informaciÓn exÓgena tributaria aÑo gravable

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Subdirección de Gestión de Asistencia al Cliente INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE 2011

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Page 1: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Subdirección de Gestión de Asistencia al Cliente

INFORMACIÓN

EXÓGENA

TRIBUTARIA

AÑO GRAVABLE

2011

Page 2: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

REPORTAR INFORMACIÓN EXÓGENA

INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA 2011

Page 3: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

•RESOLUCIONES 11423 a 11431 del 31 de octubre de 2011

Diario oficial 48.239 – octubre 31 de 2011

RESOLUCIÓN 13484 del 29 de diciembre de 2011

(Por medio de la cual se modifican unos plazos para presentar

la información exógena)

INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA 2011

Page 4: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA 2011

11423

Información de las entidades vigiladas por la

Superintendencia Financiera, las

cooperativas de ahorro y crédito, los

organismos cooperativos de grado superior,

las instituciones auxiliares del

cooperativismo, las cooperativas multiactivas

e integrales y los fondos de empleados que

realicen actividades financieras

623, 623-1 y

623-2

- Art. 623-1

Junio 15 del 2012

- Arts. 623 y 623-2

Grandes Contribuyentes

(Marzo 27 a Abril 16 de

2012)

Personas Jurídicas

(Abril 25 a Mayo 31 de

2012)

Resolu

ción

31-10-

2011

Descripción Artículos del

E.T. Plazos

11424 Información de las Cámaras de Comercio 624 Junio 15 de 2012

11425 Información de las bolsas de valores y

comisionistas de Bolsa 625 y 628

Art. 625

Junio 15 del 2012

Art. 628

Grandes Contribuyentes

(Marzo 27 a Abril 16 de

2012)

Personas Jurídicas

(Abril 25 a Mayo 31 de

2012)

11426 Información de la Registraduría Nacional del

Estado Civil 627 Marzo 2 de 2012

Page 5: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA 2011

Resolu

ción

31-10-

2011

Descripción Artículos del

E.T. Plazos

11427 Información de los Notarios 629 y 631-3 Abril 25 a Mayo 31 de 2012

11428 Información de las persona o entidades que

elaboran facturas o documentos equivalentes 629-1 Abril 25 a Mayo 31 de 2012

11429 Para estudios y cruces de información

631 literales a),

b), c), d), e), f),

g), h), i) y k)

Grandes Contribuyentes

Marzo 27 a Abril 16 de

2012

Personas Jurídicas y

asimiladas y Personas

Naturales

( Abril 25 a Mayo 31 de

2012)

11430

Información referente a estados financieros

consolidados por parte de los grupos

empresariales

631-1 Julio 4 de 2012

11431

Información mensual de la entidades públicas

o privadas que celebren convenios de

cooperación y asistencia técnica

A mas tardar el último día

hábil del mes siguiente al

periodo objeto de reporte

Page 6: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11423

31 octubre de 2011

Subdirección de Gestión de Asistencia al Cliente

Page 7: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11423 del 31 octubre de 2011

¿QUIENES?

ENTIDADES VIGILADAS POR LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA,

LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO,

LOS ORGANISMOS COOPERATIVOS DE GRADO SUPERIOR,

LAS INSTITUCIONES AUXILIARES DEL COOPERATIVISMO,

LAS COOPERATIVAS MULTIACTIVAS E INTEGRALES Y

LOS FONDOS DE EMPLEADOS QUE REALICEN ACTIVIDADES FINANCIERAS

Resolución 11423 del 31 octubre de 2011

Page 8: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Información tributaria establecida en los artículos 623, 623-1 y 623-2 (Sic) del Estatuto Tributario.

Resolución 11423 del 31 octubre de 2011

¿QUÉ INFORMAN?

Resolución 11423 del 31 octubre de 2011

Información de cuentas corrientes y/o ahorros e inversiones. 1. Apellidos y nombres o razón social, identificación, dirección, número de la

(s) cuenta (s) y tipo de cuenta, de cada una de las personas o entidades a cuyo nombre se hayan efectuado en cuentas corrientes y/o de ahorro, movimientos contables de naturaleza crédito, cuyo valor anual acumulado sea superior a $25.000.000, aunque al discriminar por cuenta, los valores a reportar sean menores..

2. Saldo a 31 de diciembre de una o varias cuentas corrientes y/o de ahorro de

un mismo cuenta habiente sea igual o superior a $5.000.000, con indicación del valor del movimiento efectuado durante el año por cada una de las cuentas y de su saldo a 31 de diciembre.

3. Número e identificación de titulares secundarios y/o firmas autorizadas,

independientemente que a 31 de diciembre dichas cuentas se encuentren canceladas, así como el código de exención al Gravamen a los Movimientos Financieros, en cuentas corrientes y/o de ahorros.

Page 9: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11423 del 31 octubre de 2011

Resolución 11423 del 31 octubre de 2011

¿QUÉ INFORMAN?

Información tributaria establecida en los artículos 623, 623-1 y 623-2 (Sic) del Estatuto Tributario.

Información de inversiones Apellidos y nombres o razón social, identificación y dirección de cada una de las personas o entidades a quienes, durante el año, se les haya emitido o renovado a su favor uno o más Certificados a Término Fijo y/o cualquier otro(s) depósito(s), cuando el valor acumulado sea superior a ($5.000.000).

Número del documento o certificado y el número de titulares secundarios, independientemente que a 31 de diciembre dichos títulos se hubieren cancelado. NOTA La renovación de certificados de depósito a término durante el año gravable no constituye un nuevo depósito o una nueva inversión que deba sumarse al valor del certificado original. En la renovación, solo deben reportarse los rendimientos o adiciones que se capitalicen.

Page 10: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

¿QUÉ INFORMAN?

Información tributaria establecida en los artículos 623, 623-1 y 623-2 (Sic) del Estatuto Tributario.

Información de inversiones en carteras colectivas, fondos mutuos de inversión y demás fondos administrados por sociedades vigiladas por la Superintendencia Financiera.

Deberán informar bajo su propio NIT los siguientes datos de sus inversionistas y/o participes

Apellidos y nombres o razón social, identificación y dirección de cada uno de los inversionistas y/o partícipes y/o ahorradores que durante el año 2008, se les haya suscrito a su favor uno o más contratos y/o ahorros, cuando el valor sea superior a ($5.000.000), aunque al discriminar por título los valores a reportar sean menores; Valor del saldo inicial, el valor de las inversiones y/o ahorros efectuados en el año, los rendimientos y/o utilidades causados, el saldo a 31 de diciembre, Número del título, documento o contrato, número de titulares secundarios, y el tipo de fondo, independientemente que a 31 de diciembre dichos títulos y/o contratos se hubieren cancelado.

Resolución 11423 del 31 octubre de 2011

Resolución 11423 del 31 octubre de 2011

Page 11: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

¿QUÉ INFORMAN?

Información tributaria establecida en los artículos 623, 623-1 y 623-2 (Sic) del Estatuto Tributario.

