impacto urbano

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Secretara de Desarrollo Urbano y Vivienda Direccin General de Desarrollo Urbano Direccin de Control de Desarrollo Urbano y Regularizacin Territorial

Estudios de Impacto Urbano y de Impacto Urbano-Ambiental

Secretara de Desarrollo Urbano y Vivienda Direccin General de Desarrollo Urbano Direccin de Control de Desarrollo Urbano y Regularizacin Territorial

ConceptoEl Estudio de Impacto Urbano es el instrumento a travs del cual se asegura la compatibilidad de los proyectos en sus etapas de construccin, operacin y mantenimiento con el entorno urbano, con la finalidad de garantizar, evitar y/o minimizar en beneficio de la poblacin que habita la Ciudad de Mxico, los impactos generados a las caractersticas de la estructura vial, hidrulica, sanitaria, social y econmica, as como de imagen urbana existentes. Cuando se pretenda llevar a cabo una obra, instalacin o aprovechamiento urbano, pblico o privado, se deber presentar previamente a la solicitud de las licencias, autorizaciones o manifestaciones que correspondan el estudio de impacto urbano.

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ObjetivoEl dictamen de impacto urbano o impacto urbano-ambiental tiene por objeto evaluar y dictaminar las posibles influencias o alteraciones negativas causadas al entorno urbano o al medio ambiente por alguna obra pblica o privada en el rea donde se pretenda realizar, con el fin de establecer las medidas adecuadas para la prevencin, mitigacin y/o compensacin.

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FundamentoDe conformidad con lo establecido en la Normatividad aplicable, se requiere la presentacin del Estudio de Impacto Urbano o Urbano Ambiental para las obras, instalaciones o aprovechamientos urbanos, pblicos o privados, de acuerdo con lo siguiente: Art. 60 De la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal I.Rebasar en forma significativa las capacidades de la infraestructura y los servicios pblicos II. Generar afectaciones en otras reas o zonas del Distrito Federal; III. Afectar negativamente el espacio, la imagen y el paisaje urbano y el paisaje natural, as como a la estructura socioeconmica; y IV. Riesgo para la vida o bienes de la comunidad o al patrimonio cultural, histrico, arqueolgico o artstico.

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FundamentoArt. 77 Del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal. I. II. Uso habitacional de ms de diez mil m de construccin;* Uso no habitacional de ms de cinco mil metros de construccin*;

III. Usos mixtos de cinco mil o ms m de construccin;* IV. Estaciones de servicio de combustibles para carburacin como gasolina, diesel, gas LP y gas natural, para el servicio pblico y/o autoconsumo, V. VI. Crematorios Aplique la Norma de Ordenacin General nmero 10nivel de banqueta o medio nivel

*Nota: No cuantifica para la suma total de m construidos el estacionamiento bajo

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FundamentoNorma de Ordenacin General N 19 V. Proyectos de ampliacin de vivienda, cuando la suma de lo existente y el incremento rebasen 10,000 m2 de construccin o cuando ya se tenga el Estudio de Impacto Urbano y se incrementen ms de 5,000 m2 de construccin. VI. Proyectos de ampliacin de usos no habitacionales, cuando la suma de lo existente y el incremento rebasen 5,000 m2 de construccin o cuando ya se tenga Estudio de Impacto Urbano y se incrementen ms de 2,500 m2 de construccin.

Nota: Los proyectos considerados en los puntos I, II, III, IV, VII y VIII de la presente norma son los establecidos en el Art. 77 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano.

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FundamentoArt. 78 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal: Los promoventes de las obras o proyectos deben presentar un informe preliminar ante la Secretara, para que sta en un plazo de siete das defina el tipo de estudio a que estar sujeto o, en su caso, por las caractersticas del proyecto emita dictamen de que no requiere de Estudio de Impacto Urbano o Urbano-Ambiental. El informe preliminar debe contener: I. Certificado de zonificacin de uso del suelo especfico vigente o Certificado de Zonificacin de uso del suelo por derechos adquiridos o Certificado emitido a travs del Sistema de Informacin Geogrfica relativo al uso y factibilidades del predio; II. Memoria descriptiva; y III. Planos arquitectnicos, adems de cubrir los requisitos que sealen los Lineamientos Tcnicos correspondientes. La Secretara en todo momento podr realizar visitas de verificacin al predio sujeto de la solicitud, con el fin de constatar la informacin ingresada.

