que la ejecuta y al S.. V.. con la Belleza o

    armona de las fuerzas mentales, la concordia entre el pensamiento y la accin. La

    colocacin de los VV.. est en relacin con el simbolismo csmico del T... El P..

    V.. y S.. V.. forman los dos ngulos de la base del tringulo que dirige el taller.

    En el R.. F.. M.., el P.. V.. se sienta a la derecha al entrar, al lado de la columna

    "B" y el S.. V.. est a la izquierda, al lado de la columna "J". Las T.. L.. portan el

    Mallete de "mando" con el que se marcan el tiempo de los trabajos.

    El S.. V.. se coloca a occidente frente a oriente a la cabeza de la columna del norte desde donde v igila a los

    AApr.. Entendemos v igilar como velar por ellos, atenderlos cuidadosamente estando despierto o en vela a sus

    requerimientos y trabajo. Segn proclama el ritual tiene aos de edad, la misma que el Apr.. La edad masnica

    nos recuerda el tiempo que en la antigedad se tena en observacin a los candidatos antes de admitirlos en los

    trabajos y marca simblicamente el nivel de conocimiento de cada hermano. La edad Masnica se div ide en dos:

    edad en la Orden y edad Simblica. La edad en la Orden se cuenta desde la fecha de la Iniciacin de Apr.. y la

    edad simblica vara en cada Rito y en cada Grado.

    El S.. V.. es el que indica al V.. M.. la hora de la apertura de los trabajos y el que inv ita a los HH.. de su columna

    a unirse a las T..L.. para abrir los trabajos en grado de Apr.. Su primer deber es el asegurarse de que la Log ..

    est debidamente cubierta cuando en la apertura se comprueba ritualmente la "seguridad" o "proteccin" de la

    misma de las influencias procedentes del mundo exterior o profano. Su segundo deber es asegurarse que todos

    los HH.. presentes son miembros del taller o v isitantes reconocidos. En el R.. F.. M.. los VV.. recorren las

    columnas armados con sus malletes para verificar si todos los presentes son masones hacindolos colocar al O...

    Es guardin y conservador del Orden y del Silencio de su columna. Repite y transmite las rdenes del V.. M.. y

    mediante golpe de mallete tiene la facultad de pedir directamente la palabra al mismo. Regula el uso de la palabra

    de los HH.. a su cargo y si alguno lo hace sin su consentimiento impondr silencio con un golpe de mazo

    advirtiendo que ha de pedirse permiso y slo el V.. M.. tiene derecho a concederlo. Indica la hora de cese de los

    trabajos y pide a la columna del septentrin unirse a las T.. L.. para cerrar los trabajos y extender las verdades

    que se hay an adquirido, hacer respetar a la Orden con la prctica de la v irtud y a trabajar permanentemente

    hasta conseguir una humanidad mejor y ms lcida.

    La J.. del Segundo Vigilante es la Pl.., que es smbolo de rectitud, y tambin de templanza, deber, invariabilidad,

    justicia, honradez, coherencia, honestidad e integridad, cualidades todas del masn ideal. A la Pl.. se la relaciona

    con el deber. Su funcin consiste en ev itar desv iaciones marcando la rectitud indispensable, la verticalidad, y es

    la que utiliza el v igilante para aplomar la calidad del trabajo del Apr.. proponiendo aumentos de salario.

    La Cmara de Instruccin del grado constituy e el principal mbito de aprendizaje masnico para el Apr.. en ella

    se encontrar en dilogo directo con el S.. V.. que asume una gran responsabilidad al orientar los primero pasos

    del nefito. La misin principal de la docencia de la S.. V.. consiste en disponer a los HH.. para su v ida masnica

    y la fraternidad en la Orden, en preparar hombres y mujeres instruidos que conozcan adecuadamente los

    fundamentos de la Masonera y en educarlos en el respeto a sus principios, que se han consagrado siglo a siglo en

    la noble tarea de formar a indiv iduos cultos, solidarios, fraternales, tolerantes, amantes de la verdad, libres de

    prejuicios y dogmas.

    Un buen Vig.., pretendiendo estos objetivos, ser el encargado de dar provechosa instruccin a los HH.. AApr..

