factura negociable y factoring

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FACTURA NEGOCIABLE Y FACTORING ASPECTOS TRIBUTARIOS

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Page 1: Factura Negociable y Factoring

FACTURA NEGOCIABLE Y

FACTORING

ASPECTOS TRIBUTARIOS

Page 2: Factura Negociable y Factoring

Factura Negociable

Page 3: Factura Negociable y Factoring

NORMAS LEGALES

Ley N° 29623 - Publicada el 09 de Noviembre de 2010 . Ley que

promueve el financiamiento a través de la factura comercial.

Decreto Supremo Nº 047-2011-EF publicado el 25 de marzo de

2011. Reglamenta la Ley que promueve el financiamiento a través

de la Factura Comercial.

Decreto Legislativo N° 1178 publicado el 24 de julio de 2015.

Establece disposiciones para impulsar el desarrollo del factoring.

Decreto Supremo N° 208-2015-EF publicado el 26 de julio de

2015,. Aprueba reglamento de la Ley N° 29623.

Resolución de Superintendencia N° 211-2015/SUNAT publicada

el 14 de Agosto de 2015. Regula aspectos relativos a Ley N°29623.

Page 4: Factura Negociable y Factoring

MODIFICACIONES SEGÚN DECRETO

LEGISLATIVO N° 1128

• La factura negociable es un titulo valor a la orden transferible por endoso o un valor representado y transferible mediante anotación en cuenta en una Institución de Compensación y Liquidación de Valores (ICLV)

• Su incorporación es OBLIGATORIA en los comprobantes de pago impresos y/o importados denominados factura comercial y recibos por honorarios para lo cual se insertará una tercera copia con la denominación FACTURA NEGOCIABLE.

• Los contribuyentes que emitan facturas y recibos por honorarios de forma electrónica podrán emitir la factura negociable desde sus sistemas o desde el portal de la SUNAT.

• La factura negociable deberá contener el monto neto pendiente de pago de cargo del adquirente o usuario del servicio y la fecha y constancia de la entrega de la factura negociable.

• Se establecen requisitos para el mérito ejecutivo la factura negociable, tales como que el adquirente del bien o usuario del servicio no haya consignado su disconformidad dentro del plazo y que se haya dejado constancia de la entrega de la factura negociable y el protesto correspondiente.

Page 5: Factura Negociable y Factoring

• Respecto a la presunción de conformidad, el adquirente de los bienes o usuario de

los servicios, tiene un plazo de 08 días hábiles para dar conformidad o para efectuar

reclamo respecto de lo adquirido.

• Respecto a la transferencia y el deber de la información, la factura negociable puede

transferirse desde el momento en el que se obtenga la constancia de entrega de la

factura.

• Se incorpora un artículo (el 3-A) que adiciona la información que deberá llevar la

factura negociable y de otro lado la firma del proveedor podrá ser aquella que figure

en la factura comercial o recibo por honorarios, o la clave SOL o la firma electrónica

u otra de forma de manifestación de voluntad valida que permita que se autentique y

vincule al proveedor con la factura negociable.

Page 6: Factura Negociable y Factoring

En relación al tema de Factura Negociable, SUNAT en el marco de sus competencias,

solamente está encargada de :

• Establecer los mecanismos y procedimientos que permitan a la ICLV en la cual se

desee registrar la factura negociable originada de una factura comercial o recibos

por honorarios impresos y/o importados por imprenta autorizada verificar por medios

electrónicos que la numeración de los referidos comprobantes se encuentren dentro

del rango autorizado y de permitir a la ICLV la verificación, por medios electrónicos,

de la validez de los mencionados comprobantes emitidos de manera electrónica.

