derecho - fundeco - semana 1

19
Ing. Carlos Jave Uculmana FUNDAMENTOS DE LA ECONOMÍA Módulo: 1 Unidad: 1 Semana: 1

Upload: victordelacruzgrimal

Post on 15-Jan-2016

223 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

Fundamentos de la economia UAP

TRANSCRIPT

Page 1: Derecho - Fundeco - Semana 1

Ing. Carlos Jave Uculmana

FUNDAMENTOS DE LA ECONOMÍA

Módulo: 1 Unidad: 1 Semana: 1

Page 2: Derecho - Fundeco - Semana 1

ESCUELAS DE PENSAMIENTO ECONÓMICO

Page 3: Derecho - Fundeco - Semana 1

ORIENTACIONES

El Curso de Fundamentos de la Economía a desarrollarse en el

presente ciclo, tiene por finalidad capacitar y familiarizar a los

alumnos con los conceptos económicos aplicables en el

campo del derecho.

Para un mejor aprovechamiento de los conceptos y ejercicios

desarrollados en el curso, se recomienda principalmente:

Asistencia a las tutorías telemáticas y presenciales.

Lectura de la bibliografía básica y complementaria

recomendada.

Avance gradual y oportuno del trabajo académico obligatorio.

Participación activa en las tutorías, con énfasis analítico y

crítico en los conceptos expuestos.

Realización oportuna de ejercicios recomendados.

Consulta al Docente Tutor en temas necesarios de ampliación

o precisión de detalles.

Page 4: Derecho - Fundeco - Semana 1

CONTENIDO TEMÁTICO

Escuelas de Pensamiento Económico

Corriente del Mercantilismo: Siglos XVI al XVIII

Escuela Fisiócrata: Siglo XVIII

Escuela Clásica: Siglo XVIII

Escuela Marginalista: Siglo XIX

Concepto de Escasez

Flujo simplificado de los sistemas económico y monetario

Frontera de posibilidades de producción

Relación entre economía y derecho

Page 5: Derecho - Fundeco - Semana 1

Nueva

Macroeconomía

Clásica

Mercantilistas

Siglos XVI al XVIII

Fisiócratas

Siglo XVIII

Thomas Robert Malthus

“ Ensayo Sobre el Principio de la Población” - 1,798

“ Principios de la Economía Política” - 1,820

Carlos Marx

1818 - 1883

Piero Sraffa

1898 - 1983

David Ricardo

1772 - 1823

Stuart Mills

1806 - 1873

Alfred

Marshall

1842 - 1924

León Walras

1834 - 1910

Monetarismo

Economía del

Desequilibrio

Síntesis

Neoclásica

El

Nuevo

Cambridge

Irving

Fisher

1867 - 1947

Origen de la Economía Moderna: Adam Smith

“La Naturaleza y Causa de la Riqueza de las Naciones” (1776)

Neoclásicos y Marginalistas

John Maynard

Keynes

1883 - 1943

ESCUELAS DE PENSAMIENTO

ESCUELAS

RECIENTES

ESCUELA

CLÁSICA

Page 6: Derecho - Fundeco - Semana 1

CORRIENTE DEL MERCANTILISMO:

SIGLOS XVI AL XVIII Los mercantilistas consideraban que la riqueza de una nación dependía

de la cantidad de oro y plata que tuviese.

Una nación sólo podía aumentar sus reservas de estos metales

preciosos vendiendo más productos a otros países, respecto de los que

compraba.

El conseguir una balanza de pagos con saldo positivo implicaba que los

demás países tenían que pagar la diferencia con oro y plata.

Esta preocupación mercantilista por acumular metales preciosos

también afectaba a la política interna, en tanto que era imprescindible

que los salarios fueran bajos y que la población creciese.

Una población numerosa y mal pagada produciría muchos bienes a un

precio lo suficiente bajo como para poder venderlos en el exterior.

Page 7: Derecho - Fundeco - Semana 1

ESCUELA FISIÓCRATA: SIGLO XVIII

El fundador de la escuela, Francois Quesnay, era médico de cabecera en la corte

del Rey Luis XV. Su libro más conocido, Tableau Économique (1758), intentaba

establecer los flujos de ingresos en una economía, anticipándose a la contabilidad

nacional, creada en el siglo XX.

Según los fisiócratas, toda la riqueza era generada por la agricultura; gracias al

comercio, esta riqueza pasaba de los agricultores al resto de la sociedad.

