“el precedente vinculante segÚn tribunal constitucional” dra. susana ynes castañeda otsu....

14
“EL PRECEDENTE VINCULANTE SEGÚN TRIBUNAL CONSTITUCIONAL” Dra. Susana Ynes Castañeda Otsu. Dra. Susana Ynes Castañeda Otsu. Lima, agosto de 2009 Lima, agosto de 2009

Upload: ricardo-san-martin-chavez

Post on 02-Feb-2016

247 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: “EL PRECEDENTE VINCULANTE SEGÚN TRIBUNAL CONSTITUCIONAL” Dra. Susana Ynes Castañeda Otsu. Lima, agosto de 2009

“EL PRECEDENTE VINCULANTE

SEGÚN TRIBUNAL CONSTITUCIONAL”

Dra. Susana Ynes Castañeda Otsu.Dra. Susana Ynes Castañeda Otsu.Lima, agosto de 2009Lima, agosto de 2009

Page 2: “EL PRECEDENTE VINCULANTE SEGÚN TRIBUNAL CONSTITUCIONAL” Dra. Susana Ynes Castañeda Otsu. Lima, agosto de 2009

BASE NORMATIVA BASE NORMATIVA DEL TCDEL TC

Page 3: “EL PRECEDENTE VINCULANTE SEGÚN TRIBUNAL CONSTITUCIONAL” Dra. Susana Ynes Castañeda Otsu. Lima, agosto de 2009

Presupuestos básicos de sentencias Presupuestos básicos de sentencias

del TC para la aprobación de un PVdel TC para la aprobación de un PV

Existencia de interpretaciones contradictorias.

Comprobación de interpretaciones erróneas de alguna norma del bloque de constitucionalidad.

Necesidad de llenar un vacío legislativo.

Corroboración de normas que sea susceptibles de ser interpretadas de manera diversa.

Necesidad de cambiar un PV.

Exp. N° 0024-2003-PA/TC

Page 4: “EL PRECEDENTE VINCULANTE SEGÚN TRIBUNAL CONSTITUCIONAL” Dra. Susana Ynes Castañeda Otsu. Lima, agosto de 2009

Concepto precedenteConcepto precedente

No puede constituir una interpretación de una regla o disposición de la Constitución que ofrece múltiples construcciones”.

No es una técnica para imponer determinadas doctrinas u opciones ideológicas, todas ellas válidas desde el punto de vista jurídico. Solución: Jurisprudencia constitucional,

STC 3741-2004-AA/TC, FJ 46

Page 5: “EL PRECEDENTE VINCULANTE SEGÚN TRIBUNAL CONSTITUCIONAL” Dra. Susana Ynes Castañeda Otsu. Lima, agosto de 2009

Concepto de PV según TCConcepto de PV según TC

Regla jurídica expuesta en un caso particular y concreto que el TC decide establecer como regla general; y, deviene en parámetro normativo para la resolución de futuros procesos de naturaleza homóloga.

   Tiene efectos similares a una ley, pues la regla general externalizada como

precedente a partir de un caso concreto se convierte en una regla preceptiva común que alcanzar a todos los justiciables y que es oponible frente a los poderes públicos.

Page 6: “EL PRECEDENTE VINCULANTE SEGÚN TRIBUNAL CONSTITUCIONAL” Dra. Susana Ynes Castañeda Otsu. Lima, agosto de 2009

Condiciones del uso del Condiciones del uso del precedenteprecedente

Existencia de relación entre caso y Existencia de relación entre caso y precedente vinculante.precedente vinculante.

La regla que con efecto normativo el TC decide La regla que con efecto normativo el TC decide externalizar como vinculante, debe ser externalizar como vinculante, debe ser necesaria para la solución del caso planteado.necesaria para la solución del caso planteado.

Page 7: “EL PRECEDENTE VINCULANTE SEGÚN TRIBUNAL CONSTITUCIONAL” Dra. Susana Ynes Castañeda Otsu. Lima, agosto de 2009

Condiciones del uso del Condiciones del uso del precedenteprecedente

Decisión del TC con autoridad de cosa Decisión del TC con autoridad de cosa juzgada.juzgada.

La decisión del TC que fija un precedente La decisión del TC que fija un precedente debe concluir debe concluir con un pronunciamiento sobre el fondo; estima o con un pronunciamiento sobre el fondo; estima o desestima la demanda. Ndesestima la demanda. No afecta situaciones jurídicas o afecta situaciones jurídicas que constituyan cosa juzgada: no puede impedir el que constituyan cosa juzgada: no puede impedir el derecho de ejecución de sentencias firmes, derecho de ejecución de sentencias firmes, intangibilidad de lo ya resuelto e inalterabilidad de lo intangibilidad de lo ya resuelto e inalterabilidad de lo ejecutado jurisdiccionalmente.ejecutado jurisdiccionalmente.

  

Page 8: “EL PRECEDENTE VINCULANTE SEGÚN TRIBUNAL CONSTITUCIONAL” Dra. Susana Ynes Castañeda Otsu. Lima, agosto de 2009

Overruling.- Técnica acuñada en el sistema legal del common law anglosajón, según la cual una autoridad judicial que ha fijado un precedente, decide cambiar la regla del precedente ante un caso actual esencialmente similar, por nuevas consideraciones legislativas, tecnológicas o sociales.

