factura electrónica portal

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Factura electronica

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  • Informativo Vera Paredes CONTENIDO GENERAL-1ra. Quincena de Junio

    ASESORA TRIBUTARIA ANLISIS TRIBUTARIO Factura electrnica portal............................................................................................................................................. A-1 CASUSTICA Cmo emitir una factura electrnica?......................................................................................................................... A-3 INDICADORES TRIBUTARIOS........................................................................................................................................ A-7 ASESORA CONTABLE Y AUDITORA ANLISIS CONTABLE Registro de activos fijos................................................................................................................................................ B-1 ASESORA LABORAL ANLISIS LABORAL Modalidades Formativas: Prcticas Pre Profesionales................................................................................................. C-1 CASUSTICA DESCANSO VACACIONAL Trabajadores con remuneracin mensual..................................................................................................................... C-4 Trabajadores con remuneracin semanal........ C-5 INDICADORES LABORALES........................................................................................................................................... C-7 ASESORA ECONMICA FINANCIERA INDICADORES FINANCIEROS........................................................................................................................................ D-1 ASESORA COMERCIO EXTERIOR ANLISIS LEGAL Transporte internacional de mercancas....................................................................................................................... E-1 ASESORA DERECHO COMERCIAL Nos Consultan? Clusula de pago con cargo en cuenta bancaria en ttulos valores............................................................................... F-1 Titulo valor extraviado.................................................................................................................................................. F-1 Reduccin de capital..................................................................................................................................................... F-1 Cheque de gerencia...................................................................................................................................................... F-2 Intervinientes en una letra de cambio.......................................................................................................................... F-2

    Contenido General

  • Informativo Vera Paredes ASESORA TRIBUTARIA- 1ra. Quincena de Junio A

    INTRODUCCIN

    Cmo emitir la factura electrnica portal?

    Caractersticas de la Factura Electrnica Portal

    Qu es la factura electrnica portal?

    FACTURA ELECTRNICA PORTAL

    La Factura Electrnica es un documento tributario en formato digital, que est a disposicin de todos los con-tribuyentes. Los documentos electrnicos permiten a las empresas realizar transacciones de emisin/recepcin de comprobantes de pago, lo que reducir sustancial-mente los costos administrativos y mejorar los procesos de las empresas. Como beneficios de este sistema de emisin electrnica podemos citar:

    Reduccin de Costos Administrativos: Al remitir el Comprobante Electrnico por correo electrnico se re-duce el costo de impresin de facturas y costos de envo por mensajera, siendo no necesario costear espacios fsicos propios o almacenes de custodia.

    Agilidad en la Operacin Administrativa: Emisin, control y envo de forma electrnica de las facturas, boletas, notas de crdito y notas de dbito.

    Incremento en la Productividad: Disminucin del tiempo de procesos administrativos. Eficacia y seguridad en el intercambio de informacin.

    Seguridad en su Intercambio Electrnico: Emisin de facturas con la certeza de saber que slo el emisor las gener, usando mecanismos automticos y de garanta mediante la Firma Electrnica en cada documento, lo que lo convierte en inalterable, autntico, infalsificable, no repudiable.

    Impacto Ambiental: Se reduce o elimina el uso de papel, papel carbn y/o papel qumico, lo que coadyuva con la conservacin del medio ambiente.

    La Factura Electrnica Portal es la misma Factura que se emite de manera fsica, con la diferencia de que se gene-

    ra a travs del Sistema de Emisin Electrnica (SEE) en SUNAT Operaciones en Lnea SOL o desde los sistemas del contribuyente. Esto le permite reducir sus gastos administrativos y mejorar competitividad. Al igual que la Factura Fsica, es emitida por el vendedor o prestador de servicios en las operaciones de venta de bienes y prestacin de servicios que generan rentas de Tercera Categora, de acuerdo con el Impuesto a la Ren-ta.

    Es emitida por la persona o negocio que opte por obte-ner la calidad de Emisor Electrnico en SUNAT Opera-ciones en Lnea - SOL y decida hacer uso del sistema emitiendo su factura electrnica. La informacin del documento, al ser este electrnico, estar expresada en bits dentro de un archivo digital, siendo su soporte distinto al tradicional (papel). Su serie ser nica y alfanumrica, identificndose con los siguientes 4 caracteres: E001. La numeracin ser automtica y correlativa. Se genera en orden cronolgico por el Sistema de Emisin Electr-nica en SOL. Contiene un mecanismo de seguridad generado por medios electrnicos que, aadido y/o asociado al docu-mento, garantiza su autenticidad e integridad. Para emitir la Factura Electrnica Portal, el emisor elec-trnico debe ingresar con su Clave SOL a SUNAT Opera-ciones en Lnea, seleccionar la opcin correspondiente y seguir las indicaciones del sistema. Adicionalmente debe ingresar, segn corresponda la siguiente informacin: Numero de RUC, excepto en casos de exportacin en los que se ingresar apellidos, nombres o razn social. Descripcin del bien o servicio Tipo de moneda

    Anlisis Tributario ABOG. Dayana H. Cceres Mori

    Asesora Tributaria Impuesto

    ibutario

    A-1

  • Informativo Vera Paredes ASESORA TRIBUTARIA- 1ra. Quincena Junio A

    OTORGAMIENTO

    CONCURRENCIA DE LA EMISIN ELECTRNICA Y LA IMPRESA

    RECHAZO DE LA FACTURA ELECTRNICA

    CONSULTAS Y LA OBTENCIN DE REPORTES

    Valor venta unitario Tributos que gravan la operacin. La falta de registro de la informacin antes descrita no permitir la emisin de la Factura Electrnica Portal. El Sistema le permitir ver una vista previa del documento que va a emitir a fin que prosiga con la emisin o proce-da a corregir la informacin consignada. Al momento de la emisin de la factura, se deber cum-plir las condiciones de: contribuyente activo, con condi-cin de domicilio HABIDO, afecto a rentas de tercera categora. Adicionalmente a la informacin ingresada, al momento de la emisin de la factura electrnica Portal, el Sistema consignar automticamente en sta el mecanismo de seguridad y la siguiente informacin, segn corresponda: a. Datos de identificacin del emisor electrnico: De-nominacin del comprobante de pago: FACTURA ELECTRONICA

    Apellidos y nombres o denominacin o razn social. Adicionalmente, su nombre comercial, si lo tuviera y lo hubiese declarado en el RUC.

    Domicilio fiscal.

    Nmero de RUC b. Numeracin: serie alfanumrica compuesta por cua-tro caracteres y nmero correlativo. c. Importe total de la venta, de la cesin en uso o del servicio prestado, expresado numrica y literalmente. d. Signo y denominacin completa o abreviada de la moneda en la cual se emite la factura electrnica. e. Fecha de emisin. f. La leyenda TRANSFERENCIA GRATUITA o SERVICIO PRESTADO GRATUITAMENTE, cuando la transferencia de bienes o la prestacin de servicios se efecte gratui-tamente. La Factura Electrnica Portal se considerar otorgada al momento de su emisin, salvo cuando sea emitida por las operaciones de exportacin previstas en el inciso d) del numeral 1.1 del artculo 4 del Reglamento de Com-probantes de Pago realizadas con sujetos no domicilia-dos, en cuyo caso se otorgar mediante su remisin al correo electrnico que proporcione el adquirente o usuario o en la forma que ste establezca.

    La obtencin o la asignacin de la calidad de emisor electrnico no excluye la emisin de facturas ni de notas de crdito y de dbito a travs del Sistema de Emisin Electrnico desarrollado desde los sistemas del contribu-yente, creado por la Resolucin de Superintendencia N 097-2012-SUNAT o en formatos impresos y/o importa-dos por imprentas autorizadas, sea que sta se hubiera autorizado con anterioridad a la obtencin o asignacin de la referida calidad o se tramite con posterioridad a aquella. Mediante la seleccin que para tal efecto contenga el Sistema, el sujeto que recibe la factura electrnica podr rechazarla hasta el noveno (9) da hbil del mes siguiente de su emisin cuando: a) Se trate de un sujeto distinto del adquirente o usua-

    rio electrnico. b) Siendo el adquirente o usuario electrnico, se hubie-

    re consignado una descripcin que no corresponde al bien vendido o cedido en uso o al tipo de servicio prestado.

    El Sistema permitir, a travs de SUNAT Operaciones en Lnea, la realizacin de consultas y la obtencin de repor-tes conforme se indica a continuacin: 1. Al emisor electrnico, de las facturas electrnicas,

    notas de crdito y notas de dbito electrnicas emi-tidas y de la informacin que hubiera registrado en el Sistema.

    2. Al adquirente o usuario electrnico, de las facturas electrnicas, notas de crdito y notas de dbito elec-trnicas emitidas por las operaciones en las que ha sido parte.

