el dih y los grupos post-auc. caso nordeste antioqueño

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  • 8/9/2019 El DIH y Los Grupos Post-AUC. Caso Nordeste Antioqueo

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    EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO EN CONTEXTOS DERIESGO GENERADO POR GRUPOS PARAMILITARES POST-AUC.CASO

    NORDESTE ANTIOQUEO

    Freddy Ordez Gmez*

    INTRODUCCINEl Nordeste Antioqueo es una subregin del departamento de Antioquia muy conocida porla gran riqueza aurfera que posee, pero tambin por la dinmica del conflicto armado y lasviolaciones a los derechos humanos e infracciones al derecho internacional humanitariopadecidas por la poblacin de este territorio. En efecto, la regin ha vivido durante muchotiempo la contradictoria situacin de ser uno de los principales centros de produccin del

    apetecido metal1

    , pero a la vez, ser una zona en la cual se ha dado con mayor crudeza laconfrontacin armada en diferentes periodos de la historia colombiana.

    En el ltimo periodo, el Nordeste ha vivido la proliferacin de los llamados gruposparamilitares post desmovilizacin de las Autodefensas Unidas de Colombia, AUC, quejunto a la presencia de las organizaciones insurgentes FARC-EP y del ELN, as como de lasFFMM y la Polica Nacional se ha traducido en riesgos para la poblacin civil habitante dela regin, riesgo que se potencializa con el inters por la captacin de recursos lcitos eilcitos y la dinmica propia de la guerra y su economa poltica2. Ante este complejo ydifcil panorama surge la pregunta por el Derecho Internacional Humanitario y la exigencia

    de su observacin y aplicacin a las estructuras armadas presentes en el escenario regional.

    Este texto tiene como fin indagar sobre la posibilidad de exigir a las diferentes estructurasarmadas surgidas tras la desmovilizacin de las AUC de la observancia del DerechoInternacional Humanitario en el Nordeste Antioqueo. En la primera parte, se realizar unabreve caracterizacin del contexto territorial en el cual se enmarca este trabajo (1);posteriormente, se presentan diferentes elementos de orden doctrinal orientados a

    * Miembro Fundador del Observatorio de Dinmicas Sociales y Territoriales. Investigador del InstitutoLatinoamericano para una Sociedad y un Derecho Alternativos, ILSA.1Sobre la importancia del Nordeste en la extraccin aurfera se tiene, a manera de ilustracin que para elao 2009, la participacin de la regin Nordeste Antioqueo en la produccin departamental de oro estuvoen 46,72%. De otro lado, en los planes gubernamentales se proyecta que la regin pase de una produccin e21.977 (2005) a 88.382 (2019) kilos de oro. (Ordez, 2011, p.103)2 Ac es imperativo sealar que contrario a las tesis gubernamentales que relacionan los grupos Post-Autodefensas exclusivamente con prcticas de control y renta de economas ilcitas (fundamentalmentenarcotrfico y extraccin aurfera ilegal), estos grupos han desarrollado prcticas y acciones violentas conmotivaciones, objetivos polticos, econmicos y territoriales equivalentes a las que en su momentoimplementaran las AUC.

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    identificar si la violencia armada de las llamadas BACRIM3 se enmarca dentro de lanocin de conflicto armado no internacionaly, por tanto, es posible exigir la aplicacin delDerecho Internacional Humanitario tanto a stas como al Estado cuando les enfrenta (2); yen un tercer momento se hace una descripcin de los hechos recientes de violencia armadaque se han presentado en la regin por parte de los grupos Post-AUC (3).

    1. CONTEXTO REGIONAL Y CARACTERIZACIN NACIONAL DELFENMENO NEOPARAMILITARPOST-AUC (BACRIM)La regin del Nordeste Antioqueo comprende diez municipios del departamento deAntioquia, posee una poblacin aproximada de 169.718 habitantes, siendo Remedios ySegovia4 los municipios ms poblados (22.914 y 35.095 habitantes, respectivamente),dentro de la caracterizacin poblacional es importante destacar la presencia en Segovia, delresguardo indgena Tagual La Po, del pueblo Embera Cham.