    La

    Francmasonera,

    institucin

    esencialmente

    filantrpica, filosfica y

    progresista, tiene por objeto la

    bsqueda de la verdad, el

    estudio de la tica y la practica

    de la solidaridad; y trabaja por

    el mejoramiento material y

    moral de la humanidad. Tiene

    como principio la tolerancia

    mutua, el respecto a los dems y

    de uno mismo, y la absoluta

    libertad de conciencia.

    Considerando que las

    condiciones metafsicas y

    religiosas son del dominio

    exclusivo de la apreciacin de

    cada indiv iduo rechaza

    cualquier afirmacin

    dogmtica. Tiene por div isa:

    Libertad, Igualdad, Fraternidad.

    P O S T S A N T E R I O R E S

    Gustavo Vidal responde con

    un libro a las tonter...

    Logias masnicas reivindican

    que la RAE no las def...

    Gobierno amenaza soberana

    masnica

    Polticos acusan a

    anticlericalismo masnico

    de in...

    CLIPSAS CENTRO DE

    COMUNICACIN Y DE

    INFORMACIN ...

    Llamado de Straburgo

    VIGENCIA DE LA MASONERIA

    El scoutismo y la Masonera

    Ataques derechistas contra

    los masones

    Condenada a desaparecer la

    masonera en Mxico

    E L M A S NE S P A C I O D E I N F O R M A C I N Y O P I N I N D E D I C A D O A M A S O N E S Y P R O F A N O S

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  • 09/11/13 El Masn

    elmason.blogspot.com/2007/09/la-columna-del-norte-sv.html 2/6

    valindose de la experiencia, enseando claramente lo que sabe del grado advirtindolos del proceder y la

    manera de conducirse en el T...

    Durante el Sg.. Vj.., en la In.., fue el que le pidi al recipiendario esforzarse en conocer y entender, ahora,

    deber encargarse de brindar al iniciado el derecho al conocimiento masnico, a los principios e ideas que

    preconiza la Orden, preparndolo para el trabajo de compaero solicitndole a cambio un odo atento, una

    lengua silenciosa y un corazn honrado.

    La docencia inicitica no dar crdito a la ciencia infusa y procurar ensear concretando la ortodoxia

    masnica, sus fundamentos, animando a los HH.. dndoles posibilidades de crecimiento, desarrollando

    habilidades, hbitos, actitudes y valores que les permitan conocer, especular, comprender, revaluar, cuestionar,

    crear y transformar. Si pide, le ser dado, si busca, encontrar, y si llama, ser atendido.

    El S.. V.. tambin se esforzar en ser fuerte eslabn de la cultura masnica para que las nuevas generaciones a su

    vez la conserven conforme a sus mejores tradiciones.

    Parece ser que fue Frank Zappa el que dijo aquello de que la informacin no es conocimiento, conocimiento no es

    sabidura y sabidura no es verdad; el H.. entonces debe comprender que todo el programa docente se limitar a

    mostrar, a encauzar a impregnar; debe saber que ser l y su propio trabajo el que le convierta en M.. M..,

    maestro de s mismo, la ms alta maestra que lo acercar hasta el utpico Templo Perfecto fin de la aspiracin

    de un ser de inteligencia esclarecida, de sentimientos nobles, de fuerte voluntad y sin deriva en los buenos

    propsitos. La Log .. perfecta ser esa que se limite a ser remanso contemplativo y que ay ude al Apr.. a entender

    y planificar su trabajo otorgndole al tiempo las herramientas y la seguridad de un T.. cubierto, los derechos de

    pertenencia a una Magna Orden y los reconocimientos a su progreso.

    Acabo recitando los versos finales del celebrrimo Viaje a Itaca, de Konstandinos Kavafis, a mi entender, fiel

    reflejo del camino por el que todos los masones andamos y al que la S.. V.. procurar iluminar al paso de los

    HH..:

    Lleva a Itaca siempre en tu pensamiento,

    llegar a ella es tu destino.

    No apresures el v iaje,

    mejor que dure muchos aos

    y v iejo seas cuando a ella llegues,

    rico con lo que has ganado en el camino

    sin esperar que Itaca te recompense.

    A Itaca debes el marav illoso v iaje.

    Sin ella no habras emprendido el camino

    y ahora nada tiene para ofrecerte.

    Si pobre la encuentras, Itaca no te enga.

    Hoy que eres sabio, y en experiencias rico,

    comprendes qu significan las Itacas.

    VMM

    REM ITIDO POR OLDFOX 17:00

    L IN KS T O T HI S P O S T:

    7 C O M ME NT S :

    jose said...

