el contrato social - j.j. rosseau - resumen y conclusiones derecho

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  • 8/17/2019 El Contrato Social - J.J. Rosseau - Resumen y conclusiones Derecho

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    ÍNDICE

    Introducción…………………………………………………………………………….. 1

    Resumen ……………………………………………………………………………..

    …… 2

    Mi percepción de esta obra ……………………………………………………...

    22

    Aplicación de esta obra al Derecho …………………………………………..

    23

    Relación con el Derecho Administrativo ……………………………………

    24

    Conclusiones ……………………………………………………….….……………..

    … 2

    !iblio"ra#$a ……………………………………………………………………..……..

    … 2%

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    INTRODUCCIÓN

    &l presente traba'o tiene como (n el sinteti)ar las ideas *ue +uan +acobo

    Rousseau plantea en su obra ,El Contrato Social- donde nos eplica el ori"en /

    propósito del &stado / de los Derechos 0umanos. Asimismo en este traba'o

    buscamos sealar su vi"encia / aplicación en la actualidad en el rea del Derecho

    en particular del Derecho Administrativo.

    &sta obra #ue escrita durante la se"unda mitad del si"lo 5III en 6rancia &l

    conteto histórico en el *ue "ira el contrato social  sucede durante un periodo

    con7ictivo / revolucionario *ue atravesó 6rancia en esta 8poca donde *ue se

    encontraba con una econom$a en epansión una estructura social con7ictiva / un

    &stado monr*uico en crisis. Como consecuencia 6rancia se hallaba con "rannecesidad de establecer un nuevo r8"imen pol$tico / a su ve) social. 9anto en

    &stados :nidos como en otros pa$ses europeos sur"$an cambios sociales a los *ue

    6rancia no pod$a ser a'ena / *ue motivaban *ue muchos pensadores consideraran

    estos acontecimientos como una posibilidad de me'orar las condiciones de vida en

    su propio pa$s.

     

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    RESUMEN

    LIBRO 1

     

    CA; I ? >b'eto de este libro

    &l hombre ha nacido libre / sin embar"o vive en todas partes encadenado. &l

    mismo *ue se considera amo no de'a por eso de ser menos esclavo *ue los

    dems. &sto se re(ere a *ue cada hombre tiene derechos entre ellos el principal

    es el derecho a nacer libres para ser libres no debe ser obli"ado a perder su

    libertad donde lo ms sa"rado para una sociedad es el orden como principio

    natural.

    CA; II ? De las primeras sociedades

    =a ms anti"ua de todas las sociedades / la @nica natural es la de la #amilia sin

    embar"o los hi'os no permanecen li"ados al padre ms *ue durante el tiempo *ue

    tienen necesidad de 8l para su conservación.

    Cada hombre como ser libre debe procurar su propia conservación /a *ue es

    dueo de s$ mismo. =a #amilia / el &stado son sociedades pol$ticas de hecho la

    primera es un modelo del se"undo. =a di#erencia es *ue el amor del padre hacia

    sus hi'os le pa"a el cuidado *ue de ellos ha tenido en cambio en el &stado el "usto

    de mandar suple el amor *ue el 'e#e no le tiene a sus pueblos. Cada "rupo de

    personas tiene su 'e#e el cual es de una naturale)a superior ha/ hombres *ue

    nacen para dominar / otros para ser esclavos por tanto sólo ha/ esclavos por

    naturale)a la #uer)a hi)o los primeros esclavos su cobard$a los ha perpetuado.

    CA; III ? Del derecho de ms #uerte

    &l ms #uerte nunca lo es como para poder dominar siempre por lo *ue hace pasar

    su #uer)a por derecho / la obediencia por obli"ación. =a #uer)a no es ms *ue un

    poder #$sico / no se concibe *u8 moralidad puede resultar de sus e#ectos

    entonces no puede ser considerada del todo como derecho adems si la #uer)a

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    cesa el derecho tambi8n lo har$a entonces si ha/ *ue obedecer por #uer)a no ha/

    necesidad de obedecer por deber / cuando a uno no le pueden #or)ar a obedecer

    /a no est obli"ado a hacerlo. &n conclusión la #uer)a no constitu/e derecho / sólo

    ha/ obli"ación de obedecer a los poderes le"$timos.

    CA; I5 ? De la esclavitud

     Ba *ue por naturale)a nadie tiene autoridad sobre sus seme'antes / *ue la #uer)a

    no produce derecho las convenciones son *uienes ri"en a los hombres. =os

    esclavos se venden por subsistencia no se da "ratuitamente por*ue esto es

    ile"$timo / no tiene sentido no constitu/e derecho. =os hombres no pueden

    ena'enar a sus hi'os por*ue estos nacen libres ser$a antinatural. =ue"o para *ue

    un "obierno arbitrario #uese le"$timo el pueblo en cada "eneración deber$aaceptarlo o desecharlo pero si as$ hiciera de'ar$a de ser arbitrario. Renunciar a la

    libertad es renunciar a la calidad de hombres los derechos de la humanidad no

    conciben una autoridad sin l$mites ni una obediencia absoluta. 9ampoco se pude

    deducir *ue la "uerra d8 el derecho de esclavitud ar"umentando *ue el vencido

    puede salvar su vida a costa de su libertad. &sclavitud / derecho son conceptos

    contradictorios.

    CA; 5 ? ecesidad de retroceder a una convención primitiva

    i aun concedi8ndoles todo lo *ue hasta a*u$ he re#utado lo"rar$an pro"resar ms

    los autores del despotismo. 0abr siempre una "ran di#erencia entre someter una

    multitud / re"ir una sociedad.

    o es lo mismo su'etar una muchedumbre *ue "obernar una sociedad 8sta es una

    asociación tiene un cuerpo pol$tico / se basa en el pueblo como #undamento de la

    sociedad / como elemento anterior a la elección de un re/ o 'e#e. =a le/ de la

    pluralidad de votos est establecida por convención / supone la unanimidad.

