el derecho penal especial

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  • 8/17/2019 El Derecho Penal Especial

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    INTRODUCCIÓN

    La causa de la infracción o de la no observación de las disposiciones de laley, el delito, en perjuicio de la sociedad y de la obligatoriedad de la misma ley por los hombres, obedece a muchos y muy diversos factores, los que se mencionan másadelante; sin embargo, por lo pronto, se adelanta que esos factores tienen origen enla propia naturaleza del hombre y la convivencia estrecha a la que, hoy en día, se vesometido. ues, el hombre siempre pretenderá tener un mayor n!mero desatisfactores que otros, incluso más de los que necesita, por el sólo hecho de acumular riquezas y el poder, que en la sociedad actual, representan una posición admirada yenvidiada por algunos de sus miembros, a!n cuando no las puede conseguir de

    manera honesta y legal.

    "n este sentido, es que el delito es una consecuencia de la convivencia social,que infringe normas legales, en el afán de llegar a obtener la aprobación# social,desde el punto de vista económico, y la dirigencia de la misma, como patrón deadmiración.

    "l $erecho enal especial estudia la clasificación de losdelitos %&quellos que

    atacan los bienes jurídicamente tutelados'."l(ódigo enal venezolano en sulibro )),clasifica las diversas especies deldelito, cumpliendo con una de lasfunciones primordiales de toda norma, sea legal o científica. "n los diferentes ordenamientos jurídicos, dicha clasificación puede llevarse a cabo conforme a una infinita diversidadde criterios

    &hora bien nuestra legislación enmateria penal acoge como base decategorización y agrupación lanaturaleza propia del objeto del delito, es decir, el bien

    jurídico tutelado colectivo o individual, que los individuos ensociedadfundamentándose en la importancia que tienen esosvalores para la misma, se han puesto de acuerdo en proteger.

    http://www.monografias.com/trabajos6/evde/evde.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-delito/el-delito.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/configuraciones-productivas/configuraciones-productivas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/eticaplic/eticaplic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/librylec/librylec.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/delipen/delipen.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/lamateri/lamateri.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/naturaleza/naturaleza.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/sociedad/sociedad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/nuevmicro/nuevmicro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-delito/el-delito.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/configuraciones-productivas/configuraciones-productivas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/eticaplic/eticaplic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/librylec/librylec.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/delipen/delipen.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/lamateri/lamateri.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/naturaleza/naturaleza.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/sociedad/sociedad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/nuevmicro/nuevmicro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/evde/evde.shtml

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    DELITOS CONTRA LAS PERSONAS

    "ntre ellos en el *itulo )+ de los $elitos (ontra Las ersonas, se presentanvarios tipos penales que atentan contra bienes jurídicos tutelados como lo son la vida,la integridadfísica y moral. & continuación se colocaran los capítulos contentivos altitulo )+ de los delitos contra las personas a manera de saber cuales son algunos delos mencionados delitos que atentan contra las personas

    Homicidio Intencional Simple

    "l -omicidio intencional simple es la muerte de un hombre, de unindividuode la especie humana intencionalmente causada por otra persona física e imputable,

    siempre que la muerte de sujeto pasivo sea e clusivamente resultado de laacción uomisión realizada por el agente. &hora bien la definición legal del delito de homicidiosimple la encontramos en el código enal /enezolano en el *itulo )+ (apitulo )&rticulo 012 que dice te tualmente 3"l que intencionalmente haya dado muerte aalguna persona será penado con presidio de doce a dieciocho a4os3.

    Subtipos penales del Homicidio simple

    Homicidio Calificado 5on aquellos que califican al delito de homicidiosimple, y su pena es mayor. & saber seg!n el *itulo )+ (apitulo ) articulo 016 delcódigo penal venezolano "n los casos que se enumeran a continuación se aplicaranlas siguientes penas

    7. 8uince a4os a veinte a4os de prisión a quien cometa homicidio por medio deveneno o de incendio, sumersión u otro de los delitos previstos en el titulo /)) de estelibro, con alevosía o por motivos f!tiles o innobles, e en el curso de la ejecución de

    los delitos previstos en los artículos 009, 021, 027, 02:,026 y 02 de este código.

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    a. "n la persona de su ascendiente o descendiente o en la de su conyugue.

    b. "n la persona del presidente de la >epublica o de quien ejerciere interinamente lasfunciones de dicho cargo.

    Homicidio pe!pet!ado po! medio de "eneno 3? a quien cometa elhomicidio por medio de veneno?3 Lo más importante en este tipo de delito es elmedio de comisión el veneno.

    Homicidio po! medio de incendio "l fundamento de esta calificante se puede resumir en dos. "l incendio es un medio capaz de causar grandes estragos. @navez ocasionado el incendio puede no solo provocar solo la muerte de la persona que,

    inicialmente deseaba matar el sujeto activo, sino, además la muerte de otra u otra persona yAo grandes da4os a la propiedad de terceros.

    Homicidio Ale"oso# 3? con alevosía...3. Buestro código penal en su articuloCC ord.7 en cuanto a son circunstancias agravantes, nos establece que hay alevosíacuando el culpable obra a traición o sobreseguro. "n otros t=rminos e iste alevosíacuando el sujeto activo no afronta ning!nriesgo ni da al sujeto pasivo la menor posibilidad de defenderse

    Homicidio po! moti"os f$tiles o innobles 3"l que destruye una vida paraapoderarse de unos pocos c=ntimos, comete un homicidio ad#lasciviam o per libídinedi sangre; el que derramasangre humana para constatar lacalidad del revolver o para probar el arma homicida, no ejecuta tampoco seg!n los criminalistas, un homicidio por impulso brutal de ferocidad3

    Pa!!icidio 3"n la persona de su ascendiente o descendiente?3

    %ilicidio %tambi=n conocido como libericidio' 3"n la persona de suascendiente o descendiente...3 "s un delito que consiste en atentar contra la vida yque es cometido por un genitor %padreAmadre' hacia un hijo propio.

    http://www.monografias.com/trabajos28/propiedad-intelectual-comentarios-tendencias-recientes/propiedad-intelectual-comentarios-tendencias-recientes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/segu/segu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/ripa/ripa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/sangre/sangre.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/conge/conge.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/propiedad-intelectual-comentarios-tendencias-recientes/propiedad-intelectual-comentarios-tendencias-recientes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/segu/segu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/ripa/ripa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/sangre/sangre.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/conge/conge.shtml

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    Con&u'icidio "s el homicidio intencionalmente cometido por un conyugue enla persona del otro. (uando es el marido quien mata intencionalmente a la mujer, sellama u oricidio; en cambio, si es la mujer quien mata intencionalmente al marido, se

    denomina viricidio.

