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GUIA PARA EXPORTAR A MEXICO ________________________________________________ GUIA PARA EXPORTAR A MEXICO ________________________________________________ Ministerio de Comercio, Industria y Turismo - PROEXPORT Diciembre de 2008

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TABLA DE CONTENIDO 1. PANORAMA ECONOMICO Y POLITICO ........................................................... 3 

1.1. Población y geografía ........................................................................................ 4 1.2. Análisis de la Economía .................................................................................... 5 1.3. Análisis del Entorno Político ........................................................................... 10 

2. COMERCIO EXTERIOR ...................................................................................... 13 2.1. Análisis del comportamiento de la Balanza Comercial ................................... 13 

2.1.1. Importaciones ........................................................................................... 14 2.1.2. Exportaciones ........................................................................................... 17 

2.2. Análisis del Intercambio Bilateral con Colombia............................................ 20 2.2.1. Exportaciones Colombianas a México ..................................................... 21 2.2.2. Importaciones colombianas procedentes de México ................................ 23 

3. ACUERDOS COMERCIALES ............................................................................. 24 3.1. Acuerdo de Libre Comercio entre Estados Unidos, México y Canadá - NAFTA. .................................................................................................................. 24 3.2. Tratado de Libre Comercio del Grupo de los Tres (G-3) ................................ 25 3.3. Tratado de Libre Comercio México - Chile .................................................... 33 3.4. Tratado de Libre Comercio México - Israel .................................................... 35 3.5. Tratado de Libre Comercio México- Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) ........................................................................................ 35 3.6. Otros Acuerdos ................................................................................................ 38 

4. REGULACIONES Y NORMAS AMBIENTALES, RESTRICCIONES Y REQUERIMIENTOS ESPECIALES ......................................................................... 44 

4.1. Regulaciones y Normas Ambientales .............................................................. 44 4.2. Tarifas .............................................................................................................. 45 4.3. Licitaciones ...................................................................................................... 47 4.4. Etiquetado ........................................................................................................ 51 

4.5. Normas Oficiales Mexicanas ....................................................................... 53 5. MERCADEO DE PRODUCTOS Y SERVICIOS ................................................. 56 

5.1. Proceso Tradicional de Negociación ............................................................... 56 5.2. Canales de Comercialización y Distribución ................................................. 58 5.3. Técnicas de mercadeo ...................................................................................... 65 

6. FORMAS DE ORGANIZACIÓN DE LOS NEGOCIOS ...................................... 65 7. LEY DE INVERSION EXTRANJERA ................................................................. 79 

7.1. Marco Legal y Condiciones Generales ............................................................ 80 7.2. Actividades Económicas Sujetas a Regulaciones Específicas para los Inversionistas Extranjeros ...................................................................................... 81 7.3. Procedimientos para que una empresa constituida en México con capital extranjero pueda realizar operaciones de comercio exterior .................................. 83 

8. LEGISLACION LABORAL .................................................................................. 86 9. LOGISTICA Y TRANSPORTE ............................................................................ 96 

9.1. Acceso Marítimo ............................................................................................. 96 9.2. Acceso Aéreo ................................................................................................... 98 

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9.3. Otros aspectos importantes para el manejo logístico en destino. .................... 99 10. CULTURA DE NEGOCIOS .............................................................................. 103 11. VIAJES DE NEGOCIOS ................................................................................... 105 

11.1. Comunicaciones .......................................................................................... 106 11.2. Horarios ....................................................................................................... 106 11.3. Días Festivos 2009 ...................................................................................... 107 11.4. Proceso de Inmigración para empresarios ................................................... 108 

12. EMBAJADAS Y OFICINAS COMERCIALES DE PROEXPORT ................ 109 12.1. Oficina Comercial de Proexport Colombia en México ............................... 109 12.2. Embajada de México en Colombia .............................................................. 109 12.3. Embajada de Colombia en México .............................................................. 110 13.1. Disponibles en Internet ................................................................................ 111 

Tabla 1. Indicadores Macroeconómicos .............................................................. 10 Tabla 2. Balanza Comercial Mexicana ................................................................. 13 Tabla 3. Principales Productos Importados por México. ................................... 15 Tabla 4. Principales Productos Exportados por México. ................................... 18 Tabla 5. Comercio Bilateral Colombo – mexicana ............................................. 20 Tabla 6. Principales Productos No Tradicionales exportados a México. ........ 22  Gráfica 1. Balanza Comercial de México. ............................................................ 13 Gráfica 2. Principales Socios de Importación de México. ................................. 16 Gráfica 3. Principales Socios Comerciales de Exportación de México ........... 19 Gráfica 4. Balanza Comercial Colombo – mexicana. ........................................ 20 

1. PANORAMA ECONOMICO Y POLITICO

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1.1. Población y geografía 1 Los Estados Unidos Mexicanos, conocido comúnmente como México, tienen una extensión territorial de aproximadamente 1.972.550 Kilómetros cuadrados, constituyéndose en el quinto país más extenso del continente americano y el tercero entre los países latinoamericanos. México limita al sur este con Guatemala, Belice y el Mar Caribe; el Océano Pacífico en el oeste y en el sur; y el Golfo de México en el este. Por su ubicación geográfica, México goza de una posición estratégica en cuanto a comunicaciones e intercambio con terceros países, pues con 10,143 Km. de costas, es vecino del país con el mercado de consumo más importante del mundo: Estados Unidos; con quién limita al norte. México cuenta con una diversidad de relieves geográficos, destacándose los territorios altos formados por la Sierra Madre Oriental, la Sierra Madre Occidental y la Cordillera Neovolcánica, que contrastan con las zonas costeras del litoral. Estas características geográficas, entre otros factores, determinan una gran variedad de climas que permiten el desarrollo de diferentes cultivos de zonas cálidas, templadas y frías. Tiene estaciones climáticas muy marcadas: entre octubre y febrero es otoño e invierno; y entre marzo y septiembre es primavera y verano. Uno de los problemas climáticos más serios que afronta México es que aproximadamente el 50% de la superficie territorial tiene clima seco y semiseco, lo que genera una falta de agua, principalmente en la zona norte del país. La geografía mexicana es bastante accidentada, casi el 70% es montañosa. Cabe señalar, que no obstante la variedad de zonas fértiles existentes en el país, éstas se encuentran aisladas unas de otras y por ello se calcula que sólo el 15% del total territorial es cultivable. Con respecto a sus recursos pecuarios, éstos se han desarrollado en abundancia en ambos litorales. Los recursos forestales explotables comercialmente son escasos, tan sólo el 10% del territorio dispone de especies utilizables para la industria maderera. México es muy rico en recursos energéticos, como gas y petróleo, y minerales. De esta última actividad sólo se aprovecha el 20% de la 1 Fuente: International Trade Reporter. Oficina Comercial de Proexport en México. 22/04/05.

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capacidad total y se destaca en el ámbito mundial como productor de plata y fluorita. Además produce oro, plomo, cobre, magnesio y zinc, entre otros. La población en 2007 ascendió a 105.790.725 2 personas. La estructura de la población mexicana se caracteriza por el predominio de los jóvenes: la mitad de ella, tiene menos de 20 años de edad. Ciudad de México, es la concentración urbana más grande del mundo, con una población metropolitana que excede los 8 millones de habitantes. Ciudad de México es el centro comercial, industrial y cultural del país. La segunda ciudad más grande en México es Guadalajara, ubicada al noroeste de la Ciudad de México, posee una población de 6 millones de habitantes. La tercera es Monterrey, localizada al norte de México muy cerca a los Estados Unidos. Monterrey se ubica como la ciudad industrial más importante, con una población de 5 millones de habitantes. 1.2. Análisis de la Economía 3 La tasa de crecimiento del producto interno bruto de México reflejó la desaceleración de la economía estadounidense y se redujo de un 4,8% en 2006 a un 3,3% en 2007. La baja de la demanda desde ese país vecino redundó en una pérdida de dinamismo de la industria manufacturera (principal proveedora de exportaciones), que de una expansión del 4,7% en 2006 pasó a una estimada en menos del 1% en 2007. A pesar del incremento del precio del petróleo —que dio flexibilidad al gasto público y ayudó a cumplir la meta de equilibrio fiscal—, el impulso de las exportaciones de hidrocarburos se debilitó debido al descenso del volumen colocado. A su vez, como el dinamismo importador se mantuvo, el déficit comercial casi se duplicó. El incremento del consumo privado rondó el 4%, gracias al apoyo de la expansión del empleo, del crédito y, en menor medida, de las remesas. La formación de capital se elevó cerca de un 6%, resultado principalmente atribuible al componente de maquinaria y equipo, pues la construcción perdió vigor. La inflación llegaría a un 4% debido al alza de las cotizaciones internacionales de alimentos y productos energéticos, así como de algunos

2 Fuente: CONAPO (Consejo Nacional de Población de México (CONAPO), población estimada para mitad del año 2007. 3 Fuente: Balance Preliminar de las Economías de América Latina y Caribe a 2007, CEPAL. Tomado el 22/12/08.

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precios internos. Se produjeron aumentos importantes del costo de ciertos alimentos, a principios de año asociados al precio del maíz y, hacia el último trimestre, a causa de las inundaciones ocurridas en Tabasco y Chiapas, que dejaron algo más de un millón de damnificados, aunque se prevé que sus repercusiones marginales incidirán en el crecimiento económico del año próximo. Se estima que en 2008 la economía mexicana evolucionaría a la misma tasa de un 3,3%, impulsada principalmente por el mercado interno y por la inversión que generaría la puesta en marcha del Programa Nacional de Infraestructura 2007-2012. La inflación estimada bordea el 3,5% y también se prevé un virtual equilibrio fiscal. Como resultado del crecimiento económico esperado, el déficit en cuenta corriente aumentaría y podría superar los 8.000 millones de dólares (1% del PIB). La tasa de crecimiento del producto interno bruto de México reflejó la desaceleración de la economía estadounidense y se redujo de un 4,8% en 2006 a un 3,3% en 2007. La baja de la demanda desde ese país vecino redundó en una pérdida de dinamismo de la industria manufacturera (principal proveedora de exportaciones), que de una expansión del 4,7% en 2006 pasó a una estimada en menos del 1% en 2007. A pesar del incremento del precio del petróleo —que dio flexibilidad al gasto público y ayudó a cumplir la meta de equilibrio fiscal—, el impulso de las exportaciones de hidrocarburos se debilitó debido al descenso del volumen colocado. A su vez, como el dinamismo importador se mantuvo, el déficit comercial casi se duplicó. Los ingresos del sector público se elevaron un 2,4% real en el período enero-septiembre, debido a que si bien hubo una disminución del 4,6% de los ingresos petroleros (34,2% de los ingresos totales), los no petroleros aumentaron un 6,4%. En el caso de los primeros, la causa fue un descenso de 22,6% de los derechos y aprovechamientos por hidrocarburos, provocado por la baja del precio del gas natural, la reducción del volumen de petróleo crudo extraído y la disminución de los pagos por concepto de los derechos correspondientes al régimen fiscal. En contraste, los ingresos de la empresa paraestatal Petróleos Mexicanos (Pemex) crecieron un 66,4% en términos reales como resultado del alza del precio del petróleo, que llegó a 56,37 dólares por barril al cierre del tercer trimestre, valor muy superior al previsto en los parámetros generales de la política económica 2007 (42,5 dólares por barril). A la expansión real de los ingresos no petroleros contribuyeron dos factores: el marcado aumento de los derechos y aprovechamientos, así como la mayor recaudación del impuesto a la renta, el impuesto al valor agregado (IVA) y el impuesto especial a la producción y servicios (IEPS). Esta mejoría se debió, en el caso del IVA, al incremento de las ventas, y en el del IEPS, a la positiva evolución de los recaudos por concepto de bebidas

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alcohólicas y tabacos. La captación de ingresos superiores a los previstos permitió elevar un 2,7% el gasto presupuestario real del sector público entre enero y septiembre, contexto en el que cabe destacar los aumentos de las erogaciones corrientes (5,2%) y, sobre todo, del gasto de capital (15%). La inversión física creció un 2,5% y representó el 15,8% del gasto programable. Se estima que los requerimientos financieros del sector público ascendieron a un 1,6% del PIB, el doble de la cuantía registrada en 2006. En septiembre el Congreso de la Unión aprobó, con modificaciones, la iniciativa de reforma fiscal propuesta por el poder ejecutivo. La reforma entrará en vigor en 2008 y algunos de sus principales componentes son: i) la nueva ley del impuesto empresarial a tasa única, en virtud de la cual inicialmente se gravará a las empresas con una tasa del 16,5%, que irá subiendo cada año hasta llegar a un 17,5% en 2010; ii) la reforma del régimen fiscal de Pemex con el fin de otorgarle mayores recursos; y iii) la imposición de un gravamen del 2% a los depósitos bancarios en efectivo superiores a 25.000 pesos mensuales, medida que apunta a desincentivar la informalidad. Con la aprobación de esta ley, el gobierno prevé un aumento de los ingresos tributarios equivalente al 1,1% del PIB en 2008, que llegaría al 2,1% en 2012. El gobierno federal adquirió reservas internacionales del Banco de México para cubrir vencimientos de títulos de deuda en 2006 y 2007 por un total de 4.767 millones de dólares. Hasta septiembre de 2007 se había amortizado pasivos externos que sumaban 5.806 millones de dólares. Ese mismo mes, la deuda externa neta representaba un 4,6% del PIB. Por su parte, la deuda pública interna llegaba a un 15,8% del PIB, cifra mayor en 1,4 puntos porcentuales que la registrada en 2006. La política monetaria apuntó al objetivo de mantener la inflación en torno a un 3%; sin embargo, a lo largo del año surgieron presiones inflacionarias derivadas del alza de los precios internacionales de algunos alimentos (sobre todo granos y lácteos), por lo que en noviembre el incremento anual del índice de precios al consumidor se ubicó en un 3,97%, y se estima que será de un 4% para el año en su conjunto. Con el fin de abatir las presiones inflacionarias, en octubre el Banco de México decidió restringir las condiciones monetarias, lo que determinó que la tasa de fondeo bancario se elevara 25 puntos base, para quedar en un 7,5%. Por otra parte, el instituto central anunció que a partir del 21 de enero de 2008 usará la tasa de interés interbancaria a un día para regular el mercado de dinero crediticio, lo cual está en línea con la práctica observada en otros países. En el mercado cambiario siguió ingresando un abundante flujo de divisas, y en el contexto de un debilitamiento del dólar frente a otras monedas, el peso ganó terreno con respecto a la divisa estadounidense, lo que conllevó una

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ligera apreciación real (0,34%) de la moneda mexicana en los 12 meses contados a septiembre de 2007. Como resultado de la persistencia del proceso de re monetización, en septiembre la base monetaria registró un aumento del 12,3% con respecto a igual mes de 2006. La expansión de los agregados monetarios fue ligeramente menor que en 2006, en concordancia con la baja del ritmo de la actividad económica. La reducción de las necesidades financieras del sector público contribuyó a mantener la disponibilidad de recursos para el sector privado. El crédito de la banca comercial al sector privado siguió creciendo a tasas de dos dígitos; el destinado a las empresas, que en los últimos años había sido el menos dinámico, resalta con un 34% de expansión entre septiembre de 2006 y el mismo mes de 2007. El financiamiento para el consumo aumentó un 23,8% y el dirigido a la vivienda, un 22,3 % en el mismo período. El índice de morosidad (razón entre cartera vencida y total) de los créditos de la banca comercial al sector privado se ubicó en un 4,12% en junio, 0,92 puntos porcentuales más que el valor observado en el mismo mes de 2006. El Banco de México siguió aplicando el mecanismo de subastas para reducir la acumulación de reservas internacionales. Hasta el 31 de octubre se subastaron 2.901 millones de dólares y a fines de ese mes la variación neta de las reservas era casi de 6.800 millones de dólares con respecto al monto registrado en ese mismo período del año anterior, de lo que resultaba un saldo de 75.538 millones de dólares. En la evolución de la actividad económica fue determinante la desaceleración de la demanda de Estados Unidos, que no pudo ser compensada por el mayor dinamismo de las ventas (automóviles y otros bienes duraderos) a Japón y la Unión Europea. La demanda interna, después de un primer semestre de crecimiento muy pausado, según las estimaciones se expandió paulatinamente durante el segundo, en respuesta a la recuperación del empleo y la ampliación del crédito. Los servicios encabezaron la positiva evolución de la oferta con un crecimiento en torno al 4%, principalmente como consecuencia del buen desempeño de las comunicaciones y el transporte, así como de los servicios financieros y seguros. Por su parte, el sector industrial perdió vitalidad, a causa de la baja de la producción de madera y sus productos, de textiles y prendas de vestir y de otras industrias manufactureras, mientras que la de maquinaria y equipo, papel, imprenta y editoriales y minerales no metálicos resaltó por sus significativos incrementos. Especialmente destacable fue la expansión de un 10,3% anual (octubre a octubre) de la producción de la industria automotriz, sobre todo para exportación. Debido al menor dinamismo de la economía, la tasa de ocupación bajó levemente, y la de desocupación abierta pasó de un 3,6% de la población

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económicamente activa (PEA) en el período de enero a septiembre de 2006, a un 3,8% en el mismo lapso de 2007. Según la encuesta nacional de ocupación y empleo, la proporción de población en condiciones críticas de ocupación en el tercer trimestre del año fue de un 11,2% de la PEA, mientras que el empleo informal abarcó al 27% de esta. Sin embargo, el número de afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) creció a un ritmo relativamente elevado (5,7% en octubre, en comparación con el mismo mes del año anterior), aunque poco más del 50% de los empleos generados fueron temporales. Entre los rubros más dinámicos en la generación de empleo permanente se cuentan los servicios para empresas, personas y hogares (213.224), el comercio (86.410) y la construcción (77.432). Como consecuencia de la baja del ritmo económico de Estados Unidos, el crecimiento del valor de las exportaciones se redujo de un 19,8% en el período enero a septiembre de 2006 a un 6,6% entre los mismos meses de 2007; la tasa de aumento de las importaciones fue del 9,6%, menos de la mitad de la registrada en igual fecha de 2006. Cabe destacar los incrementos de las compras externas de bienes de consumo y de capital, que fueron de un 15,1% y un 11,6%, respectivamente. Como consecuencia de estos resultados, el déficit de la balanza comercial superó en 5.633 millones de dólares la cifra correspondiente a enero-septiembre de 2006. El déficit de la balanza comercial no petrolera representó un 4,3% del PIB. La participación de las exportaciones mexicanas en el total de las compras externas de Estados Unidos pasó del 10,7% en los primeros tres trimestres de 2006 al 10,8% en el mismo período de 2007, mientras que la de China aumentó 1,5 puntos porcentuales, hasta abarcar un 16,5% del mercado estadounidense. Se espera que el déficit de la cuenta corriente bordee un 1% del PIB (8.000 millones de dólares). El ritmo de crecimiento de las remesas familiares disminuyó debido a la pérdida de vigor de la economía de Estados Unidos, principalmente en el rubro de la construcción: hasta septiembre los ingresos por este concepto registraban un valor acumulado de 18.200 millones de dólares (1,3% más que en 2006). Se prevé que en 2007 la inversión extranjera directa se sitúe en el rango de 21.000 a 23.000 millones de dólares. En el primer semestre del año los mayores flujos de IED se dirigieron a la industria automotriz, la de aparatos electrodomésticos y el sector de servicios. Riesgo de no Pago4: BBB +

4 Fuente: Fitchratings (Long term foreign currency). Tomado el 27/11/08.

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Tabla 1. Indicadores Macroeconómicos

Datos 2005 2006 2007

Población (Millones de Habitantes) 103,9 104,8 105,7

Producto Interno Bruto (US$ Millones) a precios corrientes 888.709 980.109 1.080.579 Producto Interno Bruto (Cambio % anual) 2,8 4,8 3,3 PIB per cápita US$ (c) 8.550 9.346 10.214 Inflación (%) 3,33 4,05 3,76 Desempleo (%) 3,6 3,61 3,72 Tasa de Cambio ($MX/US$) 10,92 10,94 10,96 Tipo de cambio bilateral ($MX/$COL) 212,82 216,02 189,99

Fuente: Consejo Nacional de Población de México (CONAPO), Instituto Nacional de Estadística, Geografía e

Informática (INEGI), Banco de México, OANDA.

1.3. Análisis del Entorno Político Constitución Política México tiene una democracia basada en una Constitución, la cual fue adoptada en 1917 y constituye la ley fundamental de la Nación. Es una República Representativa, Democrática y Federal, constituida por 32 Estados libres y soberanos en su régimen interno, pero unidos en una Federación, según lo establece la Carta Política del País. Estructura de Poderes La Federación se divide en tres poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial. • El poder Legislativo se localiza en el Congreso General, el cual se divide

en dos Cámaras: una de Diputados que se renueva en su totalidad cada tres años, y una de Senadores que se renueva por mitades cada tres años.

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• El Poder Ejecutivo se deposita en un solo individuo, quién se constituye

en el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. Las elecciones para Presidente se realizan cada 6 años, sin reelección posible.

• El Poder Judicial se concentra en la Suprema Corte de Justicia. Gobernación de los Estados La administración pública se divide en tres grandes ramas: la Federal, cuyo ejercicio abarca todo el país; la Estatal, cuando se concentra en un sólo Estado; y la Municipal que se refiere a las unidades político – administrativas que componen los Estados. Cada uno de los 32 Estados tiene su propio Gobierno, el cual presenta la misma división de poderes que la Federación: El Ejecutivo lo desempeña el Gobernador, quién es renovado cada seis años; el Legislativo la Cámara de Diputados local; y el Judicial, el Tribunal Superior de Justicia del Estado. Los municipios son administrados a través de un ayuntamiento compuesto por el Presidente Municipal; Regidores y Síndicos, quienes duran tres años en sus cargos y no tienen derecho a reelección para el período inmediato posterior. Características del Sufragio Electoral En la legislación electoral mexicana el sufragio se concibe simultáneamente como prerrogativa y como obligación del ciudadano. Al igual que en todas las sociedades modernas, el sufragio en México es universal, libre, secreto y directo. Los hombres y mujeres que tienen nacionalidad mexicana, ya sea por nacimiento o naturalización, pueden votar desde los 18 años a través de la inscripción en el Padrón o registro electoral. Principios de Elección Conforme con lo dispuesto en la legislación electoral vigente, para la integración de los órganos de representación popular a escala nacional se utilizan los dos principios o fórmulas tradicionales: el de mayoría relativa y el de representación proporcional, pero en el caso del Senado también se emplea el principio de primera minoría para asignar un escaño en cada entidad federativa.

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Bajo el principio de mayoría relativa, el candidato o fórmula de candidatos que obtenga el mayor número de votos sobre el total emitido en la elección correspondiente, accede en forma directa al cargo de elección en juego. Por este principio se elige al Presidente de la República, a 300 de los 500 diputados y a 64 de los 128 senadores. De acuerdo con el principio de representación proporcional, los cargos se distribuyen entre los candidatos registrados en función del número de votos obtenidos por cada partido político respecto del total de votos emitidos en la elección correspondiente; por este principio se eligen 200 de los 500 miembros de la Cámara de Diputados y 32 de los 128 senadores. Por el principio de primera minoría se asigna una posición en el Senado por cada una de las 32 entidades federativas. Este principio hace referencia al hecho de que un cargo le es asignado al candidato o fórmula de candidatos de aquel partido político que ocupe el segundo lugar por el número de votos obtenidos en la demarcación territorial de que se trate.

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2. COMERCIO EXTERIOR 2.1. Análisis del comportamiento de la Balanza Comercial 5

La balanza comercial de México presenta déficit creciente en los tres últimos años, al pasar de un saldo negativo de US$ 7.780 millones en 2005 a un saldo negativo aún de US$ 11.222 millones en 2007, que representa un crecimiento promedio del déficit del 22,57%. En el último año el déficit creció en 50,23% frente al 2006.

Tabla 2. Balanza Comercial Mexicana

COMERCIO EXTERIOR Millones US$ Millones US$ Millones US$ 2005 2006 2007

EXPORTACIONES (FOB) 213.631 248.817 272.044 IMPORTACIONES (CIF) 221.412 256.287 283.267

BALANZA COMERCIAL (7.781)

(7.470) (11.222)

Fuente: ALADI.

Gráfica 1. Balanza Comercial de México.

5 Fuente: Sistema de Informaciones de Comercio Exterior - ALADI. Tomado el 26/11/08.

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2.1.1. Importaciones

En el período 2005- 2007 las importaciones totales de México presentaron un incremento promedio anual de 12,95%, al pasar de US$ 211.412 millones en 2005 a US$ 283.267 millones en el último año. En 2007 las importaciones registraron un crecimiento de 10,53% con respecto al año anterior.

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Tabla 3. Principales Productos Importados por México.