Información de fondos de pensiones, respecto a ahorros voluntarios. Deberán informar Apellidos y nombres o razón social, identificación y dirección de cada uno de los ahorradores. Valor del saldo inicial, los ahorros efectuados en el año, el valor de los retiros efectuados en el año, gravados y no gravados, los rendimientos y/o utilidades causadas y el saldo a 31 de diciembre, independientemente que a 31 de diciembre dichos ahorros se hubieren retirado totalmente.

NOTA

En los casos en los cuales no se hubieren efectuado retiros se debe diligenciar este valor con cero.

Resolución 11423 del 31 octubre de 2011

Resolución 11423 del 31 octubre de 2011

Page 12: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

¿QUÉ INFORMAN?

Información tributaria establecida en los artículos 623, 623-1 y 623-2 (Sic) del Estatuto Tributario.

Información de consumos con tarjetas crédito.

De los tarjetahabientes, Apellidos y nombres o razón social, identificación, número de tarjeta, clase de tarjeta y dirección de cada una de las personas o entidades que durante el respectivo año hayan efectuado adquisiciones, consumos, avances o gastos con tarjetas crédito, cuando el valor anual acumulado sea superior ($ 20.000.000), aunque al discriminar por tarjeta los valores a reportar sean menores.

Para informar la clase de tarjeta, se debe utilizar la siguiente codificación:

1. Tarjeta de crédito principal 2. Tarjeta de crédito amparada

3. Tarjeta de crédito empresarial

Resolución 11423 del 31 octubre de 2011

Resolución 11423 del 31 octubre de 2011

Page 13: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

¿QUÉ INFORMAN?

Información tributaria establecida en los artículos 623, 623-1 y 623-2 (Sic) del Estatuto Tributario.

Información de ventas a través del sistema de tarjetas de crédito. Deberán informar los datos de las personas o entidades que hayan efectuado ventas o prestación de servicios con tarjeta de crédito y, en general, hayan recibido ingresos a través del sistema de tarjetas de crédito:

Apellidos y nombres o razón social, identificación y dirección, cuando la cuantía sea superior a ($10.000.000) con indicación del valor total del movimiento acumulado de las ventas y/o prestación de servicios efectuados y el valor del impuesto sobre las ventas

Resolución 11423 del 31 octubre de 2011

Resolución 11423 del 31 octubre de 2011

Page 14: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

¿QUÉ INFORMAN?

Información tributaria de los artículos 623, 623-1 y 623-2 (Sic) del Estatuto Tributario.

Información de préstamos otorgados por los bancos, demás entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera y por los fondos de empleados.

Deberán informar apellidos y nombres o razón social, identificación y dirección de cada una de las personas o entidades a las cuales se les hayan efectuado préstamos cuyo valor anual acumulado sea superior a ($20.000.000), con indicación de la clase de préstamo y del monto acumulado por préstamo, no obstante al discriminar por préstamo, los valores parciales a reportar sean menores.

Codificación, según la clase de préstamo:

1. Préstamos comerciales 2. Préstamos de consumo 3. Préstamos hipotecarios

4. Otros préstamos

NOTA En los créditos de consumo, no se informarán los créditos otorgados a través del sistema de tarjeta de crédito.

Resolución 11423 del 31 octubre de 2011

Resolución 11423 del 31 octubre de 2011

Page 15: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11423 del 31 octubre de 2011

Resolución 11423 del 31 octubre de 2011

¿QUÉ INFORMAN?

Información tributaria establecida en los artículos 623, 623-1 y 623-2 (Sic) del Estatuto Tributario.

Información a suministrar por diferencias presentadas en los estados financieros y la declaración de renta y complementarios.

Respecto de las operaciones de crédito, deberán enviar información de aquellos casos en los cuales los estados financieros presentados con ocasión de la respectiva operación arrojen:

- Una utilidad, antes de impuestos, que exceda en más de un (40%) la renta

líquida que figure en la declaración de renta y complementarios que corresponda al mismo período del estado financiero.

- El patrimonio contable exceda en más de un (40%) el patrimonio líquido.

Indicando los apellidos y nombre o razón social e identificación de cada una de las personas o entidades a las cuales se les hayan efectuado préstamos, valor de la utilidad y/o pérdida antes de impuestos, el patrimonio contable que figure en los estados financieros y el valor de la renta liquida y/o pérdida liquida y el patrimonio liquido que figure en la declaración de renta y complementarios.

Page 16: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN

En forma virtual utilizando los servicios informáticos electrónicos de la DIAN,

haciendo uso de la firma digital respaldada con certificado digital.

Resolución 11423 del 31 octubre de 2011

Resolución 11423 del 31 octubre de 2011

Page 17: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11424

31 octubre de 2011

Cámaras de Comercio

(Art. 624 del Estatuto Tributario

Subdirección de Gestión de Asistencia al Cliente

Page 18: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11424 del 31 octubre de 2011

Resolución 11424 del 31 octubre de 2011

¿QUIÉN?

CÁMARAS DE COMERCIO

(Artículo 624 del Estatuto Tributario)

¿QUÉ INFORMAN?

- Información de las sociedades creadas

a) Datos de las sociedades creadas

1. NIT de la sociedad

2. Dígito de verificación

3. Razón social de la sociedad

4. Dirección que corresponda al domicilio social o asiento principal de la sociedad

5. Código departamento

6. Código municipio

7. Valor del capital social suscrito o aportado por los socios

8. Fecha de creación (AAAAMMDD)

Page 19: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11424 del 31 octubre de 2011

Resolución 11424 del 31 octubre de 2011

¿QUIÉN?

CÁMARAS DE COMERCIO

(Artículo624 del Estatuto Tributario)

¿QUÉ INFORMAN?

- Información de las sociedades creadas

b) Datos de los socios o accionistas de las sociedades creadas

1. Identificación del socio2. Dígito de verificación3. Apellidos, nombres o razón social de los socios o accionistas4. Valor del capital aportado. En el caso de las sociedades por acciones, el valor del capital suscrito.5. NIT de la sociedad de la cual es socio o accionista.

Cuando se trate de un socio o accionista del exterior se deberá relacionar indicando los apellidos y nombres o razón social y el número, código o clave de identificación fiscal tributaria, tal como figura en el registro fiscal del país de residencia o domicilio, en relación con el impuesto a la renta o su similar, sin guiones, puntos o comas y con tipo de documento 42.

Cuando en dicho país no se utilice número, código o clave fiscal, se debe informar con identificación 444444001 en forma ascendente, variando consecutivamente en una unidad hasta el 444449000 y con tipo de documento 43.

Page 20: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11424 del 31 octubre de 2011

Resolución 11424 del 31 octubre de 2011

¿QUIÉN?

CÁMARAS DE COMERCIO

(Artículo 624 del Estatuto Tributario)

¿QUÉ INFORMAN?

- Información de las sociedades liquidadas

Indicando lo siguiente:

1. NIT de la sociedad. 2. Dígito de verificación. 3. Razón Social de la sociedad. 4. Fecha de liquidación (AAAAMMDD).

Page 21: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN

En forma virtual utilizando los servicios informáticos electrónicos de la DIAN, haciendo uso de la firma digital respaldada con certificado digital.