    (a'nicidio 3"n la persona del residente de la >epublica o de quienejerciera interinamente las funciones de dicho cargo3. "l magnicidio es un delito desujeto activo indiferente, ya que puede ser cometido indistintamente, por cualquier persona física e imputable. "s en cambio, un delito de sujeto pasivo calificado, porque solo se puede cometer contra el residente de la >epublica o el encargado dela presidencia de la >epublica.

    Homicidios a'!a"ados

    "stán tipificados en el artículo 01C del (ódigo enal, en los siguientest=rminos 3La pena del delito previsto en el articulo 012 de este código, será de veintea4os a veinticinco a4os de presidio

    7. ara los que lo perpetren en la persona de su hermano.

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    delito enjuiciable de oficio y para enjuiciar al agente habrá de seguirse el procedimiento penal ordinario.

    Homicidio concausal

    Buestro código penal, en su artículo 01 establece el homicidio concausal dela siguiente manera 3"n los casos previstos en los artículos precedentes, cuando lamuerte no se hubiere efectuado sin el concurso de circunstancias pree istentesdesconocidas del culpado, o de causas imprevistas que no han dependido de su hecho,la pena será de presidio de siete a diez a4os, en el caso del articulo 012; de diez aquince a4os, en el del articulo 016; y de ocho a doce a4os en el articulo 01C3.

    Homicidio Culposo

    Buestro código penal en su artículo 019 establece las condiciones delhomicidio culposo 3"l que por haber obrado con imprudencia o negligencia, o biencon impericia en su profesión, arte o industria, o por inobservancia de losreglamentos, ordenes o instrucciones, haya ocasionado la muerte de alguna persona,será castigado con prisión de seis meses a cinco a4os.

    Homicidio P!ete!intencional"s cuando la muerte sobreviene como consecuencia de un ataque a la

    integridad personal."l código enal /enezolano en el encabezamiento del artículo071 tipifica el homicidio preterintencional 3"l que con actos dirigidos a ocasionar una lesión personal, causare la muerte de alguno, será castigado con presidio de seis aocho a4os, en el caso de articulo 016; y de siete a diez a4os, en el caso del articulo01C3.

    Homicidio p!ete!intencional concausal

    "ste subtipo de homicidio esta previsto en el aparte !nico del artículo 071 del(ódigo enal, de la siguiente manera 35i la muerte no habría sobrevenido sin elconcurso de cirnscuntancias pree istentes desconocidas del culpable, o de causas

    http://www.monografias.com/trabajos7/perde/perde.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/fuper/fuper.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/perde/perde.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/fuper/fuper.shtml

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    imprevistas o independientes de su hecho, la pena será la de presidio de cuatro a seisa4os, en el caso del articulo 016; y de cinco a siete a4os, en el caso del articulo 01C3.

    De las lesiones pe!sonales

    5e entiende por lesión personal todo da4o causado a la salud, física, mental,de una persona, que no ocasiona la muerte y que no esta destinado a ocasionarla%Frisanti &veledo, pág. C7.

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    Lesiones a'!a"adas

    "stán consagradas en el aparte !nico del artículo 07 del (ódigo enal, queestablece lo siguiente 35i el hecho esta acompa4ado de alguna de las circunstancias previstas en el articulo 01C, la pena se aumentara con un tercio, sin perjuicio de la pena del hecho punible concurrente que no pueda considerarse como circunstanciaagravante sino como delito separado3

    Lesiones p!ete!intencionales

    Las lesiones son preterintencionales cuando el agente obra con animusnocendi respecto al sujeto pasivo, mas el resultado lesivo es de mayor entidad que

    aquel que se propuso causar el sujeto activo. Lo establece el (ódigo penal en suartículo 079 3(uando en los casos previstos en los artículos que preceden e cede elhecho en sus consecuencias al finque se propuso el culpable la pena en ellosestablecida se disminuirá de una tercera parte a la mitad3

    Lesiones Culposas

    "stán previstas en el artículo 0

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    • $irecto (uando se ha perseguido directamente la e pulsión del feto. "ste tipo

    de aborto puede ser a su vez;• D=dico, cuando es realizado por un facultativo, con fines terap=uticos, en

    caso de enfermedad de la madre o con el objeto de salvar su vida. *ambi=nllamado lícito o terap=utico.

    • (riminal o ilícito, que es provocado con el !nico fin de dar muerte al feto, de

    interrumpir el embarazo, mediante el uso de instrumentos aptos para ello.

    Abo!to te!ap/utico "s el realizado cuando el embarazo pone en peligro la vidade la mujer embarazada. "sta situación ha quedado prácticamente superada comoconsecuencia del progreso en la medicina. 8uedan algunas pocas situaciones

    e cepcionales, en las que además el feto no va a ser viable %por ejemplo el caso delembarazo ectópico, en el que la implantación del embrión no acontece en el !tero,sino, por ejemplo, en las trompas'.

    "n relación a nuestra legislación /enezolana nuestro código penal en su artículo0::, se4ala la práctica del aborto como ultima instancias para salvar la vida de lamadre, y lo menciona como una causa de e oneración enal para el facultativo que lorealice.

    3 Bo incurrirá en pena alguna el facultativo que provoque el aborto como medioindispensable para salvar la vida de la parturienta3.

