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ALBERTO MIRANDA SANROMÁN CUERPO DE MAESTROS TEMARIO DE EDUCACIÓN PRIMARIA TEMA 2 Adaptado a la LOMCE. Revisión 05/08/2019 https://academia.dosacordes.es/

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ALBERTO MIRANDA SANROMÁN

CUERPO DE MAESTROS

TEMARIO DE EDUCACIÓN PRIMARIA

TEMA 2

Adaptado a la LOMCE. Revisión 05/08/2019

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Cuerpo de maestros. Temario de Educación Primaria. Tema 2

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TEMA 2. LA CONCRECIÓN DE LOS CURRÍCULOS EN EL MARCO DEL PROYECTO EDUCATIVO DEL CENTRO. PROGRAMACIÓN DOCENTE PARA DAR RESPUESTA A LAS DISTINTAS NECESIDADES DEL ALUMNADO: PRINCIPIOS PEDAGÓGICOS QUE DEBEN TENERSE EN CUENTA, ESTRATEGIAS PARA SU ELABORACIÓN EN EL CICLO, CURSO Y AULA. COORDINACIÓN DOCENTE.

INTRODUCCIÓN 2 1. LA CONCRECIÓN DE LOS CURRÍCULOS EN EL MARCO DEL PROYECTO

EDUCATIVO DEL CENTRO 2 1.1. Niveles de concreción curricular 2 1.2. Segundo nivel de concreción curricular: el Proyecto Educativo de Centro (PEC) 2

1.2.1. La concreción del currículo en el centro escolar. El Proyecto Curricular de Etapa (PCE) 4

1.2.2. Los elementos curriculares en la LOMCE 4 1.2.3. Documentos anuales. La Programación General Anual (PGA) y la

Memoria Final de Curso (MF) 5 2. PROGRAMACIÓN DOCENTE PARA DAR RESPUESTA A LAS DISTINTAS

NECESIDADES DEL ALUMNADO: PRINCIPIOS PEDAGÓGICOS QUE DEBEN TENERSE EN CUENTA, ESTRATEGIAS PARA SU ELABORACIÓN EN EL CICLO, CURSO Y AULA 6 2.1. La Programación Didáctica y la Programación de Aula 6 2.2. Aspectos que deben integrar una Programación Didáctica 6 2.3. Apartados que deben integrar una Programación de Aula 7 2.4. Principios pedagógicos que deben tenerse en cuenta, estrategias para su

elaboración en el ciclo, curso y aula 8 2.4.1. Principios pedagógicos 8 2.4.2. Estrategias para su elaboración en el ciclo, curso y aula 9

3. COORDINACIÓN DOCENTE 9 3.1. Equipos didácticos 9 3.2. Comisión de Coordinación Pedagógica (CCP) 10 3.4. La tutoría 11 3.5. Otras funciones de coordinación 11

CONCLUSIÓN 11 BIBLIOGRAFÍA 12

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INTRODUCCIÓN

Las leyes educativas tienen la finalidad de regular, establecer y orientar la educación. Cada una de las que se han ido sucediendo en las últimas décadas han supuesto una evolución en muchos aspectos; uno de ellos, la forma de concebir el currículo, definido por la LOMCE en su artículo 6 como la "Regulación de los elementos que determinan los procesos de enseñanza y aprendizaje para cada una de las enseñanzas".

Tanto la LOGSE como la LOCE, la LOE y la LOMCE reconocen a los centros la autonomía pedagógica para desarrollar y completar el currículo en el marco de su programación, permitiendo completar y desarrollar el currículo de los diferentes niveles, y posibilitando que las administraciones educativas fomenten la autonomía pedagógica y administrativa de los centros.

A lo largo de este tema abordaremos cómo se van concretando los currículos desde las Administraciones educativas hasta nuestra aula, con el objetivo de dar respuesta a las necesidades educativas de cada centro y cada alumno, y teniendo en cuenta los factores y estrategias para su desarrollo.