    A-2

  • Informativo Vera Paredes ASESORA TRIBUTARIA- 1ra. Quincena Junio A

    APLICACIN PRCTICA TRIBUTARIA

    Caso Prctico: Cmo emitir una factura electrnica?

    Hacemos entrega de la secuencia a seguir a efectos de emitir una Factura Electrnica:

    1. Ingresar a www.sunat.gob.pe/sunatoperacionesenlinea y digitar la Clave SOL

    2. Ingresar a Libros Electrnicos/Factura Electrnica/emisin

    3. En la siguiente pantalla colocar los datos del cliente y marcar operacin de venta que

    corresponda.

    Asesora Tributaria Impuesto

    ibutario Casos Prcticos Cpc. Susana Poma Abog. Dayana Cceres Mori

    A-3

  • Informativo Vera Paredes ASESORA TRIBUTARIA- 1ra. Quincena Junio A

    4. Luego deber de ingresa el detalle de la venta

    5. En la pantalla siguiente verificar la informacin ingresada y modificar de corresponder

    A-4

  • Informativo Vera Paredes ASESORA TRIBUTARIA- 1ra. Quincena Junio A

    6. Luego de verificar informacin a la conformidad continuar.

    7. En la siguiente ventana colocara los datos de aquellos documentos asociados a la opera-

    cin.

    8. Como siguiente paso visualizara el

    preliminar de la factura, de estar conforme marcar emitir, el sistema le consultara si est

    seguro de emitir, confirmar y continuar

    A-5

  • Informativo Vera Paredes ASESORA TRIBUTARIA- 1ra. Quincena Junio A

    9. Finalmente se generara su factura electrnica, la cual podr imprimir, descargar o enviar

    por correo electrnico, as tambin el sistema le permitir imprimir copias adicionales de

    dicho comprobante.

    A-6

  • Informativo Vera Paredes ASESORA TRIBUTARIA- 1ra. Quincena Junio A

    TIPO DE CAMBIO 2014

    MAYO

    DA C V TC/V

    SUNAT

    1 2.809

    2 2.764 2.767 2.767

    3 2.770 2.774 2.774

    4 2.777 2.779 2.779

    5 2.784 2.786 2.786

    6 2.784 2.786 2.786

    7 2.782 2.784 2.784

    8 2.782 2.784 2.784

    9 2.782 2.784 2.784

    10 2.786 2.788 2.788

    11 2.788 2.789 2.789

    12 2.796 2.797 2.797

    13 2.795 2.797 2.797

    14 2.791 2.793 2.793

    15 2.791 2.793 2.793

    TC CIERRE

    AO COMPRA VENTA

    2012 2.695 2.697

    2013 2.816 2.817

    UIT

    2013 S/. 3,700.00

    2014 S/. 3,800.00

    Indicadores Tributarios

    Remuneracin ordinaria

    del mes1 X N meses

    faltantes para finalizar el

    ejercicio.

    Retencin en el mes (c)

    Gratificaciones de

    Julio y Diciembre

    Remuneraciones

    ordinarias; participacio-

    nes, reintegros y otras

    sumas extraordinarias2.

    Renta Bruta Anual

    Proyectada (a)

    Renta Neta Anual

    Proyectada

    Tasa del Impuesto

    Impuesto a la

    Renta (b)

    7 UIT3

    Renta Bruta Anual

    Proyectada calcula-

    da en (a)

    Tasa del

    Impuesto

    Impuesto a la Renta

    Impuesto a la Renta

    calculada en (b)

    Retencin

    Retencin en el mes

    total

    Retencin calcula-

    da en (c)

    Hasta 27 UIT = 15%

    De 27 UIT a 54 UIT = 21%

    Exceso de 54 UIT = 30%

    =

    =

    =

    =

    =

    =

    =

    =

    =

    _

    _

    + +

    +

    x

    +

    Impuesto a la

    Renta (b)

    12

    /

    Segn artculos 53 y 75 del Decreto Supremo N 179-2004-EF y artculo 40 del Decreto Supremo N 122-94-EF modificado

    por el Decreto Supremo N 136-2011-EF. 1 Puesta a disposicin del trabajador.

    2 Puesta a disposicin del trabajador en meses anteriores del ejercicio.

    3 7 x 3800= 26600

    En los meses que se ponga a disposicin de los trabajadores la participacin de los trabajadores en las utilidades o

    reintegros por servicios, gratificaciones o bonificaciones extraordinarias, se aplicar complementariamente el siguiente

    procedimiento:

    Renta Neta

    Participacin de utilidades,

    gratificaciones extraordinarias y

    bonificaciones extraordinarias

    Hasta 27 UIT = 15%

    De 27 UIT a 54 UIT= 21%

    Exceso de 54 UIT = 30%

    A-7

  • Informativo Vera Paredes ASESORA CONTABLE Y AUDITORA-1ra. Quincena de Junio B

    REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS

    1. DEFINICIN El Registro de Activos Fijos es un registro auxiliar de control tributario. En l se registran anualmente toda la informacin, proveniente de la entrada y salida de los activos fijos, as como la depreciacin respectiva. 2. OBLIGADOS A LLEVARLO Estn obligados a llevar este registro, aquellos contribu-yentes acogidos al Rgimen General y Rgimen Especial del Impuesto a la Renta, en tanto posean activos fijos. FORMALIDADES Datos de Cabecera Denominacin del registro. Perodo y/o ejercicio al que corresponde la informa-cin registrada. Nmero de RUC del deudor tributario, Apellidos y Nombres, Denominacin y/o Razn Social de ste. Esta informacin deber indicarse en todos los folios que se utilicen. Excepcionalmente, en el llevado en forma manual, bastar con incluir estos datos en el primer folio de cada perodo o ejercicio. Registro de las Operaciones Al efectuar el registro de las operaciones en el Registro de Activos Fijos, el sujeto obligado deber efectuar dicha anotacin: En orden cronolgico. De manera legible, sin espacios ni lneas en blanco, interpolaciones, enmendaduras ni seales de haber sido alteradas

    Totalizando sus importes por cada folio Utilizando los trminos VAN y VIENEN segn co-rresponda, al final y al inicio de cada folio respectiva-mente. No siendo esto exigible al Registro de Activos Fijos que se lleve en hojas sueltas o continuas. De no realizarse operaciones en un determinado pe-rodo o ejercicio gravable se registrar la leyenda SIN OPERACIONES en el folio correspondiente. No siendo esto exigible al Registro de Activos Fijos que se lleve en hojas sueltas o continuas. En moneda nacional y en castellano, salvo los casos previstos en el numeral 4 del artculo 87 del Cdigo Tributario. En folios originales, no admitindose la adhesin de hojas o folios. Finalmente, se deber registrar anualmente toda la in-formacin, proveniente de la entrada y salida de los activos fijos, as como la depreciacin respectiva en los siguientes formatos: FORMATO 7.1: "REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS DETALLE DE LOS ACTIVOS FIJOS". FORMATO 7.2: "REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS DETALLE DE LOS ACTIVOS FIJOS REVALUADOS". FORMATO 7.3: "REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS DETALLE DE LA DIFERENCIA DE CAMBIO". FORMATO 7.4: "REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS DETALLE DE LOS ACTIVOS FIJOS BAJO LA MODALIDAD DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO AL 31.12".

    CASO PRCTICO: LLENADO DEL REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS

    a. Detalle de los Activos Fijos (*) A manera de ejemplo citamos algunos componentes del Activo Fijo de la empresa Santa Joaquina SRL Fecha de Detalle Marca Costo Modelo Fecha de Depreciacin Adquisicin Inicio/uso 01.04.2012 Escritorios 5,000.00 01.05.2012 500.00 01.05.2012 Equipo de Comp. LGG 4,000.00 PV 09 01.06.2012 1,000.00 01.09.2012 Vehculo KIA 58,000.00 GV019 01.10.2012 11,600.00

    Anlisis Contable

    Asesora Contable y Auditora

    CPC. Susana Poma Arroyo

    B-1

  • Informativo Vera Paredes ASESORA CONTABLE Y AUDITORA-1ra. Quincena de Junio B

    (*) Operaciones a manera de ejemplo b. Registro de Activos Detalle de la Diferencia de Cambio (*) La empresa Santa Joaquina SRL, con RUC N 20404041999 tiene en el ejercicio 2013, los siguientes movimientos: 27.12.2013 Adquisicin de Activo por el valor de US $ 10,000.00 TC S/. 2.75, siendo el TC al cierre del ejercicio (31.12.2013) S/. 2.75. (*) Operaciones a manera de ejemplo c. Registro de Activos Detalle de Activos Fijos bajo la modalidad de Arrendamiento Financiero (*) La empresa Santa Joaquina SRL, con RUC N 20404041999 tiene en el ejercicio 2013, los siguientes movimientos: 26.12.2013 Contrato de Arrendamiento Financiero N 9470 a 3 aos con inicio el 01.01.2014 por el valor de S/. 340,000.00. (*) Operaciones a manera de ejemplo. Solucin: A continuacin realizaremos con los datos del ejemplo el llenado del:

    Detalle de Activos Fijos.