C Á MARAS DE COMERCIO

Resolución 11424 del 31 octubre de 2011

Resolución 11424 del 31 octubre de 2011

Page 22: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11425

31 octubre de 2011

Bolsas de valores y Comisionistas

de bolsa

Art. 625 y 628 del Estatuto

Tributario

Subdirección de Gestión de Asistencia al Cliente

Page 23: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11425 del 31 octubre de 2011

Resolución 11425 del 31 octubre de 2011

¿QUIÉN?

BOLSAS DE VALORES Y POR LOS COMISIONISTAS DE BOLSA (Artículos 625 y 628 del Estatuto Tributario)

¿QUÉ INFORMAN?

. Información a suministrar por las bolsas de valores.

Deberán informar de cada uno de los comisionistas de bolsa, el valor acumulado de las adquisiciones y enajenaciones efectuadas durante el respectivo año gravable, 1. Nit del comisionista de bolsa. 2. Dígito de verificación. 3. Razón social. 4. Dirección. 5. Código departamento. 6. Código municipio. 7. Valor anual acumulado de las adquisiciones. 8. Valor anual acumulado de las enajenaciones. 9. Valor de las comisiones pagadas a los comisionistas. 10. Valor de la retención en la fuente practicada al comisionista.

Page 24: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11425 del 31 octubre de 2011

Resolución 11425 del 31 octubre de 2011

BOLSAS DE VALORES Y POR LOS COMISIONISTAS DE BOLSA (Artículos 625 y 628 del Estatuto Tributario)

¿QUÉ INFORMAN?

. Información a suministrar por los comisionistas de bolsa Deberán suministrar la información de cada una de las personas ó entidades que efectuaron a través de ellos, enajenaciones ó adquisiciones de acciones y demás papeles transados en bolsa cuyo valor acumulado sea superior a ($10.000.000), con indicación del valor total acumulado de dichas operaciones:

1. Número de identificación del tercero a nombre de quien se efectuaron las operaciones

2. Dígito de verificación

3. Apellidos y nombre o razón social del tercero a nombre de quien se efectuaron las operaciones

4. Dirección

5. País

6. Código departamento

7. Código municipio

8. Valor de las adquisiciones

9. Valor de las enajenaciones.

Page 25: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

BOLSAS DE VALORES Y POR LOS COMISIONISTAS DE BOLSA (Artículos 625 y 628 del Estatuto Tributario)

FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN

En forma virtual utilizando los servicios informáticos electrónicos de la DIAN, haciendo uso de la firma digital respaldada con certificado digital.

Resolución 11425 del 31 octubre de 2011

Resolución 11425 del 31 octubre de 2011

Page 26: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11426

31 octubre de 2011

REGISTRADURÍA NACIONAL DEL

ESTADO CIVIL

(Artículo 627 del Estatuto

Tributario)

Subdirección de Gestión de Asistencia al Cliente

Page 27: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11426 del 31 octubre de 2011

Resolución 11426 del 31 octubre de 2011

¿QUIÉN?

REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL (Artículo 627 del Estatuto Tributario)

¿QUÉ INFORMA?

- Información a suministrar por la Registraduría Nacional del Estado Civil

Deberá suministrar información de las cédulas de ciudadanía correspondientes a personas fallecidas durante el año 2009 - Contenido de la información a suministrar

1. Número de identificación de cada una de las personas fallecidas. 2. Apellidos y nombre de la persona fallecida. 3. Fecha de acta de defunción, en formato, año, mes, día (AAAAMMDD). 4. Código del departamento de expedición de la identificación de la persona fallecida. 5. Código del municipio de expedición de la identificación de la persona fallecida.

La información deberá presentarse en forma consolidada a nivel nacional.

2011

Page 28: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11426 del 31 octubre de 2011

Resolución 11426 del 31 octubre de 2011

¿ CU Á NDO INFORMA ?

- Plazo para presentar la informaci ó n .

L a informaci ó n deber á ser presentada a m á s tardar el 2 º de marzo del a ñ o 20 12 .

FORMA DE PRESENTACI Ó N DE LA INFORMACI Ó N

En forma virtual utilizan do los servicios inform á ticos electr ó nicos de la DIAN,

haciendo uso de la firma digital respaldada con certificado digi tal.

REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL

(Artículo 627 del Estatuto Tributario)

Page 29: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Subdirección de Gestión de Asistencia al Cliente

Resolución 11427

31 octubre de 2011

Los Notarios

(Artículo 629 del Estatuto

Tributario)

Page 30: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

¿QUIÉNES?

LOS NOTARIOS (Artículo 629 del Estatuto Tributario)

¿QUÉ INFORMAN?

- Información a suministrar por los Notarios.

Las operaciones realizadas durante el ejercicio de sus funciones, suministrando los datos de cada una de las personas o entidades que efectuaron enajenación de bienes o derechos independientemente del valor de la transacción.

Resolución 11427 del 31 octubre de 2011

Resolución 11427 del 31 octubre de 2011

Page 31: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11427 del 31 octubre de 2011

Resolución 11427 del 31 octubre de 2011

LOS NOTARIOS(Artículo 629 del Estatuto Tributario)

¿QUÉ INFORMAN

Contenido de la información. 1. Código de los actos y negocios sujetos a registro. 2. Identificación de cada uno de los enajenantes. 3. Dígito de verificación. 4. Apellidos y nombre o razón social de cada uno de los enajenantes. 5. Número de la escritura. 6. Valor de la enajenación. 7. Fecha de la Transacción. (AAAAMMDD). 8. Año de adquisición del bien o derecho enajenado. (AAAA). 9. Valor de la retención en la fuente practicada. 10. Identificación de cada uno de los adquirentes. 11. Dígito de verificación. 12. Apellidos y nombre o razón social de cada uno de los adquirentes. 13. Número de adquirentes. 14. Número de enajenantes. 15. Notaría número. 16. Código municipio de ubicación de la Notaría. 17. Código departamento de ubicación de la Notaría.

Page 32: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11427 del 31 octubre de 2011

Resolución 11427 del 31 octubre de 2011

LOS NOTARIOS(Artículo 629 del Estatuto Tributario)

¿QUÉ INFORMAN

FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN

En forma virtual utilizando los servicios informáticos electrónicos de la DIAN, haciendo uso de la firma digital respaldada con certificado digital.

Los códigos de los actos y negocios sujetos a registro que sean reportados de acuerdo a la obligación de la presente resolución, deben corresponder a los establecidos por la normatividad vigente emitida por la Superintendencia de Notariado y Registro.

Page 33: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11428

31 octubre de 2011

Personas o Entidades que

elaboren facturas o documentos equivalentes

(Art. 629-1 del Estatuto Tributario)

Subdirección de Gestión de Asistencia al Cliente

Page 34: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11428 del 31 octubre de 2011

Resolución 11428 del 31 octubre de 2011

¿QUIÉNES?

PERSONAS O ENTIDADES QUE ELABOREN FACTURAS O DOCUMENTOS EQUIVALENTES

(Artículo 629-1 del Estatuto Tributario)

¿QUÉ INFORMAN?