1. LA CONCRECIÓN DE LOS CURRÍCULOS EN EL MARCO DEL PROYECTO EDUCATIVO DEL CENTRO

1.1. Niveles de concreción curricular

En nuestro sistema educativo actual la planificación del currículo sigue un orden progresivo:

- En primer lugar, con el fin de asegurar una formación común y garantizar la homologación de los títulos, se encomienda a la administración educativa central la fijación de los objetivos, contenidos, competencias claves, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje de los aspectos básicos del currículo que constituyen las enseñanzas mínimas de cada etapa, regulados por el Real Decreto. Asimismo las Administraciones autonómicas, dentro de la regulación y límites establecidos por el Gobierno, emiten su correspondiente Decreto u Orden que configura el currículo para su Comunidad Autónoma.

- En segundo lugar, los centros docentes elaboran, desarrollan y completan los documentos que concretan el currículo y las medidas de atención a la diversidad establecidas por las Administraciones educativas, adaptándolas a las características del alumnado y a su realidad educativa, con el fin de atender a todo el alumnado. Estos documentos serían: El Proyecto Educativo del Centro (PEC), El Proyecto Curricular de Etapa y Programación General Anual (PGA), que serán el eje sobre los cuales se desarrollarán los puntos 1 y 2 de este tema.

- En tercer lugar, y por último, se confeccionan las Programaciones de Aula que permitirán acercar y concretar tales propuestas a las necesidades de cada grupo-aula, y que desarrollaremos también en el punto 2.

Algunos autores consideran las Adaptaciones Curriculares destinadas a los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo (ACNEAEs) como un cuarto nivel de concreción curricular. 1.2. Segundo nivel de concreción curricular: el Proyecto Educativo de Centro (PEC)

El Proyecto Educativo de Centro constituye un documento que debe servir para formalizar y concretar aquellas intenciones de los distintos grupos que componen la

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comunidad escolar, dotar de una identidad diferenciada al centro y plantear aquellos valores y principios que asume esa comunidad. Se caracteriza por ser: - Una propuesta global y colectiva de actuación a largo plazo, en cuya elaboración

participan todos los miembros de la comunidad escolar, que permite dirigir de modo coherente el proceso educativo en un centro y plantear la toma de posición del mismo ante aspectos tan importantes como los valores, aquellas competencias que se pretenden priorizar, la relación con los padres y el entorno o la propia organización.

- Un documento propio, singular, de cada centro, enmarcado en un contexto específico, que va determinar su planteamiento, contenido y desarrollo.

- Un aglutinador de todos los ámbitos de funcionamiento del centro, y no un simple enunciado de postulados ideológicos ni una relación de líneas pedagógicas.

- Un documento breve y de fácil manejo, que tiene que poder consultarse con facilidad y comodidad.

- Un proyecto que se debe ir modificando en relación con las nuevas necesidades o cambios en su contexto y que ha de ser fruto del consenso y la convergencia de todas las opiniones y posiciones de los diferentes miembros de la comunidad escolar.

- Un documento vinculante, que debe servir de referencia en la elaboración de los sucesivos documentos o instrumentos para desarrollar el proceso educativo en un centro.

A nivel legal, la elaboración y el contenido del Proyecto Educativo del Centro (PEC) debe ajustarse a lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en la redacción dada en la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa y en el artículo 48 del Reglamento Orgánico de Escuelas de Educación Infantil y Colegios de Educación Primaria.

Sobre esa base, cada Comunidad Autónoma plantea para el PEC el desarrollo de unos contenidos.

En cualquier caso, los aspectos mínimos que debería desarrollar cualquier PEC serían los siguientes:

1. Análisis de la situación: - Marco legislativo estatal y de la comunidad autónoma correspondiente. - Contexto del centro: ambiente socioeconómico y cultural del entorno. - Recursos de centro: personales, materiales, económicos y de espacio.

2. Señas de identidad: - Principios - Líneas generales de actuación pedagógica. - Objetivos y prioridades.

3. Concreción del currículum: Proyecto Curricular de Etapa (PCE) 4. Planes y programas del centro:

- Plan de Atención a la Diversidad (PAD) - Plan de convivencia - Plan de Orientación y Acción Tutorial (POAT) - Plan de formación del profesorado

5. El tiempo escolar y su organización: - Criterios para organizar y distribuir el tiempo escolar. - Organización de los tiempos escolares.