    "REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS - DETALLE DE LOS ACTIVOS FIJOS"

    PERODO: 2013

    RUC: 20404041999

    APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIN O RAZN SOCIAL: Santa Joaquina SRL

    CDIGO CUENTA DETALLE DEL ACTIVO FIJO VALOR VALOR

    RELACIONADO CONTABLE MARCA MODELO NMERO DE SERIE SALDO

    ADQUISICIONES

    MEJORAS

    RETIROS OTROS HISTRICO AJUSTE POR AJUSTADO

    CON EL DEL DESCRIPCIN DEL DEL Y/O PLACA DEL INICIAL ADICIONES Y/O AJUSTES DEL ACTIVO FIJO

    INFLACIN DEL ACTIVO FIJO

    ACTIVO FIJO ACTIVO FIJO ACTIVO FIJO ACTIVO FIJO ACTIVO FIJO BAJAS AL 31.12.2013 AL 31.12

    1 3351 Escritorio - 5,000.00 5,000.00

    2 3361 Equipos de Computo LGG PV09 000QE4 4,000.00 4,000.00

    3 3341 Vehiculo KIA GV019 DC287 58,000.00 58,000.00

    TOTALES 67,000.00 67,000.00

    B-2

  • Informativo Vera Paredes ASESORA CONTABLE Y AUDITORA-1ra. Quincena de Junio B

    FECHA DE INICIO DEPRECIACIN DEPRECIACIN DEPRECIACIN DEPRECIACIN DEPRECIACIN AJUSTE POR DEPRECIACIN

    FECHA DE DEL USO MTODO N DE DOCUMENTO

    PORCENTAJE ACUMULADA AL DEPRECIACIN DEL EJERCICIO RELACIONADA ACUMULADA INFLACIN ACUMULADA

    ADQUISICIN DEL ACTIVO FIJO APLICADO DE DE AL CIERRE DEL DEL EJERCICIO RELACIONADA CON LOS CON OTROS HISTRICA DE LA AJUSTADA POR

    AUTORIZACIN

    DEPRECIACIN

    EJERCICIO ANTERIOR

    RETIROS Y/O BAJAS AJUSTES

    DEPRECIACIN

    INFLACIN

    01.04.2012 01.05.2012 10% 333.00 500.00 833.00 833.00

    01.05.2012 01.06.2012 25% 583.00 1000.00 1583.00 1583.00

    01.09.2012 01.10.2012 20% 2900.00 11600.00 14500.00 14500.00

    3816.00 13100.00 16916.00 16916.00

    Detalle de Diferencia de Cambio

    "REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS - DETALLE DE LA DIFERENCIA DE CAMBIO"PERODO: 2013RUC: 20404041999

    APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIN O : Santa Joaquina SRLRAZON SOCIAL

    CDIGO ACTIVO FIJO DEPRECIACIN

    RELACIONADO FECHA VALOR DE TIPO DE CAMBIO VALOR DE TIPO AJUSTE POR VALOR EN DEL DE LOS DE ACUMULADA

    CON EL DE ADQUISICIN EN EN LA FECHA ADQUISICIN EN DE CAMBIO DIFERENCIA MONEDA NACIONAL EJERCICIO RETIROS OTROS HISTRICA

    ACTIVO FIJO ADQUISICIN MONEDA EXTRANJERA DE ADQUISICIN

    MONEDA NACIONAL

    AL 31.12.2013 DE CAMBIO AL 31.12.2013 Y/O BAJAS AJUSTES

    33501 27.12.2013 us$ 10,000.00 2.75 S/.27,500.00 2.755 50.00 S/.27,550.00 0.00 0.00

    TOTALES S/.27,500.00 S/.27,550.00

    Detalle de Activos Fijos: Arrendamiento Financiero

    PERODO: 2013RUC: 20404041999APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIN O RAZN SOCIAL: Santa Joaquina SRL

    FECHA NMERO DEL FECHA DE NMERO MONTO TOTAL DEL DEL CONTRATO DE INICIO DEL DE CONTRATO DE

    CONTRATO ARRENDAMIENTO ARRENDAMIENTO CUOTAS ARRENDAMIENTO

    FINANCIERO FINANCIERO PACTADAS FINANCIERO

    26.01.2013 9470 01.01.2014 36 S/.340,000.00

    TOTAL S/.340,000.00

    "REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS - DETALLE DE LOS ACTIVOS FIJOS BAJO LA MODALIDAD DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO AL 31.12"

    B-3

  • Informativo Vera Paredes ASESORA LABORAL-1ra. Quincena de Junio C

    MODALIDADES FORMATIVAS: PRCTICAS PRE PROFESIONALES

    1. MODALIDADES FORMATIVAS LABORALES

    1.1 OBJETIVOS Dentro de los objetivos perseguidos por este tipo de convenios formativos regulados por el Estado, se pueden considerar: a. Cooperar con una adecuada y eficaz interconexin

    entre la oferta formativa y la demanda en el mercado de trabajo.

    b. Fomentar la formacin y capacitacin laboral vincu-lada a los procesos productivos y de servicios, como un mecanismo de mejoramiento de la empleabilidad y de la productividad laboral.

    c. Proporcionar una formacin que desarrolle capaci-dades para el trabajo, que permitan la flexibilidad y favorezcan la adaptacin de los beneficiarios de la formacin a diferentes situaciones laborales.

    1.2 OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO Las principales obligaciones del practicante pre-profesional o profesionales son: a. Obligarse a acatar las disposiciones formativas que le

    asiste a la empresa. b. Cumplir con diligencia las obligaciones convenidas en

    el convenio. c. Observar las normas y Reglamentos que rijan en el

    centro de trabajo. d. Cumplir con el desarrollo del programa o plan que

    aplique la empresa receptora.

    1.3 OBLIGACIONES DE LA EMPRESA RECEPTORA Las principales obligaciones de la empresa receptora de los beneficiarios con Modalidades Formativas Laborales son: a. Adoptar y cumplir los planes y programas que rijan la

    formacin respectiva.

    b. Proporcionar la direccin tcnica y los medios nece-sarios para la formacin laboral en la actividad mate-ria del convenio.

    c. Pagar puntualmente la subvencin mensual conven-cional. Las subvenciones previstas debern de ser otorgadas en dinero, utilizando los medios de pago usuales en la empresa. No se puede pactar una sub-vencin menor a la Remuneracin Mnima Vital cuando se cumpla con la jornada formativa mxima o renunciar a la percepcin de la misma. En caso la jor-nada y horario habitual de la empresa prevista para los trabajadores dependientes, sea menor a la jorna-da mxima prevista para cada Modalidad Formativa Laboral, la subvencin econmica mensual del bene-ficiario no podr ser inferior a una Remuneracin Mnima Vital.

    d. Otorgar descanso semanal y feriados no laborables debidamente subvencionados.

    e. Otorgar un descanso de quince (15) das debidamen-te subvencionados cuando la duracin de la modali-dad formativa sea superior a doce (12) meses. El des-canso anual deber disfrutarse dentro de los doce (12) meses siguientes a la oportunidad en el que se adquiri el beneficio. El pago de la subvencin eco-nmica que corresponde a dicho descanso deber de ser efectuado antes del inicio del mismo. Para el cmputo del descanso, se tendr en cuenta la acu-mulacin de los perodos intermitentes que hubiera realizado la persona en formacin en una misma em-presa. El beneficiario cuyo convenio o prrroga finali-ce despus de cumplidos doce (12) meses de forma-cin sin antes haber disfrutado del descanso, tendr derecho al pago del ntegro de la subvencin.

    f. Otorgar al beneficiario una subvencin adicional equivalente a media subvencin econmica mensual cada seis (6) meses de duracin continua de la Mo-dalidad Formativa. El pago de la referida subvencin adicional se har dentro de los quince(15) das natu-rales siguientes a la fecha en que el beneficiario cumpla los seis(6) meses, considerndose para el cmputo del mismo la acumulacin de los periodos

    Dr. Ricardo Salvatierra Valdivieso Anlisis Laboral

    Asesora Laboral

    C-1

  • Informativo Vera Paredes ASESORA LABORAL-1ra. Quincena de Junio C

    intermitentes que hubiera realizado la persona en formacin en una misma empresa.

    g. No cobrar suma alguna por la formacin. h. Cubrir los riesgos de enfermedades y accidentes a

    travs de ESSALUD o de un seguro privado con una cobertura equivalente a catorce(14) subvenciones mensuales en caso de enfermedad y treinta(30) por accidente. En caso la empresa receptora no hubiera contratado los servicios de ESSALUD o un seguro pri-vado para estos efectos y efectivamente el beneficia-rio con la Modalidad Formativa fuera objeto de una enfermedad o accidente de trabajo, la empresa re-ceptora deber de asumir el pago directo de las sub-venciones estipuladas al respecto.

    i. Brindar las facilidades para que la persona en forma-cin que desee se afilie facultativamente a un siste-ma pensionario.

    j. Emitir cuando corresponda los informes que requiera el Centro de Formacin Profesional en que cursa es-tudios el practicante pre-profesional.

    k. Otorgar el respectivo certificado al trmino del pe-riodo de la formacin que precise las capacidades adquiridas y verificadas en el desempeo efectivo de las labores dentro de la empresa.