    CA; 5I ? Del pacto social

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    =os hombres no pueden crear por s$ solos nuevas #uer)as sino unir / diri"ir las *ue

    /a estn #ormando una suma de #uer)as capa) de vencer la resistencia. &sta suma

    de #uer)as sólo puede nacer de la unión de #uer)as separadas. 0a/ *ue encontrar

    una #orma de asociación capa) de de#ender / prote"er la persona / bienes de los

    asociados pero de modo *ue cada uno uni8ndose a todos obede)ca a s$ mismo /

    *uede tan libre como antes. &sto se lo"ra por medio del contrato social cu/aclusula ms importante es la ena'enación total de cada asociado con todos sus

    derechos hecha a #avor del com@n as$ todos "anan el e*uivalente a lo *ue dan /

    eso constitu/e una #uer)a ma/or. &l contrato social en resumen es cada uno de

    nosotros pone en común su persona y todo su poder bajo la suprema dirección de

    la voluntad general recibiendo también a cada miembro como parte indivisible del

    todo.

    &l cuerpo moral / colectivo resultante ha recibido varios nombres anti"uamentecivetas ahora rep@blica o cuerpo pol$tico *ue puede ser llamado &stado Esi es

    pasivoF o Goberano Esi es activoF. =os asociados son llamados pueblo en particular

    ciudadanos / s@bditos como sometidos a las le/es del &stado.

    CA; 5II ? Del Goberano

    &l Goberano es el cuerpo pol$tico activo recibe su ser de la santidad del contrato

    no puede haber nin"una re"la #undamental obli"atoria para el cuerpo del pueblo

    ni a@n el mismo contrato social. &l soberano se compone de particulares por lo

    tanto no tiene ni puede tener nin"@n inter8s contrario al de 8stos entonces el

    poder soberano no tiene necesidad de o#recer "arant$as a los s@bditos por*ue es

    imposible *ue el cuerpo *uiera per'udicar a los miembros. &l soberano por el

    simple hecho de eistir es siempre todo lo *ue debe ser. ;ero esto no ocurre con

    los s@bditos con respecto al soberano a *uien no obstante el inter8s com@n nadie

    responder$a de los empeos contra$dos por a*uellos si no encontrase los medios

    para estar se"uro de su (delidad. Huien se rehus8 a obedecer la voluntad "eneral

    se le obli"ar a ello por todo el cuerpo lo *ue no si"ni(ca nada ms sino *ue se

    obli"ar a ser libre pues 8sta / no otra es la condición por la cual entre"ndose

    cada ciudadano a su patria se libra de toda dependencia personal.

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    CA; 5III ? Del &stado civil

    =o *ue sucede con el hombre al pasar al estado civil es *ue se ve precisado a obrar

    se"@n otros principios / a consultar con su ra)ón antes de escuchar sus

    inclinaciones. =o *ue el hombre pierde por el contrato social es su libertad naturalun derecho ilimitado a todo lo *ue intenta / *ue puede alcan)ar lo *ue "ana es la

    libertad civil / la propiedad de todo lo *ue posee. Ge ha de distin"uir la libertad

    natural *ue no conoce ms l$mites *ue las #uer)as del individuo de la libertad

    civil *ue se halla limitada por la voluntad "eneral / la posesión *ue es sólo el

    e#ecto de la #uer)a o sea no se puede #undar sino en un t$tulo positivo. Ge podr$a

    aadir a la ad*uisición del &stado civil la libertad moral *ue es la @nica *ue hace

    al hombre verdaderamente dueo de s$ mismo.

    CA; I ? Del dominio real

    &l &stado con respecto a sus miembros es dueo de todos los bienes de 8stos por

    el contrato social la posesión p@blica es ms #uerte *ue la particular. &l derecho

    del primer ocupante es ms real *ue el del ms #uerte pero no lle"a a ser un

    verdadero derecho sino despu8s de establecido el de propiedad esto lo eclu/e de

    todo el resto por esto no respetamos tanto lo *ue es de otros como lo *ue no es

    nuestro. ;ara *ue el primer ocupante ten"a derecho sobre un terreno cual*uiera

    tiene *ue haber estas condiciones *ue nadie le habite a@n *ue se ocupe sólo la

    cantidad necesaria para subsistir / *ue se tome posesión de 8l por medio del

    traba'o / el cultivo. =as tierras particulares reunidas se hacen territorio p@blico /

    esto les ase"ura a los s@bditos la le"$tima posesión. Ge consideran entonces a los

    poseedores como depositarios del bien p@blico siendo sus derechos respetados

    por todos los miembros del &stado / sostenidos con todas las #uer)as contra el

    etran'ero. &l derecho *ue tiene cada particular sobre su propio #undo est

    subordinado al derecho com@n *ue tiene sobre todos sin lo cual no habr$a solide)

    en el v$nculo social ni #uer)a real en el e'ercicio de la soberan$a. =a base de todo

    sistema social es *ue en lu"ar de destruir la i"ualdad natural el pacto

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    #undamental sustitu/e por el contrario con i"ualdad moral / le"$tima a la

    desi"ualdad #$sica *ue la naturale)a pudo haber establecido sobre los hombres

    *uienes se hacen i"uales por convención / por derecho.

    LIBRO II

    CA; I ? =a soberan$a es inalienable

    Gólo la voluntad "eneral puede diri"ir las #uer)as del &stado. =o com@n *ue ha/a

    en los intereses di#erentes es lo *ue con#orma el v$nculo social la sociedad debe

    ser "obernada con#orme es 8ste inter8s com@n. o siendo la soberan$a ms *ue el

    e'ercicio de la voluntad "eneral nunca se puede ena'enar / el soberano sólo puede

    estar representado por s$ mismo el poder puede transmitirse la voluntad no.

    CA; II ? =a soberan$a es indivisible

    o se puede dividir por*ue la voluntad es "eneral o no lo es o es la voluntad de

    todo el pueblo o tan sólo la de una parte en el primer caso la declaración de 8sta

    voluntad es un acto de soberan$a / hace le/ en el se"undo no es ms *ue una

    voluntad particular. =os pol$ticos dividen la soberan$a en su ob'eto en #uer)a /

    voluntad en poder le"islativo / poder e'ecutivo etc. ? 0acen del soberano un ser

    #ormado de diversas partes / esta visión es errada.