6. Evaluación interna: indicadores, proceso y temporalización. 7. Los documentos de planificación anual: la Programación General Anual (PGA) y la

Memoria Fin de Curso (MF).

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Deberá respetar el principio de no discriminación y de inclusión educativa como valores fundamentales, así como los principios y objetivos recogidos en esta Ley y en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación.

1.2.1. La concreción del currículo en el centro escolar. El Proyecto Curricular de Etapa (PCE)

Podríamos definir el PCE como el documento que plasma el proceso de toma de decisiones por el cual el profesorado de una etapa educativa determinada establece, a partir del análisis del contexto de su centro, una serie de acuerdos acerca de las estrategias de intervención didáctica que va a utilizar, con el fin de asegurar la coherencia de su práctica docente. Forma parte del PEC (segundo nivel de concreción curricular) y se caracteriza por: - Representar un intento de pasar de una mentalidad individualista a otra de centro, y que

se hace preciso desarrollar con una mentalidad participativa, abierta, pluralista e integradora.

- Ser un documento que establezca directrices y propuestas globales de intervención educativa que faciliten la aplicación del currículo autonómico a la realidad educativa de cada centro.

- La necesidad de tener que ser útil y eficaz, capaz de cohesionar, guiar y articular la acción docente, dándole continuidad y coherencia.

- Concretar y articular los elementos curriculares y organizativos con objeto de conseguir el éxito escolar y el mayor desarrollo personal y académico de todo su alumnado.

- Configurar las medidas de intervención educativa que permitirán atender a las distintas condiciones personales y ritmos de aprendizaje.

- Orientarse a facilitar el desarrollo de las competencias clave y a la consecución de los objetivos de etapa.

Al igual que con el PEC, las Administraciones educativas establecen los contenidos, que como mínimo, debe recoger el PCE de cada centro escolar.

La Comisión de Coordinación Pedagógica (CCP) será la encargada de su elaboración o revisión, de acuerdo con el currículo de la Comunidad Autónoma y los criterios establecidos por el Claustro de Profesores. Éste aprobará y evaluará el Proyecto Curricular y cuantas modificaciones se incorporen al mismo, contando con el apoyo y asesoramiento de la Inspección de Educativa.

1.2.2. Los elementos curriculares en la LOMCE

La LOMCE, a través del Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, establece que el currículo para la etapa de Educación Primaria estará integrado por los siguientes elementos, los cuales deberán concretarse en las Programaciones didácticas: a) Objetivos: referentes relativos a los logros que el alumno debe alcanzar al finalizar el

proceso educativo, como resultado de las experiencias de enseñanza-aprendizaje intencionalmente planificadas a tal fin.

b) Contenidos: conjunto de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que contribuyen al logro de los objetivos de cada enseñanza y etapa educativa y a la adquisición de competencias. Los contenidos se ordenan en asignaturas, que se clasifican en materias, ámbitos, áreas y módulos en función de las enseñanzas, las etapas educativas o los programas en que participe el alumnado.

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c) Metodología didáctica: conjunto de estrategias, procedimientos y acciones organizadas y planificadas por el profesorado, de manera consciente y reflexiva, con la finalidad de posibilitar el aprendizaje del alumnado y el logro de los objetivos planteados.

d) Competencias: capacidades para aplicar de forma integrada los contenidos propios de cada enseñanza y etapa educativa, con el fin de lograr la realización adecuada de actividades y la resolución eficaz de problemas complejos. Éstas son: 1. Comunicación lingüística. 2. Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología. 3. Competencia digital. 4. Aprender a aprender. 5. Competencias sociales y cívicas. 6. Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor. 7. Conciencia y expresiones culturales.

e) Criterios de evaluación: son el referente específico para evaluar el aprendizaje del alumnado. Describen aquello que se quiere valorar y que el alumnado debe lograr, tanto en conocimientos como en competencias; responden a lo que se pretende conseguir en cada asignatura.

f) Estándares de aprendizaje evaluables: especificaciones de los criterios de evaluación que permiten definir los resultados de aprendizaje, y que concretan lo que el alumno debe saber, comprender y saber hacer en cada asignatura; deben ser observables, medibles y evaluables y permitir graduar el rendimiento o logro alcanzado. Su diseño debe contribuir y facilitar el diseño de pruebas estandarizadas y comparables.