Distinguish.- Técnica acuñada en el sistema legal del common law anglosajón, según la cual una autoridad judicial encuentra que el caso entre manos no es igual al caso en que se ha fijado un precedente judicial y, en consecuencia, no se encuentra obligado a aplicar la regla del precedente anterior al caso actual.

Page 9: “EL PRECEDENTE VINCULANTE SEGÚN TRIBUNAL CONSTITUCIONAL” Dra. Susana Ynes Castañeda Otsu. Lima, agosto de 2009

Jurisprudencia y precedente constitucionalJurisprudencia y precedente constitucional

Jurisprudencia: doctrina que desarrolla el Jurisprudencia: doctrina que desarrolla el Tribunal en los distintos ámbitos del derecho, a Tribunal en los distintos ámbitos del derecho, a consecuencia de su labor frente a cada caso que consecuencia de su labor frente a cada caso que va resolviendo. va resolviendo.

Se ejerce un poder normativo general, Se ejerce un poder normativo general, extrayendo una norma a partir de un caso extrayendo una norma a partir de un caso concreto. los mismos efectos de una ley. Es una concreto. los mismos efectos de una ley. Es una regla para todos y frente a todos los poderes regla para todos y frente a todos los poderes públicos; cualquier ciudadano puede invocarla públicos; cualquier ciudadano puede invocarla sin tener que recurrir previamente ante los sin tener que recurrir previamente ante los tribunales.tribunales.

Page 10: “EL PRECEDENTE VINCULANTE SEGÚN TRIBUNAL CONSTITUCIONAL” Dra. Susana Ynes Castañeda Otsu. Lima, agosto de 2009

CLASES DE PRECEDENTECLASES DE PRECEDENTE

HORIZONTAL.HORIZONTAL.-- Las decisiones del TC Las decisiones del TC vinculan al propio órgano, salvo casos de vinculan al propio órgano, salvo casos de overruling.overruling.

VERTICAL.VERTICAL.-- Las decisiones del TC obligan Las decisiones del TC obligan a los Jueces, funcionarios públicos y a los Jueces, funcionarios públicos y ciudadanos, sin posibilidad alguna de ciudadanos, sin posibilidad alguna de desvinculación.desvinculación.

Page 11: “EL PRECEDENTE VINCULANTE SEGÚN TRIBUNAL CONSTITUCIONAL” Dra. Susana Ynes Castañeda Otsu. Lima, agosto de 2009

FUERZA VINCULANTE DEL PRECEDENTE EN EL FUERZA VINCULANTE DEL PRECEDENTE EN EL DERECHO CONTINENTALDERECHO CONTINENTAL

a. a. Independencia del PJ, no existe una obligación de resolver como Independencia del PJ, no existe una obligación de resolver como resuelven los tribunales superiores (salvo el caso de la doctrina resuelven los tribunales superiores (salvo el caso de la doctrina reiterada del Tribunal Supremo).reiterada del Tribunal Supremo).

b. Necesaria evolución del Derecho. Sería peligroso otorgar valor de b. Necesaria evolución del Derecho. Sería peligroso otorgar valor de precedentes, ya que así no se permitiría la evolución del precedentes, ya que así no se permitiría la evolución del Derecho, provocándose una importante rigidez en su Derecho, provocándose una importante rigidez en su interpretación y aplicación.interpretación y aplicación.

c. El principio de especialización, las decisiones de los diferentes c. El principio de especialización, las decisiones de los diferentes órdenes judiciales no tienen por qué coincidir.órdenes judiciales no tienen por qué coincidir.

Page 12: “EL PRECEDENTE VINCULANTE SEGÚN TRIBUNAL CONSTITUCIONAL” Dra. Susana Ynes Castañeda Otsu. Lima, agosto de 2009

JURISPRUDENCIA PRINCIPIO IGUALDAD JURISPRUDENCIA PRINCIPIO IGUALDAD

Entre la resolución que se cuestiona y la resolución con la Entre la resolución que se cuestiona y la resolución con la que se contrasta su tratamiento diferenciado, debe existir: que se contrasta su tratamiento diferenciado, debe existir:

Identidad del órgano judicial que resolvió el caso;Identidad del órgano judicial que resolvió el caso;

El órgano judicial tenga una composición semejante;El órgano judicial tenga una composición semejante;

Los supuestos de hecho sean sustancialmente iguales;Los supuestos de hecho sean sustancialmente iguales;

Se haya producido una disparidad en la respuesta Se haya producido una disparidad en la respuesta jurisdiccional;jurisdiccional;

No exista una motivación del cambio de criterio.No exista una motivación del cambio de criterio.

Page 13: “EL PRECEDENTE VINCULANTE SEGÚN TRIBUNAL CONSTITUCIONAL” Dra. Susana Ynes Castañeda Otsu. Lima, agosto de 2009

a)      Expresión de los fundamentos de hecho y derecho que sustentan dicha decisión.

a)      Expresión de los fundamentos de hecho y derecho que sustentan dicha decisión.

b)      Expresión de la razón declarativa-teológica, razón suficiente e invocación preceptiva en que se sustenta dicha decisión.

b)      Expresión de la razón declarativa-teológica, razón suficiente e invocación preceptiva en que se sustenta dicha decisión.

c)      Determinación de sus efectos en el tiempo.c)      Determinación de sus efectos en el tiempo.

El cambio de precedente El cambio de precedente vinculantevinculante

Page 14: “EL PRECEDENTE VINCULANTE SEGÚN TRIBUNAL CONSTITUCIONAL” Dra. Susana Ynes Castañeda Otsu. Lima, agosto de 2009