derecho administrativo global y su impacto en el derecho colombiano

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EL DERECHO ADMINISTRATIVO GLOBAL Y SU IMPACTO EN EL DERECHO INTERNO COLOMBIANO ANGEL IGNACIO ALVAREZ SILVA PROGRAMA DE ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO PÚBLICO FACULTAD DE POSTGRADOS UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA - SECCIONAL CUCUTA CÚCUTA, JULIO 2010

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Page 1: Derecho Administrativo Global y su impacto en el derecho Colombiano

EL DERECHO ADMINISTRATIVO GLOBAL Y SU IMPACTO

EN EL DERECHO INTERNO COLOMBIANO

ANGEL IGNACIO ALVAREZ SILVA

PROGRAMA DE ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO PÚBLICO

FACULTAD DE POSTGRADOS

UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA - SECCIONAL CUCUTA

CÚCUTA, JULIO 2010

Page 2: Derecho Administrativo Global y su impacto en el derecho Colombiano

DERECHO ADMINISTRATIVO GLOBAL Y SU IMPACTO EN EL DERECHO INTERNO COLOMBIANO

Introducción En las últimas décadas del siglo anterior, como resultado del desarrollo

tecnológico de la humanidad y de la consolidación de las teorías económicas

y políticas que consideraban el mercado (no al Estado) como el verdadero

motor del desarrollo social y económico de la sociedad, tuvo lugar un

fenómeno denominado GLOBALIZACIÓN, consistente en el elevado

incremento en el tránsito de personas, productos y capitales entre las

diferentes regiones del mundo, con el propósito de crear un solo mercado

para la oferta y demanda de bienes y servicios, cuyas fronteras fueran el

mundo.

Este fenómeno implicó una sustancial reducción de la actividad reguladora

del Estado ya que la interacción de los componentes internos del mercado

comenzó a ser cada vez más hacia fuera del Estado que hacia el interior del

mismo, lo que rebasaba su capacidad y su competencia interventora.

La globalización también implicó la entrega a particulares de numerosas

actividades que antes realizaba el Estado, conservando este solo las

facultades de control y vigilancia, en muchas ocasiones bajo parámetros

ajenos al derecho interno, en razón de la participación en ellas de personas,

capitales y productos procedentes del exterior.

1

Page 3: Derecho Administrativo Global y su impacto en el derecho Colombiano

Esas circunstancias han hecho crecer paulatinamente la importancia de la

actividad reguladora que realizan organismos u organizaciones

internacionales, de carácter público, mixto o privado, cuya regulación se

aplica, ya sea de manera voluntaria o bien, por instancias contractuales o por

la acción de organismos nacionales que la integra mediante adopción al

ordenamiento jurídico interno, circunstancias que se han presentado con

mayor incidencia en áreas tales como la seguridad, la actividad financiera y

bancaria, la protección ambiental, el comercio de productos y servicios, la

prestación de los servicios públicos, las telecomunicaciones, las condiciones

de desarrollo económico y social, los estándares laborales, la propiedad

intelectual y los movimientos internos y transfronterizos de población,

entendidos estos como el desplazamiento y los refugiados.

El marcado crecimiento en la influencia de estas organizaciones

internacionales en el contexto mundial llevó a un grupo de investigadores de

la facultad de Derecho de la Universidad de Nueva York (NYU) a preguntarse

en el año 2004, si este fenómeno marcaba el surgimiento de un Derecho

Administrativo Global (GAL, por sus iníciales en inglés), lo que motivó la

creación de un proyecto de investigación y profundización en el estudio de

este fenómeno jurídico y de sus consecuencias al interior de los Estados1.

Este proyecto, de inmediato generó un encendido debate sobre este

particular en universidades y centros de estudio de Norteamérica y Europa,

lo que ha contribuido a enriquecer el tema, volviéndolo cada vez más

complejo y de mayor envergadura.

Desafortunadamente ese planteamiento no ha tenido la misma repercusión

en América Latina, ya que apenas ha dado lugar a la realización de un

1 Proyecto de investigación sobre Derecho administrativo Global, Institute of International Law and

Justice. Facultad de Derecho de la Universidad de Nueva York. http://www.iilj.org/global_adlaw

2

Page 4: Derecho Administrativo Global y su impacto en el derecho Colombiano

Congreso en México en el año 2008 y a la implementación de un postgrado

sobre el tema en la Universidad de Buenos Aires desde el año 2009, en los

que apenas ha suscitado la participación de algunos doctrinantes de

Argentina y de Brasil. En Colombia, solo hasta Marzo del presente año, la

Universidad de Los Andes publicó en su página web el escrito mediante el

cual la NYU dio comienzo a su proyecto hace 6 años, sin que ello haya

provocado el debate esperado en un tema de tal importancia, ya que cada

vez son más las organizaciones que intervienen en la regulación, aplicación y

control de estas normas.

Cabe aclarar sin embargo que el Derecho Administrativo Global no

constituye, en la actualidad, un campo de estudio concreto y sistematizado,

aun cuando sus manifestaciones sean tan evidentes y numerosas en la vida

diaria, de manera tal que puede considerarse en la práctica como un “Hecho

Social” que mas tarde que temprano se consolidará como una rama

específica del Derecho.

Esa es la razón que motiva a conocer, un poco más, acerca de este naciente

fenómeno jurídico, ya que aunque las incidencias y la actividad normativa

parecen tan lejanas del entorno colombiano, sus consecuencias, en cambio,

recaen sobre todos, puesto que la consolidación de un Espacio

administrativo global, como entorno jurídico, y de un Derecho Administrativo

Global, como ordenamiento jurídico, dará lugar a muchos cambios en el

desarrollo de la ciencia jurídica, en especial en el área del derecho Público.