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Integracin del EstudioLos Estudios de Impacto Urbano o Impacto Urbano-Ambiental se integran para su evaluacin por el desarrollo de los siguientes temas : Definicin del polgono de la zona de estudio para el anlisis urbano.

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Integracin del EstudioInfraestructura, Equipamiento y Servicios Urbanos:

Agua potable Drenaje Vialidad y transporte Equipamiento urbano y servicios Diagnostico Pronostico Medidas de mitigacin

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Integracin del EstudioAspectos Socioeconmicos:Demografa Aspectos econmicos Aspectos sociales Beneficios Problemtica Medidas de mitigacin

Estructura y funcionalidad urbana:Identificacin y anlisis de los usos de suelo Integracin del proyecto Situacin actual y escenario tendencial Medidas de mitigacin

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Integracin del EstudioImagen urbana:Imagen Urbana de la zona Elementos determinantes Integracin del proyecto Escenario tendencial Medidas de mitigacin

Riesgo y Vulnerabilidad Condicionantes normativas aplicables al proyectoLeyes Reglamentos Normas Dems condicionantes

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Integracin del EstudioAsimismo, se deber integrar la informacin descrita con anterioridad generando los siguientes apartados dentro del Estudio: Impacto Urbano

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Integracin del EstudioImpacto HidrulicoDELEGACIN: IZTAPALAPAAv .T exc o co

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Plano 3 Infraestructura de 1. Infraestructura de agua residual tratada agua potableAH UA LPEON No. 2 IN

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LA VIGA 3

CENTRAL DE ABASTOS I

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CENTRAL DE ABASTOS II

PURISIMA IZTAPALAPA 7

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Lmite Estatal Lmite Delegacional

Vialidad primaria Vialidad secundaria

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CENTRAL DE ABASTOS

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Eje 2 Ote.

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UNIDAD MODELO 2

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SANTA CRUZ MEYEHUALCO ING. ROBERTO GAYOL

SANTA CRUZ MEYEHUALCO

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CERRO DE LA ESTRELLA 1

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LOS POZOSACUEDUCTO TLHUAC

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ACUEDUCTO CHALCO-XOC HIMILCO

SAN LORENZO TEZONCO SC-10

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INTERCEPTOR CANAL NACIONAL CANAL DE CHALCO

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QUEBRADORA TCIA-2

TCIA-3

LA CALDERA TCIA-12

Avenidas1 2 3 4 5 6

Ro Churubusco Carlos L. Gracidas Lumbrera (proyecto) Luis Mndez Canal de San Juan Tnel (proyecto) Anillo Perifrico Calz. Ignacio Zaragoza

Deportivos y Parques7 8 9 10 11 12 Sta. Cruz Meyehualco Francisco I. Madero Iztapalapa La Pursima Sta. Cruz Meyehualco Cuitlhuac

Zona Industrial

TLHUAC

13 14 15 16 17 18 19 20

Progreso del Sur Granjas Esmeralda Minerva Los Cipreses Granjas San Antonio Guadalupe del Moral Granjas Estrella San Juan Xalpa

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AO DE JUREZ INTERCEPTOR IZTAPALAPA ORIENTE

PURISIMA INTERCEPTOR No. 8 ORIENTE-SUR

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UNIDAD MODELO 3

LA VIGA 2

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IZTAPALAPA 4

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UNIDAD MUNICIPIO MODELO 1 LIBRE

Av. Ro Churubusco

SAN JUANICO ESCUADRON IZTAPALAPA

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RENOVACION

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CARCAMO A

18IZTAPALAPA 2

CARLOS G. GRACIDAS

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EL SALADO

Red de distribucin Acueducto Planta de tratamiento Pozo Garza de bombeo Red de distribucin Planta 0 Dimetro en cm Principales consumidores de agua tratada MotobombaAcueducto Tlhuac