- Información a suministrar. Deberán informar de cada uno de sus clientes, los trabajos realizados.

- Contenido de la información.

1. Apellidos y nombres o razón social del cliente. 2. Identificación del cliente. 3. Dígito de verificación. 4. Número de Resolución de Autorización de las facturas elaboradas. 5. Prefijo de las facturas. 6. Intervalo de numeración de las facturas y/o documento equivalente (factura inicial y factura final). 7. Fecha de elaboración. (AAAAMMDD)

Cuando se informe la elaboración de facturas a personas del régimen común, se debe indicar el número de resolución de autorización correspondiente. En el caso de personas inscritas en el régimen simplificado esta casilla se debe diligenciar con cero.

Page 35: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11428 del 31 octubre de 2011

Resolución 11428 del 31 octubre de 2011

PERSONAS O ENTIDADES QUE ELABOREN FACTURAS O DOCUMENTOS EQUIVALENTES

(Artículo 629 1 del Estatuto Tributario)

Forma de presentación de la información. La información a que se refiere la presente Resolución debe ser presentada en forma virtual utilizando los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, haciendo uso de la firma digital, respaldada con certificado digital emitido por la DIAN.

Page 36: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429

31 octubre de 2011

Grupo de personas naturales,

personas jurídicas, sociedades, que deben suministrar la

información de los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i) y k) del

artículo 631 del Estatuto Tributario y el Decreto 1738 de 1998

Subdirección de Gestión de Asistencia al Cliente

Page 37: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

INGRESOS BRUTOS SUPERIORES A $ 500.000.000

Sujetos obligados a presentar información por el año gravable 2011

Las personas naturales y asimiladas, personas jurídicas, sociedades y asimiladas y demás entidades públicas y privadas obligadas a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios o de ingresos y patrimonio, cuando sus ingresos brutos del año gravable 2010, sean superiores a $ 500.000.000.

Información a suministrar por parte de los obligados. La información de que tratan los literales b), c), d), e), f), g), h), i) y k) del artículo 631 del Estatuto Tributario. Las personas jurídicas, sociedades y asimiladas con ánimo de lucro y las cooperativas, obligadas a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, adicionalmente, deben suministrar la información de que trata el literal a) del artículo 631 del Estatuto Tributario.

Page 38: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

PERSONAS JURÍDICAS BENEFICIARIAS LEY 1429 DE 2010

Sujetos obligados a presentar información por el año gravable 2011

Las personas jurídicas o sociedades de hecho, que sean beneficiarias de la progresividad en el pago en el impuesto sobre la renta a que se refiere el artículo 4 y el Parágrafo 4 del artículo 50 de la Ley 1429 de 2010 y/o de los descuentos tributarios a que se refieren los artículos 9, 10, 11 y 13 Ibídem, independiente del monto de ingresos percibidos en el respectivo periodo gravable.

Información a suministrar por parte de los obligados. La información de que tratan los literales b), c), d), e), f), g), h), i) y k) del artículo 631 del Estatuto Tributario.

Page 39: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

GRANDES CONTRIBUYENTES

Sujetos obligados a presentar información por el año gravable 2011

Las personas naturales, personas jurídicas, sociedades y asimiladas, calificadas como Grandes Contribuyentes a la fecha de publicación de la presente Resolución, obligadas a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios o de ingresos y patrimonio, sean entidades públicas o privadas, independientemente del monto de los ingresos obtenidos.

Información a suministrar por parte de los obligados. La información de que tratan los literales b), c), d), e), f), g), h), i) y k) del artículo 631 del Estatuto Tributario. Las personas jurídicas, sociedades y asimiladas con ánimo de lucro y las cooperativas, obligadas a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, adicionalmente, deben suministrar la información de que trata el literal a) del artículo 631 del Estatuto Tributario.

Page 40: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

ARTÍCULO 631 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO

LITERAL DESCRIPCIÓN CUANTÍA A INFORMAR

a) Personas o entidades que sean socias, accionistas,

cooperadas, comuneras o asociadas de la respectiva entidad > $5,000,000

b) Personas o entidades a quienes se les practicó retención en la

fuente Sin cuantía mínima

c) Personas o entidades que les hubieren practicado retención en

la fuente Sin cuantía mínima

d) Beneficiarios de los pagos que dan derecho a descuentos Sin cuantía mínima

e)

Beneficiarios de pagos o abonos que constituyan costo,

deducción o den derecho a impuesto descontable, incluida la

compra de activos fijos o movibles

Valor acumulado = o >

$500.000 Pagos por

salarios, comisiones y

servicios = o >

$10.000.000

f) Personas o entidades de quienes se recibieron ingresos e

impuesto generado

Valor acumulado = o >

$1.000.000

Page 41: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

ARTÍCULO 631 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO

LITERAL DESCRIPCIÓN CUANTÍA A INFORMAR

g)

Personas o entidades de quienes se recibieron ingresos para

terceros y de los terceros a cuyo nombre se recibieron los

ingresos.

Sin cuantía mínima

h) Acreedores por pasivos de cualquier índole Valor acumulado = o >

$5.000.000

i) Deudores por concepto de créditos activos Valor acumulado = o >

$5.000.000

k) Discriminación total o parcial de las partidas consignadas en

los formularios de las declaraciones tributarias Sin cuantía mínima

DECRETO NÚMERO 1738 del 21 de agosto de 1998

Los Secretarios Generales de los órganos que financien gastos con recursos del Tesoro Nacional, o

quien haga sus veces

Page 42: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

ANEXO FORMATO VERSION NOMBRE

1 1001 8 Pagos o Abonos en Cuenta y Retenciones practicadas CAMBIO VERSIÓN

3 1002 7 Retenciones en la fuente practicadas ELIMINADO

2 1003 7 Retenciones en la Fuente que le practicarón

3 1004 6 Descuentos Tributarios

4 1005 7 Impuesto a las Ventas por Pagar (Descontable) CAMBIO VERSIÓN

5 1006 7 Impuestos a las Ventas por Pagar (Generado) CAMBIO VERSIÓN

6 1007 8 Ingresos Recibidos CAMBIO VERSIÓN

7 1008 7 Saldos de Cuentas por cobrar al 31 de Diciembre

8 1009 7 Saldos de Cuentas por pagar al 31 de Diciembre

9 1010 8 Información de Socios, Accionistas, Comuneros y/o Cooperados CAMBIO VERSIÓN

10 1011 6 Información de las Declaraciones Tributarias

11 1012 7

Información de las Declaraciones Tributarias, Acciones y Aportes e Inversiones

en bonos, certificados, titulos y demás inversiones tributarias

34 1647 1 Información de Ingresos Recibidos para Terceros NUEVO

FORMATOS RESOLUCION 11429 DE 31-10-2011

Page 43: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

PAGOS Y RETENCIONES PRACTICADAS POR OPERACIONES PROPIAS ( Formatos 1001 y 1002) Nueva version para 1001

