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VERSIÓN PUBLICA VERSIÓN PUBLICA IÉPC INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE GUERRERO GUERRERO ·CONTRATO DE COMPRAVENTA DE EQUIPO DE CÓMPUTO Y PERIFÉRICOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE GUERRERO, EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINA"EL IEPC", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA LICENCIADA MARISELA REYES REYES, EN SU CACTER DE CONSEJERA PRESIDENTA Y EL LICENCIADO PEDRO PABLO MARTÍNEZ ORTIZ, EN SU CACTER DE SECRETARIO EJECUTIVO; POR LA OTRA PARTE CHRISTIAN EDUARDO MÁRQUEZ MORENO EN SU CACTER DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA CON RAZÓN SOCIAL "DISTRIBUIDORA INTEGRAL DE BCS SA DE CV", A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINA"EL· PROVEEDOR'', CONFORME A LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: DECLARACIONES PRIMERA. DE "EL IEPC": l. Que conforme a los artículos 124 y 125 de la Constitución Potica del Estado Libre y Soberano de Guerrero; 173 y 175 de la Ley 483 de Instituciones y Procedimientos Electorales de la misma Entidad Federativa, es un organism público local, cuya función es garantizar el ejercicio del derecho a votar y ser votado en las elecciones y demás instrumentos de participación ciudadana conforme a la ley de la materia; promover la participación potica de los ciudadanos a través del sufragio universal, libre, secreto y directo; está dotado de áutonomía y de carácter permanente, con personalidad jurídica y patrimonio · propio, responsable de vigilar . el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y reglamentarias en materia electoral; encargado de preparar, desarrollar y vigilar los procesos electorales locales y los procesos de participación ciudadana. / 11. Que acredita su naturaleza jurídica en la Ley 483 de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero, publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, de fecha 30 de enero de 2014. 111. Que la. licenciada Marisela Reyes Reyes, acredita el carácter de consejera presidenta. del ·Instituto· Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero, a través del oficio número INE/JLE/NENS/0670/2014, de fecha 3 . de septiembre de 2014, suscrito por el vocal secretario de la Junta Local Ejecutiva del In . stituto Nacional Electoral en Guerrero, mediante el cual notifica a la interesada la designación antes referida. De la misma forma, el licenciado ....-2._ Pedro Pablo Martínez Ortiz acredita el carácter de secretario ejecutivo del 1 de 8 VERSIÓN PÚBLICA

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VERSIÓN PUBLICAVERSIÓN PUBLICA

• IÉPC INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN

CIUDADANA DEL ESTADO DE GUERRERO

GUERRERO ·CONTRATO DE COMPRAVENTA DE EQUIPO DE CÓMPUTO Y PERIFÉRICOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE GUERRERO, EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL IEPC", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA LICENCIADA MARISELA REYES REYES, EN SU CARÁCTER DE CONSEJERA PRESIDENTA Y EL LICENCIADO PEDRO PABLO MARTÍNEZ ORTIZ, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO EJECUTIVO; POR LA OTRA PARTE CHRISTIAN EDUARDO MÁRQUEZ MORENO EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA CON RAZÓN SOCIAL "DISTRIBUIDORA INTEGRAL DE BCS SA DE CV", A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ "EL· PROVEEDOR'', CONFORME A LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

DECLARACIONES

PRIMERA. DE "EL IEPC":

l. Que conforme a los artículos 124 y 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero; 173 y 175 de la Ley 483 de Instituciones y Procedimientos Electorales de la misma Entidad Federativa, es un organism público local, cuya función es garantizar el ejercicio del derecho a votar y ser votado en las elecciones y demás instrumentos de participación ciudadana conforme a la ley de la materia; promover la participación política de los ciudadanos a través del sufragio universal, libre, secreto y directo; está dotado de áutonomía y de carácter permanente, con personalidad jurídica y patrimonio · propio, responsable de vigilar . el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y reglamentarias en materia electoral; encargado de preparar, desarrollar y vigilar los procesos electorales locales y los procesos de participación ciudadana. /

11. Que acredita su naturaleza jurídica en la Ley 483 de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero, publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, de fecha 30 de enero de 2014.