Por lo anteriormente señalado y según el art. 2° D.L 1128 ( mediante el cual se establece

la OBLIGATORIEDAD de una tercera copia denominada FACTURA NEGOCIABLE) las

siguientes diapositivas están relacionadas al plazo, la forma y las condiciones para que

los proveedores puedan dar de baja a las facturas comerciales y/o recibos por

honorarios impresos y/o importados que carezcan de esta tercera copia y señalar los

formatos estandarizados de uso referencial ( R.Superintendencia N° 211 –

2015/SUNAT)

Page 7: Factura Negociable y Factoring

INCORPORACION DE FACTURA NEGOCIABLE A

FACTURA COMERCIAL O RECIBO POR HONORARIOS

IMPRESOS Y/0 IMPORTADOS POR IMPRENTA

AUTORIZADA

Se deberá confeccionar e imprimir conjuntamente con dichos comprobantes y sus

copias, un tercer ejemplar que debe contener, de manera impresa, además de la

información correspondiente a aquella establecida en el Reglamento de Comprobantes

de Pago para la factura comercial o recibos por honorarios, la establecida en los incisos

a) y h) del artículo 3 ° de la Ley :

La factura negociable deberá contener el monto neto pendiente de pago de

cargo del adquirente o usuario del servicio.

la fecha y constancia de la entrega de la factura negociable.

Para efecto de la confección e impresión del mencionado ejemplar se puede tener en

cuenta el formato indicado en el anexo de la R. S N° 211 -2015/SUNAT

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Page 12: Factura Negociable y Factoring

INCORPORACION DE FACTURA NEGOCIABLE A

FACTURA COMERCIAL O RECIBO POR HONORARIOS

ELECTRONICO

Para la generación de la factura negociable, el artículo 3º de la RS Nº 211-2015/SUNAT,

señala que el proveedor puede incluir en la factura comercial electrónica o en el recibo por

honorarios electrónico la siguiente información:

Firma y domicilio del proveedor de bienes o servicios, a cuyo orden se entiende emitida.

Domicilio del adquirente del bien o usuario del servicio, a cuyo cargo se emite.

Fecha de vencimiento. En caso no se coloque dicha fecha, se entenderá vencida 30 días

calendario siguientes de emitida.

Asimismo, debe tener en cuenta lo siguiente:

• a) Si emite la factura electrónica a través del SEE Del contribuyente, debe utilizar el

estándar UBL en la versión a que se refiere la Resolución de Superintendencia N.° 097-

2012/SUNAT y normas modificatorias.

• b) Si emite la factura electrónica o el recibo por honorarios electrónicos usando uno de los

sistemas que obran en SUNAT Operaciones en Línea, debe consignar dicha información

en los campos habilitados para tal efecto.

Page 13: Factura Negociable y Factoring

En los casos en que la factura comercial electrónica o el recibo por honorarios

electrónico sean emitidos en los sistemas que obran en SUNAT Operaciones en Línea,

el proveedor podrá descargar un ejemplar del comprobante de pago a través de la

consulta que tiene a su disposición en dicho sistema utilizando su clave SOL y código

de Usuario.

La ICLV puede verificar la validez del ejemplar de la factura electrónica y del recibo por

honorarios electrónico que tenga en su poder, a través del servicio de consulta virtual

que la SUNAT ponga a su disposición.

Los servicios de consulta a los que hace referencia el numeral 2.2 del articulo 2° y

numeral 3.3 del articulo 3° de la R.S N° 211-2015/SUNAT se pondrán a disposición de la

ICLV a partir del 1 de octubre 2015.

Page 14: Factura Negociable y Factoring

VALIDEZ DE LAS FACTURAS COMERCIALES Y

RECIBOS POR HONORARIOS HASTA ANTES DEL

01.09.2015

Las facturas comerciales o recibos por honorarios impresos y/o importados

por imprenta autorizada hasta antes del 01.09.2015, que cuenten con un tercer

ejemplar – factura negociable, tendrán validez siempre que cumplan con lo

dispuesto en la Resolución de Superintendencia N.° 129-2011/SUNAT, que

establece disposiciones para la incorporación de la factura negociable en la

factura y el recibo por honorarios electrónicos, y normas modificatorias.

Page 15: Factura Negociable y Factoring

BAJA DE LAS FACTURAS COMERCIALES Y RECIBOS

POR HONORARIOS

Los emisores deben dar de baja a las facturas comerciales o recibos por honorarios

impresos y/o importados por imprenta autorizada hasta antes del 01.09.2015, dentro de

los siguientes plazos:

• Hasta el 31.10.2015, aquellas facturas comerciales o recibos por honorarios

impresos y/o importados hasta el 31.12.2014.