En el punto 2 abordaremos dicha concreción en la Programación Didáctica y en la Programación de Aula, segundo y tercer nivel de concreción curricular, respectivamente.

1.2.3. Documentos anuales. La Programación General Anual (PGA) y la Memoria Final de Curso (MF)

La Programación General Anual y la Memoria de Fin de Curso constituyen los documentos sobre los que descansa la planificación y evaluación que se debe realizar en cada centro educativo cada curso académico. Son documentos de planificación anual que deben servir para lograr un mejor funcionamiento del centro.

La PGA se puede entender como el marco de las decisiones organizativas y curriculares que se toman para cada curso académico. Como dice el artículo 125 de la LOE, que mantiene la LOMCE, los centros educativos deberán elaborar al principio de cada curso, una Programación General Anual que recoja, de acuerdo con lo que establezcan las administraciones educativas, todos los aspectos relativos a la organización y funcionamiento del centro, incluidos los proyectos, el currículo, las normas y todos los planes de actuación acordados y aprobados.

Al igual que con el PEC y el PCC, las Administraciones educativas establecen los contenidos, que como mínimo, debe recoger la PGA de cada centro escolar.

El equipo directivo será el responsable de su elaboración, teniendo en cuenta las propuestas del Claustro y del Consejo Escolar. Una vez informada por el Claustro, es el Consejo Escolar el que la aprueba, respetando siempre los aspectos docentes que le competen al Claustro.

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Al finalizar el curso, tanto el Consejo Escolar como el equipo directivo evalúan la PGA, recogiendo sus conclusiones en la Memoria de Fin de Curso que, asimismo, servirá para la elaboración de la PGA del siguiente curso.

La Memoria de Fin de Curso se puede entender, por tanto, como el marco de evaluación y control, tanto organizativo como curricular, de la PGA.

2. PROGRAMACIÓN DOCENTE PARA DAR RESPUESTA A LAS DISTINTAS NECESIDADES DEL ALUMNADO: PRINCIPIOS PEDAGÓGICOS QUE DEBEN TENERSE EN CUENTA, ESTRATEGIAS PARA SU ELABORACIÓN EN EL CICLO, CURSO Y AULA

2.1.La Programación Didáctica y la Programación de Aula La PD es el instrumento mediante el cual el docente, en coordinación con el equipo

didáctico, programa a largo, medio y corto plazo el modo en que los elementos del currículo (objetivos, competencias clave, contenidos, metodología, procedimientos e instrumentos de evaluación, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje), serán concretados, relacionados, ordenados, secuenciados y, en su caso, rubricados a lo largo de los diferentes cursos. Recoge la planificación de un equipo o departamento didáctico durante un curso, respecto de un área y nivel en el que se imparte, anticipando y sistematizando todos los procesos de enseñanza aprendizaje que se deben llevar a cabo.

Los Equipos Didácticos de los centros educativos o, en su caso, el órgano de Coordinación Didáctica que corresponda, tomando como referencia el PEC, deben desarrollar el currículo establecido en la normativa, mediante las programaciones didácticas de cada una de las áreas y que pasarán a formar parte del PCE.

Las PD pretenden evitar la improvisación, sin eliminar la creatividad que debe presidir cualquier actuación docente, posibilitando la coherencia y la coordinación, aspectos imprescindibles para un buen funcionamiento de cualquier centro educativo. Su objetivo fundamental será planificar y ordenar las acciones necesarias para llevar a cabo el proceso de enseñanza-aprendizaje-evaluación-atención a la diversidad. En concreto, se trataría de determinar:

1. Qué – Cuándo - Cómo enseñar 2. Qué – Cuándo - Cómo evaluar 3. Cómo atender a la diversidad en función de los resultados académicos.