Denominació

n casillaConcepto

Tipo de

document

o

Número identificación DVPrimer apellido del

informado

Segundo apellido

del informado

Primer nombre del

informado

NUMERO CASILLA 24 25 26 27 28 29 30

Cambio descripcion Cambio descripcioncasilla nueva casilla nueva

Otros nombres

del informado

Razón social

informado

Direcci

ón

Códi

go

dpto

Códi

go

mcp

País de

residenci

a o

domicilio

Pago o abono en

cuenta deducible

Pago o

abono en

cuenta

NO

deducible

IVA MAYOR VALOR

DEL COSTO O DEL

GASTO DEDUCIBLE

IVA MAYOR VALOR

DEL COSTO O DEL

GASTO NO

DEDUCIBLE

31 32 33 34 35 36 37 38

casilla nueva casilla nueva casilla nueva casilla nueva casilla nueva

Retención en la

fuente practicada

RENTA

Retención en la

fuente asumida

RENTA

Retención en la

fuente

practicada Iva

Regimen comun

Retención en la

fuente asumida

Regimen

Simplificado

Retención en la

fuente practicada

Iva no domiciliados

39 40 41 42 43

Page 44: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Page 45: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Page 46: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

IVA DESCONTABLE ( Formato 1005)

Tipo de

document

o

Número

identificació

n

DVPrimer apellido

del informado

Segundo

apellido del

informado

Primer

nombre del

informado

Otros

nombres del

informado

Razón social

informadoIVA descontable

Valor del impuesto

descontable y el IVA

resultante por

devoluciones en

ventas anuladas,

rescindidas o

resueltas

IVA GENERADO ( Formato 1006)CASILLA NUEVA

Tipo de

documento

Número

identificación DV

Primer

apellido del

informado

Segundo

apellido del

informado

Primer

nombre del

informado

Otros

nombres del

informado

Razón social

informado

Impuesto

generado

IVA recuperado en

devoluciones en

compras anuladas,

rescindidas o

resueltas

Page 47: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

INFORMACION DE INGRESOS RECIBIDOS (Formato 1007)

ConceptoTipo de

documento

Número

identifica

ción

DV

Primer

apellido

del

informado

Segundo

apellido del

informado

Primer

nombre

del

informado

Otros

nombres

del

informado

Razón social

informado

O

t

r

o

s

n

o

m

b

País de

residencia o

domicilio

Ingresos

brutos

recibidos

Ingresos

por

Consorcio o

Uniones

temporales

Ingresos por

contratos de

mandato o

administracion

delegada

Ingresos por

exploracion

y

explotacion

de minerales

Ingresos

por

fiducia

Ingresos

recibidos por

terceros

Devoluciones,

rebajas y

descuentos

Page 48: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Page 49: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Page 50: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

SOCIOS , ACCIONISTAs, COOPERADOS FORMATO 1010

Tipo de

documento

NÚMERO DE

IDENTIFICACIÓ

N DEL SOCIO O

ACCIONISTA

DV

PRIMER

APELLIDO DEL

SOCIO O

ACCIONISTA

Segundo

apellido del

informado

PRIMER

NOMBRE DEL

SOCIO O

ACCIONISTA

Otros

nombres

del

informado

Razón

social

informado

Dirección

Código

dpto

Código

mcp

País de

residencia o

domicilio

Valor

patrimonial

acciones o

aportes 31

Dic

% de

participaci

ón

Page 51: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Page 52: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Page 53: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

FORMATO 1647 INFORMACION DE INGRESOS RECIBIDOS PARA TERCEROS (Formato nuevo)

D

e

n

o

m

i

Concept

o

Tipo de

documen

to

Número

identifica

ción

DV

Primer

apellido del

informado

Segundo

apellido del

informado

Primer

nombre del

informado

Otros

nombres del

informado

Razón

social

informad

o

País de

residencia

o

domicilio

Ingresos

recibidos

para

terceros

Tipo de

documento

del tercero

beneficiario

ingreso

Identificación

del tercero

beneficiario

ingreso

Primer apellido del

tercero beneficiario

ingreso

Segundo

apellido

del tercero

beneficiari

o ingreso

Primer

nombre del

tercero

beneficiari

o ingreso

Otros

nombres

del tercero

beneficiari

o ingreso

Razón

social del

tercero

beneficiari

o ingreso

DirecciónCódigo

dpto

Código

mcp

Page 54: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

AGENTES DE RETENCIÓN

Sujetos obligados a presentar información por el año gravable 2011

Todas las entidades de derecho público, los fondos de inversión, los fondos de valores, los fondos mutuos de inversión, carteras colectivas, los fondos de pensiones de jubilación e invalidez, los consorcios, las comunidades organizadas, que hayan practicado retenciones en la fuente durante el año gravable 2011. Las demás personas naturales y jurídicas, sucesiones ilíquidas y sociedades de hecho cuando hayan efectuado retenciones en la fuente por un valor total acumulado igual o superior a $ 3.000.000 durante el año gravable 2011.

Información a suministrar por parte de los obligados La información de que trata el literal b) y e) del artículo 631 del Estatuto Tributario,

Page 55: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Consorcios y uniones temporales

Sujetos obligados a presentar información por el año gravable 2011

Los consorcios y uniones temporales que durante el año gravable 2011 hubieren efectuado transacciones económicas, independientemente del monto de los ingresos obtenidos, sin perjuicio de la información que deban suministrar los consorciados de las operaciones inherentes a su actividad económica ejecutadas directamente por ellos.

Información a suministrar por parte de los obligados La información de que tratan los literales b), e), f), h) e i) del artículo 631 del Estatuto Tributario. Lo anterior sin perjuicio de la información que deban suministrar los consorciados o asociados, si cumplen los topes establecidos en el artículo 1 de la presente Resolución, de las operaciones inherentes a su actividad económica.

Page 56: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Consorcios y uniones temporales

ARTÍCULO 631 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO

LITERAL DESCRIPCIÓN CUANTÍA A INFORMAR

b) Personas o entidades a quienes se les practicó retención en la

fuente Sin cuantía mínima

e)

Beneficiarios de pagos o abonos que constituyan costo,

deducción o den derecho a impuesto descontable, incluida la

compra de activos fijos o movibles

Valor acumulado = o >

$500.000 Pagos por

salarios, comisiones y

servicios = o >

$10.000.000

f) Personas o entidades de quienes se recibieron ingresos e

impuesto generado

Valor acumulado = o >

$1.000.000

h) Acreedores por pasivos de cualquier índole Valor acumulado = o >

$5.000.000

i) Deudores por concepto de créditos activos Valor acumulado = o >

$5.000.000

Page 57: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Consorcios y uniones temporales

18 1043 8Pagos o Abonos en Cuenta y Retenciones practicadas a

través de Consorcios y Uniones Temporales

CAMBIO

VERSIÓN

14 1044 7Información de retenciones en la fuente practicadas a través

de consorcios y uniones temporalesELIMINADO

19 1045 8Ingresos Recibidos por Consorcios y Uniones Temporales CAMBIO

VERSIÓN

20 1585 1Impuesto a las Ventas por Pagar (descontable) en Consorcios

y Uniones TemporalesNUEVO

21 1586 1Impuesto a las Ventas por Pagar (generado) en Consorcios y

Uniones TemporalesNUEVO

22 1587 1Saldos de Cuentas por Cobrar al 31 de diciembre en

Consorcio o Uniones TemporalesNUEVO

23 1588 1Saldos de Cuentas por Pagar al 31 de diciembre en

Consorcio o Uniones TemporalesNUEVO

ANEXO FORMATO VERSION NOMBRE

Page 58: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Sujetos obligados a presentar información por el año gravable 2011

Las personas o entidades que actuaron como mandatarios o contratistas, durante el año gravable 2011, independientemente del monto de los ingresos percibidos, en relación con las actividades ejecutadas en desarrollo de cada uno de los contratos de mandato o de administración delegada.