111. Que la. licenciada Marisela Reyes Reyes, acredita el carácter de consejera presidenta. del ·Instituto· Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero, a través del oficio número INE/JLE/NENS/0670/2014, de fecha 3�

. de septiembre de 2014, suscrito por el vocal secretario de la Junta Local � Ejecutiva del In . stituto Nacional Electoral en Guerrero, mediante el cual notifica� a la interesada la designación antes referida. De la misma forma, el licenciado ....-2._ Pedro Pablo Martínez Ortiz acredita el carácter de secretario ejecutivo del

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CIUDADANA DEL ESTADO DE GUERRERO -�-=:,'�,,..·��- eo,ü<,>::ft

GUERRERO citado Instituto, mediante el nombramiento expedido a su favor por la consejera presidenta Marisela Reyes Reyes, de fecha 21 de enero de 2015.

IV. Que en términos de las fracciones 11 y XXIII, del artículo 189, de la Ley 483 de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado, la consejera presidenta tiene la atribución de representar legalmente a "EL IEPC"; así como fijar los procedimientos administrativos, conforme a las políticas y proqrarnas generales del mismo. Por su parte, el secretario ejecutivo en atención a lo que establece el artículo 191 fracciones II y XXX, cuenta con las atribuciones de auxiliar al presidente de "EL IEPC" en el ejercicio de sus atribuciones; así como ejercer· las partidas presupuestales aprobadas, llevando la administración y finanzas del Instituto, con estricto apego al presupuesto aprobado por su Consejo General y bajo la supervisión de la Comisión de Administración y la Contraloría Interna.

V. Que requiere del suministro de insumos que proporciona "EL PROVEEDOR" consistentes en Equipo de Cómputo y Periféricos.

VI. Que cuenta con los recursos financieros presupuestales para la adquisición de Equipo de Cómputo y Periféricos, con cargo a la partida presupuesta! 515 "Equipo de Cómputo y Tecnología de la Información".

VIII. Que mediante el procedimiento de licitación pública nacional número LPN­ IEPC­001­2016 llevada a cabo por el Comité de Adquisiciones, el día 13 de junio de 2016, se llevó a cabo la presentación, apertura de propuestas técnicas y ofertas económicas presentadas por cada anexo técnico en sobre cerrado, como se requirió en las bases de la licitación, atendiendo dicha invitación las empresas: 1. ALFA PROVISIONES, cuyo representante es la C. Dolores Ezmeralda Navarrete Paco; 2. COMERCIAL ces KAIZEN, cuyo representante es la G. Graciela Sánchez López; 3. WATCOM TELECOMUNICACIONES, cuyo representante es el C. Wilfrido Álvarez Cabañas; y 4. DISTRIBUIDORA INTEGRAL PE BCS SA DE CV, cuyo representante es el C. Christian Eduardo Márquez Moreno; por lo que realizada la valoración, el Comité d Adquisiciones realizó el fallo para la adjudicación del contrato relativo al anexo

· técnico número 02 Equipo de cómputo y periféricos a favor de la empresa DISTRIBUIDORA" INTEGRAL DE BCS SA DE CV, tal y como se describe en la minuta de. trabajo de fecha 13 de junio del año 2016 y el dictamen 001/CAAS/13-06-2<f16, en el que sustentan las motivaciones del fallo.

VII. Que cuenta con cédula de identificación fiscal a nombre del "Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero", con registro federal de contribuyentes "IEE9205016T5", y domicilio fiscal "Boulevard Vte. Gro. Km. 2731 colonia La Cortina, C.P. 39090, Chilpancingo de los Bravo, Guerrero".

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GUERRERO SEGUNDA. DE "EL PROVEEDOR"

l. Que es una persona física, debidamente inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes bajo el número DIB160406PTO.

11. Que el ciudadano Christian Eduardo Márquez Moreno, está facultado para celebrar el presente contrato, según lo acredita con todos los requisitos que forman parte del expediente del procedimiento de licitación pública nacional número LPN­IEPC­001­2016, para la adquisición de tecnología de la información y, equipo audiovisual.

111. Que tiene por objeto el comercio al por menor

IV. Que cuenta con los materiales necesarios, así como con el equipo y personal operativo para el suministro de Equipo de Cómputo, que requiere "EL IEPC", sin la necesidad de subcontratar servicios adicionales.

V. Que para todos los efectos legales derivados de este instrumento, señala como su domicilio el ubicado en Calle Pescador, número exterior 818, número interior S­1, código postal 23406, Colonia Chula Vista, San José del Cabo, Baia California Sur.

TERCERA. DECLARAN LAS PARTES

l. Que reconocen recíprocamente su personalidad jurídica y la capacidad legal con que se ostentan sus representantes, sin tener por lo tanto ninguna objeción respecto de las facultades que les han sido conferidas.