    DELITO CONTRA LA PROPIEDAD 0HURTO1 RO,O1 E2TORSION1APROPIACIÓN INDE,IDA - A,USO DE %IR(A EN ,LANCO3

    HURTO

    &rtículo 027. *odo el que se apodere de alg!n objeto mueble, perteneciente aotro para aprovecharse de =l, quitándolo, sin el consentimiento de su due4o, del lugar donde se hallaba, será penado con prisión de un a4o a cinco a4os. 5i el valor de lacosa sustraída no pasare de una unidad tributaria %7 @.*.', la pena será de prisión detres meses a seis meses. 5e comete tambi=n este delito cuando el hecho imputado

    http://www.monografias.com/trabajos11/lamujer/lamujer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/lamujer/lamujer.shtml

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    recaiga sobre cosas que hagan parte de una herencia a!n no aceptada, y por elcopropietario, el asociado o coheredero, respecto de las cosas comunes o respecto dela herencia indivisa, siempre que el culpable no tuviere la cosa en su poder. La

    cuantía del delito se estimará hecha la deducción de la parte que corresponde alculpable.

    &rtículo 020. "l que sin estar debidamente autorizado para ello, hayaespigado, rateado o rebuscado frutos en fundos ajenos, cuando en ellos no se hubiererecogido enteramente la cosecha, será castigado con multa de cinco unidadestributarias %2 @.*.' a veinticinco unidades tributarias %

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    0' 35i concurriere alguna de las circunstancias se4aladas en el párrafo < del&rt. :

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    por cualquier título que comporte la obligación de restituida o de hacer de ella un usodeterminado, será castigado con prisión de tres meses a dos a4os, por acusación de la parte agraviadaJ.

    "l sujeto activo recibe del pasivo una cosa mueble, por un título legítimo queentra4a para aqu=lla obligación de restituida o de hacer de ella un uso determinado. "lagente no cumple tal deber; por el contrario, se adue4a de la cosa mueble animus remsibi habendi'. risión de tres meses a dos a4os.

    Ap!opiaci4n indebida calificada. I(uando el delito %sic' previsto en losartículos precedentes se hubiere cometido sobre objetos confiados o depositados enrazón de la profesión, industria, comercio, negocio, funciones o servicios deldepositario, o cuando sean por causa del depósito necesario, la pena de prisión será por tiempo de uno a cinco a4os; y el enjuiciamiento se seguirá de oficioJ %artículo06 del (ódigo enal'.

    Ap!opiaciones indebidas meno!es "stablece el artículo 069 del (ódigoenal que I or acusación de la parte agraviada, será castigado con prisión de quince

    días a cuatro meses o multa de veinticinco unidades tributarias %

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    A,USO DE %IR(A EN ,LANCO

    "l artículo 06C del (ódigo enal dispone I"l que abusando de una firma en blanco que se le hubiere confiado, con la obligación de restituirla, o de hacer con ellaun uso determinado, haya escrito o hecho escribir alg!n acto que produzca un efecto jurídico cualquiera, en perjuicio del signatario, será castigado con prisión de tresmeses a tres a4os, por acusación de la parte agraviada.

    5i la firma en blanco no se hubiere confiado al culpable, se aplicarán al casolas disposiciones de los (apítulos ))) y )/ *ítulo /) del presente LibroJ. enalidad.

    risión de tres meses a tres a4os.

    DELITOS CONTRA LAS ,UENAS COSTU(,RES - EL ,UEN ORDEN DELAS %A(ILIAS 0LA 7IOLACIÓN1 PROSTITUCIÓN1 CORRUPCIÓN DE(ENORES1 RAPTO1 ADULTERIO1 ,I)A(IA1 ULTRA8ES AL (ENOR3

    De la "iolaci4n1 de la seducci4n1 de la p!ostituci4n o co!!upci4n de meno!es & delos ult!a9es al pudo!

    &rtículo :C0. 8uien por medio de violencias o amenazas haya constre4ido a

    alguna persona, de uno o de otro se o, a un acto carnal por vía vaginal, anal u oral, ointroducción de objetos por alguna de las dos primeras vías, o por vía oral se leintroduzca un objeto que simulen objetos se uales, el responsable será castigado,como imputado de violación, con la pena de prisión de diez a4os a quince a4os. 5i eldelito de violación aquí previsto se ha cometido contra una ni4a, ni4o o adolescente,la pena será de quince a4os a veinte a4os de prisión.

    La misma pena se le aplicará, aun sin haber violencias o amenazas, al

    individuo que tenga un acto carnal con persona de uno u otro se o7. (uando la víctima sea especialmente vulnerable, por razón de su edad o

    situación, y, en todo caso, cuando sea menor de trece a4os.

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    &rtículo :C . "l que tuviere acto carnal con persona mayor de doce y menor de diecis=is a4os, o ejecutare en ella actos lascivos, sin ser su ascendiente, tutor niinstitutor y aunque no medie ninguna de las circunstancias previstas en el artículo

    :C0, será castigado con prisión de seis a dieciocho meses y la pena será doble si elautor del delito es el primero que corrompe a la persona agraviada.

    "l acto carnal ejecutado en mujer mayor de diecis=is a4os y menor deveintiuno con su consentimiento, es punible cuando hubiere seducción con promesamatrimonial y la mujer fuere conocidamente honesta; en tal caso la pena será de seismeses a un a4o de prisión.

    5e considerará como circunstancia agravante especial, en los delitos a que secontrae este artículo, la de haberse valido el culpable de las gestiones de losascendientes, guardadores o representantes legales u otras personas encargadas devigilar la persona menor de edad o de los oficios de pro enetas o de corruptoreshabituales.

    &rtículo :C9. "n lo que concierne a los delitos previstos en los artículos precedentes, el enjuiciamiento no se hará lugar sino por acusación de la parte

    agraviada o de quien sus derechos represente.ero la querella no es admisible si ha transcurrido un a4o desde el día en que

    se cometió el hecho o desde el día en que tuvo conocimiento de =l la persona que pueda querellarse en representación de la agraviada.

    "l desistimiento no tendrá ning!n efecto, si interviene despu=s de recaídasentencia firme.