Información a suministrar por parte de los obligados La información de que tratan los literales b), e), f), h) e i) del artículo 631 del Estatuto Tributario, relacionada con las operaciones inherentes a las actividades ejecutadas en desarrollo de cada uno de los contratos de mandato o de administración delegada. Lo anterior sin perjuicio de la información que deba suministrar el mandatario o administrador si cumple los topes establecidos en el artículo 1 de la presente Resolución, de las operaciones inherentes a su actividad económica.

Contratos de Mandato o de Administración

Page 59: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Contratos de Mandato o de Administración

ARTÍCULO 631 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO

LITERAL DESCRIPCIÓN CUANTÍA A INFORMAR

b) Personas o entidades a quienes se les practicó retención en la

fuente Sin cuantía mínima

e)

Beneficiarios de pagos o abonos que constituyan costo,

deducción o den derecho a impuesto descontable, incluida la

compra de activos fijos o movibles

Valor acumulado = o >

$500.000 Pagos por

salarios, comisiones y

servicios = o >

$10.000.000

f) Personas o entidades de quienes se recibieron ingresos e

impuesto generado

Valor acumulado = o >

$1.000.000

h) Acreedores por pasivos de cualquier índole Valor acumulado = o >

$5.000.000

i) Deudores por concepto de créditos activos Valor acumulado = o >

$5.000.000

Page 60: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Contratos de Mandato o de Administración

14 1016 9Pagos o Abonos en Cuenta y Retenciones practicadas en

Contratos de Mandato o de Administración Delegada

CAMBIO

VERSIÓN

15 1017 8Ingresos Recibidos por Contratos de Mandato o de

Administración Delegada

16 1018 8

Información de saldos de cuentas por cobrar al 31 de

diciembre en Contratos de Mandato o Administración

Delegada

17 1027 8

Información de saldos de Cuentas por Pagar al 31 de

diciembre en Contratos de Mandato o Administración

Delegada

24 1053 8Información de la retención en la fuente practicada en

contratos de mandato o de administración delegadaELIMINADO

30 1054 8Impuesto a las Ventas por Pagar (descontable) en Contratos

de Mandato o de Administración Delegada

CAMBIO

VERSIÓN

31 1055 8Impuesto a las Ventas por Pagar (generado) en Contratos de

Mandato o de Administración Delegada

CAMBIO

VERSIÓN

ANEXO FORMATO VERSION NOMBRE

Page 61: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Sujetos obligados a presentar información por el año gravable 2011

EN LOS CONTRATOS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN

de hidrocarburos, gases y minerales

Las personas o entidades que actuaron en condición de “operador” o quien haga sus veces, las personas o entidades que actuaron en condición de “solo riesgo” y las personas o entidades poseedoras de títulos mineros.

Información a suministrar por parte de los obligados Las personas o entidades que actuaron en condición de “operador” o quien haga sus veces, el valor total de las operaciones inherentes a la cuenta conjunta.

Las personas o entidades que actuaron en condición de “solo riesgo” y las personas o entidades poseedoras de títulos mineros, el valor total de las operaciones, suministrando la información de que tratan los literales b), e), f), h) e i) del artículo 631 del Estatuto Tributario.

Page 62: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

EN LOS CONTRATOS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN

de hidrocarburos, gases y minerales

ARTÍCULO 631 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO

LITERAL DESCRIPCIÓN CUANTÍA A INFORMAR

b) Personas o entidades a quienes se les practicó retención en la

fuente Sin cuantía mínima

e)

Beneficiarios de pagos o abonos que constituyan costo,

deducción o den derecho a impuesto descontable, incluida la

compra de activos fijos o movibles

Valor acumulado = o >

$500.000 Pagos por

salarios, comisiones y

servicios = o >

$10.000.000

f) Personas o entidades de quienes se recibieron ingresos e

impuesto generado

Valor acumulado = o >

$1.000.000

h) Acreedores por pasivos de cualquier índole Valor acumulado = o >

$5.000.000

i) Deudores por concepto de créditos activos Valor acumulado = o >

$5.000.000

Page 63: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

EN LOS CONTRATOS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN

de hidrocarburos, gases y minerales

24 1046 8

Pagos o Abonos en Cuenta y Retenciones Practicadas en

Contratos de Asociación para Explotación y Exploración

Minera

CAMBIO

VERSIÓN

17 1047 7

Información de retenciones en la fuente practicadas a través

de los contratos de asociación para exploración y

explotación minera

ELIMINADO

25 1048 8Información de Ingresos Recibidos de los Contratos de

Asociación para Explotación y Exploración Minera

CAMBIO

VERSIÓN

26 1049 7

Impuesto a las Ventas por Pagar (descontable) en Contratos

de Asociación para Exploración y Explotación Minera

CAMBIO

VERSIÓN

27 1050 7Impuesto a las Ventas por Pagar (Generado) en Contratos de

Asociación para Exploración y Explotación Minera

CAMBIO

VERSIÓN

28 1051 8

Saldos de Cuentas por Cobrar al 31 de diciembre en

Contratos de Asociación para Exploración y Explotación

Minera

CAMBIO

VERSIÓN

29 1052 8

Saldos de Cuentas por Pagar al 31 de diciembre en Contratos

de Asociación para Exploración y Explotación Minera

CAMBIO

VERSIÓN

ANEXO FORMATO VERSION NOMBRE

Page 64: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Sujetos obligados a presentar información por el año gravable 2011

SOCIEDADES FIDUCIARIAS

Las sociedades fiduciarias que durante el año gravable 2011 administraron patrimonios autónomos y/o encargos fiduciarios, independientemente del monto de sus ingresos.

Información a suministrar por parte de los obligados Bajo su propio NIT y Razón Social el valor patrimonial de los derechos fiduciarios, las utilidades causadas, el valor de los ingresos recibidos con cargo a cada uno de los fideicomisos, los pagos o abonos en cuenta realizados con recursos del fideicomiso y las retenciones practicadas. Lo anterior sin perjuicio de la información que deba suministrar la fiduciaria si cumple los topes establecidos en el artículo 1 de la presente Resolución, en relación con operaciones propias.