Con este trabajo se busca dar una respuesta a los interrogantes que surgen

cuando se tiene contacto inicial con el Derecho Administrativo Global, que

tienen que ver con las razones que explican su surgimiento, con sus

características distintivas y con la enunciación de casos concretos que

evidencien su existencia en nuestro país.

3

Page 5: Derecho Administrativo Global y su impacto en el derecho Colombiano

Las razones del surgimiento del Derecho Administrativo Global La discusión respecto a la existencia de un Derecho Administrativo Global

conlleva inmersa una profunda paradoja ya que, si se acude al concepto

clásico de derecho administrativo, en la cual el derecho administrativo es

eminentemente estatal, el advenimiento de un Derecho Administrativo Global

implicaría la existencia de un Estado Global, es decir, un superestado con el

poder de regular la actividad de los demás estados del mundo.

Esta conclusión resulta paradójica porque una de las consecuencias de la

Globalización es, precisamente, la perdida de capacidad decisoria de los

Estados, la cual se reduce para dar cabida a un aumento en el poder

decisorio de la Sociedad Transnacional, que en criterio de Manuel García

Pelayo, es “el conjunto social resultante entre las interacciones entre actores

pertenecientes a sociedades de distintos Estados. Entre tales interacciones

pueden contarse los tráficos o flujos monetarios o financieros, de

mercancías, de personas, de ideas o de patrones culturales, de modelos

tecnológicos, de acciones políticas, etc.; sus actores son los individuos o

entidades cuyas acciones, eventual o permanentemente trascienden las

fronteras de sus Estados.”2

Resulta pertinente aclarar que si bien, actualmente no existe un gobierno

mundial sí existe lo que se conoce como gobernanza global, es decir ciertos

mecanismos de coordinación que operan a escala global, aún cuando

relativamente dispersos. Se llama de esa manera a las distintas formas en

que los individuos y las instituciones públicas y privadas gestionan sus

asuntos comunes en el contexto mundial. Es un proceso continuo que incluye

2 GARCIA PELAYO, Manuel. Las transformaciones del Estado contemporáneo. Alianza, Madrid,

1987. p. 151.

4

Page 6: Derecho Administrativo Global y su impacto en el derecho Colombiano

a las instituciones formales y a los regímenes que cuentan con capacidad de

asegurar su cumplimiento, así como a los acuerdos informales que las

personas y las instituciones celebran, pero también involucra a las

organizaciones no gubernamentales (ONGs), a las corporaciones

multinacionales y al mercado de capitales global. Sin embargo, se trata de un

proceso amplio, dinámico, complejo e interactivo de toma de decisiones que

está constantemente evolucionando y respondiendo a circunstancias

cambiantes, y que no puede, por lo tanto, delimitarse de manera unívoca en

nuestros días. .

La Globalización, como fenómeno primordialmente económico, es promovida

casi en su totalidad por la acción de los particulares, pero su naturaleza y el

escenario en que esta se desarrolla hace imprescindible el concurso de los

Estados, ya sea individualmente, ya agrupados en torno de organismos

multilaterales, como MERCOSUR, la Unión Europea, el Pacto Andino o la

OMC que en tal evento son organizaciones de carácter público.

Pero la globalización no es fenómeno unidimensional pues sus efectos se

han manifestado, por lo menos, en seis dimensiones, a saber3: “a) La

globalización financiera, que implica inmensos flujos de capital especulativo

de corto plazo circulando por los mercados financieros mundiales. b) La

globalización comercial, que conlleva el que una parte cada vez mayor de los

gastos dedicados a bienes y servicios se dedique a importaciones de otros

países, y que una porción creciente de la producción de los países se venda

al extranjero en calidad de exportación. c) La globalización de las

comunicaciones y de las tecnologías de la información, generado por el

incontenible avance de la tecnología y cuyo paradigma por excelencia es el

Internet. d) La globalización institucional, que conlleva un mayor 3 FERNANDEZ LAMELA, Pablo. El Impacto de las Redes Intergubernamentales en la evolución

del Derecho Administrativo Internacional. En EL NUEVO DERECHO ADMINISTRATIVO GLOBAL EN AMÉRICA LATINA. Buenos Aires, Cuadernos RAP, 2009.

5

Page 7: Derecho Administrativo Global y su impacto en el derecho Colombiano

protagonismo de las denominadas instituciones financieras internacionales

como el Fondo Monetario Internacional, el Banco Mundial y la Organización

Mundial del Comercio (OMC) encargada de la regulación del comercio

internacional, y de otros organismos internacionales los cuales tienen a su

cargo, entre otras funciones, el establecimiento de normas y parámetros de

alcance mundial, la supervisión del cumplimiento de tratados y normas

internacionales y el asesoramiento y asistencia a gobiernos en las materias

de su competencia. e) La globalización de la sociedad civil, representada

para el caso en las organizaciones no gubernamentales (ONGs) que hace

tiempo han traspasado las fronteras nacionales y operan mediante filiales y

grupos o redes de alcance mundial, como es el caso Greenpeace o de

Transparencia International que se ocupan de asuntos que trascienden las

fronteras nacionales, y que bien pueden caracterizarse como problemas

globales o de interés público global y f) La globalización de los valores y los

derechos humanos, mediante la implementación de instrumentos

internacionales y regionales, celebrados bajo el auspicio de organizaciones

internacionales como la ONU, en los que se consagra la protección de

derechos humanos básicos, los cuales han sido ratificados por la mayor

parte de los países.”