Expuesto lo anterior, las partes otorgan las siguientes

CLÁUSULAS

PRIMERA. Objeto. El presente instrumento tiene por objeto la operacion d.e compraventa·· de Equipo de Cómputo y Periféricos, de acuerdo con las especificaciones siguientes.

�NEXO TECNICO LOTE 02. EQUIPO DE COMPUTO Y PERIFERICOS ·

LICITACIÓN PÚBLICÁNACÍÜNAL NÚMERO LPN­IEPC­001­2016, PARA LA ADQUISICIÓN DE TECNOLOGÍA DE LA ..... , INFORMACIÓN Y EQUIPO AUDIOVISUAL

Cantidad, Tipo Características

6 Computadoras de Marca: DELL Modelo: XPS 8900 escritorio

Procesador: Sexta generación del procesador lntel Core (i?)

Cantidad de núcleos: 4

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INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE GUERRERO

GUERRERO Cantidad de subprocesos: 8

Frecuencia básica del procesador 3.2 GHz.

Sistema operativo: Windows 10 Home, 64­bit, Español

Memoria :16 GB de Memoria Doble Canal DDR4 a 2133MHz, 2 DIMMs

Disco Duro: SATA de 2TB 7200 RPM

Tarjeta de video: AMO Radeon™ R9 370 4GB GDDR5

Unidad óptica: Unidad Combo Blu­ray Doble capa (BD­ROM, DVD±RW, CD­RW)

Monitor Dell Serie E E1916H de 19", VGA.

Teclado Dell KB216 Neqro, Español. Mouse Dell óptico MS116, USB, color neqro.

Garantía: Básica incluida en precio.

30 Computadoras de escritorio Marca: DELL , Modelo: OptiPlex 7040 SFF

Procesador: Sexta generación del procesador I ntel® Core ™ i5­6500

< Teclado Dell Multimedia KB216, negro, español. Mouse Dell óptico MS116, USB, color negro.

Sistema operativo: Windows® 7 Professional, 64­bit, Español (Incluye licencia de Windows 10 Pro)

Memoria: 8GB de Memoria DDR4 a 2133MHz (2 DIMMs) �

Disco Duro de 500GB 7200 RPM de 3.5" rM� on­i­ to_ r_D_e_ ll_S_e_ ri_ e_E_E_1_9_1_6_H_d_e_1_9_ ".­V­G­A� . �����������������--1

Garantía: Básica incluida en precio. 12 Laptops Marca: DELL. Modelo: Inspiran 15 serie 5000 , � ..J '

Procesador: Sexta generación del procesador lntel® Core™ i5­6200U (3MB Caché, hasta 2.80 ,.,,__�

GHz) · '· !"--

Sistema operativo: Windows 1 O Home Single Language, 64­bit, Español

Memoria: 8GB de Memoria Doble Canal DDR3L a 1600MHz, 2 DIMMs

Disco Duro: Disco Duro SATA de 1TB 5400 RPM

Tarjeta de video: Gráficos lntel® HD 520

Con teclado en español y teclado numérico

Pantalla: Pantalla LEO iluminada con Truelife™ de 15.6" de alta definición (HD) (1366 x 768)

Unidad óptica: Unidad óptica con Bandeja de carga automática (DVD +/­ RW}, lectura y escritura de CD/DVD

Garantía: Básica incluida en precio.

Marca: HP, Modelo: LaserJet Pro M402dn

• ­Marca: HP, Modelo: OfficeJet 8620 ó Marca: HP, Modelo: OfñceJet 8720

Marca: HP, Modelo: LaserJet Pro M452dw

Marca: Tripp­Lite. Modelo: SU1000RTXL2UA de doble conversión en líne SmartOnline de 1kVA.

Marca: TP­Link, Modelo: Router Inalámbrico Tri­Banda Gigabit AC3200 _ 1,,,

Archer C3200 � '-.l

Marca: ISB SOLA BASIC, Modelo: MICRO SR INET, XRN­21­481 480VN300W, 8 CONTACTOS (Con display)

M ­ arca: Cisco Modelo: Cisco Gigabit Ethernet Switch SG200­50, 10/100/1000Mbps, 100GbiUs, � 50 Puertos, 8000 Entradas ­ Gestionado. Sin PoE.

