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ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL Actualizado a diciembre de 2013

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ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO D E L M E R C A D O D E V A L O R E S E S P A Ñ O L

Actualizado a diciembre de 2013

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índice

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ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

1 El mercado de valores español . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3

2 Renta Variable . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11 A- Mercado de acciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12 B- ETF’s . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15 C-WarrantsyCertificados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19 D- Latibex: El Mercado para Valores Latinoamericanos en Euros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22 E- MAB: El Mercado Alternativo Bursátil . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25 F- Los Índices IBEX . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29 G- Corros electrónicos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33

3 Renta fija . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35 A- Deuda Corporativa: AIAF . La plataforma SEND . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36 B-Rentafijabursátil . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43 C- Deuda Pública . SENAF . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46 D-MARF:MercadoalternativodeRentaFija . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46

4 Opciones y Futuros: MEFF . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47 A- El mercado de opciones y futuros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48 B- MEFFPOWER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51 C- MEFFREPO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52

5 Liquidación, compensación y registro . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53 A- Iberclear . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54 B- BME Clearing . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54 C- Otros desarrollos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 55

OTRA INFORMACION DE INTERÉS

6 Cotizar en la Bolsa española . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 57 A-Ventajasyvíashacialacotización . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 58 B- Requisitos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 61 C-InResearch.Análisisparaempresascotizadas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 63

7 Cotizar en el mercado de Deuda Corporativa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 65

8 Regulación Fiscal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 69 A- Inversores residentes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70 B- Inversores no residentes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72 C-Guíafiscaldelosproductosdeahorro . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74

9 Otros Servicios y Productos de BME . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77 A- Difusión de Información: Market Data . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78 B-ConsultoríaeInnovación.BMEInnova . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 80 C- Routing . Visual Trader . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 81

10 Direcciones web del grupo BME . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 83

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DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

El mercado de valores español ha vi-vido en las dos últimas décadas un intenso y profundo proceso de cambio y crecimiento. Los sistemas técni-cos, operativos y de organización en los que se apoya hoy el mercado han permitido canalizar importantes volúmenes de inversión y dotar a los mercados de una mayor transparencia, liquidez y eficacia.

Como consecuencia de la aplicación de la Di-rectiva comunitaria de Mercados de Instrumentos Fi-nancieros (MiFID), se han producido grandes cambios en la estructura y funcionamiento de los mercados de valores europeos. El nuevo entorno de negociación se caracteriza por la apertura a una mayor competencia, entorno en el que los Mercados Regulados conviven

con otras figuras de nueva creación, entre las que destacan los Sistemas Multilaterales de Negociación (SMN). La MiFID, no obstante, reconoce el mercado regulado como el mercado por excelencia, el de refe-rencia, y establece la necesidad de estrictos requisitos para autorizar tanto los mercados regulados como sus operadores e intermediarios. En el caso del mercado de valores español, la transposición de la directiva co-munitaria a la legislación nacional se ha concretado en la publicación de la ley 47/2007, por la que se modifica la ley 24/1988 del Mercado de Valores.

En el artículo 31 de la ley, los mercados regula-dos quedan definidos como aquellos sistemas multi-laterales que permiten reunir los diversos intereses de

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compra y venta sobre instrumentos financieros para dar lugar a contratos con respecto a los instrumen-tos financieros admitidos a negociación. Los merca-dos regulados españoles reciben la denominación de mercados secundarios oficiales. A tales efectos, actualmente se consideran mercados secundarios ofi-ciales de valores los siguientes: las Bolsas de Valores, el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, el Mer-cado de Futuros y Opciones MEFF, y el Mercado de Renta Fija AIAF.

Además de los mercados regulados, en el merca-do español operan Sistemas Multilaterales de Nego-ciación (SMN) que negocian tanto acciones admitidas en mercados regulados (Bolsas) como valores de Deu-da Pública Anotada.

En el mercado de valores español existen otros mercados específicos como el Mercado para Valores Latinoamericanos (LATIBEX) o el Mercado Alternativo Bursátil (MAB), ambos para valores con características especiales. El MAB cuenta con segmentos diferencia-dos para sociedades de inversión de capital variable (SICAVs), empresas de capital riesgo (ECRs), socieda-des de inversión libre (Hedge Funds), y para empresas de pequeña y mediana capitalización. La contratación que tiene lugar en todos estos mercados se realiza a través de sistemas multilaterales de negociación de carácter electrónico.

Bolsas y Mercados Españoles (BME) es la socie-dad que gestiona los principales mercados secun-darios oficiales (mercados regulados) en España, así como otros sistemas multilaterales de negociación. BME integra, entre otras compañías, las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia, el mercado de Opciones y Futuros MEFF, el mercado de Renta Fija AIAF, y los sistemas de registro, compensa-ción y liquidación de valores de renta variable y renta fija (IBERCLEAR).

RENTA VARIABLE

El mercado regulado de Renta Variable español opera fundamentalmente sobre la plataforma electro-nica de negociación SIBE, totalmente desarrollada por BME, y que garantiza la interconexión de las cuatro Bolsas españolas.

El mercado se basa en un modelo dirigido por órdenes, un único libro electrónico y un sistema de casamiento que opera sobre la base de prioridad precio-tiempo. La negociación en parqué a viva voz continúa para un grupo reducido de los valores con menor liquidez. Además de acciones, a través de sis-temas electrónicos se negocian también warrants, cer-tificados y fondos cotizados (ETFs). En algunos de sus segmentos el mercado cuenta con especialistas que proveen liquidez.

Dentro de la renta variable merece una especial referencia el mercado Latibex, un sistema multilateral de negociación creado en 1999, y que constituye el único mercado internacional sólo para valores latinoa-mericanos.

FUTUROS Y OPCIONES

En el mercado de opciones y futuros MEFF se ne-gocian futuros y opciones cuyos subyacentes están re-ferenciados a acciones individuales, al índice IBEX35® y a diferentes índices bursátiles europeos. Los inverso-res tienen en los derivados de MEFF unas eficaces he-rramientas para la gestión del riesgo y para la construc-ción y cobertura de carteras adaptables a cada perfil.

RENTA FIJA

El mercado de Renta Fija y Deuda Corporativa AIAF es una sólida fuente de financiación del sector privado y de organismos públicos autonómicos y lo-cales en España. En este mercado se admiten a cotiza-

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ción y se negocian toda una amplia gama de activos y productos adaptados a las necesidades de los emiso-res e inversores de Deuda Corporativa, con todas las posibilidades en cuanto a plazos y atendiendo a sus estrategias de captación de recursos, en caso de los emisores, y de gestión de su patrimonio, en caso de los inversores.

A través del sistema electrónico SIBE también se negocia renta fija del sector privado y de organismos públicos admitida a negociación en las cuatro Bolsas españolas. BME gestiona además un sistema multilate-ral de negociación de Deuda Anotada que funciona a través de una plataforma electrónica de negociación.

Compensación y Liquidación

La aceleración de la integración financiera euro-pea ha generado importantes mejoras en los procesos de contratación y considerables avances en los siste-mas de compensación, liquidación y registro de va-lores. Acorde con los modernos sistemas de contrata-ción, el mercado de valores español ha desarrollado un sistema de liquidación ágil y eficiente. El 100% de los valores están anotados en cuenta, es decir, mediante una inscripción en el registro contable informatizado a cargo de IBERCLEAR.

BME gestiona, a través de IBERCLEAR como De-positario Central de Valores de España, los sistemas de registro, compensación y liquidación de las operacio-nes realizadas con Renta Variable, Deuda Corporativa y Deuda Pública admitida a negociación en los merca-dos regulados españoles.

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La regulación del mercado de valores español. La normativa europea MIFID

La normativa española relativa a los mercados de valores e instrumentos financieros se encuentra profun-damente marcada por normas de carácter europeo tras la transposición de la Directiva de instrumentos finan-cieros, conocida como MiFID. La transposición se reali-zó a través de dos normas: la Ley 47/2007 que supuso una importante modificación de la Ley 28/1988, del Mercado de Valores español (LMV) y, el Real Decreto 217/2008, que estableció el régimen jurídico aplicable a las entidades que prestan servicios de inversión.

1. ENTORNO DE NEGOCIACIÓN

De acuerdo con la LMV, en el entorno de nego-ciación español se encuentran los mercados regulados (MR), los sistemas multilaterales de negociación (SMN) y los internalizadores sistemáticos (IS).• Mercados regulados (MR). Son los mercados secun-

darios oficiales en la LMV. Son sistemas multilate-rales de negociación que permiten reunir los diver-sos intereses de compra y venta sobre instrumentos financieros para dar lugar a contratos con respecto a los instrumentos financieros admitidos a negocia-ción, y que están autorizados conforme a la ley.

• Sistema multilateral de negociación (SMN). Es todo sistema de negociación gestionado por una empresa de servicios de inversión (ESI) o por una sociedad rectora de un mercado secundario oficial, que per-mite reunir dentro del sistema los diversos intereses de compra y venta sobre instrumentos financieros para dar lugar a contratos.

• Internalizador Sistemático (IS). Son las empresas de servicios de inversión (ESI) y las entidades de crédi-to que ejecuten, al margen de un mercado regula-do o de un sistema multilateral, por cuenta propia,

las órdenes de clientes sobre acciones admitidas a negociación en mercados regulados, de forma orga-nizada, frecuente y sistemática. La operativa de los IS está sujeta al cumplimiento de determinados re-quisitos en materia de transparencia y tamaño de las operaciones.

En este marco en el que un mismo valor se puede contratar en diversos centros de negociación adquiere capital importancia la información. Con el fin de evitar situaciones de trato injusto para los clientes la LMV ha establecido para cada uno de los sistemas de negocia-ción unas obligaciones de transparencia previa a la ne-gociación y de transparencia posterior a la negociación.

Régimen de TransparenciaLos Mercados Secundarios oficiales, a fin de pro-

curar la transparencia del mercado y la eficiencia en la formación de los precios, están obligados a difundir con carácter público, previamente a la negociación, los precios de compra y venta existentes en cada momento y la profundidad de las posiciones de negociación a esos precios que se difunden a través de sus sistemas, con respecto a las acciones admitidas a cotización en ellos. Con el mismo fin de transparencia y eficiencia, los mercados secundarios oficiales harán público el precio, el volumen y la hora de ejecución de las opera-ciones ya concluidas.

Para los sistemas multilaterales de negociación la ley establece unos ciertos requisitos organizativos y de transparencia previa y posterior a la negociación de ac-ciones, en un nivel similar al de los mercados secunda-rios oficiales.

Las obligaciones de transparencia previa a la ne-gociación establecidas para los internalizadores sis-temáticos son diferentes dependiendo de si la acción negociada tiene o no un mercado líquido y de que el volumen de la orden supere o no al volumen estándar del mercado.

Transparencia pre-negociación. Los internaliza-dores sistemáticos deberán hacer públicas las cotizacio-nes en firme con carácter general cuando las órdenes

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de los clientes se refieran a acciones admitidas a coti-zación para las que exista un mercado líquido y cuan-do dichas órdenes sean iguales o inferiores al volumen estándar del mercado para una categoría de acciones.

Cuando se trate de acciones para las que no exista un mercado líquido los internalizadores sistemáticos divulgaran las cotizaciones únicamente a petición de los clientes.

Cuando se trate de acciones para las que exista un mercado líquido, pero el volumen de las órdenes supere el estándar del mercado los internalizadores sis-temáticos no estarán sujetos a la obligación de publicar sus cotizaciones en firme.

Transparencia pos-negociación. Los internaliza-dores sistemáticos harán público el volumen y el precio de las transacciones que realicen sobre acciones admi-tidas a negociación en mercados regulados, al margen de mercados regulados o de un sistema multilateral de negociación.

2. AUTORIDADES SUPERVISORAS

La cooperación en materia de supervisión se torna esencial a medida que avanza la integración del merca-do europeo y la actividad del negocio es transnacional. El régimen establecido a partir de la trasposición de la MIFID para regular la información que debe comunicar-se sobre las operaciones con instrumentos financieros tiene por objeto garantizar que las autoridades compe-tentes pertinentes estén debidamente informadas de las operaciones que deben supervisar. Para ello es necesa-rio garantizar que en todas las empresas de inversión se recoja un único conjunto de datos con mínimas di-ferencias entre Estados miembros, con el fin de minimi-zar las diferencias en las obligaciones de información que afectan a las empresas que realizan operaciones transfronterizas, y de que las autoridades competentes puedan disponer de la máxima proporción posible de datos que puedan compartirse con otras autoridades competentes.

El Comité Europeo de Reguladores de Valores (CESR) ha trabajado en los últimos años en el desarrollo de medidas que desarrollen la convergencia superviso-ra en Europa. En enero de 2011 el CESR ha pasado a denominarse Autoridad Europea de Mercados y Valo-res (ESMA) y ha adoptado, frente a su labor consultiva anterior, capacidad resolutiva, lo que le permite adop-tar decisiones legalmente vinculantes.

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3. EMPRESAS DE SERVICIOS DE INVERSIÓN (ESI)

El régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan ser-vicios de inversión se encuentra recogido en el Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero de 2008 y en la Circular de la CNMV 10/2008, de 30 de diciembre de 2008, sobre empresas de asesoramiento financiero.

Las empresas de servicios de inversión (ESI) son aquellas empresas cuya actividad principal consiste en prestar servicios de inversión, con carácter profesional, a terceros sobre los instrumentos financieros señalados por la Ley.

Son empresas de servicios de inversión las si-guientes: a. Las sociedades de valores. Son empresas de servicios

de inversión que pueden operar profesionalmente, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, y realizar todos los servicios de inversión y servicios auxiliares.

b. Las agencias de valores. Son empresas de servicios de inversión que profesionalmente sólo pueden ope-rar por cuenta ajena, con representación o sin ella. Pueden realizar los servicios de inversión y los servi-cios auxiliares, con algunas excepciones.

c. Las sociedades gestoras de carteras. Son empresas de servicios de inversión que exclusivamente pue-

den prestar la gestión discrecional e individualizada de carteras de inversión con arreglo a los mandatos conferidos por los clientes y el asesoramiento en ma-teria de inversión.

d. Las empresas de asesoramiento financiero. Son per-sonas físicas o jurídicas que exclusivamente pueden prestar los servicios de asesoramiento en materia de inversión, el asesoramiento a empresas sobre es-tructuras del capital, estrategia industrial, fusiones y adquisiciones, y la elaboración de informes de inver-siones y análisis financieros u otras formas de reco-mendación general relativa a las operaciones sobre instrumentos financieros.

El asesoramiento en materia de inversión ha pasado a ser considerado como un servicio de inversión y, por tanto, las personas o entidades que se dedican a esta actividad con carácter profesional tienen que ser empresas de servicios de inversión (ESI).

e. Las entidades de crédito y las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva están sujetas a las previsiones de la Ley del Mercado de Valores cuando presten servicios de inversión con arreglo a lo dispuesto en la Ley.

Las ESI podrán designar agentes vinculados para el desarrollo de los servicios de inversión. Dichos agentes actuarán en exclusiva para una sola empresa de servi-cios de inversión.

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4. NORMAS DE CONDUCTA PARA LAS EMPRESAS DE SERVICIOS DE INVERSIÓN

La LMV establece en el Título VII, un catálogo de normas de conducta que deben respetar las entidades que presten servicios de inversión. Hay que destacar que no se establece un nivel único y homogéneo de protección sino que la ley reconoce la realidad exis-tente hoy en día en los mercados financieros, en los que se ha diversificado el perfil del inversor.

Clases de ClientesLas normas de conducta obligan a que las enti-

dades clasifiquen a sus clientes en función de sus co-nocimientos, experiencia financiera, perfil y objetivos de inversión. Tres son los tipos de clientes definidos en la LMV.

MinoristasTienen el mayor nivel de protección y se encua-

dran en esta categoría los clientes que no puedan ser calificados como profesionales o contraparte elegible. Se incluirán en esta categoría las personas físicas, los autónomos, las pequeñas empresas, etc.

ProfesionalesClientes sobre los que se presuma la experiencia,

conocimientos y cualificación necesarios para tomar sus propias decisiones de inversión y valores correc-tamente sus riesgos. Se incluyen en esta categoría las entidades financieras, Estados, Administraciones re-gionales, bancos centrales, inversores institucionales y grandes empresas.

Contrapartes elegiblesSon personas jurídicas que cumpliendo los re-

quisitos para ser clasificados como profesionales for-man parte de los siguientes grupos: Empresas de ser-vicios de inversión, entidades de crédito, entidades aseguradoras, instituciones de inversión colectiva, fondos de pensiones, sociedades gestoras, otras enti-

dades financieras autorizadas o reguladas , gobiernos nacionales, etc.

Test de idoneidad y convenienciaLas entidades que prestan servicios de inversión

tienen además de unas obligaciones de información a los clientes, la exigencia de realizarles un test o examen de idoneidad con carácter previo a la prestación del servicio.

Obligaciones de informaciónLas entidades que prestan servicios de inversión

deberán mantener, en todo momento, informados a sus clientes. La información dirigida a los clientes, in-cluida la publicidad, deberá ser imparcial, clara y no engañosa. En la información precontractual que debe facilitarse a los clientes se les dará, de forma compren-sible, información sobre la entidad y los servicios que presta, sobre los instrumentos financieros y sobre los gastos y costes asociados, de modo que el cliente pue-da comprender los riesgos del servicio financiero y del instrumento financiero.

La mejor ejecución (best execution”) y gestión de órdenes

La mejor ejecución es la obligación, impuesta a las personas o entidades que prestan servicios de inver-sión, de adoptar las medidas razonables para obtener el mejor resultado posible para las operaciones de sus clientes teniendo en cuenta el precio, los costes, la ra-pidez y probabilidad en la ejecución y cualquier otro elemento relevante para la ejecución de la orden.

La obligación de mejor ejecución se llevará a cabo mediante una política de ejecución de órdenes que las entidades deberán aprobar y que deberán conocer sus clientes. Dentro de esta política de ejecución deben in-cluirse los centros de negociación y entre éstos deben figurar aquellos que permitan la obtención del mejor resultado posible para los clientes.

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A. Mercado de accionesLa negociación de acciones mediante un sistema

electrónico comienza en España en 1989. Dicho sis-tema es administrado por Sociedad de Bolsas, S.A.; sociedad participada por las cuatro Bolsas españolas.

En noviembre de 1995 se procedió al cambio de la plataforma técnica de contratación por el actual sistema: el SIBE (Sistema de Interconexión Bursátil Español), desarrollado íntegramente por la Bolsa de Madrid. En el año 2012 se ha renovado la plataforma, que ahora unifica la negociación de acciones, ETFs, warrants y otros producto de inversión.

La avanzada tecnología en la que se apoya el SIBE y sus prestaciones funcionales han permitido gestionar el gran volumen de contratación de los úl-timos años con garantías de eficacia y transparencia.

El SIBE es un mercado dirigido por órdenes, con información en tiempo real en sus pantallas y difusión automática de la información tanto de los precios de compra y venta de cada momento como de las nego-ciaciones.

Este sistema permite a los cuatro mercados es-pañoles dirigir sus órdenes a través de terminales in-formáticos al mismo ordenador central. Estas órdenes se ordenan según criterios de precio y momento de introducción. Si durante el período de mercado abier-to existe contrapartida la orden se ejecuta automáti-camente, si no permanece en un libro de órdenes en espera de contrapartida.

El desarrollo del SIBE tiene las siguientes carac-terísticas:• Contratación continua: 8 horas y media de contrata-

ción abierta (De 09:00 a 17:30), durante las cuales se introducen órdenes y se ejecutan negociaciones.

• Subastas son periodos en los que se pueden intro-ducir órdenes, modificar y cancelar órdenes pero no se ejecutan negociaciones y el sistema calcula, en tiempo real, un precio de equilibrio entre oferta y demanda. Asimismo, todas las subastas finalizan con un cierre aleatorio de 30 segundos. Al final de

la subasta de apertura (de 8:30 a 09:00) y cierre (de 17:30 a 17:35), se fijan respectivamente los precios de apertura y cierre de cada valor. Además, a lo lar-go de la Contratación continua se pueden suceder (en uno o varios valores) Subastas por Volatilidad. La duración de estas Subastas por Volatilidad es de 5 minutos y pueden ser provocadas tanto por rango estático como por rango dinámico.

• Único precio en cada valor para las cuatro Bolsas españolas.

• Horario y normas de funcionamiento encaminados a asegurar la igualdad de acceso.

• El Departamento de Supervisión garantiza a los operadores igualdad de oportunidades en el acceso al mercado.

Dentro del sistema hay tres formas de contratación:1. Mercado Principal: Representa el 58% del efectivo

diario contratado durante el año 2011. Dentro de la Contratación General destacan las siguientes po-sibilidades de contratación:

• Contratación General: Contratación abierta des-de la 9:00h hasta las 17:30h. En esta modalidad se contratan los valores más líquidos.

• Segmento Latibex: Contratación abierta desde las 11:30h hasta las 17:30h. En este segmento se con-tratan aquellos valores latinoamericanos que coti-zan en el SIBE.

• Segmento Fixing: Destinado a los valores con me-nor liquidez dentro del Sistema de Interconexión Bursátil. Para conseguir una disminución de la vo-latilidad y una formación más eficiente de los pre-cios de estos valores se realizan dos subastas (8:30 a12:00 y 12:00 a 16:00).

2. Contratación de Bloques: Sistema de comunica-ción de grandes volúmenes de títulos (de 9:00h. a 17:30h.) distinguiéndose dos modalidades adap-tadas en julio de 2008 a los requisitos MIFID para este tipo de operaciones:

• Modalidad de Bloques Convenidos: permite co-municar operaciones con una variación del ± 1% sobre el punto medio de la horquilla de la mejor

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13ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

posición de compra y venta de la Contratación Ge-neral. El importe efectivo de la operación deberá alcanzar, como mínimo, los importes siguientes en función del volumen medio de contratación diaria (VMCD) del valor de que se trate, en el último año natural cerrado.

VOLUMEN DE CONTRATACIÓN DIARIA IMPORTE MÍNIMO

VMCD < 500.000 € 50.000 €

500.000 € ≤ VMCD < 1.000.000 € 100.000 €

1.000.000 € ≤ VMCD < 25.000.000 € 250.000 €

25.000.000 € ≤ VMCD < 50.000.000 € 400.000 €

VMCD ≥ 50.000.000 € 500.000 €

• Modalidad de Bloques Parametrizados: permite co-municar operaciones con una desviación de hasta el 15% con respecto al precio estático del valor y con un volumen efectivo superior a 500.000 euros y al 5% del efectivo medio diario contratado del valor del que se trate en la Contratación General en el último trimestre natural cerrado.

3. Operaciones Especiales: Este mercado tiene un horario desde el cierre de la contratación general hasta las 20 h. donde se negocian acciones con las contrapartidas fijadas de antemano. En función de su volumen efectivo y de su precio pueden ser:

• Operaciones Especiales Comunicadas: Volumen efectivo superior a 300.000 euros y al 20% del efectivo medio diario contratado del valor de que se trate, en el último trimestre natural cerrado. El precio debe estar en el entorno del 5% sobre el precio de cierre y el precio medio ponderado.

• Operaciones Especiales Autorizadas: Estas ope-raciones deben ser aprobadas por la Comisión de Contratación y Supervisión. El volumen efectivo necesario debe ser superior a 1.500.000 euros y al 40% del efectivo medio contratado del valor de que se trate, en el último trimestre natural cerrado.

Asimismo, también se introducen en este periodo las operaciones procedentes del ejercicio o vencimien-to de los contratos de opciones y futuros contratados

en MEFF RV y las operaciones delta de estos productos. Como norma general, en todos estos tipos de operacio-nes, el vendedor introduce su parte de la operación y el comprador la confirma, sin posibilidad de que otro miembro del mercado se interfiera en la misma.

La contratación se realizará en euros, con cuatro decimales. En la Contratación General, Latibex y Fi-xing los valores podrán cotizar con una variación mí-nima de precios de 0,1, 0,5, 0,01, 0,05, 0,001, 0,005, 0,0001 y 0,0005 euros. El precio mínimo por valor es de 0,01 euros. La variación mínima de precios (Tick) de cada valor será determinada por la Comisión de Contratación y Supervisión en función del precio uni-tario y de la liquidez de cada valor, con el fin de fa-cilitar una formación de precios más eficiente. En las modalidades de Bloques y Operaciones Especiales, se admitirá cualquier precio (expresado en 4 enteros y 4 decimales).