2.2.Aspectos que deben integrar una Programación Didáctica

Los Decretos u Órdenes de cada Comunidad Autónoma suelen establecen los elementos que deben incluir las PD. Sin embargo, no existe un modelo único, y a veces la diferencia entre una PD y una Programación de Aula y los elementos que la integran no está del todo clara. Por lo tanto, basándonos en diversos autores y en numerosos documentos de Inspección Educativa, vamos a realizar nuestra propia propuesta. Desde nuestro punto de vista, en una PD siempre deberán constar siempre, y como mínimo, los siguientes aspectos:

I. Contextualización: común para todas las áreas (información plasmada en el PEC) 1. Referencia al currículo oficial. 2. Variables que condicionan la programación:

- El contexto sociocultural - Las características del centro - Las necesidades y características generales de los alumnos que componen los

diversos grupos del nivel para el cual estamos programando.

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II. Desarrollo de la programación: concreción específica de cada uno de los elementos curriculares oficiales para todos los grupos del nivel y para cada una de las áreas. 1. Objetivos generales 2. Contenidos 3. Contribución de los contenidos a la consecución de las competencias clave. 4. Metodología general 5. Criterios de evaluación

2.3.Estándares de aprendizaje evaluables (señalando los mínimos imprescindibles para superar la materia). Apartados que deben integrar una Programación de Aula La secuencia ordenada de las Unidades Didácticas que se van a trabajar durante el

curso constituye la base específica de la Programación de Aula (tercer nivel de concreción curricular), y corresponde a cada docente, en coordinación con el equipo didáctico del grupo, su adecuación a las características específicas de los alumnos que le hayan sido encomendados.

Los aspectos que deberían incluir las Programaciones de Aula, como último nivel de concreción curricular, serían los siguientes: a) Organización y secuenciación de los estándares de aprendizaje evaluables en relación a

las distintas unidades de programación. b) Instrumentos y procedimientos de evaluación c) Criterios de calificación: asociación de estándares de aprendizaje evaluables,

procedimientos e instrumentos de evaluación, e indicadores de logro. Todo ello ponderado.

d) Estándares de aprendizaje evaluables imprescindibles para superar el área de conocimiento.

e) Diseño de la evaluación inicial y consecuencias de sus resultados. f) Medidas de atención a la diversidad relacionadas con el grupo específico de alumnos. g) Programas de apoyo, refuerzo, recuperación o ampliación propuestos al alumnado, y

evaluación de los mismos. h) Metodología didáctica: organización, recursos didácticos, agrupamiento del alumnado,

estrategias metodológicas. i) Plan Lector específico a desarrollar desde el área. j) Tratamiento de los elementos transversales. k) Medidas complementarias que se plantean para el tratamiento del área dentro del

Proyecto bilingüe y/o plurilingüe. l) Mecanismos de revisión, evaluación y modificación de la programación en relación con

los resultados académicos y procesos de mejora. A partir de estas premisas, el profesorado debe desarrollar las Unidades Didácticas o

proyectos y su actividad docente conforme a lo establecido en el PCE y en la PD de curso. Se entiende por UD aquella unidad de trabajo relativa a un proceso de enseñanza-

aprendizaje articulado y completo. Por lo tanto, en ella habrá que considerar desde los objetivos a conseguir en un espacio de tiempo concreto, hasta las actividades de evaluación que pretendemos realizar.

En la UD nos fijaremos especialmente en las actividades que vamos a desarrollar en el día a día, ya que las diferentes unidades didácticas componen la programación de un curso. Por lo tanto, los elementos que deberían constar en las UDs son:

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1. Descripción y justificación de la UD o proyecto, incluyendo la temporalización. 2. Objetivos didácticos 3. Contenidos: concreción máxima de lo que se va a trabajar respecto de la PD. 4. Actividades de enseñanza-aprendizaje etiquetadas por tipos y secuenciadas por sesiones. 5. Procedimientos e instrumentos de evaluación y criterios de calificación. 6. Metodología específica 7. Medidas concretas de atención a la diversidad (Atención a ACNEAEs, actividades de

refuerzo, ampliación) 8. Elementos transversales 9. Recursos materiales

Evidentemente, se podrían añadir más aspectos que consideremos importantes. Si tuviésemos que realizar adaptaciones curriculares, éstas formarían parte también de nuestra Programación de Aula.