    De lo dicho anteriormente, se desprende que los benefi-ciarios por Modalidades Formativas Laborales cuentan con algunos derechos o beneficios derivados de la sus-cripcin del convenio respectivo, si bien no equiparables a los beneficios sociales reconocidos a los trabajadores sujetos al rgimen laboral de la actividad privada, pero que de alguna manera busca mejorar la presumida en-deble situacin econmico del beneficiario de las mis-mas; por lo que para fines didcticos presentamos el siguiente cuadro conteniendo los beneficios que deben de ser cancelados por la empresa receptora en la opor-tunidad debida.

    1.4 OBLIGACIONES DE LOS CENTROS DE FORMACIN PROFESIONAL

    Son obligaciones del Centro de Formacin Profesional las siguientes: a. Planificar y desarrollar los programas y planes for-

    mativos que respondan a las necesidades del merca-do laboral con participacin del Sector Productivo.

    b. Dirigir y conducir las actividades de formacin, capa-citacin, perfeccionamiento y especializacin del be-neficiario en coordinacin con la empresa receptora.

    c. Supervisar, evaluar y calificar las actividades forma-tivas.

    d. Coordinar con la empresa receptora el mecanismo de monitoreo y supervisin de las actividades que desa-rrolla el beneficiario.

    2. PRCTICA PRE-PROFESIONAL Es aquella Modalidad Formativa Laboral en la especiali-dad de Aprendizaje con predominio en el Centro de Formacin Profesional, complementado con la partici-pando en la empresa receptora por un tiempo determi-nado. Esta modalidad permite a la persona en formacin durante su condicin de estudiante, aplicar sus conoci-mientos, habilidades y actitudes mediante el desempeo de una situacin real de trabajo. Las labores ha realizar por el beneficiario deben de estar directamente relacio-nadas con las reas que correspondan a su formacin acadmica y al desarrollo de sus capacidades. La prctica pre-profesional se realiza mediante la celebracin de un Convenio de Aprendizaje celebrado entre las siguientes partes: a. La empresa que acoge al practicante pre-profesional. b. La persona en formacin o practicante pre-

    profesional. c. El Centro de Formacin Profesional, en donde sigue

    sus estudios superiores la persona en formacin. 2.1 DURACIN El tiempo de duracin del convenio es proporcional a la duracin de la formacin y al nivel de la calificacin de la ocupacin. 2.2 JORNADA FORMATIVA La jornada formativa para el caso de los Convenios de Aprendizaje con predominio en el Centro de Formacin Profesional (prcticas pre-profesionales), no puede ser mayor a seis (6) horas diarias o treinta (30) semanales. 2.3 SUBVENCIN MENSUAL Si fuera el caso que el practicante pre-profesional cum-pliera con la jornada formativa mxima de seis (6) horas diarias o treinta (30) semanales, la subvencin econmi-ca mensual no puede ser inferior a una Remuneracin Mnima Mensual (S/. 600.00), caso contrario sta ser reducida en funcin de las horas efectivamente presta-das por el beneficiario de la Modalidad Formativa.

    C-2

  • Informativo Vera Paredes ASESORA LABORAL-1ra. Quincena de Junio C

    2.4 AUTORIZACIN EN HORARIO NOCTURNO La Direccin de Promocin del Empleo y Formacin Pro-fesional o la dependencia que haga sus veces, autorizar la realizacin de actividades en las Modalidades Formati-vas Laborales, en jornada u horario nocturno, siempre y cuando, ello no perturbe la asistencia al Centro de For-macin Profesional y resulte necesario para cumplir con la finalidad formativa. Para la autorizacin, la empresa deber presentar una declaracin jurada en la que seale expresamente que cuenta con una jornada y horario de trabajo nocturno y que el desarrollo de la actividad formativa en ese horario resulta necesario para cumplir con la referida finalidad formativa. Para sustentar que el horario y jornada nocturna forma-tiva no perturba la asistencia al Centro de Formacin Profesional o al Centro Educativo, la declaracin jurada deber especificar claramente cul es el horario y jorna-da nocturna que cumple el beneficiario en la empresa, y el horario de formacin que realiza en el Centro de For-macin Profesional, de manera tal que entre el fin de la jornada nocturna y el inicio de la jornada formativa en el Centro de Formacin Profesional medie un perodo de tiempo no menor a ocho ( 8) horas.

    2.5 HORARIO DE REFRIGERIO La empresa receptora del beneficiario con la Modalidad Formativa Laboral, otorgar a ste el tiempo de refrige-rio diario en las mismas condiciones en el que es conce-dido a sus trabajadores.

    2.6 LIBRO ESPECIAL El artculo 53 del Decreto Supremo N 007-2005-TR, establece que los convenios de las Modalidades Forma-tivas aqu tratadas, deben de ser inscritos en un nico Libro Especial de Convenios de Modalidades Formativas Laborales, previamente autorizado por el Ministerio de Trabajo y Promocin del Empleo, siendo que cuando la actividad formativa laboral se realice en lugar distinto a la sede principal de la empresa receptora, ella solicitar la autorizacin de su libro ante la Autoridad Administra-tiva de Trabajo de la respectiva localidad. 2.6.1 AUTORIZACIN DE LIBRO U HOJAS SUELTAS Para efectos de conseguir la autorizacin del Libro u

    Hojas Sueltas destinado al registro especial de las Moda-lidades Formativas Laborales, por parte del Ministerio de Trabajo y Promocin del Empleo se debe de acompaar los siguientes documentos: a. Solicitud. b. Libro de registro u hojas sueltas numeradas conte-

    niendo el formato correspondiente. c. Indicar N de RUC vigente. d. Constancia de pago de la tasa correspondiente, abo-

    nada en el Banco de la Nacin. En el caso que se desee solicitar la autorizacin del se-gundo libro y siguientes, los requisitos sern: a. Solicitud. b. Libro de registro u hojas sueltas numeradas conte-

    niendo el formato correspondiente. c. Libro anterior; en caso de hojas sueltas copia de la

    autorizacin y ltima hoja utilizada y las sobrantes de ser el caso.

    d. Indicar N de RUC vigente. e. Constancia de pago de la tasa correspondiente, abo-

    nada en el Banco de la Nacin.

    3. REGISTRO DE CONVENIOS ANTE EL MTPE 3.1 PRCTICAS PRE-PROFESIONALES Los pasos a seguir para el registro de Convenios de Aprendizaje ante la Autoridad Administrativa de Trabajo son: a. Ingresar al "Sistema de Contratos y Convenios de

    Modalidades Formativas Laborales" en el portal Web del Ministerio de Trabajo y Promocin del Empleo (www.mintra.gob.pe), utilizando la clave SOL entre-gada por la SUNAT y digitar los datos del convenio.

    b. Adjuntar archivo del convenio escaneado en formato PDF, previa firma entre el empleador, el beneficiario y el Centro de Formacin Profesional.

    c. Digitar los datos del comprobante de pago de la tasa correspondiente, abonada en el Banco de la Nacin.

    El cdigo de pago es el 3964 y el monto de la tasa a pa-gar asciende a 1% de la UIT vigente (S/. 3,600.00)

    Casos Prcticos

    C-3

  • Informativo Vera Paredes ASESORA LABORAL-1ra. Quincena de Junio C

    DESCANSO VACACIONAL

    TRABAJADORES CON REMUNERACIN MENSUAL

    VACACIONES COMPLETAS

    Datos: Fecha de ingreso: 01.01.2013 Perodo del descanso vacacional: Del 01.06.2014 al 30.06.2014 = 30 das Fecha de pago de la Remuner. Vacacional: 31.05.2014 Remuneracin mensual computable: (La que hubiera percibido en el mes de junio 2014) Bsico : S/. 1,500.00 Asignacin familiar : S/. 75.00 Alimentac. Principal : S/. 150.00 ----------------- Total : S/. 1,725.00 Monto a pagar: La remuneracin vacacional, en este caso, ser igual a una remuneracin mensual. Por lo tanto la remuneracin vacacional ser de S/. 1,725.00 Nota: El pago de la remuneracin vacacional se realiza el 31.05.2014 pero para efectos de contribuciones sociales al ESSALUD, la ONP y el SPP, se considera efectuado en el mes de junio (previsto por el artculo 19 del D.S. N 012-92-TR), de modo tal que de haber incrementos en este ltimo mes, deber otorgrsele al trabajador el reintegro respectivo.