    Con unos altos ndices de Necesidades Bsicas Insatisfechas, los habitantes se muevenentre la pobreza material y la riqueza de la tierra, siendo el Nordeste parte de la regin msimportante a nivel nacional (junto a la subregin Bajo Cauca), en lo referente a extraccinde oro: el Distrito Minero del Nordeste Antioqueo5.

    Tabla No. 1NORDESTE ANTIOQUEO. PRINCIPALES INDICADORES MUNICIPALES

    Zona Municipio Ao defundacin rea (Km2) Poblacin**

    NBI

    Cabecera* (%)

    NBI

    Resto*(%)Nordeste Minera Remedios 1560 2.008 28.516 36,99 54,51

    Segovia 1869 1.246 39.666 35,52 66,54

    Meseta Amalfi 1838 1.224 21.932 25,67 68,81

    Vegach 1950 518 9.615 28,96 70,11

    Yal 1888 483 8.240 20,67 66,35

    Yolomb 1560 952 23.555 22,18 48,47

    Nus Cisneros 1910 47 9.121 21,20 34,70

    San Roque 1880 446 16.937 27,61 43,25

    SantoDomingo 1778 274 10.525 17,80 31,67

    Ro Porce Anor 1808 1.447 16.870 41,61 56,24

    3En este ensayo usaremos el trmino Bacrim sin que se deba entender por ello que se comparta la lectura oargumento gubernamental que da soporte a ste.4Que conforman la llamada zona minera.5Con base en Ordez (2013)

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    Antioquia 63.612 6.378.132 15,90 47,48

    Nacin 1.141.748 47.661.787 19,66 53,51Fuente: elaboracin propia a partir de Dane (2012); Dane (s.f.); Ordez (2011)

    * Cifras actualizadas a junio 30 de 2012

    ** Proyecciones de poblacin a 2014

    Ahora bien, esta condicin de ser un territorio para la produccin de oro ha llevado a que sepresenten relacionamientos entre la extraccin del mineral y la confrontacin armada, enefecto, consideramos que las violaciones a los derechos humanos han llegado a ser unelemento clave en la configuracin territorial y la dinmica de extraccin capitalista de oroen el Nordeste Antioqueo. En la regin objeto de estudio se ha presentado durantediferentes periodos una estrecha concordancia entre produccin de oro y conflicto: en lapoca de La Violencia la empresa Frontino Gold Mines se ali con los conservadorescuando stos enfrentaban a liberales llegados desde Santander (Roldn, 2003); el arribo de

    los hermanos Castao6 al Nordeste Antioqueo estuvo ligado con la explotacin de unamina de oro en Remedios por parte de Fidel Castao, quien en 1978 ya haba definidocomo centro de operaciones Segovia, dos aos despus los fundadores de las AUC habranmonopolizado la compra de oro en estos municipios (Ordez, 2011); y hoy en da ha sidode reiterada presencia en los medios de comunicacin las alusiones al oro como puntofundamental en la economa poltica de la guerra, tanto al desatar la confrontacin (aldisputarse los grupos armados su control), as como al generar ganancias a las partes delconflicto, al punto de aseverarse que el metal es hoy el nuevo combustible para la guerra.

    Es fundamental una lectura en clave histrica para entender que aspectos propios de la

    economa de la guerra relacionados con el oro, han estado presentes en la regin de tiempoatrs y no se relacionan nicamente con grupos surgidos despus de la desmovilizacin delas AUC. En este orden, se debe sealar que las estructuras que operaban en la subregin,pertenecientes a las Autodefensas Unidas de Colombia se desmovilizaron el 12 dediciembre de 2005 en la Vereda San Cristobal, del corregimiento Santa Isabel, enRemedios, stas formaban parte del Bloque Central Bolvar y en total fueron 1.922hombres desmovilizados (Oficina del Alto Comisionado para la Paz, 2006, p.60).

    En cuanto a las organizaciones guerrilleras, all operan las FARC (Frentes 4 y 36) y el ELN

    (Frente Jos Antonio Galn). Las FARC estn en la zona desde el ao 1966 y el ELN desdela dcada de los setenta (Ordez, 2011).