2.4.Principios pedagógicos que deben tenerse en cuenta, estrategias para su elaboración en el ciclo, curso y aula

2.4.1. Principios pedagógicos Se pueden elaborar, desde un punto de vista metodológico, diversos tipos de

programaciones: interdisciplinar, por temas, por proyectos… y que cada una de ellas se basaría en principios diferentes.

La LOMCE establece que las diferentes áreas deben contribuir a la adquisición de las Competencias Clave, diseñando actividades de aprendizaje integradas que permitan al alumnado avanzar hacia los resultados de aprendizaje de más de una competencia al mismo tiempo. Trabajar desde las competencias significa que, tanto los objetivos como la metodología empleada y sobre todo, la evaluación, deben responder a un planteamiento orientado a que los alumnos sean capaces de adaptar su respuesta a las diferentes situaciones singulares que se puedan encontrar. Por ello, cuando desarrollemos la programación, tanto la metodología empleada como la forma de evaluar deben responder al aprendizaje de competencias, algo que implica sobre todo un aprendizaje funcional, significativo, globalizado, algo muy lejos del clásico aprendizaje mecánico. Para esto, los principios a tener en cuenta serían:

1. Partir del nivel de desarrollo del alumnado. 2. Asegurar la construcción de aprendizajes significativos. 3. Atender a la diversidad de intereses, motivaciones y características del alumnado. 4. Partir de situaciones-problema con aprendizajes contextualizados, proponiendo

actividades relacionadas con centros de interés, con la solución de problemas reales en contextos auténticos que reflejen su intencionalidad para otras situaciones.

5. Plantear enfoques globalizadores, organizándolos en torno a ejes que permitan abordar los problemas, situaciones y acontecimientos dentro de un contexto determinado y en su globalidad.

6. Tener en cuenta las peculiaridades del alumno. 7. Promover situaciones de interacción alumno-maestro para que se produzca un

intercambio de información y experiencias. 8. Fomentar el conocimiento que el alumno tiene sobre su propio aprendizaje,

proporcionando continuamente información al alumno sobre el momento del proceso de aprendizaje en que se encuentra, clarificando los objetivos que tiene que conseguir, haciéndole tomar conciencia de sus posibilidades y de las dificultades que hay que superar.

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9. Fomentar un clima de aceptación mutua y cooperación, creando un ambiente escolar de aceptación, respeto y confianza que ayude a los alumnos a la construcción de una imagen positiva de sí mismos, a la participación en las decisiones y tareas de grupo, al desarrollo de un juicio más razonado sobre sus propios comportamientos y los de los demás y a aumentar la seguridad y el bienestar personal.

10. Propiciar agrupamientos flexibles y de trabajo colaborativo. 11. Crear espacios colaborativos y tiempos amplios. 12. Utilizar diferentes fuentes de información. 13. Priorizar la reflexión y el pensamiento crítico del alumnado, así como la aplicación del

conocimiento frente al aprendizaje memorístico. 14. Potenciar una metodología investigadora que propicie el desarrollo de la autonomía

personal además de aproximar al alumno a los procedimientos propios del método científico.

15. Establecer la evaluación como un elemento importante de aprendizaje. 16. Seleccionar correctamente las actividades, materiales, espacios y agrupamientos.