Posición Producto US$CIF 2006 US$CIF 2007 PART.(%) 2007

27101104

GASOLINA, EXCEPTO LO COMPRENDIDO EN LA FRACCIÓN 2710.11.03. 6.478.580.000 9.915.514.000 3,50

90138099

LOS DEMAS DISPOSITIVOS DE CRISTAL LÍQUIDO. APARATOS E INSTRUMENTOS DE OPTICA. NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE

3.335.894.372 5.553.733.000 1,96

87032301

LOS DEMÁS VEHÍCULOS CON MOTOR DE ÉMBOLO (PISTÓN) ALTERNATIVO, DE ENCENDIDO POR CHISPA DE CILINDRADA SUPERIOR A 1,500 CM3 PERO INFERIOR O IGUAL A 3,000 CM3. 5.162.493.000 5.178.031.000 1,83

85423199

LOS DEMÁS PROCESADORES Y CONTROLADORES, INCLUSO COMBINADOS CON MEMORIAS, CONVERTIDORES, CIRCUITOS LÓGICOS, AMPLIFICADORES, RELOJES Y CIRCUITOS DE SINCRONIZACIÓN, U OTROS CIRCUITOS

- 4.934.227.000 1,74

87032401

LOS DEMÁS VEHÍCULOS CON MOTOR DE ÉMBOLO (PISTÓN) ALTERNATIVO, DE ENCENDIDO POR CHISPA DE CILINDRADA SUPERIOR A 3,000 CM3.

3.624.781.107 3.677.065.000 1,30

85299099

LAS DEMÁS PARTES IDENTIFICABLES COMO DESTINADAS, EXCLUSIVA O PRINCIPALMENTE, A LOS APARATOS DE LAS PARTIDAS 85.25 A 85.28

5.562.493.000 3.257.828.000 1,15

85171201

APARATOS EMISORES CON DISPOSITIVO RECEPTOR INCORPORADO, MÓVILES, CON FRECUENCIAS DE OPERACIÓN DE 824 A 849 MHZ PAREADO CON 869 A 894 MHZ, DE 1,850 A 1,910 MHZ PAREADO CON 1,930 A 1,990 MHZ, DE 890 A 960 MHZ O DE 1,710 A 1,880 MHZ, PARA RADIOTELEFONÍA (CONOCIDOS COMO "TELÉFONOS CELULARES") - 3.162.581.000 1,12

85423999

LOS DEMAS CIRCUITOS ELECTRÓNICOS INTEGRADOS

- 2.658.427.000 0,9427101904 GASOIL (GASÓLEO) O ACEITE DIESEL Y SUS MEZCLAS. 1.638.688.265 2.453.372.000 0,87

85369099

LOS DEMAS APARATOS PARA CORTE. SECCIONAMIENTO. PROTECCION. DERIVACION. EMPALME O CONEXION DE CIRCUITOS ELECTRICOS.

2.294.455.000 2.386.503.000 0,84

SUBTOTAL 28.097.384.744 43.177.281.000 15,24

OTROS PRODUCTOS 228.189.844.256 240.089.260.000 84,76

TOTAL IMPORTACIONES 256.287.229.000 283.266.541.000 100,00

Fuente: Sistema de Informaciones de Comercio Exterior - ALADI.

Los productos más representativos de las importaciones mexicanas en 2007 fueron: gasolina con 3,50% sobre el total importado, los demás dispositivos de cristal liquido, aparatos e instrumentos de óptica no expresados ni comprendidos en otra parte (1,96%), los demás automóviles de cilindrada entre 1500 cm3 y 3000 cm3 (1,83%) los demás circuitos integrados (1,74%); y los demás vehículos de cilindrada superior a 3000 cc (1,20%); entre los principales. Los diez primeros productos representan el 15,24% del total importado por México en el 2007.

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Socios Proveedores Los principales socios proveedores de importaciones a México en 2007 fueron: Estados Unidos (49,64%); seguido por China (10,52%); Japón (5,78%); Corea del Sur (4,45%); Alemania (3,78%); Canadá (2,82%); Taiwán (2,08%); Brasil (1,97%); Italia (1,96%) y Malasia (1,68%). Los diez principales socios representan el 84,68% del total. De Colombia, México importó el equivalente a 0,26% del total.

Gráfica 2. Principales Socios de Importación de México.

Principales Proveedores de México  2007

ESTADOS UNIDOS 49,64%

CHINA 10,52%

JAPON 5,78%

COREA DEL SUR 4,45%

ALEMANIA 3,78%

OTROS 25,84%

Fuente: ALADI

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2.1.2. Exportaciones

En los últimos tres años las exportaciones totales mexicanas presentaron un crecimiento promedio anual de 12,63%, al pasar de US$ 213.631 millones en 2005 a US$ 272.044 en el último año. En 2007 el incremento fue de 9,33% con respecto al 2006.

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Tabla 4. Principales Productos Exportados por México.

Posición Producto US$ FOB 2007 PART.(%) 2007

270900

ACEITES CRUDOS DE PETROLEO O DE MINERALES BITUMINOSOS. 37.937.176.000 13,95

852812

RECEPTORES DE TELEVISION EN COLOR CON APARATOS DE RADIODIFUSION O GRAV 19.915.072.000 7,32

870323 VEHICULOS AUTOMOVIL TRANSPORTE PERSONAS DE CILINDRADA SUPERIOR A 1500 14.739.675.000 5,42

852520 EMISORES RECEPTORES 7.601.026.000 2,79

854430

JUEGOS DE CABLES PARA BUJIAS DE ENCENDIDO Y DEMAS JUEGOS DE CABLES DE 5.127.108.000 1,88

870431

LOS DEMAS VEHICULOS PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCIAS CON MOTOR DE EMBO

4.291.822.000 1,58

870829

LAS DEMAS PARTES Y ACCESORIOS DE CARROCERIA, INCLUIDAS LAS CABINAS, EX

3.317.090.000 1,22

870899

LAS DEMAS PARTES Y ACCESORIOS DE VEHICULOS AUTOMOVILES

3.272.301.000 1,20

940190

SILLAS Y ASIENTOS DE MADERA, PARTES Y PIEZAS DE

3.133.961.000 1,15

847150

UNIDADES DE PROCESOS DIGITALES, EXCLUIDAS LAS SUBPARTIDAS 847141 Y 84

2.962.349.000 1,09 SUBTOTAL 102.297.580.000 37,60 OTROS PRODUCTOS 169.746.664.000 62,40 TOTAL EXPORTACIONES 272.044.244.000 100,00

Fuente: Cálculos del CCI basados en estadísticas de COMTRADE.

Los principales productos de exportación durante el año 2007 y su participación sobre el total fueron: aceites crudos de petróleo (13,95%); Receptores de televisión en color (7,32%); automóviles para transporte de personas de cilindrada entre 1500 cm3 (5,42%); aparatos emisores con dispositivo receptor incorporado móvil (2,79%) y juegos de cables para bujías de encendido (1,88%), entre otros. Los diez principales productos representan el 37,60% del total exportado.

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Países destino de las exportaciones En los destinos de las exportaciones mexicanas en 2007 es evidente una clara inclinación hacia sus socios del NAFTA. Los principales socios receptores de las exportaciones fueron: Estados Unidos con el 81,80% del total importado, seguido por Canadá con 2,38%; Alemania con 1,51%; España con 1,36%, Colombia con 1,08%; Venezuela con 0,86%; Brasil con 0,74%; Japón con 0,70%; Países Bajos (Holanda) con el 0,70% y China con 0,68%. Los diez principales socios representan el 91,81% del total exportado.

Gráfica 3. Principales Socios Comerciales de Exportación de México

Principales Destinos de las Exportaciones de México 2007

ESTADOS UNIDOS  81,80%

CANADÁ  2,38%

ALEMANIA  1,51%

ESPAÑA  1,36%

COLOMBIA  1,08%

OTROS 11,88%

FUENTE: ALADI.

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2.2. Análisis del Intercambio Bilateral con Colombia 6

Tabla 5. Comercio Bilateral Colombo – mexicana

COMERCIO BILATERAL Millones US$ Millones US$ Millones US$

2005 2006 2007 EXPORTACIONES (FOB) 611 582 495

1.Exportaciones Tradicionales (FOB) 180 79 212. Exportaciones No Tradicionales

(FOB) 431 502 474IMPORTACIONES (CIF) 1.757 2.291 3.073BALANZA COMERCIAL -1.146 -1.709 -2.577

Fuente: Departamento Administrativo Nacional de Estadística - DANE. La balanza comercial colombo - mexicana presenta en los últimos tres años un déficit creciente, al pasar de US$ 1.146 millones en 2005 a US$ 2.577 millones en el último año, para un crecimiento promedio anual del déficit equivalente a 50,12%. En 2007 la balanza incrementó el déficit en 50,8% frente al año anterior.

Gráfica 4. Balanza Comercial Colombo – mexicana.

6 Fuente: Departamento Administrativo Nacional de Estadística – DANE. Tomado el 04/09/07.

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2.2.1. Exportaciones Colombianas a México

En el período 2005 - 2007 las exportaciones colombianas totales pasaron de US$ 611 millones en 2005 a US$ 495 millones en el último año, registrando un decrecimiento promedio anual de 9,68%. En 2007 se presento un decrecimiento de 14,81% con respecto al 2006. Las exportaciones de productos tradicionales presentaron en el período analizado un decrecimiento promedio anual de 61,11%, al pasar de US$ 180 millones en 2005 a US$ 21 millones en el último año. Para el 2007 decrecieron en un 72,91% con respecto al año anterior. Las exportaciones tradicionales representan el 4,33% de las exportaciones totales. Las exportaciones no tradicionales hacia México registraron en el período analizado tendencia al crecimiento presentando una tasa promedio anual de 4,57%, al pasar de US$ 431 millones en 2005 a US$ 474 millones en el 2007. Sin embargo en el último año se presentó un decrecimiento del 5,65% frente al 2006.Los productos no tradicionales concentran el 95,67% del total de exportaciones.

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Tabla 6. Principales Productos No Tradicionales exportados a México.

Posición Producto US$ FOB 2006US$ FOB

2007 PART. (%)

2007 4901999000 LOS DEMAS LIBROS, FOLLETOS E IMPRESOS

SIMILARES. . 19.778.856 21.569.059 4,35

6212100000 SOSTENES (CORPINOS), INCLUSO DE PUNTO 14.848.306 18.924.916 3,823920209000 LAS DEMAS PLACAS, LAMINAS, HOJAS Y TIRAS, DE

PLASTICO NO CELULAR Y SIN REFUERZO, ESTRATIFICACION NI SOPORTE O COMBINACION SIMILAR CON OTRAS MATERIAS, DE POLIPROPILENO

- 18.217.902 3,68

4011209000 LOS DEMAS NEUMATICOS (LLANTAS NEUMATICAS) NUEVOS DE CAUCHO, DE LOS TIPOS UTILIZADOS EN AUTOBUSES O CAMIONES. .

19.755.132 16.725.911 3,38

1513211000 ACEITES DE ALMENDRA DE PALMA Y SUS FRACCIONES, EN BRUTO

9.467.957 14.459.138 2,92

3304990000 LAS DEMAS PREPARACIONES DE BELLEZA, DE MAQUILLAJE Y PARA EL CUIDADO DE LA PIEL, EXCEPTO LOS MEDICAMENTOS, INCLUIDAS LAS PREPARACIONES ANTISOLARES Y BRONCEADORAS

10.604.449 14.426.443 2,91

3004902900 LOS DEMAS MEDICAMENTOS PARA USO HUMANO. , 6.507.279 8.434.090 1,703902100000 POLIPROPILENO 13.362.705 7.835.146 1,586204620000 PANTALONES LARGOS, PANTALONES CON PETO,

PANTALONES CORTOS (CALZONES) Y SHORTS DE ALGODON, PARA MUJERES O NINAS, EXCEPTO LOS DE PUNTO

7.394.401 7.244.677 1,46

3902300000 COPOLIMEROS DE PROPILENO 7.417.092 7.227.489 1,46

SUBTOTAL PRODUCTOS 109.136.178 135.064.771 27,26

OTROS PRODUCTOS 472.462.773

360.383.401 72,74

TOTAL NO TRADICONALES 502.386.216

473.989.854 95,67

TOTAL EXPORTACIONES 581.598.951

495.448.172 100,00

Fuente: Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas DANE

Los principales productos no tradicionales exportados a México desde Colombia en el 2007 y su participación sobre el total exportado fueron: Los demás libros, folletos e impresos similares con una participación del 4,35% sobre el total; sostenes con el 3,82%; las demás placas, hojas, laminas de plástico no celular con el 3,68%; los demás neumáticos nuevos de caucho con el 3,38% y aceites de almendra de palma con el 2,92%, entre los más importantes. Los diez principales productos representan el 27,26% del total exportado y el 28,5% de los no tradicionales.

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2.2.2. Importaciones colombianas procedentes de México

En los últimos tres años las importaciones de productos provenientes de México se han incrementado a una tasa promedio anual de 32,50% pasando de US$ 1.757 millones en 2005 a US$ 3.073 millones en 2007. En el último año, el aumento registrado fue del 34,14% con respecto al año 2006.

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3. ACUERDOS COMERCIALES 7

3.1. Acuerdo de Libre Comercio entre Estados Unidos, México y Canadá - NAFTA. El Tratado norteamericano de libre comercio (NAFTA) entró en vigencia el 1º de enero de 1994 entre Canadá, México y los Estados Unidos, creando una zona de libre comercio en un período máximo de transición de 15 años, que se rige de acuerdo a las reglas establecidas por la OMC y teniendo en consideración el tratado bilateral de 1989 o Tratado de Libre Comercio entre Canadá y Estados Unidos. Las tarifas o aranceles entre Canadá y México serán eliminados, en su mayoría, en diez años, ya sea inmediatamente, sobre un período de 5 años o a lo largo de los 10 años, dependiendo del producto. Para algunos productos de sensibilidad económica, el tratado eliminará los derechos de aduana en quince años. Los países participantes podrán llegar a un acuerdo para acelerar la eliminación anticipada de los derechos de aduana sobre cualquier producto. Durante el período de transición, las tasas de derechos de aduanas variarán dependiendo del país beneficiario del TLC en que se produjeron los productos. Eso es, el TLC puede asignar una tasa del acuerdo diferente sobre los productos de Canadá que entran en los Estados Unidos, que sobre el mismo fabricado en México entrando en los Estados Unidos. Para la mayoría de productos importados al Canadá, existirán tres tarifas TLC; la tarifa depende si el origen de los productos es estadounidense, mexicano o si fueron producidos conjuntamente en los EE.UU. y México. Generalmente, los aranceles se eliminarán solamente sobre los productos "originarios” según se define en el artículo 401 del acuerdo, es decir, los transbordos de productos fabricados en otro país a través de México o Canadá no tendrán derecho a las tasas preferenciales. El TLC provee aranceles reducidos sobre algunos productos en Canadá, México y los Estados Unidos, que no se originan en estos países, pero que reúnen ciertas condiciones descritas en el acuerdo.

7 Fuente: Secretaria de Negociaciones Comerciales Internacionales – México. Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia. Tomado el 23/10/07.

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Normas de Origen El TLC otorga beneficios para gran variedad de productos "originarios” de la región, de cuatro maneras:

• Productos totalmente adquiridos o producidos dentro de la región.

• Productos producidos totalmente dentro de la región exclusivamente con materias originarias.

• Productos que cumplan la regla específica del apéndice 401 sobre el origen.

• Productos desmontados y clasificados con sus repuestos que no cumplan la regla del apéndice 401 sobre el origen, pero que contengan el 60% del valor regional utilizando el método del valor de la transacción (50% utilizando el método del costo neto).

Los productos que clasifican como originarios perderán esta condición si posteriormente son objeto de alguna operación fuera de la región del TLC, que no sea descargarlos, volverlos a cargar o cualquier otra operación para conservarlos en buena condición o para transportar los productos al Canadá, México o a los Estados Unidos.

3.2. Tratado de Libre Comercio del Grupo de los Tres (G-3) El Tratado del Grupo de los Tres (G-3), integrado por México, Colombia y Venezuela, se firmó en junio de 1994 y entró en vigor el 1 de enero de 1995. El 22 de mayo del 2006 Venezuela renunció al G-3 y ésta renuncia surtió efecto 180 días después de comunicada. A partir del 20 de Noviembre de 2006, Venezuela no hace parte del TLC-G3. La renuncia por parte de Venezuela no afecta las relaciones comerciales entre Colombia y México, que se sigue rigiendo por lo establecido bajo el acuerdo. El tratado busca un acceso amplio y seguro a los respectivos mercados, a través de la eliminación gradual de aranceles, reconociendo los sectores sensibles de cada país. Establece disciplinas para asegurar que la aplicación de las medidas internas de protección a la salud y la vida humana, animal y

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vegetal, del ambiente y del consumidor, no se conviertan en obstáculos innecesarios al comercio. Igualmente fija disciplinas para evitar las prácticas desleales de comercio y contiene un mecanismo ágil para la solución de las controversias que puedan suscitarse en la relación comercial entre los países. Con el Tratado del G-3 se formó una zona de libre comercio entre México, Colombia y Venezuela de 145 millones de habitantes. Este Tratado incluye una importante apertura de mercados para los bienes y servicios mexicanos y establece reglas claras y transparentes en materia de comercio e inversión, otorgando certidumbre a los agentes económicos. Además, se permite la adhesión a terceros países de América Latina y el Caribe. El G-3 representa oportunidades para aumentar y diversificar las exportaciones y producción, generar empleos productivos y bien remunerados, economías de escala vía alianzas comerciales y de inversión, mayor competitividad y crecimiento, que se traducen en un mayor bienestar. El Tratado del G-3 incluye los siguientes temas: Programa de desgravación • Incluye un programa de eliminación arancelaria para el universo de

productos industriales.

El Anexo I al artículo 3-04 establece el Programa de Desgravación, cuyo principio general establece que el universo arancelario se desgravará de manera gradual y automática en un período de 10 años.

La primera reducción del arancel remanente comenzó el 1º de enero de 1995. Las nueve etapas adicionales, iguales y anuales se aplican desde el 1º de julio de 1996, de manera que esos bienes quedarán libres de impuesto de importación el 1º julio de 2004, pudiéndose por consenso entre las Partes acelerar la desgravación para aquellos productos en los que se considere necesario. Los sectores agrícola y automotor tienen un trato especial.

Con el decreto Nº 2417 del 30 de diciembre de 1996 se dio cumplimiento a lo establecido en el artículo 4-04 del Tratado, referente a la eliminación de los impuestos de importación del sector automotor; por lo tanto, a partir del 1º de enero de 1997 se inició el programa de desgravación para tracto camiones de más de 15 toneladas de peso bruto vehicular y buses

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integrales, y con el decreto 2652 de diciembre 24 de 1999 se puso en vigencia la actual reducción al impuesto de importación de estos bienes, para el período comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2000. • Con Colombia habrá liberación inmediata para el 40% del comercio

bilateral con México y desgravación a cinco años para otro 5%, a través del acuerdo de eliminación expedita de aranceles para productos negociados en ALADI.

• Se reconocen las preferencias negociadas con anterioridad en el marco

de la ALADI, para fijar los aranceles de partida en la desgravación. Acceso a mercados • Se establecen disciplinas que aseguran el trato nacional a los bienes de

los países miembros. • Se prohíbe elevar y adoptar nuevos aranceles. • Se prohíbe y se eliminan las barreras no arancelarias, con excepción de

los bienes usados, del petróleo y de los petrolíferos. Para los diferentes sectores productivos se tratan los siguientes temas Sector Automotor Colombia, Venezuela y México suscribieron el 7 de diciembre de 2004, el Acuerdo de Complementación Económica No.61, el cual establece disposiciones que regulan la liberalización comercial de los sectores automotor, televisores, plaguicidas y máquinas de afeitar desechables, que inició su vigencia el 1 de enero de 2005. Sector Agropecuario y Medidas Fitosanitarias y Zoosanitarias Agricultura • Se acordó un esquema general de desgravación a 10 años. • Se incluye una lista de excepciones temporales por cada país, que será

revisada anualmente.

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• Aplicación, durante los primeros diez años, de una salvaguarda especial tipo arancel-cuota entre México y Venezuela en un grupo reducido de productos.

• Las partes se comprometen a minimizar los efectos distorsionantes de

los apoyos internos sobre el comercio y la producción, reservándose el derecho de modificar sus esquemas actuales de apoyo, de conformidad con los derechos y las obligaciones en el GATT.

• Se crea el Comité de Comercio Agropecuario, que cada año revisará la

operación de este capítulo y que servirá como foro de consultas. • Los subsidios a la exportación quedan prohibidos al concluir la

desgravación de los bienes agropecuarios incluidos en el Tratado. • Se crea un Comité de Análisis Azucarero cuya función será la de buscar

un acuerdo entre los tres países respecto al comercio de azúcar, a más tardar seis meses después de la entrada en vigor de este Tratado. Las Partes acordaron incluir un grupo de productos a un programa de desgravación de 15 años, el cual queda sujeto a que el Comité llegue a un acuerdo. En caso de no llegar a dicho acuerdo, estos productos pasarían al listado de exclusiones temporales.

• Se crea un Grupo de Trabajo de Normas Técnicas y de Comercialización

Agropecuarias que revisará la aplicación y efectos de las normas técnicas o de comercialización de bienes del sector agropecuario que afecten el comercio entre las Partes.

• Se establece el compromiso de otorgar trato nacional a los productos

importados en la aplicación de normas técnicas o de comercialización agropecuaria.

Medidas fitozoosanitarias • Se establecen reglas y principios para la elaboración, adopción y

aplicación de estas medidas; su propósito es promover el comercio de productos sanos.

• Se acuerda el uso de normas internacionales como una base para la

elaboración, adopción y aplicación de las medidas. • Se crea un Comité para promover la cooperación técnica, contribuir al

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mejoramiento de las condiciones fitozoosanitarias en los tres países y emitir recomendaciones expeditas a problemas específicos.

Normas de Origen Promueven una mayor utilización y empleo de los recursos e insumos de la región en el comercio recíproco. Para asegurar que los beneficios del Tratado permanezcan en la región evitando la triangulación. La eliminación de aranceles se aplicará a: • Bienes producidos en su totalidad en la región; bienes cuyos materiales

cumplan con un cambio arancelario y/o que cumplan con un requisito de contenido regional.

• Existen más de 1.000 reglas específicas para todos los productos

clasificados en el Sistema Armonizado. • El requisito de valor de contenido regional es de 55% bajo el método de

valor de transacción, salvo para químicos, metalmecánicos, maquinaria y equipo y electrónica cuyo contenido regional será de 50%.

• Para las reglas específicas de origen de los sectores químico y plásticos,

textil, cobre y aluminio, se establece un Comité de Integración Regional de Insumos (CIRI), integrado por representantes del sector público y privado de los tres países, el cual evaluará la capacidad de abastecimiento de insumos.

• Se crea un Grupo de Trabajo de Reglas de Origen para asegurar la

efectiva implementación y administración de este capítulo y para implementar cualquier modificación al capítulo que se considere necesario.

Salvaguardias • Se aplican para proteger a la industria nacional contra aumentos en

importaciones en condiciones o cantidades tales que causen o amenacen causar daño grave como resultado de la aplicación del programa de desgravación arancelaria con las siguientes características: serán de carácter arancelario; tendrán una duración máxima de un año, prorrogable por uno más; y las medidas bilaterales sólo se podrán aplicar durante el período de transición al libre comercio, más cinco años o bien, quince años a partir de la entrada en vigor del Tratado.

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• Se define un procedimiento claro de compensación para evitar el uso

injustificado de la salvaguarda con fines proteccionistas. • Se preserva el derecho de adoptar medidas de emergencia al amparo del

artículo XIX del GATT. Practicas Desleales de Comercio Internacional • Con este capítulo se busca promover la competencia y el comercio leal

entre los países miembros. • Se establecen compromisos para no otorgar subsidios a bienes

industriales destinados al mercado de las otras Partes. • Se acordaron normas que garantizan la aplicación transparente y

justificada de las medidas de defensa contra estas prácticas. • Cada país aplicará su legislación en la materia de conformidad con

GATT. • Se tiene el derecho de aplicar cuotas compensatorias a bienes que

hayan recibido subsidios para su exportación o en condiciones de dumping.

• Se incluyen preceptos que garantizan simetría y reciprocidad en las

investigaciones contra prácticas desleales, así como mecanismos que aseguran la defensa de los exportadores antes de la determinación de cuotas compensatorias. La vigencia máxima de las cuotas son cinco años si ninguna de las partes ha solicitado su revisión o se ha hecho de oficio.

Principios Generales sobre el Comercio de Servicios • Se establecen disciplinas y normas para asegurar el libre y ágil comercio

de servicios en la región. • Los principios básicos son: trato nacional, trato de la nación más

favorecida y presencia local no obligatoria. • Cubre todos los servicios, a excepción de las funciones

gubernamentales. También se excluyen de la aplicación de los principios de este capítulo los servicios aéreos comerciales y los servicios

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GUIA PARA EXPORTAR A MEXICO ________________________________________________

financieros. • Existe un anexo en el que se establecen los procedimientos para la

celebración de negociaciones tendientes al reconocimiento de títulos y licencias profesionales.