    5e procederá de oficio en los casos siguientes7. 5i el hecho hubiere ocasionado la muerte de la persona ofendida, o si hubiere sidoacompa4ado de otro delito enjuiciable de oficio.

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    "l rapto puede ser propio, cuando se comete por medio de violencias,amenazas o enga4o; o impropio o consensual, cuando interviene el consentimiento dela raptada. "l propio puede ser mediante arrebato, sustracción o detención de la mujer

    mayor o emancipada. @nos pocos tratadistas han sostenido que en el caso dedetención o retención de la mujer podrá haber un atentado a su libertad individual yhasta dar origen a otros delitos contra las buenas costumbres, como violación, actoslascivos violentos, etc., pero no habrá rapto, pues entienden que este delito sólo puedecometerse por sustracción. ero la gran mayoría de los e positores y tambi=n buenn!mero de los códigos penales admiten el rapto por arrebato y por detención de lamujer.

    "l rapto se consuma por el solo hecho de la sustracción o de la detención o delarrebato, siempre que el agente act!e con la intención de cometer este delito, aunqueno se alcance el fin perseguido. &dmite tentativa en cualquiera de los casos quelaLeycontempla cuando, despu=s de haber arrebatado a la víctima y se dispone allevársela del lugar del hecho, o cuando luego de haberla introducido en un vehículo omientras trata de introducirla en alg!n inmueble, no alcanza a consumar el hecho porque lo impide la intervención de personas que se hayan dado cuenta de lo que

    aqu=l pretende."n los casos previstos en la primera parte del artículo : 0, vale decir, cuando

    el sujeto pasivo es una persona menor o una mujer casada, si una u otra ha prestadosu consentimiento, la pena será de prisión de seis meses a dos a4os. 5e trata aquí delrapto consensual, o sea, aqu=l para el cual la persona menor o la mujer casada encuyo agravio ha sido perpetrado el delito han prestado su consentimiento para lacomisión del mismo. or persona menor debe entenderse la que no ha cumplido

    dieciocho a4os.

    "l legislador quiso proteger, mediante la disposición del artículo : :, tanto las buenas costumbres, como el buen orden de la familia; desde luego que sanciona laconducta del agente cuando act!a con fines de libertinaje o de matrimonio. 5e

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    requiere dolo gen=rico representado por la intención de arrebatar, sustraer o detener alguna de las posibles víctimas del delito; y tambi=n dolo específico determinado por uno u otro de los fines referidos.5i alguno de los delitos de rapto se comete con el

    sólo fin de matrimonio, el Euez podrá, a su arbitrio, aplicar la pena de prisión en lugar de la de presidio, por el tiempo indicado en cada caso.

    *ambi=n con respecto a los diferentes delitos de rapto se requiere para suenjuiciamiento la instancia o acusación de la parte agraviada o de su representantelegal.

    Los delitos de los co!!upto!es

    "l (apítulo ))) del *ítulo /))) del (ódigo enal trata de los corruptores. "l primero de los artículos que lo integran #el : C# prescribe I"l que por satisfacer las pasiones de otro hubiere inducido a la prostitución o a actos de corrupción a alguna persona menor, será castigado con prisión de tres a dieciocho meses. La prisión seimpondrá por tiempo de uno a cuatro a4os si el delito se ha cometido 7H "n alguna persona menor de doce a4os.

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    de la víctima una huella profunda capaz de torcer el sentido natural y sano de lase ualidadJ

    P!ostituci4n & co!!upci4n "iolenta o f!audulenta en la familia

    "ste te to del artículo : 9 del (ódigo enal data de la reforma de 7 9C y seha mantenido igual en los códigos subsiguientes hasta hoy. La naturaleza de la pena pone de manifiesto la mayor gravedad de los precitados delitos cuando sonconsumados en el ámbito familiar. P la razón de que se agrave la responsabilidad delos distintos posibles agentes es obvia, desde luego que, con tales hechos, =stos violanimperativos deberes morales relacionados todos con la protección y el respeto de lafamilia. P esa conducta resulta más reprochable por las violencias, las amenazas, elfraude o el enga4o de que ha de valerse el actor para alcanzar su infame propósito.

    "n la prostitución y corrupción violenta serán sujetos activos y pasivos,respectivamente, el ascendiente y el descendiente, los afines en línea recta ascendentey descendente, el marido y la esposa, el tutor y el pupilo; y en la fraudulenta, sólo losse4alados en los lugares primero y tercero.

    La acción puede ser violenta o fraudulenta, seg!n el agente constri4a por

    medio de violencias o amenazas al descendiente, al afín en línea recta descendente ala esposa, aunque sea mayor, o al pupilo a la prostitución o corrupción; o bien elascendiente o el marido induzcan a tales fines al descendiente o a la cónyuge menor omayor de edad, mediante fraude o enga4o.

    La pena es de presidio de cuatro a seis a4os en el primer caso y de tres a cincoen el segundo. 5on delitos de acción privada, a tenor de lo establecido en el artículo:91.

    El delito de Adulte!io

    "n el (apítulo / del *ítulo /))) del (ódigo enal venezolano aparecenincriminados en los artículos :90 y :92 el adulterio consumado por la mujer y el

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    cometido por el marido, sancionado aqu=l con mayor severidad que =ste, si bien losartículos siguientes contienen disposiciones comunes a los dos.

    "l primero de aquellos artículos prescribe ILa mujer ad!ltera será castigadacon prisión de seis meses a tres a4os. La misma pena es aplicable al coautor deladulterioJ.

    Bo define este precepto legal el adulterio, como lo hacía el artículo 072 del primero de nuestros códigos penales, el de 7 C:, el cual establecía al respectoI(omete adulterio la mujer casada que yace con varón que no sea su marido y el queyace con ella sabiendo que es casada aunque despu=s se declare nulo el matrimonioJ.Daggiore lo define como Ila infracción dolosa del vínculo matrimonial, cometida por la mujer casada que concede su propio cuerpo a un hombre distinto del maridoJ.