Tipo de órdenes Teniendo en cuenta el precio, podemos distinguir:

• Órdenes limitadas: son órdenes a ejecutar a su pre-cio límite o mejor. Si es de compra, se ejecutará a ese precio o a un precio inferior que haya en el lado contrario del libro de órdenes. Si es de venta, se ejecutará al precio límite o a un precio superior que haya en el lado contrario del libro. En merca-do abierto, una orden limitada se ejecuta inmedia-tamente si existe una contrapartida a ese precio o mejor. Si no hay contrapartida o ésta no es suficiente en cuanto a volumen, la orden o la parte restante de ésta quedará en el libro de órdenes esperando contrapartida.

• Órdenes de Mercado: es un tipo de orden en la que no se especifica límite de precio y, en merca-do abierto, negociará a los mejores precios del lado contrario del libro de órdenes al ser introducida, eje-cutándose a tantos precios del lado contrario como sea necesario hasta ser completada. Si no se negocia o se negocia parcialmente, la orden o la parte no ejecutada permanece como orden de mercado.

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DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

• Órdenes Por Lo Mejor: esta orden se introduce sin límite de precio por lo que, en mercado abierto, se ejecutará al mejor precio de contrapartida existente en el momento de su introducción. En el caso de que al mejor precio no exista volumen suficiente para atender a la orden, ésta se satisfará de forma parcial, quedando el resto limitado a dicho precio. Si no existiera precio negociable en el lado contrario del mercado, la orden se elimina del Sistema. Este tipo de órdenes no activan Subastas por Volatilidad.

Condiciones de estas órdenes• Ejecutar o anular: esta orden se ejecuta inmediata-

mente por la cantidad posible y el Sistema rechaza el resto del volumen de la orden.

• Volumen mínimo: esta orden, en el momento de su entrada en el mercado, debe ejecutar una cantidad mínima especificada. Si no se ejecuta esa cantidad mínima, es rechazada por el Sistema.

• Todo o Nada: esta orden debe ser ejecutada en su totalidad al ser introducida o rechazada antes de ne-gociar. Ésta es un tipo especial de orden con volu-men mínimo en la que el volumen mínimo es igual al total de la orden.

• Con Volumen Oculto: se le puede asignar a una or-den en su introducción un volumen que el resto del mercado no puede ver y que irá saltando al mercado a medida que la parte visible de la orden se vaya negociando.

ModificacionesTodos los datos de una orden introducida y no

negociada pueden ser modificados, excepto el senti-do (compra o venta) y el valor sobre el que se quiere negociar. La modificación de precios y los incremen-tos de volumen derivan en una pérdida de prioridad de la orden.

CancelacionesEs posible cancelar la parte pendiente de una or-

den o de un grupo de órdenes.

Vigencia de las órdenesAl introducir una orden es posible determinar la

duración de la misma:• Válida por la sesión en curso. • Válida hasta una fecha determinada. • Válida hasta 90 días.

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15ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

B. ETF’s

Los ETFs o fondos cotizados son instrumentos de inversión híbridos entre los fondos y las acciones, de tal manera que reúnen la diversificación que ofrece la car-tera de un fondo con la flexibilidad que supone poder entrar y salir de ese fondo con una simple operación en Bolsa.

Los ETFs son, por tanto, fondos de inversión cu-yas participaciones se negocian y liquidan exactamente igual que las acciones. A diferencia de las participacio-nes de los fondos tradicionales, que solamente se pue-den suscribir o reembolsar a su valor liquidativo (valor total de la cartera del fondo - gastos / nº de participa-ciones) que necesariamente se calcula tras el cierre de cada sesión, los ETFs se compran y venden en Bolsa, como cualquier acción, con las mismas comisiones.

La liquidez de los ETFs es en esencia la misma de la cartera de valores que componen su índice de referencia, y el acceso a esta liquidez está garantizado por medio de la figura de los intermediarios especialistas que asumen el compromiso de ofrecer precios de compra y venta de las participaciones del ETF en todo momento a lo largo de la sesión. Tanto el diferencial entre ambos precios (horquilla o spread) como la profundidad, o volumen de títulos ofertados o demandados, deben mantener unos parámetros que se establecen previamente a su admisión a cotización y cuyo cumplimiento está supervisado por la Bolsa.

La segunda característica fundamental de los ETFs es que son fondos indexados, esto es, su política de inversión consiste en replicar el comportamiento de un determinado índice de referencia (IBEX 35, EuroStoxx 50, Nasdaq 100, DJ Industrial Average...). A medida que la oferta de índices ha ido aumentando, también lo ha hecho la variedad de ETFs.

Durante el ejercicio 2011 se ha incrementado aún más la oferta de ETFs cotizados en nuestro mercado, de modo que ya es posible invertir desde la Bolsa es-pañola en más de 70 ETFs que dan acceso a una am-

plia variedad de clases de activos (renta variable, renta fija, materias primas) y estrategias de inversión alcistas y bajistas. Cabe destacar el lanzamiento durante este ejercicio 2011 de los primeros ETFs sobre los índices IBEX 35 Doble Inverso y Doble Apalancado, así como sobre el IBEX 35 con Dividendos Netos.

Las normas de este segmento de contratación es-tán diseñadas para permitir la integración técnica de los ETF en los mercados de órdenes (contratación ge-neral), bloques y operaciones especiales de la Renta Variable a la vez que incorporan sus elementos dife-renciadores combinando así la flexibilidad en normas con la agilidad en la implementación de este segmen-to en el Sistema. En cualquier caso, la contratación en este segmento incorpora un tipo de operaciones especiales para la suscripción y reembolso de partici-paciones en fondos de inversión cotizados, así como la figura del intermediario especialista como miembro que contribuye a fomentar la liquidez de esos valores. Asimismo, también está contemplada en este segmen-to la posibilidad de interrupción de la negociación por causas que afecten a los subyacentes a los que hagan referencia.

Desde febrero de 2010 los ETFs se negocian en la plataforma SMART, dentro del Sistema de Interco-nexión Bursátil. La implantación de esta plataforma ba-sada en el protocolo FIX, de uso generalizado y extendi-do en los mercados internacionales, permite aumentar el nivel de operaciones al facilitar una mayor capacidad de transacciones por segundo a los miembros del mer-cado, así como una mayor flexibilidad y eficiencia en la introducción de posiciones combinadas de compra y de venta de los especialistas. A continuación se detalla el modelo de mercado para los ETF en el Sistema de Interconexión Bursátil desde la entrada en vigor de la Circular 1/2011 de 24 de noviembre.

Horario de mercadoLa contratación general tendrá un horario de 8:30 a

17:35 compuesto por un periodo de subasta de apertura entre 8:30 y 9:00, y un periodo de mercado abierto entre

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DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

9:00 y 17:35. La subasta de apertura tiene un final alea-torio con una duración máxima de 30 segundos.

Durante la subasta de apertura se permite la entra-da, modificación y cancelación de órdenes pero no se producen negociaciones. Durante el periodo de subasta se muestra en todo momento, el precio de equilibrio al que, de finalizar en ese momento la subasta, se produci-rían las negociaciones. El precio fijado en la asignación de la subasta será el precio de apertura.

Durante el periodo de mercado abierto se pueden introducir, modificar y cancelar órdenes y las negocia-ciones se producen de acuerdo a la prioridad precio tiempo.

El punto medio de la horquilla de precios disponi-ble en el momento del cierre de la sesión constituye el precio de cierre para esa sesión.

El periodo de mercado abierto podrá verse inte-rrumpido temporalmente por subastas de volatilidad cuando se superen los límites de variación de precios establecidos por valor. La duración de estas subastas será de cinco minutos con un final aleatorio de un máximo de 30 segundos.

El horario del mercado de bloques será el del mer-cado abierto de la contratación general (9:00 a 17:35).

El mercado de operaciones especiales estará abierto desde el cierre de la contratación general hasta las 20:00.

Tipología de órdenesEl sistema admite órdenes limitadas, por lo mejor y

de mercado. Las órdenes limitadas se ejecutan a su pre-cio límite o mejor. Las órdenes por lo mejor son órdenes sin precio que quedan limitadas al mejor precio del lado contrario del libro de órdenes. Las órdenes de mercado son órdenes sin especificación de precio y que negocian al mejor precio del lado contrario del libro de órdenes y sucesivos precios hasta completar su ejecución.

Las condiciones de ejecución de estas órdenes se dividen en “Ejecutar o Anular” que suponen que las órdenes se ejecuten inmediatamente por el volumen disponible rechazándose el resto, “Volumen Mínimo” por la que se incorpora a las órdenes un requisito de

volumen mínimo a ser ejecutado al entrar la orden en el mercado y que de no ser cumplido supone el rechazo de la misma y “Todo o Nada” que es un tipo especial de orden con volumen mínimo en la que el mínimo es igual al total de la orden.

Las órdenes podrán ser válidas por un día o hasta una fecha determinada con un máximo de 90 días de calendario.

Adicionalmente, las órdenes pueden tener una con-dición de volumen oculto. La condición de volumen oculto permite la introducción en el mercado de la or-den mostrando inicialmente sólo una parte de su volu-men total. El salto al mercado de una nueva parte del volumen mantendrá la prioridad de precio de la orden pero no la de tiempo.

Por último, los intermediarios especialistas podrán hacer uso de las órdenes combinadas, esto es, la po-sibilidad de envío simultáneo al mercado de órdenes de compra y venta limitadas con precio, de forma au-tomática y continua a través de aplicaciones externas homologadas.

Contratación de bloques:La contratación de ETF puede realizarse mediante

la modalidad de bloques para todos los valores que coti-cen en este segmento.

Mediante los bloques los miembros de mercado pueden realizar aplicaciones o concluir operaciones, con unos requisitos de volumen mínimo y de precios.

Operaciones especialesEl mercado de operaciones especiales está desti-

nado a la comunicación de operaciones autorizadas o comunicadas que deben cumplir unos requisitos de efectivo y precios.

Además de lo contemplado para la Renta Variable en la circular 1/2001 de Sociedad de Bolsas, aplicable a los ETF, para este segmento se prevé la autorización de operaciones especiales vinculadas a la suscripción y reembolso de participaciones de fondos de inversión cotizados.

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DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

Régimen de actuación del especialistaEl segmento de negociación de ETF incorpora la

figura del especialista. La presencia y actuación de los especialistas en este segmento resulta fundamental para fomentar la liquidez de los ETF así como para favorecer su difusión y proceso de formación de precios. Median-te el mantenimiento de una horquilla de precios máxi-ma para un determinado volumen, los especialistas per-miten la realización de negociaciones en el mercado secundario a precios en línea con el valor liquidativo indicativo del ETF. Adicionalmente, mediante su actua-ción en el mercado primario, los especialistas facilitan que el número de participaciones del ETF disponibles en cada momento en el mercado sea el adecuado.

Cada valor que se negocie en este segmento de-berá tener al menos un especialista. En función de las características del subyacente de cada ETF se establece-rán los requisitos de presencia en el mercado (horquilla máxima y volumen mínimo) que deberán cumplir los especialistas.

Supuestos de interrupción de valoresCon el fin de garantizar el buen funcionamiento

de este segmento y teniendo en cuenta las característi-cas de los ETF, se han previsto una serie de supuestos de interrupción de valores que serán de aplicación, cuando así lo aconsejen las circunstancias, a un valor o grupo de valores. Entre otros supuestos de interrup-ción y con carácter no exhaustivo, cabe mencionar la imposibilidad de cálculo del índice subyacente o del valor liquidativo indicativo. Ambos suponen la au-sencia de las referencias necesarias para determinar el precio del ETF.

Variación mínima, límites de variación de precios y subastas por volatilidad

Algunos ETFs han pasado a negociarse con un tercer decimal y una variación mínima de precios de 0,005 euros, si bien la mayor parte se negocia con 2 decimales y 0,01 ó 0,05 euros de variación mínima de precios.

Los límites a la variación de precios a lo largo de la sesión vendrán determinados por el establecimiento de un rango dinámico y de un rango estático para cada ETF en función de la volatilidad histórica del mismo.

El rango dinámico es la variación máxima permi-tida respecto del precio dinámico siendo este el último precio negociado de un valor ya sea resultante de una subasta o de una negociación en mercado abierto. Este rango estará operativo en mercado abierto.

El rango estático es la variación máxima permi-tida respecto del precio estático. El precio estático es el precio resultante de la última subasta ya sea esta de apertura, por volatilidad o de cierre. El rango estático está operativo tanto en mercado abierto como en cual-quier situación de subasta.

Cuando un valor intente negociar al límite del rango estático o al límite o fuera del rango dinámico, se iniciará una subasta por volatilidad cuyo objetivo es ordenar y reajustar, en su caso, los límites de va-riación de precios del valor a su situación en cada momento a lo largo de la sesión, permitiendo la con-currencia de un mayor número de intervinientes en el mercado y una mayor capacidad de reacción de los mismos reduciendo así eventuales errores ope-rativos.

La ruptura del rango estático durante la subasta de apertura provocará una extensión de la misma por un periodo de 2 minutos.

Adicionalmente a los supuestos anteriores de su-bastas por volatilidad y con carácter específico para los ETF, cuando la diferencia entre el precio del ETF y su correspondiente valor liquidativo indicativo, detallado más adelante, sea significativa, el Departa-mento de Supervisión de Sociedad de Bolsas podrá, cuando la situación así lo aconseje, aplicar una su-basta por volatilidad con el fin de que el precio del ETF se ajuste a su correspondiente valor liquidativo indicativo.

Dicha información será difundida por el Sistema a través de los medios habituales de comunicación junto con las características de cada ETF cotizado

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DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

(Gestor, índice subyacente de referencia, fracción del índice representada, etc.).

Adicionalmente, el Sistema difundirá, en su caso, el valor liquidativo indicativo correspondiente a cada ETF en diferentes momentos a lo largo de la sesión.

Por último y al igual que para el resto de valores cotizados en el Sistema de Interconexión Bursátil, se difundirá en tiempo real la información de precios y volúmenes tanto a la compra y a la venta como nego-ciados de cada ETF, a lo largo de la sesión.

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19ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

C. Warrants, TurbosW., Inline W., Bonus y Certificados

Las emisiones de warrants, turbo warrants,warrants inline, bonus warrants y certificados se negocian en la plataforma SMART - warrants, en el Sistema de Inter-conexión Bursátil. Esta plataforma se puso en funcio-namiento en febrero 2009, adaptándose a las nuevas necesidades y a las características de estos productos. La implantación de esta plataforma basada en el protocolo Fix, de uso generalizado y extendido en los mercados in-ternacionales permite aumentar el nivel de operaciones al facilitar una mayor capacidad de transacciones por se-gundo a los miembros del mercado, así como una mayor flexibilidad y eficiencia en la introducción de posiciones combinadas de compra y de venta de los especialistas.

La negociación en esta plataforma se produce en un modelo de mercado ciego, totalmente electrónico, dirigido por órdenes, con horario de contratación con-tinuado de 9:00 a 17:30 horas, con difusión en tiempo real y en el que la presencia de especialistas resulta fundamental para dotar de liquidez a los valores.

Cada valor cuenta con la actuación de un espe-cialista a través del cual el emisor aporta liquidez a sus valores introduciendo de forma continuada en tiempo real los precios de compra y de venta de sus emisio-nes, con unos requisitos de horquilla y volúmenes mí-nimos determinados por la Bolsa en función de las características del valor.

Los especialistas disponen de funciones especí-ficas que les permiten un tratamiento más ágil en la introducción y modificación de sus órdenes por me-dio de las órdenes combinadas, las cuales permiten introducir de forma automática órdenes con precios limitados de compra y de venta a través de una apli-cación externa homologada, proporcionando de esta forma liquidez a los valores en el sistema.

Asimismo los operadores pueden introducir las órdenes por medio de aplicaciones externas homolo-gadas y por terminales.

El mercado es anónimo tanto en órdenes como en negociaciones. Los miembros bursátiles tienen información sobre los precios y volúmenes pero no disponen de información sobre los miembros del mer-cado que intervienen en la negociación.

NegociaciónLa negociación de produce de forma automática

en base al criterio de mejor precio y tiempo de intro-ducción.

Las órdenes se negocian en primer lugar aten-diendo a la prioridad de mejor precio del lado contra-rio, esto es, si es una orden de compra, se negociará al precio más bajo situado en el libro de órdenes de ventas. Asimismo, si es una orden de venta, se nego-ciará al precio más alto situado en el libro de órdenes de compras. A igualdad de precios, las órdenes intro-ducidas primero tienen prioridad.

La negociación automática de las órdenes puede verse interrumpida temporalmente al desencadenarse una subasta de volatilidad, sistema que permite con-trolar las variaciones de precios de forma flexible y ordenada. En función del precio del valor se ha fijado unos rangos dinámicos de variación. Si el precio del valor queda fuera del rango que se le aplica, se pro-duce la subasta por volatilidad con una duración de 5 minutos más un cierre aleatorio de 30 segundos.La subasta de volatilidad por ruptura del rango dinámico se inicia cuando el precio al que se intenta negociar el valor queda fuera del límite.

El precio dinámico sobre el que se aplica el rango dinámico es, al inicio de la sesión, el precio de refe-rencia y durante la sesión es el último precio negocia-do de un valor, ya sea procedente de la última nego-ciación o del precio resultante de la última subasta.

El rango dinámico es la variación de precios per-mitida, que se aplica en función del tipo de valor, se-gún la tabla adjunta:• Warrants cuyo precio sea inferior a 0,10 euros: 500%• Warrants cuyo precio sea igual o superior a 0,10 eu-

ros e igual o inferior a 1,00 euros: 50%

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DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

• Warrants cuyo precio sea superior a 1,00 euros: 15%• Turbo Warrants e Inlines: 500%• Certificados y Bonos Estructurados: 15%• Otros Productos: 500%

En el mercado principal se aplican las normas de contratación general, en el cual a lo largo del periodo de contratación continua de 9:00 a 17:30 horas, se introducen las órdenes de compra y de venta, y se produce su negociación.

Las operaciones por bloques permiten realizar negociaciones de gran volumen. La introducción de bloques tiene unos límites de precio y volumen mí-nimo. En relación al volumen mínimo, la operación deberá de ser de 50.000 euros efectivos. El precio de-berá de estar dentro del rango dinámico vigente en cada momento del valor de que se trate. Si los blo-ques se realizan entre dos miembros del mercado son operaciones a cambio convenido, si un miembro del mercado es el que introduce la compra y la venta, son aplicaciones.

Mientras el valor se encuentre en fase de subasta de volatilidad, suspendido o interrumpido, no se po-drán realizar bloques sobre el mismo.

Después del cierre del mercado, es decir de 17:40 a 20:00 horas, el sistema permite introducir operaciones especiales.

Tipos de órdenes• Órdenes limitadas: son órdenes con precio. Se eje-

cutan a su precio límite o mejor. Si es de compra, se ejecutará a ese precio o a un precio inferior que haya en el lado contrario del libro de órdenes. Si es de venta se ejecutará a ese precio límite o a un precio superior que haya en el lado contrario del libro de órdenes. Si no hubiese contrapartida o ésta no fuese suficiente, la orden o su resto se posicionará en el mercado por orden de precio y tiempo de introduc-ción, permaneciendo en el mismo hasta su negocia-ción o cancelación.

• Ordenes combinadas: son órdenes limitadas con precio que permite a los especialistas el envío simul-

taneo de órdenes de compra y venta de forma auto-mática y continua a través de aplicaciones externas homologadas. Las órdenes combinadas son órdenes de utilización exclusiva del especialista.

Todas las órdenes tienen una validez hasta el fin de la sesión en curso. En caso de no negociarse en el transcurso de la sesión, la orden o el resto no ne-gociado se elimina automáticamente. En cuanto a la capacidad de negociación de los participantes se dis-tingue entre capacidad por cuenta propia, por cuenta ajena(orden de terceros) y de especialista.

EspecialistaEl especialista es un miembro bursátil a través

del cual el emisor aporta liquidez a sus valores intro-duciendo de forma continuada en tiempo real, me-diante la orden combinada, los precios de compra y de venta de sus emisiones. Cada valor cuenta con la actuación de un especialista, único por valor, que a lo largo de toda la sesión cotiza precios de compra y de venta con unos requisitos de horquilla de precios y volúmenes mínimos en función de las característi-cas del valor.

Precios y unidades de negociaciónNo existe limitación alguna en cuanto al número

de títulos a negociar. Se admite cualquier orden a partir de un título, salvo que en las condiciones de emisión del valor se especifique un importe mínimo a negociar.

Los precios se expresan en euros con dos deci-males. La variación de precios mínima (tick) será de 0,01 euros.• Precio de cierre El precio de cierre de la sesión será el punto medio

de la mejor posición de compra y de la de venta, redondeado al alza.

En defecto de alguna de tales posiciones o en el caso de que el precio de cierre resultante estuviera fue-ra del rango dinámico del valor, o que el valor esté suspendido, el precio de cierre será el de la última negociación de la sesión.

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DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

En defecto de los anteriores, el precio de cierre será el precio de referencia para la sesión.

• Precio de referencia Al comienzo de cada sesión, se tomará como precio

de referencia el precio de cierre de la sesión anterior.

Tratamiento de errores evidentes de negociación

La experiencia adquirida desde la entrada en fun-cionamiento de este segmento ha puesto de manifies-to la conveniencia de contar con un régimen especial que permita corregir los errores que pueden producir-se en la negociación para este tipo de valores.

En el caso de producirse un error evidente en la negociación, el miembro que estime haber cometido dicho error deberá presentar al Departamento de Su-pervisión solicitud para dejar sin efecto dicha opera-ción afectada.

El Departamento de Supervisión valorará si la ope-ración tiene una desviación significativa en el precio respecto del que se tome como precio de valoración. El Departamento de Supervisión y la Comisión de Contra-tación utilizarán esos precios de valoración en función de las condiciones en que se haya desarrollado la nego-ciación y de las restantes circunstancias relevantes para decidir acerca del error que se invoque.

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22ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

D. Latibex: el mercado para valores latinoamericanos en euros Latibex representa un marco idóneo para ca-

nalizar de manera eficaz las inversiones europeas hacia Latinoamérica, pues permite a los inversores europeos comprar y vender las principales empre-

sas latinoamericanas a través de un único merca-do, un único sistema operativo de contratación y liquidación, y unos estándares de transparencia y seguridad reconocidos, y todo ello en una sola di-visa: el euro.

Por otro lado, permite a las principales empre-sas de América Latina un acceso sencillo y eficiente al mercado de capitales europeo. En suma, acerca

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DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

al inversor europeo una de las regiones más atrac-tivas, resolviendo la complejidad operativa y jurídi-ca, y todo ello en un entorno de alta transparencia informativa.

A efectos operativos, los valores listados en Lati-bex se negocian y liquidan como cualquier otro valor cotizado en la Bolsa española: los mismos interme-diarios ofrecen su contratación electrónica a través de SIBE, su liquidación se desarrolla en los mismos plazos y condiciones, y se les aplican las mismas ta-rifas.

Por razones de operatividad, la negociación de algunos valores en Latibex requiere agrupar un de-terminado número de acciones en “unidades de con-tratación”. Por ejemplo, la unidad de contratación de Banco Bradesco se compone tan sólo de 1 acción, la unidad de contratación de América Móvil se com-pone de 20, mientras que la de Banco de Chile está compuesta por 600 acciones… etc.

La forma mediante la cual los inversores pueden acceder e invertir en el mercado Latibex es la misma que la forma de invertir en la Bolsa española, es decir los brokers y dealers del mercado español son también los intermediarios en Latibex. Pero además el mercado cuenta con la participación directa de miembros de otras bolsas latinoamericanas, induda-bles expertos en los valores de su país de origen.

El índice FTSE Latibex All Share recoge todas las empresas cotizadas en Latibex y está ponderado por capitalización y ajustado por el free float de cada una de las compañías.