    VACACIONES TRUNCAS Datos: Fecha de ingreso: 01.12.2013

    Fecha de cese: 15.06.2014 Vacaciones truncas por liquidar: 6 meses y 15 das Remuneracin mensual computable: (La que hubiera percibido de laborar todo el mes de junio 2014) Bsico : S/. 1,000.00 Asignacin familiar : S/. 75.00 Asignacin por matrimonio (*) : S/. (250.00) -------------------- Total : S/. 1,075.00 (*) Segn el inciso g) del Artculo 19 del Decreto Supremo N 001-97-TR este concepto no es remunerativo, por tanto, no se debe incluir en el clculo de la remuneracin vacacional.

    Clculo de vacaciones truncas: a) Por los 6 meses: Remuneracin N de meses Rem. Vacacional Mensual del ao por mes ------------------ ---------------- ----------------------- S/. 1,075 12 = S/. 89.58 Rem. Vacacional N de meses por mes a liquidar Total -------------------- ------------------ ------------- S/. 89.58 x 6 = S/. 537.48 b) Por los 15 das: Rem. Vacacional N de das Rem. Vacacional por mes del mes por da -------------------- ---------------- -------------------- S/. 89.58 30 = S/. 2.99 Rem. Vacacional N de das por da a liquidar Total -------------------- ---------------- ------------ S/. 2.99 x 15 = S/. 44.85 Total a pagar: Vacaciones truncas por los 6 meses : S/. 537.48

    Casustica Dr. Ricardo Salvatierra Valdivieso

    C-4

  • Informativo Vera Paredes ASESORA LABORAL-1ra. Quincena de Junio C

    Vacaciones truncas por los 15 das : S/. 44.85 ----------------- Total : S/. 582.33

    TRABAJADOR QUE NO GOZA DEL DESCANSO VACACIONAL

    Datos: Fecha de ingreso : 22.06.2012 Perodo vacacional computable: Del 22.06.2012 al 21.06.2013 = 1 ao Perodo dentro del cual debi gozar del descanso vaca-cional: Del 22.06.2013 al 21.07.2013 Fecha de pago de Remuneracin Vacacional y de in-demnizacin por vacaciones no gozadas: junio 2014 Remuneracin Computable: junio de 2014 (*) (*) Se utiliza la remuneracin vigente a la fecha de pago segn lo sealado en el Artculo 23 del Decreto Legislativo N 713.

    Remuneracin mensual de junio 2014: Bsico : S/. 3,550.00 Asignacin familiar : S/. 75.00 ------------------- Total : S/. 3,625.00 Clculo de la remuneracin total de junio 2014: 1 Remuneracin mensual por las vacaciones ganadas : S/. 3,625.00 1 Remuneracin mensual por el trabajo realizado : S/. 3,625.00 1 Remuneracin mensual como indemnizacin por falta de goce vacacional. : S/. 3,625.00 ------------------- Total : S/. 10,875.00

    REDUCCIN DE LAS VACACIONES (VENTA DE VACACIONES)

    Datos: Fecha de ingreso: 13.02.2013 Perodo vacacional computable: Del 13.02.2013 al 12.02.2014 = 1 ao Perodo del descanso vacacional: Del 01.06.2014 al 30.06.2014 = 30 das Reduccin vacacional:

    Del 01.06.2014 al 15.06.2014 = 15 das (laborados) Remuneracin mensual de junio 2014: Bsico : S/. 1,200.00 Asignacin Familiar : S/. 75.00 Total : S/. 1,275.00 Remuneracin total a percibir en junio 2014: Por el perodo vacacional: 15 das de vacaciones : S/. 637.50 Por Compensacin vacacional: 15 das de vacaciones reducidas : S/. 637.50 Por los 15 das laborados: 1/2 remuneracin mensual : S/. 637.50 Monto a pagar: Remunerac. Vacacional : S/. 637.50 Compensac. Vacacional : S/. 637.50 Remuneracin 15 das trabajados : S/. 637.50 ------------------- Total : S/. 1,912.50

    TRABAJADORES CON REMUNERACIN SEMANAL

    VACACIONES COMPLETAS Datos: Perodo del rcord vacacional: Del 01.06.2013 al 31.05.2014 = 1 ao Descanso vacacional: Del 01.06.2014 al 30.06.2014 = 30 das Fecha de pago de la Remuner. Vacacional: mayo 2014 Jornal diario del mes de junio 2014: Bsico (Diario) : S/. 45.00 Asignacin familiar (Diario) : S/. 2.50 ------------- Total : S/. 47.50 Clculo de la remuneracin vacacional: Jornal N de jornales Diario computables Total ---------- --------------------- ----------------- S/. 47.50 x 30 = S/. 1,425.00

    C-5

  • Informativo Vera Paredes ASESORA LABORAL-1ra. Quincena de Junio C

    Monto a pagar: La remuneracin vacacional, en este caso, ser igual a una remuneracin mensual. Por lo tanto la remuneracin vacacional ser de S/. 1,425.00

    VACACIONES TRUNCAS Datos: Fecha de ingreso: 09.09.2013 Fecha de cese: 31.05.2014 Perodo laborado: 8 meses, 23 das Jornal diario al momento del cese: Bsico (Diario) : S/. 25.00 Asignacin familiar (Diario) : S/. 2.50 Movilidad (Libre disposicin) : S/. 10.00 ------------ Total : S/. 37.50 Clculo de las vacaciones truncas: a) Por los 8 meses: Jornal N de jornales Remuneracin Diario computable computable ------------- ------------------ ------------------ S/. 37.50 x 30 = S/. 1,125.00 Remuneracin N de meses Rem. Vacacional Computable del ao por mes ------------------ ---------------- --------------------- S/. 1,125.00 12 = S/. 93.75 Rem. Vacacional N de meses por mes a liquidar Total -------------------- ----------------- ---------------- S/. 93.75 x 8 = S/. 750.00 b) Por los 23 das: Rem. Vacacional N de das Rem. Vacacional por mes del mes por da -------------------- --------------- ---------------------- S/. 93.75 30 = S/. 3.13 Rem. Vacacional N de das por da a liquidar Total -------------------- -------------- -----------------

    S/. 3.13 x 23 = S/. 71.99 Monto a pagar: Vacaciones truncas por los 8 meses: S/. 750.00 Vacaciones truncas por los 23 das: S/. 71.99

    Total: S/. 821.99

    TRABAJADOR QUE NO GOZA DEL DESCANSO VACACIONAL

    Datos: Fecha de ingreso: 15.12.2011 Perodo vacacional computable: Del 15.12.2011 al 14.12.2012 = 1 ao Perodo dentro del cual debi gozar del descanso vaca-cional: Del 15.12.2012 al 14.12.2013 Fecha de pago de remuneracin vacacional y de indem-nizacin por vacaciones no gozadas: junio 2014 Remuneracin computable: junio 2014 Jornal diario de junio 2014: Bsico : S/. 67.00 Asignacin familiar : S/. 2.50 --------------- Total : S/. 69.50 Clculo de la remuneracin mensual computable: Jornal N de jornales Diario computable Total ---------- ------------------- --------------- S/. 69.50 x 30 = S /. 2,085.00 Clculo de la remuneracin total de junio 2014: 1 remuneracin mensual por las vacaciones ganadas : S/. 2,085.00 1 remuneracin mensual por el trabajo realizado : S/. 2,085.00 1 remuneracin mensual como indemnizacin por falta de goce vacacional : S/. 2,085.00 --------------------