Avenidas bombeo Planta de Deportivos Planta potabilizadora Zona industrial Lumbrera Tnel

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ESCALA GRFICA EN km1 2 2.5 3 3.5

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Integracin del EstudioImpacto Vial.M O V IM IE N T O S D IR E C C IO N A L E SIN T E R S E C C I N : IS A B E L L A C A T O L IC A Y 5 D E M A Y OH O R A D E M A X I M A D E M A N D A : 8 :4 5 A .M . 9 :4 5 A . M . F E C H A : 7 -0 2 -2 0 0 2

AFOROS PEATONALESIN T E R S E C C I N : IS A B E L L A C A T O L IC A Y 5 D E M A Y OH O R A D E M A X I M A D E M A N D A : 6 :4 5 P .M . -7 :4 5 P . M . F E C H A : 7 -0 2 -2 0 0 2

A =1540 B =164 C =79 D =16 T=1799

A =903 B = 164 C = 65 D =16 T=1148

A =637 B=0 C=14 D =0 T=651

95

214

A =929 B = 34 C = 25 D =20 T=1008

A = 600 B=34 C=5 D =20 T =659 A =1237 B=34 C=19 D = 20 T =1310

185

156

A=329 B=0 C=20 D =0 T=349

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101

119

134

A =1232 B =164 C=85 D = 16 T =1497

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Procedimiento de AutorizacinProyectos dentro de la Ciudad Central (Benito Jurez, Cuauhtmoc, Miguel Hidalgo y Venustiano Carranza): Recepcin de solicitud de Informe Preliminar y/o Estudio de Impacto Urbano en la Direccin de Control de Desarrollo Urbano y Regularizacin Territorial, previo pago de derechos (artculo 257 fraccin IV inciso a del Cdigo

Financiero del Distrito Federal).

(artculo 45 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal).

Evaluacin del Estudio ingresado y, en su caso prevenir al solicitante para que subsane la falta de informacin necesaria para una evaluacin precisa

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Procedimiento de AutorizacinSolicitud de opinin a la Delegacin correspondiente respecto del equipamiento urbano, las obras y servicios compatibles con el proyecto que se pretende, as como a los Impactos Urbanos detectados y a las medidas de mitigacin propuestas (artculo 80 del Reglamento de la Ley de

Desarrollo Urbano vigente).

Emisin de dictamen fundado y motivado, en respuesta a la solicitud de Informe preliminar y/o Estudio de Impacto Urbano o Urbano Ambiental (articulo 60 prrafo tercero de la Ley de Desarrollo Urbano vigente). Los dictmenes positivos debern ser publicados, con cargo al interesado en un diario de mayor circulacin (articulo 60 prrafo tercero de la

Ley de Desarrollo Urbano vigente).

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Procedimiento de AutorizacinProyectos fuera de la Ciudad Central (lvaro Obregn, Azcapotzalco, Coyoacan, Cuajimalpa, Gustavo A. Madero, Iztacalco, Iztapalapa, Magdalena Contreras, Milpa Alta, Tlahuac, Tlalpan y Xochimilco). Todos los proyectos que se encuentren fuera de la cuidad central sern evaluados con los criterios expresados anteriormente. Las opiniones, adems de la Delegacin correspondiente, sern solicitadas a : Direccin General de Sistemas de Aguas de la Ciudad de Mxico.- Opinin fundada y motivada sobre el contenido de los captulos relativos a agua potable, alcantarillado y sobre las medidas de mitigacin y /o compensacin propuestas, as como la factibilidad de servicios para la posibilidad de dotacin de agua, servicios de drenaje y desage pluvial (artculo 80 del Reglamento de la Ley de Direccin General de Planeacin y Vialidad de la Secretara de Trasporte y Vialidad.- Opinin fundada y motivada sobre el contenido de los captulos relativos al transito y vialidad de la zona y las medidas de mitigacin y/o compensacin propuesta en el proyecto respecto de la viabilidad de llevar a cabo dicho proyecto (artculo 80 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano vigente).

Desarrollo Urbano vigente).