Los fisiócratas eran partidarios del libre comercio y del laissez-faire (doctrina que

defiende que los gobiernos no deben intervenir en la economía).

También sostenían que los ingresos del estado tenían que provenir de un único

impuesto que debía gravar a la actividad primaria, la única fuente de riqueza para

ellos. Adam Smith conoció a los principales fisiócratas y escribió sobre sus

doctrinas, casi siempre de forma positiva.

Para esta escuela la riqueza de una nación procedía de la capacidad de

producción, y no de la cantidad de oro y plata que poseyeren, por lo cual

centraran en el estudio no en el dinero, sino en las fuerzas reales que permiten el

desarrollo económico.

Page 8: Derecho - Fundeco - Semana 1

ESCUELA CLÁSICA: SIGLO XVIII ADAM SMITH (1723-1790):

Autor de "Investigación Acerca de la Naturaleza y Causas de la Riqueza de las

Naciones“, 1776.

Los puntos principales de su doctrina fueron considerar al trabajo como fuente de

la riqueza; el valor basado en la oferta y la demanda; el comercio, libre de toda

prohibición; la competencia, elevada a la altura de un principio.

THOMAS MALTHUS (1766-1834) :

Sociólogo y economista inglés, autor de "Ensayos Sobre el Principio de la

Población“, 1798.

Las teorías económicas de Malthus están basadas en el modo de crecer de la

población en relación a la subsistencia. Fue el principal contradictor de la Ley de

Say, en la cual Ricardo fundamentó toda su teoría sobre la acumulación de capital y

la tasa de ganancia. De Malthus es necesario destacar su preferencia e importancia

otorgada al corto plazo.

DAVID RICARDO (1772-1823):

Su obra fundamental fue "Los Principios de Economía Política y Tributación",

1817.

Desde un principio inició una lucha por demostrar que las “Leyes de Granos",

(Aranceles a la importación para apoyar los precios del grano británico doméstico

contra la competencia de importaciones extranjeras, 1815-1846), eran dañinas para

el progreso social, en este proceso tuvo que elaborar una teoría general del valor,

la distribución y la acumulación, así como desarrollar su teoría de los costos

comparativos que generaliza la teoría de las ventajas del libre comercio.

Page 9: Derecho - Fundeco - Semana 1

• La Escuela de Análisis Marginal hizo notables contribuciones a la teoría

económica, en cuanto a sistematización y formalización.

• Sus representantes más significativos fueron Jevons, Williams Stanley

(Inglés, 1835-1882), Menger, Karl (austríaco, 1841-1921) y Walras, Marie

Espirit León (Francés, 1834-1910).

• Los trabajos de estos autores se caracterizaron por la construcción de

modelos abstractos desarrollados con una considerable dosis de

técnicas matemáticas y por el reconocimiento de la importancia del

análisis marginal, y su aplicación progresiva a todas las partes de la

teoría microeconómica.

• Sus aportes abarcaron temas como investigación del equilibrio y

análisis económico, utilidad, valor, cambio y distribución de los bienes,

expresión matemática de las leyes del mercado, tipificación de los

bienes, entre otros. Sin embargo, su contribución más significativa lo

constituye el concepto de marginalidad.

ESCUELA MARGINALISTA: SIGLO XIX

Page 10: Derecho - Fundeco - Semana 1

Es la insuficiencia se producción de bienes necesarios para la

satisfacción de necesidades, asociada al logro de la combinación más

eficiente de bienes de consumo o recursos productivos.

Sin embargo, la escasez ha sido vista como una clave para entender

procesos sociales de muy distinta naturaleza y alcance.

Así tenemos que el filósofo Jean Paul Sartre expresa que: “El

desarrollo humano en su totalidad ha sido, por lo menos hasta ahora,

una enconada lucha contra la escasez”.

Paul A. Samuelson y William Nordhaus indican que: "En el corazón

mismo de la economía se halla la innegable verdad de lo que llamamos

ley de la escasez, según la cual los bienes son escasos porque no hay

suficientes recursos para producir todo lo que deseamos consumir.

Toda la economía se deriva de este hecho fundamental“

CONCEPTO DE ESCASEZ

Page 11: Derecho - Fundeco - Semana 1

El profesor Robert Clower sostiene que “La escasez parece ser así una

condición inherente a todas las sociedades, animales y también

humanas, acerca de cuya historia tenemos conocimiento. Tal es, en

realidad, el mensaje central del clásico relato de Darwin de „La lucha por

la supervivencia‟; a su vez, las ideas originales de Darwin consideraron

el ensayo sobre población de T. R. Malthus de 1798.”