    Total : S/. 6,255.00

    C-6

  • Informativo Vera Paredes ASESORA LABORAL-1ra. Quincena de Junio C

    TASA DE INTERES BANCARIO - CTS

    MONEDA NACIONAL

    JUNIO CONTINENTAL COMERCIO CREDITO FINANCIERO INTERAME-

    RICANO SCOTIA-

    BANK INTERBANK MI

    BANCO PROMEDIO

    1 DOM DOM DOM DOM DOM DOM DOM DOM DOM

    2 1.74 5.15 1.64 4.83 4.11 2.02 3.03 7.20 2.02

    3 1.74 5.15 1.64 4.83 4.11 2.03 3.03 7.11 2.02

    4 1.74 5.15 1.64 4.83 4.06 2.04 3.03 7.10 2.02

    5 1.74 5.15 1.64 4.83 4.07 2.06 3.03 7.08 2.02

    6 1.74 5.15 1.64 4.84 4.08 2.06 3.03 7.08 2.02

    7 SB SB SB SB SB SB SB SB SB

    8 DOM DOM DOM DOM DOM DOM DOM DOM DOM

    9 1.74 5.12 1.63 4.83 4.09 2.06 3.03 7.06 2.02

    10 1.74 5.12 1.63 4.83 4.09 2.15 3.03 7.00 2.02

    11 1.74 5.12 1.63 4.83 4.09 2.12 3.03 6.96 2.02

    12 1.74 5.11 1.63 4.83 4.10 2.11 3.03 6.97 2.02

    13 1.74 5.11 1.63 4.83 4.10 2.11 3.03 6.96 2.02

    14 SB SB SB SB SB SB SB SB SB 15 DOM DOM DOM DOM DOM DOM DOM DOM DOM

    TASA DE INTERES BANCARIO - CTS

    MONEDA INTERNACIONAL

    JUNIO CONTINEN-

    TAL COMERCIO CREDITO FINANCIERO INTERAME-

    RICANO SCOTIA-

    BANK INTERBANK MI

    BANCO PROMEDIO

    1 DOM DOM DOM DOM DOM DOM DOM DOM DOM

    2 1.04 3.00 0.87 2.82 2.58 1.86 2.03 3.33 1.10

    3 1.04 3.00 0.87 2.83 2.57 1.86 2.03 3.20 1.10

    4 1.04 3.00 0.87 2.83 2.51 1.86 2.03 3.20 1.10

    5 1.04 3.00 0.87 2.83 2.52 1.86 2.03 3.09 1.10

    6 1.04 3.00 0.87 2.83 2.52 1.86 2.03 3.09 1.10

    7 SB SB SB SB SB SB SB SB SB

    8 DOM DOM DOM DOM DOM DOM DOM DOM DOM

    9 1.04 3.00 0.87 2.83 2.53 1.86 2.03 3.09 1.11

    10 1.04 3.00 0.87 2.83 2.53 1.86 2.03 3.09 1.11

    11 1.04 3.00 0.87 2.82 2.54 1.86 2.03 2.91 1.11

    12 1.04 3.00 0.87 2.82 2.54 1.86 2.03 2.91 1.11

    13 1.04 3.00 0.87 2.836 2.54 1.86 2.03 2.91 1.11

    14 SB SB SB SB SB SB SB SB SB 15 DOM DOM DOM DOM DOM DOM DOM DOM DOM

    Indicadores Laborales

    C-7

  • Informativo Vera Paredes ASESORA LABORAL-1ra. Quincena de Junio C

    FACTOR ACUMULADO TASA DE INTERS LEGAL LABORAL

    (CIRCULARES BCR 041-94-EF/90)(CIRCULAR BCR 006-2003-EF/90)

    MES MONEDA NACIONAL MONEDA EXTRANJERA

    JUNIO TASA F. DIARIO F. ACUM* TASA F. DIARIO F. ACUM*

    1 2.37% 0.00007 1.82517 0.35% 0.00001 0.68300

    2 2.38% 0.00007 1.82524 0.35% 0.00001 0.68301

    3 2.37% 0.00007 1.82530 0.35% 0.00001 0.68301

    4 2.37% 0.00007 1.82537 0.36% 0.00001 0.68302

    5 2.37% 0.00007 1.82543 0.36% 0.00001 0.68303

    6 2.39% 0.00007 1.82550 0.36% 0.00001 0.68304

    7 2.39% 0.00007 1.82556 0.36% 0.00001 0.68305

    8 2.39% 0.00007 1.82563 0.36% 0.00001 0.68306

    9 2.41% 0.00007 1.82569 0.36% 0.00001 0.68307

    10 2.41% 0.00007 1.82576 0.35% 0.00001 0.68308

    11 2.40% 0.00007 1.82583 0.36% 0.00001 0.68309

    12 2.40% 0.00007 1.82589 0.38% 0.00001 0.68310

    13 2.40% 0.00007 1.82596 0.35% 0.00001 0.68311

    14 2.40% 0.00007 1.82602 0.35% 0.00001 0.68312

    15 2.40% 0.00007 1.82609 0.35% 0.00001 0.68313

    APORTES, COMISIONES Y PRIMA DE SEGURO - AFP

    AFP

    Obligacin Mayo 2014 Aporte Obli-

    gatorio Comisin por

    Flujo Comisin

    Mixta (flujo)

    Prima de Segu-ros

    HORIZONTE 10% 1.55% 1.45% 1.23% PRIMA 10% 1.60% 1.51% 1.23% PROFUTURO 10% 1.69% 1.49% 1.23% HABITAT 10% 1.47% 0.47% 1.23%

    PRIMA DE SEGURO Y GASTOS DE SEPELIO-AFP* Tope para aplicar la prima de seguro S/. 8,385.20 Gastos de Sepelio S/. 3,802.42 * Perodos: Abril, Mayo y Junio 2014

    CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES

    Mes de la Obligacin

    AFP Declaracin sin pago con 50% inters

    Declaracin sin pago con 80% inters

    CONAFO-VICER

    SENATI Efectivo, Ch/mismo Banco,

    Ch/Gerencia

    Ch/otro Banco

    Declaracin sin pago

    May-14 06.06.2014 04.06.2014 06.06.2014 20.06.2014 18.07.2014 14.06.2014 17.06.2014

    C-8

  • Informativo Vera Paredes ASESORA ECONMICA FINANCIERA-1ra. Quincena de Junio D

    Seccin Financiera: Indicadores Financieros DLAR AMERICANO Y EURO 2014

    JUNIO Bancario al cierre Fecha de Publicacin(*) EURO

    DA C V C V C V

    1 DOM DOM 2.764 2.767 DOM DOM

    2 2.770 2.774 2.764 2.767 3.725 3.877

    3 2.777 2.779 2.770 2.774 3.696 3.870

    4 2.784 2.786 2.777 2.779 3.679 3.878

    5 2.784 2.786 2.784 2.786 3.723 3.883

    6 2.782 2.784 2.784 2.786 3.718 3.857

    7 SB SB 2.782 2.784 SB SB

    8 DOM DOM 2.782 2.784 DOM DOM

    9 2.786 2.788 2.782 2.784 3.711 3.879

    10 2.788 2.789 2.786 2.788 3.658 3.860

    11 2.796 2.797 2.788 2.789 3.696 3.885

    12 2.795 2.797 2.796 2.797 .700 3.887

    13 2.791 2.793 2.795 2.797 3.703 3.903

    14 SB SB 2.791 2.793 SB SB

    15 DOM DOM 2.791 2.793 DOM DOM

    FACTOR ACUMULADO TASA DE INTERES LEGAL EFECTIVA 2014

    (CIRCULARES BCR 041-94-EF/90) (CIRCULAR BCR 006-2003-EF/90)

    MAYO MONEDA NACIONAL MONEDA EXTRANJERA

    DA TASA F. DIARIO F. ACUM* TASA F. DIARIO F. ACUM*

    1 2.37% 0.00007 6.68437 0.35% 0.00001 2.02543

    2 2.38% 0.00007 6.68481 0.35% 0.00001 2.02544

    3 2.37% 0.00007 6.68524 0.35% 0.00001 2.02546

    4 2.37% 0.00007 6.68568 0.36% 0.00001 2.02548

    5 2.37% 0.00007 6.68611 0.36% 0.00001 2.02550

    6 2.39% 0.00007 6.68655 0.36% 0.00001 2.02553

    7 2.39% 0.00007 6.68699 0.36% 0.00001 2.02555

    8 2.39% 0.00007 6.68743 0.36% 0.00001 2.02557

    9 2.41% 0.00007 6.68787 0.36% 0.00001 2.02559

    10 2.41% 0.00007 6.68831 0.35% 0.00001 2.02561

    11 2.40% 0.00007 6.68875 0.36% 0.00001 2.02563

    12 2.40% 0.00007 6.68919 0.38% 0.00001 2.02565

    13 2.40% 0.00007 6.68964 0.35% 0.00001 2.02567

    14 2.40% 0.00007 6.69008 0.35% 0.00001 2.02569

    15 2.40% 0.00007 6.69052 0.35% 0.00001 2.02571

    Desde 01/04/91

    Fuente: SBS

    Seccin Econmica Financiera

    Indicadores Financieros

    D-1

  • Informativo Vera Paredes ASESORA ECONMICA FINANCIERA-1ra. Quincena de Junio D

    TASAS DE INTERES PROMEDIO DEL MERCADO

    CIRCULAR BCR N 041-94-EF/90

    MAYO MONEDA NACIONAL

    TAMN TAMN + 1 TAMN + 2

    DA TASA F. DIARIO F. ACUM* TASA F. DIARIO F. ACUM* TASA F. DIARIO F. ACUM*

    1 15.68% 0.00040 2,157.03002 16.68% 0.00043 3,855.91995 17.68% 0.00045 6,857.00605