    Posterior a los procesos de desmovilizacin de las llamadas Autodefensas durante elprimer gobierno de lvaro Uribe Vlez, inici la proliferacin de grupos cuyos integrantesprocedan en buena medida de la antigua estructura paramilitar, los que fueron

    6Fundadores de las Autodefensas Campesinas de Crdoba y Uraba, ACCU.

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    denominados por el gobierno del entonces presidente Uribe Vlez como Bandas CriminalesEmergentes, BACRIM7. Las primeras referencias datan del ao 2006 y desde la lecturagubernamental estos grupos tienen como finalidad la continuidad en los negocios ilcitosque habran sostenido a los paramilitares de las AUC, en lo cual estaran vinculadas odisputndose el control con redes de mafiosos, como la oficina de Envigado. Una vez se

    dej ver el rearme de los Ex AUC, integrantes de la Fuerza Pblica y del GobiernoNacional salieron a desmentir los posibles hilos de continuidad (polticos/territoriales) y acircunscribir el fenmeno al narcotrfico, as funcionarios estatales indicaron que:

    Este nuevo grupo no era la continuacin de las AUC, ya que su nico fin era elnarcotrfico. Una de estas declaraciones fue hecha por el comandante de la Policade Norte de Santander, coronel Jos Humberto Henao, quien, en diciembre de 2006,sostuvo para el diario La Opinin que las guilas Negras no son un grupo deautodefensas porque nunca han combatido contra la insurgencia sino que se han

    dedicado a trabajar con el narcotrfico y a cometer hechos ilcitos. Estadeclaracin, ms que demostrar el compromiso policial en el combate a las guilasNegras, deja ver la buena imagen que de los paramilitares [tena] el coronel Henao(Colectivo Brecha, 2007, may. 17)

    El fenmeno tom dimensiones nacionales, grupos locales o estructuras pequeas seagruparon y organizaron en apuestas de enorme envergadura, lo que implic un mayorcopamiento territorial y mayor accionar. Hoy los grupos armados ilegales postdesmovilizacin de las AUC, tienen presencia en 31 de los 32 departamentos del pas, conun alcance de 406 municipios, casi el 40% del territorio nacional y los principales

    referentes organizativos son los Urabeos (ahora denominado Clan suga) y los Rastrojos(El Espectador, 2012, feb. 19; El Pas, 2013, dic. 18)8, dentro de lo que se encuentra laregin del Nordeste Antioqueo, con particularidades regionales en su accionar en esteterritorio. Lo anterior lleva a preguntar si esta nueva modalidad de grupos se enmarcaradentro del Derecho Internacional Humanitario y la definicin de conflicto armado nointernacional.

    2. EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO, LA CATEGORA DECONFLICTO ARMADO NO INTERNACIONAL Y LAS BACRIMEn primer lugar, es necesario destacar que la aplicacin del DIH en escenarios nacionalesha estado relacionada con la ocurrencia dentro de un Estado Parte de un conflicto armado

    7Dentro de stas las que tienen mayor presencia en el pas son: Clan suga, Los Rastrojos, Disidencias deErpac, La Empresa, La Cordillera, La Constru, Los Caqueteos, Los Orocueos, El Clan Soto, Disidencias delEpl, Los Botalones, Los Costeos y Los Giraldo.8Las cifras manejadas por la Fiscala General de la Nacin y el Ministerio de Justicia sealan que hoy en dase tiene presencia de las Bacrim en 115 municipios de 15 departamentos. (El Nuevo Siglo, 2014, oct. 12).

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    prolongado al conflicto armado. La Tabla No. 2 resume los principales aspectos de losCANI de estos tres instrumentos.

    Tabla No. 2.

    PRINCIPALES ASPECTOS SOBRE LAS PARTES CONTENDIENTES EN LOS CONFLICTOSARMADOS NO INTERNACIONALES CONSIDERADOS EN LOS INSTRUMENTOS DEL DIH

    InstrumentoIdentificacin

    orgnicaControl territorial

    Capacidad paraefectuar operaciones

    Artculo 3comn

    Las partescontendientes* debentener cierto grado deorganizacin de modoque puedan, porejemplo, celebrar (yhacer cumplir)acuerdos especialessobre las

    disposiciones de losConvenios.