    5ujetos activos de este delito han de ser necesariamente un hombre y unamujer, y =sta debe ser casada. 5e trata de un típico caso de concurso necesario, comoque el delito previsto en el artículo preinserto no puede perpetrarse sino con elconcurso de la mujer casada y del amante que conoce su estado y teniendo ambos lavoluntad consciente de ejecutar el acto carnal. "l sujeto pasivo es el marido de la

    ad!ltera.

    5i el hombre ignora que la mujer es casada, no incurrirá en el delito. P si fuereinimputable, como sería el perturbado mental o el menor de dieciocho a4os, sólo podrá considerarse reo a la mujer. uede ocurrir que la mujer sea la inimputable yentonces se sancionará al varón e clusivamente.

    (omete asimismo adulterio el marido que mantiene concubina en la casaconyugal, o tambi=n fuera de ella, si el hecho es notorio. La pena será en ese caso de prisión de tres a dieciocho meses, y la condena producirá de derecho la p=rdida del poder marital. La concubina será penada con prisión de tres meses a un a4o. &sí loestablece el artículo :92.

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    "l artículo :9 e ime de pena al cónyuge culpable de adulterio cuandocomprueba que el acusador ha incurrido en el mismo delito, en el a4o anterior; y así prescribe que Iel culpable de alguno de los delitos previstos en los artículos

    precedentes quedará e ento de pena 7H "n el caso de acusación o querella delmarido, cuando la mujer pruebe que =l tambi=n, en el a4o anterior al hecho, habíacometido el delito especificado en el artículo :92, o había obligado o e puesto a lamujer a prostituirse o e citado o favorecido su corrupción.

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    se4alada para este delito es de prisión por tiempo de dos a cuatro a4os. 5erá de tres acinco de presidio Isi el culpable hubiere inducido en error a la persona con quien hacontraído matrimonio, enga4ándola respecto a la libertad de su propio estado o el de

    ellaJ. P será castigado con una u otra de las penas predichas aumentadas de un quintoa un tercio, Iel que, estando válidamente casado, haya contraído matrimonio, asabiendas de que el otro contrayente era tambi=n legítimamente casadoJ.

    La acción consiste, por tanto, en contraer matrimonio estando casadoválidamente; o sin estar casado, si sabe que la persona con quien lo contrae estácasada legítimamente. 5e requiere, pues, para que se cometa el delito de bigamia, lae istencia de un matrimonio anterior que no haya sido disuelto conforme ala Ley.

    "lmatrimonio anterior ha de ser válido.

    5e requiere además que el culpable contraiga un segundo matrimonioformalmente válido, es decir, celebrado de conformidad con las disposiciones legalesque lo rigen, aunque sea nulo o anulable, y así será, en todo caso, el matrimonio deuna persona ya casada. 5i el nuevo matrimonio se contrajere ante un individuo quesimula ser uno de los funcionarios antes mencionados, o si se omiten los requisitosformales del contrato en referencia, no podría hablarse de bigamia; pero la persona

    casada cometería adulterio, si bien tratándose del marido seria indispensable quehiciera vida marital notoriamente con la coautora.

    ara la perpetración de este delito basta con la celebración del segundomatrimonio.

    "n cuanto a la participación, es admisible en todas sus formas, aunque >odríguez$evesa advierte que Iau iliador necesario es, sin embargo, nada más que elcontrayente dolosoJ.

    "stá plenamente justificada la circunstancia agravante que consiste en haber elculpable Iinducido en error a la persona con quien haya contraído matrimonio,

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    enga4ándolo respecto de su propio estado o el de ellaJ, porque además de haber delinquido =l, ha determinado con su enga4o al otro contrayente a cometer el delito.Lo mismo debe decirse del aumento de un quinto a un tercio de la pena establecido en

    el aparte final del artículo citado, para el que, Iestando válidamente casado, hayacontraído otro matrimonio a sabiendas de que el otro contrayente era tambi=nválidamente casadoJ. "s la llamada doble bigamia, la cual entra4a un doble desacatode las normas que regulan el matrimonio en nuestra legislación civil.

    ILos reos de bigamia deberán ser condenados, por vía de indemnización civil,a mantener la prole menor de edad; y si la contrayente inocente es soltera y no se hahecho constar que no es honesta, deberán ser, además, condenados a dotadaJ, dispone

    el artículo 017 del (ódigo enal. Bo hay manera de e plicar por qu= el legislador,rompiendo su costumbre, se refiere en este te to legal a todos los reos de bigamia, yno a cada uno de ellos. La consecuencia es el absurdo de la parte final del mismo, enla que se prescribe que Isi la contrayente inocente %singular' es soltera y no se hahecho constar que no es honesta, deberán ser, además, condenados %plural' a dotarlaJ.

    arecería que en cada caso en que se trate de una contrayente inocente y soltera, de laque no se haya hecho constar que no es honesta, todos los reos de aquel delito deben

    ser condenados a dotarla. &unque no como dote, porque no habría lugar a ella, parece justo que tambi=n las viudas y las divorciadas inocentes, cuando no se haya hechoconstar que no son honestas, deben tambi=n ser indemnizadas.

    5eg!n el artículo 01

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    "l artículo : 1 del (ódigo enal castiga con presidio de tres a seis a4os aItodo individuo que, en circunstancias capaces de causar escándalo p!blico, tengarelaciones incestuosas con un ascendiente o descendiente, aunque fuere ilegítimo, con

    alg!n afín en línea recta o con un hermano o hermana, hermanos, consanguíneos outerinosJ.

    5e puede definir el incesto como el comercio carnal entre dos personas dedistinto se o que est=n ligadas por relaciones de parentesco que sean impedimentodel matrimonio. 5e requiere, pues, la realización del acto camal, y no bastan simplesactos lascivos, por graves que ellos sean.

    5e trata de un delito bilateral, pues ambos parientes son sujetos activos. "lsujeto pasivo es la sociedad, ya que es ella la agraviada por el atentado que unarelación escandalosa entre los parientes pró imos indicados en la ley, implica. Lasrelaciones incestuosas han de ser voluntarias, pues si fueren impuestas medianteviolencia real, física o moral, cualquier tipo de violencia, habría c!mulo ideal dedelitos y el incesto seria absorbido por la violación. &demás, ambos parientes debenconocer el vínculo entre ellos e istente, pues si uno solo de ellos, o los dos, lodesconocen, no incurrirán en delito.