Page 65: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

SOCIEDADES FIDUCIARIAS

ANEXO FORMATO VERSION NOMBRE

12 1013 7 Información de los Fideicomisos que administran

13 1014 8

Pagos o Abonos en Cuenta y Retenciones

practicadas con Recursos del Fideicomiso

CAMBIO

VERSIÓN

33 1015 7 Retención en la fuente practicada a título de renta e

IVA a través de fiducias ELIMINADO

33 1058 8

Ingresos recibidos con cargo al Fideicomiso o

Patrimonio Autónomo

Page 66: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

ENTES PÚBLICOS NACIONALES Y TERRITORIALES

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Sujetos obligados a presentar información por el año gravable 2011

Los entes públicos del nivel nacional y territorial de los órdenes central y descentralizado contemplados en el artículo 22 del Estatuto Tributario, no obligados a presentar declaración de ingresos y patrimonio, independientemente del monto de sus ingresos.

Información a suministrar por parte de los obligados La información de que tratan los literales b) y e) del artículo 631 del Estatuto Tributario.

Page 67: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

ENTES PÚBLICOS NACIONALES Y TERRITORIALES

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

PAGOS Y RETENCIONES PRACTICADAS POR OPERACIONES PROPIAS ( Formatos 1001 y 1002) Nueva version para 1001

Denominació

n casillaConcepto

Tipo de

document

o

Número identificación DVPrimer apellido del

informado

Segundo apellido

del informado

Primer nombre del

informado

NUMERO CASILLA 24 25 26 27 28 29 30

Cambio descripcion Cambio descripcioncasilla nueva casilla nueva

Otros nombres

del informado

Razón social

informado

Direcci

ón

Códi

go

dpto

Códi

go

mcp

País de

residenci

a o

domicilio

Pago o abono en

cuenta deducible

Pago o

abono en

cuenta

NO

deducible

IVA MAYOR VALOR

DEL COSTO O DEL

GASTO DEDUCIBLE

IVA MAYOR VALOR

DEL COSTO O DEL

GASTO NO

DEDUCIBLE

31 32 33 34 35 36 37 38

casilla nueva casilla nueva casilla nueva casilla nueva casilla nueva

Retención en la

fuente practicada

RENTA

Retención en la

fuente asumida

RENTA

Retención en la

fuente

practicada Iva

Regimen comun

Retención en la

fuente asumida

Regimen

Simplificado

Retención en la

fuente practicada

Iva no domiciliados

39 40 41 42 43

Page 68: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Sujetos obligados a presentar información por el año gravable 2011

SECRETARIOS GENERALES

Los Secretarios Generales o quienes hagan sus veces de los órganos que financien gastos con recursos del Tesoro Nacional, no enunciados en los literales a), c) o g) del artículo 1º, independiente de la cuantía de ingresos obtenidos.

Información a suministrar por parte de los obligados La información de que tratan los literales b) y e) del artículo 631 del Estatuto Tributario.

ANEXO FORMATO VERSION NOMBRE

32 1056 8

Pagos o Abonos Cuenta y Retenciones Practicadas por

Secretarios Generales que Administran Recursos del Tesoro

CAMBIO

VERSIÓN

35 1057 7 Información de retenciones en la fuente practicadas por

secretarios que administran recursos del Tesoro Nacional ELIMINADO

Page 69: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Sujetos obligados a presentar información por el año gravable 2011

LOS QUE RECIBEN INGRESOS PARA TERCEROS

Las personas naturales y asimiladas, personas jurídicas, sociedades y asimiladas y demás entidades públicas y privadas, obligadas a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios o de ingresos y patrimonio, que hayan recibido ingresos para terceros, cuando la suma de los ingresos propios más los ingresos recibidos para terceros, en el año 2011, sea superior a $500.000.000.

Información a suministrar por parte de los obligados La información de que trata el literal g) del artículo 631 del Estatuto Tributario

Page 70: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

LOS QUE RECIBEN INGRESOS PARA TERCEROS

FORMATO 1647 INFORMACION DE INGRESOS RECIBIDOS PARA TERCEROS (Formato nuevo)

D

e

n

o

m

i

Concept

o

Tipo de

documen

to

Número

identifica

ción

DV

Primer

apellido del

informado

Segundo

apellido del

informado

Primer

nombre del

informado

Otros

nombres del

informado

Razón

social

informad

o

País de

residencia

o

domicilio

Ingresos

recibidos

para

terceros

Tipo de

documento

del tercero

beneficiario

ingreso

Identificación

del tercero

beneficiario

ingreso

Primer apellido del

tercero beneficiario

ingreso

Segundo

apellido

del tercero

beneficiari

o ingreso

Primer

nombre del

tercero

beneficiari

o ingreso

Otros

nombres

del tercero

beneficiari

o ingreso

Razón

social del

tercero

beneficiari

o ingreso

DirecciónCódigo

dpto

Código

mcp

Page 71: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Plazos para presentar la información.

Page 72: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Plazos para presentar la información.

Resolución 13484 del 29 diciebre de 2011

Page 73: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Plazos para presentar la información.

Page 74: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 13484 del 29 diciembre de 2011

Resolución 13484 del 29 diciembre de 2011

Page 75: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Forma de presentación de la información La información a que se refiere la presente Resolución debe ser presentada en forma virtual utilizando los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, haciendo uso de la firma digital, respaldada con certificado digital emitido por la DIAN, incluyendo los obligados del literal d) del artículo 1 de la presente resolución.

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Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

RESUMEN CAMBIOS

Page 77: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

INFORMACIÓN A REPORTAR POR LA FRACCIÓN DEL AÑO GRAVABLE

Las personas naturales que

cancelen su registro mercantil o

terminen sus actividades

Las personas jurídicas y

asimiladas y demás entidades

que se liquiden durante el año

Que para la fecha de expedición de la presente Resolución (31 de

octubre de 2011) no hayan cancelado el Registro Único Tributario

Y cumplan los requisitos para estar obligados a reportar la

información de que trata el artículo 631 del Estatuto Tributario,

Deberán informar antes de la cancelación del Registro Único

Tributario, por la fracción de año con el contenido y las características técnicas señalados en esta Resolución

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

Resolución 11429 del 31 octubre de 2011

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Resolución 11430

31 octubre de 2011

Grupos empresariales

(Art. 631-1 del Estatuto Tributario)

Subdirección de Gestión de Asistencia al Cliente

Page 79: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11430 del 31 octubre de 2011

Resolución 11430 del 31 octubre de 2011

GRUPOS EMPRESARIALES

¿QUIÉNES?

LA CONTROLANTE O MATRIZ DE CADA UNO DE LOS GRUPOS EMPRESARIALES, INSCRITOS EN EL REGISTRO MERCANTIL DE LAS CÁMARAS DE COMERCIO EXISTENTES EN EL PAÍS

¿QUÉ INFORMAN?

Información a que se refiere el artículo 631-1 del Estatuto Tributario, referente a

los estados financieros consolidados.

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Resolución 11430 del 31 octubre de 2011

Resolución 11430 del 31 octubre de 2011

PLAZO PARA PRESENTAR LA INFORMACI Ó N.

De acuerdo a lo establecido en el art í culo 631 - 1 del Estatuto Tributario, la informaci ó n deber á ser presentada a m á s tardar el 4 de julio de 2012

GRUPOS EMPRESARIALES

FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN .

La información debe ser presentada en forma virtual utilizando los servicios

informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, h aciendo uso de la firma digital respaldada con certificado digital emitido por la

DIAN.

Page 81: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11431

31 octubre de 2011

Entidades públicas o privadas que

celebren convenios de

cooperación y asistencia técnica

con organismos internacionales

Subdirección de Gestión de Asistencia al Cliente

Page 82: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Resolución 11431 del 31 octubre de 2011

Resolución 11431 del 31 octubre de 2011

Las entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de sus programas o proyectos, con organismos internacionales, deberán enviar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, a más tardar el último día hábil del mes siguiente al período objeto de reporte, una relación mensual de todos los contratos vigentes en el año 2012 con cargo a estos convenios, con las características técnicas establecidas en la presente Resolución, en el FORMATO 1159 Versión 8: 1. Número del convenio, identificación del convenio en ejecución, nombre o razón social del organismo Internacional con el cual se celebró el convenio y el país de origen del organismo internacional. 2. Relación de los contratos que se celebren en desarrollo de cada uno de los convenios, indicando: número de contrato, valor total del contrato, término de ejecución y clase de cada contrato. 3. Relación mensual de los pagos o abonos en cuenta efectuados en el año 2012 en virtud de los contratos

Page 83: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Forma y sitios de presentación de la información

La información a que se refiere la presente Resolución debe ser presentada en forma virtual utilizando los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, haciendo uso de la firma digital respaldada con certificado digital.

Entidades Públicas o Privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica con organismos internacionales

Resolución 11431 del 31 octubre de 2011

Resolución 11431 del 31 octubre de 2011

Page 84: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Subdirección de Gestión de asistencia al Cliente

INFORMACIÓN

EXÓGENA

TRIBUTARIA 2011

CONTINGENCIA

Page 85: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

CONTINGENCIA

contingencia

Cuando por inconvenientes técnicos no haya disponibilidad de los servicios informáticos electrónicos

y el obligado no pueda cumplir con la presentación de la información en forma virtual,

deberá acercarse a la Dirección Seccional o puntos habilitados por la DIAN llevando la información en unidades extraíbles USB y el archivo de

firma digital para su respectiva presentación.

Si agotado el procedimiento anterior no es posible la presentación virtual por el obligado

Page 86: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

CONTINGENCIA

contingencia

y la Subdirección de Gestión de Tecnología y Telecomunicaciones establece que la no disponibilidad de los servicios informáticos

electrónicos, impide cumplir efectivamente con la obligación de informar,

así lo dará a conocer mediante comunicado.

En este evento, el informante podrá cumplir con el respectivo deber legal dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la finalización de los

vencimientos establecidos para la presentación de la respectiva información, sin que ello implique extemporaneidad y sin perjuicio de que

el informante la presente antes.

Sin perjuicio de lo anterior, cuando se presenten situaciones de fuerza mayor no imputables a los informantes ni a la DIAN, la Dirección General

podrá habilitar términos con el fin de facilitar el cumplimiento del respectivo deber legal.

Page 87: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

No son causales de extemporaneidad

Advertencias

Los daños en los sistemas, conexiones y/o equipos informáticos del informante.

Los daños en el mecanismo de firma con certificado digital.

El olvido de las claves asociadas al mismo, por quienes deben cumplir el deber formal de declarar.

El no agotar los procedimientos previos a la presentación de la información, como el trámite de Inscripción o actualización en el Registro Único Tributario y/o de la activación del mecanismo de firma digital o asignación de un nuevo mecanismo de firma amparado con certificado digital, u obtención de la clave secreta por quienes deben cumplir con la obligación de informar en forma virtual o la solicitud de cambio o asignación con una antelación inferior a tres (3) días hábiles al vencimiento.

Page 88: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Subdirección de Gestión de asistencia al Cliente

INFORMACIÓN

EXÓGENA

TRIBUTARIA 2011

SANCIONES

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RESOLUCIÓN NÚMERO 11774 DE 2005 (7 DIC. 2005 )

Por medio de la cual se regula la aplicación de la sanción establecida en el artículo 651 del Estatuto Tributario

El literal a) del artículo 651 del Estatuto Tributario establece en general la imposición de una multa hasta del cinco por ciento (5%) a las personas y entidades obligadas a suministrar información tributaria así como a aquéllas a quienes se les haya solicitado informaciones o pruebas, que no la suministren dentro del plazo establecido para ello o cuyo contenido presente errores o no

corresponda a lo solicitado.

Sanción máxima 15.000 UVT

Valor UVT año 2012 $26.049

Sanción máxima en pesos $390.735.000

Régimen sancionatorio

Page 90: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Régimen sancionatorio

RESOLUCIÓN NÚMERO 11774 DE 2005 (7 DIC. 2005)

Por medio de la cual se regula la aplicación de la sanción establecida en el artículo 651 del Estatuto Tributario

ARTICULO 1. Graduación de la sanción cuando existe base para imponerla. .La sanción de que trata el inciso segundo del literal a) del artículo 651 del Estatuto Tributario se aplicará en forma gradual de acuerdo con la conducta en la cual incurrió el contribuyente o el obligado, según el caso, teniendo en cuenta el tope máximo establecido en el citado literal y los criterios que a continuación se enuncian:

a) Cuando se trate de la información exigida y no suministrada, se aplicará el

(5%), del total de la sumatoria de la información no suministrada.

b) Cuando se trate de la información suministrada en forma extemporánea, se

aplicará el (5%), del total de la sumatoria de la información suministrada en

forma extemporánea.

c) Cuando se trate de la información, pero sin el cumplimiento de las características técnicas exigidas en las resoluciones que para tal efecto emite

la DIAN, la sanción será del (4%) del valor total suministrado en forma errónea.

d) Cuando se trate de la información, pero presente errores de contenido se

aplicará una sanción del (3%) sobre el monto de los registros errados.

Page 91: INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA AÑO GRAVABLE

Régimen sancionatorio

RESOLUCIÓN NÚMERO 11774 DE 2005 (7 DIC. 2005)

Por medio de la cual se regula la aplicación de la sanción establecida en el artículo 651 del Estatuto Tributario

Articulo 2. Graduación de la sanción cuando no sea posible establecer la base para imponerla o la información no tuviere cuantía.

Se aplicará en forma general sobre el valor de los ingresos netos del periodo por el cual se solicita la información;

si no existieren ingresos sobre el patrimonio bruto del contribuyente o declarante, correspondiente al año inmediatamente anterior o al que figure en la última declaración del impuesto sobre la renta o de ingresos y patrimonio, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

a) Si la información suministrada en forma extemporánea, se aplicará (0.5%) de los ingresos netos o del patrimonio bruto.

b) Si la información exigida es suministrada, pero no cumple con las

especificaciones técnicas establecidas, la sanción es del (0.4%) de los

ingresos netos o del patrimonio bruto.

c) Si la información reportada por presenta errores de contenido, la sanción es

del (0.3%) de los ingresos netos o del patrimonio bruto.

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