    No incluye La violencia alcanzadadebe alcanzar ciertogrado de intensidad,de modo que laspartes contendientespudieran efectuar (porlo cual se prohben)conductas como, porejemplo, la toma de

    rehenes.

    Protocolo II Se especifica que laspartes pueden ser lasfuerzas militares,fuerzas armadasdisidentes y gruposarmados organizadosbajo la direccin de unmando responsable

    Las fuerzas armadasdisidentes y losgrupos armadosorganizados debenejercer control sobreuna parte del territoriode la Alta Partecontratante.

    Las partescontendientes (noestatales) deben poderrealizar operacionesmilitares sostenidas yconcertadas as comoaplicar el Protocolo II.

    Estatuto deRoma. Art. 8(f)y 8(d)

    Identifica las partescomo autoridadesgubernamentales y

    grupos armadosorganizados o entretales grupos.

    No incluye Al caracterizar lasituacin de CANIcomo un conflicto

    armado prolongado seentiende que laspartes deben tener lacapacidad de efectuary sostener accionesarmadas. Estaespecificidadpermitira sudiferenciacin de losactos aislados yespordicos deviolencia y daracuenta de la

    intensidad de laviolencia armada.

    * No especifica que necesariamente una de ellas deba ser las FFMM de un Estado Parte.Fuente: elaboracin propia a partir de instrumentos del DIH

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    En este orden, en la dinmica del conflicto armado interno en Colombia 10 a pesar de lasdiscusiones presentadas11, la tendencia ha sido a la exigencia de la aplicacin del DerechoInternacional Humanitario. Ahora, y en segundo lugar, la discusin est abierta en cuanto alos grupos que emergieron con posterioridad a las AUC, muy a propsito tambin de losmarcos normativos que se implementan (y los que se quieren implementar) para combatir a

    dichos grupos y de las normas que podran generarse para su desestructuracin12.

    Para darle salida al interrogante propuesto es importante abordar otros referentes delDerecho Internacional Humanitario, como son las discusiones que se han planteado en elComit Internacional de la Cruz Roja, CICR. Al respecto se debe mencionar la XXXIConferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, celebrada en el 2011,en la que se seala que un Conflicto Armado No Internacional implica hostilidades entre unEstado y un grupo armado organizado no estatal (la parte no estatal), o entre grupos de estandole, tomando como criterios que (i) las partes implicadas deben tener cierto grado de

    organizacin y (ii) la violencia debe alcanzar cierto grado de intensidad (CICR, 2011, oct.p.9).

    Al abordar elementos indicativos que sirven de base para considerar el primer criterio, el deorganizacin o parte en la confrontacin, la Conferencia incluye, como aspectosindicativos:

    La existencia de una estructura de mando, de normas y mecanismos de disciplinadentro del grupo armado, un centro de operaciones, la capacidad de procurarse,transportar y distribuir armas, la capacidad del grupo de planificar, coordinar y

    llevar a cabo operaciones militares, incluidos los movimientos de las tropas y lalogstica, capacidad para negociar y pactar acuerdos, por ejemplo un alto el fuego oun acuerdo de paz (CICR, 2011, oct., p.10).

    De igual forma la Conferencia presenta elementos que pueden llegar a especificar loscriterios del segundo elemento, la intensidad, el cual es un criterio fctico, e implica, segnla jurisprudencia internacional

    10Dinmica en las cualhaciendo uso de la terminologa del CICR- las fuerzas armadas gubernamentales seenfrentan a grupos armados organizados (guerrillas) y grupos armados organizados se enfrentan entre s(guerrillas frente a paramilitares; guerrillas frente a guerrillas).11 Respecto a la duda presente todava en algunos sectores sobre la aplicabilidad del DIH es imperativorecordar lo expresado por el tratadista Alejandro Valencia Villa: El reconocimiento de un conflicto armadoes una situacin objetiva que determina la aplicacin de unas normas humanitarias y por tanto es un actopoltico (Valencia, 2013, p.119).12 Los clculos frente al nmero de integrantes de las Bacrim es incierto, pero lo que s es claro es quedesde el primero de enero de 2009 a la fecha [2014], han sido abatidos en enfrentamientos entre la Polica ylas Fuerzas Militares de 239 de sus integrantes y capturados otros 20.289 (El Nuevo Siglo, 2014, oct. 12).