De esa manera, las nuevas relaciones jurídicas generadas por el proceso de

globalización acarrean profundos cambios en los sistemas jurídicos que las

regulan y, en últimas, en los ordenamientos jurídicos internos, que tienen que

adecuarse a las necesidades del proceso de globalización. De una parte,

porque el entorno jurídico debe permitir la presencia cada vez más frecuente

de relaciones entre particulares y estados o entre particulares de diferentes

nacionalidades y, de otra parte, porque la presión de las Organizaciones

Internacionales sobre los Estados, lleva a la modificación paulatina de su

ordenamiento interno para adecuarlo a las necesidades de la Globalización.

6

Page 8: Derecho Administrativo Global y su impacto en el derecho Colombiano

Inicialmente, algunos tratadistas señalaron que estos cambios eran

modificaciones en el Derecho internacional Público4, ya que implicaban

variaciones en el objeto y los sujetos de esa rama del Derecho, pero esta

modificación cambió posteriormente, pues estos cambios fundamentales

causados por la globalización, en realidad, le hacían perder su naturaleza a

esa rama del derecho, convirtiéndolo en otro “Derecho” totalmente diferente.

Ese nuevo marco jurídico que regula las particulares relaciones generadas

por la Globalización es el Derecho Administrativo Global, que surge como

resultado del creciente influjo de las organizaciones internacionales en el

ámbito de acción de los particulares y de los estados en su actividad global,

pese a las críticas en torno al uso del término “Global” en su denominación

ya que un gran número de Estados considerados como “Estados fallidos” no

han ingresado todavía al proceso de globalización que lo origina, pese a que

aún estos Estados forman parte, así sea nominalmente de Organizaciones

internacionales de carácter gubernamental y son también campo de acción

de las organizaciones híbridas y privadas.

Conforme lo señalan los impulsores del proyecto de sistematización de esta

rama del Derecho, el Derecho Administrativo Global es aquél que “incluye

los mecanismos, principios, prácticas y los acuerdos sociales que los

respaldan y que promueven o que de otra forma afectan la accountability de

los órganos globales administrativos, en particular asegurándose de que

cumplan con los estándares adecuados de transparencia, participación, toma

de decisiones razonada, y legalidad, y promoviendo la efectiva evaluación de

las normas y decisiones que aprueban. Los órganos globales administrativos

incluyen órganos regulatorios intergubernamentales formales, redes

regulatorias informales intergubernamentales y arreglos de coordinación,

4 RINCON SALCEDO, Javier. GLOBALIZACIÓN Y DERECHO ADMINISTRATIVO. Bogotà,

Universidad Javeriana, 2004.

7

Page 9: Derecho Administrativo Global y su impacto en el derecho Colombiano

órganos regulatorios nacionales que operan en relación a un régimen

internacional intergubernamental, órganos regulatorios híbridos público-

privados, y algunos órganos regulatorios privados que ejercen funciones de

gobernanza trasnacional de importancia pública específica”5

El término accountability ha sido introducido en nuestro medio con la

acepción de aquel deber-facultad que tienen las organizaciones y personas

con responsabilidades públicas, de rendir cuenta a todos aquellos que, de

una u otra forma, se ven afectados por su gestión, y de responder por los

resultados de la misma, concepto que en algunos espacios académicos y

administrativos ha tomado el nombre de Respondabilidad.

En esencia, el Derecho Administrativo Global es entonces el resultado de las

regulaciones que en el entorno supraestatal realiza un gran número de

organizaciones Internacionales, públicas, privadas y mixtas que, prevalidas

de su deber de respondabilidad, conducen a los estados y a los individuos a

adoptar en su fuero interno determinadas medidas o reglamentaciones bajo

los principios del buen gobierno (gobernanza) global y con el propósito de

facilitar y promover la globalización de sus actividades.

La acción de estos organismos internacionales recae entonces sobre

Estados, Empresas, individuos, ONGs y otras colectividades, que

corresponden entonces a los sujetos del Derecho Administrativo Global cuyo

surgimiento se propone.

En el proyecto de la Facultad de Derecho de la Universidad de Nueva York6

que da lugar a estas digresiones de carácter jurídico y académico, se

consideró que la nueva rama de estudio jurídico que se propone, se acerca 5 KINGSBURY, Benedict, KRISH Nico y STEWART, Richard. The emergence of Global

Administrative Law. Nueva York, . Facultad de Derecho NYU, 2004. 6 Ver nota 1.

8

Page 10: Derecho Administrativo Global y su impacto en el derecho Colombiano

más al Derecho administrativo que al derecho internacional, porque en este

último las acciones regulatorias siempre son el resultado de un acuerdo o

tratado, situación que no siempre se da en la administración internacional

actual, en las que entran en acción, valores universalmente reconocidos del

derecho de gentes (Ius gentium ) como la razón última para la aceptación de

una regla impartida por parte de una Organización Internacional. Se

considera también, en dicho estudio, que el calificativo de Administrativo

prevalece sobre el calificativo de internacional, para clasificar a esta naciente

rama del Derecho, porque en la práctica, el impacto directo de las

regulaciones que estas organizaciones internacionales imparten, se

evidencia en el derecho administrativo interno, en cumplimiento de la

tendencia de la globalización de estandarizar y uniformar estos

ordenamientos administrativos, a través de doctrinas como la teoría del buen

gobierno y otras similares.

Adicionalmente el Derecho Administrativo internacional existe desde hace

mucho tiempo como rama del Derecho que incluye el estudio de las reglas,

procedimientos e instituciones utilizadas por las organizaciones

internacionales para dirimir las controversias laborales y otros asuntos

internos, en tanto que el alcance del Derecho administrativo propuesto va

más allá.