    CA; III ? De si la voluntad "eneral puede errar

    Ge in(ere *ue la voluntad "eneral siempre es recta / *ue siempre se diri"e a la

    utilidad p@blica pero eso no *uiere decir *ue las deliberaciones del pueblo ten"an

    siempre la misma rectitud. 0a/ mucha di#erencia entre la voluntad de todos / la

    voluntad "eneral 8sta sólo mira al inter8s com@n la otra mira al inter8s privado /

    no es ms *ue una suma de intereses particulares pero *u$tense de estas mismas

    voluntades el ms / el menos *ue se destru/e mutuamente / *uedar por suma

    de las di#erencias la voluntad "eneral. ;ara obtener la epresión de la voluntad

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    "eneral no debe haber nin"una sociedad parcial del &stado / cada ciudadano

    debe opinar se"@n su pensamiento.

    CA; I5 ? De los l$mites del poder soberano

    &l &stado necesita una #uer)a universal / compulsiva para mover / disponer todaslas partes del modo ms conveniente al todo. &l pacto social da al cuerpo un poder

    absoluto sobre todos los su/os / a este mismo poder diri"ido por la voluntad

    "eneral es al *ue se le da el nombre de soberanía. Aparte de la persona p@blica

    ha/ *ue considerar a los particulares *ue la componen cu/a vida / libertad son

    naturalmente independientes. Ge trata de distin"uir los derechos respectivos de

    los ciudadanos / los del soberano. 9odos los servicios *ue un ciudadano pueda

    prestar al &stado se los debe lue"o *ue el soberano se los pide pero 8ste por suparte no puede imponer a los s@bditos nin"una car"a in@til al com@n. =a voluntad

    para ser verdaderamente tal debe serlo en su ob'eto del mismo modo *ue en su

    esencia *ue debe salir de todos para aplicarse a todos / *ue pierde su rectitud

    natural cuando se inclina a al"@n ob'eto individual / determinado. As$ pues de la

    misma manera *ue una voluntad particular no puede representar la voluntad

    "eneral 8sta muda a su ve) de naturale)a teniendo un ob'eto particular / tampoco

    puede como "eneral pronunciar ni sobre un hombre ni sobre un hecho. &l pacto

    social establece entre los ciudadanos tal i"ualdad *ue todos se obli"an ba'o las

    mismas condiciones / deben dis#rutar de los mismos derechos. 9odo acto se

    soberan$a es decir de la voluntad "eneral obli"a o #avorece i"ualmente a todos

    los ciudadanos de modo *ue el soberano sólo conoce el cuerpo de la nación sin

    distin"uir a nin"uno de los *ue la componen. Mientras *ue los s@bditos se su'etan

    tan sólo a 8stas convenciones no obedecen a nadie ms *ue su propia voluntad /

    pre"untar hasta dónde alcan)an los derechos respectivos del soberano / de los

    ciudadanos es pre"untar hasta *u8 punto pueden 8stos obli"arse consi"o mismos

    cada uno hacia todos / todos hacia cada uno de ellos. &l poder del soberano por

    ms absoluto *ue sea no puede traspasar los l$mites de las convenciones

    "enerales / *ue todo hombre puede disponer libremente de los bienes / de la

    libertad *ue estas convenciones le han otor"ado de modo *ue el soberano no

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    tiene la #acultad de "ravar a un s@bdito ms *ue a otro por*ue haci8ndose

    entonces el asunto particular su poder /a no es competente.

    CA; 5 ? Del derecho de vida / muerte

    &l hombre tiene el derecho de arries"ar su propia vida para conservarla. &l (n delcontrato social es la conservación de los contratantes. Huien *uiere el (n *uiere

    tambi8n los medios / estos son inseparables de al"unos ries"os. &l *ue *uiere

    conservar su vida a costa de los dems debe tambi8n estar dispuesto a darla por

    ellos. Cuando el pr$ncipe dice conviene al &stado *ue t@ mueras debe morir pues

    sólo con 8sta condición ha vivido con se"uridad hasta entonces. =a pena de

    muerte se eplica ba'o el mismo punto de vista. =a conservación de un criminal es

    incompatible con la del &stado. &n cuanto al derecho de eimir a un culpable de lapena impuesta por la le/ sólo pertenece al soberano / no de #orma absoluta.

    CA; 5I ? De la le/

    =o *ue es bueno / con#orme al orden lo es por naturale)a. 9oda 'usticia viene de

    Dios. &iste sin duda una 'usticia universal emanada de la sola ra)ón pero esta

     'usticia para *ue sea admitida entre nosotros debe ser rec$proca. &s preciso *ue

    ha/a convenciones / le/es para unir los derechos a los deberes / diri"ir la 'usticia

    hacia su ob'eto. &n el &stado civil todos los derechos estn determinados por ley

    cu/o ob'eto es siempre "eneral la le/ considera los su'etos como cuerpo / las

    acciones en abstracto nunca un hombre como individuo ni a una acción en

    particular. Giendo la le/ universal no es lo *ue manda un hombre por su propia

    autoridad ni si*uiera a*uello *ue manda el soberano esto ser$a un decreto. Ge

    llama Rep@blica a cual*uier &stado "obernado por le/es estas entendidas como

    las condiciones de la asociación civil. ;or s$ sólo el pueblo *uiere lo bueno pero no

    siempre lo ve por s$ sólo entonces necesita una "u$a un legislaor.

    CA; 5II ? Del le"islador

    El Contrato Social Derecho Administrativo Página

     

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    =os dioses son una inteli"encia superior *ue re"ula la sociedad ven todas las

    pasiones de los hombres sin estar su'etos a ellas se ocupan de la dicha de los

    dems se"@n esto ser$a necesario *ue los dioses #ueran *uienes dieran le/es a los

    hombres. &l le"islador debe proponer un modelo *ue el pr$ncipe deba se"uir. A*uel

    *ue se atreve a instituir un pueblo debe ser capa) de mudar la naturale)ahumana es decir debe *uitar al hombre sus propias #uer)as para darle otras *ue

    le sean a'enas / de las cuales no pueda hacer uso sin el auilio de los dems. Gi

    cada ciudadano no es nada sino a/udado por los dems / si la #uer)a ad*uirida

    por el todo es i"ual o superior a la suma de las #uer)as naturales de todos los

    individuos se puede decir *ue la le"islación se halla en el ms alto "rado de

    per#ección. &l le"islador es en todos sus respectos un hombre etraordinario en el