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    El nmero de enfrentamientos y la duracin e intensidad de cada uno de ellos, eltipo de armas y de otros material militar utilizado, el nmero y el calibre de lasmuniciones utilizadas, el nmero de personas y los tipos de fuerzas que participanen los enfrentamientos, el nmero de bajas, la extensin de la destruccin material yel nmero de civiles que huyen de las zonas de combate. Asimismo, la eventual

    intervencin del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas puede dar una ideade la intensidad de un conflicto. Segn el Tribunal Penal Internacional para exYugoslavia (TPIY), existe un CANI en el sentido del artculo 3 comn cuando hayuna violencia armada prolongada (sin cursiva en el original) entre autoridadesgubernamentales y grupos armados organizados, o entre estos grupos, en elterritorio de un Estado. Las subsiguientes decisiones del Tribunal se han basado enesta definicin, explicando que el requisito de prolongado es, de hecho, parteintegrante del criterio de intensidad (CICR, 2011, oct., p.10).

    El anlisis del CICR (2011, oct., pp.10-12) llev a establecer siete tipos de CANI,abordando as mismo la violencia que tiene origen en el crimen organizado, indicando enprimer lugar, que se entiende por crimen organizado todas las que actividades ilcitasllevadas a cabo por organizaciones criminales y bandas territoriales, incluidas lasactividades que tienen como consecuencia el recurso a la violencia armada, violenciaarmada que incluye la que se relaciona con la lucha entre estructuras del crimen organizadoo entre stas y las FFMM o la polica. Con base en lo anterior y ante una realidad cada vezms presente en determinadas sociedades, el CICR se pregunta si la violencia a que dalugar el crimen organizado y la forma en que se responde a l se pueden considerar unconflicto armado segn el DIH y, en especial, si los grupos armados implicados en el

    crimen organizado pueden ser partes en un conflicto armado (CICR, 2011, oct. , p.13).

    Para responder a esta pregunta se retoman los dos elementos expresados comocaractersticos del CANI, la organizacin en las Partes y la intensidad de la confrontacin.En este orden,

    Se puede decir que en muchos contextos se cumple el primer criterio. Los gruposcriminales cuentan, a menudo, con una estructura de mando, un centro deoperaciones, la capacidad de procurarse armas y de planificar operaciones, etc. Encuanto al criterio de intensidad de la violencia, determinar en la prctica si se haalcanzado el umbral de un CANI es a veces ms difcil. La evaluacin debe hacerseanalizando cada caso por separado, sopesando una serie de datos indicativos.Elementos pertinentes son, por ejemplo, la ndole colectiva de los enfrentamientos oel hecho de que el Estado est obligado a recurrir a sus fuerzas armadas para hacerfrente a la situacin. Tambin puede tenerse en cuenta la duracin de losenfrentamientos armados y su frecuencia, la ndole de las armas utilizadas, eldesplazamiento de poblacin, el control territorial por parte de grupos armados, la

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    de comunicacin- hacer acuerdos en el periodo reciente con organizaciones insurgentescomo las FARC y el ELN (los Rastrojos) para enfrentar a los Urabeos.

    Los dos criterios considerados para poder indicar si se est ante un conflicto armado nointernacional en el caso de la violencia ejercida por el crimen organizado estaran

    desarrollados en la regin, pues las Bacrim tienen en el territorio jefes y jerarqua de mandoreconocida13, capacidad para proveerse de armas, planificar y desarrollar operaciones deorden militar contra otras estructuras o contra integrantes de las FFMM (o responder astas), entre otros aspectos; de otra parte, en cuanto al criterio de intensidad de la violencia,se cumple con un elemento objetivo como es el que el Estado se ha visto obligado a recurrira sus Fuerzas Militares para hacerles frente, al igual que otros elementos como ha sido eldesplazamiento poblacional en el marco de las acciones, el control territorial, las vctimasque se han presentado en los combates, entre otros.