    5e requiere que aquellas relaciones se tengan en circunstancias capaces decausar escándalo p!blico. & diferencia de lo que e ige el (ódigo italiano, que castigacon reclusión de uno a cuatro a4os a Iel que, de modo que se siga escándalo p!blico,cometa incesto con? J, en el nuestro basta la posibilidad de que ese escándalo se produzca. "sta es una cuestión de hecho que el Euez apreciará en cada caso. erohabrá de fundar su determinación a este respecto en motivos serios, y no en simplesmurmuraciones de vecinos o comadreos de criadas más o menos fantasiosas.

    DELITO CONTRA LA LI,ERTAD

    De los delitos cont!a las libe!tades pol*ticas#

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    &rtículo 766. (ualquiera que, por medio de violencias, amenazas o tumultos,impida o paralice, total o parcialmente, el ejercicio de cualquiera de losderechos políticos, siempre que el hecho no este previsto por una disposición especial de laley,

    será castigado con arresto en fortaleza o cárcel política por tiempo de quince días aquince meses. 5i el culpable es un funcionario p!blico y ha cometido el delito conabuso de sus funciones, el arresto será de seis a treinta meses.

    De los delitos cont!a lalibe!tad de cultos

    &rtículo 76C. "l que por ofender alg!n culto lícitamente establecido o que seestablezca enla >ep!blica, impida o perturbe el ejercicio de las funciones oceremonias religiosas, será castigado con arresto desde cinco hasta cuarenta y cincodías.

    &rtículo 76 . "l que por hostilidad contra alg!n culto establecido o que seestablezca en la >ep!blica, vilipendie a la persona que lo profese, será castigado, por acusación de la parte agraviada con prisión de uno hasta seis meses.

    &rtículo 769. "l que por desprecio a un culto establecido o que se establezcaen la >ep!blica, destruya, maltrate o desperfeccione de cualquier manera, en un lugar

    p!blico, las cosas destinadas a dicho culto; y tambi=n el que violente o vilipendie aalguno de sus ministros, será castigado con prisión de cuarenta y cinco días a quincemeses.

    5i se trata de otro delito cometido contra el ministro de alg!n culto en ejercicio de susfunciones o causa de estas, la pena fijada a dicho delito se aumentará en una se ta parte.

    &rtículo 7C1. (ualquiera que en los lugares destinados al culto, o en loscementerios, deteriore, desperfeccione o afee los monumentos, pinturas, piedras,lápidas, inscripciones o t!mulos, será castigado con arresto de uno a seis meses omulta de ciento cincuenta unidades tributarias %721 @.*.' a un mil quinientasunidades tributarias %7.211 @.*.'.

    http://www.monografias.com/Derecho/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/la-libertad/la-libertad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos910/la-republica-platon/la-republica-platon.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/perde/perde.shtmlhttp://www.monografias.com/Derecho/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/la-libertad/la-libertad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos910/la-republica-platon/la-republica-platon.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/perde/perde.shtml

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    &rtículo 7C7. (ualquiera que cometa actos de profanación en el cadáver o enlas cenizas de una persona y cualquiera que con un fin injurioso, o simplementeilícito, sustrajere, fraudulentamente, el todo o parte de los despojos o restos mismos,

    o de alguna manera viole un t!mulo o urna cineraria, será castigado con prisión deseis meses a tres a4os.

    De los delitos cont!a la libe!tad indi"idual

    &rtículo 7C:. (ualquiera que reduzca aesclavitud a alguna persona o lasometa a una condición análoga, será castigado con presidio de seis a doce a4os. "nigual pena incurrirán los que intervinieren en la trata de esclavos.

    &rtículo 7C0. (ualquiera que ilegítimamente haya privado a alguno de sulibertad personal será castigado con prisión de quince días a treinta meses.

    &rtículo 7C2. (ualquiera que, sin autoridad o derecho para ello, por medio deamenazas, violencias u otros apremios ilegítimos, forzare a una persona a ejecutar unacto a que la ley no la obliga o a tolerarlo o le impidiere ejecutar alguno que no le esta prohibido por la misma, será penado con prisión de quince días a treinta meses.

    &rtículo 7C6. "l funcionario p!blico que con abuso de sus funciones oquebrantando las condiciones o las formalidades prescritas por la ley, privare de lalibertad a alguna persona será castigado con prisión de cuarenta y cinco días a tres ymedio a4os; y si el delito se ha cometido con alguna de las circunstancias indicadasen el primero y segundo apartes del artículo precedente, la prisión será de tres a cincoa4os.

    "n el caso previsto en el !ltimo aparte del artículo 7C0, la pena será de diez meses a

    dos a4os y medio.&rtículo 7CC. (ualquiera que con un objeto e tra4o al de satisfacer sus

    propias pasiones, de contraermatrimonio o de realizar alguna ganancia hubierearrebatado a una persona, menor de quince a4os, aun consinti=ndolo ella, del lado de

    http://www.monografias.com/trabajos10/trini/trini.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/fuper/fuper.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/anco/anco.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/trini/trini.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/fuper/fuper.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/anco/anco.shtml

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    sus padres, tutores o demás guardadores siquiera sean temporalmente, será castigadocon prisión de seis meses a dos a4os; e igual pena se impondrá al que, indebidamente,secuestre a dicha persona aunque esta preste su asenso para ello.

    &rtículo 7C . "l funcionario p!blico que, con abuso de sus funciones, ordeneo ejecute la pesquisa oregistro del cuerpo de una persona, será castigado con prisiónde uno a cinco meses.

    &rtículo 7C9. "l funcionario p!blico que rigiendo un establecimiento penitenciario o un establecimiento penal, reciba encalidad de preso o de detenido, aalguna persona, sin orden escrita de la autoridad competente, o se niegue a obedecer una orden escrita de e carcelación emanada de la misma autoridad, será castigadocon prisión de cuatro a seis meses.