• Existe el compromiso de realizar reuniones futuras para profundizar en la

liberación de los sectores de servicios. Servicios Financieros • Se permite el establecimiento de instituciones financieras de las otras

Partes, condicionadas a los principios de trato nacional y de nación más favorecida, y se garantiza la libre transferencia de recursos al exterior.

• Cada país se reserva el manejo de la política monetaria y cambiaria. Se

permite la aplicación de medidas prudenciales para asegurar la estabilidad del sistema financiero.

• Se establece el Comité de Servicios Financieros el cual supervisará la

aplicación de este capítulo, procurará armonizar los marcos normativos de regulación y de políticas cuando se considere conveniente y participará en los procedimientos de solución de controversias previstos en el capítulo.

Entrada Temporal de Personas de Negocios • Se establecen principios que facilitan la entrada temporal de personas de

negocios sin que ello implique la modificación de las leyes laborales y migratorias.

• Incluye las categorías de visitantes de negocios, inversionistas y personal

intracompañías. • Se establecerán padrones de empresas que solicitarán la entrada

temporal de las personas. • Un grupo de trabajo dará seguimiento a la aplicación de las disposiciones

y atenderá las diferencias y dudas que surjan.

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Normas Técnicas • Incorpora disciplinas y principios generales para la elaboración y

aplicación de normas y procesos de certificación de bienes y servicios, incluyendo disposiciones sobre metrología y etiquetado. Las medidas de normalización y metrología se aplicarán conforme a los principios de trato nacional y no discriminatorio, sin que constituyan barreras comerciales encubiertas y se buscará su convergencia hacia las normas internacionales. Se acordaron además, disciplinas que hacen transparente el proceso de normalización en la región.

• Se establece un comité que servirá como foro de consulta en caso de

surgir algún problema y promoverá la compatibilización de las medidas de normalización de las Partes, utilizando la norma más alta de la región; y un subcomité especializado que administrará compromisos especiales para proteger adecuadamente la salud y seguridad humana, animal y vegetal y nuestro medio ambiente.

Inversión • Se establecen las condiciones de seguridad y certidumbre para los

inversionistas y sus inversiones. • Incluye una definición amplia que cubre los temas de propiedad

intelectual, préstamos, reinversiones y, en general, toda transferencia de recursos, así como al inversionista potencial.

• Contiene garantías jurídicas para el trato nacional, trato de nación más

favorecida, libertad de transferencias y expropiación. • No se podrán imponer requisitos de desempeño que distorsionen el

comercio o la inversión como condiciones para el establecimiento de la inversión, como tampoco atenuar estándares para promover inversiones.

• Se garantiza la libertad para transferir recursos al exterior. • Se observarán y mantendrán las medidas aplicables a la salud, seguridad

o relativas al medio ambiente. • Existe un mecanismo para resolver controversias inversionista - Estado.

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• Se permite a los inversionistas y a las inversiones de la otra Parte realizar éstas en todos aquellos sectores en los que se tuviera permitida la inversión al momento de la entrada en vigor del Tratado.

• La lista de reservas y excepciones de este capítulo es congruente con las

Constituciones de los países miembros y con la Ley de Inversión Extranjera.

Propiedad Intelectual • Se establecen los principios que aseguran la protección a los derechos

de autor y conexos, denominaciones de origen y a la propiedad industrial, respetando las legislaciones de cada país miembro.

• Se incorporan los principios de trato nacional y de nación más favorecida

en protección y defensa de la propiedad intelectual. • Se garantiza la protección a las marcas, inclusive las notoriamente

conocidas, las denominaciones de origen y a los secretos industriales y comerciales.

• Se incorpora un apartado de medidas para la protección y defensa de los

derechos de propiedad intelectual.

3.3. Tratado de Libre Comercio México - Chile Los dos países suscribieron el presente Tratado para el establecimiento de la zona de libre comercio, de conformidad con lo dispuesto por la Organización Mundial de Comercio y El Tratado de Montevideo de 1980. (Vigencia desde el 1º de Agosto de 1999) Los objetivos de este Tratado, desarrollados de manera específica a través de sus principios y reglas, incluidos los de trato nacional, trato de nación más favorecida y transparencia, son los siguientes: a. Estimular la expansión y diversificación del comercio entre las Partes b. Eliminar las barreras al comercio y facilitar la circulación de bienes y servicios en la zona de libre comercio c. Promover condiciones de competencia leal en la zona de libre comercio

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d. Aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión en la zona de libre comercio e. Proteger y hacer valer, de manera adecuada y efectiva, los derechos de propiedad intelectual en la zona de libre comercio f. Establecer lineamientos para la ulterior cooperación entre las Partes, así como en el ámbito regional y multilateral, encaminados a ampliar y mejorar los beneficios de este Tratado g. Crear los procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento de este Tratado, para su administración conjunta y para la solución de controversias. Normas de Origen Se consideran originarios los productos que cumplan los siguientes requisitos: • Los productos elaborados íntegramente en el territorio de cualquiera de

los dos países signatarios. • Los comprendidos en el Artículo Primero Inciso b), por el solo hecho de

ser producidos en sus respectivos territorios, tales como productos agrícolas, algunos minerales, libros, folletos e impresos y revistas del país.

• Los productos en cuya elaboración se utilizan materiales no originarios

de los países signatarios, cuando resulten de un proceso de transformación realizado en el territorio de alguno de ellos, que les confiera una nueva individualidad caracterizada por el hecho de estar clasificados, en la Nomenclatura Arancelaria de la Asociación, en una posición arancelaria diferente a la de dichos materiales. No obstante deben incluir alguna materia prima originaria.

• Los productos que resulten de operaciones de ensamble y montaje

realizados en el territorio de un país signatario, utilizando materiales originarios de los países signatarios y de terceros países cuando el valor CIF de los materiales originarios de terceros países no exceda el 50% del valor FOB de dichos productos.

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• Los productos que, además de ser producidos en su territorio, cumplan con los requisitos establecidos (requisitos específicos) para cada país.

3.4. Tratado de Libre Comercio México - Israel A la entrada en vigor del tratado de libre Comercio la mitad de las exportaciones de bienes agrícolas, quedaron libres del pago de aranceles, un 25% bajo cuota y un 12% con preferencias entre el 25% y 50% sobre aranceles aplicados. Cerca del 96.6% del comercio bilateral de bienes agrícolas está cubierto por el acuerdo, en donde México tendrá acceso preferencial en productos como Café, Azúcar, Jugos concentrados de naranja y otros cítricos, así como Cerveza, Tequila y Mezcal. En productos industriales y manufacturados, algunos de los productos beneficiarios son Automóviles, Acero, Fibras sintéticas y algunos Químicos y Medicamentos. Se acordó la eliminación de aranceles al 2003 con excepciones en el plazo inmediato y así conformar plenamente la zona de libre comercio para el año 2005.

3.5. Tratado de Libre Comercio México- Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) 8 El acuerdo entre México y La República de Islandia, el Principado de Liechtenstein, el Reino de Noruega y la Confederación Suiza que conforman los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) fue entró en vigor el 1 de julio de 2001. Este acuerdo de Libre Comercio abarca las áreas de comercio de bienes, servicios e inversión, aspectos legales y otros. OBJETIVOS Objetivo General

• Crear un espacio comercial en un contexto de integración multinacional a través del establecimiento de una Zona de Libre Comercio para la apertura de oportunidades externas de desarrollo.

• La extensa red de tratados comerciales firmados por México, se amplía con el acuerdo firmado con los miembros de la Asociación Europea de Libre Comercio. Este acuerdo entró en vigor el 1 de julio de 2001 y coloca a México como el único país latinoamericano con

8 Fuente: Secretaria de Economía de México. Tomado el 22/12/08.

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libre acceso comercial a los países con el más alto ingreso per cápita del mundo.

Objetivos Específicos

• Fomentar el desarrollo de los intercambios de bienes y servicios. • Liberalizar preferencial, progresiva y recíprocamente el comercio de

bienes y servicios. • Dinamizar la actividad comercial y económica. • Diversificar las exportaciones mexicanas y tener acceso preferencial

en Europa. • Atraer insumos y tecnología para la empresa mexicana. • Generar mayores empleos. • Promover la inversión extranjera directa. • Incrementar las oportunidades y alianzas estratégicas para la

empresa mexicana. COMERCIO DE BIENES Acceso a Mercados

• El tratado establece una liberalización gradual y recíproca de los mercados de ambas Partes.

• Productos industriales: México negoció apertura total para el100 por ciento de sus exportaciones de productos industriales, a partir de la entrada en vigor del Tratado.

• Los países del AELC negociaron una desgravación gradual de los aranceles aplicables a sus exportaciones industriales a México, a partir de la entrada en vigor del Tratado y hasta el año 2007.

• Productos agrícolas: México negoció un acceso preferencial para una gran variedad de productos que incluyen: plátano, jugo de naranja, jugos de otros cítricos y frutas tropicales, uva de mesa, miel para uso industrial, café verde, cerveza y tequila.

México negoció con los países del AELC, tres acuerdos bilaterales para el sector agrícola (Islandia, Noruega y Suiza-Liechtenstein), por lo que el acceso y la desgravación arancelaria son diferentes para cada caso. Reglas de Origen México y los países del AELC establecieron reglas de origen, procesos de verificación y certificación similares a los acordados en el TLCUEM.

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COMERCIO DE SERVICIOS E INVERSIÓN Servicios El capítulo contiene reglas y disciplinas apegadas a las disposiciones del Artículo V del GATS (General Agreement on Trade in Services) Inversión Las Partes adoptaron una definición de inversión acotada a la inversión extranjera directa y asumieron la obligación de garantizar la libre transferencia de los pagos relacionados con la inversión. Así mismo, ratificaron sus compromisos internacionales en materia de inversión. ASPECTOS INSTITUCIONALES Solución de Controversias Las Partes acordaron un mecanismo de consulta y solución de controversias con procedimientos claros y expeditos, mediante un proceso previo de conciliación antes de la instalación del panel arbitral, dándole prioridad a la conciliación. Ambas Partes se reservan el derecho de apelar las decisiones del mecanismo previsto, ante la OMC. Antidumping y subsidios Las Partes acordaron mantener sus derechos y obligaciones para aplicar sus respectivas legislaciones de antidumping y anti subvenciones, conforme a lo dispuesto en la OMC. Con el fin de promover soluciones constructivas, las Partes acordaron establecer un período previo de consultas a nivel gubernamental una vez presentada la denuncia correspondiente y antes de que de inicio, de manera formal, la investigación. Competencia Este capítulo establece el compromiso de las Partes de aplicar sus respectivas legislaciones de competencia a fin de proscribir conductas monopólicas. Contiene disposiciones generales en materia de cooperación y un mecanismo de consultas entre las autoridades de competencia de la Partes.

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COMPRAS DE GOBIERNO Y PROPIEDAD INTELECTUAL Compras de Gobierno La estructura básica de este capítulo, se basa en los principios de trato nacional, denegación de beneficios e impugnación. En lo que se refiere a los procedimientos de compra y rectificaciones o modificaciones a las listas de entidades cubiertas por este capítulo, México aplicará los procedimientos establecidos en el TLCAN y los miembros del AELC aplicaran aquellos sobre Contratación Pública (GPA) de la OMC. Propiedad Intelectual En este capítulo, las Partes reafirmaron sus obligaciones establecidas en diversas convenciones y tratados internacionales, de conformidad con sus legislaciones vigentes en materia de propiedad intelectual. Así mismo, establecieron un mecanismo de consultas sobre asuntos relativos a la propiedad intelectual.

3.6. Otros Acuerdos México - Bolivia El Tratado de Libre Comercio entre México y Bolivia entró en vigor el 1 de enero de 1995. Este tratado establece una rápida apertura en el comercio de bienes. A partir de su entrada en vigor, quedaron exentas de arancel el 97% de las exportaciones mexicanas a ese país y el 99% de las exportaciones bolivianas a México. México - Costa Rica El Tratado de Libre Comercio entre México y Costa Rica entró en vigor el 1 de enero de 1995. El tratado con Costa Rica establece normas transparentes, promueve el comercio de bienes y servicios, facilita el desarrollo de inversiones y atiende las relaciones con una región estratégica para México, reconociendo los sectores sensibles de cada país. El calendario de desgravación pactado en este tratado establece que el 70% de las exportaciones mexicanas no agropecuarias a Costa Rica quedaron exentas de aranceles a partir de su entrada en vigor; y el 30% restante el 1° de enero del año 2004.

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México - Nicaragua El Tratado de Libre Comercio entre México y Nicaragua entró en vigor el 1° de julio de 1998. Las partes establecen una zona de libre comercio cuyos objetivos primordiales son estimular la expansión y diversificación del comercio entre las partes, eliminar las barreras al comercio y facilitar la circulación de bienes y servicios y aumentar las oportunidades de inversión entre otras. México – Triángulo Norte de Centroamérica El Tratado de Libre Comercio entre México y El Salvador, Guatemala y Honduras entró en vigor el 1° de enero de 2001. Es un instrumento que otorga transparencia y certidumbre a los agentes económicos de los cuatro países, por los compromisos de desgravación arancelaria, las reglas de origen que contiene y por las disciplinas que establece. Estas disciplinas permitirán desarrollar mayores corrientes de comercio y flujos de inversión entre las Partes. El tratado establece la eliminación de barreras arancelarias y no arancelarias entre las partes. Debido al gran desbalance comercial a favor de México, la apertura mexicana será asimétrica tanto en Tasas Base como en Plazos de Desgravación. Más de la mitad de las exportaciones de México al Triángulo Norte, quedan libres de arancel a la entrada en vigor del tratado y hay diversos plazos para la desgravación del resto, que van de 3 a 11 años. Alrededor del 65% de las exportaciones de México al Triángulo del Norte quedarán libres de arancel de inmediato o en un plazo máximo de 4 años. Por su parte, México desgravará el 80% de las exportaciones del Triángulo del Norte a México. En el sector industrial, el Triángulo del Norte otorgó a México acceso inmediato en productos, como es el caso de productos químicos, autopartes, vehículos pesados y ciertas herramientas. A mediano plazo se negociaron productos como llantas, textiles, confección, acumuladores y lápices. A largo plazo, de 7 a 10 años, se negociaron los productos plásticos, pinturas, ciertos cables, pilas, plumas, bolígrafos, muebles y tornillos y ciertos electrodomésticos.

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Los productos sensibles para el Sureste de México, como azúcar, café y plátano quedaron excluidos de la negociación. El 30% de las exportaciones mexicanas quedarán libres de arancel a la entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio; poco más del 12% a mediano plazo y 41% a largo plazo. Los bienes calificarán como originarios cuando: sean totalmente obtenidos o producidos en la región, cumplan con un cambio de clasificación arancelaria específico para ese bien, o cumplan con un requisito de contenido regional. El valor general de contenido regional aplicable será de 50%. Ampliación de acuerdos existentes Acuerdo de Complementación Económica (ACE) 53, suscrito entre México y Brasil El 2 de mayo de 2003, entró en vigor el Acuerdo de Complementación Económica (ACE) 53, suscrito entre México y Brasil, el 3 de julio de 2002, en Brasilia, Brasil. Este Acuerdo establece un marco preferencial para el comercio entre Brasil y México, que desde 1998, en el ámbito del sistema de preferencias de la ALADI, el comercio bilateral –salvo para productos del sector automotor se regía exclusivamente por la Preferencia Arancelaria Regional (PAR). El ACE 53, que vincula estrechamente las dos economías más grandes de América Latina, pretende dinamizar el comercio bilateral no sólo mediante el establecimiento de preferencias arancelarias sino también a través de normas y disciplinas comerciales que impulsarán el desarrollo y la diversificación de las corrientes de comercio, y los flujos de inversión así como la participación de los sectores privados partes. En el ACE 53 se establece Trato Nacional para las mercaderías originarias de las Partes y la eliminación de restricciones no arancelarias tanto a exportaciones como a importaciones. Las preferencias arancelarias otorgadas recíprocamente, a través del ACE 53, se clasifican en 793 ítems NALADISA 96, con preferencias que oscilan entre 20% y 100%, promediando en 68%. La liberalización beneficiará el comercio de productos químicos, bienes de capital, productos de la industria metalmecánica, fotográfica y celulosa, al igual que al sector agroalimentario. Dentro de los productos negociados, 80% de lo exportado desde México

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hacia Brasil, está constituido por los siguientes productos: ajos, garbanzos, materias pectíneas, gomas de mascar, bombones, caramelos, jugos de hortalizas, levaduras, tequila, ácido fosfórico, monóxido de plomo, sulfato de disodio, sulfuro de disodio, tripolifosfato de sodio, carbonato de estroncio, tereftalato de dimetilo, lisina, malatión, compuestos heterocíclicos, carotenoides, pigmentos y preparaciones a base de dióxido de titanio, preparaciones para bebidas, catiónicos, agentes de superficie orgánicos no-iónicos, colas, películas para fotografía, grafito, arcillas, poliestireno, cajas de polímeros de etileno, tereftalato de polietileno, placas, hojas, tiras, películas de polipropileno, partes y accesorios para aparatos de fotocopia. México - Argentina México y Argentina firmaron un Acuerdo de Complementación Económica en enero de 2001, que otorgará preferencias arancelarias a cerca del 93% de la tarifa de importación y exportación de los dos países. Se concretó además un acuerdo automotor que tendrá vigencia de un año, donde cada país tendrá una cuota de 18.000 unidades que gozarán de un arancel preferencial de 8%. En el sector agropecuario México obtuvo preferencias en dátiles, café orgánico y aguacate, mientras que Argentina obtuvo preferencias arancelarias en peras y cigarros. Para productos eléctricos para el hogar se negociaron preferencias para electrodomésticos, calentadores y productos químicos. México-Unión Europea En diciembre de 1997 se firmaron los acuerdos jurídicos que permitieron dar inicio a las negociaciones. Se negociaron dos acuerdos: el Interino, de tipo comercial y el Global, de tipo mixto que incluye políticas de cooperación y ayuda. El Acuerdo entró en vigor en julio de 1998. Se establece un consejo conjunto con el fin de adoptar las decisiones referentes a liberalización bilateral de barreras arancelarias, reglas de origen y normas antidumping, medidas de salvaguardia. • Acceso a mercados: Se reconoce la diferencia de niveles en el desarrollo

por lo cual se establecería un trato asimétrico a favor de México. A partir del 1° de enero de2003 todas las exportaciones de productos industriales de origen mexicano estarían libres de aranceles. La desgravación arancelaria mexicana, entre tanto, concluiría el 1° de enero de 2007.

• Productos Agrícolas: En productos agrícolas se establecerían cuatro

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períodos de liberalización (2000, 2003, 2008 y 2010), también con una asimetría a favor de México. Además, se establecería una lista en que se incluyen los productos sensibles para México que no estarán sujetos al calendario de liberalización.

Tratado de Libre Comercio entre México y Uruguay (Acuerdo de Complementación Económica No.60) El jueves 15 de julio de 2004 entró en vigor el Tratado de Libre Comercio entre México y Uruguay, suscrito por los Presidentes Vicente Fox y Jorge Batlle el pasado 15 de noviembre de 2003. Este Tratado constituye una acción más de México para profundizar las relaciones económicas con los países de América Latina, que se adiciona a los seis tratados de libre comercio que México ya tiene suscritos con nueve países de la región. El Tratado de Libre Comercio representa el primer instrumento de este tipo negociado por un país miembro de MERCOSUR. Este tratado supera, tanto en cobertura como en amplitud de disciplinas al ACE en vigor en el marco de ALADI. Las normas y disciplinas del Tratado otorgan mayor transparencia y certidumbre a los operadores económicos de los dos países y facilitan el intercambio de bienes y servicios, así como los flujos de inversión. En materia de liberalización comercial de las mercancías, el tratado establece la desgravación inmediata para el universo arancelario del sector industrial, con excepción del calzado, que se desgravará bajo un programa a diez años, y los tejidos de lana, en donde el actual cupo anual de importación se mantiene en 1.8 millones de metros cuadrados en el primer año de vigencia y se amplía progresivamente hasta 2.3 millones. Los productos del sector automotor se regirán por lo acordado entre los dos países, en el marco del Acuerdo de Complementación Económica 55, en vigor entre México y MERCOSUR desde hace 18 meses. En el sector agropecuario se obtiene la liberalización de 240 productos de interés de México y se excluyen los productos sensibles para nuestro país, como maíz, fríjol, carne de aves, y grasas animales. Para la carne de bovino se disminuye el arancel en 1%, durante tres años, lo que significa que, del 10% actual, el arancel quedará en 7%. Para los quesos, el cupo actual de 4,400 toneladas se incrementa en 2,200 destinadas a uso industrial o con una presentación de hasta 5 kilogramos por unidad.

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En materia de normas se incorporan todas las disciplinas que forman parte de un tratado de libre comercio, tales como origen y procedimientos aduaneros, normas técnicas, medidas sanitarias y fitosanitarias, salvaguardias y prácticas desleales. También se incorporan disciplinas para la liberación del comercio de servicios, así como sobre la inversión y para propiedad intelectual, políticas de competencia y solución de controversias. Asimismo, se establece el compromiso incorporar, en un plazo de dos años, las disciplinas para las compras del sector público y los servicios financieros. Acuerdo para el fortalecimiento de la Asociación Económica entre México y Japón – AAE. Este acuerdo provee reglas claras que aseguran el acceso preferencial a un mercado de 127 millones de habitantes con elevados niveles de ingreso y consumo. El AAE es el segundo acuerdo negociado por Japón, por lo que México tendrá preferencias arancelarias de manera adelantada a cualquier otro país competidor. Cuenta con disposiciones relativas a cooperación bilateral que permitirán aprovechar de mejor manera la liberalización y apertura de los mercados de bienes, servicios y capitales entre los dos países. El AAE entró en vigencia el 1 de abril de 2005. Para mayor información sobre Acuerdos comerciales de México, puede consultar la Secretaría de Economía de México – Inteligencia Comercial – Tratados en la siguiente dirección: http://www.economia.gob.mx/?P=5200# o en la página web de ALADI: www.aladi.org

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4. REGULACIONES Y NORMAS AMBIENTALES, RESTRICCIONES Y REQUERIMIENTOS ESPECIALES 9

4.1. Regulaciones y Normas Ambientales Desde la firma de NAFTA, México comenzó a implementar las diferentes formas y regulaciones de los Estados Unidos para muchos de los productos. En la actualidad, alrededor de 200 productos se encuentran sujetos a permisos de importación o cuotas, los cuales son controlados por la Secretaría de Economía y se concentran en algunos productos agropecuarios, petróleo y gas, equipos de transporte y, en menor escala, en algunas mercancías del sector alimentos, bebidas y tabaco. Agrícola y Agroindustria: Los productos de origen agrícola requieren Certificado Fitosanitario y Zoosanitario expedido en Colombia por el ICA, alimentos de origen animal el Certificado del INVIMA y Registro Sanitario. Textiles y Confecciones: El artículo 3-08 del G-3 establece Niveles de Flexibilidad temporal en materia de origen para ciertos bienes clasificados en los capítulos 51 al 63 del Sistema Armonizado, los cuales se asignarán en forma anual, entre 1995 y hasta el 31de Diciembre de 1999. Para manufacturas de cuero, se requiere presentar un Certificado de Importación emitido por el Instituto Nacional de Ecología de la Secretaría del Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca (SEMARNAP) y a Inspección ocular por parte del personal de la Procuraduría Federal de Protección del Medio Ambiente. Manufacturas e Insumos: Los productos farmacéuticos y cosméticos, requieren Autorización Sanitaria Previa de Importación por parte de la Secretaría de Salud. Los productos químicos de uso agrícola están sujetos a autorización de la Comisión Intersecretarial para el control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas (CICOPLAFEST). Prohibiciones Es prohibido importar en México los siguientes productos: Productos que 9 Fuente: Oficina Comercial de Proexport en México. International Trade Reporter. Diario Oficial del Gobierno Mexicano.

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contengan sustancias biológicamente perecederas, material radioactivo, monedas, notas para bancos, papel para hacer billetes sin una previa licencia de importación, cheques para viajeros, platino, oro, plata, piedras preciosas, confecciones que sean de carácter perecedero, armas y material pornográfico.

