impuesta a la renta 5ta categoria

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Tratado sobre las rentas de 5ta categoria

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Page 1: Impuesta a La Renta 5ta Categoria

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Page 2: Impuesta a La Renta 5ta Categoria

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Con la propuesta del Ejecutivo de reducir el IR a los trabajadores de cuarta y quinta categoría, los empleados que

perciben S/. 3,000 mensuales ahorrarían el 46.7% de la retención actual.

Tras el anuncio de la reducción del Impuesto a la Renta(IR) por el Ministerio de Economía, Gestion.pe elabora un

caso hipotético del efecto que tendría la nueva medida sobre los salarios mensuales de los peruano a partir del pró-

ximo año.

Bajo la legislación actual, el Impuesto a la Renta(IR) no afecta

a los ingresos anuales que representen menos de 7UIT . Así,

la reducción de dicho impuesto, del 15% al 8%, se aplicaría

con certeza solo al tramo de ingresos de 7 a 12 UIT, S/.

26,600 a S/. 45,600.

En términos de ingresos mensuales, esta reducción se aplica-

ría al rango de sueldos entre S/. 1,900 (S/.26,600 entre 14 sueldos) y S/. 3,257, sin incluir ambos montos.

CASEO PRACTICO DE RETENCIÓN MENSUAL PARA DEPENDIENTES (quinta categoría)

Trabajador con ingresos mensuales de S/. 3,000

Remuneración mensual: S/. 3,000

Gratificaciones de Julio y Diciembre: S/. 6,000

Remuneración anual: S/. 42,000

(-) Deducción anual de 7 UIT : (S/. 26,600)

ACTUAL

Renta Neta de quinta categoría: S/. 15,400

Retención anual con IR actual(15%): S/. 2,310

Retención mensual con IR actual(15%): S/. 192.5

CON LA REDUCCION: la retención de este trabajador será:

Renta Neta de quinta categoría: S/. 15,400

Retención anual con IR reducida(8%): S/. 1,232

Retención mensual con IR reducida(8%): S/. 102.67

De modo que, este trabajador estaría ahorrando s/. 1,078 al año (S/. 71.83 mensuales aproximadamente), lo que

supone un ahorro de 46.7% anual.

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Cabe destacar que este cálculo no tiene en cuenta el total de otras remuneraciones percibidas en el periodo tribu-

tario como las participaciones, gratificaciones extraordinarias al ejercicio, comisiones, remuneración por vacacio-

nes no gozadas; entre otros.

Sin embargo, aún no existe seguridad acerca la reducción impositiva exacta sobre los ingresos anuales que se

ubiquen por encima de 12 UIT. Se especula el siguiente esquema de tramos:

Fuente: Diario Gestión

Si necesita mayor detalle sobre los alcances de estas modificaciones relacionadas al impuesto a la renta, comuní-quese al siguiente correo [email protected]

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El objeto de esta publicación no es brindar una asesoría específica de impuestos, negocios o inversiones. Ni los autores de esta publicación ni Panez, Chacaliaza & Asociados,

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