    &stado es un ministro particular / superior *ue nada tiene en com@n con elimperio humano por*ue si el *ue manda a los hombres Epr$ncipeF no manda las

    le/es tampoco el *ue manda a las le/es debe mandar a los hombres. Desde la

    anti"ua Roma se tiene la noción *ue el pueblo es el autor de las le/es. &l *ue las

    redacta no puede tener nin"@n derecho le"islativo / el pueblo no puede despo'arse

    del derecho de hacer por s$ mismo las le/es /a *ue se"@n el pacto #undamental

    sólo la voluntad "eneral obli"a a particulares. ;ara *ue un pueblo *ue se #orma

    pudiese *uerer las sanas mimas de la pol$tica / se"uir las re"las #undamentales

    de la ra)ón de &stado ser$a necesario *ue el e#ecto se convirtiera en causa *ue el

    esp$ritu social *ue debe ser la obra de la institución presidiera a la institución

    misma. &sto es lo *ue obli"ó a *ue los padres de las naciones recurrieran a la

    intervención divina para *ue los pueblos sometidos a las le/es del &stado como a

    las de la naturale)a / reconociendo la misma poderosa mano en la #ormación del

    hombre *ue en la del &stado obedecieran con libertad. &l alma "rande del

    le"islador es el verdadero mila"ro *ue debe 'usti(car su misión. =a relación entre

    reli"ión / pol$tica no se centra en *ue las dos tiene el mismo ob'eto sino en *ue en

    el ori"en de las naciones una sirve de instrumento a la otra.

    CA; 5III ? Del pueblo

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    "Los hombres son los que orman el Estado! pero la tierra es la que nutre a los

    hombre..." "#e dos maneras puede medirse un cuerpo pol$tico% por la e&tensión

    del territorio y por el número de habitantes..."

    &l le"islador debe eaminar si el pueblo puede soportar las le/es antes de

    dictarlas debe tambi8n mirar las costumbres *ue ese pueblo /a ten"a arrai"adas

    /a *ue es casi imposible destruirlas aun*ue a veces las revoluciones provo*uenun terror hacia el pasado / *uieran olvidar / volver a empe)ar pero esto es la

    ecepción.

    CA; I ? Continuación

    ;ara la me'or constitución de un &stado ha/ ciertos l$mites a la etensión *ue

    puede tener a (n de *ue no sea mu/ "rande ni mu/ pe*ueo. 0a/ en todo cuerpopol$tico un mimum de #uer)a del *ue no debe pasar. Cuanto ms se etiende el

    v$nculo social tanto ms se debilita / esto se demuestra por varias ra)ones la

    administración es ms di#$cil en las "randes distancias se hace ms onerosa / esto

    causa *ue se redu)can los recursos de los s@bditos conduciendo al &stado a la

    ruina. ;or otro lado las le/es se tornan menos vi"orosas / no se obedecen tan

    prontamente el pueblo nunca ve a sus 'e#es las mismas le/es pueden no convenir

    a tan diversas provincias / las di#erentes le/es pueden "enerar desorden /

    con#usión entre los pueblos adems los talentos estn ocultos / las virtudes / los

    vicios *uedan impunes entre la multitud esto sin contar con *ue los 'e#es pueden

    tambi8n verse con#undidos hasta el punto de de'ar *ue los s@bditos "obiernen.

    0a/ ra)ones para etenderse / para reducirse lo *ue se necesita es un pol$tico

    con talento para *ue halle las venta'as de las dos buscarse en primer lu"ar es

    cosas / encuentre un punto de e*uilibrio. =as ra)ones para etenderse son

    eteriores / relativas / deben estar subordinadas a las ra)ones para reducirse *ue

    son internas / absolutas. =o *ue debe una Constitución robusta / #uerte por*ue es

    me'or un buen "obierno *ue un territorio vasto.

    CA; ? Continuación

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    =a "rande)a de un &stado se mide por la proporción entre su etensión / su

    n@mero de habitantes esa relación consiste en *ue la tierra puede mantener a sus

    habitantes / en *ue ha/a tantos habitantes como la tierra pueda mantener. &n

    esta proporción se encuentra el mimum de #uer)a de su determinado n@mero de

    pueblos por*ue si ha/ terrenos de sobra es caro mantenerlos su cultivo es

    insu(ciente / su producto es super7uo / lo ms se"uro es *ue sean causa de"uerras. &n cambio si el terreno es demasiado reducido el &stado se encuentra al

    arbitrio de sus vecinos lo cual tambi8n puede causar "uerras. =os &stados sólo

    pueden conservarse libres a costa de pe*uee) o de "rande)a. ;ara instituir un

    pueblo debe dis#rutarse de la abundancia / la pa) un pueblo apto para la

    le"islación es a*uel *ue estando /a constituido no ha llevado el verdadero /u"o de

    las le/es a*uel *ue re@ne la consistencia de un pueblo anti"uo a la docilidad de

    uno nuevo.

    CA; I ? De los diversos sistemas de le"islación

    =a le"islación debe estar basada en la libertad / la i"ualdad 8sta entendida como

    *ue el poder est8 siempre eento de toda violencia / se e'er)a sólo en virtud del

    ran"o / de las le/es / en cuanto a la ri*ue)a *ue nin"@n ciudadano sea tan

    opulento *ue pueda comprar a otro / nin"uno tan pobre *ue se vea precisado a

    venderse. &s necesario *ue la #uer)a de la le"islación tienda siempre a

    mantenerla. &n cada pa$s la le"islación debe ser di#erente ecepto en las mimas

    comunes a todos. Cada pueblo encierra en s$ al"una causa *ue le constitu/e de un

    modo particular / hace *ue su le"islación le sea peculiar. =a Constitución de un

    &stado es sólida / durable cuando las conveniencias est8n tan estrictamente

    observadas *ue las le/es naturales / las le/es se hallen siempre de acuerdo en los

    mismos puntos / *ue se sustenten entre s$.