4.2. Tarifas En Julio de 1988, México adoptó como Nomenclatura Arancelaria o Código de Clasificación, el Sistema armonizado para todas sus transacciones con el exterior. En este sentido, su clasificación arancelaria es similar hasta el sexto dígito, con el Arancel Armonizado de Colombia y con la NANDINA, que es el código utilizado a nivel del Grupo Andino. Por esto es importante conocer adecuadamente la posición arancelaria del producto colombiano a exportar hacia México, con el fin de hacer la correlación arancelaria adecuada en México. Derechos Arancelarios El Impuesto General de Importación se aplica de acuerdo a la Tarifa establecida por la Ley publicada en el Diario Oficial de 18/12/95 y sus posteriores modificaciones dispuestas por la ex Secretaría de Comercio y Fomento Industrial. El 18 de junio de 2007 entró en vigencia en México la nueva Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación que contiene las modificaciones dispuestas en el Sistema Armonizado de Codificación y Designación de Mercancías. A esta ley se han sumado modificaciones posteriores de la tarifa de las cuales la más reciente tuvo lugar el 16 de diciembre de 2008.10 Los derechos ad-valorem oscilan entre 0% y 35% para casi todo el universo arancelario excepto para ciertos productos agropecuarios cuyas tarifas mayores son resultantes de la arancelización de restricciones cuantitativas desmanteladas como consecuencia de la Ronda Uruguay del GATT de 1994. La importación de ciertos productos con contenido de azúcar, como productos lácteos, frutas de la partida 0811, melazas, goma de mascar, 10 Fuente: Cámara de Diputados – Ley de los impuestos generales de importación y exportación. Tomado el 22/12/08.

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chocolate y demás preparaciones que contengan cacao, preparaciones a base de cereales, productos de panadería, preparaciones de hortalizas y frutas, concentrados de jugos de frutas, aguas y bebidas gaseosas, alcohol etílico y aguardientes, ácido cítrico, citrato de sodio y citrato férrico amónico, están sujetos al pago de un derecho específico que se aplicará sobre el contenido de azúcar de cada producto expresado en kilogramos Impuestos Adicionales Las importaciones de bienes y servicios están gravadas con el IVA a la tarifa del 15%. Para calcular el impuesto tratándose de bienes tangibles se considerará el valor que se utilice para los fines del Impuesto General de Importación, adicionado con el monto de este último y de los demás que se tengan que pagar con motivo de la importación. Están exentas del IVA, o gravadas con tarifa 0%, las importaciones de: animales y vegetales que no estén industrializados, salvo el hule; carne en estado natural; leche y huevo, cualquiera que sea su presentación; harina de maíz y de trigo y nixtamal; pan y tortillas de maíz y de trigo; aceite vegetal comestible, manteca vegetal y animal; pastas alimenticias para sopa, excluyendo las enlatadas; café, sal común, azúcar, mascabado y piloncillo; hielo y agua no gaseosa ni compuesta, excepto cuando en este último caso, su presentación sea en envases menores de diez litros; ixtle, palma y lechuguilla; maquinaria y equipo agrícolas; fertilizantes, plaguicidas, herbicidas y fungicidas, siempre que estén destinados para ser utilizados en la agricultura o ganadería; invernaderos hidropónicos y equipos integrados a ellos; oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales y lingotes, cuyo contenido mínimo de dicho material sea el 80% siempre que su enajenación no se efectúe al menudeo con el público en general. Para los países con los que México no tiene acuerdos preferenciales, las importaciones son gravadas con impuestos arancelarios cuyo máximo es del 35%, para los productos industriales el impuesto oscila entre el 10% y 15%. La ley aduanera mexicana, presenta diferentes reducciones y variaciones de sus tarifas para los productos bajo diferentes circunstancias. Es importante si se exporta al mercado mexicano, mantener el listado actualizado de impuestos y excepciones ya que este sufre variaciones constantes, previamente autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Las bebidas con contenido alcohólico y cerveza, Alcohol y alcohol desnaturalizado, Tabacos labrados, Gasolinas, Diesel, Gas natural, Aguas gasificadas o minerales, refrescos, bebidas hidratantes o rehidratantes,

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concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores, que al diluirse permitan obtener refrescos, bebidas hidratantes o rehidratantes que utilicen edulcorantes distintos del azúcar de caña y Jarabes deben pagar un impuesto adicional (impuesto al consumo) indicados en el artículo 2 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

4.3. Licitaciones La Secretaría de Economía de México ha elaborado y modificado diversos Acuerdos normativos, específicamente el relacionado con las Licitaciones Internacionales, mediante el Acuerdo firmado el 28 de febrero de 2003: ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS REGLAS PARA LA CELEBRACION DE LICITACIONES PUBLICAS INTERNACIONALES DE CONFORMIDAD CON LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO El presente Acuerdo tiene por objeto establecer las reglas que deberán observar las dependencias y entidades sujetas para la celebración de licitaciones públicas internacionales de conformidad con las disposiciones establecidas en los tratados de libre comercio celebrados por los Estados Unidos Mexicanos. Para los efectos del presente Acuerdo, se entenderá por: I. Dependencias y entidades sujetas.- Aquéllas incluidas en los anexos correspondientes a las listas de entidades del gobierno federal y empresas gubernamentales de los Estados Unidos Mexicanos (México) de los títulos o capítulos de compras del sector público de los tratados de libre comercio suscritos por nuestro país o, en su caso, aquellas que las hayan sucedido o sustituido; II. Dirección.- La Dirección General de Industrias Pesadas y de Alta Tecnología de la Secretaría de Economía; III. Ley de Adquisiciones.- Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; IV. Ley de Obras.- Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; V. Licitaciones públicas internacionales de conformidad con las

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disposiciones establecidas en los tratados de libre comercio celebrados por los Estados Unidos Mexicanos.- Aquellas en las cuales, de conformidad con los artículos 28 fracción II inciso a) de la Ley de Adquisiciones y 30 fracción II inciso a) de la Ley de Obras, pueden participar tanto proveedores mexicanos como extranjeros y en el caso de bienes a adquirir sean de origen nacional o de países con los que nuestro país tenga celebrado un tratado de libre comercio que contenga un capítulo de compras del sector público; VI. Proveedor extranjero. a) Para el caso de bienes: i. Toda persona física o moral, de cualquier nacionalidad excepto la mexicana, y b) Para el caso de servicios: i. personas físicas: aquellas que tengan la nacionalidad de alguno de los países con los que los Estados Unidos Mexicanos tienen celebrado un tratado de libre comercio que contiene un capítulo de compras del sector público, y ii. personas morales: aquellas que estén constituidas u organizadas conforme a las leyes de alguno de los países con los que nuestro país tiene celebrado un tratado de libre comercio que contiene un título o capítulo de compras del sector público. VII. Proveedor mexicano.- Personas físicas o morales de nacionalidad mexicana y que pueden participar en licitaciones públicas internacionales celebradas de conformidad con las disposiciones establecidas en los tratados de libre comercio; VIII. Secretaría.- La Secretaría de Economía, y IX. Tratados de libre comercio.- Los tratados internacionales suscritos por los Estados Unidos Mexicanos que contengan disposiciones que regulen la participación de proveedores extranjeros en procedimientos de licitación pública realizada por las dependencias y entidades sujetas para la compra de bienes, servicios o servicios de construcción. Artículo 3o.- Las entidades y dependencias sujetas observarán lo dispuesto en este Acuerdo cuando, de conformidad con el Acuerdo por el que se establecen las reglas para la aplicación de las reservas contenidas en los

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capítulos de compras del sector público de los tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos, no cuenten con reserva disponible o los procedimientos de compra a realizar no estén excluidos de otra forma de los tratados de libre comercio suscritos por nuestro país. Artículo 4o.- La aplicación e interpretación para efectos administrativos de estas reglas corresponde a la dirección. CAPITULO II DE LAS LICITACIONES PUBLICAS INTERNACIONALES DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES ESTABLECIDAS EN LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO Artículo 5o.- Para la celebración de licitaciones públicas internacionales de conformidad con los tratados de libre comercio, las entidades y dependencias sujetas, deberán aplicar para la adquisición y arrendamiento de bienes, así como para la contratación de servicios y obra pública, las siguientes reglas: Primera.- En la convocatoria y en las bases de las licitaciones públicas internacionales de conformidad con los tratados de libre comercio, se deberá establecer que en dichos procedimientos de contratación sólo podrán participar proveedores mexicanos y extranjeros y, en su caso, los bienes a adquirir serán de origen nacional o de países con los que nuestro país tenga celebrado un tratado de libre comercio. Segunda.- Las dependencias y entidades sujetas establecerán en las bases de licitaciones públicas internacionales de conformidad con los tratados de libre comercio, que los proveedores deberán presentar, como parte de su propuesta técnica, un escrito en el que, el proveedor y el fabricante de los bienes, manifiesten bajo protesta de decir verdad que: a) los bienes importados cumplen con las reglas de origen o reglas de marcado, según proceda, establecidas en el tratado de libre comercio que corresponda para efectos de compras del sector público, conforme al formato del Anexo 1, o b) los bienes de origen nacional cumplen con lo establecido en el artículo 28 fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, conforme al formato del Anexo 2 o con las reglas de marcado, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 9 de julio de 2002, utilizando el formato del Anexo 1. En ambos incisos, a) y b), las opciones son a cargo del proveedor y la

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dependencia o entidad sujeta convocante, deberá establecerlo así expresamente en sus bases de licitaciones públicas internacionales de conformidad con los tratados de libre comercio. Tercera.- En las licitaciones públicas internacionales de conformidad con los tratados de libre comercio para la contratación de servicios y servicios de construcción, las dependencias y entidades sujetas deberán establecer en las bases de licitación el requisito de que los proveedores extranjeros comprueben, mediante documentación oficial: pasaporte, acta constitutiva o documentación equivalente, que son nacionales de algún país con los que los Estados Unidos Mexicanos tienen suscrito un tratado de libre comercio que contiene un título o capítulo de compras del sector público, lo cual deberán manifestar bajo protesta de decir verdad de acuerdo al formato contenido en el Anexo 3. Cuarta.- Los proveedores podrán presentar la manifestación bajo protesta a que se refieren las reglas segunda y tercera anteriores en escrito libre o utilizando los formatos que se anexan al presente Acuerdo. Las dependencias y entidades sujetas convocantes deberán incluir dicho formato en las bases de las licitaciones públicas internacionales de conformidad con los tratados de libre comercio. Artículo 6o.- Sin perjuicio de lo dispuesto por las presentes reglas, la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo en ejercicio de sus atribuciones, podrá solicitar por conducto del Órgano Interno de Control de la entidad o dependencia sujeta convocante, la documentación que considere conveniente para acreditar la veracidad de la manifestación bajo protesta que realice cualquier proveedor de conformidad con las reglas segunda, tercera y cuarta del artículo 5o. de este Acuerdo. Artículo 7o.- Las dependencias y entidades sujetas deberán informar por escrito a la Dirección, en los meses de enero y julio, sobre los contratos formalizados acumulados en el año hasta el semestre inmediato anterior de cada año, derivados de licitaciones públicas internacionales de conformidad con los tratados de libre comercio realizados de conformidad con el presente Acuerdo. Dicho informe deberá contener la siguiente información: 1. Número de la licitación pública internacional. 2. Fecha de la convocatoria.

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3. Monto adjudicado en valor expresado en moneda nacional; si la operación se realizara en moneda extranjera, se expresará el tipo de cambio vigente a la fecha de adjudicación. 4. Para la adquisición y arrendamiento de bienes, mencionar el origen éstos. 5. Para la contratación de servicios, mencionar la nacionalidad del proveedor. TRANSITORIO UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. México, D.F., a 18 de febrero de 2003.- El Secretario de Economía, Fernando de Jesús Canales Clariond.- Rúbrica.

4.4. Etiquetado Cualquier producto destinado a la comercialización dentro del territorio mexicano debe llevar las etiquetas en castellano. La etiqueta debe contener 1) La denominación del producto que debe estar localizada en el tercio superior del panel principal, aparecer en forma visible y prominente en comparación al nombre, marca y denominación del producto. 2) Declaración del contenido neto del envase que debe hacerse usando el sistema de medida: el sistema métrico decimal y el sistema inglés. 3) Declaración de la lista de ingredientes que debe contener todos y cada uno de los ingredientes presentes en el producto de forma descendente, todos los ingredientes compuestos en alimentos. Igualmente, la declaración de ingredientes se debe localizar en el panel de información conjunto con el nombre y dirección del productor del alimento, o bien en donde se localice la información nutricional. El Panel de Información nutricional ordinario debe contener los siguientes elementos: a) Todos los valores presentes en la etiqueta nutricional deben reflejar la información equivalente a la porción establecida. b) nutrientes básicos aproximados según las reglas especificas. c) Columna de la declaración de valores diarios porcentuales estimados en función a una dieta de 2,000 calorías diarias. d) Formatos permitidos y recomendados determinados por tres factores: el Área total disponible para etiquetar, los nutrientes presentes en el producto; y el espacio disponible en los distintos paneles del envase.

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Normas para Empaques y Etiquetas Los productos empacados o envasados por fabricantes, importadores o comerciantes deberán ostentar en su empaque, envase, envoltorio y etiqueta, a continuación de la frase contenido neto la indicación de la cantidad de materias o mercancías que contengan. Tal cantidad deberá expresarse de conformidad con el Sistema General de Unidades de Medida con caracteres legibles y en lugares en que se aprecien fácilmente. Ley Federal sobre Metrología y Normalización de 18 de junio de 1992. Los medicamentos importados deben contener en los envases primarios y secundarios la información siguiente: a) la denominación distintiva o la marca del medicamento y la denominación genérica del mismo; b) el nombre y domicilio comercial del titular de la autorización del medicamento y la dirección del lugar donde se elabore el mismo; c) el número de autorización de medicamento con la redacción requerida por la Secretaría de Salubridad y Asistencia; d) el gentilicio del país de origen precedido de la palabra "producto..." cuando se trate de medicamentos de importación; e) la declaración de todos los ingredientes de la fórmula en orden de predominio cuantitativo, en los términos de la autorización del medicamento expedida por la Secretaría de Salubridad y Asistencia; f) la cantidad contenida en el envase, de acuerdo con los términos de la autorización emitida para el medicamento; g) el número o clave del lote y fecha de elaboración y caducidad, en su caso; h) los demás datos que señalen las leyes, reglamentos y demás disposiciones aplicables. Acuerdo de 16 de octubre de 1984, Secretaría de Comercio y Fomento Industrial. Las semillas importadas para siembra deberán indicar en envase los siguientes datos informativos: a) el nombre de la variedad y el lugar y ciclo de su producción; b) si se trata o no de semilla certificada o verificada; c) la tolerancia de semillas que el reglamento de esta ley considere como semillas de plantas nocivas; d) detalles para el uso óptimo de la semilla; e) las áreas o zonas para las cuales se recomienda su uso; f) la tolerancia a distintas enfermedades y plagas; g) en este caso la mención y descripción del tratamiento químico de desinfección; h) nombre o denominación social del productor y su domicilio; i) el porcentaje de germinación y, en su caso, el contenido de semillas de otras variedades y especies, así como el de impurezas o de materia inerte. Toda la información deberá estar expresada en idioma español. Ley sobre Producción, Certificación y Comercio de Semillas de 9 de julio de 1991 y su reglamento de fecha 24 de mayo de 1993. La Ley General de Salud de 23 de diciembre de 1983 y sus modificatorias

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establecen requisitos de etiquetado para los siguientes productos: plaguicidas, nutrientes vegetales y sustancias tóxicas o peligrosas, tabaco, bebidas alcohólicas, medicamentos y equipos médicos de diagnóstico. Adicionalmente, los siguientes productos deben también cumplir con requisitos de etiquetado: miel; productos textiles, prendas de vestir y sus accesorios; cueros y pieles curtidas naturales y materiales artificiales con esa apariencia, calzado, así como los productos elaborados con dichos materiales; productos electrónicos, eléctricos y electrodomésticos; materiales retardantes e inhibidores de flama y/o ignífugos; pinturas, tintas, barnices, lacas y esmaltes; productos de Atún y bonito pre envasados; alimentos y bebidas no alcohólicas pre envasados; uva de mesa; bebidas alcohólicas; juguetes; productos de perfumería y belleza pre envasados; aceites lubricantes para motores a gasolina o a diesel; aguacate y mango. El Acuerdo de 13 de mayo de 1997 de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial y sus modificatorios identifican las fracciones arancelarias en las cuales se clasifican las mercancías cuya introducción al territorio nacional está sujeta al cumplimiento de normas oficiales mexicanas y cuya finalidad es dar información comercial, e información comercial y sanitaria.

4.5. Normas Oficiales Mexicanas La Ley Federal sobre Metrología y Normalización de 18 de junio de 1992 y la Ley de Comercio Exterior de 13 de julio de 1993 establecen que los productos importados deben cumplir con las características o especificaciones técnicas establecidas por las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) aplicadas a productos similares de fabricación nacional. El Acuerdo de 13 de mayo de 1997 y sus modificatorios identifican las fracciones arancelarias en las cuales se clasifican las mercancías cuya introducción al territorio nacional está sujeta al cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas. Con el doble propósito de proteger los intereses de los consumidores mexicanos y facilitar las operaciones de comercio exterior, la Secretaría de Comercio Exterior a través de la Dirección General de Normas, dispuso la publicación de las Normas Oficiales Mexicanas, de carácter obligatorio, y disposiciones sobre etiquetado, marcado o leyendas de información comercial. El objetivo de dichas normas es exigir a las mercancías importadas que

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cumplan determinadas especificaciones que garanticen la satisfacción de las necesidades, así como que presenten información comercial que faciliten la elección del consumidor. Algunas de estas son: NORMA 001 Esta norma la deberán cumplir únicamente los equipos electrónicos de uso doméstico. NORMA 003 Norma mediante la cual se establece los requisitos de seguridad en aparatos electrodomésticos y similares. Publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 13 de octubre de 1993. NORMA 004 Norma mediante la cual se establece la información comercial que deberán ostentar los textiles, confecciones y sus accesorios, para su comercialización en México. NORMA 009-FITO-1995 Norma mediante la cual se establece los requisitos fitosanitarios para la importación de flores frescas. Esta norma fue publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 18 de septiembre de 1996. NORMA 016 Esta norma deberán cumplirla las llantas nuevas para buses, tractomulas, busetas y remolques en servicio de carretera. NORMA 018 Esta norma es aplicable únicamente a los materiales, productos, componentes y elementos termoaislantes, de fabricación nacional o de importación con propiedades de aislante térmico para techos, platones y muros de las edificaciones, producidos y comercializados con ese fin. Se excluyen los aislantes térmicos para cimentaciones. NORMA 020 Norma mediante la cual se establece la información comercial que deberá ostentar el calzado y artículos de cuero, natural, artificial o regenerado para su comercialización en México. NORMA 024 Norma mediante la cual se establece la información comercial para empaques, instructivos y garantías de los productos electrónicos, eléctricos y

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electromagnéticos. NORMA 050 Se deberá cumplir esta norma en lo referente a información comercial y disposiciones generales de etiquetado para productos que no están sujetos al cumplimiento de una norma oficial específica de envasado y/o etiquetado. NORMA 051 Norma mediante la cual se establece las especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas pre envasadas. NORMA 118 Norma mediante la cual se especifica sobre la protección ambiental que deben reunir los combustibles fósiles líquidos y gaseosos. NORMA 142 Esta norma deberá cumplirla, las bebidas alcohólicas de importación. Para ampliar información relativa a normas mexicanas específicas consulte el siguiente link de la Secretaria de Economía de México: http://www.economia-noms.gob.mx/

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5. MERCADEO DE PRODUCTOS Y SERVICIOS 11

5.1. Proceso Tradicional de Negociación La identificación de oportunidades de negocios se establece a partir de la participación de empresas colombianas en la realización de misiones de estudio, agenda de negocios, presencia en ferias y otros eventos de exhibición comercial en la República Mexicana.

Estas actividades permitirán a las empresas conocer factores fundamentales para negociar como potencial del mercado, competencia local y extranjera, innovación tecnológica, precios, tendencias de consumo, estrategias de ventas y formas de pago. Cuando ya se ha identificado una oportunidad de negocios, el exportador colombiano, conjuntamente con su futuro cliente en México, desarrollará una negociación que les permita determinar un instrumento para comercializar o vender sus productos en México.

A continuación se mencionan las modalidades de negociación más usuales en este país, las cuales se podrán elegir, de acuerdo con tres criterios fundamentales:

• La capacidad exportadora de la empresa colombiana • La naturaleza del producto • La capacidad importadora de la Empresa mexicana

Las modalidades de compra – venta son:

• De comisión de ventas en consignación • De comisión de depósito aduanero • Simple de compra – venta • De representación exclusiva o parcial El esquema se realiza a través de un contrato de representación o importación. Una empresa colombiana suministra y consigna mercancías a una empresa mexicana autorizada para ello a través del padrón importador, y ésta se obliga a recibir, depositar y gestionar a su nombre y por cuenta de la empresa colombiana la venta de estas mercancías por lo cual, cobra

11 Fuente: Oficina Comercial de Proexport en México. International Trade Reporter.

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posteriormente una comisión (honorarios) o lo que el contrato defina. Los depósitos aduaneros son almacenes situados dentro del territorio mexicano, pero asimilables a una zona franca de carácter comercial y no productivo en donde pueden radicarse empresas tanto extranjeras como mexicanas. Las empresas sitúan en estos almacenes un inventario de mercancías y desde ahí gestionan su venta a las empresas locales distribuidoras de los mismos productos que se nacionalizan a medida que salga al comprador definido. Los aranceles son pagados por las empresas mexicanas importadoras en el momento de la nacionalización de mercancías. Además la entidad importadora en los contratos de compraventa de mercancías que suscriba, atenderá a las disposiciones vigentes dictadas en México, por lo que está obligada a consignar en dichos contratos los términos y condiciones que aseguren el cabal cumplimiento del mismo, en particular los siguientes:

• Fecha y lugar de entrega de las mercancías, así como el documento que así lo acredite.

• Precio, moneda y condiciones de pago.

• Supervisión en origen y destino de la mercancía.

• Condiciones para el embarque, transportación y el seguro de las mercancías y plazos de entrega.

• Calidad, características técnicas, marcas, envases y embalaje a utilizar, atendiendo a las normas nacionales y/o internacionales.

• Entrega de los documentos originales y copias necesarias relativas a la propiedad de la mercancía, conocimiento de embarque y otros de carácter probatorio, tales como facturas comerciales, certificado de origen, calidad o análisis.

Cabe señalar que para que toda negociación sea válida en México, el empresario colombiano debe tener visa de negocios, que se obtiene en el Consulado Mexicano localizado en la Ciudad de Santa Fe de Bogotá, D.C. Esta visa se debe solicitar con un mínimo de 3 semanas de anticipación, puede tener una duración de hasta un año y es de múltiples entradas.

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5.2. Canales de Comercialización y Distribución 12 Canales de distribución

Coexisten en México canales muy diversos, como son importadores directos, representantes, agentes de ventas, distribuidores, detallistas, así como empresas subsidiarias de exportadores extranjeros. Al introducirse al mercado mexicano hay que considerar los elevados costes de distribución provocados principalmente por los elevados márgenes de distribución que aplican los intermediarios. A continuación se analizan algunas de las alternativas con las que cuenta un exportador para la distribución de sus productos en México: Los importadores / distribuidores: son especialmente importantes para la venta de productos agroalimentarios y bienes de consumo. También se utiliza esta figura en la importación de maquinaria, pero generalmente, para las líneas de productos más simples y de menor precio. Los distribuidores son vendedores independientes que compran y revenden los productos por su propia cuenta. A diferencia de los comisionistas, los distribuidores obtienen su beneficio de la diferencia entre el precio de compra y el de venta. Por otra parte, están expuestos a un mayor riesgo: absorben todas las pérdidas que resulten de la venta, daño o defecto de las mercancías, así como de las quejas e impago por parte de los clientes. Un acuerdo de distribución puede parecer más ventajoso, pero hay que tener en cuenta que en este caso el vendedor extranjero se convierte en un proveedor sin capacidad de control sobre los precios, métodos de venta o cualquier otra política comercial desarrollada por el distribuidor. Representantes / Agentes de ventas: La elección de un representante / agente de ventas puede ser beneficiosa en la medida en que no requiere una inversión particular. Por otra parte, un representante puede poseer conocimientos sobre el mercado, las ventas, los requisitos de importación y transporte que a una compañía que opte por la venta directa le puede resultar difícil conseguir. La elección entre la venta directa y a través de representante/agente dependerá del tipo de producto y de la relación que cada compañía prefiera. Por lo general, los agentes son preferibles en caso de prestación de servicios o venta a grandes clientes, incluidas las administraciones: federal, estatales y locales y bienes industriales de difícil o costoso almacenaje. Asimismo, el procedimiento más común para ventas directas de bienes de capital a usuarios finales consiste en vender

12 Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en México. Tomado el 22/12/08.