Por otra parte, el índice FTSE Latibex Top es el primer índice negociable de renta variable Latinoa-mérica denominado en euros. Está formado por los valores de mayor capitalización y liquidez, valores cuya ponderación en el índice no puede superar el 10% en cada revisión.

Los valores brasileños más líquidos forman parte del Ftse LATIBEX Brasil, selectivo que refleja la evolu-ción de la cotización de los valores brasileños que coti-zan en el mercado de valores latinoamericanos en euros.

Latibex cuenta también con una página web propia (www.latibex.com) que ofrece al inversor in-formación sobre el mercado y los valores que en él se negocian. Destacan las series históricas de precios, así como un nuevo apartado de análisis de valores (análisis fundamental, técnico y de riesgos), la infor-mación económico-financiera y los hechos relevan-tes de las compañías cotizadas.

CARACTERÍSTICAS

Mercado autorizado por el Gobierno español.Plataforma de negociación y liquidación en Euro-

pa de las principales empresas latinoamericanas.Divisa: Cotización en Euros.Contratación: A través del sistema electrónico de

la Bolsa española (SIBE).Liquidación: En D+3 mediante anotaciones en

cuenta.Conectado al mercado de origen por acuerdos de

Iberclear con los depositarios centrales latinoamerica-nos o a través de una entidad de enlace.

Intermediarios: Operan los miembros de la Bolsa española así como también operadores de los merca-dos latinoamericanos que hayan sido admitidos como miembros del mercado.

Especialistas: intermediarios que se comprome-ten a ofrecer contrapartida en todo momento, tanto en lado de compra como de venta.Índices:• FTSE Latibex All Share, que recoge todas las empre-

sas cotizadas en Latibex siempre que cumplan los mínimos establecidos en la normativa del índice.

• FTSE Latibex Top, que aglutina a los valores de ma-yor capitalización y liquidez. Se realiza en colabora-ción con FTSE, la firma de diseño y elaboración de índices del Grupo Financial Times.

• FTSE Latibex Brasil, es el índice de las compañías brasileñas que cotizan en el mercado LATIBEX. Al igual que en los dos índices anteriores, su peso viene determinado por su capitalización y capital flotante.

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DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

Horario:• Subasta de Apertura: De 8:30 h a 11:30 h• Mercado Abierto: De 11:30 h a 17:30 h• Precio de cierre: Punto medio de la horquilla, redon-

deado al alza : 17:30 h

Información:Las empresas cotizadas facilitan al mercado

la misma información que suministran a las en-tidades reguladoras de sus mercados de origen: www.latibex.com

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DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

E. MAB: El Mercado Alternativo Bursátil

El objetivo básico del MAB es ofrecer un sistema organizado de contratación, liquidación, compensa-ción, registro de operaciones y servicios de “back-office” y difusión de información para:• Acciones y otros valores de Instituciones de Inver-

sión Colectiva (IIC). • Valores e instrumentos emitidos o referidos a entida-

des de reducida capitalización. • Otros valores e instrumentos que por sus especiales

características, siguieran un régimen singularizado.

MAB PARA SICAV

El primer segmento del MAB se puso a disposición de las SICAV´s con el objeto de garantizar la liquidez de sus acciones tal como obliga la regulación vigente de Instituciones de Inversión Colectiva. El sistema se encarga de satisfacer la infraestructura de “back office” necesaria, es decir, de facilitar todas las tareas admi-nistrativas posteriores a la contratación. La liquidación y compensación, de valores y efectivos, de las com-praventas se realiza a través de Iberclear siguiendo en términos generales los mismos procedimientos y plazos que se sigue actualmente para valores de renta varia-ble cotizados en Bolsa (D+3). El registro de anotación en cuenta de los valores negociados se actualiza en Iberclear y los registros que mantienen los Servicios de Liquidación de Barcelona, Bilbao y Valencia, a par-tir de las instrucciones remitidas por Iberclear como consecuencia de la liquidación de las operaciones de compraventa o de la comunicación de otros cambios de titularidad. Se comunica igualmente a Iberclear la entidad designada que se encarga de la actualización y llevanza del libro registro de accionistas. El Mercado asegura la difusión diaria tanto de las operaciones que en él se realicen como de los precios y valores liqui-dativos. Esta información se recoge en el Boletín que

difunden las Bolsas de Valores y es objeto de difusión a través de medios informáticos.

El 21 de febrero de 2006 BME constituyó oficial-mente la Sociedad Rectora del Mercado Alternativo Bursátil, sociedad anónima perteneciente al holding de empresas de BME. En el primer semestre de 2010 se crea BME Sistemas de Negociación que pasa a asu-mir la gestión del Mercado Alternativo Bursátil.

La aceptación de este primer segmento para SICAVS ha sido excelente, consolidandose año tras año. El 29 de mayo de 2006 inició su andadura con 28 SICAV gestionadas por 17 gestoras diferentes. Al cierre de 2006, se habían incorporado 2.381 socie-dades. En el año 2007 se produjeron 907 incorpo-raciones, 715 sociedades procedentes del parqué y 192 nuevas incorporaciones, haciendo un total de 3.288 sociedades.

Durante el año 2008 se produjeron 139 incor-poraciones, 137 nuevas y 2 sociedades procedentes del mercado tradicional del parqué. A finales de 2009 el número de sociedades ascendía a 3.261, al cierre de 2010 había 3.140 . El año 2011 cerró con 3.061 sociedades de inversión de capital variable (SICAVS).

MAB: EL MERCADO ALTERNATIVO BURSÁTIL PARA EMPRESAS EN EXPANSIÓN

El Mercado Alternativo Bursátil (MAB) para empre-sas en expansión es un mercado diseñado para facilitar el acceso de las medianas y pequeñas empresas a los mercados de valores de forma que puedan beneficiarse de la financiación y liquidez que puede aportar. 2009 fué el año de las primeras incorporaciones de empresas al Mercado Alternativo Bursátil (MAB), con Zinkia, en ju-lio, e Imaginarium, en el mes de diciembre. En 2010, se incorporaron diez nuevas empresas de sectores muy di-versos: Let,s Gowex y Medcomtech en marzo, Negocio & estilo de Vida y Bodaclick (junio), Neuron Biophar-ma y AB-Biotics en julio, Grupo Nostrum en noviembre y Altia, Eurona y Commcenter en diciembre. En 2011 fueron cinco compañías las que se incorporaron al Mer-

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DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

cado, Euroespes en febrero, Catenon en junio y Lumar, Secuoya y Griño en julio. Hasta julio de 2012 otras cua-tro nuevas compañias cotizan este mercado: Bionaturis en enero, Carbures e Ibercom en Marzo y Suavitas en abril. En estos tres años de actividad, de julio de 2009 a julio de 2012, el segmento de empresas en expansión del MAB cuenta con un total de 21 compañías.

Pero si son importantes las incorporaciones de compañías al Mercado no lo son menos las posteriores ampliaciones de capital que han realizado algunas de estas empresas. Cinco de las veintiuna empresas han realizados 8 ampliaciones de capital durante los años 2011 y 2012 por un importe de 19 millones de €, 8 millones de € en 2011 y 11 millones de € en 2012.

Las empresas en expansión presentan amplias ne-cesidades de financiación, precisan poner en valor su negocio y mejorar su competitividad con todas las he-rramientas que un mercado de valores pone a su dispo-sición. Estas circunstancias, unidas al éxito reciente de otros mercados específicos para empresas en expansión en otros países, han impulsado ese mercado promovido por Bolsas y Mercados Españoles (BME).

La clave del éxito de estos mercados es, en bue-na medida, la capacidad de facilitar una información cuya calidad esté a la altura de las demandas de los inversores, a través de un formato flexible, adaptado a las capacidades de este tipo de compañías. Para ello se ha introducido una figura novedosa, que en el MAB se denomina “asesor registrado”, cuya misión es ayudar a las empresas a que cumplan los requisitos de informa-ción necesarios para iniciar y mantener la cotización en este mercado. En Junio de 2008 se inauguraba el Registro de Asesores con 14 entidades muy diversas: desde sociedades de valores y bolsa, firmas de audito-ría y consultoría hasta firmas independientes de aseso-ramiento financiero. A principios de 2010 eran 24 los Asesores Registrados. Durante el año 2010 se registra-ron 4 nuevas entidades con lo que a final de año eran ya 28 los Asesores Registrados del Mercado. En 2012 el número de asesores registrados alcanza los 30.

Adicionalmente, el mercado cuenta con la figura

del “proveedor de liquidez”, o un intermediario se-leccionado por las compañías cotizadas que ayuda a buscar la contrapartida necesaria para que la formación del precio de sus acciones sea lo más eficiente posible, al tiempo que facilita su liquidez.

La adecuada proporción entre transparencia y fle-xibilidad, unidas a un entorno de contratación atractivo para los potenciales inversores, pueden aportar a las empresas las importantes ventajas que conlleva coti-zar en un mercado. A la vez supondrá un compromiso permanente con sus accionistas y una disciplina que transforma el funcionamiento cotidiano de la empresa.

Las empresas que coticen en el MAB obtendrán mayor notoriedad y prestigio, dispondrán de acceso a capital para nuevos proyectos, tendrán una valoración objetiva, podrán ampliar su base accionarial, facilitará la salida de socios actuales y favorecerá la liquidez de las acciones. Además servirá para algunas empresas de aprendizaje o puente para con posterioridad, salir a la bolsa tradicional.

El MAB supone, en suma, una nueva alternativa de financiación para las empresas españolas y amplía el abanico de inversión para los ahorradores y las posibili-dades de diversificación de las carteras, particularmen-te de inversores institucionales.

La línea de divulgación del mercado iniciada en el año 2008 ha continuado durante todos los años , tanto a nivel de empresas, como de potenciales inversores.

VALORES DE ENTIDADES DE CAPITAL RIESGO

El ámbito de aplicación del MAB se extendió du-rante el año 2007 a otros valores distintos de las SICAV que también requieren por sus especiales característi-cas un tratamiento singularizado: el capital riesgo.

Con el objetivo de ampliar la base de inversores con acceso a vehículos de capital riesgo, el 22 de mayo de 2007, el Consejo de Administración del Mercado Alternativo Bursátil aprobaba la creación de un nuevo segmento para la cotización de Sociedades y Fondos de Capital Riesgo. El fondo de capital riesgo BBVA Capital

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DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

Privado, gestionado por BBVA Gestión, inauguraba el 27 de junio de 2007 este segundo segmento del MAB.

La posibilidad de que los fondos y sociedades de entidades de capital riesgo se negocien en un mercado organizado permite a estas figuras financieras el atractivo de una mayor liquidez y transparencia y contribuye a popularizar esta nueva clase de activos, facilitando su incorporación a las carteras de inversores institucionales y particulares.

La Ley 25/2005, de 24 de noviembre, reguladora de las entidades de capital riesgo (ECR) y sus socieda-des gestoras, dota a las mismas de un marco de actua-ción más flexible e introduce figuras financieras nuevas, cada vez más frecuentes en los países de nuestro entor-no. Una de ellas es la posibilidad de diversificar la in-versión mediante la creación de fondos y sociedades de ECR, cuyo patrimonio debe invertirse fundamentalmen-te en este tipo de vehículos. Esta figura se ha diseñado para ampliar la base de los inversores tradicionales en capital riesgo, al incluir en la misma a otros inversores institucionales e incluso al inversor minorista.

El Reglamento del Mercado Alternativo Bursátil prevé que se contraten, liquiden y registren valores o instrumentos financieros que, por sus especialescaracterísticas, requieran un régimen singularizado, como es el caso de estas ECR, tanto aquellas que in-viertan en otras ECR, como las que lo hagan direc-tamente en valores emitidos por empresas que sean objeto de su actividad.

El modelo de mercado del MAB para valores emi-tidos por ECR se basa en un sistema de fijación de pre-cios mediante la confluencia de la oferta y la demanda en un período de subasta o “fixing”, en un segmento de contratación diferenciado.

EL MAB PARA HEDGE FUNDS Y FONDOS DE HEDGE FUND

El MAB destinado a “Hedge Funds” y Fondos de “Hedge Funds” se rige por la misma normativa que se aplica a las SICAVS, con algunas especificaciones. El

21 de Julio de 2008 se aprobó y publicó la circular 5/2008 que desarrollaba el régimen aplicable a la IIC de Inversión Libre y a las IIC de IIC de Inversión Libre cuyos valores se incorporen al Mercado Alternativo Bursátil, actualizada por la circular 3/2010 de 4 de enero de 2010.

Estas instituciones presentan características pecu-liares como son la distinta periodicidad para el cálculo del valor liquidativo, régimen específico de reembol-sos, periodos mínimos de permanencia de sus accio-nistas o partícipes, régimen de preavisos para la sus-cripción y reembolso y la posibilidad de no permitir reembolsos en todas las fechas del valor liquidativo

Las ventajas que aporta el MAB a estas IIC de In-versión Libre son una mayor liquidez, la ampliación de la base de inversores, un sistema de negociación eficiente contrastado en el segmento de SICAVS, lo que puede además facilitar la transformación de algu-nas SICAVS ordinarias en SICAVS de inversión libre.

La flexibilidad del MAB ha permitido la adap-tación de sus reglas para acoger a estas instituciones; siendo Nordinvest, Sociedad de Inversión Libre gestio-nada por NORDKAPP INVERSIONES la primera socie-dad que comenzó a cotizar en este segmento del MAB en Enero de 2009. Posteriormente se han transformado en Sociedades de Invesrión Libre (SIL) y en Institucio-nes de Inversión Colectiva de Inversión Libre ICIICIL algunas de estas SICAVS. Al cierre de 2011 cotizan en este segmento del MAB 4 SIl ( Alpes 2000, Diversity Inversiones, Equilibria lnvestments y Nordinvest) y 2 IICIICIL (Breixo Inversiones y Team Spirit).

INCENTIVOS FISCALES Y AYUDAS A LAS EMPRESAS

Uno de los elementos que se ha considerado de especial relevancia para promover el éxito del Mer-cado Alternativo Bursátil (MAB) para empresas en ex-pansión son los incentivos fiscales. Tendrían un coste recaudatorio muy reducido, mientras que su eficacia y contribución sería muy alta, ya que gozan de una especial receptividad entre los inversores a la hora

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28ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

de sus decisiones de inversión y se han demostrado como uno de los instrumentos de mayor eficacia para el desarrollo de los mercados alternativos que ya exis-ten en Europa.

A nivel estatal se han solicitado los siguientes incentivos:1. En el Impuesto sobre Sociedades se propone la me-

jora en el tratamiento de los dividendos y plusvalías en dicho impuesto de forma asimilada a los benefi-cios fiscales concedidos al capital-riesgo.

2. La exención o bonificación en el Impuesto de Trans-misiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documen-

tados para las compañías que amplíen capital, ó la aplicación de incentivos fiscales para la transmisión sucesoria de acciones de sociedades incluidas en el MAB. Se plantea también la asimilación de este mercado alternativo a los mercados secundarios de valores en cuanto a la normativa fiscal, para evitar posibles discriminaciones.

3. Para el Impuesto de la Renta de las personas Físicas (IRPF) se solicita la deducción en la cuota íntegra de dicho impuesto en el caso de particulares pequeños ahorradores que invirtiesen de forma estable en com-pañías del MAB, así como el diferimiento de las plus-valías si se reinvierte en una compañía del MAB.

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29ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

F. Índices IbexEn el año 1991 Sociedad de Bolsas se plantea

la necesidad de crear un índice representativo del Mercado Continuo ante la creciente importancia de éste respecto al total de la renta variable negociada en España (más del 90%). A esto se unió la nece-sidad de un índice sobre el que se pudieran ne-gociar productos derivados dado lo avanzado que estaba este proyecto por parte de MOFEX (luego MEFF RV).

Dado que en estas fechas ya funcionaban en el mercado los índices FIEX 35 y MEFF 30, y que ya se habían emitido warrants referidos al FIEX 35, Sociedad de Bolsas decidió adquirir los 2 índices existentes, continuar con la serie del FIEX 35 - con un valor base de referencia de 3.000 puntos a 31 de Diciembre de 1989 -, cambiar el nombre por el de IBEX 35®, y comenzar a difundirlo como propio el 14 de Enero de 1992, fecha de nacimiento del mercado de opciones y futuros.

El IBEX 35® es el índice oficial del Mercado Continuo de la Bolsa española. La Sociedad de Bol-sas, S.A. lo calcula, publica y difunde en tiempo real. Es un índice ponderado por capitalización, compuesto por las 35 compañías más líquidas en-tre las que cotizan en el Mercado Continuo de las cuatro Bolsas españolas.

Está diseñado para actuar como Índice Oficial del Mercado Continuo español, utilizado por los analistas tanto nacionales como internacionales para observar la evolución de la Bolsa española y como Activo Subyacente en la negociación, com-pensación y liquidación de contratos de opciones y futuros en el Mercado Español de Opciones y Fu-turos de Renta Variable (MEFF RV), así como en la creación de productos financieros como certifica-dos y fondos cotizados en Bolsa (ETFs).

La selección de los valores que componen el índice se realiza por un Comité de Expertos inde-pendiente en base a criterios en los que priman la

elección de aquellos que presentan mayor liqui-dez y la ponderación de los mismos en el índice por la capitalización bursátil ajustada por capital flotante, permite la consecución de los objetivos de representatividad y fiabilidad del indicador. Es-tos dos objetivos suponen por una parte que el índice refleje la realidad del mercado español, y por otro que el número y la elección de los valores integrantes del índice no permita la prác-tica de actividades manipulatorias sobre el indi-cador garantizando de esta forma la eficiencia del mismo.

Las funciones del Comité Asesor Técnico res-ponsable de los Indices son:• Supervisar que el cálculo de los Indices es reali-

zado por el Gestor de acuerdo con las presentes Normas Técnicas para la Composición y el Cál-culo de los Indices de Sociedad de Bolsas vigen-tes en cada momento.

• Garantizar, en su caso, el buen funcionamiento de los Indices para su utilización como subya-cente en la negociación de productos derivados.

• Estudiar y aprobar, cuando lo estime oportuno y en un plazo nunca superior a 3 meses, las rede-finiciones de los Indices.

• Definir las normas de composición y cálculo del índice.

Las reuniones ordinarias del Comité Asesor Técnico, se celebran dos veces al año, coincidien-do con los semestres naturales y con motivo de las redefiniciones de los Indices para el siguiente pe-ríodo.

Las reuniones de seguimiento se celebran dos veces al año, en los trimestres naturales no coin-cidentes con los semestres naturales. En ellas, se modificarán los componentes unicamente cuando éstas hayan experimentado un cambio significativo en su liquidez, que aconseje la redefinición de los índices para el siguiente período.

Las restantes reuniones tendrán carácter ex-traordinario.

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30ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

A los efectos de medir la liquidez de los valo-res, el Comité Asesor Técnico tendrá en cuenta los siguientes factores:• El volumen de contratación en Euros en el mercado

de órdenes (Segmento de Contratación del Sistema de Interconexión Bursátil denominado Contrata-ción General).

• La calidad de dicho volumen de contratación. • La suspensión de la cotización o negociación bur-

sátil durante un período de tiempo que el Comité Asesor Técnico considere suficientemente signifi-cativo.

El Comité Asesor Técnico valorará, atendiendo a la utilización del Indice como subyacente en la nego-ciación de productos derivados, una suficiente estabi-lidad, así como una eficiente réplica del mismo.

La ponderación de los componentes del IBEX 35® se ajusta en función del capital flotante de acuerdo con los siguientes tramos:

PONDERACIÓN COMPONENTES IBEX35Tramo de Capital Flotante Coeficiente aplicableMenor o igual al 10% 10%Entre el 10% y el 20% inclusive 20%Entre el 20% y el 30% inclusive 40%Entre el 30% y el 40% inclusive 60%Entre el 40% y el 50% inclusive 80%Superior al 50% 100%

Para incorporar un valor en el IBEX 35®, su capi-talización media a computar en el índice deberá ser superior al 0,30% de la capitalización media del índi-ce durante el período de control.

El índice IBEX 35® se ajusta por operaciones fi-nancieras realizadas por los valores que lo integran. El objetivo de dichos ajustes es garantizar, en la medida de lo posible y de una forma sencilla, que el mismo re-fleje el comportamiento de una cartera compuesta por las mismas acciones que componen éste. Los ajustes se realizan de manera tal que el valor del Indice no se vea, en modo alguno, alterado.

IBEX MEDIUM CAP®Este índice está orientado a los valores de media-

na capitalización que cotizan en el SIBE. Lo compo-nen 20 valores.

IBEX SMALL CAP®Este índice está orientado a los valores de peque-

ña capitalización que cotizan en el SIBE. Lo compo-nen 30 valores.

La normativa aplicable a IBEX MEDIUM CAP® e IBEX SMALL CAP® en lo relativo a fórmula de cálculo, precio, número de acciones, y ajustes por operaciones financieras, es igual que la contemplada en IBEX 35® .

IBEX TOP DIVIDENDO®El índice IBEX TOP DIVIDENDO® es un índice

ponderado por rentabilidad por dividendo.Se compone de los 25 valores que, pertenecien-

tes a los índices IBEX 35®, IBEX MEDIUM CAP® o IBEX SMALL CAP®, presenten una mayor rentabilidad por dividendo durante los doce meses anteriores a la revisión.

IBEX 35® CAPPEDEl Índice IBEX 35® CAPPED, se compone de los

mismos valores y criterio de cálculo que el índice IBEX 35®, y como ajustes al índice, incluye los mis-mos ajustes que el índice IBEX 35®, si bien establece un límite del 18% a la ponderación máxima de un valor dentro del índice.

IBEX 35® CAPPED NET RETURNEl Índice IBEX 35® CAPPED NET RETURN, se

compone de los mismos valores y criterio de cálculo que el índice IBEX 35® CAPPED, y como ajustes al índice, incluye los mismos ajustes que el índice IBEX 35® CAPPED, más un ajuste técnico al índice, por cada pago de dividendos ordinarios y otras retribucio-nes a los accionistas asimilables al pago de dividendos ordinarios.

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31ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

IBEX 35® CON DIVIDENDOSEl Índice IBEX 35® CON DIVIDENDOS, se com-

pone de los mismos valores y criterio de cálculo que el índice IBEX 35®, y como ajustes al índice, incluye los mismos ajustes que el índice IBEX 35®, más un ajuste técnico al índice, por cada pago de dividendos ordinarios y otras retribuciones a los accionistas asimi-lables al pago de dividendos ordinarios. Se descuenta el importe bruto del dividendo o retribución.

IBEX 35® CON DIVIDENDOS NETOSEl Índice IBEX 35® CON DIVIDENDOS NETOS,

se compone de los mismos valores y criterio de cálcu-lo que el índice IBEX 35®, y como ajustes al índice, in-cluye los mismos ajustes que el índice IBEX 35®, más un ajuste técnico al índice, por cada pago de dividen-dos ordinarios y otras retribuciones a los accionistas asimilables al pago de dividendos ordinarios. Se des-cuenta el importe neto del dividendo o retribución.

IBEX 35® INVERSOEl Índice IBEX 35® INVERSO, se compone de

los mismos valores que el índice IBEX 35®. El criterio de cálculo replica los movimientos diarios del índice IBEX 35® CON DIVIDENDOS en sentido contrario, es decir, si en una sesión el índice IBEX 35® CON DIVI-DENDOS tiene una rentabilidad positiva, el IBEX 35® INVERSO, en esa misma sesión, tendrá una rentabili-dad negativa en una cuantía similar.

IBEX 35® DOBLE INVERSO El Índice IBEX 35® DOBLE INVERSO, se compo-

ne de los mismos valores que el índice IBEX 35®. El criterio de cálculo duplica el comportamiento diario inverso del índice IBEX 35® CON DIVIDENDOS en sentido contrario, es decir, si en una sesión el índice IBEX 35® CON DIVIDENDOS tiene una rentabilidad positiva, el IBEX 35® DOBLE INVERSO, en esa misma sesión, tendrá una rentabilidad negativa en una cuan-tía duplicada.