    El Defensor del Pueblo, Jorge Armado Otlora, en una lectura nacional del fenmenoafirma: Los grupos armados mal llamados Bacrim cuentan con mandos jerrquicos,capacidad para reclutar y entrenar, habilidad para coordinar operaciones de tipo militar yejercer control sobre un territorio (El Espectador, 2012, nov. 13). Posteriormente, ElDefensor reafirm su lectura a propsito de un fallo de la Corte Constitucional: nodebehaber duda de que las bandas criminales son verdaderos grupos armados ilegales, con lacapacidad militar y la organizacin suficiente para asolar a la poblacin tanto rural comourbana y que han extendido sus acciones a lo largo y ancho del territorio nacional(Defensora del Pueblo, 2014, oct. 4)

    Finalmente, a partir de los dos criterios expuestos por el CICR manifiestos en laconfrontacin en el Nordeste Antioqueo exige a las partes en la conduccin de lashostilidades la observancia y cumplimiento del Derecho Internacional Humanitario, claroest el anlisis realizado en el Nordeste Antioqueo tiene la pretensin de lograr mayoresalcances, en tanto no se debe perder de vista que el derecho humanitario se aplica en todoel territorio nacional, no solamente en reas geogrficas especficas donde se llevan a cabolas hostilidades (Valencia Villa, 2013, p.125), as, el ejercicio realizado se muestra comoinsumo para que las autoridades y las Bacrim consideren las reglas del DIH en su accionaren todo el pas.

    13 El pasado 23 de abril de 2014 fue capturado alias Mario Bross jefe de los Urabeos en el NordesteAntioqueo.

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    FUENTES

    COLECTIVO BRECHA (2007, may. 17), Las guilas Negras sobrevuelan Norte deSantander Reparamilitarizacin del departamento? Disponible en:http://prensarural.org/spip/spip.php?article430[fecha de consulta: 18 de octubre de 2014]

    COMIT INTERNACIONAL DE LA CRUZ ROJA, CICR (2011, oct.) El derechointernacional humanitario y los desafos de los conflictos armados contemporneos.Informe. XXXI Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja.31IC/11/5.1.2.

    CORPORACIN ACCIN HUMANITARIA PARA LA CONVIVENCIA Y LA PAZ ENEL NORDESTE ANTIOQUEO, CAHUCOPANA (2013) Informe sobre la situacin delos derechos humanos en la regin del Nordeste Antioqueo colombiano

    DEFENSORA DEL PUEBLO, DEFENSORA DELEGADA PARA LA PREVENCINDE RIESGOS DE VIOLACIONES DE DERECHOS HUMANOS Y DERECHOINTERNACIONAL HUMANITARIO (2012, abr. 3)Informe de riesgo No. 002-12A.I.

    DEFENSORA DEL PUEBLO (2014, oct. 4) Defensora celebra fallo de la CorteConstitucional que ordena reparacin de vctimas de las bacrim Disponible en:http://defensoria.gov.co/es/nube/noticias/522/Defensor%C3%ADa-celebra-fallo-de-la-Corte-Constitucional-que-ordena-reparaci%C3%B3n-de-v%C3%ADctimas-de-las-%E2%80%98bacrim%E2%80%99-reparaci%C3%B3n-de-v%C3%ADctimas-bacrim-

    Corte-Constitucional-DIH-DDHH.htm?ls-art0=285 [fecha de consulta: 18 de octubre de2014]

    DEPARTAMENTO NACIONAL DE ESTADISTICA, DANE (2012), NecesidadesBsicas Insatisfechas - NBI, por Total, Cabecera y Resto, segn Departamento y Nacionala 30 de junio de 2012. Disponible en:http://www.dane.gov.co/censo/files/resultados/NBI_total_dpto_30_Jun_2012.xls [fecha deconsulta: 18 de octubre de 2014]

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  • 8/9/2019 El DIH y Los Grupos Post-AUC. Caso Nordeste Antioqueo

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    EL ESPECTADOR (2012, nov. 13) Por qu a las Bacrim se les considera simplementebandas criminales?' Disponible en: http://www.elespectador.com/noticias/judicial/bacrim-se-les-considera-simplemente-bandas-criminales-articulo-386817[fecha de consulta: 18 deoctubre de 2014]

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    Marcos normativos y jurisprudencia

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    Estatuto de la Corte Penal Internacional

    Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a laproteccin de las vctimas de los conflictos armados sin carcter internacional (ProtocoloII)

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