El antropólogo Salhins, señala que “La escasez no es una propiedad

intrínseca de los medios técnicos. Es una relación entre fines y

medios.”

El Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo en un informe sobre

el desarrollo humano en el mundo, afirma que “Al examinar la

disponibilidad de recursos financieros para la puesta en práctica de los

objetivos humanos, el informe llega a una conclusión radical: por lo

general, la verdadera causa del abandono en que se encuentra el

hombre está en la ausencia de compromiso político, más que en la

escasez de recursos financieros.”

En conclusión, el concepto de escasez no está simplemente referido a

la limitación cuantitativa de los recursos que tienen las personas para

producir o consumir.

CONCEPTO DE ESCASEZ

Page 12: Derecho - Fundeco - Semana 1

GASTOS INGRESOS

Renta

= Flujo de Factores y Productos

= Flujo Monetario

FLUJO SIMPLIFICADO DE LOS SISTEMAS

ECONÓMICO Y MONETARIO

Mercado de Factores de Producción Familias Venden Empresas Compran

Mercado de Bienes y Servicios Empresas Venden Familias Compran

Bienes y Servicios

Comprados Bienes y Servicios

Vendidos

Factores de

Producción

Trabajo, Tierra

y Capital

Salarios, Alquileres

y Beneficios

EMPRESAS Producen y Venden Bienes y Servicios Compran y Utilizan Factores de Producción

FAMILIA Compran y Consumen Bienes y Servicios. Poseen y Venden Factores de Producción

Page 13: Derecho - Fundeco - Semana 1

Área Debajo

de la Curva,

Es Ineficiencia

Económica

Área Debajo

de la Curva,

Es Ineficiencia

Económica

FRONTERA DE POSIBILIDADES DE PRODUCCIÓN

Alimentos (Miles de Ton.)

Ca

mio

ne

s (U

nid

ad

es)

A

B

C

D

E

F

ESCENARIOS

ALTERNATIVAS

COSTO DE

OPORTUNIDAD ALIMENTOS

Miles de Ton.

CAMIONES

Unidades

A 0.00 25 4

B 0.75 20 3.25

C 1.75 15 2.25

D 2.50 10 1.50

E 3.50 5 0.50

F 4.00 -.- 0.00

MUESTRA LA CANTIDAD MÁXIMA POSIBLE DE PRODUCIR BIENES O SERVICIOS EN UNA DETERMINADA

ECONOMÍA, CON LOS RECURSOS Y LA TECNOLOGÍA QUE POSEE.

Producción en los

Puntos de la Curva es la

de Máxima Eficiencia

F : Única Alternativa es Producir Alimentos

Page 14: Derecho - Fundeco - Semana 1

RELACIÓN ENTRE ECONOMÍA Y DERECHO

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ

Artículo 23°.- El trabajo, en sus diversas modalidades, es objeto de

atención prioritaria del Estado, el cual protege especialmente a la

madre, al menor de edad y al impedido que trabajan.

El Estado promueve condiciones para el progreso social y económico,

en especial mediante políticas de fomento del empleo productivo y de

educación para el trabajo.

Ninguna relación laboral puede limitar el ejercicio de los derechos

constitucionales, ni desconocer o rebajar la dignidad del trabajador.

Nadie está obligado a prestar trabajo sin retribución o sin su libre

consentimiento.