    CA; II ? División de las le/es

    =a relación ms "rande es la del todo al todo es decir del soberano al &stado las

    le/es *ue determinan esta relación se llaman le/es pol$ticas o #undamentales. =a

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    se"unda relación es la de los miembros entre s$ o con el cuerpo entero / est

    re"ulada por las le/es civiles. 0a/ una tercera especie de relación entre el hombre

    / la le/ de donde se derivan las le/es criminales. A estas tres clases de le/es ha/

    *ue aadir otra la costumbre de 8sta depende el 8ito de todas las dems.

    LIBRO III 

    CA; I ? Del "obierno en "eneral

    &n una acción ha/ dos móviles la #uer)a / la moral. &l cuerpo pol$tico tiene los

    mismos móviles la #uer)a Epoder e'ecutivoF / la voluntad Epoder le"islativoF. &l

    cuerpo le"islativo es el pueblo pero 8ste mismo no puede e'ecutar la le/ / por

    eso se hace necesario un gobierno un cuerpo intermedio entre los s@bditos / elsoberano. =os miembros del "obierno se llaman ma"istrados / el cuerpo entero

    lleva el nombre de pr$ncipe. &l "obierno o administración suprema es el le"$timo

    e'ercicio del poder e'ecutivo la relación de los s@bditos el soberano / el "obierno

    debe ser e*uilibrada de lo contrario el &stado caer en el despotismo o la

    anar*u$a es por eso *ue en cada pueblo #unciona un "obierno di#erente. &ntre ms

    habitantes ha/a la relación del soberano aumenta en ra)ón del n@mero de

    s@bditos cuanto ms se en"randece un &stado tanto ms disminu/e la libertad

    de lo cual se deriva *ue el "obierno para ser bueno debe ser ms #uerte a medida

    *ue el pueblo es ms numeroso. ;or otra parte el soberano debe e'ercer control

    sobre el "obierno los cambios en el soberano conllevan a cambios en el "obierno

    lo *ue lleva a la conclusión *ue no ha/ una sola #orma de "obierno. &l &stado

    eiste por s$ sólo / el "obierno no eiste sino por el soberano para *ue 8ste ten"a

    una eistencia es preciso *ue ten"a un ser particular una voluntad propia de

    conservación lo cual supone asambleas / conse'os para deliberar / resolver pero

    en la manera de arre"lar se debe tener en cuenta *ue antes de sacri(car al

    pueblo se debe sacri(car al "obierno.

    CA; II ? Del principio *ue constitu/e las diversas #ormas de "obierno

    El Contrato Social Derecho Administrativo Página 13

     

  • 8/17/2019 El Contrato Social - J.J. Rosseau - Resumen y conclusiones Derecho

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    &l "obierno puede estar compuesto de pocos o muchos ma"istrados pero entre

    ms ma"istrados ha/a menos #uer)a le *uedar al "obierno para obrar sobre todo

    el pueblo entonces el "obierno se hace ms d8bil. &n el ma"istrado ha/ tres

    voluntades distintas una es la voluntad propia del individuo la se"unda es la

    voluntad com@n de todos los ma"istrados *ue se orienta al "obierno / la tercera

    la voluntad del pueblo o la voluntad soberana. &n una le"islación per#ecta laprimera debe ser nula la se"unda subordinada / la tercera debe ser la re"la a

    todas las dems. Ge"@n el orden natural estas di#erentes voluntades se hacen

    ms activas a medida *ue se concentran. Gi se unen el "obierno / la voluntad

    propia del individuo la voluntad de corporación / la individual estarn en un "rado

    mu/ intenso / el "obierno de un solo hombre ser$a el ms activo de todos. Gi se

    unen el "obierno / la autoridad le"islativa el "obierno tendr$a siempre la misma

    #uer)a absoluta. Cada ma"istrado le pone una car"a de individualidad ma/or a susactos de lo *ue lo hace el soberano la relación de los ma"istrados debe estar en

    ra)ón inversa a la de los s@bditos cuanto ms "rande sea el &stado menos

    cantidad de ma"istrados debe haber.

    CA; III ? División de los "obiernos

    Cuando ha/ ms ma"istrados *ue ciudadanos se da la democracia cuando el

    soberano pone el "obierno en manos de pocos se llama aristocracia / cuando se

    concentra todo el poder en un solo ma"istrado se llama monar*u$a. 0a/ un punto

    en el cual cada #orma de "obierno se con#unde con la si"uiente / tambi8n pude

    pasar *ue el &stado se subdivida / las partes sean "obernadas de maneras

    di#erentes / se da un "obierno mito. Gi el n@mero de ma"istrados debe estar en

    ra)ón inversa a los ciudadanos los &stados pe*ueos deben ser democrticos los

    medianos aristocrticos / los "randes monr*uicos.

    CA; I5 ? De la democracia

    &l *ue hace la le/ la sabe e'ecutar pero no conviene *ue eso pase por*ue se

    unir$an el pr$ncipe / el soberano *uienes deben estar separados pues de lo

    El Contrato Social Derecho Administrativo Página 14

     

  • 8/17/2019 El Contrato Social - J.J. Rosseau - Resumen y conclusiones Derecho

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    contrario el inter8s "eneral del soberano se convertir$a en inter8s particular. &s

    mu/ di#$cil *ue eista una verdadera democracia por*ue no es posible *ue todo el

    pueblo se re@na siempre para todo / si se #orman comisiones se cambia la #orma

    de administración. :n "obierno as$ re*uiere un &stado mu/ pe*ueo sencille) de

    costumbres i"ualdad en los ran"os / poco o nada de lu'o por*ue la ri*ue)a

    corrompe. =as rep@blicas deben de tener la virtud como principio /a *ue no ha/"obierno tan epuesto a las "uerras civiles como el democrtico.

    CA; 5 ? De la aristocracia

    0a/ dos personas morales el "obierno / el soberano / por tanto dos voluntades

    :na hacia los ciudadanos / otra respecto a los ma"istrados. =as primeras

    sociedades se "obernaron aristocrticamente por los ancianos pero a medida *uela desi"ualdad de la institución pudo ms *ue la desi"ualdad natural la ri*ue)a /

    el poder #ueron pre#eridos a la edad / la aristocracia lle"ó a ser electiva / despu8s

    se pasaba el trono hereditariamente. =a aristocracia natural conviene a los pueblos

    sencillos la hereditaria es el peor "obierno / la se"unda es la verdadera

    aristocracia en la cual se supone *ue se eli"en los me'ores. &l me'or orden / el

    ms natural consiste en el "obierno de los sabios siempre / cuando no sea para

    provecho propio. =as virtudes *ue ei"e el "obierno aristocrtico son la

    moderación de los ricos / poca ambición en los pobres eistiendo cierta

    desi"ualdad.