• Hasta el 31.12.2015, aquellas facturas comerciales o recibos por honorarios

impresos y/o importados desde el 1.1.2015 hasta antes del 01.09.2015.

Si no se efectúa la baja de las facturas comerciales y los recibos por honorarios, éstos

perderán su calidad de tales a partir del día siguiente de vencido estos plazos.

Page 16: Factura Negociable y Factoring

APLICACIÓN PRÁCTICA - CASO 01

Impresión de comprobantes de pago hasta el 31 de Diciembre de 2014

La empresa ABC SAC realizo la impresión de sus comprobantes de pago el 03 Abril de

2014. ¿Cuál es su implicancia con la factura negociable?

La empresa ABC SAC, podrá seguir utilizando sus facturas hasta el 31 de Octubre

de 2015; sin embargo, para poder emitir una factura comercial válida a partir del 01

de Noviembre de 2015, tendrá que contener obligatoriamente la tercera copia:

factura negociable.

Para ello, antes de utilizar los nuevos formatos de comprobantes (incluyendo la

tercera copia: factura negociable), tendrá que dar de baja los comprobantes que no

haya utilizado (formato antiguo) hasta el 31 de Octubre de 2015.

Page 17: Factura Negociable y Factoring

APLICACIÓN PRÁCTICA - CASO 02

Impresión de comprobantes de pago a partir 01 de Enero de 2015

La empresa XYZ SAC realizo la impresión de sus comprobantes de pago el 01 de

Marzo de 2015. ¿Cuál es su implicancia con la factura negociable?

La empresa XYZ SAC, podrá seguir utilizando sus facturas hasta el 31 de

Diciembre de 2015; sin embargo, para poder emitir una factura comercial válida a

partir del 01 de Enero de 2016, tendrá que contener obligatoriamente la tercera

copia: factura negociable.

Para ello, antes de utilizar los nuevos formatos de comprobantes (incluyendo la

tercera copia: factura negociable), tendrá que dar de baja a los comprobantes que no

haya utilizado (formato antiguo) hasta el 31 de diciembre de 2015.

Page 18: Factura Negociable y Factoring

El Factoring

Page 19: Factura Negociable y Factoring

DEUDOR

Instrumentos de contenido crediticio: títulos valores; facturas;

facturas conformadas; cualquier valor mobiliario representativo de deuda.

FACTORADO

O CLIENTE

Entrega dinero

FACTOR

(ENTIDAD FINANCIERA)

Contrato de factoring

Transfiere créditos

E

S

Q

U

E

M

A

D

E

F

A

C

T

O

R

I

N

G

Page 20: Factura Negociable y Factoring

Operación por la cual un empresario transmite en exclusiva los

créditos que frente a terceros tiene como consecuencia de su

actividad mercantil a un factor, el cual se encargará de la

gestión y contabilización de tales créditos, pudiendo asumir el

riesgo de insolvencia de los deudores de los créditos cedidos,

así como la movilización de tales créditos mediante el anticipo

de los mismos en favor de su cliente, servicios desarrollados a

cambio de una prestación económica que el cliente ha de

pagar (comisión, intereses) en favor de su factor.

Definición

Page 21: Factura Negociable y Factoring

Aspectos a tomar en cuenta

Es una operación de financiamiento

Por operaciones habituales de los clientes

Las operaciones deben ser de vencimiento futuro

Page 22: Factura Negociable y Factoring

Aspectos a tomar en cuenta

El factor puede prestar además: servicios de cobranza, administración de cartera (adicionales al financiamiento) la cual es también retribuida.

Page 23: Factura Negociable y Factoring

Sujetos que intervienen

Factor: Banco, Sociedades Especializadas, Empresas autorizadas por SBS.

Cliente: Persona natural o jurídica que tiene cartera de clientes que ofrece al Factor para que éste la adquiera.