    &rtículo 7 1. *odo funcionario p!blico competente que, teniendoconocimiento de una detención ilegal, omita, retarde o reh!se tomar medidas parahacerla cesar o para denunciarla a la autoridad que deba proveer al efecto serácastigado con multa de cien unidades tributarias %711 @.*.' a un mil unidadestributarias %7.111 @.*.'.

    &rtículo 7 1. &. La autoridad p!blica, sea civil o militar, o cualquier personaal servicio del"stado que ilegítimamente prive de su libertad a una persona, y seniegue a reconocer la detención o a darinformación sobre el destino o la situación dela persona desaparecida, impidiendo, el ejercicio de sus derechos y garantíasconstitucionales y legales, será castigado con pena de quince a veinticinco a4os de presidio. (on igual pena serán castigados los miembros o integrantes degrupos oasociaciones con fines terroristas, insurgentes o subversivos, que actuando como

    miembros o colaboradores de tales grupos o asociaciones, desaparezcan forzadamentea una persona, mediante plagio osecuestro.

    &rtículo 7 7. *odo funcionario p!blico encargado de la custodia o conducciónde alguna persona detenida o condenada, que cometa contra ella actos arbitrarios o la

    http://www.monografias.com/trabajos7/regi/regi.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/conge/conge.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/epistemologia2/epistemologia2.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elorigest/elorigest.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/sisinf/sisinf.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/grupo/grupo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/inse/inse.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/regi/regi.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/conge/conge.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/epistemologia2/epistemologia2.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elorigest/elorigest.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/sisinf/sisinf.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/grupo/grupo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/inse/inse.shtml

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    someta a actos no autorizados por los reglamentos del caso, será castigado con prisiónde quince días a veinte meses. P en la misma pena incurrirá el funcionario p!blicoque investido, por razón de sus funciones, de autoridad respecto de dicha persona,

    ejecute con =sta alguno de los actos indicados.

    De los delitos cont!a la in"iolabilidad del domicilio

    &rtículo 7 :. (ualquiera que, arbitraria, clandestina o fraudulentamente, seintroduzca o instale en domicilio ajeno, o en sus dependencias, contra la voluntad dequien tiene derecho a ocuparlo, será castigado con prisión de quince días a quincemeses. 5i el delito se ha cometido de noche o con violencia a las personas, o conarmas, o con el concurso de varios individuos, la prisión será de seis a treinta meses."l enjuiciamiento no se hará lugar sino por acusación de la parte agraviada.

    &rtículo 7 0. "l funcionario p!blico que con abuso de sus funciones ofaltando a las condiciones o formalidades establecidas por la ley, se introduzca endomicilio ajeno o en sus dependencias, será castigado con prisión de cuarenta y cincodías a dieciocho meses.

    De los delitos cont!a la in"iolabilidad del sec!eto

    &rtículo 7 2. "l que indebidamente abra algunacarta, telegrama o pliegocerrado que no se le haya dirigido, o que indebidamente lo tome para conocer sucontenido, aunque no est= cerrado, perteneciendo a otro, será castigado con arresto deocho a veinte días.

    5i divulgando el contenido el culpable ha causado alg!n perjuicio, la penaserá de quince días a diez meses de arresto.

    &rtículo 7 6. (ualquiera que haya suprimido indebidamente algunacorrespondencia epistolar o telegráfica que no le pertenezca, aunque estando cerradano la hubiere abierto, será castigado con arresto de uno a seis meses.

    http://www.monografias.com/trabajos14/comer/comer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/comer/comer.shtml

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    DELITO CONTRA LA AD(INISTRACIÓN 8USTICIA

    De la ne'ati"a a se!"icios le'almente debidos

    &rtículo

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    artículos se hubieren cometido con armas o por efectos de un plan concertado o si elhecho sucede en reunión de tres o más personas.

    &rtículo

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    comporte la obligación de restituirla o de hacer de ella un uso determinado, serácastigado con prisión de tres meses a dos a4os, por acusación de la parte agraviadaLa norma del artículo 066, está referida a un delito llamado apropiación indebida; que

    tiene dos modalidades &propiación indebida simple y apropiación indebidacalificada.

    La apropiación indebida simple %&rt. 066M ((.' "s un delito contra la propiedad, que consiste en que una persona se le entregó algo y la misma se apropiode ella, porque no lo devolvió, no rindió cuentas, no lo entregó, es decir, no cumpliócon lo que tenía que hacer

    PECULADO DOLOSO

    La Ley contra la (orrupción, en su &rtículo 2

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    PECULADO DE USO

    &rticulo 20 K"l funcionario publico que, indebidamente, en beneficio particular o para fines contrarios a los previstos en las leyes, reglamentos,resoluciones u ordenes de servicio, utilice o permita que otra persona utilice bienesdel patrimonio publico, o de empresas del "stado cuya administración, tenencia ocustodia se le haya confiado, será penado con prisión de seis %6' meses a cuatro %0a4os.

    (on la misma pena será sancionada la persona que, con la anuencia delfuncionario publico, utilice los trabajadores o bienes referidos .

    &quí se puede observar que el sujeto activo puede ser tanto el funcionario p!blico como cualquier persona que con consentimiento del funcionario, incurra endicha causal.

    "n cuanto al objeto material, se generaliza se4alando bienes del patrimonio publico, ytrabajadores; a diferencia con la e tinta ley, que anunciaba específicamente los bienes. "n cuanto a la penalización, tambi=n se diferencia con la anterior normativaya que se disminuye la pena, de, uno a cinco a4os, a, seis meses a cuatro a4os.

    (AL7ERSACIÓN

    La malversación se sanciona cuando los funcionarios le dan a los fondos orentas que tengan a su cargo una aplicación p!blica diferente a la presupuestada odestinada, aun en beneficio p!blico.

    Los artículos 26 y 2C de la Ley contra la (orrupción contiene este delito,se4alando

    &rticulo 26 K"l funcionario publico que ilegalmente diere a los fondos orentas a su cargo, una aplicación diferente a la presupuestada o destinada, aun en beneficio publico, será penado con prisión de tres meses a tres a4os, seg!n lagravedad del delito .