Por último se caracteriza como Derecho (LAW, en su original) a la rama de

estudio propuesta en el proyecto de la Universidad de Nueva York, porque si

bien este fenómeno carece de unidad en cuanto a competencia reguladora,

competencia jurisdiccional y campo de acción, si puede considerarse que en

las regulaciones expedidas por esas organizaciones existen reglas y

principios que la convierten en derecho bajo los criterios ius filosóficos en

boga hoy en día.

9

Page 11: Derecho Administrativo Global y su impacto en el derecho Colombiano

Dentro de los principios de derecho universal que se reconocen en la

reglamentación expedida por las Organizaciones Internacionales, los

autores7 señalan, entre otros, los siguientes: Principio de legalidad,

Principio de racionalidad o de motivación de las decisiones, Principio de

Proporcionalidad entre medios y fines, la Prevalencia del Estado de derecho

y la Protección de los Derechos Humanos.

También procede la denominación de DERECHO en el caso de estudio

propuesto, porque en la actividad reguladora de las organizaciones

internacionales se hacen visibles reglas, procedimientos e instituciones que

constituyen elementos fundamentales en la configuración del Derecho

administrativo interno, aun cuando el resultado entre la interacción de estos

elementos resulta muy diferente al obtenido en el orden interno de los

Estados, principalmente por la carencia de elementos tales como la unidad

de jurisdicción y la diversidad de intereses en juego en el ámbito del derecho

administrativo Global.

Características del Derecho Administrativo Global (DAG) La primera característica distintiva del Derecho Administrativo Global lo

constituye la existencia de un Espacio Administrativo Global, en el cual

interactúan, de una parte, las Organizaciones Internacionales productoras de

reglamentación administrativa Global y, de la otra, los sujetos destinatarios

de esa reglamentación, entre los cuales se cuentan, los Estados, las

Empresas, los individuos, las ONGs, entre otros.

En este entorno global se han identificado las tres categorías esenciales del

Derecho administrativo como son, una categoría Constitutiva, que establece

7 KINGSBURY, Benedict. The concepto of “LAW” in Global Administrative Law. Nueva York.

Internacional Law & Justice working papers. 2009. .

10

Page 12: Derecho Administrativo Global y su impacto en el derecho Colombiano

la autoridad y jerarquía de los órganos administrativos, una jerarquía

sustantiva, que tiene que ver con las reglas adoptadas por esos

organizaciones en el desempeño de sus funciones y una categoría

procedimental, relacionada con las normas que definen la forma en que

dichas organizaciones toman sus decisiones. Sin embargo tales categorías

no emanan de una fuente única, ni su poder regulatorio proceden de un

mismo origen, lo cual le otorga al Derecho Administrativo Global, un carácter

sui generis aún no establecido.

Sin embargo, varios académicos, entre ellos algunos latinoaméricanos8, han

planteado objeciones a la clasificación como administrativo de este derecho

naciente, ya que, según ellos, las tradiciones legales del Derecho

administrativo tienen dos principales puntos de partida: Los sistemas del

“common law,” y los sistemas civilistas, entre los cuales existen grandes

diferencias. Básicamente se ha establecido que el principio en el cual se

fundamenta el sistema civilista es la “legalidad”, mientras que los principios

básicos del common Law son el “Estado de Derecho” (rule of law) y la

“revision juidicial” (judicial control). Por ello la cuestión es cual de estos

principios prevalecerá en la sistematización del Derecho administrativo

Global que se busca y cuales serán los mecanismos y factores que

determinarán tal prevalencia.

Ahora bien, las Organizaciones Internacionales no actúan de manera

uniforme en su función reguladora, razón por la cual, los investigadores que

promueven el proyecto de estudio sobre el Derecho administrativo Global, las

agruparon en varios tipos de regulación administrativa globalizada, las cuales

expusieron de la siguiente manera:9:

8 SANCHEZ BADON, Michele Ratton. EL PROYECTO DERECHO ADMINISTRATIVO

GLOBAL. UNA PERSPECTIVA DESDE BRASIL. Incluido en el Nuevo Derecho Administrativo Global en América Latina. Buenos Aires, Cuadernos RAP, 2009.

9 KINGSBURY, Benedict, KRISH Nico y STEWART, Richard. Op.cit.

11

Page 13: Derecho Administrativo Global y su impacto en el derecho Colombiano

(1) Administración por parte de organizaciones internacionales formales; (2)

administración basada en la acción colectiva de redes transnacionales de

acuerdos de cooperación entre funcionarios regulatorios nacionales; (3)

administración distribuida llevada a cabo por reguladores nacionales bajo

tratados, redes u otros regímenes cooperativos; (4) administración por

acuerdos híbridos intergubernamentales-privados; y (5) administración por

instituciones privadas con funciones regulatorias. En la práctica, muchas de

estas capas se superponen o se combinan, pero esta selección de tipos

ideales facilita la realización de investigaciones sobre el tema.

“En la administración internacional, los actores administrativos principales

son las organizaciones formales intergubernamentales establecidas por un

tratado o acuerdo ejecutivo. Un ejemplo clásico es el Consejo de Seguridad

de la ONU y sus comités, que adoptan legislación subsidiaria, toman

decisiones que vinculan a países en particular (mayormente en forma de

sanciones), e incluso tienen incidencia directa sobre los individuos” a través

de las sanciones dirigidas y la inclusión en listas de personas que se

consideran responsables de amenazas a la paz internacional. De modo

similar, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados

(ACNUR) ha asumido varias otras tareas regulatorias y administrativas, como

la determinación del estatuto del refugiado y la administración de campos de

refugiados en muchos países. En nuestro país se ocupa y participa en temas

tales como la atención a las personas desplazadas.