Deudor: Aquel a quien el factor realizará la cobranza (el cliente le ofreció crédito)

Page 24: Factura Negociable y Factoring

La Ley 26702, Ley General del Sistema Financiero y de

Seguros, define en el numeral 8 del artículo 282° a la

empresa de factoring como: “aquella cuya especialidad

consiste en la adquisición de facturas conformadas, títulos

valores y en general cualquier valor mobiliario representativo

de deuda”

El Reglamento de Factoring (Resolución SBS N° 1021-98) en

sus artículos 1° y 2° define este contrato en los siguientes

términos:

Definición en la Ley del

Sistema Financiero y de Seguros

Page 25: Factura Negociable y Factoring

“Es la operación mediante la cual el Factor adquiere, a título

oneroso, de una persona natural o jurídica denominada “Cliente”,

instrumentos de contenido crediticio (facturas, facturas

conformadas y títulos valores) prestando en algunos casos

servicios adicionales a cambio de una retribución.

El Factor asume el riesgo crediticio de los deudores de los

instrumentos adquiridos”.

Page 26: Factura Negociable y Factoring

Existen diversas clases de factoring,

principalmente:

a) Factoring sin responsabilidad

b) Factoring con responsabilidad

Esta clasificación está en función al riesgo

de cobrabilidad.

Tipos de Factoring

Page 27: Factura Negociable y Factoring

El factor asume el riesgo del pago, es decir el

cliente (factorado) no tiene responsabilidad frente

al factor en caso de un eventual incumplimiento

del deudor.

El factor garantiza el riesgo por insolvencia del

deudor, a no ser de que el incumplimiento se haya

producido por otras causas (mercancías

defectuosas o en mal estado, diferentes a las

solicitadas). Este es el típico factoring financiero.

Factoring sin responsabilidad,

también llamado propio o sin recurso

Page 28: Factura Negociable y Factoring

En este tipo de factoring el factor no asume el

riesgo del pago, es decir el cliente (factorado)

asume la responsabilidad frente al factor en caso

de un eventual incumplimiento del deudor.

Factoring con responsabilidad,

también llamado propio o sin recurso

Page 29: Factura Negociable y Factoring

La legislación peruana sólo considera factoring

cuando la operación es sin recurso, es decir cuando

el cliente no tiene responsabilidad por el

incumplimiento del deudor, en cambio, cuando la

operación es con recurso, es decir, el cliente asume

la responsabilidad, la califica como una operación de

descuento.

Base legal: Art 1° y 12° de la Res. SBS N° 1021-98

(03.10.98)

Factoring según la

Legislación Peruana

Page 30: Factura Negociable y Factoring

Efectos tributarios

Impuesto a la Renta

Page 31: Factura Negociable y Factoring

a) Para el factor o adquirente del crédito

Los ingresos que se encuentran gravados con el

Impuesto a la Renta son:

Ganancia obtenida por el factor como resultado del factoring

Retribución por los servicios adicionales

Se aplica Principio del Devengado

Page 32: Factura Negociable y Factoring

Aplicación del Principio del Devengado:

Según dicho principio, los ingresos se imputan en el

ejercicio en que se adquiere el derecho de percibirlos, sin

importar si se han cobrado o no.

La misma regla aplica para los gastos:

El monto pactado para la adquisición del crédito será

deducible cuando se haya incurrido, sin interesar si se

pagó o no.

Page 33: Factura Negociable y Factoring

El factor está obligado a realizar los pagos

respectivos de acuerdo a los ingresos devengados en

el mes, esto implica que deberá considerarse las

operaciones realizadas dentro de la base imponible y

aplicar las reglas que corresponden de acuerdo al

Artículo 85° de la LIR.

Base legal: Art. 3° y 28° inc a), 57° y 85° del TUO de

la LIR. Segunda Disposición Complementaria y Final

del D.S. N° 219-2007-EF (31.12.2007)

Pagos a cuenta en el caso

de operaciones de Factoring

Page 34: Factura Negociable y Factoring

b) Para el cliente o factorado

Gasto deducible:

Para el cliente, la diferencia entre el valor nominal del

crédito cedido y el monto percibido del factor viene a

ser un gasto deducible, así mismo, la retribución

hecha al factor por servicios adicionales será gasto

deducible.

Page 35: Factura Negociable y Factoring

Pagos a cuenta:

Respecto a la pagos a cuenta mensuales, el cliente

no debe considerar dentro de la base imponible el

importe percibido del factor, ello debido a que dicho

importe ya tributó en el mes en que se realizó la

operación que dio origen al crédito transferido.