2.4.2. Estrategias para su elaboración en el ciclo, curso y aula 1. Asegurar la coherencia horizontal entre los diferentes aspectos que la componen: objetivos,

contenidos, metodología y criterios de evaluación. 2. Asegurar la coherencia vertical, lo que supone la concreción de decisiones y criterios que

se han consensuado antes en el claustro, departamentos o equipos docentes. 3. No perder de vista la utilidad. Tiene que ser un documento claro y operativo que sirva de

referencia para los procesos de enseñanza-aprendizaje. 4. Realizarla en equipo. 5. Planteamiento abierto a diversas posibilidades de desarrollo. 6. Proporcionar elementos para el análisis, la revisión y la evaluación de la concreción del

currículo. 7. Promover la reflexión sobre la propia práctica docente.

3. COORDINACIÓN DOCENTE

La LOMCE, igual que la LOCE y la LOE en su momento, no hace apenas referencia a los diferentes órganos de coordinación docente.

En su artículo 130.1 dice que: “Corresponde a las administraciones educativas regular el funcionamiento de los órganos de coordinación docente y de orientación y potencial los equipos de profesores que impartan clase en el mismo curso, así como la colaboración y el trabajo en equipo de los profesores que impartan clases a un mismo grupo de alumnos”.

Por lo tanto, para desarrollar este punto, cada opositor deberá tener en cuenta la normativa de su Administración educativa.

3.1.Equipos didácticos En los Centros de Educación Infantil, Primaria y Educación Especial, se constituirán

Equipos Didácticos que deberán garantizar una coordinación vertical y horizontal del centro.

Estarán formados por los tutores de los grupos de alumnos que conformen el segundo ciclo de Educación Infantil y la etapa de Educación Primaria. Los profesores que no tengan asignada tutoría de un grupo de alumnos y el personal de atención educativa complementaria serán adscritos a los distintos Equipos Didácticos por el Director del centro a propuesta del Jefe de Estudios. Las competencias del Equipo Didáctico son:

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- Formular propuestas al equipo directivo y al claustro relativas a la elaboración del PEC y de la PGA.

- Formular propuestas a la Comisión de Coordinación Pedagógica (CCP) relativas a la elaboración de los Proyectos Curriculares de Etapa (PCE).

- Mantener actualizada la metodología didáctica. - Organizar y realizar las actividades complementarias y extraescolares.

Cada equipo didáctico será dirigido por un coordinador, que desempeñaba el cargo durante un año y será nombrado por el director, y que tendrá las siguientes competencias: - Participar en la elaboración del PCE y elevar a la Comisión de Coordinación Pedagógica

(CCP) las propuestas formuladas a este respecto por el equipo didáctico. - Coordinar la enseñanza en los correspondientes niveles de acuerdo con el PCE. - Coordinar las acciones de tutoría de los alumnos de los niveles correspondientes. - Otras funciones que le encomiende el Jefe de Estudios en el área de su competencia,

especialmente, las relativas a refuerzo educativo, adaptación curricular y actividades complementarias.

3.2.Comisión de Coordinación Pedagógica (CCP) En los centros de nueve o más unidades se constituirá una Comisión de Coordinación

Pedagógica (CCP). En los centros con menos de nueve unidades, el Claustro de Profesores asumirá esas funciones.

Se reunirá como mínimo una vez al mes y celebrará dos sesiones extraordinarias, una al comienzo y otra al final de curso, y cuantas otras se consideren necesarias. Las convocatorias a las reuniones se realizarán de modo que pueda participar en ellas un miembro del Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica (EOEP) en cuyo ámbito se encuadre el centro.

Las competencias de esta comisión son las siguientes: - Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión del PCE y de las PDs,

incluidas en éste, con anterioridad al comienzo de la elaboración de dichas programaciones.

- Asegurar la coherencia entre el PEC, los PCE y la PGA. - Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y responsabilizarse de la

redacción de los PCE y su posible modificación y asegurar su coherencia con el PEC. - Proponer al Claustro los PCE para su aprobación. - Elaborar la propuesta de organización de la orientación educativa y del Plan de Acción

Tutorial. - Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizarse las

adaptaciones curriculares adecuadas a los alumnos con necesidades educativas especiales. - Proponer al claustro la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación,

de acuerdo con la Jefatura de Estudios. - Proponer al claustro del plan para evaluar el PCE, los aspectos docentes del PEC y la PGA,

la evolución del aprendizaje y el proceso de enseñanza. - Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del centro, colaborar con las

evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno (Consejo Escolar, Claustro y Equipo Directivo) o de la administración educativa e impulsar planes de mejora en caso de que se estime necesario, como resultado de dichas evaluaciones.