    CA; 5I ? De la monar*u$a

    :n Re/ representa un ente colectivo. =a voluntad del pueblo la del pr$ncipe / la

    #uer)a p@blica del &stado obedecen al mismo móvil. ;ero en 8ste tipo de "obierno

    la voluntad particular domina / busca (nes di#erentes al de la #elicidad p@blica. =os

    re/es *uieren ser absolutos / la me'or #orma es amando a los pueblos pero el

    poder derivado del amor es precario / condicional los re/es necesitan poder ser

    malos si es necesario su inter8s es *ue el pueblo sea d8bil / miserable para *ue

    nunca pueda resistirse. ;ara *ue un &stado monr*uico est8 bien "obernado ser$a

    El Contrato Social Derecho Administrativo Página 15

     

  • 8/17/2019 El Contrato Social - J.J. Rosseau - Resumen y conclusiones Derecho

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    óptimo *ue la "rande)a del &stado #uera i"ual a la del Re/. &l inconveniente ms

    palpable del "obierno monr*uico es la #alta de sucesión contin@a si muere un

    re/ al instante se necesita otro / las elecciones de'an intervalos peli"rosos para lo

    cual se han hallado soluciones tales como la corona hereditaria pero esto tiene

    toda clase de ries"os /a *ue no siempre los sucesores son competentes es me'or

    entrenar a los 'óvenes para ser re/es ensendoles primero a obedecer pero lacorona hereditaria corta la continuidad /a *ue el "obierno real tiene *ue ceirse a

    los pro/ectos de uno u otro pr$ncipe / eso le *uita credibilidad / ('e)a al "obierno.

    CA; 5II ? De los "obiernos mitos

    o ha/ "obiernos simples en la repartición del poder e'ecutivo ha/ siempre un

    sistema de "rados *ue va del ma/or al menor o viceversa. &l "obierno simple esen s$ el me'or por la sola ra)ón de ser simple pero las relaciones entre el pueblo /

    el pr$ncipe se pueden me'orar estableciendo ma"istrados intermedios para

    e*uilibrar los dos poderes / evitar *ue el "obierno abuse de su #uer)a / si el

    "obierno es mu/ d8bil pueden #ormarse tribunales para concentrarle. =a venta'a

    de los "obiernos mitos es *ue o#recen una #uer)a media.

    CA; 5III ? o toda #orma de "obierno es propia a todo pa$s

    &n todos los "obiernos del mundo la persona p@blica consume sin producir nada la

    subsistencia la saca del traba'o de sus miembros el &stado civil puede subsistir

    mientras *ue el traba'o de los hombres produ)ca ms de lo *ue necesiten. ;ero

    8ste sobrante no es el mismo en todos los pa$ses lo cual cambia la #orma de

    "obierno pues el consumo tampoco es i"ual / mientras ms se aparten de su

    ori"en las contribuciones p@blicas ms onerosas son es decir *ue los pueblos

    ricos son los *ue llevan a cabo esta circulación en poco tiempo / los tributos se

    van haciendo ma/ores a medida *ue aumenta la distancia entre el "obierno / el

    pueblo de a*u$ *ue la monar*u$a sólo conviene a las naciones opulentas la

    aristocracia a los &stados con ri*ue)a media / la democracia a los &stados

    El Contrato Social Derecho Administrativo Página 16

     

  • 8/17/2019 El Contrato Social - J.J. Rosseau - Resumen y conclusiones Derecho

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    pe*ueos. Adems de esto las condiciones naturales tambi8n determinan la #orma

    de "obierno de un pa$s.

    CA; I ? De los si"nos de un buen "obierno

    Cuando se pre"unta en absoluto cul es el me'or "obierno se establece una

    cuestión insoluble como indeterminada o si se *uiere *ue tiene tantas soluciones

    buenas como combinaciones son posibles en las posiciones absolutas / relativas

    de los pueblos. Mas si se pre"untara por *u8 si"no puede reconocerse si un

    pueblo dado est bien o mal "obernado la cosa cambiar$a de aspecto / la cuestión

    podr$a de hecho resolverse. &l (n de toda asociación pol$tica debe ser la

    prosperidad de sus miembros / la seal para medir esa prosperidad es su n@mero/ población.

    CA; ? Del abuso del "obierno / de su inclinación a de"enerar

    &l "obierno hace un continuo es#uer)o contra la soberan$a / cuanto ms "rande

    este ese es#uer)o ms se altera la Constitución / como no ha/ otra voluntad de

    corporación *ue resistiendo a la del pr$ncipe se e*uilibre con ella el pr$ncipe

    oprime al soberano / rompe el contrato social. 0a/ dos conductos por los cuales el

    "obierno se de"enera cuando se reduce Ecuando pasa de un n@mero ma/or a otro

    menorF o cuando el &stado se disuelve lo cual puede suceder en primer lu"ar

    cuando el pr$ncipe de'a de administrar el &stado se"@n la le/ / usurpa la

    soberan$a / en se"undo lu"ar cuando los miembros del "obierno usurpan

    separadamente el poder *ue sólo deben e'ercer en cuerpo. Cuando el &stado se

    disuelve el abuso del "obierno se convierte en anar*u$a. =a democracia de"enera

    en oclocracia la aristocracia en oli"ar*u$a / la monar*u$a en tiran$a un tirano es

    a*uel *ue se pone contra las le/es a "obernar se"@n ellas.

    CA; I ? De la muerte de un cuerpo pol$tico

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  • 8/17/2019 El Contrato Social - J.J. Rosseau - Resumen y conclusiones Derecho

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    o ha/ *ue pensar *ue el cuerpo pol$tico es eterno los hombres deben luchar por

    preservarlo pero no por hacerlo eterno. &l principio de toda vida pol$tica est en la

    autoridad soberana el poder le"islativo es el cora)ón del &stado el e'ecutivo es su

    cerebro. o subsiste el &stado por las le/es sino por el poder le"islativo / aun*ue

    la le/ de a/er no obli"a ho/ las le/es *ue han perdurado son ms venerables en

    cual*uier parte en *ue las le/es se debilitan enve'eciendo es prueba de *ue /a noha/ ms poder le"islativo.