    2 15.74% 0.00041 2,157.90606 16.74% 0.00043 3,857.57811 17.74% 0.00045 6,860.11734

    3 15.73% 0.00041 2,158.78193 16.73% 0.00043 3,859.23610 17.73% 0.00045 6,863.22841

    4 15.77% 0.00041 2,159.66023 16.77% 0.00043 3,860.89847 17.77% 0.00045 6,866.34740

    5 15.85% 0.00041 2,160.54303 16.85% 0.00043 3,862.56889 17.85% 0.00046 6,869.48072

    6 15.85% 0.00041 2,161.42620 16.85% 0.00043 3,864.24003 17.85% 0.00046 6,872.61547

    7 15.85% 0.00041 2,162.30972 16.85% 0.00043 3,865.91189 17.85% 0.00046 6,875.75165

    8 15.85% 0.00041 2,163.19361 16.85% 0.00043 3,867.58448 17.85% 0.00046 6,878.88926

    9 15.86% 0.00041 2,164.07838 16.86% 0.00043 3,869.25871 17.86% 0.00046 6,882.02996

    10 15.92% 0.00041 2,164.96663 16.92% 0.00043 3,870.93921 17.92% 0.00046 6,885.18179

    11 15.85% 0.00041 2,165.85160 16.85% 0.00043 3,872.61397 17.85% 0.00046 6,888.32371

    12 15.86% 0.00041 2,166.73745 16.86% 0.00043 3,874.29039 17.86% 0.00046 6,891.46871

    13 15.85% 0.00041 2,167.62315 16.85% 0.00043 3,875.96660 17.85% 0.00046 6,894.61349

    14 15.85% 0.00041 2,168.50921 16.85% 0.00043 3,877.64354 17.85% 0.00046 6,897.75971

    15 15.85% 0.00041 2,169.39563 16.85% 0.00043 3,879.32120 17.85% 0.00046 6,900.90737

    TASAS DE INTERES PROMEDIO DEL MERCADO

    CIRCULAR BCR N 041-94-EF/90

    MAYO MONEDA EXTRANJERA

    TAMEX

    DA TASA F. DIARIO F. ACUM*

    1 7.45% 0.00020 15.46073

    2 7.49% 0.00020 15.46384

    3 7.39% 0.00020 15.46690

    4 7.38% 0.00020 15.46996

    5 7.38% 0.00020 15.47302

    6 7.36% 0.00020 15.47607

    7 7.36% 0.00020 15.47912

    8 7.36% 0.00020 15.48218

    9 7.35% 0.00020 15.48523

    10 7.35% 0.00020 15.48828

    11 7.35% 0.00020 15.49133

    12 7.34% 0.00020 15.49438

    13 7.32% 0.00020 15.49742

    14 7.32% 0.00020 15.50046

    15 7.32% 0.00020 15.50350

    D-2

  • Informativo Vera Paredes ASESORA COMERCIO EXTERIOR- 1ra. Quincena de Junio E

    TRANSPORTE INTERNACIONAL DE MERCANCAS

    INTRODUCCIN En mercados muy competitivos los plazos de en-trega suelen ser muy estrictos. Entregar tarde o de forma defectuosa una mercanca puede significar perder a un cliente, por lo que la correcta coordi-nacin de todas las actividades, desde que se inicia una operacin hasta que se termina, constituye una labor fundamental. Esta labor de coordinacin de todas las fases necesarias para que el cliente reciba en tiempo y forma su mercanca es lo que se conoce como logstica, y dentro de esta actividad logstica el transporte juega un papel fundamental. Entre las consideraciones que se deben hacer para elegir el medio de transporte adecuado, se puede mencionar la densidad econmica del producto, su peso, su volumen, su grado de fragilidad o vulne-rabilidad a las condiciones climatolgicas tempora-les o atmosfricas; las distancias que separan el lugar de la exportacin del centro importador, el costo de los servicios y las preferencias del impor-tador en cuanto al medio de transporte de la mer-canca. Existen cuatro vas posibles de transporte: marti-ma, area, por ferrocarril y por carretera. En caso de pequeos envos se suele utilizar el correo in-ternacional o los servicios urgentes de mensajera.

    Transporte martimo Es el medio de transporte ms utilizado en el comercio

    internacional debido a su menor coste y mayor capaci-

    dad de carga. Este tipo de transporte tiene dos grandes

    especializaciones: el transporte de "carga fraccionada",

    que normalmente lo realizan los buques de lnea regular,

    y el de "carga masiva", que se realiza entre dos puntos

    de poco trfico martimo, generalmente en los llamados

    buques tramp.

    En cualquier caso, el flete se fija en funcin del peso o el

    volumen de la mercanca, el que resulte superior. As,

    por ejemplo, una mercanca voluminosa y ligera pagar

    por volumen. Una vez hecha la reserva, la empresa

    transportista enva una nota de embarque en la que se

    indica qu Transporte y Logstica Internacional se ocupa-

    r de recoger la mercanca una vez que sta llegue al

    puerto de destino, quin pagar los costes de descarga y

    si la mercanca debe depositarse en los almacenes del

    puerto de destino.

    Los operadores que intervienen son:

    Armador (Shipowner): es el propietario del buque.

    Puede suscribir contratos de fletamento con el portea-

    dor.

    Porteador: es el transportista propiamente dicho,

    que puede ser tambin el propio armador.

    Consignatario: es el agente del armador o porteador

    que realiza la gestin comercial del transporte en cada

    puerto.

    Cargador (Shipper): es el exportador o el importador

    responsable del embarque de la mercanca que suscri-

    be el contrato de transporte martimo.

    Estibador: es el empleado de la empresa autorizada

    para realizar las operaciones portuarias.

    Anlisis Comercio Exterior ABOG. Anah Ramirez Vera

    Asesora Comercio Exterior Impuesto

    ibutario

    E-1

  • Informativo Vera Paredes ASESORA COMERCIO EXTERIOR- 1ra. Quincena de Febrero E

    Transporte areo

    Transporte ferroviario

    Transporte por carretera

    Transporte multimodal

    El transporte areo tiene la gran ventaja de la rapidez. Es una va muy utilizada para llegar a mercados poco acce-sibles y para el transporte de productos perecederos o de gran valor en relacin a su peso. Es el ms caro de los medios en relacin al peso y se utiliza frecuentemente para el transporte de muestras.

    Por su rapidez, en relacin a otros medios, presenta varias ventajas: ahorro de costes financieros de capital inmovilizado; reduccin del coste de embalaje y de segu-ro, y menor riesgo de demoras y robos. Adems, su utili-zacin es relativamente sencilla y la logstica es menos compleja que la del transporte martimo. Se entrega la mercanca en la terminal de carga de la lnea area con la que se ha reservado el espacio y sta se encarga del transporte principal. Muchas lneas areas tienen su propio servicio de recogida de mercancas hasta la ter-minal. Segn las instrucciones dadas, la lnea area, una vez que llega la carga al aeropuerto de destino, notificar al destinatario dicha llegada o bien esperar que la carga sea recogida por ste.

    El transporte areo est sometido a limitaciones en cuanto a las dimensiones, tanto en tamao como en peso, debido al tamao de las puertas de acceso de los aviones y al peso mximo por superficie.

    El transporte internacional por carretera es poco com-plejo y muy accesible para cualquier exportador. Permite llevar prcticamente cualquier tipo de producto de "puerta a puerta", de una forma relativamente rpida y econmica. La especializacin general del transporte por carretera es de cargas completas o de cargas agrupadas (grupajes). En las cargas completas se contrata un vehculo para un determinado recorrido. Las cargas agrupadas implican a varios cargadores que comparten un mismo vehculo.

    El transporte internacional ferroviario es adecuado para el envo de vagones completos a largas distancias.

    El transporte lo realiza un solo operador, que emite un

    documento nico, aunque empleando dos o ms medios

    de transporte.

    Entre los aspectos tcnicos del transporte multimodal

    estn el concepto de ruptura de carga que es la des-

    composicin, total o parcial, de la carga en sus elemen-

    tos para proceder a su almacenaje o a su transporte a los

    receptores de la mercanca.

    La gestin comercial del transporte multimodal es reali-

    zada por los denominados Operadores de Transporte

    Multimodal (OTM), que son generalmente compaas

    navieras y operadores ferroviarios especializados en la

    gestin de este tipo de transporte. Frecuentemente no

    son propietarios de los medios utilizados, sino que esta-

    blecen un contrato de transporte multimodal, asumien-

    do la responsabilidad del cumplimiento del mismo.