IBEX 35® TRIPLE INVERSO El Índice IBEX 35® TRIPLE INVERSO, se compo-

ne de los mismos valores que el índice IBEX 35®. El criterio de cálculo triplica el comportamiento diario inverso del índice IBEX 35® CON DIVIDENDOS en sentido contrario, es decir, si en una sesión el índice IBEX 35® CON DIVIDENDOS tiene una rentabilidad positiva, el IBEX 35® TRIPLE INVERSO, en esa misma sesión, tendrá una rentabilidad negativa en una cuan-tía triplicada.

IBEX 35® DOBLE APALANCADO El Índice IBEX 35® DOBLE APALANCADO, se

compone de los mismos valores que el índice IBEX 35®. El criterio de cálculo duplica el comportamiento diario del índice IBEX 35®, es decir, si en una sesión el índice IBEX 35® tiene una rentabilidad positiva, el IBEX 35® DOBLE APALANCADO, en esa misma se-sión, tendrá una rentabilidad positiva en una cuantía duplicada.

IBEX 35® DOBLE APALANCADO BRUTO El Índice IBEX 35® DOBLE APALANCADO BRU-

TO, se compone de los mismos valores que el índice IBEX 35® CON DIVIDENDOS. El criterio de cálculo duplica el comportamiento diario del índice IBEX 35® CON DIVIDENDOS.

IBEX 35® DOBLE APALANCADO NETO El Índice IBEX 35® DOBLE APALANCADO

NETO, se compone de los mismos valores que el ín-dice IBEX 35® CON DIVIDENDOS NETOS. El criterio de cálculo duplica el comportamiento diario del índi-ce IBEX 35® CON DIVIDENDOS NETOS.

IBEX 35® TRIPLE APALANCADO El Índice IBEX 35® TRIPLE APALANCADO, se

compone de los mismos valores que el índice IBEX 35®. El criterio de cálculo triplica el comportamiento diario del índice IBEX 35®, es decir, si en una sesión el índice IBEX 35® tiene una rentabilidad positiva, el

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32ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

IBEX 35® TRIPLE APALANCADO, en esa misma se-sión, tendrá una rentabilidad positiva en una cuantía triplicada.

IBEX 35® IMPACTO DIV El índice IBEX 35® IMPACTO DIV es un índice

que recoge el importe acumulado de los dividendos, en puntos de índice, pagados por las compañías que componen el índice IBEX 35® en un período prede-terminado.

FTSE 4GOOD IBEX®El índice FTSE4Good IBEX, creado por BME y

FTSE, es un índice ponderado por capitalización, compuesto de compañías españolas cotizadas en los mercados operados por BME con prácticas de negocio socialmente responsables.

Las compañías que se incorporen al índice debe-rán cumplir con los criterios de responsabilidad social y medioambiental de FTSE4Good.

BME AMPLÍA LA SERIE DE ÍNDICES IBEX 35®

BME amplía la serie de índices IBEX 35® con la creación de tres nuevos índices negociables, todos ellos basados en el IBEX35®. Los nuevos índices, de-nominados IBEX 35® TRIPLE APALANCADO NETO, IBEX 35® X5 APALANCADO NETO e IBEX 35® IN-VERSO X5, comenzarán a calcularse y difundirse en tiempo real a partir del día 22 de noviembre.

El IBEX 35® TRIPLE APALANCADO NETO ofrece una triple exposición a la revalorización del índice IBEX 35® CON DIVIDENDOS NETOS, mediante un capital inicial más un préstamo de cuantía equivalen-te. Una rentabilidad positiva del IBEX 35® CON DIVI-DENDOS NETOS, devuelve una rentabilidad también positiva pero triple para el IBEX 35® TRIPLE APALAN-CADO NETO y viceversa, siempre si nos referimos a una base de cálculo diaria.

El IBEX 35® X5 APALANCADO NETO ofrece una quíntuple exposición a la revalorización del índice IBEX 35® CON DIVIDENDOS NETOS, mediante un capital inicial más un préstamo de cuantía equivalen-te. Una rentabilidad positiva del IBEX 35® CON DIVI-DENDOS NETOS, devuelve una rentabilidad también positiva pero multiplicada por cinco para el IBEX 35® X5 APALANCADO NETO y viceversa, siempre si nos referimos a una base de cálculo diaria.

El IBEX 35® INVERSO X5 ofrece una revalorización quíntuple del IBEX 35® CON DIVIDENDOS (BRUTOS) en sentido inverso, es decir, una rentabilidad negativa del IBEX 35® CON DIVIDENDOS (BRUTOS), devol-vería una rentabilidad positiva con quíntuple importe para el IBEX 35 INVERSO X5 y viceversa, siempre si nos referimos a una base de cálculo diaria.

Estos nuevos índices nacen con la finalidad de servir de subyacente de productos financieros como warrants, certificados o Fondos Cotizados (ETFs). A través de estos instrumentos se ofrece al inversor un amplio rango de estrategias de inversión.

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33ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

G. Corros ElectrónicosLa evolución técnica y operativa hicieron conve-

niente durante el año 2009 establecer un sistema elec-trónico de negociación para estos valores que fuera único para las cuatro Bolsas de valores.

El horario se compone de dos periodos de nego-ciación bajo la modalidad de subasta, en las que está permitida la introducción, modificación y cancelación de órdenes sin que se produzcan negociaciones hasta la finalización de la misma al precio de equilibrio que exista en ese momento. De este modo se consigue una disminución de la volatilidad y una formación más efi-ciente de los precios de estos valores.

Los horarios de estas subastas, basados en el seg-mento de Fixing de SIBE son: • Primara subasta se realizará entre las 8:30 y las 12:00

horas. • Segunda subasta tendrá lugar entre las 12:00 y las

14:00 horas.

Tipología de las órdenesLos tipos de órdenes que se permiten en este sis-

tema electrónico son:• Órdenes limitadas • Órdenes de Mercado • Órdenes Por Lo Mejor

Rangos estáticos de preciosEn este sistema también existen los rangos está-

ticos, que se definen como la variación máxima per-mitida respecto del precio estático y se expresa en porcentaje. El precio estático es el precio fijado en la última subasta (precio de asignación de la subasta). De modo que el precio de equilibrio de las subastas no podrá exceder los límites de dicho rango estático.

Operaciones especialesAdemás, en un horario de 17:40 a 20:00h, a tra-

vés del mercado de Operaciones Especiales pueden negociarse acciones con las contrapartidas fijadas de antemano, siempre que cumplan con unas condicio-nes establecidas en función del volumen efectivo y del precio.

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RentaVariable

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ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO D E L M E R C A D O D E V A L O R E S E S P A Ñ O L

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Renta Fija

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36ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

A. Deuda Corporativa. AIAF. La Plataforma SEND

AIAF Mercado de Renta Fija se ha consolidado en los últimos años como una sólida referencia en la industria financiera y como una de las principales fuentes de financiación de la economía privada. Para reforzar este objetivo de canalización de recursos al sector privado, y para atender de forma eficaz a las ne-cesidades reales del Mercado, la Sociedad Rectora de AIAF, con la participación de todos los que operan en él, ha venido perfilando a lo largo de los últimos años todo un amplio abanico de iniciativas y ha definido un modelo con capacidad incluso de ser trasladado, en su caso, a otros países. Su naturaleza de Mercado Oficial y Organizado le diferencia de la mayoría de los países europeos que no disponen de un mercado específico oficial de renta fija privada.

CARACTERÍSTICAS DEL MERCADO

AIAF es el Mercado Oficial español de renta fija pri-vada. Operan en el Mercado los miembros del mismo, ya sea por cuenta propia o por cuenta de sus clientes.

Actualmente está integrado en la sociedad Bolsas y Mercados Españoles (BME).

Como características principales que lo definen podemos destacar que es un mercado, además de ofi-cial, secundario, organizado, regulado y descentraliza-do de valores de renta fija.

MERCADO SECUNDARIO

AIAF Mercado de Renta Fija es un mercado secun-dario en el que se negocian títulos de renta fija, como son los pagarés de empresa, bonos, obligaciones, cé-dulas hipotecarias, bonos de titulización, participacio-nes preferentes, etc., que previamente han sido puestos en circulación por el emisor en el mercado primario y admitidas a cotización en él.

Entre las funciones que realiza AIAF Mercado de Renta Fija, por ser un mercado secundario, destacan tres: proporciona liquidez a los valores emitidos, por lo que facilita la inversión en su suscripción, ya que se hace posible la desinversión sin necesidad de es-perar a la amortización del título; determina el precio de los valores en el mercado secundario, función que se conoce como proceso de formación de precios; y contribuye a la reducción de los costes de transacción, es decir, de los costes de búsqueda del comprador o vendedor, y los costes de información acerca del valor para fijar su precio.

Como mercado secundario, su actividad tiene una fuerte relación con el mercado primario, es decir, con el momento de la emisión y suscripción de los valores que, a continuación, serán admitidos a cotización en AIAF Mercado de Renta fija. En la teoría y desde el punto de vista formal el mercado primario queda bien diferenciado del mercado secundario; el primero com-prende la emisión y suscripción de los valores, y, una vez en circulación, las siguientes transmisiones com-prenderán el mercado secundario; una vez admitidas a cotización en AIAF Mercado de Renta Fija. Sin em-bargo, en la práctica, esta distinción no siempre es tan clara cuando tratamos con emisiones de renta fija. En ocasiones, la negociación de los valores comienza en un momento anterior al desembolso de los mismos y, de esta manera, se produce una interconexión entre los procesos de emisión, en el mercado primario, y de re-distribución / contratación, en el mercado secundario.

MERCADO DESCENTRALIZADO

Como regla general la negociación y contratación de los valores de renta fija admitidos a cotización en AIAF Mercado de Renta Fija no se realiza en un lugar fí-sico concreto, ni con la utilización de un medio exclu-sivo de cotización, sino que la realizan los miembros del Mercado desde sus propias mesas de contratación y con un sistema abierto y flexible para la difusión de precios y la negociación, que tiene lugar fundamental-

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Renta Fija

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37ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

mente por vía telefónica (artículo 28 del Reglamento de AIAF Mercado de Renta Fija). Por consiguiente, se dice que es un mercado descentralizado, hecho que le proporciona una gran flexibilidad.

Miembros de AIAFPara operar en AIAF Mercado de Renta Fija es ne-

cesario ser miembro del mismo.El artículo 10,1 del Reglamento de AIAF Mercado

de Renta Fija establece que “podrán ser miembros del Mercado aquellos que reúnan la condición de sujetos del mercado conforme a la Ley del Mercado de Valores”.

En este sentido el artículo 37 de la Ley del Merca-do de Valores, en su apartado 1, dispone que “Podrán ser miembros de los mercados secundarios oficiales de valores, con sujeción a los requisitos previstos en esta Ley o los que se fijen reglamentariamente para cada tipo de mercado, las siguientes entidades:

a) Sociedades y Agencias de valores.b) Las entidades de crédito españolas. c) Las empresas de servicios de inversión y las en-

tidades de crédito autorizadas en otro Estado miembro de la Unión Europea, siempre que, además de cumplir los requisitos previstos en el Título V para operar en España, en la autorización dada por las autoridades de su país de origen se les faculte para prestar los servicios de inversión contemplados en los apartados b) o c) del número 1 del artículo 63.

d) Las empresas de servicios de inversión y las en-tidades de crédito autorizadas en un Estado que no sea miembro de la Unión Europea, siempre que, además de cumplir los requisitos para operar en España previs-tos en el Título V de esta Ley, en la autorización dada por las autoridades de su país de origen se les faculte para prestar los servicios de inversión contemplados en los apartados b) o c) del número 1 del artículo 63. El Ministro de Economía y Hacienda podrá denegar o condicionar el acceso de estas entidades a los merca-dos españoles por motivos prudenciales, por no darse un trato equivalente a las entidades españolas en su país de origen, o por no quedar asegurado el cumpli-

miento de las reglas de ordenación y disciplina de los mercados de valores españoles.”

Los derechos que adquieren las entidades por su condición de miembros del Mercado están recogidos principalmente en el artículo 11 del Reglamento del Mercado, sin perjuicio de otros que pudieran derivar-se de la legislación aplicable, y son los siguientes: a) Realizar transacciones en el Mercado por cuenta pro-pia y/o de sus clientes, en su caso; b) Cotizar y cruzar operaciones con otros miembros, bien directamente o a través de mediadores-brokers. A tal fin son respon-sables de dar precios exactos y actualizarlos. Deben ajustar, en todo caso, su actuación a lo establecido en el presente Reglamento y en la legislación aplicable; c) Cotizar y cruzar operaciones con sus clientes con respecto, en todo caso, a lo establecido en los artículos 30 al 35 del Reglamento y en la legislación aplicable; d) Cotizar en el sistema normalizado de acuerdo con los artículos 27 al 29 del Reglamento, y en los sistemas homologados, de acuerdo con los artículos 36 al 38 del Reglamento; e) Recibir información del Mercado en igualdad con el resto de los miembros; f) Recibir información relativa a las transacciones efectuadas; g) Obtener para cada fecha y valor detalle exacto del saldo vivo de los valores registrados en sus cuentas; h) Presentar sus reclamaciones por los procedimientos establecidos en el Reglamento.

De la misma forma, las entidades que adquieren la condición de miembros del Mercado asumen prin-cipalmente las obligaciones contenidas en el artículo 12 del Reglamento y, claro está, sin perjuicio de otras que pudieran derivarse de la legislación aplicable, y son las siguientes: a) Cumplir el Reglamento y las Cir-culares que lo desarrollan. b) Comunicar al Mercado la información exigible respecto a sí mismo y, en su caso, a sus clientes. c) Comunicar las operaciones efec-tuadas y las que sean exigibles para la confirmación, compensación y liquidación. d) Informar de volúme-nes, precio y TIR en los casos, condiciones y plazos determinados por el Reglamento. Se entiende por vo-lumen el importe total nominal cruzado y por precio el

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Renta Fija

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38ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

cambio de la operación. e) Formular las propuestas de posición de acuerdo con lo establecido en los artículos 28, 32, 35, 37 y 40 del Reglamento. f) Cotizar precios de compra en firme o indicativamente, según los casos, y dar contrapartida de acuerdo con lo establecido en el Reglamento. g) Mantener un “Registro de operaciones por cuenta propia” y un “Registro de operaciones por cuenta de terceros”. En el Registro de operaciones por cuenta de terceros cada miembro debe hacer constar por su orden, todas y cada una de las operaciones con-tratadas en el Mercado con sus clientes y que afecten a la titularidad de los valores. Los miembros obtienen o están en disposición de obtener para cada fecha y para cada valor detalle exacto del saldo vivo de los valores registrados. Cada miembro solo responde de sus regis-tros. h) Los miembros tienen la obligación de expedir y entregar a sus clientes resguardos justificativos de las operaciones efectuadas por cuenta de los mismos y dadas de alta en el Registro de terceros. Los justifi-cantes deben contener, al menos, los siguientes datos: Identificación completa del valor adquirido, nombre y apellidos, razón o denominación social del inversor, domicilio, número de identificación fiscal, valor no-minal, precio de adquisición y retención practicada, en su caso; además de los justificantes expedidos, los miembros deben facilitar a sus clientes, a petición de los mismos, los documentos acreditativos de los saldos de los distintos valores que mantengan a nombre y por cuenta de ellos, en una fecha determinada. i) Colaborar con el Organismo Rector en el control y supervisión para el buen funcionamiento del Mercado. j) Cumplir y velar por el cumplimiento de lo previsto en la Ley del Mercado de Valores, en particular en sus artículos 78 al 83 y normas de desarrollo.

Valores negociablesLos valores negociables en AIAF Mercado de Ren-

ta Fija son los de renta fija, y, en particular los que enumera el artículo 8 del Reglamento del Mercado. Sin embargo, la enumeración que realiza el citado artículo no es limitativa, ya que en su apartado 2 establece que

“previo informe de la Comisión Nacional del Mercado de Valores corresponde al Organismo Rector aprobar las distintas clases de valores que pueden ser cotizados y negociados en el Mercado de acuerdo con la norma-tiva vigente”. Los valores que actualmente se negocian en AIAF Mercado de Renta Fija, ya sea por constar ex-presamente en el Reglamento o por haber sido apro-bado conforme al citado apartado 2 del artículo 8 del Reglamento, son los siguientes:

Pagarés de Empresa: Son activos a corto plazo, de duración de una semana a 36 meses. Se emiten al descuento, con rendimiento implícito. Las emisiones se realizan al amparo de un programa que establece un saldo máximo de emisión. El procedimiento de emi-sión es por adjudicación directa o adjudicación por su-basta. No tiene retención fiscal si el tenedor es sujeto pasivo del Impuesto sobre Sociedades, si están repre-sentados mediante anotaciones en cuenta, y cotiza en un mercado oficial como es el caso de AIAF Mercado de Renta Fija.

Bonos y Obligaciones: Son activos a medio y lar-go plazo; los bonos de 3 a 5 años; y, las obligaciones de más de 5 años. Los rendimientos pueden ser explíci-tos (fijos o variables), implícitos (cupón cero), o mixtos. Pueden responder a deudas principales u subordina-das. No tiene retención fiscal si el tenedor es sujeto pasivo del Impuesto sobre Sociedades, si están repre-sentados mediante anotaciones en cuenta, y cotiza en un mercado oficial como es el caso de AIAF Mercado de Renta Fija.

Activos de Titulización: Son valores negociables soportados por un conjunto de activos que proporcio-nan flujos económicos. Los citados activos deberán ser de naturaleza homogénea, con existencia de bases de datos históricos, que no tenga impedimentos lega-les para su transmisión, y con gestión técnica de los mismos. Los activos titulizables podrán recaer sobre hipotecas (en la actualidad son la mayoría) o sobre ac-tivos en general. Cuando tienen una duración a medio y largo plazo se les denomina bonos de titulización; y, a corto plazo, son pagarés de titulización.

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Renta Fija

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39ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

Cédulas hipotecarias: Son valores emitidos por entidades de crédito y garantizados por la totalidad de los préstamos hipotecarios concedidos por ésta. Pue-den tener rendimientos explícitos(fijos o variables) o implícitos(cupón cero o descuento). Su tratamiento fis-cal es similar al de los bonos.

Participaciones Preferentes: Son valores negocia-bles que forman parte del capital social del emisor, pero otorgan a sus titulares unos derechos muy diferen-tes a los correspondientes a las acciones ordinarias. Sus principales características son las siguientes. Carecen de restricciones a la libre transmisión; carecen de de-rechos políticos, salvo en supuestos excepcionales; no son canjeables ni convertibles en acciones ordinarias del emisor o del garante; carecen del derecho de sus-cripción preferente en futuras ampliaciones de capital; atribuyen el derecho a percibir un dividendo predeter-minado de carácter fijo, no acumulativo, y cuya distri-bución se efectúe en función del beneficio distribuible del emisor o del garante; tiene preferencia en el pago con respecto a las acciones ordinarias del emisor; son amortizables a voluntad del emisor; y, son susceptibles de negociación, compensación y liquidación conforme a las normas de AIAF Mercado de Renta Fija.

Bonos Matador: Son emisiones en pesetas realiza-das por un no residente. Como consecuencia de que las pesetas ya no existen estos valores han perdido su razón de ser.

Cédulas Territoriales: Son valores emitidos por entidades de crédito y garantizados por la totalidad de los préstamos hipotecarios concedidos por esta. Pue-den tener rendimientos explícitos (fijos o variables) o implícitos(cupón cero o descuento). Su tratamiento fis-cal es similar al de los bonos.

Desde el año 2007 AIAF admite las emisiones que realicen los emisores españoles en cuatro de las prin-cipales divisas distintas del euro: dólar, libra, franco suizo y yen.

Para que los valores que hemos expuesto se ne-gocien en AIAF Mercado de Renta Fija tendrán que, en primer lugar emitirse, y posteriormente admitirse a

cotización en el Mercado. La emisión es lo que consti-tuye el mercado primario. Y como es obvio, el mercado primario es imprescindible para que pueda existir el se-cundario. Por ello, a AIAF Mercado de Renta Fija, como mercado secundario se interesa especialmente por el desarrollo y crecimiento del mercado primario.

Sistemas de negociación. Compensación y liquidación.

La contratación de operaciones en los mercados descentralizados, como se ha comentado anteriormen-te la renta fija por regla general respeta este modelo, no tiene lugar a través de un medio específico de con-tratación o un modelo único de ejecución de órdenes, sino que es el resultado de la confluencia simultánea de un diversidad de procedimiento, plataformas y me-canismos que, tanto con la utilización de herramientas electrónicas como mediante los tradicionales sistemas de voz.

COTIZACIÓN, NEGOCIACIÓN Y CONTRATACIÓN

Los valores cotizan a través de un sistema de di-fusión de precios cuyas reglas las encontramos en los artículos 27, 30, 36 y 39 del Reglamento del Mercado.

La negociación y contratación de las operaciones se realizan entre los miembros del Mercado y de ma-nera descentralizada, es decir, que estos procesos los realizan los miembros a través de sus mesas de contra-tación sin necesidad de acudir a un lugar determinado para contratar.

Por otro lado, los miembros del Mercado pueden realizar las operaciones por cuenta propia o por cuenta de terceros, es decir, de sus clientes.

En la modalidad de negociación en general, tam-bién conocida coloquialmente como “tercer escalón”, pueden intervenir todos los miembros del Mercado, y la negociación y contratación se realiza mediante comunicación telefónica, bien directamente entre los miembros que tienen interés en operar, o bien a través de un mediador-broker que facilite a los miembros la

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Renta Fija

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40ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

búsqueda de contrapartida, o mediante el uso de siste-mas electrónicos “multidealer” en cuyos libros de ór-denes conviven simultáneamente las ofertas de compra y/o venta proporcionadas por todos las instituciones autorizadas para participar en la plataforma, que en este caso pueden ser tanto entidades financieras, como inversores cualificados, del tipo; Instituciones de Inver-sión Colectiva, Compañías de Seguros, etc.

El procedimiento que deberán seguir los miem-bros en estas modalidades se encuentra regulado en el Reglamento del Mercado, artículos 27 y siguien-tes. Estos artículos distinguen dos procedimientos que son los siguientes. Un procedimiento general para las operaciones que se realizan entre miembros por cuenta propia; y, un segundo procedimiento, para las operaciones que se realizan entre miembros, pero entre la cuenta propia y la cuenta de terceros, es decir, de sus clientes.

ÁMBITOS DE CONTRATACIÓN EN LA RENTA FIJA

Las compraventas que se realizan en la modalidad de negociación en general pueden serlo al contado, a plazo, simultáneas o con pacto de recompra a fecha fija ( Repo) , de conformidad con lo regulado en la Circular 2/1997, de 29 de abril, sobre operaciones de compra-venta de valores admitidos a negociación en AIAF Mer-cado de Renta Fija.

Se denomina compraventa simple al contado la constituida por una sola compraventa en la que las par-tes que contratan acuerdan una fecha de liquidación de la operación que no excede del quinto día hábil si-guiente al de la fecha de contratación.

Se denomina compraventa simple a plazo la cons-tituida por una sola compraventa en la que las partes que contratan acuerdan una fecha de liquidación de la operación que sea posterior al quinto día hábil siguien-te al de la fecha de contratación.

Se denomina compraventa simultánea la consti-tuida por dos compraventas de sentido contrario que reúna las siguientes características: ambas compraven-

tas son contratadas al mismo tiempo por las mismas partes pero el comprador en la primera será el vende-dor en la segunda, y viceversa; la emisión y el número de valores objeto de ambas compraventas serán los mismos; la fecha de liquidación de las referidas com-praventas será diferente; podrán ser ambas al contado, ambas a plazo, o la primera de contado y la segunda a plazo. Esta operaciones simultáneas funcionan, desde un punto de vista puramente financiero, como las ope-raciones Repo, diferenciándose de estas últimas en su tratamiento contable, ya que el activo se da de baja en el balance del vendedor y de alta en el comprador. En la fecha de vuelta se realiza el apunte contrario.

Contratación de valores en SENAFAIAF Mercado de Renta Fija ofrece la posibilidad

de negociar operaciones sobre valores admitidos a co-tización en el Mercado a través de la plataforma elec-trónica SENAF. Para ello se han habilitado dos ámbi-tos de contratación en función del tipo de valor que las instituciones financieras miembros de SENAF estén interesadas en cotizar y contratar, estos son:

(I) SEGMENTO DE ACTIVOS CON COLATERAL

Serán objeto de inclusión en este segmento de co-tización aquellas emisiones de valores que:

Se encuentren respaldadas por activos hipoteca-rios, préstamos al sector público o cualquier otro tipo de garantía establecida en la normativa vigente en cada momento.