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a través de agentes que demandan en función de las necesidades de los compradores. Es necesario, en todo caso, prestar apoyo completo al representante para desarrollar o introducir la línea de productos en el mercado. Es importante tener en cuenta que según la Ley Federal de Trabajo, el agente puede ser considerado como un empleado de la empresa exportadora extranjera por los servicios que preste en México, con independencia de la nacionalidad o residencia del empleador. La Ley Federal de Trabajo establece que toda persona que realice ventas, bajo supervisión directa, se considerará empleado por la persona para la cual realiza las ventas. Franquicias: Las franquicias gozan de muy buena aceptación y creciente popularidad en México. La compañía extranjera cede el uso de sus derechos de propiedad intelectual, así como el know how, a cambio de regalías y otros pagos por la franquicia. Las franquicias constituyen un buen mecanismo para el control de la calidad a bajo coste. Asimismo, no conllevan un gran riesgo financiero; el franquiciatario adquiere el uso de los derechos y compensa al franquiciador por su uso. Dado que una franquicia supone el uso de una marca, ésta deberá registrarse previamente ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. Al término del contrato y en caso de transferencia de “know how”, el franquiciatario podría convertirse en un competidor. Para mitigar este riesgo, se puede incluir una cláusula de no-competencia en el contrato de franquicia. Por otra parte, las regalías percibidas de la contraparte mexicana serán gravadas en México. Por último, el franquiciador deberá tener en cuenta las leyes de competencia mexicanas que penalizan las prácticas monopolísticas (fijación de precios, obligación de compra, etc.). Para ampliar información sobre el mundo de la franquicia en México consulte las siguientes páginas: Asociación Mexicana de Franquicias www.franquiciasdemexico.org y www.franquiciashoy.com. Venta directa a cliente final: La venta directa desde el país de origen al cliente final (tiendas, grandes almacenes, fábricas...) presenta algunas ventajas, como el ahorro de las comisiones de intermediarios y los costos que representa el contratar personal local o abrir una oficina. Sin embargo, la empresa que se plantee esta modalidad deberá tener en cuenta algunos aspectos importantes: en primer lugar, que el comprador debe ser capaz de absorber volúmenes suficientemente grandes para que los costos de transporte no encarezcan demasiado el precio final del producto; en segundo lugar, tiene que estar en condiciones de realizar los trámites y cumplir los requisitos asociados a la importación.

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Por otra parte, el conocimiento del mercado y el establecimiento de contactos empresariales requieren una implantación real en el mercado. Es muy recomendable contar con asesoría legal y fiscal para evitar desarrollar actividades que pudieran considerarse establecimiento permanente, lo cual supondría estar sometido al impuesto sobre la renta. El comercio detallista El comercio detallista en México está muy atomizado y extendido, aunque está inmerso en un proceso de cambio, aumentando el peso de los grandes almacenes y cadenas. En 2005, las ventas acumuladas en las cadenas miembros de la Asociación Nacional de Tiendas de Autoservicio y Departamentales (ANTAD) sumaron un total de 357.000 millones de pesos, lo cual significó un crecimiento en términos reales de 8,9%. La Asociación Nacional de Tiendas de Autoservicio y Departamentales, ANTAD está formada 10,771 tiendas; 1,400 tiendas son de Autoservicio, 729 son Departamentales y 8,642 son tiendas Especializadas, en piso de venta el total de las tiendas suma 10, 287,052 metros cuadrados. La implantación de estos grandes centros se está produciendo en detrimento de la venta detallista tradicional. Sin embargo, todavía hoy un 40% de las ventas-según estimaciones de algunas fuentes- es realizado por pequeños comercios de carácter familiar. El resto de las ventas lo realiza el sector informal. Supermercados: El segmento de los supermercados está liderado en México por el gigante Wal-Mart (que integra 211 bodegas Aurrerá, 70 Sam´s Club, 89 Wal-Mart, 55 Superamas y otras tiendas como 54 Suburbias y 301 Vips al cierre 2005) que compite con otros grupos como: Controladora Comercial Mexicana (Comercio, que en 2005 compró los 5 hipermercados de Auchan), Grupo Gigante, Soriana, y Chedraui (que en 2005 compró los 29 supermercados y los dos en construcción del grupo francés Carrefour que abandona el país). Conjuntamente estas cinco compañías representaron el 80% de las ventas de este sector. Grandes almacenes: El sector está controlado por dos grandes cadenas: Palacio de Hierro, (con seis tiendas en Ciudad de México, 1 en el Estado de México, y 1 en Puebla y Nuevo León) y Liverpool, que tiene una cuota de mercado del 45% con sus casi 30 tiendas (de éstas, la mitad operan bajo el nombre

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de Liverpool (principalmente en Ciudad de México) y las otras como Fábricas de Francia. Tiendas especializadas: La ANTAD (Asociación de Tiendas de Autoservicio y Departamentales) cuenta entre sus asociados a los negocios del sector minorista de México, incluyendo a distribuidores de muebles y electrodomésticos, farmacias, tiendas de alimentación, etc. Mercado informal: Como ya se ha comentado anteriormente, el mercado informal tiene un gran peso en la economía, si bien su tamaño y crecimiento es difícil de evaluar. El INEGI en su cuenta satélite del subsector informal de los hogares estima que el subsector informal genera aproximadamente el 12,5% del PIB aunque las estimaciones de otros organismos dan cifras mucho más elevadas, por ejemplo, un 30% de acuerdo con el Consejo Coordinador Empresarial (CCE). En los “tianguis” (mercadillos), el consumidor encuentra todo tipo de productos: desde comida y alimentos hasta electrodomésticos, pasando por ropa, zapatos y un largo etcétera. No obstante, éste no es un canal de distribución utilizado para los productos procedentes de la Unión Europea. Otros canales de distribución: La venta por catálogo, televisión o a domicilio a través de cadenas ha conocido en los últimos años un notable desarrollo. Asimismo, internet gana día a día terreno como canal de comercialización. Entre las empresas más destacadas en ventas por catálogo encontramos Avon, Jafra, etc. La actual Administración trata de impulsar el comercio electrónico mediante el programa EMéxico, proyecto plurianual que establece la generalización de la red internet a todas las localidades del país. Principales centros comerciales en México: Los principales centros industriales y comerciales se corresponden con las grandes ciudades, desde el punto de vista de su población y/o actividad económica: Ciudad de México o Distrito Federal (D.F.) y su Zona Conurbada es el centro comercial, financiero y cultural del país. Es una de las ciudades más grandes del mundo, con una población de más de 20 millones de

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personas. Guadalajara, capital del Estado de Jalisco, al oeste del país, tiene una población cercana a los 5 millones de personas. Monterrey, capital del Estado de Nuevo León, situada en el norte, cerca de la frontera con los EE.UU., es una importante ciudad industrial, con una población de 3,5 millones. Puebla, capital del Estado del mismo nombre, situada en la parte central de la República, al este del Valle de México, con una población cercana a los 2,5 millones de personas.

Otras consideraciones Dado que los canales de distribución deben ser determinados por el tipo del producto y la naturaleza del mercado, ambos son los factores claves que más afectan la decisión de la selección de canales de distribución. Es importante incluir al producto en sí, a los intermediarios y a la empresa. Básicamente cuando una empresa selecciona sus canales de distribución, debe seguir el criterio de las tres C que son: Control de canal, Cobertura del mercado y Costos. Naturaleza del mercado El punto más importante a considerar es si el destino del producto se realizará en el mercado a través del menudeo o mayoreo. Es por ello necesario tomar en la cuenta las siguientes variables: • Número de clientes potenciales: Si es relativamente pequeño el grupo de

clientes potenciales, el exportador puede utilizar su propio Departamento de ventas para vender directamente sin usar a los intermediarios. Si el mercado es más grande, se tendrá que recurrir a estos.

• Concentración geográfica del mercado: Cuando el mercado de un

producto se limita a un área geográfica, es posible que el exportador venda directamente al minorista, pero cuando se trata de un mercado más extenso o a escala nacional, los exportadores deben recurrir a intermediarios.

• Tamaño del Pedido: Un exportador puede vender directamente a una

cadena de tiendas departamentales, dado que el tamaño del pedido y el

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• Costo de producción: Puede afectar los recursos financieros en la

distribución. Productos de alto costo requieren de canales más cortos, mientras que productos con un costo bajo pueden utilizar canales más largos.

Consideraciones para los intermediarios • Servicios proporcionados por intermediarios: Se deben seleccionar

intermediarios capaces de proporcionar un tipo de distribución que el mismo exportador no sea capaz de desarrollar por sí mismo.

• Disponibilidad de los intermediarios seleccionados: Pueden no estar

disponibles por el hecho de manejar productos similares de la competencia o que no muestren interés por el mismo. Por lo tanto, se debe ser muy cuidadoso en escoger al más idóneo.

• Actitud de los intermediarios hacia las políticas del exportador: En

ocasiones la selección de canales del exportador es muy limitada porque sus políticas de mercado y comercialización no son aceptadas por algunos intermediarios locales. Aquí juega la idiosincrasia de cada uno de los negociadores.

Selección del agente aduanero La integración y comunicación entre el importador y el exportador, o ambos y el agente aduanal debe de ser muy estrecha, ya que éste, es el responsable solidario de las acciones de su cliente. También la Ley Aduanera define claramente el marco de operación de estos profesionales, pero hay que tener en cuenta que el tamaño de la organización aduanera, es reflejo de la eficacia y eficiencia de las operaciones que se puedan dar en cada caso particular. La Oficina Comercial del Gobierno de Colombia - Proexport - sugiere para esta elección, cinco puntos: • Desarrollo de la Organización y Posición en el Mercado: Prestigio en

el medio en proporción a su tamaño; recomendación de sus propios

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clientes; actualización y profesionalismo de su organización; especialización en alguna rama industrial, o adaptabilidad y capacidad de respuesta.

• Infraestructura: Instalaciones; estructura administrativa: equipo de telecomunicaciones; modernidad y suficiencia; disponibilidad de equipo de transporte, mensajería.

• Servicios y Apoyos Complementarios: Consultoría; gestión de trámites y documentos; capacitación; servicios complementarios: financiamiento, almacenaje, seguridad, otros.

• Pago de Honorarios y Servicios: Deben de concordar con los primeros tres puntos.

• Localización: Si se encuentra localizado en el Puerto de entrada de la

mercancía, es mucho mejor que si se encuentra en otro lugar del país.

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5.3. Técnicas de mercadeo El mercadeo de productos en México es difícil y con mucha competencia. Los mexicanos debido a su cercanía geográfica y los vínculos comerciales que tienen con los EE.UU. están acostumbrados a campañas de publicidad y mercadeo agresivas y siempre muy innovadoras. En el caso que los productos sean nuevos en el mercado o estén establecidos en el mismo, es recomendable realizar campañas de promoción del producto para que este ingrese en la mente del consumidor, es importante resaltar que el mexicano compra mexicano, por tal razón el contacto con un comprador o representante genera al consumidor un sentido de pertenencia con el producto. Debido a la apertura del mercado mexicano hacia productos tanto americanos como canadienses, lo niveles de calidad que se manejan son extremadamente exigentes, por tal razón, la relación calidad / precio se mide en todos los productos. El servicio tanto como la comodidad e identificación que el cliente tenga con el producto es un punto de partida para crecer y posicionarse en el mercado mexicano. Las técnicas de seguimiento como el tele-mercadeo, investigaciones y promociones son muy comunes para mantener el producto en la mente del consumidor. 6. FORMAS DE ORGANIZACIÓN DE LOS NEGOCIOS 13 Existen cuatro formas reconocidas por la legislación mexicana para llevar a cabo proyectos de inversión extranjera que impliquen el establecimiento de una empresa: 1. Apertura de una oficina de representación. Se distinguen dos tipos a efectos fiscales: Oficina de representación con ingresos. Cuando la empresa matriz en España está legalmente establecida y reconocida jurídicamente en México. Se le otorga a la oficina de representación el tratamiento fiscal de un establecimiento permanente o base fija en el territorio mexicano. Estas oficinas realizan de forma habitual o esporádica actividades empresariales, entre las que se pueden incluir las de promoción. Oficina de representación sin ingresos. En este caso, la oficina de representación no puede llevar a cabo actividades mercantiles. Se trata de

13 Fuente: Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en México. Tomado el 22/12/08.

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oficinas que sirven de enlace entre México y España, y realizan funciones previas y auxiliares a las actividades de la empresa matriz española. Si bien la Oficina de Representación sin ingresos no puede realizar actividades mercantiles, sí requiere para su funcionamiento de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes que mantiene el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Lo anterior con objeto de que pueda abrir y mantener cuentas bancarias en la República Mexicana y cumplir sus obligaciones fiscales como retenedor del personal que emplee. También requiere de inscripción en el Instituto Mexicano del Seguro Social y, en general, en las demás instituciones relacionadas con los trabajadores. Este tipo de oficinas no requieren de la obtención de ninguna autorización, ni registro alguno ante la Secretaría de Economía. Los pasos a seguir para el establecimiento de la oficina son que se protocolicen ante Notario Público los estatutos sociales de la entidad española, así como de los apoderados que realizarán actividades en México. Estos documentos servirán principalmente para presentarlos ante cualquier tercero o autoridad en la República Mexicana. 2. Establecimiento de una sucursal. De acuerdo con la LIE, se entiende por sucursal toda sociedad extranjera que se establece en el país para realizar de forma habitual actos de comercio en la República Mexicana. Toda sucursal es una oficina de representación con ingresos, pero no todas las oficinas de representación con ingresos son sucursales. Las sucursales están reconocidas por el Código de Comercio de 1889 como comerciantes. 3. Constitución de una sociedad mercantil. En la formación de una sociedad mexicana, la LIE permite que exista una participación de capital extranjero de hasta el 100%. En el caso de que la participación sea igual o superior al 51% del capital social, se considerará “subsidiaria” (lo que en España se denomina habitualmente “filial”). En algunos casos, la LIE prohíbe o restringe la participación extranjera en las sociedades mercantiles, dependiendo de la actividad económica que se vaya a desarrollar. 4. Contrato de asociación. Ésta es una forma de inversión que en ocasiones se identifica con la Joint Venture (JV). En México no existe una regulación particular de las JV, por lo que están sujetas a los acuerdos a los que lleguen las partes. Los acuerdos que derivan de las JV pueden implicar vehículos, como son la constitución de sociedades mercantiles o fideicomisos u otro tipo de contratos. No obstante, la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM) sí regula un tipo de JV, que es la Asociación en Participación. A pesar de que la LGSM no reconocía personalidad jurídica a las JV, la legislación fiscal en vigor les otorga

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personalidad jurídica, considerándolas a todos los efectos como personas jurídicas distintas de los asociados. Representación y agencia La base legal de los contratos relacionados con la distribución comercial la podemos encontrar en el Código Civil, el Código de Comercio y la Legislación Mercantil. No obstante no todos los contratos están regulados. Los contratos típicos son aquellos que se encuentran regulados en la legislación, en cuanto a sus características y contenido obligatorio, en tanto que los atípicos son aquellos que carecen de alguna regulación o disciplina en la legislación. La actividad comercial ha originado que estos contratos atípicos se empleen por los comerciantes dando lugar a la existencia de contratos de distribución, suministro, agencia, etc. Al no tener una regulación específica sus características provienen de otros contratos típicos, pues se pueden hacer referencias a la compraventa mercantil, tratándose de la distribución o suministro y a la comisión mercantil tratándose de la agencia, por dar algunos ejemplos. En la práctica en México se utilizan estos contratos con base en los usos y prácticas mercantiles habituales, sin descuidar particularidades de otros contratos típicos, incorporándoles obligaciones contractuales expresamente reguladas en la ley. La ventaja de estos contratos es que al no existir una regulación legislativa permite la libertad contractual entre las partes, la cual principalmente en contratos comerciales no se encuentra limitada por la ley, respetando la voluntad de contratar de las partes. Por otro lado, es importante tener en cuenta que México suscribió el Convención de las Naciones Unidas sobre el Reconocimiento y Ejecución de Sentencias Arbitrales Extranjeras en 1970 aunque no fue hasta el 22 de julio de 1993, cuando se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) importantes modificaciones al Código de Comercio, adicionando un Título Cuarto (Del Arbitraje Comercial). El Procedimiento de Arbitraje Comercial, contemplado por el Código de Comercio se basó en la Ley Modelo de Arbitraje Comercial Internacional realizada por la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, conocida por sus siglas en inglés como UNCINTRAL. La mejor manera de prevenir y resolver conflictos para cualquier empresa que tenga actividades en México consiste en incluir en los contratos una referencia clara a un procedimiento arbitral o cláusula compromisoria arbitral.

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Tipos de sociedades La base legal de los contratos relacionados con la distribución comercial la podemos encontrar en el Código Civil, el Código de Comercio y la Legislación Mercantil. No obstante no todos los contratos están regulados. Los contratos típicos son aquellos que se encuentran regulados en la legislación, en cuanto a sus características y contenido obligatorio, en tanto que los atípicos son aquellos que carecen de alguna regulación o disciplina en la legislación. La actividad comercial ha originado que estos contratos atípicos se empleen por los comerciantes dando lugar a la existencia de contratos de distribución, suministro, agencia, etc. Al no tener una regulación específica, sus características provienen de otros contratos típicos, pues se pueden hacer referencias a la compraventa mercantil, tratándose de la distribución o suministro y a la comisión mercantil tratándose de la agencia, por dar algunos ejemplos. En la práctica en México se utilizan estos contratos con base en los usos y prácticas mercantiles habituales, sin descuidar particularidades de otros contratos típicos, incorporándoles obligaciones contractuales expresamente reguladas en la ley. La ventaja de estos contratos es que al no existir una regulación legislativa permite la libertad contractual entre las partes, la cual principalmente en contratos comerciales no se encuentra limitada por la ley, respetando la voluntad de contratar de las partes. Por otro lado, es importante tener en cuenta que México suscribió el Convención de las Naciones Unidas sobre el Reconocimiento y Ejecución de Sentencias Arbitrales Extranjeras en 1970 aunque no fue hasta el 22 de julio de 1993, cuando se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF), importantes modificaciones al Código de Comercio, adicionando un Título Cuarto (Del Arbitraje Comercial). El Procedimiento de Arbitraje Comercial, contemplado por el Código de Comercio se basó en la Ley Modelo de Arbitraje Comercial Internacional realizada por la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, conocida por sus siglas en inglés como UNCINTRAL. La mejor manera de prevenir y resolver conflictos para cualquier empresa que tenga actividades en México consiste en incluir en los contratos una referencia clara a un procedimiento arbitral o cláusula compromisoria arbitral. Constitución de sociedades En este apartado se resumen algunos aspectos de interés para el inversor español relacionados con la constitución de una sociedad en México. En primer lugar se abordan los aspectos más importantes relacionados con el establecimiento de una oficina de representación en México y después,

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los dos tipos de sociedades mercantiles que pueden ser de mayor interés para el inversor español, la Sociedad de Responsabilidad Limitada (S de R.L.) y la Sociedad Anónima (S.A.) Establecimiento de una oficina de representación en México

Como se indicó en el epígrafe anterior, existen dos tipos de oficinas de representación: Sucursal u oficina de representación con ingresos Una sucursal (oficina de representación con ingresos) es una persona jurídica extranjera a la que la legislación mexicana le ha reconocido esa personalidad. Puede realizar todo tipo de operaciones mercantiles, salvo aquéllas que estén reservadas a las empresas mexicanas (y que, sin embargo, sí podría realizar una filial/sucursal constituida conforme a la ley mexicana). Para que puedan operar y ser reconocidas como empresas extranjeras en México, las sucursales deben solicitar la autorización a la Secretaría de Economía (Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras) y, una vez otorgada ésta, podrán inscribirse en el Registro Público de Comercio de la plaza en la que se establezcan. Al tratarse de una sociedad extranjera, lo que se inscribe es el Acta de Constitución de la misma y los poderes de sus representantes. La empresa se reconocerá si está válidamente constituida conforme a sus leyes nacionales. Para la autorización de la Secretaría de Economía se deberá acreditar: - Que la persona jurídica está constituida conforme a las leyes de su país. - Que la escritura constitutiva y los estatutos sociales no son contrarios a las disposiciones de orden público de la legislación mexicana. Una vez otorgada la autorización, ésta se publica en el Diario Oficial de la Federación y con ésta, como se ha dicho, ya se puede proceder a la inscripción de los estatutos de la sociedad en el Registro Público de Comercio de la plaza en la que se establezca. Una vez realizada dicha inscripción, la sucursal estará facultada para desarrollar actos de comercio en la República Mexicana. La empresa se regirá en su funcionamiento por sus leyes internas, que serán sus estatutos y la Ley conforme a la cual se haya constituido (por ejemplo, si se trata de una S.A. colombiana, se regirá por la legislación colombiana en la materia). Con la inscripción en el Registro Público de Comercio se podrá solicitar y obtener el número de identificación fiscal (RFC, equivalente al NIF). Si la sucursal va a realizar actividades de importación, debe inscribirse además

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en el padrón de importadores. Aunque pagará impuestos en México, se considerará a todos los efectos como una sociedad extranjera. Para la repatriación de beneficios habrá de tenerse en cuenta lo dispuesto en la Ley General de Sociedades Mercantiles de 1934 Oficina de representación sin ingresos Esta persona jurídica extranjera no realiza operaciones mercantiles: es una entidad de mera representación de sociedades extranjeras, y tiene como única finalidad proporcionar servicios informativos y de asesoría sobre las actividades, productos o servicios que presta su matriz en el exterior. Este tipo de oficinas requiere autorización de la Secretaría de Economía para establecerse en México, no requiere inscripción en el Registro Público de Comercio, y sólo deberá tramitar su alta ante la Secretaría de Economía y, en caso de que tenga personal contratado, ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Requiere para su funcionamiento de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes que mantiene el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Lo anterior con objeto de que pueda abrir y mantener cuentas bancarias en la República Mexicana y cumplir sus obligaciones fiscales como retenedor, respecto del personal que emplee. También requiere de inscripción en el Instituto Mexicano del Seguro Social, y en general ante las demás autoridades relacionadas con los trabajadores. Los pasos a seguir para el establecimiento de la oficina, son que se protocolicen ante Notario Público los estatutos sociales de la entidad Española, así como de los apoderados que realizarán actividades en México. Estos documentos servirán principalmente para presentarlos ante cualquier tercero o autoridad en la República Mexicana. De conformidad con la Ley de Concursos Mercantiles del 12 de mayo de 2000, las sucursales podrán ser declaradas en concurso mercantil. La declaración únicamente comprenderá los bienes y derechos localizados y exigibles, según sea el caso, en el territorio mexicano y a los acreedores por operaciones realizadas con dichas sucursales. De lo anterior debe entenderse que ningún acreedor mexicano que tuviere derechos de crédito respecto de la sucursal podrá exigir cantidad alguna a la matriz en España. Sociedad de responsabilidad limitada (S. de R.L.) Capital mínimo El capital social mínimo exigido es 3.000 pesos mexicanos y debe estar íntegramente suscrito. El 50% del valor de cada parte social debe desembolsarse en efectivo en el momento de la suscripción. El capital puede estar suscrito en un 100% por extranjeros, salvo en aquellos casos en los que su participación esté limitada o prohibida por la LIE. El capital social está

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dividido en partes sociales, las cuales no pueden estar representadas por títulos negociables, a la orden o al portador, pues sólo pueden ser transferibles en los casos previstos por la LGSM y el contrato social. Los aumentos o disminuciones del capital social se realizarán mediante aprobación en Asamblea Extraordinaria de Socios. Sin embargo, no podrá disminuirse el capital social a menos del importe mínimo exigido por la LGSM. Tratándose de ampliaciones de capital, los socios gozan de derecho preferente para suscribir las partes sociales emitidas con motivo de las mismas. Este derecho es renunciable e incluso puede suprimirse, si así se establece en el contrato social. Socios La LGSM exige un mínimo de 2 y un máximo de 50 socios para constituir una S. de R. L. La transmisión de las partes sociales se efectúa mediante cesión y ésta solo puede llevarse a cabo por acuerdo de una Asamblea Extraordinaria de Socios. En tal caso, los socios tienen derecho de tanteo (derecho de preferencia que ocasiona la nulidad total si es desatendido) si se ha autorizado la cesión a una persona extraña a la sociedad. Este derecho debe ejercerse en los 15 días posteriores a la autorización por la Asamblea. La Asamblea de Socios es el órgano supremo de la sociedad y sus resoluciones se aprueban por mayoría de votos de los socios que representen cuando menos el 50% del capital social, salvo que el contrato social establezca una mayoría más elevada. Para modificar el contrato social se requiere de la aprobación del 75% del capital social, y para el cambio del objeto social o de las reglas que determinen un aumento de las obligaciones de los socios, se requiere la unanimidad de votos, salvo pacto en contrario. La S.de R.L. está obligada a llevar un libro de registro de socios en el que constarán el nombre y domicilio de cada uno con la indicación de sus aportaciones y la transmisión de las partes sociales, en su caso. Administración La administración de la S. de R.L. se delega en uno o más gerentes, que podrán ser socios o personas ajenas a la sociedad, designados temporalmente o por tiempo indeterminado. Cuando son varios, forman un Consejo de Gerentes. El Consejo de Gerentes puede reunirse en cualquier momento y funcionará válidamente con la mayoría de sus integrantes. Sus decisiones se toman por mayoría de los presentes. Vigilancia Podrá haber uno o más socios o personas ajenas a la sociedad que se encarguen de la vigilancia de los actos de los gerentes.