En segundo lugar, se encuentran “las redes transnacionales y los acuerdos

de coordinación que se caracterizan por la ausencia de estructura de toma

de decisiones vinculantes y por el predominio de una cooperación informal

entre los reguladores estatales”. Esta forma horizontal de cooperación puede,

ocurrir en el marco de un tratado, aunque no necesariamente. Por ejemplo,

12

Page 14: Derecho Administrativo Global y su impacto en el derecho Colombiano

el Comité de Basilea reúne a los jefes de varios bancos centrales, fuera de la

estructura de un tratado, para que puedan coordinar entre sí cuestiones tales

como los requisitos de la cantidad de capital adecuado que deben poseer los

bancos. Los acuerdos no son jurídicamente vinculantes pero pueden ser

altamente efectivos. Los reguladores nacionales también han desarrollado,

de manera bilateral, convenios para el mutuo reconocimiento de estándares

nacionales regulatorios o procedimientos de conformidad y otras formas de

coordinación regulatoria.

En la administración dispersa, que aparece como tercer tipo de

administración global, “las agencias regulatorias domésticas actúan como

parte del espacio administrativo global: toman decisiones sobre temas que

generan preocupación a nivel extranjero o global. Un ejemplo es el ejercicio

de jurisdicción regulatoria extra-territorial, por la cual un estado busca regular

una actividad que primordialmente se desarrolla en algún otro lado”. En

algunos casos, dicha regulación está sujeta a limitaciones substantivas e

incluso a requisitos procedimentales establecidos internacionalmente, lo cual

resulta evidente de la decisión de 1998 del Órgano de Apelación de la OMC

en el caso Estados Unidos –Prohibición de las Importaciones de

Determinados Camarones y Productos del Camarón. Sin embargo, incluso la

administración doméstica sin efectos extraterritoriales inmediatos puede ser

parte del espacio administrativo global, especialmente cuando se encarga de

implementar un régimen internacional. Hoy en día, los reguladores

nacionales en materia ambiental que se ocupan de la conservación de la

biodiversidad o de las emisiones de gases del efecto invernadero forman a

menudo parte de la administración global, como también de la puramente

nacional: son responsables de implementar el derecho ambiental

internacional para el logro de los objetivos comunes, y sus decisiones

conciernen por lo tanto a los gobiernos y al público de otros estados, así

como también al régimen ambiental internacional que están implementando.

13

Page 15: Derecho Administrativo Global y su impacto en el derecho Colombiano

El cuarto tipo de administración global es la administración híbrida privada-

intergubernamental. Este tipo, en el cual se combinan actores privados y

actores gubernamentales, adopta formas muy diversas y cada vez cobra

mayor importancia. El ejemplo más conocido es el órgano regulador de las

direcciones en Internet, (Internet Corporation for Assigned Names and

Numbers - ICANN), el cual fue establecido como un órgano no-

gubernamental, pero que luego comenzó a incluir representantes

gubernamentales que adquirieron poderes considerables, frecuentemente a

través de su participación en el Comité Asesor Gubernamental del ICANN, a

partir de las reformas de 2002. Es difícil poder determinar cómo el derecho

administrativo debe ser configurado o tornarse operativo en relación a dichos

órganos, ya que la participación de actores estatales, sujetos a las

restricciones del derecho público nacional e internacional en tanto que los

actores privados no lo están y si, en cambio pueden tener deberes

contradictorios al derecho publico como lo es la confidencialidad comercial, lo

que resulta en una amenaza de controles muy irregulares y potencialmente

perjudiciales.

En quinto lugar se encuentra la función reguladora llevada a cabo por

órganos privados. Por ejemplo, la Organización Internacional para la

Estandarización (ISO, por sus siglas en inglés) ha adoptado más de 13,000

estándares que armonizan reglas de producción y procesamiento a nivel

mundial. En una menor escala, algunas ONGs han llegado a desarrollar

estándares y mecanismos de certificación para productos que se

comercializan internacionalmente, como el comercio equitativo del café y la

cosecha sostenible de la madera de construcción. En el derecho nacional,

dichos órganos privados son típicamente tratados como clubes más que

como administradores, a no ser que ejerzan poder público por delegación

explícita. Pero en la esfera global, debido a la falta de instituciones públicas

internacionales, éstos a menudo tienen mayor poder e importancia. Sus

14

Page 16: Derecho Administrativo Global y su impacto en el derecho Colombiano

15

actos no son muy distintos a muchas normas públicas intergubernamentales

de carácter no vinculante, y frecuentemente pueden llegar a ser más

efectivas. El caso de ISO es un buen ejemplo: sus decisiones no sólo tienen

impactos económicos considerables, sino que también son usadas en

decisiones regulatorias por autoridades creadas en virtud de un tratado,

como la OMC. Un ejemplo de un órgano regulatorio privado que está menos

conectado con la acción estatal o inter-estatal es la Agencia Mundial Anti-

Doping, una organización conectada con el Comité Olímpico Internacional,

que aplica cuidadosamente estándares del debido proceso al tratar los casos

de atletas que se sospecha han utilizado substancias prohibidas, y que

culmina en el sistema de apelación de la Corte Internacional de Arbitraje para

el Deporte, órgano de carácter privado. Adicionalmente, se encuentran diferencias en los roles que asumen los

variados actores que participan en esta Administración Global,

especialmente los organismos de Derecho administrativo interno, tal como se

observa en la tabla de la página siguiente, lo que lleva a preguntarse si estos

agentes domésticos son conscientes de ese rol y, en caso afirmativo, cual es

la capacidad de estos órganos para influir en la definición, sistematización e

implementación de un Derecho administrativo Global.