Tengan un volumen emitido, agregado a nivel có-digo de valor, superior a 1.000 millones de euros.

Presenten una estructura de flujos financieros co-nocidos y preestablecidos a priori, mediante pagos de cupón fijos y con amortización final a la par.

Tengan un plazo de amortización desde la fecha de emisión igual o superior a tres años.

Gocen de una calificación crediticia equivalente o superior a AA / Aa, otorgada por alguna agencia de calificación de reconocido prestigio internacional.

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Renta Fija

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DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

(II) SEGMENTO DE NUEVAS EMISIONES

Serán objeto de inclusión en este segmento de co-tización las nuevas emisiones de valores que:

Tengan un volumen emitido, agregado a nivel có-digo de valor, superior a 200 millones de euros.

En emisor de los valores haya manifestado en su lanzamiento que la colocación de los mismos está di-rigida a inversores institucionales, españoles o extran-jeros, entendidos estos según se establece en el Real Decreto 291/1992, de 27 de marzo, sobre Emisiones y Ofertas Públicas de Venta de Valores.

Estas emisiones serán excluidas del Sistema transcu-rrido un mes desde la fecha de desembolso de los valores.

COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN

Las operaciones que se realizan en AIAF Mercado de Renta Fija por sus miembros requieren ser compen-sadas y liquidadas. Estas actividades se realizan confor-me al sistema de compensación y liquidación regulado en el artículo 42 del Reglamento del Mercado y en las Circulares que lo desarrollan.

Sin embargo, las funciones de compensación y liquidación de las operaciones realizadas en AIAF Mer-cado de Renta Fija no son realizadas directamente por este, sino que están encomendadas a otra entidad. Esta entidad es, en la actualidad, la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.(Iberclear), que gestiona los sistemas de registro, compensación y liquidación de valores nego-ciados en los mercados de valores españoles.

SEND, UNA PLATAFORMA ELECTRÓNICA PARA PARTICULARES

Bolsas y Mercados Españoles (BME), a través del Mercado de Deuda Corporativa, AIAF, ha creado una plataforma electrónica destinada a la negociación de Renta Fija para minoristas, que opera en la actuali-dad bajo la denominación Sistema Electrónico de

Negociación de Deuda (SEND).Esta nueva plataforma responde a las demandas de

los mercados y a la mayor participación de los inverso-res particulares en el mercado de bonos y supone un importante avance de cara a mejorar la transparencia y la liquidez del mercado español de Deuda Corporativa, siguiendo los requerimientos de la nueva normativa, particularmente, la MiFID y de las autoridades regula-doras y supervisoras, nacionales e internacionales.

Ofrece al inversor minorista la posibilidad de en-trar o salir, comprar o vender de forma sencilla, directa y transparente, tal como lo hace en la Bolsa, ganando en autonomía e independencia.

SEND puede considerarse una referencia objetiva para la información de los particulares en cuanto a los precios de los activos de renta fija, en un momento de intenso crecimiento del ahorro privado. Esta circunstan-cia animará, previsiblemente, a los emisores a generar emisiones destinadas a captar parte de dicho ahorro minorista.

El desarrollo de esta nueva plataforma se ha reali-zado tomando como base la experiencia y tecnología existentes en BME, con las adaptaciones necesarias al funcionamiento del Mercado AIAF de Renta Fija, lo que acredita una tecnología probada y contrastada con la que los minoristas se encuentran ya familiariza-dos y podrán beneficiarse de una operativa más segura y rápida.

Los resultados de SEND suponen la confirmación respecto a los objetivos para los que fue creado: apor-tar mayor transparencia a la renta fija española, espe-cialmente de cara a los particulares, haciendo posible a sus miembros el cumplimiento de los requerimientos que la normativa reciente plantea y garantizar al clien-te que se buscarán los precios y condiciones más favo-rables para ejecutar su orden bajo la noción de “mejor ejecución” (Best execution) para las órdenes de com-pra – venta. De esta forma se aumenta la protección del minorista, para que éste pueda entrar o salir, com-prar o vender de forma sencilla, directa y transparente, ganando en autonomía e independencia respecto a su

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Renta Fija

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DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

relación con la entidad en la que tiene depositados los títulos. Mediante un funcionamiento similar al de la Bolsa para el mercado de acciones, los inversores minoristas ven incrementada su seguridad y rapidez en las transacciones, y obtienen una información más fluida sobre los precios ya que esta plataforma aspira a convertirse en una referencia objetiva, precisa e inme-diata en cuanto a los precios de los activos que en ella cotizan. La situación de falta de confianza por parte de los inversores institucionales tradicionales en los

mercados mayoristas está llevando a no pocos emiso-res a mirar hacia los particulares, planteándose nuevas emisiones dirigidas a este público. El crecimiento del ahorro privado que se viene produciendo contribuye a reforzar este planteamiento. Por tanto, es de esperar un paulatino y sostenido crecimiento de la actividad en el SEND en la medida en que se perfeccionen sus mecanismos y su operativa, se automaticen aún más los procesos de transmisión y enrutamiento de órde-nes y se extiendan al mayor número de clientes.

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Renta Fija

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DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

B. Renta Fija BursátilEn la Bolsa española se negocian emisiones de

renta fija a través del Mercado Electrónico de Renta Fija y de los Parquets de las Bolsas de Barcelona, Bilbao y Valencia.

MERCADO ELECTRÓNICO DE RENTA FIJA

En el Mercado Electrónico de Renta Fija se nego-cian los valores de Renta Fija admitidos a cotización en las Bolsas y los valores de la Deuda Pública en Anota-ciones.

La contratación de los valores se produce de for-ma continua y electrónica con difusión en tiempo real de toda su actividad, siendo el mercado anónimo tanto en órdenes como en negociaciones. Asimismo el sis-tema de negociación facilita a los operadores los me-dios necesarios para que lleven a cabo la gestión de sus órdenes, permitiéndoles realizar consultas y funciones de mantenimiento sobre las mismas. También propor-ciona información y herramientas sobre los productos que negocian en él: características de los valores, volú-menes y precios históricos negociados, cálculo del TIR, flujo de cupones y amortizaciones, etc.

Los miembros de las cuatro bolsas españolas (miembros del mercado bajo la forma de Sociedades de Valores, Agencias de Valores y Entidades Financie-ras) y las entidades adheridas a través de los miembros bursátiles pueden negociar en este sistema. Los miem-bros del mercado tienen acceso a este sistema a través de los terminales SIBE y mediante aplicaciones externas homologadas.

El horario continuo de negociación del mercado es de 9:00 a 16:30 h.

Modalidades de contratación1. Negociación multilateralSe denomina negociación multilateral a aquella

forma de contratación en la que las operaciones son el resultado del cruce de las diferentes órdenes de compra

y de venta introducidas por los distintos miembros del mercado.

Las órdenes se colocan en el mercado atendiendo a un doble principio de prioridad en precio y tiempo de introducción. La negociación de las órdenes se pro-duce de forma automática en base a estos criterios de prioridad.

Todas las órdenes son órdenes limitadas a ejecutar a su precio límite o mejor.

En cuanto a la forma de negociar el importe nomi-nal, las órdenes limitadas pueden tener las siguientes condiciones de ejecución:• Sin restricciones: la orden se ejecutará inmediata-

mente si hay contrapartida en el mercado a ese pre-cio o mejor. Si no hay contrapartida o ésta no es suficiente, la orden o su resto se colocará en el mer-cado por orden de precio y tiempo de introducción, manteniéndose en el mismo hasta su negociación o cancelación.

• Con restricciones a la ejecución: - Volumen mínimo: La orden lleva implícita la con-

dición de que al menos se negocie un importe mí-nimo indicado como tal al introducir la orden. Si se ejecuta al menos este importe mínimo la orden per-manece en el mercado hasta la ejecución del resto, si bien este resto se podrá negociar por cualquier importe. Si no hay contrapartida suficiente para com-pletar el mínimo exigido inicialmente, la orden es eliminada del mercado.

- Todo / Nada: La orden se ejecuta si en el momento de introducirse hay contrapartida para la totalidad de su importe. En caso contrario se elimina del mercado.

- Ejecutar o anular: La orden se ejecuta por la canti-dad que exista como contrapartida en el momento de su introducción, anulándose el resto.

Las órdenes se pueden introducir con la siguiente vigencia:• Vigencia Día: La orden es válida sólo para la sesión

en curso. • Vigencia Fecha: Permite seleccionar una fecha den-

tro de los próximos 30 días. Al finalizar la sesión

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Renta Fija

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44ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

de dicha fecha la orden o su resto no negociado se cancela automáticamente.

• Vigencia 30 días: La orden o su resto no negociado se cancela automáticamente transcurridos 30 días.

2. Operaciones a cambio convenidoSe consideran operaciones a cambio convenido

aquellas en las que dos miembros del mercado acuer-dan previamente una operación y la introducen ya ce-rrada en el sistema a efectos de su difusión al mercado y su incorporación en los procedimientos de liquidación.

Para los activos de Renta Fija el importe debe ser superior a 150.000 euros efectivos y para los activos de Deuda Pública Anotada no existe ninguna limitación al importe. El precio se considera como no oficial.

3. AplicacionesSe consideran aplicaciones, disponibles única-

mente para los activos de Renta Fija, aquellas en las que el miembro del mercado introduce en el sistema una operación ya casada en la que él mismo intervie-ne la compra y la venta, a efectos de su difusión en el mercado y su incorporación en los procedimientos de liquidación.

El importe debe de ser superior a 150.000 euros efectivos. El precio se considera como no oficial.

Unidad de negociaciónLa contratación se efectúa en euros nominales.

PreciosLos precios se expresan en tanto por ciento sobre

el nominal con tres decimales para todos los activos, excepto para los activos al descuento que se expresan en rentabilidad con tres decimales (base 365). La varia-ción mínima permitida es de 0,001 por ciento.

Precio ex cupón: Los precios se expresan sin el cupón corrido. Aquellas emisiones que cumplen unos requisitos estándares que permiten conocer los distin-tos flujos (amortización, pago de cupones, etc.), se in-corporan a la modalidad de cotización “ex - cupón”. Para estas emisiones se calcula de forma automática el TIR que le corresponde a ese precio “ex - cupón”.

Precio con cupón: Los precios se expresan con el cupón corrido Aquellas emisiones que debido a sus condiciones de emisión no permiten conocer los dis-tintos flujos (importe del cupón en la fecha de inicio de devengo del mismo, amortización por sorteo,…) cotizan con el cupón incluido en el precio. Para estas emisiones el sistema no efectúa cálculo del cupón co-rrido ni del TIR.

Precio de CierreEl precio de cierre será el de la última operación

efectuada en cada sesión en el ámbito de la negocia-ción multilateral.

Precio de Referencia: es el precio de cierre.Regulación de las fluctuaciones de preciosLos precios en una emisión, sea cual sea la forma

de contratación elegida, no pueden variar más de un +/- 10% respecto al precio de cierre del último día en que dicha emisión haya sido contratada.

Excepcionalmente, para los activos que cotizan por rentabilidad (letras, pagarés, etc.) no se aplica este porcentaje de fluctuación.Liquidación / compensación de operaciones

Las operaciones realizadas sobre los activos de Renta Fija son desglosadas y comunicadas a Iberclear (plataforma SCLV), produciéndose su liquidación y compensación dentro de los plazos establecidos al efecto (actualmente en D+3).

Las operaciones realizadas sobre los activos de Deuda Pública en Anotaciones son comunicadas a Iberclear (plataforma CADE) por el propio Sistema Bur-sátil dentro de los plazos establecidos al efecto (actual-mente en D+1).

Participantes del mercadoTodas las entidades miembros de las Bolsas pue-

den negociar en el Sistema Bursátil en los valores de Renta Fija.

Los miembros de las Bolsas que a su vez son enti-dades miembros del Mercado de Deuda Pública o tie-

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Renta Fija

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DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

nen relación formalizada con alguna entidad adherida pueden operar en el Sistema Bursátil en las emisiones de Deuda Pública.

Pueden ser entidades adheridas al sistema de Deu-da Pública aquellas entidades miembros del Mercado de la Deuda Pública en Anotaciones que cumplan una serie de requisitos para poder adherirse al Régimen Bursátil de la Deuda Pública en Anotaciones.

BOLSA DE BARCELONALas emisiones de la Deuda Pública de la Gene-

ralitat de Cataluña y del Instituto Catalán de Finan-zas forman parte del Mercado de Deuda Pública de Cataluña, estos valores negocian mediante un sistema de contratación telefónico con apoyo informático de pantallas que proporcionan información de la nego-ciación y de las posiciones. El horario de negociación es de 9,00 a 17,00 horas. La liquidación de estas ope-raciones se realiza por el Servicio de Compensación y Liquidación de la Bolsa de Valores de Barcelona (SCL BARNA-Deuda).

Los bonos y obligaciones de la Generalitat de Ca-taluña dirigidos a minoristas negocian en la plataforma electrónica de renta fija de BME.

La negociación de los valores de titulización de activos se realiza con los mismos sistemas de contra-

tación y horarios que se aplican para el Mercado de Deuda Pública de Cataluña.

Alguna emisión de renta fija se negocia en corros por el procedimiento de viva voz.

BOLSA DE BILBAOEn el sistema de corros se negocian las emisiones

de renta fija destacando los bonos y obligaciones emiti-dos por el Gobierno Vasco, emisiones de Diputaciones y emisiones de entidades financieras.

La negociación de la Deuda Pública Vasca se rea-liza a través del Sistema de Anotaciones en Cuenta del País Vasco (S.A.C.)

BOLSA DE VALENCIAEn el Sistema de corros negocian las emisiones de

renta fija del Banco de Valencia, Bancaja, Caja de Aho-rros del Mediterráneo y Caja de Ahorros de Sagunto. Estos valores se liquidan a través del Servicio de Anota-ciones en Cuenta y liquidación de la Bolsa de Valores de Valencia: SACL.

Las emisiones de bonos de la Generalitat Valencia-na y del Instituto Valenciano de Finanzas que forman parte del Mercado Autonómico de Deuda Pública en Anotaciones de la Generalitat contratan en la platafor-ma electrónica de renta fija de BME.

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Renta Fija

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DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

C. Deuda pública. SENAF La plataforma electrónica de negociación de Deu-

da Pública española de BME, SENAF actúa bajo el esta-tus de Sistema Multilateral de Negociación (SMN), con adecuación a las exigencias de la MiFID y la normativa española que traspuso esta directiva europea y que crea esta nueva figura para los mercados financieros.

Con la fusión por absorción de la sociedad SENAF por parte de AIAF Mercado de Renta Fija, es esta recto-ra quien gestiona, dirige y supervisa dicha plataforma electrónica. Este proceso supone un importante avance en términos de transparencia y permite a esta platafor-ma ampliar su ámbito de negocio y añadir nuevos ins-trumentos a la gama de productos con los que pueden negociar sus Miembros.

Entre sus clientes se encuentran los principales bancos europeos y tiene terminales operativas en Ma-drid, Barcelona, Londres, París y Frankfurt. Dispone de conexión automática con el sistema de compensación y liquidación IBERCLEAR, así como con la cámara ME-FFCLEAR para la liquidación de repos.

Actúa de un modo neutral ya que su estatus le im-pide la toma de posiciones y está sometida a la supervi-sión de la CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores) y del Banco de España.

Cuenta con órganos de supervisión y resolución de controversias, como son la Comisión de Vigilancia, el Departamento de Supervisión y la Comisión de Arbi-traje, que tienen las funciones definidas en el Título IV de su Reglamento.

Tiene como misiones las de dar transparencia y seguridad al mercado, en colaboración con los Miem-bros y Reguladores de los Mercados; proporcionar acceso sencillo al mercado a través de diferentes pro-ductos como sus terminales y el SAPI y contribuir a la eficiencia y liquidez del Mercado mediante la concen-tración de posiciones de oferta y demanda en un único sistema.

Entre los objetivos de esta plataforma están el de favorecer la máxima rapidez en la operativa y la cone-

xión automática entre los diferentes miembros del mer-cado; disminuir los costes asociados a la negociación a través de la utilización de productos como el terminal interactivo y el SAPI, sin necesidad de utilizar interme-diarios y ampliar la gama de productos y mejorar las capacidades del sistema.

D. MARF: Mercado Alternativo de Renta Fija

El Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF) es una vía complementaria y alternativa de financiación para empresas pequeñas y medianas –dependientes casi en exclusiva del sistema bancario- que pueden así acceder al ahorro de inversores institucionales con unos costes ajustados.

El MARF se configura como un Sistema Multila-teral de Negociación (SMN) dirigido a inversores ins-titucionales. Este tipo de plataformas electrónicas son capaces de ofrecer mayor transparencia y liquidez en los mercados de Renta Fija y garantizar la mejor ejecu-ción de las órdenes, y con ello, la necesaria protección del inversor.

Está gestionado por AIAF, el mercado de Deuda Corporativa de BME, y dispone de dos figuras principa-les como participantes: los Miembros, entidades finan-cieras y empresas de servicios de inversión autorizadas a negociar en los mercados de valores por cuenta pro-pia o de terceros; y los Asesores Registrados, personas jurídicas con experiencia en la asesoría de empresa para la emisión de valores en los mercados que faci-litan la tramitación de la documentación y la informa-ción periódica al Mercado.

Quienes deseen emitir activos de renta fija en este mercado se beneficiará de unos menores requerimien-tos formales, una mayor agilidad en los trámites y un menor coste para las emisiones, sin perjuicio de las necesarias obligaciones de información para garantizar la confianza de los inversores respecto de los valores cotizados.

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Opciones y Futuros:MEFF

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ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO D E L M E R C A D O D E V A L O R E S E S P A Ñ O L

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Opciones y Futuros: MEFF

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DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

A. El mercado de opciones y futuros

Los instrumentos derivados son contratos que formalizan un acuerdo entre dos partes y permiten una operativa específica sobre determinados activos subyacentes (financieros o no financieros). Entre los productos financieros sobre los que existen instru-mentos derivados figuran las acciones cotizadas en bolsa, los índices bursátiles, los tipos de interés del mercado interbancario o los bonos y obligaciones ne-gociados en mercados de renta fija.

La existencia de mercados organizados para la negociación de estos productos significa la estanda-rización de los mismos (en términos de cantidad de activo subyacente o fechas de expiración) y la presen-cia de una cámara de compensación, normalmente asociada al mismo mercado, que se hace cargo de la liquidación de las operaciones.

Esas características diferencian a los productos de-rivados negociados en mercados organizados de aque-llos negociados libremente entre dos partes (conocidos como instrumentos derivados OTC “Over The Coun-ter”) y no sujetos a reglas de negociación o condiciones estándar. Tanto los derivados negociados en mercados organizados como los OTC han alcanzado una gran importancia que se refleja en los elevados volúmenes de contratación que alcanzan en todo el mundo.

Los mercados de productos derivados se han si-tuado durante la crisis financiera internacional que se inició en 2007 en el centro del debate sobre la nue-va regulación del sector financiero. El hecho de que un volumen extraordinariamente importante de estos productos se negocie de forma bilateral y no sujeta a reglas de negociación o condiciones estándar (lo que se conoce como mercado OTC “over the counter”) ha alertado sobre el potencial riesgo sistémico que acu-mulan y la necesidad de conocerlo y limitarlo.

La respuesta de los reguladores a los potenciales riesgos de los derivados OTC se orienta en dos sentidos.

Por una parte, se pretende que cada vez más contratos OTC sean compensados en una Cámara de Contrapar-tida Central; por otra se pretende impulsar el que cada vez más contratos de productos derivados sean negocia-dos en las Bolsas como productos estandarizados.

La negociación de instrumentos derivados, op-ciones y futuros, en mercados organizados, se remon-ta en España a 1989 pero no es hasta 1992 cuando se produce su estructuración y consolidación definitiva a través de MEFF, Sociedad Holding de Productos Deri-vados, la Sociedad Rectora encargada de gestionar la negociación en el mercado así como los servicios de contrapartida central que ofrece.

El marco regulatorio específico del mercado es-pañol de derivados se ha renovado recientemente me-diante el Real Decreto 1282/2010 de 15 de Octubre por el que se regulan los mercados oficiales de Futuros y Opciones y otros instrumentos derivados, así como con la aprobación por la CNMV del nuevo Reglamen-to de MEFF. A partir de de este desarrollo legislativo se amplía sustancialmente la gama de productos para los que MEFF puede ofrecer servicios de negociación o de Camara de Contrapartida Central (CCP).

En su actividad como mercado de derivados, MEFF actúa como Mercado y Cámara de Compensa-ción y ha sido reconocido internacionalmente como “Designated Investment Exchange” por la Securities Investment Board (SIB) y “Recognised Overseas Inves-tment Exchange” por el Tesoro Británico. También ha sido autorizada por la CFCT la comercialización de sus productos en Estados Unidos y ha obtenido la Part:30 Exemption para todos los miembros del mercado.

SISTEMAS DE CONTRATACIÓN DE OPCIONES Y FUTUROS

MEFF es un mercado totalmente electrónico di-señado para integrar la negociación y la liquidación y compensación en un único sistema que otorgue al mercado las prestaciones más avanzadas en tiempo real para la supervisión y control del riesgo.

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Opciones y Futuros: MEFF

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49ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

El sistema MEFF S/MART es el soporte del merca-do diseñado para garantizar la seguridad de las ope-raciones, la supervisión del mercado y permitir una permanente evolución. Ha desarrollado, además, un sistema propio de “front-office” y “back office” para facilitar la negociación y la toma de decisiones.

La tecnología MEFF ha sido implantada en otros mercados financieros como MEXDER en México, WTB en Hannover, Alemania y en la Cámara Central de Contrapartida de Colombia.

ACCESO AL MERCADO DE OPCIONES Y FUTUROS

El acceso directo al mercado está reservado a los Miembros de MEFF. Los clientes, personas físicas o ju-rídicas que realizan transacciones de compraventa de contratos en el mercado, acceden al mismo a través de los Miembros. Algunos Miembros del mercado, cumpliendo ciertos requisitos, pueden realizar ope-raciones por cuenta propia o ejercer como Creadores de Mercado (Market Makers) para algunos de los pro-ductos negociados.

En MEFF participan los siguientes tipos de Miem-bros: Miembro Negociador, cuya función es transferir órdenes de compra y venta al mercado por cuenta pro-pia o por cuenta de sus clientes; Miembro Liquidador, que se encarga de la liquidación diaria de las ope-raciones realizadas por él mismo o por otros Miem-bros Negociadores; y Miembro Liquidador Custodio, quien además de negociar y realizar la liquidación diaria, asume la función de custodiar las garantías.

A principios de 2004, se dio entrada a una nue-va tipología: los Miembros Negociadores por Cuenta Propia (MNCP). El objetivo principal de esta figura es el de generar liquidez en el mercado de derivados español. Los MNCP son entidades que no requieren ser constituidas como empresas de servicios de inver-sión o como entidades de crédito, sólo pueden operar por cuenta propia y tienen, en general, unos recursos propios bajos. En las principales bolsas de derivados del mundo, los MNCP suelen ocupar las primeras po-siciones en el ranking de contratación y constituyen

uno de los motores de liquidez del mercado. La gene-ralización de los mercados electrónicos les ha permi-tido crear firmas que acceden desde un mismo punto a tantos mercados como deseen.

PRODUCTOS DERIVADOS SOBRE RENTA VARIABLE

Contratos de Futuro• Futuros sobre el Índice IBEX-35 Son contratos de fu-

turo cuyo subyacente es el citado Índice IBEX-35. El contrato negociado tiene, desde el 4 de enero de 1999 y como consecuencia de la entrada en vi-gor del euro, un valor que resulta de multiplicar el Índice IBEX-35 por 10 euros, es decir, cada punto de precio equivale a 10 euros. Las cotizaciones se expresan en puntos de IBEX 35. Los contratos se liquidan por diferencias. Además de los contratos con vencimientos estándar negociados, se admiten a registro contratos con vencimientos en fechas no estándar.