    CA; II ? De cómo se sostiene la autoridad soberana

    o teniendo la autoridad soberana otra #uer)a *ue la del poder le"islativo no obrasino por medio de las le/es / siendo 8stas actos aut8nticos de la voluntad "eneral

    el soberano sólo puede proceder cuando el pueblo est. =os l$mites de lo posible

    en lo moral son menos estrechos de lo *ue nos ima"inamos los reducen nuestras

    debilidades nuestros vicios nuestros pre'uicios. =as almas ba'as no conciben los

    "randes hombres. &l vil esclavo sonr$e con desprecio al o$r la palabra libertad. ;or

    lo *ue se ha hecho consideremos lo *ue se puede hacer reunido. &l soberano no

    tiene ms #uer)a *ue el poder le"islativo obra por medio de las le/es / sólo si el

    pueblo se encuentra con"re"ado.

    CA; III ? Continuación

    o basta *ue el pueblo con"re"ado ha/a una ve) ('ado la Constitución del &stado

    sancionando un cuerpo de le/es no basta *ue ha/a establecido un "obierno

    perpetuo o *ue ha/a prove$do una ve) por todas a la elección de ma"istrados

    adems de las asambleas etraordinarias debe haber unas ('as *ue no puedan

    ser abolidas por lo cual cual*uier asamblea del pueblo *ue no ha/a sido

    convocada por los ma"istrados debe tenerse por ile"$tima. o importa *ue en un

    &stado ha/a varias ciudades la autoridad soberana es simple / una / no se puede

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    todos los ciudadanos se 'untasen para romper este pacto no se puede dudar *ue

    estar$a le"$timamente roto.

    LIBRO CU!RTO

    CA; I ? =a voluntad "eneral es indestructible

    Muchos hombres reunidos se consideran como un solo cuerpo no tienen ms *ue

    una voluntad *ue se diri"e a la com@n observación / al bienestar "eneral. o tiene

    intereses con#usos ni contradictorios el bien com@n es evidente en todas partes.

    :n &stado "obernado de esta suerte necesita mu/ pocas le/es / cuando se hace

    preciso promul"ar al"unas nuevas se ve "eneralmente su necesidad. Cuando los

    intereses particulares empie)an a hacerse sentir / las pe*ueas sociedades ain7uir en la "rande el inter8s com@n se altera / encuentra oposición / al suceder

    esto el &stado est cercano a su ruina por*ue subsiste de una #orma vana / se

    hacen pasar decretos por le/es *ue sólo tiene por (n el inter8s particular. =a

    voluntad "eneral siempre es constante e inalterable pero est subordinada a otras.

    Cada cual puede eludir la voluntad "eneral votando no a #avor del &stado sino a

    #avor de una persona en particular o un partido pero esto no lo aparte del inter8s

    com@n la idea de 8ste es *ue al ser pre"untado responda siempre.

    CA; II ? Del su#ra"io

    Cuanta ms con#ormidad reine en las asambleas es decir cuanto ms se acer*uen

    las decisiones a la unanimidad es ms dominante la voluntad "eneral. ;ero la

    ecesiva unanimidad podr$a si"ni(car *ue los ciudadanos han ca$do en la

    esclavitud / /a no tiene libertad ni voluntad. &l pacto social ei"e por naturale)a

    un consentimiento unnime por*ue la asociación civil es el acto ms voluntario de

    todos / cuando ha/ oposiciones a 8ste no se anula sino *ue los *ue lo hacen sean

    como etran'eros / el hecho *ue no est8n de acuerdo con las le/es no *uiere decir

    *ue no est8n sometidos a ellas por*ue (nalmente #ue la ma/or$a *uien las aprobó

    no se necesita la totalidad de los votos sino una ma/or$a. 9odos los caracteres de

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  • 8/17/2019 El Contrato Social - J.J. Rosseau - Resumen y conclusiones Derecho

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    la voluntad "eneral se hallan en la pluralidad. Dos mimas "enerales sirven para

    determinar estas relaciones cuanto ms "raves sean las deliberaciones ms

    deben acercarse a la unanimidad el parecer *ue prevale)ca / en las deliberaciones

    rpidas debe limitarse la di#erencia prescrita en el repartimiento de votos un solo

    voto puede bastar para de(nir.

    CA; III ? De las elecciones

    0a/ dos medios para ele"ir al pr$ncipe la elección / la suerte. =a elección por

    suerte es la propia de la democracia /a *ue en esta la ma"istratura no es una

    venta'a sino una car"a onerosa *ue sólo la le/ puede imponer a a*u8l a *uien

    desi"ne la suerte. =as elecciones por suerte tendr$an pocos inconvenientes en una

    verdadera democracia en la cual siendo todo i"ual la elección ser$a casiindi#erente. Cuando la elección / la suerte se encuentran me)cladas la primera

    debe recaer sobre los destinos *ue ei"en un talento particular EmilitarF / la otra

    conviene a a*uellos destinos *ue sólo re*uieren buen discernimiento. i la suerte

    ni los votos tienen lu"ar en un "obierno monr*uico /a *ue el re/ es el ms / es el

    *ue eli"e a sus lu"artenientes.

    CA; I5 ? De los comicios romanos

    o tenemos nin"@n monumento aut8ntico de los primeros tiempos de Roma / aun

    ha/ probabilidades *ue la ma/or parte de cuanto se dice de tales tiempos sea

    #bula #altndonos en "eneral la ms instructiva en los anales de los pueblos o

    sea la historia de su constitución. =a eperiencia nos ensea diariamente a

    conocer las causas *ue producen las revoluciones en los imperios pero no

    tenemos otro medio de eplicarnos la #ormación de los pueblos *ue por con'eturas.

    =as tribus de la ciudad *ue estaban ms a la mano #ueron a menudo ms #uertes

    en los comicios / vendieron el &stado a los *ue compraban los votos de la canalla

    *ue compon$an a*uellas.

