despacho comisorio

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Sala Plena de lo Contencioso Administrativo Secretaría General Consejo de Estado Calle 12 N.º 7 65, piso 1 conmutador: 350 67 00 Correo: [email protected] Bogotá D.C. DESPACHO COMISORIO Señor(a): Secretario(a) Juzgado 28 Administrativo de Medellín Email: [email protected]; [email protected] ACCIONANTE: SEBASTIAN VARGAS OSPINA ACCIONADO: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE ANTIOQUIA RADICACIÓN: 11001-03-15-000-2021-04871-00 CLASE: ACCIONES DE TUTELA Con toda consideración, me permito solicitarle se sirva practicar la prueba comisionada, de acuerdo con el numeral 4 de la providencia del 13 de septiembre de 2021, proferida en la acción de la referencia por la Subsección A de la Sección Segunda del Consejo de Estado, magistrado Gabriel Valbuena Hernández, en la cual se ordena: "PRIMERO.- DECRÉTASE LA NULIDAD DE TODO LO ACTUADO a partir del auto del 30 de julio de 2021, inclusive, proferido por este despacho, que admitió la acción de la referencia, sin perjuicio de las pruebas practicadas. SEGUNDO.- ADMÍTASE la solicitud de tutela instaurada por el señor Sebastián Vargas Ospina, quien actúa a nombre propio, en contra del Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Primera de Oralidad. TERCERO.- TÉNGANSE como pruebas, las aportadas con el escrito de tutela. CUARTO.- NOTIFÍQUESE al Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Primera de Oralidad como accionado y al municipio de Caramanta, Concejo municipal, a la Escuela Superior de Administración Pública ESAP , al señor Juan Guillermo Valle Noreña y, en general, a todos los intervinientes en el medio de control de nulidad electoral con radicado N.º 05001-33-33-028-2020-00056-00 como terceros interesados en las resultas de este proceso. Para efectos de notificar a estos últimos, COMISIÓNESE al Juzgado 28 Administrativo de Medellín. LÍBRESE el despacho comisorio con los insertos del caso.(…)”. Recuerde que, por tratarse de una acción de tutela, los términos por mandato constitucional son perentorios. Las solicitudes y demás documentos que se remitan por medios electrónicos deberán allegarse al buzón judicial: [email protected] Este despacho comisorio se libra a los 27 días del mes de septiembre de 2021. Atentamente, Juan Enrique Bedoya Escobar Secretario General LUV

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Page 1: DESPACHO COMISORIO

Sala Plena de lo Contencioso Administrativo Secretaría General Consejo de Estado

Calle 12 N.º 7 – 65, piso 1 – conmutador: 350 67 00 Correo: [email protected]

Bogotá D.C.

DESPACHO COMISORIO

Señor(a): Secretario(a)

Juzgado 28 Administrativo de Medellín Email: [email protected]; [email protected]

ACCIONANTE: SEBASTIAN VARGAS OSPINA

ACCIONADO: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE ANTIOQUIA RADICACIÓN: 11001-03-15-000-2021-04871-00

CLASE: ACCIONES DE TUTELA Con toda consideración, me permito solicitarle se sirva practicar la prueba comisionada, de acuerdo con el numeral 4 de la providencia del 13 de septiembre de 2021, proferida en la acción de la referencia por la Subsección A de la Sección Segunda del Consejo de Estado, magistrado Gabriel Valbuena Hernández, en la cual se ordena: "PRIMERO.- DECRÉTASE LA NULIDAD DE TODO LO ACTUADO a partir del auto del 30 de julio de 2021, inclusive, proferido por este despacho, que admitió la acción de la referencia, sin perjuicio de las pruebas practicadas. SEGUNDO.- ADMÍTASE la solicitud de tutela instaurada por el señor Sebastián Vargas Ospina, quien actúa a nombre propio, en contra del Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Primera de Oralidad. TERCERO.- TÉNGANSE como pruebas, las aportadas con el escrito de tutela. CUARTO.- NOTIFÍQUESE al Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Primera de Oralidad como accionado y al municipio de Caramanta, Concejo municipal, a la Escuela Superior de Administración Pública – ESAP –, al señor Juan Guillermo Valle Noreña y, en general, a todos los intervinientes en el medio de control de nulidad electoral con radicado N.º 05001-33-33-028-2020-00056-00 como terceros interesados en las resultas de este proceso. Para efectos de notificar a estos últimos, COMISIÓNESE al Juzgado 28 Administrativo de Medellín. LÍBRESE el despacho comisorio con los insertos del caso.(…)”.

Recuerde que, por tratarse de una acción de tutela, los términos por mandato constitucional son perentorios. Las solicitudes y demás documentos que se remitan por medios electrónicos deberán allegarse al buzón judicial: [email protected] Este despacho comisorio se libra a los 27 días del mes de septiembre de 2021. Atentamente,

Juan Enrique Bedoya Escobar Secretario General

LUV

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Calle 12 N.º 7 – 65, piso 1 – conmutador: 350 67 00 Correo: [email protected]

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