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Requisitos AdministrativosCertificado de Zonificacin de Uso de Suelo Especfico Permite corroborar la aplicacin de la Normatividad establecida en el Programa Delegacional correspondiente. Constancia de Alineamiento y Nmero Oficial Establecer las restricciones, afectaciones y posible ubicacin del inmueble en zonas minadas. Anteproyecto arquitectnico Establecer que la distribucin de reas, actividades y circulaciones en el proyecto no representen afectaciones al entorno.

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Requisitos AdministrativosLicencias de Construccin anteriores Corroborar la legalidad de construcciones existentes, as como sus condicionantes. Acreditacin e identificacin del Representante Legal Dar cumplimiento a los Artculos 41 y 44 de la Ley de Procedimiento Administrativo del D.F. Licencia de Subdivisin, Fusin y Relotificacin de predios Constatar los antecedentes de los predios, as como verificar la zonificacin aplicable.

Certeza Jurdica

Claridad normativa

Disminucin de tiempos de evaluacin

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Pago de AprovechamientosArticulo 61 de la Ley de Desarrollo Urbano del D.F Los proyectos que requieran Estudio de Impacto Urbano o Urbano Ambiental, debern efectuar el pago de aprovechamientos y derechos, en trminos de lo dispuesto por el Cdigo Financiero del Distrito Federal. Articulo 61 bis de la Ley de Desarrollo Urbano del D.F Para los casos en los que la construccin, ampliacin, reparacin o modificacin de una obra no requiera de elaboracin de estudio de impacto urbano o urbanoambiental, se deber efectuar el pago de aprovechamientos y derechos correspondientes en los trminos que seale el Cdigo Financiero del Distrito Federal

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Pago de AprovechamientosArtculo 318 del Cdigo Financiero del D.F. Compensacin de afectaciones al medio ambiente para prevenir, mitigar o compensar las alteraciones o afectaciones al medio ambiente y los recursos naturales. Desarrollos habitacionales por ms de 20 viviendas $25 m2 Artculo 319 del Cdigo Financiero del D.F. Aprovechamientos a la estructura urbana para prevenir, mitigar o compensar los efectos del impacto vial, de acuerdo con lo siguiente: Zona I Habitacional $42.17 m2, Otros usos $55.88 m2 Zona II Habitacional $50.60 m2, Otros usos $67.45 m2 Zona III Habitacional $59.04 m2, Otros usos $79.07 m2 Estaciones de servicio $168,690.00 por dispensarioNota: Se consideran dentro de la Zona III todos los desarrollos de la Zona II que requieran realizar el Registro de Manifestacin de Construccin tipo C (Acuerdo publicado el 29 de enero del 2004).

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Pago de AprovechamientosArtculo 319 A del Cdigo Financiero del D.F. Personas fsicas o morales que construyan nuevos desarrollos urbanos, nuevas edificaciones que requieran nuevas conexiones de agua y drenaje o ampliaciones. $100.00 por cada m de construccin nueva No se consideran para el calculo, los m cuadrados destinados al estacionamiento. No aplica para viviendas unifamiliares.

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Pago de AprovechamientosZona I Habitacional $42.17 m2, Otros usos $55.88 m2 Zona II Habitacional $50.60 m2, Otros usos $67.45 m2 Zona III Habitacional $59.04 m2, Otros usos $79.07 m2 Estaciones de servicio Estaciones de servicio por dispensario $168,690.00

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Modificaciones al marco jurdicoLey de Desarrollo Urbano GODF 29 enero 2004 Los Estudios de Impacto Urbano son de dos tipos; Urbano o Urbano Ambiental La SEDUVI evaluar los Estudios de Impacto Urbano o Urbano - Ambiental , autorizar a las personas fsicas para hacerlo y realizar visitas de verificacin administrativa.Artculo 11, fracciones XV, XVI y XXI

La SEDUVI integrar y emitir junto con la SMA el dictamen de Impacto Urbano Ambiental, requiriendo las opiniones de la Delegacin correspondiente y en su caso de la DGPC. Se fijar un monto por el aprovechamiento y uso de la estructura urbana (de acuerdo al Cdigo Financiero), en trminos viales y de redes de agua y drenaje, siempre y cuando el impacto que genere el proyecto pueda ser mitigado.Artculos 60 y 61