    ME INTERESA SABER E INGRESAR A LA LOGIA MASONICA Y O VIVO EN GUADALAJARA JALISCO, NO SE SI

    EXISTA ALGUNA CERCA DE MI COMUNIDAD.

    ATTE. JOSE LOREDO VACA.

    email:[email protected]

    29 SEPTIEM BRE, 2007 01:24

    Panambi said...

    me gustara saber algun sitio en internet de donde pueda sacar una lista de los prceres de la historia argentina

    que fueron masones.

  • 09/11/13 El Masn

    elmason.blogspot.com/2007/09/la-columna-del-norte-sv.html 3/6

    Espero su respuesta y le agradezco de antemano.

    30 SEPTIEM BRE, 2007 15:46

    ANDRES PEREZ said...

    Querido H.. desde el valle de Santiago te doy mis mas fraternales saludos como primera cosa. Lo segundo muy

    interesante y bonito lo expuesto en este blogs y el tema de "La Columna del Norte S..V.."

    Hace poco fui I.. en la F..

    .. de echo esta semana cumplo un mes, y realmente lo aca expuestop es cierto. Me emociono el poema expuesto.

    un T..A..F..

    15 NOV IEM BRE, 2007 19:45

    Annimo said...

    IMPUGNAN POR INDIGNO A GRAN MAESTRO DE MASONES DEL PER ELECTO

    R:.H:.

    Pastor Jeri Cazorla

    Presidente del Jurado Electoral Autnomo

    En el Vall:.

    R:.H:.

    Me dirijo a vos para saludaros y al mismo tiempo solicitaros, dentro del termino de ley , se sirva tener por

    interpuesto RECURSO DE APELACIN, contra el FALLO No. 124-27 5-2008-JEA. mediante el cual ese Jurado

    proclama como Gran Maestro al R:.H.. MANUEL REY NALDO JOAQUIN MANRIQUE UGARTE, y al R:.H:.

    HILDEBRANDO ELI MACHUCA ARAUJO, como Vice Gran Maestro de la GLP:., a fin de que conforme a nuestro

    ordenamiento legal, la Gran Asamblea declare la nulidad parcial del proceso electoral con relacin a los

    mencionados candidatos, por causal de indignidad, bajo el sustento de que sobre el primero de los nombrados,

    recay una sentencia expedida por el fuero profano, por el delito doloso de falsedad material (falsificacin de

    documentos) y delito contra la funcin jurisdiccional (induccin de error a magistrado), conductas tpicas y

    culpables, las cuales rev isten suma gravedad por lesionar los principios de moralidad y buenas costumbres

    tutelados por nuestro Ordenamiento Masnico y que constituy en signos emblemticos de nuestra Augusta

    Orden, conforme a lo prev isto en los artculos No. 15, en concordancia con el inciso L del Art. No 10 y el Captulo

    III que regula la aplicacin de sanciones para los delitos graves, del Cdigo de Justicia y Procedimiento

    Masnico, en v igencia.

    Que por otro extremo, con relacin al R:.H:. Hildebrando Eli Machuca Araujo, tambin tiene coparticipacin en

    estos eventos, por cuanto actu como abogado defensor del R:.H:. Manuel Rey naldo Joaqun Manrique Ugarte, y

    prueba de lo expuesto, constituy e el hecho de que en el acto de la sentencia impuesta por el Juez contra su

    patrocinado, el mismo magistrado solicit al sentenciado, que consultara con su abogado si se encontraba

    conforme con el fallo, habiendo contestado que se encontraba conforme, por lo que siendo esto as, su obligacin

    era el de haber puesto en conocimiento de lo ocurrido a la Gran Comisin de Justicia, probablemente no lo hizo

    por el secreto profesional, pero dada estas circunstancias, no debi haber aceptado la propuesta de ser candidato

    a la Vice Gran Maestra y al haberlo hecho tambin incurri en delito grave, contemplado en el incido q) Artculo

    10 del mencionado Cdigo de Justicia y Procedimiento Masnico.