• Futuros Mini sobre el Índice IBEX-35. Lanzados el 22 de noviembre de 2001, son contratos de futuro cuyo subyacente es también el Índice IBEX-35 pero el multiplicador es 1 euro, es decir, cada punto del precio equivale a 1 euro. Las cotizaciones se expre-san en puntos de IBEX. Los contratos se liquidan por diferencia.

• Futuros IBEX 35 IMPACTO Div. Son contratos de futuro sobre el índice IBEX 35 Impacto Div, que acumula los dividendos pagados por las compañías que componen el índice IBEX 35 durante un año. El tamaño del contrato es el nivel del índice IBEX 35 Impacto Div multiplicado por 10 euros. Las cotiza-ciones se expresan en puntos del índice subyacente. Los contratos se liquidan por diferencias.

• Futuros sobre acciones negociadas en las Bolsas espa-ñolas. Se negocian contratos de futuro sobre acciones de las principales compañías cotizadas en las Bolsas españolas (Sistema de Interconexión Bursátil), incluí-das todas las que componen el IBEX 35. Un contra-to de futuro sobre acciones tiene como subyacente 100 títulos del valor que corresponda (el número de

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Opciones y Futuros: MEFF

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50ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

acciones puede ajustarse como consecuencia de ope-raciones corporativas). La cotización es en euros por acción con dos decimales. Los contratos se negocian en dos modalidades: con liquidación por entrega y con liquidación por diferencias. Además de los con-tratos con vencimiento estándar negociados, se admi-ten a registro contratos con vencimiento en fechas no estándar, de ambas modalidades de liquidación.

• Futuros sobre acciones europeasDesde septiembre de 2007 se negocian futuros

sobre acciones de las principales compañías europeas cotizadas, con liquidación por diferencia. además de los contratos con vencimiento estándar negociados, se admiten a registro contratos con vencimiento en fechas estándar.

Contratos de Opción• Opciones sobre el Índice IBEX-35. Son contratos de

opción, de compra (call) y venta (put), cuyo subya-cente es el Futuro Mini sobre el Índice IBEX 35. Las primas se expresan en puntos enteros de IBEX 35 y cada punto tiene un valor de 1 euro. Los contratos se liquidan por diferencias. Además de los contratos con precio de ejercicio y vencimiento estándar ne-gociados, se admiten a registro contratos con precio de ejercicio no estándar y/o vencimiento en fechas no estándar.

• Opciones sobre acciones. Son contratos de opción cuyo subyacente son 100 acciones de las principa-les compañías cotizadas en las Bolsas españolas (Sis-tema de Interconexión Bursátil), incluidas todas las que componen el IBEX 35. El número de acciones puede ajustarse como consecuencia de operaciones corporativas.

La cotización de las primas se efectúa en euros con dos decimales por acción, por lo que la prima de un contrato resultará de multiplicar la prima por acción por el número de acciones (generalmente 100) que forman el contrato.

Los contratos están disponibles en estilo ameri-cano (ejercitables cualquier día hábil hasta la fecha de vencimiento) y en estilo europeo (ejercitables sólo en la fecha de vencimiento), en la modalidad de liquidación por entrega. Además de los contratos con precio de ejercicio y vencimiento estándar ne-gociados, se admiten a registro contratos con precio de ejercicio no estándar y/o vencimiento en fechas no estándar, y con liquidación por entrega o por diferencias.

HorarioDesde el día 17 de enero de 2000, y coincidien-

do con la ampliación de horario del mercado bursátil, el período de negociación de los futuros y opciones sobre el Índice IBEX-35 y de los futuros y opciones sobre acciones es de 9.00 a 17.35.A partir del 21 de mayo de 2012, la negociación de los contratos de fu-turos sobre el IBEX 35 se amplñia de 9.00 horas a 20.00 horas.

PRODUCTOS DERIVADOS SOBRE RENTA FIJA

Futuro sobre Bono a 10 añosSe negocian contratos de futuros sobre un bono

“nocional” de deuda pública española a 10 años de 100.000 euros de valor nominal y con cupón anual del 4%. El horario de negociación de los futuros sobre el Bono a 10 años es desde las 8.00 a las 17.15

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Opciones y Futuros: MEFF

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51ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

B. MEFF Power, Cámara de Contrapartida Central para derivados de electricidad

MEFF Power, el servicio de MEFF para el merca-do de la electricidad, entró en funcionamiento el 21 de marzo de 2011 para ofrecer servicios de Cámara de Contrapartida Central (CCP) para los derivados sobre energía negociados OTC, contribuyendo así a dar ma-yor fluidez y transparencia al mercado eléctrico y a un mayor control de las operaciones OTC.

La liquidación y gestión de riesgos y garantías de los futuros sobre electricidad se realizan dentro de la actual Cámara de Contrapartida de MEFF, mediante la creación de un segmento de energía denominado MEFF Power.

MEFF viene prestando diversos servicios de ges-tión de riesgos a empresas del sector eléctrico desde 2006 y ha sido gestor de subastas de opciones de

energía primaria. A través de esta relación ha podido recoger la demanda que han expresado participantes en el mercado eléctrico español para disponer de los servicios de Cámara de Contrapartida para el merca-do OTC.

Los productos aceptados para su registro serán Futuros y Swaps sobre electricidad. Pueden ser miem-bros de MEFF Power todos los operadores del merca-do eléctrico, bancos de inversión e intermediarios que lo deseen y cumplan los requisitos pertinentes. La ne-gociación de los contratos sobre electricidad se realiza mayoritariamente a través de brókeres especialistas.

Los contratos negociados se reportan a MEFF, quien se convierte en comprador frente al vendedor y en vendedor frente al comprador garantizando el buen fin de las operaciones y procediendo a su registro, compensación y liquidación. La liquidación y gestión de riesgos y garantías de estos productos se realizarán con los sistemas, internacionalmente reconocidos, de la cámara de contrapartida central de MEFF.

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Opciones y Futuros: MEFF

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52ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

C. MEFFRepo, Cámara de Contrapartida Central para operaciones ‘‘repo’’ sobre renta fija

Bajo el nuevo marco legislativo aprobado en 2011 la Cámara de Contrapartida Central (CCP) de MEFF puede dar cabida a algunos tipos de operacio-nes sobre valores de renta fija negociadas en merca-dos de valores, sistemas electrónicos o negociadas por otros medios entre los Miembros Liquidadores y/o Clientes.

Así, una vez se proceda al Registro en la CCP de

MEFF de una operación, los derechos y obligaciones derivados de dicha operación para las partes intervi-nientes se entenderán automáticamente novados, me-diante la inclusión de la Camara como contrapartida, surgiendo nuevos derechos y obligaciones por parte de los Miembros y/o Clientes de y frente a ésta y extin-guiéndose los que hasta ese momento existieran entre los Miembros Liquidadores o Clientes que hubieran celebrado la operación en su origen.

Dentro de este ámbito de actuación se encua-dra ya MEFF Repo, un segmento de esta cámara para operaciones repo (con pacto de recompra) sobre va-lores de renta fija, cuya anterior denominación era MEFFCLEAR.

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Liquidación y compensación

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ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO D E L M E R C A D O D E V A L O R E S E S P A Ñ O L

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Liquidación y compensación

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54ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

A. Iberclear

IBERCLEAR es el depositario central de valores español encargado del registro contable y de la com-pensación y liquidación de los valores admitidos a negociación en las Bolsas de Valores españolas, en el Mercado Alternativo Bursátil, en el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, en AIAF Mercado de Renta Fija, así como en Latibex, mercado de valores latinoa-mericanos en euros.

El registro contable está estructurado en forma de un registro central, a cargo de IBERCLEAR, en el que se recogen los saldos de valores agregados por cada una de las entidades participantes, y un registro de detalle, a cargo de estas últimas, en el que los valores quedan anotados a nombre de cada titular.

IBERCLEAR mantiene dos plataformas tecnoló-gicas: SCLV, dedicada al registro y la liquidación de los valores admitidos a negociación en las Bolsas, en el MAB y en Latibex, y CADE, que realiza funciones equivalentes para los valores del Mercado de Deuda Pública y de AIAF.

PLATAFORMA SCLV

Para todas aquellas operaciones que se hayan con-tratado en alguna de las Bolsas de Valores o en el MAB, inmediatamente después de que haya tenido lugar dicha contratación, los miembros del mercado que las hayan intervenido comunicarán a IBERCLEAR, a través de los medios técnicos de las Bolsas de Valores, los importes, cambios y la cantidad de valores que se correspondan con dichas operaciones. Asimismo, las operaciones su-jetas a normas u horarios especiales serán también co-municadas en los mismos términos que las operaciones de mercado, pero adecuadamente diferenciadas.

PLATAFORMA CADE

El sistema de liquidación utilizado para los valores admitidos a negociación en el Mercado de Deuda Pública y en AIAF Mercado de Renta Fija, (CADE),es un sistema de entrega contra pago “Modelo 1” según la clasificación del Banco Internacional de Pagos, es decir, es un sistema de liquidación “operación a operación” del efectivo y de los valores con simultaneidad en su firmeza.

B. BME ClearingBME Clearing es la Entidad de Contrapartida Cen-

tral (ECC) del Grupo BME para los siguientes segmen-tos de actividad en derivados:

•Derivados Financieros negociados en MEFF (fu-turos y opciones IBEX 35, futuros y opciones sobre ac-ciones, futuros sobre el índice de dividendos, futuros sobre dividendos de acciones y futuros sobre el Bono Nocional 10 años).

•Repos sobre Deuda Pública.•Instrumentos derivados sobre electricidad.BME Clearing tiene su origen con motivo de los

cambios en la normativa europea, a través del Regla-mento EMIR (European Market Infrastructure Regula-tion, UE 648/2012), que ha obligado a separar las ac-tividades de contratación en los mercados (trading) de las de compensación (clearing).

Hasta entonces había sido MEFF (la Sociedad Rec-tora de Productos Derivados, perteneciente al Grupo BME) quien reunía la condición tanto de mercado ofi-cial como de Entidad de Contrapartida Central (ECC). Como consecuencia de la separación de funciones, MEFF asume la actividad de mercado como Sociedad Rectora del Mercado de Productos Derivados y BME Clearing gestiona la actividad de la ECC.

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Liquidación y compensación

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55ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

C. Otros desarrollos

LINK UP MARKETS

IBERCLEAR es parte en Link-Up Markets, una joint-venture en la que participan diez depositarios centrales de valores y cuyo objetivo es establecer una infraestructura común que permita la interoperabilidad y un procesamiento de liquidación transfronteriza mu-cho más eficiente.

A través del acceso a la infraestructura de Link-Up Markets cada depositario podrá acceder a los servi-cios del resto de los depositarios conectados. Con una única conexión, los participantes del mercado podrán recibir servicios esenciales de liquidación y custodia. La solución crea el potencial necesario para reducir de manera significativa la brecha existente entre los cos-tes de las operaciones bursátiles a escala doméstica y transfronteriza. Link-Up Markets pretende contribuir a un mercado de valores europeo más integrado y efi-ciente.

REGISTRO DE DERIVADOS OTC. REGIS-TR

REGIS-TR es un registro europeo para operaciones con derivados OTC sobre múltiples clases de activos para cumplir con el reporting según la nueva regula-ción europea EMIR. El registro facilita las tareas admi-nistrativas y contribuye a mejorar la gestión operativa de estas transacciones.

REGIS-TR recoge y administra información sobre las operaciones OTC comunicadas por los usuarios, posibilitando a los participantes del mercado y a los

reguladores tener una visión global de sus posiciones con derivados, algo que antes no era posible. Gestiona-do por Iberclear y Clearstream, ofrece la posibilidad de reportar transacciones a través de una solución sencilla y eficiente para todas las operaciones con derivados en la UE, tal como contempla la Regulación EMIR. Asímis-mo, permite cumplir con las exigencias derivadas de otras normativas como la Directiva MiFID y la Regula-ción REMIT, del sector de energía.

REGISTRO NACIONAL DE DERECHOS DE EMISIÓN. RENADE

El registro nacional de derechos de emisión de ga-ses de efecto invernadero (RENADE) es el instrumento a través del cual se asegura la publicidad y permanente actualización de la titularidad y control de estos dere-chos en España. Se trata de un registro accesible de ma-nera permanente a través de Internet al público y sus usuarios (www.renade.es). Renade forma parte del sis-tema comunitario de registros integrados. De tal forma que se encuentra conectado con el diario independien-te de transacciones comunitario (CITL - Community independent transaction log). Su explotación permite mantener un estricto control y registro de todas las tran-sacciones relacionadas con procesos de expedición, ti-tularidad, transmisión, entrega, retirada, cancelación y demás transferencias de los derechos de emisión y de las unidades definidas en el ámbito del Protocolo de Kioto. Este control se realiza tanto en el propio Registro como en el Registro Comunitario, de forma que todos los procesos relativos a los derechos de emisión que se realizan en Renade son validados y completados me-diante el intercambio de datos a través del CITL.

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Cotizar en la Bolsa española

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ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO D E L M E R C A D O D E V A L O R E S E S P A Ñ O L

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Cotizar en la Bolsa española

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58ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

A. Ventajas y vías hacia la cotización La salida de una empresa a Bolsa es una decisión

fruto de una profunda y meditada reflexión. Las moti-vaciones que conducen a las empresas a cotizar en Bol-sa son múltiples y de muy diversa índole. De hecho, cuando la compañía toma la decisión la razón no suele ser única y, en todo caso, siempre podrá beneficiarse del conjunto de ventajas que ofrece el mercado.

Una de las ventajas más destacadas que el mer-cado proporciona a las empresas cotizadas es la publi-cidad e imagen de marca de la compañía. La salida a Bolsa de una empresa actúa como mecanismo publici-tario y proporciona propaganda a la empresa, así como una mayor difusión e impacto de las acciones promo-cionales que la empresa desarrolle, empezando por la propia campaña de salida a Bolsa. En el caso de las empresas que producen bienes de consumo o servicios de uso generalizado, la Bolsa contribuye a aumentar el grado de difusión de la marca. Las evidencias apuntan a que el precio de las acciones es más elevado cuanto mayor es el número de inversores que conoce la exis-tencia de títulos de la compañía.

Esto se hace extensible a empresas que planean una futura expansión, a la obtención de créditos excep-cionales con instituciones nacionales y extranjeras, etc.

La imagen de la empresa mejora por la continua publicidad que el mercado proporciona y que tiene su eco en los medios de comunicación. La Bolsa es noti-cia todos los días.

Por otra parte, los requisitos que la Bolsa de Ma-drid exige a las empresas, son reconocidos en el mer-cado como una garantía de información y prestigio de las compañías cotizadas.

Estar en Bolsa significa que la sociedad ha alcan-zado un alto grado de organización y control. Los in-versores valorarán cada esfuerzo que se realice en la racionalización y profesionalidad de la gestión de la empresa, por lo que existe un incentivo constante a incrementar la competitividad de la compañía.

Por otro lado, las empresas tradicionalmente han buscado financiación en Bolsa. La financiación a través de Recursos Propios ofrece características de flexibili-dad y reducción de riesgo muy positivas para conseguir el equilibrio financiero deseado por cualquier empre-sa. Las empresas pueden beneficiarse de colocaciones posteriores de acciones debido a que los costes se ven reducidos tras la cotización de sus acciones.

Otro de los beneficios más destacados es el acceso por parte de la empresa a una fuente de financiación alternativa al tradicional crédito bancario. Esta oportu-nidad de poder acceder al mercado bursátil para obte-ner capital debería ser especialmente interesante para empresas con elevadas inversiones, tanto aquellas que se lleven a cabo en la actualidad como las planeadas para el futuro. Accediendo a Bolsa y haciendo pública la información a la globalidad de inversores potenciales existentes en el mercado, se produce un efecto de au-mento en la competencia entre los oferentes de fondos, situando a la empresa en una situación de mayor fuerza negociadora. Está contrastado que generalmente mejora la percepción externa de la solvencia de la empresa.

Otra gran ventaja de cotizar en Bolsa es la liqui-dez que aporta a los accionistas, lo que descarga a la empresa de la obligación moral de buscar contrapar-tida a accionistas vendedores, y ayuda a resolver con facilidad otros posibles problemas en empresas de carácter familiar. Proporciona a los dueños oportuni-dades de diversificar su inversión: directamente, des-viando inversión hacia otros activos, o indirectamente, empleando el capital obtenido a través de la OPV en comprar participaciones en otras compañías.

La compraventa de acciones entre colectivos am-plios de inversores evita situaciones de predominio que en una negociación bilateral podrían situar el precio le-jos de la valoración objetiva. Además la negociación de acciones cotizadas en un mercado organizado es más barata, especialmente para aquellos pequeños accionis-tas que pueden querer comprar o vender acciones de forma rápida.

Las acciones de una compañía que cotiza en Bol-

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Cotizar en la Bolsa española

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DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

sa cuentan con un valor de mercado objetivo, lo que las convierte en un instrumento de pago de elevada liquidez susceptible de ser ofrecido en una operación financiera, pignoración en la concesión de préstamos, donaciones, dación en pago, herencias, aportaciones en especie, retribuciones variables a empleados, etc.

La valoración del mercado supone una valio-sa referencia para los gestores de la empresa en su toma de decisiones. Este marco para la valoración de la empresa ofrece algunas ventajas adicionales. Así, las compañías pueden permitirse la reinversión de los beneficios destinados al pago de dividendos, ya que los inversores disfrutan de un mercado público donde los beneficios pueden ser realizados por medio de la venta de valores.

Evidentemente, cotizar en Bolsa supone acceder a una mayor comunidad inversora. Las empresas que deciden cotizar en Bolsa cuentan con una base de in-versores amplia y diferenciada, acostumbrada a inver-tir en proyectos empresariales y a asumir riesgos. Las compañías no tendrán que salir a buscar a los inverso-res uno a uno; en cierto modo, la Bolsa se los aporta, y por tanto pueden obtener una base de accionistas más amplia y estable.

El acceso a los distintos tipos de inversores permi-te a la compañía diseñar en buena medida la compo-sición de su accionariado y sobre todo, dotarle de una gran estabilidad.

La capacidad de control sobre esta composición es máxima cuando la salida a Bolsa se acompaña de una oferta pública de venta o suscripción en la que se puede definir con precisión a quién se da entrada en la empresa.

Como es natural, las transacciones que vayan rea-lizándose a diario en el mercado modificarán la iden-

tidad de los accionistas y, con el tiempo, incluso la distribución entre diferentes tipos de inversores. Este proceso puede ser conocido por la empresa mediante diversas herramientas.

También la cotización de una empresa en Bolsa implica una mayor profesionalización de la organiza-ción por las exigencias que exige el estar cotizando en el mercado: transparencia y obligación de información.

Las empresas cotizadas están gestionadas por profesionales cualificados capaces de dirigir la gestión diaria de la compañía en la búsqueda de la creación de valor y de transmitir de forma adecuada a los inver-sores en general y a sus accionistas en particular este compromiso. Para alcanzar este objetivo hay que to-mar las decisiones más convenientes para el futuro de la empresa a medio y largo plazo, sin estar condiciona-dos por la evolución diaria del valor.

Por ello convertir una empresa en una organiza-ción profesionalizada es uno de los grandes retos a los que tienen que enfrentarse muchas de las empresas que quieren cotizar en Bolsa.

En otro orden de cosas y dentro de las distintas políticas de incentivos para los empleados que puede llevar a cabo una empresa, se encuentra la de ofrecer a éstos la posibilidad de participar en su capital. Incen-tivar a los trabajadores y otros colectivos con acciones de la propia empresa, además de una fórmula de gra-tificación, lo que motivará un interés mayor por parte del trabajador en la marcha y gestión de la empresa integrándole de forma más activa en los nuevos planes y proyectos futuros de desarrollo de la misma. Si las ac-ciones de la empresa están admitidas en Bolsa se añade un atractivo esencial para el trabajador: la facilidad de desinversión mediante su venta en el mercado en cual-quier momento.

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Cotizar en la Bolsa española

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60ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

VÍAS HACIA LA COTIZACIÓN

El procedimiento general para cotizar en Bolsa es realizar una oferta pública de venta previa a la solici-tud de admisión a negociación. Con la operación de oferta pública se obtiene la difusión exigida, la diversi-ficación del accionariado y la liquidez necesaria para poder cotizar en el mercado.

La fase de venta o colocación de las acciones en el mercado es, sin lugar a dudas, la más importante antes de la aparición de los valores en las listas de negocia-ción. El asesoramiento y participación de algún miem-bro de mercado y/o entidades financieras con amplias redes de oficinas, es esencial en esta fase.

La colocación de acciones ya emitidas, es la vía mas adecuada para aquellas empresas que cuenten con autocartera o cuyos accionistas, algunos de ellos, de-seen vender acciones de la empresa.

Si la pretensión es inyectar recursos propios vía ampliación de capital, la opción será colocar acciones de nueva emisión. Normalmente se realiza una oferta pública (o privada) de suscripción. Es decir, se venden los derechos de suscripción y los inversores suscriben inmediatamente la ampliación aportando, si hubiere, la prima correspondiente.

Si la finalidad perseguida consiste en una capta-ción masiva de fondos junto a una atomización del accionariado, la colocación suele ser pública, circuns-tancia que puede venir reforzada por las normas de prorrateo en el caso de producirse una sobredemanda de los títulos y propiciando de esta manera la entrada de accionistas minoritarios de carácter estrictamente fi-nanciero, que no plantearán problemas a la dirección de la empresa. Una colocación privada, por su parte, posibilitará un mayor conocimiento de los nuevos ac-cionistas que facilitará el seguimiento futuro del valor en el mercado.

El precio de colocación de las acciones es uno de los componentes esenciales que van a determinar el éxito de la “salida”.

La valoración de las acciones debe ser objeto de un profundo análisis de la compañía y su compara-ción con las empresas del mismo sector cuyos títulos ya se encuentran cotizando en orden a establecer un precio competitivo a la vez que atractivo.

La fijación del precio deberá tener en cuenta la proyección de resultados, la valoración teórica de la empresa y la situación del mercado de valores entre otros factores. Sin embargo, el precio óptimo no tiene porqué coincidir con el que se ajusta exac-tamente al diseño financiero de la operación y en la valoración deberán tenerse en cuenta factores de otra índole como, por ejemplo, la imagen externa de la compañía, sin olvidar que épocas de evolu-ción bursátil positiva permiten la fijación de un pre-cio de venta algo más elevado y viceversa.

En algunas colocaciones de acciones, el siste-ma elegido ha sido el de establecer una horquilla de precios máximo y mínimo y una vez cerrado el periodo de prospección de la demanda fijar el precio definitivo de colocación de las acciones.

También se pueden establecer diferentes valora-ciones en función de los distintos tipos de inversores que se deseen primar a la hora de su entrada en el capital y de esta forma, se podrá fijar un precio para los inversores institucionales, otro para los inverso-res minoristas, otro para los extranjeros e incluso otro distinto para los empleados, activos y jubilados.

Finalizado el proceso de colocación se soli-cita a la Bolsa la admisión a cotización. Es conve-niente que los trámites para la admisión se realicen de forma simultánea durante el periodo de coloca-ción, con objeto de facilitar la inmediata liquidez del valor.

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Cotizar en la Bolsa española

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DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

B. Requisitos El Capitulo V del Reglamento de las Bolsas de Co-

mercio sigue en vigor en todo aquello que no se opon-ga a lo dispuesto en el Real Decreto 1310/2005 de 4 de noviembre.

ACCIONES

a. Capital social mínimo de 1.202.025 euros. b. A efectos de determinar el cumplimiento del míni-

mo establecido en el epígrafe anterior, no se tendrá en cuenta la parte del capital correspondiente a ac-cionistas cada uno de los cuales, directa o indirecta-mente, posea una participación en el mismo igual o superior al veinticinco por ciento.

c. Beneficios en los dos últimos años o en tres no con-secutivos en un período de cinco que hayan sido suficientes para poder repartir un dividendo de al menos un 6% del capital social desembolsado, una vez hecha la previsión para impuestos y dotadas las reservas legales. (*)

(*) De acuerdo con la Orden Ministerial de 19.6.97 (BOE 21.6.97) modificada por la de 22.12.99 (BOE 30.12.99) la CNMV podrá excepcionar la concurrencia de obtención de beneficios en determinadas circuns-tancias:

• Que la entidad emisora, con independencia del plazo que haya transcurrido desde su constitución, “aporte un informe a la Comisión Nacional del Mercado de Va-lores, de su Órgano de Administración sobre las pers-pectivas de negocio y financieras de la entidad, y sobre las consecuencias que, a su particular juicio, tendrán sobre la evolución de sus resultados en los ejercicios venideros. Dicha información deberá incluirse en la in-formación que la Comisión Nacional del Mercado de Valores registre y ponga a disposición del público con ocasión de la verificación del folleto correspondiente, con el fin de que el mercado y los potenciales inverso-res puedan obtener una imagen adecuada de la inver-sión en dichos valores.