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Sociedad anónima (S.A.) Capital mínimo El capital social mínimo exigido es de 50.000 pesos mexicanos, y debe estar íntegramente suscrito. El 20% del valor de cada acción debe exhibirse en efectivo. El capital puede estar suscrito en un 100% por extranjeros, salvo que la LIE restrinja o prohíba las actividades de la empresa a los extranjeros Los estatutos deberán hacer constar la forma y términos en que deba desembolsarse la parte restante de las acciones. Aunque no se establece ningún plazo para la amortización de las acciones en efectivo, si se dispone que: - No pueden emitirse nuevas acciones hasta que las precedentes hayan sido íntegramente pagadas. - Las acciones pagadas en su totalidad o en parte mediante aportaciones en especie deben quedar depositadas en la sociedad durante dos años. En el caso de la S.A. de capital variable, los estatutos deben especificar las condiciones para todo aumento o disminución de capital, así como el capital mínimo, que nunca podrá ser inferior a 50.000 pesos. Las acciones pueden pagarse en efectivo o en especie. En este último caso, se requiere que los bienes aportados permanezcan depositados en la sociedad un mínimo de dos años, y si su valor disminuye en dicho plazo en un 25% o más del valor por el cual fueron aportados, el accionista cubrirá la diferencia. No existe límite para el endeudamiento de la sociedad con relación a su capital social. En caso de pérdida de capital social, éste deberá ser reintegrado o reducido antes de hacerse el reparto o asignación de beneficios. Cabe señalar, además, que el reparto de beneficios no podrá hacerse mientras no hayan sido restituidas, o absorbidas mediante aplicación de otras partidas del patrimonio, las pérdidas sufridas en uno o varios ejercicios anteriores, o haya sido reducido el capital social. Accionistas La LGSM exige un mínimo de dos socios, que deben suscribir una acción al menos cada uno. Los accionistas pueden ser personas físicas o jurídicas y de cualquier nacionalidad. La Junta o Asamblea de Accionistas es el órgano supremo de la sociedad. Puede acordar y ratificar todos los actos y operaciones de ésta y sus resoluciones deben ser cumplidas por la persona que ella misma designe o, a falta de designación, por el administrador o el Consejo de Administración. Administración El órgano ejecutivo de dirección y administración de una S.A. lo constituyen su administrador o administradores. Cuando los administradores sean dos o

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más, formarán el Consejo de Administración. El nombramiento de los administradores deberá figurar en la escritura. No se requerirá la calidad de accionista para ser nombrado administrador de una S.A.; no podrán serlo aquellas personas que conforme a la ley estén inhabilitadas para el comercio. El nombramiento de los administradores lo lleva a cabo la junta de accionistas. Cuando el Consejo de Administración conste de tres o más personas, los accionistas minoritarios que representen el 25% del capital (10% si la sociedad cotiza en Bolsa) nombrarán al menos un consejero. El nombramiento deberá inscribirse en el Registro Público de Comercio. La duración del mandato de los administradores se fijará en los estatutos, debiendo tener carácter temporal. La junta de accionistas puede destituir libremente y en cualquier momento a los administradores. Acciones Las acciones de una S.A. están siempre representadas por títulos nominativos (nunca al portador), tienen igual valor y confieren iguales derechos, si bien en el acta fundacional de la sociedad cabe dividir el capital en varias clases de acciones con derechos especiales. Los datos que deben figurar en las acciones son: a) Nombre, nacionalidad y domicilio del accionista. b) Denominación, domicilio y duración de la sociedad (se recomiendan 99 años). c) Fecha de constitución de la sociedad y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio. d) Importe del capital social, el número total y el valor nominal de las acciones (salvo que en el contrato fundacional de sociedad se prevea que no conste el importe del capital social ni el valor nominal de las acciones). e) Desembolsos que sobre el valor de la acción haya efectuado el accionista, o la indicación de estar liberada. f) Serie y número de la acción o del certificado provisional. g) Derechos y obligaciones del tenedor de la acción y, en su caso, indicación de la limitación del derecho de voto. h) Firma de los administradores que deban suscribir el documento. - Bonos de fundador: No son acciones, sino títulos especiales que consisten en una participación concedida a los socios fundadores (no se computan en el capital social) en las ganancias anuales. El máximo es del 10%, que sólo se pagará una vez que se haya entregado a los accionistas un dividendo del 5% sobre el valor desembolsado de sus acciones. La duración temporal de estos bonos será de un máximo de 10 años. - Acciones ordinarias / Acciones de voto limitado: Las acciones ordinarias son aquéllas que confieren derecho a voto en todas las asambleas. Las

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acciones de voto limitado pueden aparecer recogidas en el contrato social como aquéllas que confieren derecho de voto únicamente en algunos asuntos en las asambleas extraordinarias. Las acciones de voto limitado gozan de preferencia de pago frente a las ordinarias y además podrá estipularse en el contrato social que reciban un dividendo superior al de las ordinarias. - Acciones de trabajo: Cuando así se establezca en el contrato social, podrán emitirse acciones especiales en favor de personas que presten servicios a la S.A. En ellas deberá incluirse la forma, valor, inalienabilidad y demás condiciones particulares que les correspondan. - Registro de acciones: Las S.A. están obligadas a llevar un libro de registro de acciones con los datos de los accionistas y del número de acciones que poseen, así como de las transmisiones de las mismas que se realicen. Adicionalmente, la legislación fiscal exige que conste el número de identificación fiscal del accionista. Tratándose de accionistas residentes en el extranjero, éstos podrán optar, en lugar de obtener su RFC en México, porque la sociedad proporcione un informe anual (a 31 de marzo de cada año) con la indicación de los accionistas extranjeros con su residencia fiscal y el NIF que les corresponda en su país de residencia. - Certificados provisionales: Los títulos que representan las acciones deberán expedirse en un plazo que no exceda de un año desde la fecha del contrato de sociedad. Mientras se entregan los títulos pueden expedirse certificados provisionales que serán siempre nominativos y que deberán canjearse por los títulos en su momento. - Derechos básicos de los accionistas:

• Derecho a participar en las ganancias (beneficios) de la sociedad, en la proporción correspondiente.

• Derecho de suscripción preferente de nuevas acciones en caso de aumento del capital social.

• Derecho de asistencia y voto en las juntas de accionistas (salvo acciones de voto limitado) y a impugnar los acuerdos sociales.

• Derecho a obtener información sobre los asuntos de la sociedad. Vigilancia La vigilancia de la S.A. está a cargo de uno o varios comisarios, quienes pueden ser socios o personas ajenas a la sociedad. Las facultades y obligaciones que otorga la LGSM a los comisarios radican principalmente en la comprobación de la información financiera anual que preparan los administradores. Están obligados a presentar anualmente a la asamblea de accionistas un informe respecto a la veracidad, suficiencia y razonabilidad (acordes con los Principios Generales de Contabilidad) de la información presentada por el Consejo de Administración.

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Diferencias entre sucursales y sociedades y requisitos comunes a ambas Diferencias en el tratamiento respecto de una filial El establecimiento de una filial o sucursal dependerá de cada empresa en concreto y de las actividades que desee llevar a cabo en México. Para ello deben tenerse en cuenta las siguientes diferencias entre sucursal y filial o subsidiaria:

• La sucursal es a todos los efectos una sociedad extranjera; la filial es una sociedad mercantil mexicana, aunque tenga capital extranjero.

• La sucursal sólo puede realizar las actividades autorizadas a extranjeros al 100%; la filial puede realizar las actividades autorizadas a empresas mexicanas con la limitación establecida para sociedades con participación extranjera (tratándose de licitaciones nacionales, una sucursal no puede participar, y una sociedad mexicana con 100% de capital extranjero, sí puede participar).

Por lo demás, ambas pueden realizar todo tipo de actividades mercantiles. Formalidades comunes relativas a la constitución de S. de R.L. y S.A. Tanto la S. de R.L. como la S.A. se rigen por las disposiciones generales y particulares de la LGSM, y por sus estatutos, que deben contener todos los datos que se estipulan en dicha Ley. El acta de constitución de la sociedad debe especificar:

• Nombre, nacionalidad y domicilio de las personas físicas o jurídicas que constituyan la sociedad.

• Objeto de la sociedad (si es ilícito, la sociedad será nula). • Razón social o denominación (el primer caso es para la S. de R.L. y el

segundo para la S.A.) • Duración. • Importe del capital social. • La expresión de lo que cada socio aporte en dinero u otros bienes, el

valor atribuido a estos y los criterios para su valoración. • Domicilio de la sociedad. • Forma de administrarse la sociedad y facultades de los

administradores. • El nombramiento de los administradores y la designación de los que

han de llevar la firma social. • Forma de distribución de las pérdidas y ganancias (beneficios) entre

los miembros de la sociedad. • Importe del fondo de reserva. • Casos de disolución anticipada de la sociedad. • Bases para practicar la liquidación de la sociedad.

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Estos son los requisitos generales para todas las sociedades mercantiles, pero el acta de constitución de la S. de R.L. y de la S.A. debe incluir además lo siguiente:

• S. de R.L.: Suscripción del total del capital y desembolsar de cuando menos el 50% del valor de cada parte social.

• S.A.: - La parte desembolsada del capital social. - El número, valor nominal y naturaleza de las acciones en que se divide el capital social. - Forma y términos en que debe pagarse la parte sin desembolsar (insoluta) de las acciones. - Participación en ganancias (beneficios) concedida a los fundadores. - Nombramiento de uno o varios comisarios. - Las facultades de la asamblea general así como las condiciones para la validez de sus deliberaciones y ejercicio del derecho a voto.

Todos estos requisitos, junto a las demás normas que se establezcan en la escritura sobre organización y funcionamiento de la sociedad, constituirán los estatutos de la misma. Con carácter general, la LGSM establece además la obligación para toda sociedad de destinar anualmente como mínimo el 5% de las ganancias a la dotación de un fondo de reserva, hasta que dicho fondo represente la quinta parte del capital social. El fondo de reserva puede capitalizarse siempre y cuando se vuelva a constituir a partir del ejercicio siguiente. Los accionistas o sus representantes deben comparecer ante notario para el otorgamiento de la escritura pública de constitución de la sociedad, que incluye los estatutos y las normas de funcionamiento de la sociedad. El siguiente paso es la inscripción en el Registro de Comercio de la localidad en que se ubique el domicilio social de la empresa. Una vez constituida una sociedad, ésta debe inscribirse en varios registros, y no sólo en el de Comercio, a saber: a) Registro Público de Comercio. b) Registro Federal de Contribuyentes (RFC). c) Registro Empresarial ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), válido para cumplir con las obligaciones con el INFONAVIT, y Sistema del Ahorro para el Retiro (SAR). d) Inscripción en el Padrón sobre Nóminas. e) Inscripción en el Sistema de Información Empresarial de México (SIEM). f) Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (RNIE), cuando sea necesario. g) Padrón de Importadores, cuando sea necesario.

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Dependiendo del lugar donde la sociedad vaya a desarrollar sus actividades, requerirá inscribirse en los registros que las autoridades locales exijan. En el caso de sociedades con participación extranjera, en algunos casos se requieren autorizaciones previas de diversas instituciones. El tiempo que requieren los trámites para que una sociedad pueda funcionar varía mucho, dependiendo de las distintas instancias gubernamentales que intervengan. Una vez constituida la sociedad ante el fedatario público, ésta puede celebrar contratos de todo tipo, instalación de líneas telefónicas, contrataciones y apertura de cuentas bancarias (atención: esto último no se podrá hacer hasta que no tenga su número de RFC). Si bien la LGSM establece que las sociedades inscritas en el Registro Público de Comercio gozan de personalidad jurídica, aquéllas no inscritas que se hayan dado a conocer como tales a terceros, consten o no en escritura pública, tendrán personalidad jurídica. En este caso las relaciones internas de la sociedad se regirán por el contrato social respectivo o, en su defecto, por las disposiciones de la LGSM en general. A estas sociedades se las conoce como sociedades irregulares. Las personas que realicen actos jurídicos como representantes o mandatarios de una sociedad irregular responderán del cumplimiento de los mismos frente a terceros, subsidiaria, solidaria e ilimitadamente, sin perjuicio de la responsabilidad penal por perjuicios a terceros. Los socios no culpables de la irregularidad podrán exigir daños y perjuicios a los culpables y a los que actuaren como representantes o mandatarios de la sociedad irregular, así como solicitar al juez que ordene su inscripción en el Registro Público de Comercio. Resumen de Trámites de Constitución de Sociedades. A continuación se resumen los trámites para el establecimiento de una empresa extranjera en México según las tres modalidades reconocidas por las leyes mexicanas para llevar a cabo negocios con participación extranjera en territorio nacional:

• Oficina de Representación -Autorización de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras Con ingresos - Secretaría de Economía (Registro Público de Comercio) Sin Ingresos - Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) (Darse de alta) - IMSS Instituto Mexicano del Seguro Social

• Sucursal de una compañía extranjera

- Secretaría de Economía (Registro)

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- Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) (Registro)

• Formar y dar de alta a una compañía - SRE (Registro nombre) - Notario Público - SHCP (RFC) - Registro Público de Comercio - Secretaría de Economía (Registro Nacional de Inversión Extranjera) - SHCP (Padrón Importadores) - Secretaría de Economía (Programas de Importación Temporal) - SEMARNAT - Secretaría de Salud - IMSS Instituto Mexicano de la Seguridad Social - INFONAVIT

Los trámites para formar y dar de alta una compañía requieren, según Bancomext (ahora Promexico) de 57 días de media, con excepción de los sectores para los que es menester la Licencia Ambiental Única (petróleo y petroquímica; química; pinturas y tintas; metalúrgico; automoción; celulosa y papel; cemento y cal; asbesto; vidrio; generación de energía eléctrica, y tratamiento de residuos peligrosos). Este último trámite requiere 120 días hábiles. Joint ventures, socios locales La joint venture es una forma muy empleada de invertir en México. Las formas más usuales de asociación empresarial o JV son las siguientes, aunque también existen otras posibilidades:

• Contrato de participación conjunta o cooperación. • Adquisición en copropiedad de un activo o activos. • Constitución de una sociedad mercantil. • Constitución de un fideicomiso. • Contrato de asociación en participación.

Las formas a escoger pueden variar según la viabilidad de cada proyecto y particularmente de los beneficios fiscales. El contrato de asociación en participación se encuentra regulado en la LGSM, la cual no le otorga personalidad jurídica. El contrato debe efectuarse por escrito y no está sujeto a inscripción alguna. El Asociante y el Asociado constituyen las partes del contrato. El asociante obra en nombre propio y no existe relación jurídica entre los asociados y terceras partes, es decir, que el único que responde ante terceros es el asociante (aunque las partes de la asociación pueden acordar compartir la responsabilidad). El asociado aporta

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bienes al asociante para que éste los destine al objeto del contrato. Una vez cumplido o alcanzado éste, la asociación en participación se disolverá. Para la distribución de beneficios y pérdidas se aplican las mismas reglas que para las sociedades mercantiles, con la salvedad de que los asociados sólo responderán hasta por el monto de su aportación. El asociante es responsable del cumplimiento de las obligaciones fiscales de la asociación (lo que incluye el registro en el RFC). Este tipo de asociaciones fueron fuertemente afectadas por las reformas fiscales de 1999, que les otorgan tratamiento de persona jurídica, a efectos del impuesto, y en consecuencia hicieron desaparecer todos los beneficios que el emplear esta figura representaba. La Sociedad Civil (S.C.) y la Asociación Civil (A.C.) son otras modalidades por medio de las cuales se pueden llevar a cabo actividades en México. Bajo la primera suelen asociarse proveedores de servicios, tales como abogados o auditores, en tanto que la segunda es la forma de sociedad más empleada por las organizaciones no lucrativas. Estas dos formas de asociación están reguladas por el Código Civil del estado en que se establezcan. Desde mediados de los noventa se está empleando mucho en México la figura societaria que en inglés se conoce como “Venture Capital Funds”. Estos fondos, que cotizan en mercados de valores internacionales, se emplean en economías emergentes para apoyar a empresas que requieren recursos para su mejor desarrollo, y una vez cumplidos los objetivos, son vendidos o colocados en Bolsa a precios muy rentables para el fondo, aunque en ocasiones los proyectos no sean tan exitosos. 7. LEY DE INVERSION EXTRANJERA 14 México es considerado en el mundo como un lugar estratégico para invertir, por los cambios que se han hecho, por la mejora regulatoria y por los Tratados de Libre Comercio que ha firmado. Su debilidad todavía se mantiene en la estabilidad de normas jurídicas en general. En el acuerdo firmado entre Colombia, Venezuela (ya no participa) y México, se establecieron los principios que aseguran la protección, condiciones de seguridad y certidumbre para los inversionistas y sus inversiones. Esto incluye una definición amplia que cubre los temas de propiedad intelectual, préstamos, reinversiones y, en general, toda transferencia de recursos, así como al inversionista potencial; contiene garantías jurídicas

14 Fuente: Oficina Comercial de Proexport en México. Secretaría de Economía de México. Tomado el 22/12/08.

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para el trato nacional, trato de nación más favorecida, libertad de transferencias y expropiación. No se podrán imponer requisitos de desempeño que distorsionen el comercio o la inversión como condiciones para el establecimiento de la inversión, como tampoco atenuar estándares para promover inversiones. Se garantiza la libertad para transferir recursos al exterior. Se creó un mecanismo para resolver controversias inversionista-Estado. Se permite a los inversionistas y a las inversiones de la otra Parte realizar éstas en todos aquellos sectores en los que se tuviera permitida la inversión al momento de la entrada en vigor del Tratado.

7.1. Marco Legal y Condiciones Generales15 En el transcurso de los últimos años, México ha suprimido numerosas trabas a la inversión extranjera y ha promulgado un nuevo marco jurídico para la misma, en línea con el TLCAN. La actual Ley de Inversión Extranjera (LIE) entró en vigor el 28 de diciembre de 1993 y ha sufrido modificaciones en 1995, 1996, 1998, 1999, 2001 y 2006. El organismo responsable de la aplicación de la LIE es la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras (CNIE). La LIE establece que el inversor extranjero podrá participar en cualquier proporción en el capital social de empresas mexicanas, adquirir activos fijos, participar en nuevos campos de actividad económica o fabricar nuevas líneas de productos, abrir y dirigir establecimientos, ampliar o relocalizar los ya existentes, salvo que se trate de una actividad reservada o que sea objeto de regulación específica. Las actividades económicas abiertas a la participación foránea hasta el 100% del capital social incluyen casi el 94% del total de actividades consideradas en la Clasificación Mexicana de Actividades y Productos del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI). Específicamente, comprenden sectores como alimentación, bebidas y tabaco; textil, prendas de vestir y cueros; madera y productos de papel, y restauración, hoteles y comercio. Existe un número restringido de actividades para las que este principio no tiene vigencia, ya sea por estar reservadas al Estado, a personas de nacionalidad mexicana o a sociedades con cláusula de exclusión de 15 Fuente: Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en México. Tomado el 22/12/08

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extranjeros, o porque se trata de actividades económicas objeto de regulación específica acerca de la participación de capital extranjero. La cláusula de exclusión de extranjeros es el convenio o pacto expreso que forma parte integrante de los estatutos sociales, por el que se establece que las sociedades no admitirán directa ni indirectamente como socios o accionistas a inversores extranjeros, ni a sociedades con cláusula de admisión de extranjeros. A continuación, se hace una breve referencia a las actividades que se encuentran restringidas y aquellas en las que pueden participar libremente.

7.2. Actividades Económicas Sujetas a Regulaciones Específicas para los Inversionistas Extranjeros En las actividades económicas y Sociedades que se mencionan a continuación, la inversión extranjera puede participar en los porcentajes siguientes: a) Hasta en un 10%, en Sociedades Cooperativas de producción. b) Hasta en un 25%, en transporte aéreo nacional, transporte en aerotaxi y

transporte aéreo especializado. c) Hasta en un 30%, en sociedades controladoras de agrupaciones

financieras, instituciones de crédito de banca múltiple, casas de bolsa y compañías especialistas bursátiles

d) hasta en un 49%, en • Instituciones de seguros. • Instituciones de fianzas. • Casas de cambio • Almacenes Generales de depósito. • Arrendadoras financieras. • Empresas de factoraje financiero. • Sociedades financieras de objeto limitado. • Acciones representativas del capital fijo de sociedades de inversión y

sociedades operadoras de sociedades operadoras de inversión. • Fabricación y comercialización de explosivos, armas de fuego, cartuchos,

municiones y fuegos artificiales; sin incluir la adquisición y utilización de explosivos para actividades industriales y extractivas, ni la elaboración de mezclas explosivas para el consumo de dichas actividades.

• Impresión y publicación de periódicos para circulación exclusiva en territorio mexicano.

• Acciones serie T de sociedades que tengan en propiedad tierras agrícolas, ganaderas y forestales.

• Televisión por cable.

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• Servicios de Telefonía Básica. • Pesca en agua dulce, costera y en la zona económica exclusiva, sin incluir

acuicultura. • Administración portuaria integral. • Servicios portuarios de pilotaje a las embarcaciones para realizar

operaciones de navegación interior, en los términos que fija la Ley en la materia.

• Sociedades navieras dedicadas a la explotación comercial de embarcaciones para la navegación interior y de cabotaje, con excepción de cruceros turísticos y la explotación de dragas y artefactos navales para la construcción, conservación y operación portuaria.

• Servicios conexos al sector de ferrocarriles, que consisten en servicios a pasajeros, mantenimiento y rehabilitación de vías, libramientos, talleres de reparación de equipo tractivo y de arrastre; organización y comercialización de trenes unitarios; operación de terminales interiores de carga y telecomunicaciones ferroviarias.

• Suministro de combustible y lubricantes para embarcaciones, aeronaves y equipo ferroviario.

Como se puede apreciar, las operaciones de una comercializadora colombiana que se pretenda constituir en México no están incluidas dentro de las actividades económicas sujetas a regulaciones específicas para los inversionistas extranjeros. Asimismo, no sobra anotar que los límites para la participación de inversión extranjera señalados anteriormente, no podrán ser rebasados directamente, ni a través de fideicomisos, convenios, pactos sociales o estatutarios, esquemas de piramidación, o de cualquier otro mecanismo que otorgue control o una participación mayor a la que se establece. Están reservadas de manera exclusiva al Estado mexicano las funciones que determinen las leyes en las siguientes áreas estratégicas: • Petróleo y demás hidrocarburos. • Petroquímica básica. • Electricidad. • Generación de energía nuclear. • Minerales radioactivos. • Telégrafos. • Radiotelegrafía. • Correos. • Emisión de papel moneda.

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• Acuñación de moneda • Control, supervisión, vigilancia de puertos, aeropuertos y helipuertos. Las actividades económicas que se mencionan a continuación, están reservadas de manera exclusiva a mexicanos por nacimiento (hijos de padre y madre mexicanos por nacimiento) o a Sociedades mexicanas con cláusula de exclusión de extranjeros: • Servicios de transporte terrestre nacional de pasajeros, turismo y carga,

sin incluir los servicios de mensajería y paquetería. • Comercio al por menor de gasolina y distribución de gas licuado de

petróleo. • Servicios de radiodifusión y otros servicios de radio y televisión distintos

de televisión por cable. • Uniones de crédito • Instituciones de banca de desarrollo.

7.3. Procedimientos para que una empresa constituida en México con capital extranjero pueda realizar operaciones de comercio exterior Inscripción al Padrón General de Importadores Para realizar operaciones de importación, el importador en México deberá estar inscrito en el Padrón General de Importadores de la Secretaría de hacienda y Crédito Público, para ello se procederá a presentar a reunir y presentar los siguientes documentos: • Solicitud oficial en original y dos copias. • Copia de un comprobante de domicilio fiscal. • Copia de la cédula de identificación fiscal, constancia y aviso de

inscripción al Registro federal de Contribuyentes (RFC). • Copia de las declaraciones anuales de los últimos cuatro años y las

declaraciones complementarias (en su caso). • Copia de los pagos provisionales del año en curso. Para las empresas que inicien operaciones o se encuentren en período pre operativo, deben cumplir los requisitos señalados anteriormente con las siguientes modalidades: • Pueden comprobar su domicilio fiscal con la orden de verificación del

Registro Federal de Contribuyentes.

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• En relación con las declaraciones de los últimos cuatro años, se debe entregar copia de la declaración de pago provisional trimestral del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y de la retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR), siempre que en este último caso tengan obligación de presentarla.