    El presente recurso impugnatorio se sustenta en las siguientes consideraciones:

    Primero: Que la causal de indignidad, que constituy e el sustento de la impugnacin atribuda a los dos RR:.HH:.

    antes citados, rev iste extrema gravedad por el tiempo y rango masnico que ostentan, debiendo recordar que

    cuando nos iniciamos, juramos respetar y cumplir lo establecido en el Ordenamiento Jurdico de nuestra Orden,

  • 09/11/13 El Masn

    elmason.blogspot.com/2007/09/la-columna-del-norte-sv.html 4/6

    sometindonos a ella, conforme es de verse en los lineamientos generales regulados en el Ttulo I del Cdigo de

    Justicia y Procedimiento Masnico, cuy o apartado b) contempla que la finalidad de este Cdigo, es lograr

    impedir que los HH:. mediante un comportamiento indebido perturben los principios de la Francmasonera, as

    como los preceptos morales de la Gran Logia del Per y por otro lado, conforme aparece en el tenor de la

    Declaracin de Principios de nuestra Constitucin, esta expresamente contempla que la Francmasonera, es una

    Asociacin esencialmente fraternal y una escuela de superacin espiritual y sus miembros rechazan toda forma

    de explotacin del hombre, teniendo como OBJETO PRINCIPAL EL PERFECCIONAMIENTO MORAL E

    INTELECTUAL DE SUS ADEPTOS, POR SER UNA ESCUELA PRIMORDIALMENTE DE HONOR Y VIRTUD EN CUY O

    CULTO LOS EDUCA y que el francmasn adems, profesa la ms decidida adhesin a los principios de nuestra

    Orden, por lo que siendo esto as y al amparo a lo dispuesto por el Art. 5 de nuestra Constitucin, el cual

    determina que ningn adepto puede alegar para s o a favor de tercero, ignorancia a nuestros principios

    masnicos, se desprende que los HH:. Manrique y Machuca, no debieron haber postulado a tan importantes

    cargos y al haberlo hecho, sin poner en conocimiento a la membresa, as como a nuestras autoridades sobre

    estos acontecimientos, su aceptacin como candidatos, eleccin y proclamacin v ician el acto electoral,

    afectndolo de nulidad absoluta.

    Segundo. Que el perjuicio causado a los principios morales de nuestra Orden, as como el presupuesto objetivo

    (hechos) y el subjetivo (conocimiento y dolo) se materializa en la existencia del Proceso Penal, seguido por el Sr.

    MXIMO GUILLN GUTIERREZ, contra el R:.H:. MANUEL REY NALDO JOAQUIN MANRIQUE UGARTE y

    MANUEL REY NALDO MANRIQUE CAMPOS, por delito contra la fe pblica, bajo la modalidad de falsificacin de

    boletas de pago en agrav io del citado trabajador, quien laboraba en la empresa constructora propiedad del H:.

    Manrique, con el fin de eludir el pago de sus beneficios sociales, hecho que fue debidamente acreditado mediante

    pericia grafotcnica ordenada por el Juzgado, la cual determin que la falsificacin de las firmas que aparecan en

    las boletas, procedan del puo grfico del procesado R:.H:. MANUEL REY NALDO JOAQUIN MANRIQUE

    UGARTE, dando lugar a un concurso ideal de delitos, esto es, el nuevo delito conexo de induccin en error a

    funcionario pblico en agrav io del Estado, habiendo el Vigsimo Juzgado Penal de Lima, abierto instruccin al

    R:.H:. Manrique y otros, por los delitos precitados y prev ios los trmites legales, culmin el proceso con un fallo

    condenatorio, mediante el cual, se le impuso pena privativa de libertad por el trmino de un ao de prisin

    suspendida al citado R::H:. MANUEL REY NALDO JOAQUIN MANRIQUE UGARTE, mediante modalidad de

    reserva de fallo, as como tambin al pago de una reparacin civ il, como pena accesoria en beneficio del

    agrav iado, su ex trabajador y adems la imposicin de determinadas reglas de conducta, haciendo presente que

    esta sentencia quedo firme y ejecutoriada, debido a que el mismo sentenciado al ser preguntado por el juez de la

    causa, si estaba conforme, manifest que lo estaba; por otro lado la Fiscala no interpuso recurso impugnatorio

    alguno, as como tampoco el Procurador Pblico por el delito de induccin en error a magistrado, en agravo del

    Estado.

    TERCER0. Que analizados los hechos bajo los presupuestos jurdicos precedentes, se desprende que el R:.H:.