• Que la entidad emisora se haya constituido como consecuencia de una operación de fusión, escisión o aportación de rama de actividad.

• Que se trate de un emisor que esté en proceso de reordenación o reestructuración económica o de priva-tización por una entidad pública.

d. Existencia de al menos 100 accionistas con una participación individual inferior al 25% del capital. En el caso de primeras admisiones a cotización, de no cumplirse este requisito, el emisor deberá, obli-gatoriamente, efectuar una oferta pública de venta de valores para conseguir los mínimos de difusión establecidos. Obtenida la verificación previa de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, la En-tidad Directora presentará ante la Sociedad Rectora copia del documento de la citada verificación pre-via de la Oferta Pública de Venta, ejemplares del Folleto de la Oferta, y anuncio de las condiciones de la misma para su publicación en el Boletín de Cotización.

e. Información referida a los tres últimos ejercicios fis-cales, de los cuales se emitirá informe de Auditoría de los dos últimos.

OBLIGACIONES Y SIMILARES

a. El importe total nominal de los valores puestos en circulación de cada emisión será como mínimo de 601.013 euros.

b. El número de tenedores con participación individual inferior al 25% del volumen de la emisión será al menos de cien. En caso de no darse esta circuns-tancia, el emisor podrá otorgar mandato a entidades que hayan de atender públicamente la contrapartida de las ofertas y demandas en régimen de mercado, hasta obtener el mínimo de difusión.

WARRANTS Y CERTIFICADOS

a. El importe total nominal de los valores puestos en circulación de cada emisión será como mínimo de 601.013 euros.

b. El número de tenedores con participación individual inferior al 25% del volumen de la emisión será al

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Cotizar en la Bolsa española

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62ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

menos de cien. En caso de no darse esta circuns-tancia, el emisor podrá otorgar mandato a entidades que hayan de atender públicamente la contrapartida de las ofertas y demandas en régimen de mercado, hasta obtener el mínimo de difusión.

INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA

a. Capital social mínimo de 2.404.049 euros. b. Existencia de al menos 100 accionistas con una par-

ticipación individual inferior al 25% del capital. En el momento de la admisión a negociación en Bol-

sa, y a efectos de cumplir con lo establecido en el art. 32 del Reglamento de Bolsas les resultará exigi-ble, alcanzar la difusión mínima de cien accionistas antes de la admisión.

VALORES EXTRANJEROS

Requisitos exigibles al emisora. Capital social mínimo de 1.202.025 euros no te-

niéndose en cuenta la parte del capital correspon-diente a accionistas, cada uno de los cuales, directa o indirectamente, posea una participación en el mis-mo igual o superior al 25 por ciento.

b. Beneficios obtenidos en los dos últimos ejercicios o en tres, no consecutivos, en un período de cinco años, que hayan sido suficientes para poder repar-tir un dividendo de, al menos, el 6% del capital desembolsado, una vez hecha la previsión para impuestos sobre los beneficios y dotadas las reser-vas legales. (De acuerdo con la Orden Ministerial

de 19.6.97 (BOE 21.6.97), modificada por la de 22.12.99 (BOE 30.12.99) la CNMV podrá excep-cionar la concurrencia de obtención de beneficios en determinadas circunstancias.)

c. Información referida a los tres últimos ejercicios fis-cales, de los cuales se emitirá informe de auditoría de los dos últimos.

Requisitos exigibles a los valoresa. Difusión: Oferta Pública de Venta de valores en

circulación en el país de origen del emisor, o emi-sión de valores en el mercado español, de al menos 1.202.025 euros colocados entre al menos cien re-sidentes españoles y que ninguno de ellos alcance una participación individual igual o superior al 25 por ciento del volumen colocado en el mercado es-pañol.

b. Liquidación: inclusión en el Sistema Español de Anotaciones en Cuenta.

Requisitos adicionalesa. Designación por el Emisor de Entidades Directora,

de Enlace y Depositaria. b. Mediación de una Sociedad o Agencia del Mercado

de Valores, de cara a la necesaria titularidad de los compradores de la Oferta Pública de Venta.

c. Contratación a través del Sistema de Interconexión Bursátil Español (SIBE).

d. Cotización en euros La documentación deberá presentarse debidamen-

te legalizada en el país de origen, acompañada de la correspondiente traducción jurada.

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Cotizar en la Bolsa española

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63ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

C. In Research. Análisis para empresas cotizadasEn el año 2011, BME y el Instituto Español de

Analistas Financieros (IEAF) presentaron InResearch, un nuevo servicio de análisis financiero independiente para las empresas cotizadas en la Bolsa española.

Esta iniciativa persigue ayudar a compañías intere-sadas en una mayor cobertura de análisis, identificando al analista más indicado para la cobertura de cada valor entre aquellos que integren el registro de analistas de InResearch. El nuevo servicio ofrece a las empresas una serie de ventajas como son la independencia, calidad y difusión de los informes. Todo ello con unos costes muy competitivos dentro del mercado.

Esta herramienta puede resultar de especial utili-dad para las nuevas compañías que están confiando en el mercado alternativo bursátil, MAB, para la obten-ción de financiación. A día de hoy las compañías que se han incorporado al MAB han conseguido más de

81 millones de euros de capital, incorporando nuevos socios que confían en su proyecto y su gestión en el medio y largo plazo.

Pero, además, este servicio puede complementar el seguimiento de análisis sobre aquellas compañías cotizadas en el mercado continuo con escasa cober-tura. El 24% de las compañías del mercado continuo español cuentan con un seguimiento activo por parte de menos de 3 analistas.

Cómo garantía para la prestación de este servicio, InResearch establece un proceso de selección de ana-listas transparente, profesionalizado y disciplinado en perfecta sintonía con las normas y buenas prácticas so-bre análisis financiero que existen en el mercado. Un Comité Técnico de Análisis (CTA) formado por cinco analistas de reconocido prestigio en el ámbito del aná-lista más indicado para la cobertura de cada compañía y velará por la calidad e independencia de los análisis emitidos.

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Cotizar en el mercado de

deuda corporativa

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ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO D E L M E R C A D O D E V A L O R E S E S P A Ñ O L

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Cotizar en el mercado de deuda corporativa

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DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

NORMAS GENERALES

La admisión a cotización en AIAF Mercado de Ren-ta Fija se lleva a cabo con arreglo a lo dispuesto en la Circular 2/2005, de 20 de octubre, sobre la documenta-ción y procedimientos para la admisión a cotización de valores en AIAF Mercado de Renta Fija, que recoge las modificaciones introducidas en la Ley del Mercado de Valores mediante el Real Decreto Ley 5/2005.

A continuación exponemos el procedimiento y documentación necesaria para la admisión a cotiza-ción en AIAF Mercado de Renta Fija de los valores emitidos.

Admisión a cotización AIAF mercado de renta fija de emisiones de pagarés de empresa representados mediante anotaciones en cuenta

1.- El emisor deberá entregar en AIAF Mercado de Renta Fija la siguiente documentación:

1.1.- Carta de solicitud de admisión a cotización en AIAF Mercado de Renta Fija de los valores que se emitan al amparo del folleto.

1.2.- Un ejemplar del folleto en formato PDF, que habrá de enviarse a la dirección de correo [email protected]

1.3.- Certificación de que el contenido de folleto entregado es idéntico al inscrito en la Comisión Nacio-nal del Mercado de Valores, expedida por persona con poder suficiente.

1.4.- Fotocopia de la carta acreditativa de la ins-cripción del folleto en la Comisión Nacional del Mer-cado de Valores.

1.5.- Certificación de las firmas autorizadas para firmar la certificación del resultado de la colocación, y legitimación notarial de las mismas.

1.6.- En el supuesto de ser un programa de pagarés de titulización también se deberá entregar fotocopia de la escritura pública de constitución del fondo, acompa-ñada de certificación, expedida por persona con poder suficiente, acerca de que el contenido de la copia entre-

gada es idéntico al de la escritura pública de constitu-ción del fondo depositada en los registros públicos de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

2.- La documentación reseñada en el punto 1 ha-brá de entregarse a AIAF Mercado de Renta Fija antes de efectuarse el primer desembolso con cargo al pro-grama.

Cada vez que el emisor realice una emisión y co-locación de los valores con cargo al programa, deberá entregar en AIAF Mercado de Renta Fija la siguiente documentación:• Comunicación, en su caso, de las subastas a realizar. • Comunicación del resultado de las subastas. • Certificación del resultado de la colocación.

2.1.- Para pagarés colocados mediante subasta: 2.2.- Para pagarés colocados mediante subasta y

por colocación directa: Esta certificación deberá ser remitida en la fecha

de desembolso de cada una de las emisiones que se realicen. Se entiende por una misma emisión todos aquellos valores que tengan la misma fecha de desem-bolso, el mismo valor nominal unitario y la misma fe-cha de vencimiento.

3.- Los valores deberán estar inscritos en el siste-ma de compensación y liquidación de AIAF Mercado de Renta Fija.

Admisión a cotización en AIAF mercado de renta fija de obligaciones u otros valores que reconozcan o creen deuda, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 ter de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del mercado de valores

1.- El emisor deberá entregar en AIAF Mercado de Renta Fija la siguiente documentación:

1.1.- Antes de la fecha de desembolso de la emi-sión, carta de solicitud de admisión a cotización en AIAF Mercado de Renta Fija de los valores que se emi-tan al amparo de la nota de valores o del folleto base y las condiciones finales. Se acompañará fotocopia del documento de emisión en los casos en que proceda su elaboración.

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Cotizar en el mercado de deuda corporativa

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67ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

1.2.- Un ejemplar en formato PDF de la nota de valores o del folleto base y las condiciones finales, se-gún proceda y salvo en los casos en que no fuera pre-ceptivo, que habrá de enviarse a la dirección de correo [email protected].

1.3.-Certificación de que el contenido de la nota de valores o del folleto base y las condiciones finales entregados es idéntico al inscrito en la Comisión Na-cional del Mercado de Valores, expedida por persona con poder suficiente.

1.4.- Fotocopia de la carta acreditativa de la ins-cripción del folleto o nota de valores en la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

1.5.- Comunicación acerca del resultado de la su-basta, en su caso.

1.6.- Certificación del resultado de la colocación. 2.- El emisor hará entrega en AIAF Mercado de

Renta Fija de la documentación arriba reseñada como se expone a continuación:• Los documentos reseñados en el puntos 1.1 de este

anexo. • El resto de la documentación. En todo caso, el emi-

sor habrá de respetar los plazosde admisión a coti-zación a los que se haya comprometido.

1º.- Antes de la fecha de desembolso, con carácter preceptivo:

2º.- Con posterioridad a la fecha de desembolso: 3.- Los valores deberán estar inscritos en el siste-

ma de compensación y liquidación de AIAF Mercado de Renta Fija.

Admisión a cotización en AIAF mercado de renta fija de valores emitidos por las comu-nidades autónomas y las entidades locales (RD 705/2002 de 29 de julio) representados mediante anotaciones en cuenta

1.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 14, apartado 4, del Reglamento de AIAF, Mercado de Renta Fija, los valores emitidos por las comunidades

autónomas y las entidades locales se entenderán ad-mitidos por la mera solicitud del emisor. No obstante, será necesario entregar en AIAF, Mercado de Renta Fija la siguiente documentación:

1.1.- Antes de la fecha de desembolso de la emi-sión, carta de solicitud de admisión a cotización en AIAF Mercado de Renta Fija de los valores.

1.2.- Un ejemplar en formato PDF del anuncio de emisión publicado en el Boletín Oficial correspon-diente, que habrá de enviarse a la dirección de correo [email protected].

1.3.- Certificación de que el contenido del anun-cio de emisión entregado es idéntico al publicado en el Boletín Oficial correspondiente, expedida por persona con poder suficiente.

1.4.-Comunicación, en su caso, del resultado de las subastas.

1.5.- Certificación del resultado de la colocación.2.- El emisor hará entrega en AIAF Mercado de

Renta Fija de la documentación arriba reseñada como se expone a continuación:• Los documentos reseñados en el puntos 1.1 de este

anexo.• El resto de la documentación. En todo caso, el emi-

sor habrá de respetar los plazosde admisión a coti-zación a los que se haya comprometido.

1º.- Antes de la fecha de desembolso, con carácter preceptivo:

2º.- Con posterioridad a la fecha de desembolso: 3.- Los valores deberán estar inscritos en el siste-

ma de compensación y liquidación de AIAF Mercado de Renta Fija

El procedimiento de admisión en dos fases reco-gido en el artículo 20 del Reglamento del Mercado se aplicará de forma extraordinaria y solamente para los supuestos en que así lo solicite el emisor por haber pro-cedido a la emisión de valores mediante el otorgamien-to de escritura pública con la consiguiente inscripción en el Registro Mercantil.

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Cotizar en el mercado de deuda corporativa

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68ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

ESQUEMA DEL PROCESO DE ANOTACIÓN / ADMISIÓN A COTIZACIÓN DE LOS VALORES

En cuanto al procedimiento, una vez cumplidos

por el emisor los requisitos, el expediente de admi-sión es examinado por los órganos técnicos del Mer-cado que dan traslado e informan al Organismo Rec-tor del Mercado.

Este último remite a la CNMV la propuesta de ad-

misión a cotización de los correspondientes valores, salvo en el caso de valores emitidos por las comunida-des autónomas y las entidades locales, que son admiti-dos por la mera solicitud del emisor. Tras la supervisión de la CNMV, el Organismo Rector del Mercado proce-de a la admisión a cotización. AIAF Mercado de Renta Fija comunica individualmente al emisor la admisión de los valores de que se trate, e informa con carácter general a través del Boletín Diario de Operaciones.

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Regulación Fiscal

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ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO D E L M E R C A D O D E V A L O R E S E S P A Ñ O L

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Regulación Fiscal

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DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

A. Inversores residentes

LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (IRPF)

Las normas que regulan la tributación de los ins-trumentos financieros se encuentran en la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), y en el Reglamento aprobado por Real Decreto 439/2007.

Desde el 1 de enero de 2013 hay dos regímenes de tributación para las ganancias procedentes de la venta de activos financieros. Las plusvalías generadas en un período de un año o menos tributarán al tipo marginal del IRPF (que oscila entre el 24% y el 52%), mientras que las ganancias obtenidas en períodos su-periores a un año lo harán como rentas del ahorro, en una escala que va del 21% al 27%. Este doble ré-gimen de tributación ha sido introducido por la ley 16/2012, de medidas tributarias dirigidas a la conso-lidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica.

RENDIMIENTOS DEL CAPITAL MOBILIARIO

1. Rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios: Se integran en la renta del ahorro y están sometidos a una tributación del 21% para los primeros 6.000 euros, del 25% hasta 24.000 eu-ros y del 27% cuando superen los 24.000 euros, y paralelamente a un tipo de retención a cuenta del 21%, salvo algunas excepciones que a continuación se señalan.

• Activos de Deuda Pública: Las Letras del Tesoro no están sometidas a retención. La trasmisión, amortiza-ción, reembolso, canje o conversión de Bonos y Obli-gaciones del Estado no está sometida a retención.

• Activos de Deuda y Renta Fija Privada: La trans-misión, amortización o reembolso de Bonos y Obli-gaciones y Títulos hipotecarios no está sometida a retención.

2. Rendimientos obtenidos por la participación en los fondos propios de cualquier tipo de entidad: (Divi-dendos, primas de asistencia a juntas y participacio-nes en los beneficios de cualquier entidad, importe primas de emisión de acciones o participaciones y reducciones de capital). Se integran en la renta del ahorro a un tipo de gravamen del 21% para los pri-meros 6.000 euros, del 25% hasta 24.000 euros y del 27% cuando se superen los 24.000 euros, y un tipo de retención a cuenta del 21%, salvo algunas excepciones.

• A los Dividendos y las participaciones en benefi-cios les será de aplicación una exención tributaria con un límite de 1.500 euros anuales. Este beneficio fiscal no se aplicara cuando se trate de acciones ho-mogéneas adquiridas y vendidas en los dos meses anteriores o posteriores al cobro del dividendo.

• Reducciones de capital: Cuando la reducción tie-ne la finalidad de devolver aportaciones a los socios, el importe de esta devolución minorará el valor de adquisición de los valores afectados, hasta su anu-lación. Si el importe excediese del valor de adqui-sición, este exceso tributaría como rendimiento de capital mobiliario no sujeto a retención. En cuanto a las reducciones de capital que supongan una con-donación de dividendos pasivos (perdón con cargo a reservas de la parte no desembolsada en la suscrip-ción de las acciones), o que procedan de beneficios no distribuidos; las cantidades percibidas tributarán como rendimiento de capital mobiliario, en princi-pio sujeto a retención.

GANANCIAS PATRIMONIALES PROCEDENTES DE LA TRANSMISIÓN DE VALORES DE RENTA VARIABLE

Las ganancias patrimoniales procedentes de la ven-ta de valores de renta variable generadas en un período de un año o menos de un año tributarán al tipo marginal del IRPF, que oscila entre el 24% y el 52%. Cuando las ganancias se hayan obtenido en períodos superiores a un año se integrarán en la renta del ahorro, tributan-

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Regulación Fiscal

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71ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

do por los primeros 6.000 euros al 21%, al 25% hasta 24.000 euros y al 27% cuando se superen los 24.000 euros. No se practica retención a cuenta por las ganan-cias patrimoniales.

Existe un régimen transitorio para el importe de las ganancias patrimoniales derivadas de elementos patrimo-niales adquiridos con anterioridad a 31 de diciembre de 1994 y hasta el 19 de enero de 2006, Este régimen consis-te en que la plusvalía generada durante ese período pue-de beneficiarse del régimen fiscal de los coeficientes de abatimiento (25 por ciento, por cada año de permanencia que exceda de dos hasta el 31 de diciembre de 1996).

INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA

Los Dividendos percibidos de las SICAVs y de los Fondos de Inversión constituyen rendimientos de capital mobiliario, y como tal se integran en la renta del ahorro sometidos a una tributación del 21% para los primeros 6.000 euros, del 25% hasta 24.000 eu-ros y del 27% cuando se superen los 24.000 euros. Estos rendimientos no gozan de la exención tributaria de 1.500 euros, y están sometidos a una retención a cuenta del 21%.

El importe obtenido de la transmisión o reembolso de SICAV y Fondos de Inversión constituye una ganancia patrimonial, y como tal tributará como renta del ahorro cuando el periodo la ganancia se haya generado en un período superior a un año, y tributará al tipo marginal

del IRPF cuando se haya generado en un año o menos de un año. Estas ganancias patrimoniales están sometidas a retención.

Existe un régimen transitorio para las ganancias patrimoniales procedentes de transmisiones o reembol-sos de participaciones o acciones de instituciones de inversión colectiva adquiridas con anterioridad a 31 de diciembre de 1994 y hasta el 19 de enero de 2006. Este régimen consiste en que la plusvalía generada duran-te ese período puede beneficiarse del régimen fiscal de los coeficientes de abatimiento (14 por ciento, por cada año de permanencia que exceda de dos hasta el 31 de diciembre de 1996).

Unicamente los traspasos entre Fondos de Inver-sión están exentos de tributación. La carga tributaria se difiere al momento en que se efectúe la desinversión definitiva (exención del “peaje fiscal”).

Desde el 23 de septiembre de 2010 los importes procedentes de la reducción de capital con devolu-ción de aportaciones y de la devolución de la prima de emisión de acciones o participaciones efectuadas por SICAV y otros organismos de inversión colectiva equivalentes a las SICAV, constituyen rendimientos de capital mobiliario y, como tal, se integran en la renta del ahorro sometidos a la misma tributación. No les es de aplicación la exención de 1.500 euros.

Las ganancias patrimoniales procedentes de la trasmisión o reembolso de los Fondos de Inversión Co-tizados –ETFs- no están sometidas a retención.

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Regulación Fiscal

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72ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

B. Inversores no residentes

LA RENTA DE LOS NO RESIDENTES (IRNR)

El Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR) es un tributo de carácter directo que grava la renta obtenida en territorio español por las personas fí-sicas o entidades no residentes en el mismo. El régimen aplicable a los contribuyentes por este impuesto viene determinado por la residencia habitual en territorio es-pañol, por la existencia de determinadas rentas que se consideran obtenidas en dicho territorio y que no están exentas de tributación en España, por la concurrencia o no del denominado “establecimiento permanente” y, por último, por la existencia o no de convenio para evitar la doble imposición suscrito entre España y el Estado de residencia del no residente.

La Ley distingue a la hora de definir la fiscalidad de los no residentes entre rentas sujetas al IRNR que se obtengan o no a través de un “Establecimiento Perma-nente” situado en territorio español.

RENTAS OBTENIDA A TRAVÉS DE ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES.

El no residente, persona física o entidad, realiza operaciones en territorio español a través de un “Esta-blecimiento Permanente” cuando disponga de forma continuada de instalaciones o lugares de trabajo en territorio español en los que realice toda o parte de su actividad, o cuando actúe en España por medio de un agente autorizado para contratar en nombre y por cuenta de la persona o entidad no residente.

El tipo de gravamen aplicable a los no residen-tes con “Establecimiento Permanente” en España es del 30%

RENTAS OBTENIDAS SIN MEDIACIÓN DE ESTABLECIMIENTO PERMANENTE

Cuando existe Convenio de doble imposición en-tre el país del no residente y España, el no residente está sujeto a lo establecido por ese convenio.

El artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre la Ren-ta de no Residentes, en su nueva redacción dada por la Ley 35/2006, determina qué rentas están exentas de este impuesto:

1) Las rentas exentas del IRPF. 2) Los intereses y demás rendimientos obtenidos

por la cesión a terceros de capitales propios por resi-dentes en otro estado miembro de la Unión Europea.

3) Los rendimientos de la Deuda Pública. 4) Las rentas derivadas de transmisiones de va-

lores o el reembolso de participaciones en fondos de inversión realizados en alguno de los mercados secun-darios oficiales de valores españoles, obtenidas por personas residentes en un país con el que España tenga suscrito convenio para evitar la doble imposición con cláusula de intercambio de información.

5) Los primeros 1500 euros de dividendos y par-ticipaciones en beneficios obtenidos por personas fí-sicas residentes en otro Estado miembro de la Unión Europea o en países o territorios con los que exista un efectivo intercambio de información tributaria. Será aplicable sobre la totalidad de los rendimientos obte-nidos durante el año natural.

No están exentos los rendimientos y ganancias pa-trimoniales obtenidos a través de los países o territorios calificados reglamentariamente como paraísos fiscales.

El tipo de gravamen es del 21% cuando se tra-te de dividendos y otros rendimientos derivados de la participación en los fondos propios de una entidad, in-tereses y otros rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios y ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de transmi-siones de elementos patrimoniales (artículo 25 1. f) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobada por el Real Decreto Legislativo 5/2004, en

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Regulación Fiscal

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73ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

la nueva redacción dada por la Ley 26/2009, de 23 de diciembre de 2009).

RETENCIONES

No están sometidas a retención las rentas exentas del IRNR y las que perciban los no residentes en un país con el que España tenga Convenio de doble im-posición.

Se aplica una retención del 21% sobre los dividen-dos percibidos por los no residentes y sobre las rentas de-rivadas de transmisiones o reembolsos de participaciones o acciones de instituciones de inversión colectiva.

No procederá practicar retención o ingreso a cuenta respecto de las siguientes rentas (artícu-

lo 75 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Real Decreto 439/2007)• Sobre las ganancias patrimoniales procedentes de la

transmisión de valores, y sobre las ganancias patri-moniales procedentes de la trasmisión o reembolso de los Fondos de Inversión Cotizados –ETFs.