Para realizar el trámite, los documentos señalados anteriormente, deben ser enviados por mensajería al siguiente domicilio: SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PADRÓN DE IMPORTADORES Apartado Postal No. 123, Administración de Correos No. 1, Palacio Postal, Eje Central Lázaro Cárdenas, esquina Tacuba, Col. Centro, CP. 06002, México, D.F. La resolución a este trámite dura aproximadamente dos meses y es importante mencionar que la vigencia de la inscripción en el Padrón es indefinida, pero la empresa puede perder su inscripción debido a las siguientes causas: • Cuando se presenten irregularidades o inconsistencias en el Registro

Federal de Contribuyentes. • Cuando al fusionarse o escindirse, desaparezcan del Registro Federal de

Contribuyentes. • Cuando la empresa cambie su denominación o razón social y no actualice

su situación en el Padrón de Importadores. • Por resolución firme que determine que el contribuyente cometió alguna

infracción relacionada con la importación o exportación de mercancías. Inscripción al Padrón Sectorial de Importadores Existen ciertos productos de algunos sectores que para importarlos se necesita, además de estar inscrito en el Padrón General de Importadores, registrarse en un segundo Padrón Sectorial, de acuerdo con el productos o productos que se pretenda importar. Por lo tanto, se deben inscribir al Padrón Sectorial de Importadores, las empresas establecidas en México que importen productos amparados en los siguientes sectores:

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• Carne y despojos de Cerdo. • Carne, despojos comestible y huevo de aves. • Frutícola. • Manteca y grasas. • Cerveza. • Vinos y Licores. • Cigarros. • Productos para aseo del hogar. • Hulero. • Lápices. • Madera contrachapada (triplay). • Pañales. • Textil y confecciones. • Accesorios para la industria del vestido y marroquinería. • Calzado. • Acero. • Industria automotriz. • Bicicletas. • Juguetes. Para obtener el registro en cualquiera de los sectores mencionados, las empresas interesadas deberán presentar los documentos ya mencionados para obtener el Registro en el Padrón General de Importadores, pero además deberá llenar el formulario correspondiente en original, de manera personal con los siguientes datos: • Nombre y razón social del solicitante. • Registro Federal de Contribuyentes. • Domicilio Fiscal. • Domicilio de las bodegas y sucursales en donde mantendrán las

mercancías importadas. • Nombre del sector o sectores en los que desea inscribirse y las posiciones

arancelarias correspondientes. Los documentos mencionados deberán enviarse por mensajería al siguiente domicilio: ADMINISTRACIÓN GENERAL DE ADUANAS ADMINISTRACIÓN CENTRAL DE REGULACIÓN DEL DESPACHO ADUANERO PADRÓN DE IMPORTADORES DE SECTORES ESPECÍFICOS Avenida Hidalgo No. 77 Módulo lV, Planta Baja, Col. Guerrero, CP. 06300, México, D.F.

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8. LEGISLACION LABORAL 16 Las relaciones laborales están reguladas en México por la Ley Federal del Trabajo (LFT) de 1970, la Ley del Seguro Social de 1995 y otras disposiciones complementarias. Las últimas administraciones han tratado de promover una amplia reforma en la materia aunque siguen sin lograrse los consensos necesarios. Contratos Se presume la existencia del contrato y de una relación laboral entre el que presta un trabajo personal subordinado y el que lo recibe. Este concepto supone que la carencia de contrato escrito no privará al trabajador de sus derechos, ya que la falta de formalidad se imputará al empleador. Existen dos tipos de contrato: el colectivo que se acuerda entre el sindicato y la empresa, y el individual que implica una relación directa entre el trabajador y el patrón. Las condiciones de trabajo deben hacerse constar por escrito cuando no existan contratos ni convenios colectivos que sean aplicables. El contrato deberá incluir los siguientes datos: identificación de las partes, naturaleza y duración de los servicios a prestar, lugar de trabajo, duración de la jornada laboral, salario, día y lugar de pago del salario y otras condiciones, como días de descanso y vacaciones. El contrato de trabajo se considerará terminado en los siguientes casos: por mutuo consentimiento, muerte del trabajador, fin de la obra e incapacidad física o mental. En este caso, si la incapacidad física o mental deriva de un riesgo no profesional, el trabajador tendrá derecho a que se le pague un mes de salario y doce días por cada año de sus servicios (art. 162 de la Ley Federal del Trabajo), o de ser posible, a que se le proporcione otro empleo de acuerdo con sus aptitudes. La Ley Federal del Trabajo establece además la posibilidad de rescindir la relación laboral sin responsabilidad para el trabajador en los siguientes casos: engaño por parte del empleador, faltas graves por parte del empleador, disminución del salario del trabajador, no recepción del salario correspondiente en la fecha o lugar convenidos o acostumbrados y la existencia de peligro grave para la salud o seguridad del trabajador. En estos casos, el trabajador podrá abandonar el trabajo dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que se dé cualquiera de las causas mencionadas y tendrá derecho a que el empleador lo indemnice. Tipos de contrato

16 Fuente: Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en México. Tomado el 22/12/08.

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Contrato de experiencia Según la legislación mexicana, el contrato de trabajo a prueba carece de validez, aunque existe jurisprudencia que permite establecer un periodo de prueba de 30 días. En su mayoría, los contratos laborales se celebran por tiempo indeterminado, aunque también está permitida la celebración de contratos por tiempo fijo o para obra determinada. Contrato por obra Un contrato de trabajo por obra determinada solo puede estipularse cuando lo exija su naturaleza, ya que, de no ser así, el contrato se entenderá celebrado por tiempo indefinido. Contrato por tiempo indeterminado y determinado La duración del contrato se puede establecer por tiempo determinado o por tiempo indeterminado. Será por tiempo determinado cuando lo exija la naturaleza del trabajo o cuando tengan por objeto sustituir temporalmente a otro trabajador. El contrato por tiempo indeterminado es el más usual. TRABAJO TEMPORAL El art. 37 de la LFT señala que el trabajo temporal solo puede estipularse en los casos siguientes: - Cuando lo exija la naturaleza del trabajo que se va a prestar. - Cuando tenga por objeto asistir temporalmente a otro trabajador. - En los demás casos previstos por la ley Jornada Laboral La Ley Federal del Trabajo (LFT) estipula un máximo de 48 horas de trabajo a la semana, seis días a la semana, con una jornada diurna de ocho horas, una nocturna de siete, y una mixta de siete y media. Sin embargo, la situación normal en las empresas es trabajar entre 40 y 45 horas semanales, y de cinco a seis días a la semana, dependiendo de la región del país. La Ley define asimismo los distintos tipos de jornada laboral: jornada diurna es de 6:00 a 20:00 horas; jornada nocturna, de 20:00 a 6:00 horas, y existe jornada mixta cuando el período nocturno es de menos de tres horas y media. Podrá prolongarse la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias (generalmente, se recomienda su prohibición salvo autorización expresa del patrón), sin exceder nunca de tres horas diarias y de tres veces por semana. Las horas extraordinarias se pagarán con un 100% más del salario que corresponda a las horas de jornada laboral ordinaria. El trabajador disfrutará de un día de descanso retribuido por cada seis días trabajados (el art. 74 de la Ley Federal del Trabajo establece los días de

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descanso obligatorio). Trabajar en día de descanso dará derecho a dos veces el sueldo de los días ordinarios de trabajo, independientemente del salario ordinario. Vacaciones Los trabajadores que lleven más de un año empleados tienen derecho a un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, a los que se acumularán dos días más por cada año en la empresa hasta llegar a doce. Después del cuarto año, el período vacacional aumenta dos días por cada cinco años de servicio. De este modo, los trabajadores disfrutarán de sus vacaciones según lo recogido en el cuadro a continuación. Los trabajadores que presten sus servicios de manera discontinua y los temporeros tendrán derecho a un período anual de vacaciones en proporción al número de días trabajados en el año. Vacaciones retribuidas

AÑOS DE ANTIGÜEDAD DÍAS DE VACACIONES

1 6 2 8

3 10 4 12 5-9 14 10-14 16 15-19 18 20-24 20 25-29 22

Las vacaciones deberán concederse a los trabajadores dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicio. Los patrones entregarán anualmente a sus trabajadores una constancia que contenga su antigüedad y de acuerdo con ella el período de vacaciones que les corresponda y la fecha en que deberán disfrutarlo. Los trabajadores tienen asimismo derecho a percibir una prima no inferior al 25% de los salarios que les correspondan durante el período de vacaciones. Salarios y Prestaciones Los salarios y las prestaciones se establecen en función de negociaciones contractuales reglamentadas por la Ley Federal del Trabajo. Las prestaciones sociales obligatorias son las contribuciones a la Seguridad Social (IMSS), el Fondo de Vivienda (INFONAVIT) y el Sistema de Ahorro

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para el Retiro (SAR), así como los pagos por concepto de prima vacacional, antigüedad y aguinaldo. Estos beneficios representan en promedio un costo para la empresa equivalente al 29% de los salarios pagados. Salario Según lo dispuesto en el artículo 84 de dicha Ley, el salario comprende pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo. Se incluye en el salario la participación en los beneficios, los pagos recibidos en concepto de horas extras, así como cualquier otra prestación en efectivo o en especie que se le entregue al trabajador por su trabajo. La Comisión Nacional de Salarios Mínimos, integrada de manera tripartita por representantes del Gobierno, la patronal y los trabajadores, fija unos salarios mínimos con carácter anual (en períodos de alta inflación, el proceso puede tener lugar con más frecuencia). Estos salarios mínimos se dictan de acuerdo con las zonas geográficas y la categoría profesional. El salario no podrá ser inferior al estipulado por la Comisión para cada área geográfica y categoría profesional. Aunque existe la referencia de los salarios mínimos establecidos por esta Comisión, es muy usual que el salario se establezca mediante una negociación del trabajador o, en su caso, del sindicato con el patrón. La Ley Federal del Trabajo prevé una revisión anual de los salarios, y el incremento aprobado no puede ser inferior al del salario mínimo. La Ley establece asimismo plazos de pago del salario de no más de una semana para las personas que desempeñan un trabajo material y de quince días para los demás trabajadores. Para conocer información del salario mínimo actual y su evolución histórica, puede consultar en la página del SAT (Servicio de Administración Tributaria de México (http://www.sat.gob.mx/nuevo.html) e ingresar en indicadores económicos, o en la página: http://www.conasami.gob.mx Pagos extras Como ya se ha mencionado anteriormente, los trabajadores tienen derecho a percibir una prima no inferior al 25% de los salarios que les correspondan durante el período de vacaciones.

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Los trabajadores tienen además derecho a recibir un aguinaldo no inferior a 15 días de salario al final del año, o a la parte proporcional del mismo que hayan trabajado, que deberá ser pagado antes del día 20 de diciembre. A efectos de esta aportación por parte del empleador el salario se considera integrado por los pagos en efectivo por cuota diaria, la gratificación, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad que se entregue al trabajador por sus servicios. No se toman en cuenta, por el contrario, los instrumentos de trabajo, ahorro o cantidades entregadas para fines sociales o sindicales y participaciones en beneficios, alimentación y habitaciones que no sean gratuitas, premios de asistencia, pagos por horas extras y cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social a cargo del trabajador y cubiertas por las empresas. Participación de los trabajadores en los beneficios Los trabajadores participan en los beneficios (utilidades) de las empresas, por mandato constitucional (Art. 123), desarrollado en la legislación laboral, en un porcentaje establecido al efecto por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en los Beneficios de las Empresas. El beneficio se debe distribuir entre todos los trabajadores que presten sus servicios en la empresa o los que los prestaron durante sesenta días o más en el ejercicio del que se trate. El reparto de beneficios deberá realizarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que la empresa deba pagar el impuesto de sociedades, es decir, antes del 30 de mayo. El beneficio empresarial objeto de reparto se eleva al 10% del total de los beneficios del ejercicio, y se divide en dos partes iguales: la primera se divide entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados durante el año, independientemente del salario percibido; la segunda se repartirá en proporción a los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año. Si no existe forma de determinar los beneficios, se pagará un mes de salario. Están exentas del reparto de beneficios: las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento; las empresas de nueva creación dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento; las empresas de nueva creación de la industria extractiva durante el período de prospección; las entidades privadas sin ánimo de lucro; el Instituto Mexicano del Seguro Social y otras instituciones públicas con fines asistenciales o de beneficencia; las empresas que tengan un capital social inferior al que fije la Secretaría de Trabajo y Previsión Social. Los directores, administradores y gerentes generales de las empresas están excluidos de la participación en los beneficios, aunque es

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práctica habitual la compra de un vehículo por cuenta de la empresa, aguinaldo superior o ayuda a la compra de la vivienda. La participación en los beneficios no se computará como parte del salario a efectos de la cantidad a recibir en concepto de indemnización. Extinción del contrato laboral Existen tres casos a tener en cuenta en lo que se refiere a la terminación de las relaciones laborales: · Renuncia voluntaria: No existe obligación de preaviso por parte del trabajador, quien tiene derecho a percibir una prima por antigüedad si ha trabajado más de 15 años en la empresa, y la parte proporcional que corresponda de la prima de vacaciones y del aguinaldo. · Despido justificado: No existe responsabilidad del empleador. El trabajador tendrá derecho a los salarios correspondientes a los meses trabajados hasta el despido, la prima por antigüedad, en las condiciones descritas anteriormente, y la parte proporcional de la prima de vacaciones y del aguinaldo. · Despido injustificado: En este supuesto, el trabajador puede solicitar la reincorporación o una indemnización por despido injustificado que comprenderá, además de los pagos que correspondería por renuncia voluntaria, a) tres meses de sueldo, b) 12 días de salario por cada año de servicio. c) y prima de antigüedad. Si el empleador no acepta la reincorporación del trabajador, la indemnización será mayor, según los casos siguientes: - Cuando la relación de trabajo haya sido de duración inferior a un año, se indemnizará al trabajador con una cantidad igual al importe de los salarios correspondientes a la mitad del tiempo en que éste haya prestado sus servicios. - Cuando la relación de trabajo haya sido superior al año, la indemnización consistirá en veinte días de salario por cada uno de los años de servicio prestados. Además de las indemnizaciones anteriormente señaladas, en el caso de que el pago de la indemnización se retrase (a causa de un juicio, por ejemplo), el patrón deberá además indemnizar al trabajador con los salarios vencidos desde la fecha del despido hasta la de pago de las indemnizaciones. Para determinar la cantidad a pagar al trabajador en concepto de indemnización se tomará como base el salario correspondiente al día en que nazca el derecho a la indemnización, es decir, el día en que deje efectivamente de trabajar.

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En cualquiera de estos tres casos, es recomendable que el abogado de la empresa y el representante legal acudan a la Junta de Conciliación y Arbitraje y allí ratificar ante la Junta Especial Correspondiente el acuerdo de extinción del contrato laboral al que hayan llegado. Esto con el fin de evitar cualquier reclamación o demanda posterior. Relaciones colectivas; sindicatos; huelga La LFT estipula que se podrá crear un sindicato siempre que lo integren como mínimo 20 trabajadores en servicio activo, si bien el proceso de registro es lento y complicado. El empleador que contrate trabajadores miembros de un sindicato tendrá la obligación de celebrar un contrato colectivo si el sindicato lo solicita. Si el empleador se niega a firmar el contrato, los trabajadores podrán ejercer su derecho de huelga. Las estipulaciones del contrato colectivo se extienden a todas las personas que trabajen en la empresa, aunque no sean miembros del sindicato que lo haya celebrado, salvo disposición en contrario consignada en el mismo convenio colectivo. Los contratos colectivos, normalmente, mejoran los derechos que se otorgan a los trabajadores bajo la LFT. Estos contratos están sujetos a renegociación cada dos años. Sin embargo, las cláusulas del contrato concernientes a las condiciones salariales pueden ser objeto de revisión anual. La solicitud de revisión deberá hacerse por lo menos 30 días antes del cumplimiento de un año desde la última celebración, revisión o prórroga. Se calcula que el 30% de la fuerza laboral mexicana está afiliada a algún sindicato. Este nivel supera el 80% en las empresas con más de 25 empleados. El sindicato mexicano más fuerte es la Confederación de Trabajadores Mexicanos (CTM), con más de seis millones de trabajadores. Aunque la constitución establece el derecho a la huelga, estas no son muy frecuentes y precisan de la autorización de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. Seguridad social Régimen general La seguridad social en México, al igual que en otros países, es obligatoria y su costo se cubre de manera tripartita (Gobierno, trabajador y patronal), dando derecho al trabajador a recibir una serie de prestaciones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en áreas como: medicina general y especializada, servicios hospitalarios, guarderías, pago por invalidez, riesgos de trabajo, etc. Los funcionarios públicos están cubiertos por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). A efectos de fijar las cotizaciones salariales a la seguridad social, se entienden por salario todos los pagos en efectivo por cuota diaria, las

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primas, comisiones, gratificaciones, alimentación, habitación y prestaciones en especie que perciba el trabajador. No se tomarán en cuenta, por el contrario, los instrumentos de trabajo; el ahorro, cuando sea un depósito de cantidad semanal, quincenal o mensual a partes iguales entre el trabajador y el patrón, y las cantidades otorgadas por el patrón para fines sociales o sindicales; las aportaciones al Fondo de Vivienda, INFONAVIT y las participaciones en los beneficios de la empresa; la alimentación y la habitación cuando éstas sean proporcionadas al trabajador de forma onerosa, entendiéndose que estas prestaciones son onerosas cuando cada una de ellas represente como mínimo el 20% del salario mínimo general diario que rija en el Distrito Federal; las despensas en especie o en dinero, siempre y cuando su importe no rebase el 40% del salario mínimo en el Distrito Federal; los premios por asistencia y puntualidad, siempre que el importe de cada uno de estos conceptos no rebase el 10% del salario base de cotización; y las cantidades aportadas para fines sociales (Fondos de Pensiones). Aportación al Fondo Nacional de la Vivienda El objeto del Fondo Nacional de Vivienda (INFONAVIT) es la creación de sistemas de financiación que permitan a los trabajadores obtener créditos en condiciones favorables para adquirir sus viviendas, repararlas o hacer frente a los pasivos originados por estos conceptos. Las empresas deben aportar a INFONAVIT el 5% de los salarios diarios de los trabajadores a su servicio, con un tope máximo de 21 veces el salario mínimo diario en México D.F. El tope máximo se incrementará un punto cada año, hasta que alcance en 2007 un límite absoluto de 25 veces el salario mínimo en México D.F. Es una contribución exclusiva de la empresa. El pago es bimensual, a bimestre vencido, antes del 17 del primer mes siguiente. Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) El 1 de enero de 1997 entró en vigor la reforma del sistema de seguridad social mexicano, abriendo a las instituciones financieras la posibilidad de gestionar los fondos de ahorro de los trabajadores. El Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) es un Fondo en el que cada trabajador dispone de una cuenta individual para el retiro, alimentada por las aportaciones patronales por los conceptos de retiro, cesantía y vejez; las del INFONAVIT (véase epígrafe anterior), y otras aportaciones voluntarias. Las principales razones que llevaron a la administración mexicana a emprender esta reforma han sido, por un lado, la inviabilidad del sistema existente debido al creciente desequilibrio entre los ingresos y gastos a gestionar por el IMSS y, por otro, la búsqueda de la eficiencia en la gestión de los fondos. A pesar de la juventud de la población mexicana, la pirámide

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demográfica comienza a invertirse. Cada vez son menos los trabajadores que cotizan a la seguridad social (14.181 millones a cierre del año de 2007, aunque debe tenerse en cuenta también el importante número de personas absorbidas por el sector informal de la economía). Las AFORES, con personalidad jurídica y patrimonio propios, son instituciones especializadas y dedicadas en exclusiva a la gestión y administración de las cuentas individuales de los trabajadores, en las que éstos ingresan y mantienen sus cotizaciones para el retiro. En el nuevo sistema de pensiones privatizadas, el individuo paga una cierta cantidad anual para su retiro, que se deposita en una cuenta individual de su propiedad, en lugar de dedicarse a pagar a los actuales beneficiarios. Estos fondos se invierten en los mercados privados de capital. Los beneficios recibidos tras la jubilación consisten en las aportaciones y los intereses de las inversiones realizadas. Durante el primer año de funcionamiento del sistema, el Gobierno fue el único prestatario y no se admitieron inversiones de alto riesgo. La Ley estableció que durante los cuatro primeros años de funcionamiento de estas instituciones, ninguna de ellas podría tener una cuota de mercado superior al 17%. Este límite se ampliaba hasta el 20% a partir del cuarto año. En años venideros, estos fondos podrían ser una fuente importante de financiación de proyectos inmobiliarios, de desarrollo regional y de construcción de infraestructuras en un país con una crónica insuficiencia del ahorro interno. Contribuciones a la Seguridad Social (IMSS) Los trabajadores se darán de alta en el IMSS con el salario base de cotización que perciban en el momento de su afiliación, estableciéndose como límite superior el equivalente a 25 salarios mínimos en México D.F. para los conceptos de enfermedad, maternidad, riesgo de trabajo y guarderías, y 18 salarios mínimos en México D.F. para los conceptos de invalidez, vejez, cesantía y muerte. El patrón, al efectuar el pago de salarios a los trabajadores, deberá retener las cuotas que a éstos les corresponde cubrir. El pago de las cuotas obrero patronales se realiza por bimestres vencidos. Enfermedad y maternidad: Se compone de: * Prestaciones en especie: - Cuota fija a cargo del patrón. El porcentaje varía cada año. - Excedente: una parte es a cargo del patrón y otra a cargo del obrero. * Prestaciones en dinero: 25% a cargo del obrero 70% a cargo del patrón 5% a cargo del Estado

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- Gastos médicos pensionados: La cuota es del 1,5% sobre el salario del trabajador: el 0,375% es a cargo del obrero; el 1,05% a cargo del patrón; el 0,075% a cargo del Estado. - Invalidez y vida: el 0,625% del salario a cargo del patrón y el 1,75% del salario a cargo del trabajador. - Riesgo de trabajo: Corre a cargo del patrón y cada año se aplica una fórmula para determinar el nuevo porcentaje de la prima. - Guardería y prestaciones sociales: La retención es del 1% del salario y corre a cargo del patrón.

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9. LOGISTICA Y TRANSPORTE 17 PANORAMA GENERAL México está ubicado en la parte norte del continente americano y cuenta con una extensión de 1.964.375 km² y de 5.073 km² entre las numerosas islas y una longitud de sus costas de 11.122 km. Al norte limita con Estados Unidos y al sur con Guatemala y Belice. Las exportaciones no tradicionales a México en el 2007, ascendieron a USD 473.989.854, para un total de exportaciones entre tradicionales y no tradicionales de USD 454.452.631 para un total de toneladas FOB de 495.448.171,93. México cuenta con una de las más extensas redes de carretera de América Latina, con una extensión de 352.072 kilómetros dentro de los cuales existen 110.367 kilómetros de dos carriles y 10.969 kilómetros de cuatro carriles o más. México cuenta con un total de 26.662 kilómetros en vías férreas, tres principales líneas troncales (Ferrocarriles del Noreste, Pacífico Norte y Sureste), cuatro líneas cortas (Ojinaga-Topolobampo, Coahuila-Durango, Nacozari y Chiapas-Mayab) y el 75 por ciento de la Terminal Ferroviaria del Valle de México. En términos de toneladas-kilómetro, movilizan el 98 por ciento del tráfico ferroviario y operan el 81 por ciento de las vías principales. El acceso Físico de los productos Colombianos al mercado Mexicano se caracteriza por contar con importantes posibilidades de acceso físico tanto aéreo como marítimo en servicios directos a los principales puertos y aeropuertos, con extensión por diferentes sistemas de transporte a la mayoría del territorio Mexicano. La oferta de transporte de carga desde Colombia hacia México es amplia, en esta ruta existe una variada gama de servicios directos tanto por vía marítima como aérea. Adicionalmente, existen posibilidades de transporte a través de servicios con conexiones aéreas en Centroamérica y Estados Unidos, así como marítimas en Panamá y Estados Unidos. En cada una de las modalidades hay facilidades para el transporte de todo tipo y volumen de carga. En el caso marítimo, esto, gracias a los servicios de varios consolidadores.

9.1. Acceso Marítimo México, posee una gran infraestructura portuaria que le permite y le facilita sus operaciones comerciales con el resto del mundo, cuenta con 22 puertos 17 Fuente: Subdirección Logística de Exportación Proexport - Colombia. La información incluida en este perfil es de carácter indicativo, ha sido obtenida directamente de los diferentes prestatarios de servicios y deberá confirmarse al programar un embarque específico. Última Revisión: 13/03/2008.

