delitos contra la salud publica

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DELITOS CONTRA LA SALUD PUBLICA ALEJANDRA ALATORRE DANIELA ALMANZA ALEJANDRA QUIÑONES SARAHY PLIEGO MARIA GPE. FUENTES

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Page 1: Delitos Contra La Salud Publica

DELITOS CONTRA LA

SALUD PUBLICA

ALEJANDRA ALATORREDANIELA ALMANZAALEJANDRA QUIÑONESSARAHY PLIEGO MARIA GPE. FUENTES

Page 2: Delitos Contra La Salud Publica

Un estado de completo bienestar físico, mental y social.

No consiste únicamente en la ausencia de enfermedad o

dolencia.

ESTADO SANITARIO

DE LA POBLACION

ORGANIZACIÓN SANITARIA DE

LA COMUNIDAD

Page 3: Delitos Contra La Salud Publica

Los delitos contra la salud publica son todos aquellos actos u omisiones que dañan o ponen en peligro las normales funciones fisiológicas o mentales del individuo, la higiene colectiva y en general las adecuadas condiciones sanitarias de la población.Las conductas que atentan contra la salud publica y tipificadas como delitos, se refieren a diversas actividades relacionadas con alimentos, bebidas, servicios relacionados con la salud etc..

DELITOS CONTRA LA SALUD PUBLICA

Page 4: Delitos Contra La Salud Publica

TITULO SEPTIMO

DELITOS CONTRA LA SALUD

De la reprodiccion, tenencia, trafico, proselitismo y otros actos en materia de narcoticos (Art. 193).

Del peligro de contagio (Art. 199 BIS). Delitos contra los derechos reproductivos (199

TER).

Código Penal Federal

Page 5: Delitos Contra La Salud Publica

DELITOS

PREVISTOS EN LA LEY

GENERAL DE SALUD

Page 6: Delitos Contra La Salud Publica

ART. 255. Realizar sin autorización , actos o movimientos con agentes patógenos o sus vectores con peligro para la salud de las personas.ART. 256. Realizar sin autorización actos diversos con substancias toxicas o peligrosas con riesgo para la salud de las personasART. 257. Contaminar aguas para consumo humano

Page 7: Delitos Contra La Salud Publica

ART 458.- Utilización ilegal de fuentes de radiaciones.ART 459.- Exportación ilegal de Sangre Humana.ART 460.- Exportación ilegal de derivados de Sangre HumanaART 461.-Exportación ilegal de órganos y tejidos Humanos.ART 462.- Obtencion , conservación, utilización, preparación o suministro ilícito de órganos, tejidos, cadáveres o fetos humanos

Page 8: Delitos Contra La Salud Publica

Quien lleve a cabo un trasplante de órganos o

tejidos sin acatar lo dispuesto en el art.336, lo cual ocurrirá en situaciones ocultas, de clandestinidad.

Bien jurídico tutelado: Salud humana .Sujetos: Sujeto activo cualquier persona. Sujeto pasivo la sociedad.Delito doloso, intencional.Penalidad: de 6 a 17 años de prision y multa por el equivalente de 8 mil a 17 mil dias de salario minimo.

Trasplantar órganos o tejidos sin atender las preferencias y orden a que se refiere el articulo 336 LGS (Art. 462, Fracc. lll).

Page 9: Delitos Contra La Salud Publica

. Al responsable o empleado de un establecimiento donde

ocurra un deceso o de locales destinados al depósito de cadáveres, que permita alguno de los actos a que se refieren las fracciones I, II, III, IV y V del artículo 462, o no procure impedirlos por los medios lícitos que tenga a su alcance.

Bien jurídico tutelado: La salud humana; control sanitario de tejidos, órganos, cadáveres , etc..Sujetos: sujeto activo calificado. Sujeto pasivo cualquier persona.Delito intencional, doloso .Penalidad: 4 a 9 años de prisión y multa por el equivalente de d10 mil a 15 mil días de salario mínimo.

Permitir o no impedir, los empleados o encargados de centros de salud o depósitos de cadáveres, la ilícita obtención, conservación, utilización, preparación,

suministro o comercio de órganos, tejidos, cadáveres, fetos o restos de seres humanos (art. 462 BIS LGS).

Page 10: Delitos Contra La Salud Publica

Art. 157 LGS, Se prohíbe la introducción o el transporte por el

territorio nacional de animales que padezcan una enfermedad transmisible al hombre, de cadáveres de aquéllos, así como el comercio con sus productos. Asimismo, se prohíbe la introducción o el transporte de animales que provengan de áreas que la autoridad sanitaria considere infectadas.

Bien jurídico tutelado: salud humana.Sujetos: sujeto activo cualquier persona. Sujeto pasivo la sociedad.Delito doloso o culposo.Penalidad: de 1 a 8 años de prisión y multa equivalente de 100 a mil días de salario mínimo.

Introducción al país, transporte o comercio de animales o sus cadáveres,

con enfermedades transmisibles al hombre (art. 463LGS).

Page 11: Delitos Contra La Salud Publica

A quien, adultere, falsifique, contamine, altere o

permita la adulteración, falsificación, contaminación o alteración de alimentos, bebidas no alcohólicas o cualquier otra sustancia o producto de uso o consumo humano, con peligro para la salud.

Bien jurídico tutelado: salud publica.Delito intencional, doloso, culposo.Penalidad: 1 a 9 años de prisión y multa equivalente de 100 a mil días de salario mínimo.

Adulteración, contaminación o alteración de productos de uso o consumo humano (art. 464LGS).