Page 15: Derecho - Fundeco - Semana 1

TÍTULO III DEL RÉGIMEN ECONÓMICO; CAPÍTULO I; PRINCIPIOS GENERALES

Artículo 58°.- La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de mercado. Bajo este régimen, el Estado orienta el desarrollo del país, y actúa principalmente en las áreas de promoción de empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura. Artículo 59°.- El Estado estimula la creación de riqueza y garantiza la libertad de trabajo y la libertad de empresa, comercio e industria. El ejercicio de estas libertades no debe ser lesivo a la moral, ni a la salud, ni a la seguridad públicas. El Estado brinda oportunidades de superación a los sectores que sufren cualquier desigualdad; en tal sentido, promueve las pequeñas empresas en todas sus modalidades. Artículo 60°.- El Estado reconoce el pluralismo económico. La economía nacional se sustenta en la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa. Sólo autorizado por ley expresa, el Estado puede realizar subsidiariamente actividad empresarial, directa o indirecta, por razón de alto interés público o de manifiesta conveniencia nacional. La actividad empresarial, pública o no pública, recibe el mismo tratamiento legal. Artículo 61°.- El Estado facilita y vigila la libre competencia. Combate toda práctica que la limite y el abuso de posiciones dominantes o monopólicas. Ninguna ley ni concertación puede autorizar ni establecer monopolios. La prensa, la radio, la televisión y los demás medios de expresión y comunicación social; y, en general, las empresas, los bienes y servicios relacionados con la libertad de expresión y de comunicación, no pueden ser objeto de exclusividad, monopolio ni acaparamiento, directa ni indirectamente, por parte del Estado ni de particulares.

Page 16: Derecho - Fundeco - Semana 1

TÍTULO III

DEL RÉGIMEN ECONÓMICO; CAPÍTULO I; PRINCIPIOS GENERALES

Artículo 62°.- La libertad de contratar garantiza que las partes pueden pactar

válidamente según las normas vigentes al tiempo del contrato. Los términos

contractuales no pueden ser modificados por leyes u otras disposiciones de cualquier

clase. Los conflictos derivados de la relación contractual sólo se solucionan en la vía

arbitral o en la judicial, según los mecanismos de protección previstos en el contrato

o contemplados en la ley.

Mediante contratos-ley, el Estado puede establecer garantías y otorgar seguridades.

No pueden ser modificados legislativamente, sin perjuicio de la protección a que se

refiere el párrafo precedente.

Artículo 63°.- La inversión nacional y la extranjera se sujetan a las mismas

condiciones. La producción de bienes y servicios y el comercio exterior son libres. Si

otro país o países adoptan medidas proteccionistas o discriminatorias que

perjudiquen el interés nacional, el Estado puede, en defensa de éste, adoptar medidas

análogas.

En todo contrato del Estado y de las personas de derecho público con extranjeros

domiciliados consta el sometimiento de éstos a las leyes y órgano jurisdiccionales de

la República y su renuncia a toda reclamación diplomática. Pueden ser exceptuados

de la jurisdicción nacional los contratos de carácter financiero.

El Estado y las demás personas de derecho público pueden someter las controversias

derivadas de relación contractual a tribunales constituidos en virtud de tratados en

vigor. Pueden también someterlas a arbitraje nacional o internacional, en la forma en

que lo disponga la ley.

Page 17: Derecho - Fundeco - Semana 1

TÍTULO III

DEL RÉGIMEN ECONÓMICO; CAPÍTULO I; PRINCIPIOS GENERALES

Artículo 64°.- El Estado garantiza la libre tenencia y disposición de moneda

extranjera.

Artículo 65°.- El Estado defiende el interés de los consumidores y usuarios. Para

tal efecto garantiza el derecho a la información sobre los bienes y servicios que se

encuentran a su disposición en el mercado. Asimismo vela, en particular, por la

salud y la seguridad de la población.

ALGUNAS NORMAS ESPECÍFICAS:

• Ley General del Trabajo

• Ley del Medio Ambiente

• Ley de Sociedades Mercantiles

• Ley de Promoción a la Inversión Privada

• Código Tributario.

• Ley de Bancos y Entidades Financieras

• Leyes Sectoriales (Sistema Regulatorio)

Page 18: Derecho - Fundeco - Semana 1

CONCLUSIONES Y/O ACTIVIDADES DE

INVESTIGACIÓN SUGERIDAS

SE RECOMIENDA COMPLEMENTAR LO EXPUESTO CON LA REVISIÓN Y ANÁLISIS DEL MATERIAL BIBLIOGRÁFICO CONTENIDO EN LOS SIGUIENTES ENLACES:

ELEMENTOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO Y LA

ECONOMÍA DESDE UNA PERSPECTIVA GLOBAL

http://www.udem.edu.co/NR/rdonlyres/BF5F38CC-9F19-43E0-

93D4-

222D3C01BFBF/8000/Larelacionentreelderechoylaeconomia.pdf

EVOLUCIÓN CIENTÍFICA Y METODOLÓGICA DE LA

ECONOMÍA

http://www.cyta.com.ar/biblioteca/bddoc/bdlibros/ciencia_met_

eco.pdf

Page 19: Derecho - Fundeco - Semana 1

GRACIAS