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Modificaciones al marco jurdicoLey de Desarrollo Urbano Se deroga la Licencia de Uso de Suelo.Artculo 89, fraccin I

GODF 29 enero 2004

Se incorporan sanciones como la clausura total o parcial de la obra, la demolicin o el arresto administrativo a los infractores hasta por 36 horas (inconmutable en caso de falsedad de manifestacin) Se incorporan sanciones para los DRO dependiendo de la gravedad de la falta; amonestacin, multa, suspensin temporal o cancelacin del registro, de dos a cinco aos de prisin y 400 a 700 das multa.Artculos 95 bis y 96 as como 329 bis del Cdigo Penal

Las solicitudes de Estudio de Impacto Urbano o Urbano Ambiental se entendern negadas si existe silencio administrativo.Artculo 98

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Modificaciones al marco jurdicoAdministrativoReglamento de la Ley de Desarrollo Urbano GODF 29 enero 2004Se definen los proyectos que requieren la presentacin del Estudio de Impacto Urbano o Urbano Ambiental (habitacional ms de 10,000 m2, no habitacional o mixto ms de 5,000 m2, estaciones de servicio, crematorios y aplicacin de Norma de Ordenacin No. 10, el estacionamiento por debajo del nivel de banqueta no cuantifica, no as para el cobro de derechos) Se crea el informe preliminar (7 das para definir modalidad o no requerimiento del Estudio de Impacto Urbano o Urbano Ambiental) Se definen tiempos de respuesta (30 das a partir del ingreso) Definicin de las competencias de las instancias (15 das para su opinin) La SEDUVI puede realizar en todo momento visita de verificacin administrativa al predio. El promovente debe instalar un letrero con las caractersticas del proyecto en el predio una vez ingresada la solicitud.

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Modificaciones al marco jurdicoAdministrativoReglamento de la Ley de Desarrollo UrbanoSe determina los tpicos a considerar en la evaluacin as como aquellos que deben estar presentes en el dictamen (imposicin de medidas de mitigacin o pago de aprovechamientos a la estructura urbana) y los motivos de improcedencia (imposibilidad de mitigar los efectos negativos, riesgo inevitable, falsedad en la informacin, alteracin significativa de la estructura urbana) Se determina la vigencia de dos aos para el Dictamen del Estudio de Impacto Urbano o Urbano Ambiental (prorrogable un ao ms) Debe darse aviso a la SEDUVI de cualquier modificacin al proyecto (15 das para su opinin) Los Peritos en Desarrollo Urbano deben otorgar su responsiva y elaborar los Informes Preliminares, Estudios de Impacto Urbano o Urbano Ambiental y adems los correspondientes a Polgonos de Actuacin y a Transferencia de Potencialidad de Desarrollo, estos tambin deben incluir la responsiva de un DRO y en su caso Corresponsables.

Secretara de Desarrollo Urbano y Vivienda Direccin General de Desarrollo Urbano Direccin de Control de Desarrollo Urbano y Regularizacin Territorial

Modificaciones al marco jurdicoAdministrativoReglamento de la Ley de Desarrollo UrbanoLos Peritos en Desarrollo Urbano , as como los DRO y Corresponsables son responsables de la veracidad y calidad tcnica de la informacin puesta en los estudios. Las sanciones para los profesionales o poseedores de los proyectos que incumplan dependiendo del caso, van desde la suspensin de trabajos, clausura temporal o parcial, demolicin, intervencin administrativa, prdida de estmulos, revocacin de permisos o licencias, multa de cien a mil das de SMV, arresto administrativo hasta por 36 horas, amonestacin, suspensin temporal o cancelacin del registro del PDU, DRO y/o Corresponsables. La reincidencia se penaliza con el doble de multa. Las Delegaciones deben dar aviso de la solicitud de ocupacin del inmueble autorizado mediante el Dictamen, a la SEDUVI.