2 Impresora LaserJet Color

4 Impresora Laser.Iet

25 Multifuncionales .

1 UPS

4 Switch

4 Routeadores

,100 No breaks

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INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE GUERRERO

2 Escáner alto volumen Marca: HP, Modelo: Scanjet Enterprise Flow N9120 Escáner plano

16 lpad Modelo: Air 2, Conexión: Wi­Fi, Almacenamiento: 64 GB, Color: Plata. Marca: Seagate, Capacidad: 4 Tb, USB 3.0. Capacidad de disco duro: 4000 GB, Interfaz del disco duro: USB 3.0, Tamaño de disco duro: 8,89 cm (3.5"). Tecnología de conectividad:

3 Disco duro externo Alámbrico, Velocidad de transferencia de datos: 5000 MbiUs, Tasa de transferencia de datos USB: 480, 5000 MbiUs. Color del producto: Negro. Ancho: 12,591 cm, Profundidad: 20,708 cm, Altura: 3,979 cm. Cables incluidos: USB

SEGUNDA. Lugar y condiciones de entrega. "EL PROVEEDOR" deberá entregar el Equipo de Cómputo y Periféricos, dentro de los cuarenta días naturales posteriores a la firma del contrato; sin considerar el periodo del 18 al 29 de julio del. presente año de acuerdo con el calendario de actividades del Instituto Electoral establecido como periodo vacacional, la entrega será con destino al siguiente domicilio: Boulevard Vicente Guerrero, km 273, Número 108, Colonia La cortina, de la Ciudad de Chilpancingo de los Bravo, Guerrero. En un horario de 8:00 a 16:00 horas, en el lugar que para efecto indique el titular de la Dirección Ejecutiva de Informática, Sistemas y Estadística.

"EL PROVEEDOR" dará aviso cuando menos con 5 días hábiles de anticipación acerca de la entrega de los bienes.

El equipo podrá ser entregado en parcialidades siempre y cuando no rebase del tiempo establecido en el presente convenio.

No se recibirán equipos con características diversas de las solicitadas.

El costo de transporte para la entrega de los bienes, así como los costos del seguro y del flete,· deberá ser cubierto por el proveedor.

TERCERA. Obligaciones. "EL PROVEEDOR" queda obligado a lo siguiente: /

a) Proveer el Equipo de Cómputo y Periféricos, en apego a las especificaciones enlistadas en el anexo que se adjunta al presente.

b) Realizar la entrega del Equipo de Cómputo y Periféricos, en los lugares y fechas señaladas en el presente instrumento.

c) Responder por los defectos y la calidad del equipo de cómputo y periféricos, objeto del presente contrato.

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CUARTA. Monto. Las partes convienen que la adquisición del Equipo de Cómputo y Periféricos, objeto del presente convenio tendrá un costo total de $1,400,862.07 (un --:5_ millón cuatrocientos mil" ochocientos sesenta y dos pesos 07/100 M.N.), antes del �� impuesto al valor agregado por concepto de la enajenación de bienes; y -- _ $1�625,000.00 (un millón seiscientos veinticinco mil pesos 00/100 M.N.) .:::S

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GUERRERO incluyendo el impuesto al valor agregado, monto que incluye todos los costos involucrados, por lo que no se podrá agregar o disminuir ningún costo extra y serán inalterables durante la vigencia del presente contrato.

QUINTA. Pago. "EL IEPC" realizará el pago del costo total del presente contrato, dentro de los primeros diez días hábiles siguientes a que "EL PROVEEDOR" haya realizado la entrega total del Equipo de Cómputo y Periféricos a entera satisfacción del Instituto, el cual se depositará vía transferencia electrónica al banco Banamex, sucursal 701 O, número de cuenta 8035658, clabe interbancaria 002045701080356586, a nombre de Distribuidora Integral de BCS SA de CV (se· anexa hoja con datos bancarios); previa entrega de la factura correspondiente, por lo que no se otorgará anticipo.

SEXTA. Rescisión del contrato. Las partes expresamente convienen que "EL IEPC" podrá rescindir unilateralmente el contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo de "EL PROVEEDOR", con 5 días naturales de anticipación, cuando exista causa justificada o razones de interés general, sin previa declaración judicial y sin responsabilidad alguna, por las causas que a continuación se establecen:

a. Si por causas imputables a "EL PROVEEDOR" no realiza la entrega del Equipo de Cómputo y Periféricos, bajo las especificaciones del anexo técnico.

b. Por no ajustarse "EL PROVEEDOR" a lo establecido en el presente instrumento o en su caso a las especificaciones y características señaladas por "EL IEPC", en el anexo técnico.

c. En caso de rescisión por causas no imputables a "EL PROVEEDOR" este conjuntamente con "EL IEPC" procederán a realizar la liquidación de los bienes que hasta esa fecha se hubieren recibido.