• Sobre los rendimientos de las Letras del Tesoro, las primas de conversión de obligaciones en acciones, los rendimientos de los Bonos y Obligaciones y los procedentes de la devolución de la prima de emisión de acciones o participaciones y los proce-dentes de la reducción de capital con devolución de aportaciones, que no procedan de beneficios no distribuidos.

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Regulación Fiscal

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74ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

C. Guía fiscal básica de productos financieros

Resumen de las principales condiciones fiscales que rigen para una lista seleccionada de productos financieros en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Trato Fiscal

Base Impo-nible

Tribu-tación

(Tipo) (4)

Re-ten-ción

OBSERVACIONES

CUENTAS, IMPOSICIONES A PLAZO Y DEPÓSITOS

Cuentas corrientes, libretas o cuentas de ahorro RCM Ahorro (4)21%-25%-27%

21%

Imposiciones a plazo fijo y Depósitos RCM Ahorro (4)21%-25%-27%

21%

ACTIVOS DE DEUDA PUBLICA

Letras del Tesoro RCM Ahorro (4)21%-25%-27%

NO

Bonos y obligaciones del Estado (interés periódico o cupón) RCM Ahorro (4)21%-25%-27%

21%

Bonos y obligaciones del Estado (transmisión, amortización, reem-bolso, canje o conversión) RCM Ahorro (4)

21%-25%-27%

NO

ACTIVOS DE DEUDA Y RENTA FIJA PRIVADA (1)

Pagarés financieros o de empresa RCM Ahorro (4)21%-25%-27%

21%

Titulos hipotecarios RCM Ahorro (4)21%-25%-27%

21%

Titulos hipotecarios (transmisión, amortización o reembolso) RCM Ahorro (4)21%-25%-27%

No

Bonos y obligaciones (intereses o cupones) RCM Ahorro (4)21%-25%-27%

21%

Bonos y Obligaciones (transmisión o amortización) RCM Ahorro (4)21%-25%-27%

NO

ACCIONES

Dividendos RCM Ahorro (4)21%-25%-27%

21%

Se aplicará un mínimo exento de 1.500 euros, salvo cuando se trate de acciones homogéneas adquiridas y vendidas en los dos meses anteriores o posteriores al cobro del dividendo.

Prima de asistencia a juntas RCM Ahorro (4)21%-25%-27%

21%

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Regulación Fiscal

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75ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

Prima de emisión de acciones o participaciones RCM Ahorro (4)21%-25%-27%

NO

Transmisión y venta de acciones GP Ahorro (6)

Tipo marginal /

21%-25%-27%

NO Los coeficientes de abatimiento se mantienen respecto a la ganancia generada hasta el 19 de enero de 2006.

Transmisión de derechos de suscripción preferente GP Ahorro (6)

Marginal / 21%-25%-27%

NOEl importe de la venta aminora el valor de adquisición de las acciones, si éste supera el valor de adquisición tributa como ganancia de patrimonio

Reducción de capital (condonación dividendos pasivos) RCM Ahorro (4)21%-25%-27%

21% Todo el dividendo condonado tienen el tratamiento de RCM

Reducción de capital (por devolución de aportaciones) RCM Ahorro (4)21%-25%-27%

NOLa devolución de aportaciones minora el valor de adquisición hasta la anulación. Si excediese del valor de adquisición, ese exceso tributa como RCM

Reducción de capital (con beneficios no distribuidos) RCM Ahorro (4)21%-25%-27%

21% La totalidad de la cantidad percibida tributa como RCM

ACCIONES DE SICAVS

Dividendos RCM Ahorro (4)21%-25%-27%

21% No gozan de exención de 1.500 euros

Transmisión o venta de acciones de las SICAV. GP Ahorro (6)

Tipo marginal /

21%-25%-27%

21%Los coeficientes de abatimiento se mantienen respecto a la ganancia generada hasta del 19 de enero de 2006.

FONDOS DE INVERSION

Dividendos percibidos de un fondo RCM Ahorro (4)21%-25%-27%

21% No gozan de exención de 1.500 euros

Transmisión o venta de participaciones GP Ahorro (6)

Tipo marginal /

21%-25%-27%

21%

Se mantiene el régimen que permite efectuar traspasos entre fondos de inversión sin tributación, exención del llamado "peaje fiscal". Los coeficientes de abatimiento se mantienen respecto a la ganancia generada hasta el 19 de enero de 2006.

Fondos de inversión garantizados (2):

- En cuanto a la garantía RCM Ahorro (4)21%-25%-27%

21%

- En cuanto al reembolso o venta de participaciones GP Ahorro (6)

Tipo marginal /

21%-25%-27%

21%

Se mantiene el régimen que permite efectuar traspasoso entre fondos de inversión sin tributación, exención del llamado "peaje fiscal". Los coeficientes de abatimiento se mantienen respecto a la ganancia generada hasta el 19 de enero de 2006.

FONDOS DE INVERSION COTIZADOS (ETFs)

Dividendos de ETF's RCM Ahorro (4)21%-25%-27%

21%

Transmisión o venta de ETF's GP Ahorro (6)

Tipo marginal /

21%-25%-27%

NO El traspaso de capitales entre fondos no está exento de tributación

Trato Fiscal

Base Impo-nible

Tribu-tación

(Tipo) (4)

Re-ten-ción

OBSERVACIONES

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Regulación Fiscal

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76ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

PRODUCTOS FINANCIEROS DERIVADOS Y CERTIFICADOS (3)

Futuros Financieros GP Ahorro (6)

Marginal / 21%-25%-27%

NO

Opciones Financieras GP Ahorro (6)

Marginal / 21%-25%-27%

NO

Contratos de Permuta Financiera o "Swap" GP Ahorro (6)

Marginal / 21%-25%-27%

NO

Warrants GP Ahorro (6)

Marginal / 21%-25%-27%

NO

Certificados RCM Ahorro (4)21%-25%-27%

21%

SISTEMAS DE PREVISION SOCIAL

Planes de Pensiones individuales (PP) RT General Marginal del IRPF Sí (5)

Las primas aportadas a los PP dan derecho a practicar una reduccion en la base imponible del IRPF, con unos límites: 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo, con un máximo de 10.000 euros, y los mayores de 50 años el 50% con un máximo de 12.500 euos. Las rentas percibidas tributan como rendimientos del traba-jo y están sometidas a la retención de estas rentas.Existe un régimen transitorio para las aportaciones realizadas antes de 2007 que podrán aplicar un coeficiente reduc-tor del 40% a las prestaciones percibidas.

Planes de Previsión Asegurados (PPAS) RT General Marginal del IRPF Si (5)

Las primas aportadas a los PPAS dan derecho a practicar una reducción en la base imponible del IRPF, con unos límites: 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo, con un máximo de 10.000 euros, y los mayores de 50 años el 50% con un máximo de 12.500 euros. La rentas percibidas tributan como rendimientos del trabajo y están sometidas a la retención de estas rentas. Existe un régimen transitorio para las aportaciones realizadas antes de 2007 que podrán aplicar un coeficiente reductor del 40% a las prestaciones percibidas.

SEGUROS

Seguros de Vida: (para el caso de fallecimiento, supervivencia, segu-ros mixtos y de prima única, y combinados con fondos de inversión "Unit linked")

RCM Ahorro (4)21%-25%-27%

21%

Las primas aportadas no gozan de beneficios fiscales pero las prestaciones sí. Cuando la prestación se per-cibe en forma de renta, se considera RCM el resultado de multiplicar la anualidad percibida por unos porcen-tajes de integración que vienen determinados por la edad del perceptor o la duración de la renta a percibir. Cuando la prestación se percibe en forma de capital, el RCM es la diferencia entre el capital percibido y las primas, siéndole de aplicación el Régimen Transito-rio y/o del Régimen de compensación fiscal anterior a 2006, en los casos que proceda.

Planes Individuales de Ahorro Sistemático (PIAS) RCM Ahorro (4)21%-25%-27%

21%

Las primas aportadas no gozan de beneficios fiscales pero sí la renta vitalicia que de los PIAS se pecibe como prestación. De esta renta percibida, se considera RCM el resultado de multiplicar la anualidad percibida por unos porcentajes de integración que vienen determi-nados por la edad del perceptor.

- para el caso de supervivencia- mixtos y de prima única- combinados con fondos de inversión "Unit linked"

Trato Fiscal

Base Impo-nible

Tribu-tación

(Tipo) (4)

Re-ten-ción

OBSERVACIONES

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Otros Servicios y Productos

de BME

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ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO D E L M E R C A D O D E V A L O R E S E S P A Ñ O L

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Otros Servicios y Productos de BME

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78ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

A. Difusión de Información: Market Data

BME Market Data es la compañía del Grupo Bolsas y Mercados Españoles especializada en el tratamiento, generación y comercialización de la información prove-niente de los diferentes Mercados Regulados y Sistemas Multilaterales de Negociación del Grupo BME, así como el desarrollo de servicios de valor añadido dirigidos a la industria de mercados de valores. BME Market Data ofrece información de mercado en tiempo real, fin de día e histórica a través de productos especializados que cubren todos los instrumentos financieros cotizados en los mercados Grupo BME. Dichos productos son:

FLUJO DE DATOS EN TIEMPO REAL (BME DATAFEED)

Es la información de la situación del mercado, difundi-da en el mismo instante en que se produce y necesaria para cualquier inversor que quiera operar en el mismo. Com-prende las posiciones de compra y de venta en el mercado y sus volúmenes de títulos asociados; los precios de cada transacción, la hora exacta a la que ésta se ha producido y los volúmenes de títulos y de efectivo de la misma; el tipo de operación; el interés abierto (en el caso de los derivados) o el nombre e identificador de los valores, entre otros.

PRECIOS AL CIERRE DEL MERCADO

Incluye el precio de apertura, precio máximo, pre-cio mínimo, precio de cierre, volumen negociado, efec-tivo negociado y número de negociaciones, número de contratos e interés abierto en el caso de los derivados, o la TIR última en el caso de valores de renta fija.

REFERENCE DATA

Se trata de información de carácter fundamental-mente cualitativo acerca de los valores o los emisores

de los mismos. Se puede clasificar en dos subgrupos:a. Maestro de valores. Comprende todas las carac-

terísticas de los valores cotizados en los mercados, entre otros datos, su código de identificación, el emisor, el tipo de valor, los títulos en circulación, su divisa, el mercado o segmento del mercado donde contrata, el número de decimales con los que se cotiza, la unidad de contrata-ción, su nominal o los títulos admitidos a cotización. En el caso de derivados, además, se ofrece su subyacente, fecha de vencimiento, el multiplicador del precio del contrato, o el precio de ejercicio (para las opciones); y, para los títulos de renta fija, se facilitan datos como el cupón, el modo de amortización, el número de flujos de pago, la fecha de emisión, el modo de amortización, la periodicidad de cupón o el importe total de la emisión.

b. Los hechos relevantes difundidos por las emiso-ras en relación con sus valores admitidos a cotización.

TICK DATA

Comprende la totalidad de los datos generados a lo largo de la sesión bursátil por el flujo de datos en tiempo real, entregados al final del día en un único archivo. Esta información se suele usar para probar algoritmos de con-tratación, alimentar programas de simulación o la realiza-ción de estudios académicos con datos de alta frecuencia.

ÍNDICES

Incluye toda la información disponible sobre los índices calculados por el Grupo BME: los ticks de pre-cios a lo largo del día, los valores que lo componen, la ponderación de cada uno de ellos, el divisor del índice y los hechos relevantes que afectan su cálculo.

BME Market Data dispone, asimismo, de un servi-cio de información de operaciones dirigido a dar cum-plimiento al régimen de comunicación de operaciones del artículo 59 bis de la Ley del Mercado de Valores y que permite la notificación a la CNMV de aquellas ope-raciones realizadas por las empresas de inversión y las entidades de crédito al margen de los Mercados y Siste-

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Otros Servicios y Productos de BME

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79ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

B. Consultoría e Innovación: BME Innova

BME INNOVA es la filial de innovación de BME cuyo objetivo es ser canalizador de las capacidades tecnológicas que han dado solidez a BME, poniéndo-las a disposición de las empresas españolas como mo-tores de su competitividad y rentabilidad. Su misión es integrar la experiencia de gestión de mercados y el saber tecnológico de BME, convirtiéndolos en ser-vicios y productos al alcance de cualquier empresa. Desde su creación, BME INNOVA ha desarrollado di-ferentes servicios basados en esta filosofía.

INFRAESTRUCTURAS TECNOLÓGICAS

En primer lugar, se dio solución a las necesida-des de Continuidad de Negocio con la creación de la gama de servicios BME ALTERNATIV. En ella se incluyen un conjunto de servicios de contingencia y continuidad desarrollados a la medida de todo tipo de empresas. Posteriormente, se ha evolucionado a servi-cios que permiten incluir, además de la Continuidad de Negocio, las Infraestructuras en Producción. Esta gama de servicios se subdivide en Housing, Hosting y Hosting+. Por otra parte, a través del Consorcio Es-pañol de Continuidad de Negocio, BME INNOVA ha sido promotor activo del Instituto de Continuidad de Negocio denominado CONTINUAM, constituyéndo-se en Socio Fundador del mismo.

MENSAJERÍA Y COMUNICACIÓN FINANCIERA

Como complemento a los servicios de Continui-dad de Negocio, partiendo de la experiencia de BME en mensajería financiera en la Red SWIFT y en TAR-GET 2, BME INNOVA se constituyó en Service Bu-reau de SWIFT y trabajó en el diseño de soluciones de Comunicación Financiera desarrollando la plataforma BME HIGHWAY. Se trata de una plataforma tecno-

lógica que permite el acceso a las comunicaciones bancarias y financieras de la empresa a través de una “ventana única”, garantizando además la integración de toda la mensajería financiera con el Software de Gestión (ERP) o de Tesorería.

SOFTWARE DE GESTIÓN PARA ENTIDADES FINANCIERAS

Posteriormente, BME INNOVA puso en marcha la gama de servicios de Software de Gestión para En-tidades Financieras, BME CONFIDENCENET, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las diferentes normativas establecidas por los reguladores del sec-tor. Los servicios de la plataforma BME CONFIDEN-CENET comparten una arquitectura que garantiza unos niveles de seguridad idénticos a los de la ope-rativa en mercados, ofreciendo una total garantía de confidencialidad y una permanente actualización tec-nológica y normativa. En esta gama de servicios cabe destacar SIR, cuyo objetivo es facilitar el cumplimien-to normativo de las obligaciones de reporting de es-tados financieros de las entidades supervisadas por la CNMV, y SICAM, el Servicio Integrado Contra Abuso de Mercado, que facilita la detección y comunicación a la CNMV de operaciones y órdenes sospechosas.

CONSULTORÍA INTERNACIONAL

BME CONSULTING, anteriormente una filial independiente de BME, ha sido integrada dentro de BME INNOVA como motor de internacionalización de sus servicios. De esta manera, BME INNOVA pone en valor el currículo y la experiencia en la gestión de proyectos internacionales de BME CONSULTING.

BME CONSULTING da apoyo a todas las acti-vidades llevadas a cabo por las diferentes filiales de BME en los 23 mercados internacionales en los que están presentes con sus productos y servicios. Ofrece servicios de consultoría, asesoramiento y asistencia técnica relacionados con proyectos de organización y

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Otros Servicios y Productos de BME

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80ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

estructuración, regímenes normativos y procedimien-tos operativos en el ámbito de los mercados financie-ros. También diseña, explota y comercializa las apli-caciones informáticas relativas a mercados, sistemas y regímenes de contratación desarrolladas por BME.

BME CONSULTING desarrolla su actividad en las siguientes áreas: el Área de Consultoría Estratégica, que ofrece asesoramiento a mercados e instituciones públicas y privadas en diferentes países; el Área de Consultoría Tecnológica, centrada en el licenciamien-to y mantenimiento de las plataformas desarrolladas

por BME; el Área de Formación Especializada, que trabaja en el diseño de cursos y planes de formación a medida y en el asesoramiento para la creación de ins-titutos de formación en operadores de mercado, y el Área de Cumplimiento Normativo, que proporciona herramientas de asistencia a la función de inspección para Entidades Supervisoras de otros mercados, herra-mientas de asistencia a la función de cumplimiento normativo para entidades que prestan servicios de in-versión en otros mercados y formación específica en materia de Cumplimiento Normativo.

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Otros Servicios y Productos de BME

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81ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

C. Routing. Visual Trader

La plataforma tecnológica Visual Trader permite a los usuarios la negociación de valores en el merca-do español y en mercados internacionales a través de una única conexión, y mediante la utilización de sus principales productos:• VISUAL TRADER TERMINAL DE CONTRATACIÓN

MAX: Pantalla de contratación con operativa multi-mercado e información de precios en tiempo real.

• VISUAL TRADER GATEWAY: Interfase de enruta-miento de órdenes que permite la canalización de las mismas al sistema multimercado / multibroker de Visual Trader.

EL TERMINAL DE CONTRATACIÓN MAX:

Va dirigido a los brokers de las mesas de contra-tación, permitiéndoles mediante una única pantalla la gestión de órdenes dirigidas a distintos mercados y brokers internacionales. Permite una gestión integral de las órdenes, incluidas órdenes institucionales, ór-denes especiales y trading algorítmico.

El Terminal de contratación maX se configura como una herramienta de última generación, inclu-yendo diferentes funcionalidades como Best Execu-tion, novedosas representaciones gráficas, así como importantes actualizaciones en el ámbito del trading algorítmico: el sistema PATS (Personal Algorithmic Trading Spreadsheet), un simulador de mercados y un nuevo servicio de información estadística de mer-cados y aplicación de modelos de predicción.

El PATS (Personal Algorithmic Trading Spread-sheet) es un entorno para programar modelos de trading pensado para ser utilizado por traders con minimos conocimientos de programación. Utiliza funciones pre-programadas de alto rendimiento para manejar datos en tiempo real, siendo capaz de en-viar órdenes a los mercados, gestionar las ejecuciones e invocar funciones de análisis técnico y estadístico

para su empleo en los modelos que crea el usuario. Todo ello en un entorno Excel, fácil de utilizar por parte de usuarios no programadores.

El Terminal maX incluye información de precios de los mercados en tiempo real. Respondiendo a las necesidades de baja latencia en la recepción de la in-formación de los mercados, el Ticker Plant de Visual Trader tiene como objetivo el mejorar la velocidad de proceso y la capacidad de mensajes por segundo. En paralelo, Visual Trader ha desarrollado un nuevo protocolo denominado VT Binary, cuya principal ca-racterística es el alto rendimiento.

LA INTERFASE VISUAL TRADER GATEWAY:

VISUAL TRADER GATEWAY es la conexión pun-to a punto al sistema multimercado y multibroker de Visual Trader a través de una única interfase. Es apro-piado para bancos, cajas, redes de trading on-line, en general sistemas de routing de órdenes “retail”, que deseen canalizar sus órdenes a los principales mer-cados bursátiles del mundo a través de los brokers de su elección y recibir confirmación de las ejecuciones, todo ello en tiempo real, y a través de protocolo FIX.

Visual Trader ofrece conexión directa a los mer-cados españoles, NYSE Euronext, Deutsche Borse y Bolsa Italiana LSE; y a través de otras redes y brokers internacionales a la práctica totalidad de los mercados mundiales.

En los sistemas de enrutamiento de órdenes, es-pecialmente hacia el mercado español, las mejoras se dirigen a conseguir las menores latencias con el mayor rendimiento. El objetivo es ofrecer el acceso más rápido al mercado español: con el nuevo servi-cio Nanodriver, Visual Trader ha conseguido bajar la latencia de acceso al mercado de Renta Variable a menos de 100 nanosegundos.

Visual Trader también ofrece a los emisores de warrants la posibilidad de conectar sus sistemas de generación de precios para la emisión de warrants en SIBE y NYSE Euronext.

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Otros Servicios y Productos de BME

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82ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO:

En respuesta a las nuevas tendencias tecnológi-cas del mercado financiero internacional hacia un uso cada vez más difundido de los sistemas de Algorith-mic Trading, Visual Trader ha desarrollado el servicio Supertrack para facilitar el desarrollo e implementa-ción de modelos algorítmicos, estudios econométricos y modelos estocásticos.

En detalle SuperTrack se concreta en una plata-forma integrada por: • Una Base de Datos con datos intradía de los merca-

dos SIBE, Euronext, Xetra y Bolsa Italiana, creada y mantenida desde Visual Trader con un servicio de actualización diario.

• Un Simulador de Mercado para facilitar a las entida-des financieras el test de sus propios modelos.

• Un sistema de Algorithmic Trading, llamado Algo-maX, integrado en el Terminal maX, para la explota-ción de un conjunto de modelos desarrollado inter-namente por Visual Trader y parametrizables por los usuarios.

Visual Trader completa la gama de los servicios dados integrando la tecnología Supertrack a sus pro-ductos para ofrecer: • Un entrenador para el training de operadores de las

mesas de contratación de brokers, que minimiza el coste de formación de los nuevos traders y a la vez optimiza la calidad de su preparación ya que los operadores podrán negociar en un “entorno real” sin incurrir en ningún tipo de pérdida por parte del broker.

• Servicios de consultoría MIFID para cubrir las si-guientes necesidades:

- Análisis de Best Execution, para la evaluación de los distintos Execution Venues. Transaction Cost Analysis.

- Record keeping. Integración del registro de órdenes propias del cliente con los datos históricos de nego-ciaciones y posiciones de mercado.

OTROS SERVICIOS:

• PROXIMITY: Visual Trader gestiona los servicios de Proximity de BME, para incluir a instituciones financieras internacionales de primer nivel con el acceso más rápido al mercado español.

• HUB EN LONDRES: Visual Trader ha llevado a cabo un nuevo proyecto consistente en el estable-cimiento de dos centros de acceso (HUBS) en Lon-dres, conectados mediante dos líneas independien-tes de baja latencia, con un doble objetivo: por un lado, el de facilitar y mejorar la calidad de acceso a todas las entidades que operen desde Londres en el mercado español; por otro, la mejora de las la-tencias y los costes asociados al acceso de las enti-dades españolas a los mercados internacionales de valores

• MARKETS INSIGHT es un servicio web que mues-tra información sobre los mercados agregando da-tos de una forma gráfica e intuitiva. El objetivo del Markets Insight es dar un apoyo a la contratación y al análisis del mercado mediante ratios y gráficos innovadores que desvelan información crítica de la actividad del mercado.

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Direcciones web del Grupo BME

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ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO D E L M E R C A D O D E V A L O R E S E S P A Ñ O L

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Directorio de direcciones web

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84ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL MERCADO DE VALORES ESPAÑOL

DIRECTORIO GRUPO BME

BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLESwww.bolsasymercados.es

AIAF, MERCADO DE RENTA FIJAwww.aiaf.es

BOLSA DE MADRID, SOCIEDAD RECTORA DE LA BOLSA DE VALORES DE MADRIDwww.bolsamadrid.es

BOLSA DE BARCELONA, SOCIEDAD RECTORA DE LA BOLSA DE VALORES DE BARCELONAwww.borsabcn.es

BOLSA DE BILBAO, SOCIEDAD RECTORA DE LA BOLSA DE VALORES DE BILBAOwww.bolsabilbao.es

BOLSA DE VALENCIA, SOCIEDAD RECTORA DE LA BOLSA DE VALORES DE VALENCIAwww.bolsavalencia.es

BME INNOVAwww.bmeinnova.com

BME MARKET DATAwww.bmemarketdata.es

BME RENTA VARIABLEwww.bmerv.es

IBERCLEAR, SOCIEDAD DE GESTIÓN DE LOS SISTEMAS DE REGISTRO, COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE VALORES www.iberclear.es

INFOBOLSAwww.infobolsa.es

INSTITUTO BMEwww.institutobme.es

LATIBEXwww.latibex.com

MAB: MERCADO ALTERNATIVO BURSÁTILwww.bolsasymercados.es/mab/esp/marcos.htm

MEFF MERCADO ESPAÑOL DE FUTUROS Y OPCIONES www.meff.com

REGIS-TRwww.regis-tr.com

VISUAL TRADER SYSTEMSwww.visual-trader.com

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Actualizado a diciembre de 2013