Page 12: Delitos Contra La Salud Publica

Al que por sí o por interpósita persona, teniendo

conocimiento o a sabiendas de ello, autorice u ordene, por razón de su cargo en las instituciones alimentarias a que se refiere el artículo 199-Bis

Bien jurídico tutelado: La salud.Sujetos: sujeto activo calificado. (funcionario de una institución) sujeto pasivo calificado. (grupos vulnerables)Delito: dolo, culpa.Penalidad: de 6 meses a 2 años de prisión o pena pecuniaria de 500 a 5 mil días de salario mínimo general vigente.

Autorizar u ordenar la distribución de alimentos en mal estado, con peligro para la salud de personas desprotegidas (art. 464 BIS LGS).

Page 13: Delitos Contra La Salud Publica

Art. 464 bis. Ley General de Salud.

Autorizar u ordenar, distribuir alimentos en descomposición o mal estado teniendo conocimiento de ello.

Penalidad: 6meses a 2 años de prisión500 a 5mil días de salario mínimo general vigente.

Autorizar u ordenar la distribución de alimentos en mal estado, con peligro

para la salud de personas desprotegidas.

Page 14: Delitos Contra La Salud Publica

Art. 465, Párrafo I. Ley General de Salud

Realizar investigación clínica en seres humanos sin tener previsto el titulo quinto de la LGS.

Penalidad: 1 a 8 años de prisión.Suspensión de ejercer su profesión de 1 a 3 años.100 a 2mil días de salario mínimo general actual

Investigación clínica ilegal

Page 15: Delitos Contra La Salud Publica

Art. 465, Párrafo II. Ley General de Salud

Realizar investigaciones clínicas en menores, incapaces, ancianos, privados de la libertad que los que no puedan resistirse.

Penalidad: La pena fijada en el párrafo anterior se aumentara hasta en un tanto mas.

Investigación Clínica ilegal agravada.

Page 16: Delitos Contra La Salud Publica

Art. 466. Ley General de la Salud

Inseminar artificialmente a una mujer sin su consentimiento.Inseminar artificialmente a una mejor de edad o incapaz con o sin su consentimiento.

Penalidad: 1 a 3 años en menor(NO embarazo)2 a 8 años en menor (SI embarazo)

Inseminación artificial no consentida

Page 17: Delitos Contra La Salud Publica

Art. 467. Ley General de Salud

Inducir o propiciar a menores o incapaces a consumir mediante cualquier forma substancias psicotrópicas.

Penalidad: de 7 a 15 años de prisión

Inducir o propiciar que menores o incapaces consuman

substancias psicotrópicas

Page 18: Delitos Contra La Salud Publica

Art.468 Ley General de Salud.- Al profesional

técnico o auxiar de las disciplinas para la salud, que sin causa legitima rehusé a desempeñar las funciones o servicios que solicite la autoridad sanitaria en ejercicio de la acción extraordinaria es materia de salubridad general, se le aplicara de seis meses a tres años de prisión y multa por el equivalente de cinco a cincuenta dias de salario minimo general vigente en la zona economica de que se trate.

OMITIR PRESTAR SERVICIOS PARA LA SALUD EN ACCIONES EXTRAORDINARIAS EN MATERIA DE

SALUBRIDAD GENERAL

Page 19: Delitos Contra La Salud Publica

ART.469.- Al profesional, tecnico

o auxiliar de la atencion medica que sin causa justificada se niegue a prestar asistencia a una persona, en caso de notoria urgencia, poniendo en peligro su vida, se le impondra de seis meses a cinco años de prision y multa de cinco a ciento veinticinco dias de salario minimo general vigente en la zona economica de que se trate y suspension para ejercer la profesion hasta por dos años.

OMISION DE ASISTENCIA MEDICA EN CASOS DE NOTORIA URGENCIA ART.469

LEY GENERAL DE LA SALUD

Page 20: Delitos Contra La Salud Publica

Es la base de la regulación legal en materia de narcomenudeo y en este precepto se refiere a los narcóticos y las cantidades estimadas como máximo para consumo personal e inmediato, de donde se parte para realizar los cálculos correspondientes y determinar la competencia.

ART. 479 LEY GENERAL DE SALUD

Page 21: Delitos Contra La Salud Publica
Page 22: Delitos Contra La Salud Publica

COMERCIO O SUMINISTRO DE NARCOTICOS PREVISTOS EN LA TABLA

ART.475 LEY GENERAL DE SALUD

Page 23: Delitos Contra La Salud Publica

SE IMPONDRA PRISION DE CUATRO A OCHO AÑOS Y DE

DOSCIENTOS A CUATROCIENTOS DIAS MULTA, A QUIEN SIN AUTORIZACION COMERCIE O SUMINISTR, AUN GRATUITAMENTE, NARCOTICOS PREVISTOS EN LA TABLA, EN CANTIDAD INFERIOR A LA QUE RESULTE DE MULTIPLICAR POR MIL EL MONTO DE LAS PREVISTAS EN DICHA TABLA.

CUANDO LA VICTIMA FUERE PERSONA MENOR DE EDAD O QUE NO TENGA CAPACIDAD PARA COMPRENDER LA RELEVANCIA DE LA CONDUCTA O PARA RESISTIR AL AGENTE O QUE AQUELLA FUESE UTILIZADA PARA LA COMISION DE LOS MISMOS SE APLICARA UNA PENA DE SIETE A QUINCE AÑOS DE PRISION Y DE DOSCIENTOS A CUATROSIENTOS DIAS MULTA.

ART. 475 LEY GENERAL DE SALUD