Pese a que no se considera como mecanismo de interacción con los

sistemas domésticos en la mencionada tabla, se considera pertinente señalar

que estas organizaciones, especialmente las organizaciones

intergubernamentales también inciden en la regulación interna a través de

indicadores10, que cuentan con la credibilidad y la capacidad de incidencia

necesaria para influir en la definición de las políticas públicas de los estados

10 DAVIS, Kevin, KINGSBURY, Benedict y MERRY, Sally. INDICATORS AS A TECHNOLOGY

OF GLOBAL GOVERNANCE. Nueva York, IILJ Working Papers, 2010/2.

Page 17: Derecho Administrativo Global y su impacto en el derecho Colombiano

16

Fuente: SANCHEZ BADOS, Michelle Ratton. El proyecto Derecho Administrativo Global. Una reseña desde Brasil. Publicado en El Nuevo Derecho Administrativo Global en América Latina. Buenos Aires, Cuadernos RAP, 2009. p. 148.

Page 18: Derecho Administrativo Global y su impacto en el derecho Colombiano

considerados en ellos. Tal es el caso, por ejemplo del Índice de Desarrollo

Humano, promulgado año a año por la UNDP, en el cual se consideran

aspectos tales como la esperanza de vida, el nivel de alfabetización y el

ingreso per cápita de los Estados. En igual sentido se tiene los indicadores

realizados periódicamente por la OECD (conocido en nuestro medio como

G-20) y as calificaciones de riesgo país con el cual se mide por parte de una

certificadora internacional la calidad de la deuda de un país, lo cual influye

drásticamente en el comportamiento de la gobernanza global frente al

destinatario de esa certificación.

Adicionalmente, se pueden identificar las siguientes características

específicas del incipiente derecho administrativo global11:

En primer lugar, es sectorial, debido a la presencia de muchos regímenes

diferentes reguladores mundiales. Esta característica se deriva

directamente del origen de la regulación global en sí misma, que sigue en

primer lugar la aparición de un público objetivo específico que no puede ser

alcanzado por las acciones de un solo Estado. Esta sectorialidad tiene

efectos sobre la organización de la gobernanza mundial, dando lugar a una

variedad de regímenes de producción de las diversas formas de

administración global que va, como lo vimos anteriormente, desde

organizaciones internacionales formales (como la OMC) a instituciones

privadas con funciones normativas (como la ICANN). Esta falta de unidad, sin

embargo, es en cierta medida compensada por una fuerte interconexión

entre los diferentes sectores: por ejemplo, los organismos mundiales están

formados por otras instituciones internacionales (como la Organización

Mundial Anti-doping (WADA) constituida por el COI, los países y la

UNESCO), los acuerdos o redes que se conectan se establecen distintos 11 Expuestas en GAL CASEBOOK 2008, una publicación en idioma inglés del ILLJ de la

Universidad de Nueva York, en el cual se exponen una serie de casos, asuntos y problemas motivados por el surgimiento del Derecho Global Administrativo.

17

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regímenes (como es el caso de acuerdos entre la OMC y la OMPI, o entre la

OMC y la OMS); cuerpos de solución de controversias creado por un régimen

puede ser utilizado para resolver controversias suscitadas dentro de otro: Por

ejemplo, el Centro de Arbitraje y Mediación de la Organización Mundial para

la Propiedad Intelectual (OMPI) aborda las disputas relacionadas con los

nombres de dominio de Internet, que son materia de regulación de la ICANN.

En segundo lugar, el derecho administrativo global aborda una amplia gama

de actores - los Estados, las administraciones públicas nacionales, las

instituciones mundiales, organizaciones no gubernamentales y los

ciudadanos. El papel de los Estados en el ámbito mundial se ha vuelto cada

vez más polifacético y hay una interacción constante entre lo global y

nacional. Es por esta razón que el examen de los procesos de toma de

decisiones de las Organizaciones Internacionales revela una pluralidad de

técnicas de acción conjunta y condicionamiento mutuo. En otras palabras, no

hay manera clara de separar, ya sea analíticamente o empíricamente, lo

global desde el nivel nacional. En tercer lugar, el derecho administrativo global opera fuera de las fronteras

del Estado y, al hacerlo, se divorcia de cualquier fundamento constitucional,

que por el contrario, constituye una de las características principales del

derecho administrativo nacional. A nivel mundial, no hay un gobierno o una

autoridad superior, y sólo existe una pluralidad de sectores "sub

gobernamentales". La ausencia de un fundamento constitucional de la

administración y del derecho administrativo global da lugar a nuevas

cuestiones como la legitimidad y la accountability (rendición de cuentas). En cuarto lugar, el derecho administrativo global tiene como objetivo ampliar

los diferentes mecanismos de protección en funcionamiento para garantizar

que las instituciones de gobernanza mundial respondan adecuadamente a

los intereses de aquellos a quienes afecta su actividad. La falta de

fundamento constitucional, expuestos anteriormente, y, de hecho, la

18

Page 20: Derecho Administrativo Global y su impacto en el derecho Colombiano

ausencia de una posibilidad realista de lograr una "democracia global" en el

corto plazo, obliga a la atención de otros mecanismos para promocionar los

principios de legitimidad y de rendición de cuentas, tales como, por ejemplo,

la transposición desde los ordenamientos jurídicos nacionales de valores

como transparencia, la participación, el deber de motivación, revisión, etc., a

los mecanismos de regulación global.