    HILDEBRANDO ELI MACHUCA ARAUJO, incurri tambin en causal de indignidad, al haber incumplido lo

    establecido en el inciso q) del art. 10 del Codigo de Justicia y Procedimiento Masnico, el cual expresamente

    determina que constituy e delito masnico grave el conocer de la realizacin de un hecho punible, sin ponerlo en

    conocimiento de la autoridad masnica correspondiente, situacin que se agrava si se tiene en cuenta que el

    mismo artculo, estipula que la pena ser agravada si el obligado a denunciar es una dignidad u oficial de la Orden,

    mxime si el R:.H:. Machuca, se ha desempeado como miembro de varias Grandes Comisiones y del FOPREMAS.

    CUARTO. Por las consideraciones y dems citas que aparecen en el texto de la sentencia y estando que el masn

    es el guardin de la moralidad y nuestra Orden la reserva moral de la Patria, y que la masonera dentro de sus

    fines tiene como objeto primordial el perfeccionamiento moral e intelectual de sus adeptos, concluy o que los

    HH:. mencionados, han afectado estos principios, incurriendo en la causal de indignidad, as como en delitos

    graves contemplados en nuestro Cdigo de Justicia y Procedimiento Masnico, por haber participado

    indebidamente en el ltimo proceso electoral, sin poner de manifiesto lo ocurrido, dando lugar a que el JEA

    inducido en error los acepte como candidatos y luego los proclame, mediante el Fallo que hoy es materia de

    impugnacin.

    QUINTO. En adicin a lo expuesto, no es aceptable que nuestro Gran Maestro tenga una sentencia judicial, por

  • 09/11/13 El Masn

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    delito doloso, lo que fcilmente sera aprovechado por personas ajenas a nuestra Institucin, para continuar

    desprestigindola y desestabilizndola, situacin que estamos obligados a impedirlo.

    Medios Probatorios:

    1 . Sentencia expedida por el 20 Juzgado en lo Penal de Lima, de fecha 25.06.2004, recaida en el Expediente 286-

    2002, Secretario Dr. Donato Domasino.

    2. Copia del Acta de la misma fecha, donde consta la conformidad del sentenciado, quien firma el fallo,

    conjuntamente con su letrado, Hildebrando Machuca Araujo, con Reg. del CAL 7 115.

    3. Copia de la Resolucin de fecha 20.04.2005., por la cual el mismo Juzgado, autoriza al sentenciado, R:.H:.

    Manuel Manrique Ugarte, para que asista a la iv Reunin de la Comisin Panamericana de Inocuidad de

    Alimentos, a Nivel Ministerial, realizada en la ciudad de Mxico.

    4. Copia de la Resolucin de fecha 09.05.2005, mediante la cual el Juzgado Penal, autoriza al mismo sentenciado

    para que asista a la 25 Reunin Ordinaria del Comit Ejecutivo a realizarse en la ciudad de Sao Paulo. Brasil.

    Otro si digo, cabe resaltar que tambin estoy remitiendo copia del presente Recurso Impugnatorio y sus anexos,

    al Gran Maestro de Masones del Per y al Presidente de la Gran Comisin de Justicia, para que en uso de las

    facultades que les competen, procedan de acuerdo a sus atribuciones.

    VAH:.

    Umberto Toso Galvez

    M:.M:.

    11 M ARZO, 2008 16:25

    Alumno said...

    Muy bien, ahora...cuando har vos un ensay o sobre la discrecin? Pronto? Acaso lo entender? Hay que

    aprender muchas cosas antes de que se haga llamar maestro. El dia que aprenda el valor de la discrecion y

    secreto, podr ser mereceder de lo mas sencillo.

    27 ABRIL, 2010 03:49

    Alumno said...

    Muy bien, ahora...cuando har vos un ensay o sobre la discrecin? Pronto? Acaso lo entender? Hay que

    aprender muchas cosas antes de que se haga llamar maestro. El dia que aprenda el valor de la discrecion y

    secreto, podr ser mereceder de lo mas sencillo.

    27 ABRIL, 2010 03:49

    Annimo said...

    Para desrratizar la Gran Logia del Per debemos irradiar a Manuel Manrique Ugarte, creo que es hora que los Past

    Grandes Maestros se pongas las pilas y junto al nuevo Gran Maestro Vctor Ravines Alfaro,la Gran Asamblea y

    toda la comunidad masnica se debe expulsar al peor elemento que existe en la institucin:Manuel Manrique

    Ugarte.Manos a la obra!

    21 JUNIO, 2010 04:31

    PUBLICAR UN COM ENTARIO EN LA EN TRADA

  • 09/11/13 El Masn

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