Base legal: Art. 37° del TUO de la LIR y Segunda

Disposición Complementaria y Final del DS N° 219-

2007-EF (31.12.2007)

Page 36: Factura Negociable y Factoring

Documento Sustentarorio del

factoring

Debemos tener en cuenta que el cliente deberá emitir

un documento en el cual conste el monto total del

crédito transferido en la fecha en que se produzca la

transferencia de los créditos.

No existe normativa sobre dicho documento, por lo

que queda a criterio de las partes.

Base legal: Art. 5° num. 16 inc. b) del Reglamento de

la Ley del IGV.

Page 37: Factura Negociable y Factoring

Efectos tributarios

Impuesto General a las

Ventas

Page 38: Factura Negociable y Factoring

Para efectos del IGV, la Ley sólo reconoce como

factoring cuando el Factor asume el riesgo crediticio.

(factoring sin responsabilidad).

Si el Cliente asume la responsabilidad del crédito

(factoring con responsabilidad o con recurso) no es

considerado factoring sino mas bien se le considera

una operación de descuento.

Page 39: Factura Negociable y Factoring

• De conformidad con el primer párrafo del artículo 75° de

la Ley del IGV, el factor adquiere créditos del cliente

asumiendo el riesgo crediticio del deudor de dichos

créditos y la transferencia de los mismos no constituye

venta de bienes ni prestación de servicios; siempre que

el factor esté facultado para actuar como tal.

• Cualquier servicio adicional a cambio de una retribución

que no hubiera sido facturado e incluido previamente en

dicha transferencia se encontrará gravado con el

impuesto.

Page 40: Factura Negociable y Factoring

• Cuando con ocasión de la transferencia de

créditos, no se transfiera el riesgo crediticio del

deudor, se considera que el adquirente presta

un servicio gravado con el IGV (operación de

descuento).

• La empresa que transfiere el crédito deberá

emitir un documento en el cual conste el monto

del total del crédito transferido en la fecha en que

se produzca la transferencia de los referidos

créditos.

Base legal: Art. 2° y 75° de la Ley del IGV y art 5° num 16

del Reglamento de la Ley del IGV

Efectos tributarios en el IGV

Page 41: Factura Negociable y Factoring

Ingresos que se devenguen a partir de la

transferencia del crédito

Hecha la transferencia se pueden generar

intereses y otros ingresos no determinados con

anterioridad.

Dichos ingresos e intereses se encuentran

gravados con el IGV siendo el contribuyente el

factor o adquirente pues a partir de la

transferencia del crédito ya le pertenece y puede

generar a su favor intereses y otras

retribuciones, derivadas por ejemplo de una

refinanciación…

Efectos tributarios en el IGV

Page 42: Factura Negociable y Factoring

… pero se debe tener en cuenta que si el factor

es una entidad del sistema financiero se

encontrará inafecta del IGV si los ingresos se

generan por servicios de crédito u operaciones

propias de dichas entidades, de lo contrario

dichos ingresos estarán afectos al IGV.

En este caso la obligación tributaria y de emitir el

CP nace en la fecha de percepción de los interés

u otros ingresos.

Base legal: Art. 5° num 16 inc. c) del Reglamento de la

Ley del IGV

Efectos tributarios en el IGV

Page 43: Factura Negociable y Factoring

Para el factor o adquirente

Las operaciones de factoring tienen el carácter de

prestación de servicios financieros y como debe

otorgar CP por la comisión respectiva, constituida

por la diferencia entre el valor nominal del crédito y

el monto pactado con el cliente por la transferencia

del crédito, ya sea con o sin responsabilidad.

Así mismo debe otorgar CP por la prestación de

servicios adicionales al cliente.

Base legal: Art. 7° num 1.11 del Reglamento de CP

Emisión del comprobante de pago

Page 44: Factura Negociable y Factoring

Para el cliente o factorado

Está exceptuado de emitir CP por la transferencia de

los créditos puesto que dicha transferencia no

constituye venta de bienes ni prestación de

servicios, ya sea que la operación de factoring sea

con o sin responsabilidad, es decir, sea un factoring

propiamente dicho o una operación de descuento.

Base legal: Art. 7° num 1.11 del Reglamento de CP

Emisión del comprobante de pago

Page 45: Factura Negociable y Factoring

GRACIAS