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ubicados estratégicamente sobre el Océano Atlántico y Pacifico. Los cuatro principales puertos del país, por los que pasa el 60% del tráfico marítimo de mercancías, son Puerto Altamira y Puerto Veracruz en el Golfo de México, y Puerto Manzanillo y Puerto Lázaro Cárdenas en la costa en la costa del Pacífico. En cuanto a servicios existe una amplia variedad de opciones para los exportadores colombianos a los puertos de Altamira, Veracruz, Manzanillo y Tampico. Sin embargo en comparación a los servicios ofrecidos desde la costa Atlántica, la oferta marítima desde Buenaventura hacia la Costa Pacífica de México es aceptable. Información de los principales Puertos: Veracruz es el puerto principal de México; constituye uno de los puntos más importantes para el abasto de graneles y productos industriales para los principales centros productivos y comerciales del país. Está estratégicamente ubicado en el Golfo de México y se conecta con 3.000 km. de vías que le permiten llegar a las diferentes regiones del país, operando cargas provenientes y con destino hacia todo el territorio mexicano. En el 2007 pasaron un total de 18.083.632 toneladas de carga por el puerto. El Puerto de Altamira es el único puerto industrial del Golfo de México y es considerado como el desarrollo portuario más extenso del país; ocupa el primer lugar en el manejo de fluidos petroquímicos. Cuenta con un área total de 3,075 hectáreas, en las cuales se manejan más de 8.5 millones de toneladas, cubriendo el 85% de la actividad económica del país en un radio de 550 km. El Puerto de Manzanillo ubicado en el pacifico, cuenta con 437 hectáreas que incluyen zonas de agua, muelles y zonas de almacenamiento. Actualmente posee 17 posiciones de atraque, grandes áreas de almacenamiento y se encuentra conectado con 13.5 km. de vías férreas y 5.4 km. de vialidades. Su ubicación lo hace un punto de trasbordo ideal para los países de centro y Suramérica. Existen servicios directos hacia los puertos de Tampico, Altamira y Veracruz, desde los puertos del Atlántico colombiano, donde las mayores frecuencias se ofrecen desde Cartagena y Barranquilla. En la ruta prestan servicios más de 10 navieras y los tiempos de tránsito se sitúan entre 7 y 15 días para aquellas que hacen trasbordos o escalas previas en puertos antecesores, como Panamá, Kingston y Centroamérica. Desde Buenaventura para los mencionados puertos, la oferta se reduce al menos a tres navieras, y los tiempos pueden alcanzar los 20 días. Si desea conocer detalles sobre los servicios marítimos de exportación desde Colombia, consulte: Oferta de Servicios de Transporte Marítimo. Allí encontrará información detallada sobre las frecuencias de zarpe, tiempos de tránsito y las navieras que operan en la ruta, entre otras desde Colombia. Para estimar los costos de exportación es importante conocer las tarifas o

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fletes de transporte, sin embargo estos están sujetos al acuerdo entre navieras y exportadores o importadores (o sus representantes). Si desea conocer fletes marítimos de referencia tanto para carga suelta como consolidada consulte: Tarifas de Transporte Marítimo.

9.2. Acceso Aéreo México cuenta con la red más extensa de aeropuertos de América Latina, con aeropuertos en cada ciudad de más de 500.000 habitantes. Cuenta con 82 aeropuertos de los cuales 48 cuentan con servicio aduanero a lo largo de su territorio y 1,839 pistas, de las cuales 228 se encuentran pavimentadas. La oferta aérea para exportación desde Colombia está compuesta por servicios cargueros y por cupos en vuelos de pasajeros. La ruta para carga entre Colombia y México se orienta principalmente hacia el Aeropuerto Benito Juárez en Ciudad de México. El Aeropuerto Internacional Benito Juárez, en México D.F., es el número 44 de mayor importancia en el mundo y el tercero más importante en América Latina, por el que pasaron en el año 2007 un total de 104.401,8 toneladas de carga. El Aeropuerto Internacional Miguel Hidalgo está ubicado a 16 km. al Sur de Guadalajara. Es el segundo aeropuerto en importancia en cuanto a afluencia de naves y tercero en pasajeros. Sirve de conexión para destinos de Norteamérica. Tiene dos terminales con cuatro plataformas, con capacidad para 40 operaciones de despegue y aterrizaje por hora, con una capacidad de 1400 pasajeros por hora. El Aeropuerto internacional de Cancún se encuentra ubicado en la Costa Caribe de la Península de Yucatán en el estado de Quintana Roo. Puede señalarse como el aeropuerto más importante del país y el cuarto aeropuerto más ocupado en Latinoamérica. En el 2007 un número de 11.340.027 pasajeros pasaron por este aeropuerto Otras opciones de transporte son las diversas conexiones que se logran principalmente en Panamá, Guatemala y Miami. Para detalles sobre los servicios aéreos de exportación desde Colombia, consulte: Oferta de Servicios de Transporte Aéreo. Allí encontrará información sobre aerolíneas, frecuencias, tipo de equipo que opera desde Colombia o en conexión. En lo que respecta a tarifas, existe una asociación encargada de regular todo lo concerniente a transporte aéreo, la IATA, por sus siglas en inglés, Internacional Air Transport Association es la encargada de poner tarifas máximas, las cuales deben ser cumplidas por las aerolíneas o de lo contrario serán sancionadas. Adicional a la tarifa básica, se han establecido recargos: uno de ellos es el denominado FS (fuel surcharge) o de combustible el cual varía de acuerdo al

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precio del petróleo en el mercado internacional, en el caso de Colombia, su monto se deriva de una fórmula establecida por la autoridad aeronáutica. Para mayor información acerca de las tarifas y recargos que ofrecen las diferentes aerolíneas diríjase a: Tarifas de Transporte Aéreo.

9.3. Otros aspectos importantes para el manejo logístico en destino. Los procesos de recepción de mercancías y el tránsito por territorio Mexicano hasta llegar al destino solicitado por el comprador pueden estar sujetos a diferentes normas, procedimientos, manejo, documentación de carácter general y requerimientos específicos de acuerdo al producto o el Estado de Ingreso, que deben ser conocidas por el Exportador independientemente de que su responsabilidad se extienda al destino final.

El peso máximo permitido para transitar por Carreteras Mexicanas de acuerdo a la Ley (NOM - 012 -SCT - 2 - 2008) es de 24 Toneladas, incluida la tara del contenedor.

Envíos Comerciales

• Original y 3 copias de la factura comercial. Esta factura debe tener la firma del expedidor o del vendedor. Una copia firmada de la factura debe ir embalada con la mercancía. Las copias restantes deben acompañar a la guía aérea.

Si las facturas no están en español, deben ir acompañas de su correspondiente traducción.

Se impondrán multas si:

La factura comercial no se presenta sobre llegada

La copia firmada de la factura no es incluida en el paquete.

La factura del vendedor o expedidor es omitida en la factura.

Lista de Empaque cuando la factura no contenga los detalles requeridos.

Certificado de Inspección SGS.

Transporte de Muestras Sin Valor Comercial

Se entiende por muestras sin valor comercial a aquellas mercancías que únicamente tienen por finalidad demostrar sus características y que carecen

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de valor comercial por sí mismas, las cuales no deben ser destinadas a la venta en el País.

Dentro del manejo de mercancías por vía aérea, ya sea como muestras sin valor comercial o envíos urgentes, se destacan las ALIANZAS que PROEXPORT Colombia ha suscrito con diversas transportadoras, para reducir el costo de los envíos en que incurren aquellas empresas que trabajan en los diferentes programas ofrecidos por nuestra entidad.

Muestras sin Valor comercial

Para efectos de exportación de muestras sin valor comercial hacia México deben considerarse los siguientes puntos:

Original y 3 copias de la factura pro forma.

• Muestras sin valor comercial: Libre de impuestos.

• Muestras con valor comercial: Se clasifica como envío comercial.

Nota: Con previa aprobación del Director General de Aduanas, las muestras pueden ser consideradas como inutilizables ante despacho de Aduana y así calificar como libre de impuestos de entrada. Las muestras se considerarán inutilizables solo si contienen perforaciones que las haga inútiles o invendibles.

Restricciones: Las muestras de textiles no pueden exceder los 20 cms en ninguna dimensión, o si sobrepasa los 20 cms deberá ser perforada o mutilada, el papel u otro material similar no podrá exceder los 50 cms en ninguna dimensión; las fibras no podrán sobrepasar los 500 gramos por tipo. Las unidades completas como botones, hebillas, uñas, etc., no serán aceptadas como muestras, esto aplica también a muestras de perfumes, productos alimenticios, medicinas, jabones, joyería y bebidas.

Las empresas podrán realizar sus envíos de muestras teniendo en cuenta las siguientes opciones:

Equipaje Acompañado: Bajo esta modalidad, es importante tener en cuenta las siguientes aclaraciones:

• Cada empresa puede enviarlas bajo esta modalidad siempre y cuando surtan todos los trámites ante las aduanas de salida de Colombia y llegada a México.

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• Por lo anterior para cumplir con todos los tramites en Colombia deberán realizar la declaración simplificada de exportación directamente en el aeropuerto el Dorado ó en su defecto en la aduana del aeropuerto de salida.

NOTAS IMPORTANTES

Una vez ingresen a territorio mexicano deberán tener en cuenta las siguientes instrucciones:

• La legislación mexicana contempla que “Los pasajeros que arriben a territorio mexicano vía marítima o aérea, podrán introducir mercancías con valor hasta de 300 dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas extranjeras, en uno o varios artículos.”

• Por lo anterior el valor a declarar en la factura no debe superar los 300 dólares de los Estados Unidos de América y deberá contener la leyenda en mayúsculas (MUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL).

• Factura de los productos.

• Se recomienda no llevar grandes cantidades en el total de las muestras y de una misma referencia.

• Si por disposición de la aduana mexicana las cantidades ingresadas a territorio mexicano es alta, la empresa deberá incurrir en un pago de IVA e impuesto por hacer parte del G-3. Este pago se debe realizar en el aeropuerto y en una ventanilla designada por la aduana mexicana.

• En caso de llevar un volumen demasiado alto en cantidades y si la aduana establece que no cumple con las condiciones de muestras, el exportador deberá contratar un agente aduanal para que realice todos los trámites de nacionalización.

• El material POP debe cumplir con las mismas especificaciones de las muestras (cantidades, facturas, etc.), sin embargo es importante tener en cuenta que si solamente viaja un delegado de la empresa y esta persona llevará el material POP y las muestras de los productos, la sumatoria de la factura para las dos cosas no podrá superar los 300 dólares de los Estados Unidos de América.

Ingreso de Muestras Sin Valor Comercial por Courier

Como alternativa para envíos de carácter urgente, de exportaciones en volúmenes pequeños y muestras sin valor comercial, se encuentran los servicios de courrier, los cuales garantizan mejores tiempos de entrega.

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Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2007, publicadas en el Diario Oficial de la federación en Marzo 2007 con vigencia a Abril 2008. Ley Aduanera de México y su Reglamento

Tiempos de Nacionalización**

Por tiempo de nacionalización se entiende el lapso en el que se desarrollan los trámites aduaneros con el fin de legalizar la entrada de la mercancía a territorio nacional de destino. Dado que este factor puede afectar la entrega de sus mercancías y costos de su proceso, tenga en cuenta los siguientes tiempos promedio en la aduana Mexicana:

Vía Aérea:

Automática: 48 horas

Física: 72 horas

Vía Marítima:

Automática: 72 horas

Física: 96 horas

Vía Terrestre:

Automática: 48 horas

Física: 72 horas

LINKS DE INTERES

Banco Nacional de Comercio Exterior – Bancomext-. En esta página encontrará información relacionada con servicios financieros, Oportunidades de negocios, Créditos para exportar, etc.

Aduana de México. Encontrara Información sobre los documentos requeridos para ingresar mercancías a México, Servicios Aduaneros, publicaciones etc.

Énfasis Logística. Encontrara un directorio de operadores logísticos y de prestatarios de servicios logísticos entre otros servicios relacionados con la DFI en México

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Medidas Fitosanitarias México aplica la norma NIMF-15 desde el 16 de septiembre de 2005. Esta medida reduce el riesgo de dispersión de plagas relacionadas con el embalaje de madera, la medida recae en: Pallets, Estibas, Bloques, Cajas y demás empaques y embalajes de madera. Es decir que los exportadores que usen este tipo de embalajes, deben conseguir la autorización NIMF 15. Para Colombia, el ICA es la entidad encargada de autorizar la marca. 10. CULTURA DE NEGOCIOS 18 Reuniones Puede suceder que una reunión programada con anticipación, sea cancelada diez o quince minutos antes, esto es normal. Hay que estar preparado para que las reuniones sean más largas de lo esperado y se presenten constantes interrupciones por llamadas telefónicas o personas. Mostrar incomodidad por esto se considera de mala educación. La mejor hora para establecer una reunión es entre las 10 a.m. y la 1p.m, o las 4p.m. y las 6 p.m. Las reuniones empiezan con una conversación ligera y algunas bromas, entrar a hablar directamente de negocios es visto como algo rudo. Tarjetas de presentación Son fundamentales en México, aún antes de decir el nombre, los empresarios intercambian sus tarjetas, por esto es muy importante llevarlas consigo. En lo posible las tarjetas deben llevar dirección de correo electrónico, pero no de servidores gratuitos (Hotmail, yahoo, etc.) ya que esto causa mala impresión. Puntualidad Se espera que los hombres de negocios sean puntuales, por lo que es aconsejable que llegue a tiempo a las reuniones, pese a que su contraparte podrá llegar hasta 30 minutos más tarde de lo convenido. Etiqueta de saludo 18 Fuente: Oficina Comercial de Proexport en México, World Trade Almanac.

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Cuando salude a un hombre de negocios, el protocolo es dar la mano, aunque el apretón de manos dura más tiempo que en Colombia. Recuerde no apretar demasiado fuerte. Si alguien posee un titulo como Doctor, Profesor o Ingeniero, siempre refiérase a él utilizando el título. Etiqueta de vestido La vestimenta es vista como signo de respeto hacia sus asociados. En áreas urbanas el vestido completo se prefiere para los hombres, las mujeres deben utilizar una vestimenta conservadora. En ciudades pequeñas o pueblos la vestimenta debe ser informal, ya que ropa costosa o vestidos completos son vistos como ostentación. Otra información de interés Es frecuente que los empresarios en México, acostumbren a combinar el aspecto formal de las entrevistas de negocios con actos sociales cuyo objetivo es demostrar cordialidad hacia su nuevo socio comercial. Por ello, se sugiere que el exportador colombiano invite a almorzar o a cenar a su posible o futuro cliente potencial, si nota que el ambiente que prima durante la conversación de negocios es propicio, puede proponer un evento de esta naturaleza. Es importante traer catálogos y muestras del producto a ser ofrecido. A los mexicanos les resulta muy difícil contestar con un "NO" categórico pues para ellos conservar la cordial armonía es muy importante. La mejor manera de resolver esta dificultad es preguntar directamente la opinión que tiene la otra persona y solicitar claramente sus puntos de vista y opinión para evitar malos entendidos.

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11. VIAJES DE NEGOCIOS 19 Es muy importante hospedarse en un hotel cinco estrellas ya que los empresarios mexicanos juzgan la capacidad económica del empresario extranjero por estos aspectos. Es probable que el empresario mexicano sugiera una reunión en el hotel donde se encuentra hospedado, para verificar la categoría del mismo. Ante el elevado precio que esto puede implicar para el empresario colombiano, PROEXPORT cuenta con acuerdos de tarifas empresariales con hoteles de cinco estrellas que permiten reducir los costos de hospedaje. Se deberá utilizar el servicio de los taxis autorizados por el Aeropuerto (el tiquete se compra dentro del aeropuerto y el costo varía de acuerdo a la distancia que exista del aeropuerto al hotel). El promedio de demora es de 30 minutos sin tráfico y 45 minutos con tráfico al centro de la ciudad. Esto aplica para Ciudad de México y para Guadalajara. Las citas se deben hacer con 2 semanas mínimo de anticipación, ya sea directamente o vía PROEXPORT. En el último caso se aconseja, cuando es la primera vez que se solicita la cita con el fin de hacer una presentación o introducción adecuada de la empresa y su representante al respectivo Director de Compras a que se acude. Al igual que en muchos países, la inseguridad en México también existe. Ante ello, si el empresario colombiano realiza una agenda de negocios, por la cual tendrá necesidad de trasladarse a diversos puntos de una ciudad extensa como México, Guadalajara, Puebla o Monterrey, se recomienda que negocie directamente contratar un taxi por hora o por día, el cual deberá ser del hotel donde se hospeda; aunque son más costosos que los taxis que se abordan en la calle, las ventajas son mayores, ya que el empresario se trasladará en un servicio 100% confiable, con un conductor que sabrá de antemano el itinerario del día, lo cual permitirá cumplir las citas de negocios con puntualidad, comodidad y menos estrés. Si el empresario colombiano tiene solamente una o dos citas en el día y no justifica arrendar un auto por hora o por día, se sugiere utilizar el servicio de un taxi "de sitio“, el cual se solicitará vía telefónica y consiste en un taxi que se envía de una base cercana, plenamente identificado. En Ciudad de México, con dificultad, se podrá asistir a más de 3 (tres) citas diarias; por motivos de horarios y desplazamiento. 19 Fuente: Oficina Comercial de Proexport en México.

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11.1. Comunicaciones México cuenta con una amplia red de transporte aéreo, terrestre y acuático, tanto para el servicio de carga como de pasajeros. En lo que respecta a la red ferroviaria, ésta comprende alrededor de 27 mil kilómetros; en lo que se refiere al transporte aéreo, México cuenta con 58 aeropuertos nacionales de los cuales 18 son de categoría Internacional. El sistema de transporte marítimo mexicano comprende 33 puertos de altura, 31 de cabotaje y pesca y 9 puertos fluviales. México cuenta con diversos puertos comerciales internacionales situados en las costas del Golfo y del Pacífico, éstos son: Acapulco, Coatzacoalcos, Ensenada, Guaymas, Lázaro Cárdenas, Manzanillo, Mazatlán, Progreso, Salina Cruz, Tampico, Topolobampo, Tuxpan y Veracruz. De ellos, los principales puertos para el comercio proveniente de Colombia son Veracruz y Tampico, ubicados en el Golfo de México y Manzanillo en el Pacifico. El sistema de manejo de carga de los puertos de altura mexicanos, destinados al comercio Internacional, está orientado al manejo de contenedores, mediante la gradual implementación de grúas para los mismos con carga seca o refrigerada. Lo anterior, en virtud de los volúmenes crecientes a escala mundial de traslado de mercancías en esta modalidad de carga. Si desea información sobre datos como: Principales distancias terrestres, rutas férreas comerciales, aeropuertos y puertos; sus fletes asociados; principales empresas transportadoras de los diferentes medios y sus regulaciones; los puede encontrar en el Centro de Información y Servicios de Comercio Exterior (CISCE) en las oficinas de PROEXPORT en Bogotá, o en la Oficina Comercial del Gobierno de Colombia –PROEXPORT en México.

11.2. Horarios • El horario de la Oficina de PROEXPORT en Ciudad de México, es de

lunes a viernes de 8.30 A.M. a 6:30 P.M. • El horario de las casas de cambio es de lunes a viernes de 8.30 A.M. a 5

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P.M.; las casas de cambio de los aeropuertos internacionales, funcionan las 24 horas todos los días.

• El horario de las oficinas del Gobierno, para la atención al público, es de lunes a viernes de 9 A.M. a 2 P.M.

• El horario de servicios bancarios inicia a las 9 A.M. y concluye entre las 3 y 7 P.M., dependiendo de los diversos bancos.

• Las oficinas privadas tienen diversos horarios, dependiendo el tipo de

empresa. Inician actividades a las 8:00 A.M. u 8:30 A.M., sin embargo, es común que los directivos como gerentes, subdirectores y directores, comiencen actividades aproximadamente entre 9 y 10 A.M.; asimismo, dichos funcionarios normalmente trabajan hasta las 7P.M. u 8 P.M.

• Al almuerzo de Colombia en México se le llama comida y a la comida se

le dice cena. Los horarios son: el almuerzo o comida de 2 P.M. a 5 P.M. y la comida o cena varía entre las 7.30 y 10:00 P.M. Por su parte, los desayunos de negocios normalmente inician a las 8:00 A.M. y concluyen máximo a las 10:30 A.M.

11.3. Días Festivos 2009

Fecha Observación

1° de Enero Año Nuevo 4 de Febrero Aniversario de la Constitución

de 1917 17 de Marzo Natalicio de Benito Juárez. 9 de Abril Jueves Santo.

10 de Abril Viernes Santo. 1° de Mayo. Día del Trabajo. 10 de Mayo. Fiesta de las Madres 16 de Septiembre Día de la Independencia. 12 de Octubre Día de la Raza 2 de Noviembre Día de los Fieles difuntos 17 de Noviembre Día de la Revolución

Mexicana 12 de Diciembre Día de Nuestra Señora de

Guadalupe 25 de Dic. Navidad

Fuente: World Travel Guide

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Nota: Tenga presente que la semana después de Semana Santa, conocida mundialmente como de Pascua y en México de Asueto, es de vacaciones colectivas. Por lo tanto, es aconsejable no programar viajes de negocios en esta época. Tampoco durante los periodos del 20 de julio al 20 de agosto y del 20 de diciembre al 20 de enero ya que son periodos de vacaciones, tanto en Colombia como en México.

11.4. Proceso de Inmigración para empresarios20 Visa para hombres de negocios y comerciantes Requisitos:

• Pasaporte con vigencia mínima de seis meses • Formulario de solicitud debidamente solicitado • Dos (2) fotos reciente tamaño pasaporte • Boleto aéreo donde indique ida y regreso • Carta solicitando la visa, firmada por el representante legal, en papel

membreteado de la empresa o compañía indicando el cargo, ingreso mensual, antigüedad, el motivo especifico del viaje, compañía especifica a visitar en México.

• Registro de la Cámara de Comercio de la empresa. • Extractos Bancarios de la empresa de los tres últimos meses o

referencias bancarias, esto solo cuando los extractos sean muy voluminosos.

• Cancelar los derechos consulares correspondientes. Se reciben solicitudes de lunes a viernes de 8:00 a 10:00 horas en la Calle 114 No 9-45 Torre B Oficina 909. El trámite es personal, por requerir una entrevista, tanto para entregar documentos como para retirar la visa. Los resultados de su solicitud se entregan a los cuatro días de presentada. Las agencias de viajes no están autorizadas para realizar este trámite. Todos los documentos deberán presentarse en original y copia.

20 Fuente: Embajada de México en Colombia. Tomado el 22/09/05.

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12. EMBAJADAS Y OFICINAS COMERCIALES DE PROEXPORT21

12.1. Oficina Comercial de Proexport Colombia en México Director Ricardo Vallejo Dirección Paseo de la Reforma # 379 Piso 6, Colonia Cuauhtemoc Ciudad de México DF, CP 06500 México Tel: 52-55-55333760 ó 55143414 ext. 101 Fax: 52-55-55250383 Email: [email protected]

12.2. Embajada de México en Colombia Embajador Mario Chacón Carrillo Dirección Calle 114 # 9-01, of. 204, Torre A, Edificio Teleport Business Park, Barrio Santa Ana Teléfono

PBX 6294989 Página Web www.sre.gob.mx/colombia Horario de Atención 9:00 a.m a 6:00 p.m. Ciudad Bogotá, D.C.

21 Fuente: Embajada de México en Colombia. Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia. Tomado el 27/11/08.

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12.3. Embajada de Colombia en México Embajador Luís Camilo Osorio Isaza Dirección Paseo de la Reforma # 379 Pisos 1, 5 y 6 Cuauhtemoc México D.F. Teléfono

525 55250277

Fax

525 52082876 E-mail [email protected]

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13. FUENTES

13.1. Disponibles en Internet www.bancomext.com Esta es la página principal de la entidad encargada de promocionar las exportaciones de México. Aunque la información está enfocada hacia el exportador mexicano, se pueden encontrar interesantes temas en cuanto a perfiles sectoriales, indicadores económicos, estadísticas e información sobre los tratados de libre comercio. www.inegi.gob.mx/ Más de 50,000 series históricas con información económica de México. Indicadores de coyuntura, datos para todos los sectores económicos, así como sobre la situación del empleo y desempleo, los precios y el comercio exterior, entre otros temas. Actualización periódica y oportuna, de acuerdo al Calendario de Difusión de Información de Coyuntura del INEGI. http://www.economia.gob.mx Esta página de Internet de la Secretaria de economía, posee información sobre negociaciones comerciales, permisos previos de importación de mercancías entre otras, estudios de mercado y perfiles de mercado de varios países elaborados por la Secretaría. www.anierm.org.mx Esta dirección es la página en Internet de la Asociación Nacional de Importadores y Exportadores de la República Mexicana (ANIERM). Contiene información acerca de importadores y exportadores, tratados comerciales entre otros temas. www.banxico.org.mx Esta es la página oficial del Banco de México, equivalente a nuestro Banco de la República; contiene información estadística de indicadores económicos así como boletines de prensa; política cambiaria y monetaria entre otros. http://lanic.utexas.edu/la/Mexico/ Este website diseñado por la universidad de Texas contiene una de las más completas listas de links sobre México, desde conexiones a sitios con información general del país hasta recursos sobre arte y humanidades, pasando obviamente por temas de economía, negocios y gobierno.

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www.impi.gob.mx Es la página del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, allí se encuentra toda la información relacionada con patentes, marcas, protección a la propiedad intelectual y a la propiedad industrial, la reglamentación y la legislación asociada con estos aspectos.