    Ge describe la #orma de or"ani)ación comunal *ue ten$an los romanos a (n de

    tener los comicios mas or"ani)ados de la 8poca as$ se or"ani)aban en curias

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  • 8/17/2019 El Contrato Social - J.J. Rosseau - Resumen y conclusiones Derecho

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    decurias centurias / cantones. &ran interesantes las t8cnicas de voto como el

    secreto / p@blico sus pros / contras adems *ue aun all$ /a eist$a el hecho *ue

    los votos se vend$an / as$ se compraban / vend$an decisiones / consciencias este

    mal /a era realidad a*uellos d$as. 0o/ esto se ha re(nado mu/ t8cnicamente pero

    tienen al mismo actor repu"nante al hombre.

    CA; 5 ? Del tribunado

    &s una ma"istratura particular *ue se institu/e cuando no se puede establecer una

    eacta proporción entre las partes constitutivas del &stado el tribunado es el

    conservador de las le/es / del poder le"islativo. &l tribunado no es una parte

    constitutiva del &stado / no debe tener nin"una porción del poder le"islativo pero

    por esto es ma/or su poder /a *ue sin poder hacer nada puede impedirlo todo. &ltribunado es el ms (rme apo/o de una buena Constitución pero puede de"enerar

    en tiran$a cuando usurpa el poder e'ecutivo del cual sólo es moderador / cuando

    *uiere ser autor de las le/es *ue sólo debe prote"er. &l tribunado se debilita por la

    multiplicación de sus miembros. &l medio para prevenir las usurpaciones ser$a el

    de no hacer este cuerpo permanente sino determinar por le/ los intervalos durante

    los cuales deber$a *uedar suprimido.

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  • 8/17/2019 El Contrato Social - J.J. Rosseau - Resumen y conclusiones Derecho

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    MI "ERCE"CIÓN DE EST! OBR!

    &l Contrato Gocial es una obra #undamental para conocer el pensamiento el

    per$odo de la Ilustración en el aspecto pol$tico la cual se encuentra dividida en

    cuatro libros con una serie de cap$tulos cada uno con t$tulos como de lasprimeras sociedades del derecho del ms #uerte de la esclavitud del pacto social

    soberan$a de la le/ del le"islador del "obierno de la democracia de la

    aristocracia de la dictadura… va encadenando su idea sobre un pacto contrato o

    convenio en *ue como hombres libres *ue somos / nacemos para vivir en

    comunidad o sociedad necesitamos abandonar parte de esa libertad natural

    cambindola por unos derechos / deberes pero a@n con el sometimiento a las

    normas sociales.

    Me pareció mu/ interesante conocer cules eran los conocimientos / conceptos en

    materia pol$tica *ue se ten$an en este tiempo. ;or supuesto ha/ *ue considerar

    *ue Rosseau era de pensamiento ,revolucionario- / a pesar de *ue en la obra un

    lector actual podr$a encontrar demasiada 'usti(cación a las #ormas de "obierno

    autocrticas / monr*uicas *ue en nuestros d$as se consideran /a no tienen lu"ar

    en un mundo democrati)ado ha/ *ue recordar *ue en sus tiempos era todo lo

    contrario =a monar*u$a era la @nica #orma de "obierno vlida / le"itima para las

    le/es / "obiernos de su tiempo por lo *ue un escrito *ue buscara dar aun*ue sea

    un poco de valide) a otras #ormas de "obierno se tomar$a por ,subversivo- /

    contrario al orden establecido. B e#ectivamente la historia nos dice *ue Rosseau

    su#rió al"unas persecuciones precisamente por esta obra *ue para nosotros no

    tendr$a nada de peli"rosa para nin"@n sistema de "obierno puesto *ue en cierta

    manera epone las venta'as / desventa'as de cada uno desde un punto de vista

    ló"ico e imparcial.

    ;or otra parte me pareció importante la eplicación / #undamentación del

    concepto de ,contrato social-. Aun*ue /a en otras materias se hab$a hablado de

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  • 8/17/2019 El Contrato Social - J.J. Rosseau - Resumen y conclusiones Derecho

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    este concepto el leer toda la obra aclara mucho ms en *u8 consiste de donde

    sur"e / por *u8 es tan conveniente para nosotros vivir en 8l.

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  • 8/17/2019 El Contrato Social - J.J. Rosseau - Resumen y conclusiones Derecho

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    R&=ACI C> &= D&R&C0> ADMIIG9RA9I5>

    &n ,&l Contrato Gocial- encontramos planteados ideas / conceptos *ue son mu/

    similares a los *ue hemos estudiado en la materia de Derecho Administrativo.

    &'emplo de ello son la propiedad ori"inaria la distribución de poderes el *ue lasoberan$a reside en el pueblo el sistema pol$tico democrtico.

    &n cuanto a este @ltimo punto me llama la atención *ue Rosseau nos dice *ue la

    democracia es adecuada para un &stado pe*ueo / la monar*u$a para uno

    "rande. 0a/ *ue entender *ue en su tiempo el sistema monr*uico era

    ampliamente aceptado como un sistema 'usto / con venta'as como lo seala a lo

    lar"o del libro. Actualmente se tiene el sistema 6ederal para la or"ani)ación

    pol$tica de un pa$s etenso donde las entidades #ederativas

    C>C=:GI>&G

    Considero *ue el estudiar a #ondo el contenido de esta obra es de "ran valor /a *ue tiene

    una "ran similitud con las realidades de ho/ en d$a.

    Rousseau #ue uno de los primeros (lóso#os en hablar de i"ualdad social como esta

    i"ualdad era el camino para una sociedad ms 'usta / honesta / en esta obra se

    encuentra una eposición de sus ideas para re"ir un "obierno e(ca) / nos intenta mostrar*ue pese a la contradicción aparente un pacto social Econ normas / le/esF tal ve) sea el

    medio donde nos encontramos libres por naturale)a.

    Ge dice *ue el hombre nace libre pero en todas partes se encuentra encadenado es la

    epresión de un problema no de una solución. =a solución se encuentra en la idea de la

    trans#ormación de la libertad natural en libertad civil / moral. =a libertad civil est limitada

    por la voluntad "eneral con la cual se identi(ca la libre voluntad real de cada individuo

    en cada miembro de la sociedad.