/

d. Si "EL PROVEEDOR" es quien decide promover la rescisión del contrato, lo hará mediante la autoridad judicial competente de acuerdo al domicilio de "EL IEPC", con cinco días naturales de anticipación, cuando a su juicio existan causas justificadas o razones de interés general.

SÉPTIMA. Résponsables. Queda entendido por las partes, que los servidores públicos responsables de "EL IEPC" para administrar, supervisar, vigilar y verificar el cumplimiento de ­, las· especificaciones señaladas en el presente contrato son las siguientes:

Los responsables para vigilar el cumplimiento de las especificaciones de los bienes, condiciones de entrega y de las obligaciones pactados en este contrato por parte de '' EL IEPC" son la ciudadana ALINA JIMENEZ APARICIO, en su carácter de encargada de la Dirección Ejecutiva de Informática, Sistemas y Estadística, y el

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GUERRERO ciudadano VÍCTOR DE LA PAZ ADAME, encargado de la Dirección Ejecutiva de Administración; por parte de "EL PROVEEDOR" será el Ciudadano CHRISTIAN EDUARDO MÁRQUEZ MORENO.

OCTAVA. Relación laboral. Las partes convienen que el personal aportado por cada una para la realización del presente contrato, se entenderá relacionado exclusivamente con aquella que lo empleó; por ende, cada una de ellas asumirá su responsabilidad por este concepto, y en ningún caso serán consideradas como patrones solidarios o sustitutos.

NOVENA. Vigencia. La vigencia del presente contrato será a partir de la firma del mismo y terminará con el procedimiento de entrega­recepción del Equipo de Cómputo y Periféricos.

DÉCIMA. Terminación anticipada. Cualquiera de las partes podrá dar por terminado el presente instrumento con antelación a su vencimiento mediante aviso por escrito a su contraparte, notificándola con no menos de cinco días hábiles de anticipación, en tal caso, ambas partes tomarán las medidas necesarias para evitar perjuicios tanto a ellas como a terceros y "EL IEPC" cubrirá a "EL PROVEEDOR" los materiales entregados hasta ese momento.

DÉCIMA PRIMERA. Modificaciones. El presente contrato podrá ser modificado por voluntad de las partes, mediante el correspondiente convenio modificatorio, suscrito por quienes cuenten con facultades legales para ello. Dichas modificaciones obligarán a las partes a partir de la fecha de su firma.

DÉCIMA SEGUNDA. No transmisión de derechos y obligaciones. "EL PROVEEDOR" no podrá transferir a ninguna persona física o moral los derechos y obligaciones que se derivan del presente contrato.

DÉCIMA TERCERA. Controversias e interpretación. Este contrato producto de la buena fe, en razón de lo cual los conflictos que llegaran a presentarse en cuanto a su interpretación, formalización y cumplimiento, serán resueltos entre las partes. En caso de que las partes no lleguen a un acuerdo en común conforme al procedimientb referido, convienen en sujetar cualquier controversia que se. suscite en relación con este contrato a la jurisdicción de los tribunales del Estado de Guerrero, con sede en esta ciudad de Chilpancingo de los Bravo, renunciando en consecuencia a cualquier otro fuero a que pudieren tener derecho ahora o en el futuro por razones de domicilio u otras causas.

DÉCIMA CUARTA. De la garantía. Para el caso de incumplimiento a cualquiera de las obligaciones por parte de "EL PROVEEDOR", "EL IEPC" hará efectiva la

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garantía equivalente al 10% del monto total ofertado considerando el Impuesto al Valor Agregado.

DÉCIMA QUINTA. Pena convencional. Se establece una pena o sanción convencional para los casos de incumplimiento en los plazos establecidos en el contrato para la entrega del Équipo de Cómputo y Periféricos, objeto de la presente licitación pública nacional, equivalente al 1 % del monto total del contrato por cada dos días de atraso.

Cuando se acumulen sanciones equivalentes al 10% del total del monto del contrato. adjudicado, el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero procederá a rescindir dicho contrato.

Leído que les fue el presente instrumento y enteradas las partes de su contenido y alcance legal, lo ratifican y firman en dos tantos, el día cuatro del mes de julio del año dos mil dieciséis.

MARISEL R ­ YES REYES, CONSEJ RA PRESIDENTA.

/

OR "EL IEPC"

:P:A'BficrNÍJiARTÍNEZ ORTÍZ, RETARIO EJECUTIVO.

CHRISTIAN ED MÁRQUEZ MORENO, REPRESENTANTE LE AL DE "DISTRIBUIDORA

INTEGRAL DE BCS SA DE CV".

Elaboró:

Supervisó:

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