    Dentro de las ventajas del transporte multimodal encon-

    tramos:

    Reduccin de los tiempos de manipulacin en las ope-

    raciones de carga y descarga.

    Reduccin de las inspecciones por un sistema de pre-

    cinto que elimina controles aduaneros.

    Simplicidad de la documentacin al utilizar un nico

    documento.

    Reduccin del nmero de robos y daos, favoreciendo

    la disminucin de las primas de seguros.

    E-2

  • Informativo Vera Paredes SECCIN DERECHO COMERCIAL-1ra. Quincena de Junio F

    CLUSULA DE PAGO CON CARGO EN CUENTA BANCARIA EN TTULOS VALORES

    Consulta: Un suscriptor nos realiza la siguiente consulta: Qu es la clusula de pago con cargo a cuenta en los ttulos valores? Solucin: Base Legal: Artculo 53, 66 y siguientes de la Ley de

    Ttulos Valores.

    Es la que permite al Tenedor de un ttulo valor que con-tenga una obligacin de pago dinerario, hacerse cobro de la obligacin en un banco o empresa del sistema financiero, en la cual el obligado mantenga una cuenta bancaria. Entre sus caractersticas podemos sealar las siguientes: a) Podr incorporarse en cualquier ttulo valor que

    contenga obligaciones de pago dinerario, tales como la letra de cambio, cheque o pagar.

    b) Deber constar en forma expresa en el ttulo valor, para ello deber indicarse el nombre de la empresa bancaria o financiera que efectuar el pago y el n-mero o cdigo de cuenta mantenida en dicha empre-sa.

    c) Se requiere adems que la empresa bancaria o finan-ciera est autorizada previamente por el titular de la cuenta para atender el pago.

    d) El pago podr atenderse bien con fondos constituidos previamente por el titular o con los crditos que con-ceda la empresa bancaria o financiera al titular de la cuenta designada.

    TITULO VALOR EXTRAVIADO

    Consulta: Un suscriptor nos realiza la siguiente consulta: Cmo se debe proceder en caso se extrave una letra de cam-bio exigible a dicha fecha? Solucin: Base Legal: Artculos 102, 103 y 104 de la Ley de

    Ttulos Valores.

    En el caso de un ttulo valor que al momento de su ex-travi se encuentre en situacin de exigibilidad, el tene-dor del mismo deber proceder de la siguiente forma: En principio, debe solicitar al Juez que declare la ineficacia del referido ttulo. En dicha solicitud judicial, el tenedor tambin debe solicitar al Juez que le autorice a exigir el cumplimiento de las obligaciones principales y accesorias inherentes a dicho ttulo valor. El proceso judicial se tramitar por la va contenciosa bajo proceso sumarsi-mo con notificacin a los obligados principales y solida-rios, de ser el caso. Otro aspecto importante, lo configu-ra el hecho que el Juez deber ordenar que los emplaza-dos retengan el pago de las obligaciones representadas por el ttulo valor. Adems, dispondr la publicacin de la solicitud, durante cinco das consecutivos, en el diario oficial El Peruano. En este extremo, debemos sealar que si el obligado principal cumpliera con sus prestacio-nes contenidas en el ttulo valor antes de que sea notifi-cado con la demanda judicial de ineficacia, quedar liberado de toda responsabilidad.

    REDUCCIN DE CAPITAL

    Consulta: El contador de una empresa de servicios bajo la moda-lidad de una sociedad annima cerrada, en vista que han decidido realizar una reduccin de capital, nos consulta, Cules son los requisitos legales para proce-der a este acto societario? Solucin: Base Legal: Artculo 216 Ley General de Sociedades

    La Reduccin del Capital se acuerda por Junta General, cumpliendo los requisitos establecidos para la modifica-cin del estatuto; debe constar en escritura pblica y se inscribe en el Registro. La reduccin determina la amor-tizacin de acciones emitidas o la disminucin del valor nominal de ellas. sta se realiza mediante: 1. La entrega a sus titulares del valor nominal amortiza-

    do; 2. La entrega a sus titulares del importe correspondien-

    te a su participacin en el patrimonio neto de la so-ciedad;

    3. La condonacin de dividendos pasivos;

    Dr. Ricardo Salvatierra Valdivieso Nos Consultan?

    Asesora Derecho Comercial

    F-1

  • Informativo Vera Paredes SECCIN DERECHO COMERCIAL-1ra. Quincena de Junio F

    4. El restablecimiento del equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto disminuidos por conse-cuencia de prdidas; u,

    5. Otros medios especficamente establecidos al acor-dar la reduccin del capital.

    El acuerdo de reduccin del capital debe expresar la cifra en que se reduce el capital, la forma cmo se realiza, los recursos con cargo a los cuales se efecta y el procedi-miento mediante el cual se lleva a cabo. Dicha reduccin debe afectar a todos los accionistas a prorrata de su participacin en el capital sin modificar su porcentaje accionario. La reduccin tiene carcter obligatorio cuan-do las prdidas hayan disminuido el capital en ms del 50 % y hubiese transcurrido un ejercicio sin haber sido superado, salvo cuando se cuente con reservas legales o de libre disposicin, se realicen nuevos aportes o los accionistas asuman la prdida, en cuanta que compense el desmedro.

    CHEQUE DE GERENCIA

    Consulta:

    Un suscriptor pretende hacer efectivo un pago por la compra de un bien inmueble. Nos consulta que la otra parte, le ha exigido que el pago se concrete va la emi-sin de un cheque de gerencia. Nos consulta le brinde-mos informacin acerca del referido cheque. Solucin: Base Legal: Artculo 193 de la Ley de Ttulos Valores

    El cheque de gerencia es un documento emitido por el banco y que es comprado por el cliente para usualmente cubrir compromisos comerciales, teniendo como ventaja que es aceptado sin objeciones al tener el respaldo del banco que lo emiti. Considerando que este documento tiene como aval a la entidad bancaria que lo emiti es como si tratase de dinero en efectivo. Algunas entidades usualmente solicitan que se les pague a travs de este medio para asegurarse que el pago se har efectivo.

    DISOLUCIN DE SOCIEDADES

    Consulta:

    Un accionista nos seala que en su empresa se nombr un liquidador para efectos de realizar el procedimiento de liquidacin, pero desde hace ms de tres meses, slo ha llegado a la etapa de la disolucin, por lo que nos consulta Qu ocurre posteriormente?

    Solucin: Base Legal: Artculo 413 Ley General de Sociedades.

    La sociedad disuelta conserva su personalidad jurdica mientras que dura el proceso de liquidacin. Durante la liquidacin la sociedad debe aadir a su razn social o denominacin la expresin en liquidacin en todos sus documentos y correspondencia. Desde el acuerdo de disolucin cesa la representacin de los directores, ad-ministradores, gerentes y representantes en general, asumiendo los liquidadores las funciones que les corres-ponden conforme a ley, al estatuto, al pacto social, a los convenios entre accionistas inscritos ante la sociedad y a los acuerdos de la junta general de accionistas. Sin em-bargo, si fueran requeridas para ello por los liquidadores, las referidas personas estn obligadas a proporcionar las informaciones y documentacin que sean necesarias para facilitar las operaciones de liquidacin. Durante la liquidacin se aplican las disposiciones relativas a las juntas generales, pudiendo los socios o accionistas adop-tar los acuerdos que estimen convenientes.

    INTERVINIENTES EN UNA LETRA DE CAMBIO

    Consulta:

    Un suscriptor nos indica que est prximo a realizar una operacin de crdito con unos comerciantes, para lo cual han decidido emitir una letra de cambio. Nos con-sulta, cuntas personas pueden intervenir en esta clase de ttulo valor. Solucin: Base Legal: Artculo 119 de la Ley de Ttulos Valores Pueden intervenir las siguientes personas: a. El girador, quien es la persona que emite la letra de

    cambio, ponindola en circulacin y siendo obligado principal en caso no sea aceptada la misma.

    b. El girado, quien es la persona sealada en la letra de cambio para aceptarla y pagarla.

    c. El beneficiario, quien recibe la letra de cambio y a quien debe pagarse la suma contenida en la misma.

    d. El aceptante, quien es el girado que ha manifestado su voluntad de pagar la suma contenida en la letra de cambio, siendo el obligado principal.

    e. El endosante, es la persona que transmite la letra de cambio.

    f. El endosatario, es quien recibe la letra de cambio por parte del endosante, quien se convierte en nuevo beneficiario.

    g. El garante, es la persona que garantiza el pago de la letra de cambio, no pudiendo ser el beneficiario. Procedimiento

    F-2

    Cartula--Web---Edicin-quincenal-011234567