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    &rticulo 2C K"l funcionario publico que por dar ilegalmente a los fondos orentas a su cargo una aplicación publica diferente a la presupuestada o destinada,causare da4o o entorpeciera alg!n servicio publico, será penado con prisión de seis

    %6' meses a cuatro %0' a4os .

    CORRUPCIÓN DE %UNCIONARIOS

    5e divide en corrupción propia y corrupción impropia.

    (orrupción impropia %se denomina activa'. &rt. 67M. L"P (NB*>& L&(N>>@ ()SB K"l funcionario p!blico que por alg!n acto de sus funciones reciba para sí mismo o para otro, retribuciones u otra utilidad que no se le deban o cuya

    promesa acepte, será penado con prisión de uno %7' a cuatro %0' a4os y multa de hastael cincuenta por ciento %21 R' de lo recibido o prometido. (on la misma pena serácastigado quien diere o prometiere el dinero, retribuciones u otra utilidad indicados eneste artículo .

    "n este caso, en la parte en negritas está la diferencia, pero no sólo que recibasi no aceptar promesas Kma4ana cuadramos ; es activa porque hay una plurisubjetividad, porque se castiga con la misma pena tanto al funcionario como a

    quien diere o prometiere el dinero.

    (orrupción propia &rt. 6

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    tres cosas omitir, hacerlo distinto o por retardarlo, reciba o se haga prometer dinero uotra utilidad, bien por sí mismo o mediante un tercero, será penado con prisión de : aC a4os. *=ngase en cuenta que los actos administrativos generan efecto a los

    particulares.

    *ambi=n en el &rt. 6

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    ara la determinación del enriquecimiento ilícito de las personas sometidas aesta Ley, se tomarán en cuenta

    La situación patrimonial del investigado.

    La cuantía de los bienes objeto del enriquecimiento en relación con el importede sus ingresos y de susgastos ordinarios.

    La ejecución de actos que revelen falta de probidad en eldesempe4o del cargoy que tengan relación causal con el enriquecimiento.

    &>*)(@LN 0C. &demás de las personas indicadas en el artículo : de estaLey; podrán incurrir en enriquecimiento ilícito 7 &quellas a las cuales se hubieree igido declaración jurada de patrimonio, de conformidad con lo previsto en elartículo < de esta Ley.

    < &quellas que ilegalmente obtengan alg!n lucro por concepto de ejecución decontratos celebrados con cualquiera de los entes u órganos indicados en el artículo 0de esta Ley.

    ART;CULO *)(@LN 21. Los funcionarios o empleados p!blicos y los particularesestán obligados a rendir declaración de los hechos que conozcan y a presentar a la

    http://www.monografias.com/trabajos16/configuraciones-productivas/configuraciones-productivas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/rega/rega.shtml#gahttp://www.monografias.com/trabajos15/indicad-evaluacion/indicad-evaluacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/romano-limitaciones/romano-limitaciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos54/la-investigacion/la-investigacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos54/la-investigacion/la-investigacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/norma/norma.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/configuraciones-productivas/configuraciones-productivas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/rega/rega.shtml#gahttp://www.monografias.com/trabajos15/indicad-evaluacion/indicad-evaluacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/romano-limitaciones/romano-limitaciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos54/la-investigacion/la-investigacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/norma/norma.shtml

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    (ontraloría Feneral de la >ep!blica o a sus delegados, al Dinisterio !blico y alórgano jurisdiccional competente, seg!n sea el caso,libros, comprobantes ydocumentos relacionados con el hecho que se averigua, sin observar lo pautado en el

    *ítulo /)) de la Ley Nrgánica de la &dministración !blica. (uando se tratare deinspección decartas, telegramas, papeles privados y cualquier otro medio decorrespondencia ocomunicación, se procederá de conformidad con lo establecido enla (onstitución de la >ep!blica Qolivariana de /enezuela, el (ódigo (ivil y el(ódigo Nrgánico rocesal enal.

    &>*)(@LN 27. *erminada la investigación, si no resultaren probados loshechos averiguados, el Dinisterio !blico hará declaración e presa de ellos. "n caso

    contrario procederá de la forma siguiente

    5i aparecieren fundados indicios de que el investigado ha cometido el delitode enriquecimiento ilícito o cualquiera de los otros delitos contemplados en esta Ley,intentará la acción penal correspondiente.

    5i resultare que el investigado está incurso en la comisión de hechosconstitutivos de infracciones de índole fiscal, se remitirá a la (ontraloría Feneral de

    la >ep!blica, a fin de que decida lo correspondiente, de conformidad con la LeyNrgánica del Dinisterio !blico.

    5i resultaren comprobados da4os y perjuicios causados al patrimonio p!blico, bajo supuestos distintos a los contemplados en la Ley Nrgánica de la (ontraloríaFeneral de la >ep!blica y del 5istema Bacional de (ontrol Giscal, ejercerá la accióncivil respectiva

    %ALSI%ICACIÓN

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    CONCLUSIÓN

    "l delito como figura principal en el $erecho enal, es la que le da contenidoa =ste, pues el objeto principal de su materia a estudio, con todas las característicasque el mismo envuelve

    "l propósito de todas estas normas es en general la protección de los interesesde la persona humana, o sea de sus bienes jurídicos quedando en claro que los bienes jurídicos no son sólo materiales, sino tambi=n los derechos del sujeto son un bien jurídico. ero al derecho penal no le corresponde ver por el bien de los sujetos a

    menos de que sean casos especiales donde dicho sujeto necesite una protecciónespecial. $e otra manera cada sujeto debe interesarse por sus bienes y el derecho penal simplemente dictar normas y sentencias.

    "l delincuente o sujeto activo es la persona que comete el crimen y es objetivode la punibilidad, es decir, que es propenso a recibir una pena. La pena deldelincuente puede variar seg!n las situaciones y el conte to en que se cometió elcrimen ya que hay ciertos tipos de crímenes que bajo ciertas circunstancias

    representan una pena menor llegando a algunos casos a una simple amonestación.

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