Por último, desde una perspectiva estrictamente jurídica, el espacio

administrativo global es a la vez internacional y administrativo: Por lo tanto en

su estudio teórico, la coexistencia de ambos aspectos del derecho

internacional y administrativo no debe ser negado ni conceptualizado como

una dicotomía rígida, sino que simplemente debe ser reconocido, aceptado y

confrontado como un nuevo reto, para lo cual se requiere el desarrollo de un

nuevo conjunto de herramientas conceptuales.

Casos concretos que evidencian impacto del DAG en Colombia Hoy en día casi toda la actividad humana está sujeta a alguna forma de

regulación global, ya que todos los bienes y actividades que están fuera del

control efectivo de un Estado son, en casi todos los casos, regulados a nivel

mundial. Para abarcar este universo de productos y actividades se requirió el

crecimiento equiparable de las Organizaciones Internacionales y de las

Organizaciones no Gubernamentales, hasta el punto que a 2008, se

contaban más de 2.000 organizaciones intergubernamentales, y alrededor de

40.000 organizaciones no gubernamentales (ONG’s) operando en todo el

mundo12.

12 GAL CASEBOOK 2008, publicado en GLOBAL ADMINISTRATIVE LAW, CASES,

MATERIALS, ISSUES. Segunda Edición, Nueva York, IILJ, 2008.

19

Page 21: Derecho Administrativo Global y su impacto en el derecho Colombiano

Existen, sin embargo, grandes diferencias entre los diversos tipos de

regímenes reguladores, ya que algunos se limitan a proporcionar un marco

para la acción de los Estados, otros establecen directrices dirigidas a los

organismos administrativos nacionales, y otros más llegan a afectar

directamente aún a los agentes nacionales de la sociedad civil. Algunos

regímenes normativos crean sus propios mecanismos de aplicación, mientras

que otros confían en las autoridades nacionales o regionales para esta tarea.

Para resolver los conflictos, algunos regímenes reguladores han establecido

cuerpos judiciales (o cuasi-judiciales), o se remiten a los mecanismos

establecidos en regímenes diferentes, mientras que otros recurren a los

mecanismos "blandos", tales como la negociación. En este marco, ha surgido lo que se ha definido como el "espacio

administrativo global" en él cual las Organizaciones Internacionales son

mucho más que instrumentos de los gobiernos de sus Estados miembros,

pues establecen sus propias normas que regulan su ámbito de actividad y

generan y siguen sus propios procedimientos jurídicos, concediendo

derechos de participación a los sujetos, tanto públicos como privados, que se

vean afectados por sus actividades. En última instancia, estas

organizaciones han surgido como una auténtica administración pública

mundial.

Por ello, no resulta extraño el encontrar en la actividad del país, casos

ilustrativos de la existencia, los enlaces y la manera como opera el Derecho

Administrativo Global en nuestro entorno, como los que se exponen a

continuación:

CASO 1. TRANSMILENIO S.A vs. JUAN CARLOS SAMPER13

13 CASO D2003-0545. Decisión del panel administrativo. Centro de arbitraje y mediación de la

OMPI. 10 de Septiembre de 2003.

20

Page 22: Derecho Administrativo Global y su impacto en el derecho Colombiano

Este litigio tuvo lugar ante el Centro de Arbitraje y mediación de la

Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) durante el segundo

semestre del año 2003. En el actuó como demandante la Empresa de

Transporte del Tercer Milenio – TRANSMILENIO SA – y como demandado la

persona natural de nombre JUAN CARLOS SAMPER.

La demanda se originó en el hallazgo en la red de Internet de una web

denominada www.transmilenio.com inscrita en Octubre del año 1999 a

nombre del demandado., cuando la secretaria de tránsito del Distrito Capital

había inscrito ese mismo dominio en el mes de enero del mismo año.

Dentro de las conversaciones y contactos surgidos entre demandante y

demandado para aclarar el asunto, este último le ofreció en venta el registro

del dominio a la Empresa del demandante por una suma muy superior al

valor de ese registro.

Luego de analizar las pruebas existentes el experto único del Centro de

Arbitraje y mediación de la OMPI ordenó la trasferencia a la Empresa

demandante del registro expedido a nombre del particular por establecer que

dicho registro obedeció a un propósito de lucro indebido del demandado.

Este caso resulta emblemático para evidenciar el impacto del Derecho

Administrativo Global en nuestro país, por las siguientes razones: a) Aun

cuando se trata de un conflicto de intereses que involucra a una persona

jurídica colombiana y a un particular colombiano por una actividad que se

lleva a cabo en territorio colombiano, su decisión se entrega a un tribunal de

decisión de un organismo que nada tiene que ver con el asunto , como lo es

la OMPI. b) Aunque las reglas de registro de dominios son controladas y

regidas por la ICANN, los conflictos que la aplicación de su reglamentación

genere son resueltos por el tribunal de otra Organización, formado así una

21

Page 23: Derecho Administrativo Global y su impacto en el derecho Colombiano

red caracterizada en el presente trabajo como del cuarto tipo. c) Aún

cuando los procedimientos se adelantan por fuera del derecho administrativo

colombiano, durante el proceso de decisión se debieron garantizar, como

mínimo, los derechos de las partes establecidos en el ordenamiento interno

de nuestro país.

Este mismo centro de arbitraje y mediación favoreció con sus decisiones los

intereses de otras empresas colombianas, ECOPETROL y Federación

Nacional de Cafeteros, por invasiones ilegítimas en sus dominios

cibernéticos, pero en tales casos, esas infracciones fueron cometidas por

personas extranjeras o por nacionales ubicados en el exterior.

CASO 2. COLOMBIA Y LAS NORMAS INTERNACIONALES CONTABLES

Tradicionalmente la contabilidad en Colombia estuvo dirigida principalmente

al cumplimento de requerimientos legales con fines tributarios, más que a la

sistematización de la información para la adecuada información de los

resultados obtenidos al publico, a las autoridades tributarias y a los

organismos de vigilancia o de supervisión.

Con el avance del proceso de globalización, la influencia de las

organizaciones Internacionales que regulan las normas contables y

financieras (IASC, IFAC e IFAD-UNCTAD) se ha incrementado notoriamente

en nuestro medio, debido a que en los grandes mercados el énfasis en la

contabilidad está puesto más a la presentación razonable de la situación

financiera de quien presenta los informes contables, pues en ellos tales

informes son una herramienta invaluable en el mercado publico de valores.

Por esa razón, la adopción de las normas Internacionales contables (NIC) por

parte del Estado y las empresas colombianas constituyen una cuestión de

22

Page 24: Derecho Administrativo Global y su impacto en el derecho Colombiano

Cabe señalar que en forma paralela a la presión ejercida por las

Organizaciones Internacionales de Estandarización Contable y financiera, se

encuentran también las exigencias reiteradas que sobre el particular vienen

haciendo las Organizaciones Internacionales relacionados con el Comercio y

con la actividad bancaria, como la Organización Mundial del Comercio (OMC)

y el Comité de Basilea.

CASO 3. COLOMBIA Y LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL ANTIDOPING (WADA) Durante los pasados Juegos Olímpicos de Beijing (China), Colombia fue

testigo de primer orden del accionar de una Organización Internacional de

carácter híbrido intergubernamental – privado, surgido en virtud de la

necesidad de contener los reiterados casos de dopaje que se venían

presentando en el ámbito deportivo mundial.

Esta organización es la Organización Mundial Andi-doping (WADA, por

sus iniciales en Inglés) constituida en el año 1998 a instancias del

Comité Olímpico Internacional, los Gobiernos de 98 naciones y la

UNESCO, con el fin de contener el auge de los estímulos químicos en

las competiciones deportivas.

De esa manera, el país vivió en carne propia el drama de la deportista

colombiana MARIA LUISA CALLE, quien tuvo que esperar cerca de un

año, la entrega definitiva de la medalla de Bronce obtenida en esos

23

Page 25: Derecho Administrativo Global y su impacto en el derecho Colombiano

Juegos Olímpicos, mientras que un Tribunal Olímpico Internacional

decidía si esta deportista había violado las normas del Código

Internacional Antidoping proferido por esa organización Internacional.

Obviamente el procedimiento y los términos de ese proceso estaban

previamente establecidos por otra organización de carácter

internacional que tiene más afiliados que la misma ONU: El Comité

Olímpico Internacional (COI), otra muestra del avance del proceso

reglamentario internacional en el mundo globalizado.

Esta experiencia se ha extendido al interior de las Federaciones y

Comités Nacionales de las diferentes disciplinas deportivas en nuestro

país, con lo cual el Código Antidoping expedido por la WADA ya forma

parte de nuestro ordenamiento jurídico Conclusiones Las anotaciones precedentes permiten establecer la existencia de un espacio

administrativo Global en el que actúan, de una parte, las Organizaciones

Internacionales, gubernamentales y/o privadas, y de la otra los Estados, las

Empresas, los individuos, las ONG’s y otros entes, conformando así un

entorno en el que operan reguladores y administrados, bajo una especie de

nuevo ordenamiento jurídicos que los proponentes del proyecto han

calificado preliminarmente, como Derecho Administrativo Global, el cual debe

ser ampliamente comprendido e interiorizado por los estudiosos del Derecho,

en forma previa a su sistematización y estructuración como una nueva rama

del Derecho.

De todas maneras, el resultado al que se llegue tiene desde ya un alto grado

de controversia, pues un sector de la doctrina ya asegura que la

consolidación de esa nueva rama del derecho estaría dirigida a darle

24

Page 26: Derecho Administrativo Global y su impacto en el derecho Colombiano

fundamento jurídico formal a la situación de sometimiento de los países en

vías de desarrollo, a las necesidades y conveniencias de los países

desarrollados, mediante los condicionamientos y direccionamientos

ineludibles impuestos por las organizaciones Internacionales. Otro sector de

la doctrina, considera en cambio, este proyecto de sistematización constituye

una oportunidad para crear un orden legal más justo, en el que los países

más débiles puedan lograr que sus quejas sean escuchadas y atendidas

mediante el uso de los mecanismos de protección que son consustanciales al

Derecho Administrativo.

Pero, la principal conclusión que se extrae de esta inmersión en los

propósitos y alcances de la Facultad de Derecho de la Universidad de Nueva

York , es que el Derecho Administrativo Global existe ya como un Hecho

Social de nuestros tiempos y que su influencia y sus alcances serán cada vez

más perceptibles en la medida en que se profundice el proceso de

globalización de los Estados.

Por ello, aun cuando en nuestro país, aún no se sienta este fenómeno en

todo su rigor, por los reducidos niveles de intercambio de nuestro país, en

todos los sectores globalizados, ya se perciben algunos casos que muestran

la incidencia que en el futuro tendrá este fenómeno en nuestro día a día, por

lo que nos obliga a mantenernos actualizados respecto a su evolución.

BIBLIOGRAFIA

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tales en la evolución del Derecho Administrativo Internacional. En EL NUEVO

25

Page 27: Derecho Administrativo Global y su impacto en el derecho Colombiano

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