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3.4.La tutoría Cada grupo de alumnos va a tener un tutor que será designado por el Director a

propuesta del Jefe de Estudios, quien será el que coordine toda la labor de los tutores, manteniendo las reuniones necesarias para el buen funcionamiento de ellas.

La acción tutorial tendrá como objetivos esenciales la atención a las peculiaridades propias de cada alumno y el desarrollo los alumnos de una capacidad y una actitud activa hacia la toma de decisiones en todas las situaciones en las que éstos se encuentren, lo que les dará una autonomía imprescindible para sus futuros comportamientos de la vida social. Las funciones de los maestros tutores serían las siguientes:

- Participar en el plan de orientación y acción tutorial (POAT) y en las actividades de orientación, bajo la coordinación del Jefe de Estudios, para lo que podrá contar con el EOEP.

- Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos de su grupo y adoptar la decisión que proceda sobre la promoción de los alumnos de un ciclo a otro, previa audiencia de sus padres o tutores legales.

- Facilitar la cooperación educativa entre los maestros y los padres de alumnos. - Informar a los profesores, a los padres del grupo y a los propios alumnos de todo aquello

que les concierna en relación con las actividades docentes y el rendimiento académico. - Atender a las dificultades de aprendizaje de los alumnos para proceder a la adecuación

personal del currículo. - Facilitar la integración de los alumnos en su grupo y fomentar su participación en las

actividades del centro. - Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades educativas. - Encauzar los problemas e inquietudes de los alumnos. - Atender y cuidar a los alumnos en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas.

3.5.Otras funciones de coordinación Al inicio de cada curso, el Equipo Directivo procederá a la designación de un

coordinador de formación del profesorado cuyas funciones serán la detección de necesidades de formación en el centro y la coordinación con el órgano competente en materia de formación del profesorado bajo la supervisión del Jefe de Estudios.

El Jefe de Estudios podrá asignar a los profesores sin tutoría de grupo ordinario determinadas tareas de coordinación que considere necesarias para el buen funcionamiento del centro, como por ejemplo TICs o biblioteca…

CONCLUSIÓN

Podemos observar que la programación y sus correspondientes unidades didácticas van a ser una plasmación de la intención educativa más cercana a la realidad educativa. Pero no puede ser de ningún modo un proceso independiente y aislado, sino que debe realizarse en el marco del PCE y a su del vez del PEC de cada centro, con el que debe estar estrechamente relacionado y que debe marcar las pautas de su elaboración. En la medida en que el equipo de un centro haya analizado su contexto y su realidad concreta, se haya definido en torno a unos supuestos pedagógicos y haya organizado el centro de forma funcional y participativa, tendrá una base de referencia que le permitirá orientar y ubicar opciones más concretas.

La realización de una programación coherente con los planteamientos antes mencionados nos llevará a evitar la improvisación mal entendida y continuas pérdidas de

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tiempo, a completar los programas adecuadamente y sistematizar su desarrollo, así como a conseguir una coordinación con el resto de maestros y equipos docentes del centro.

BIBLIOGRAFÍA

Referencias legislativas • Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. • Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa. • Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la

Educación Primaria. • Orden ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que se describen las relaciones entre las

competencias, los contenidos y los criterios de evaluación de la educación primaria, la educación secundaria obligatoria y el bachillerato.

• Real Decreto 82/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria.

• Orden de 26 de junio de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las Instrucciones que regulan la organización y el funcionamiento de los Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria y de los Colegios Públicos de Educación Especial de la Comunidad Autónoma de Aragón.

• Orden de 16 de junio de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se aprueba el currículo de la Educación Primaria y se autoriza su aplicación en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Autores

• Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón. Pautas para la elaboración de la programación didáctica en la etapa de Educación Primaria. Septiembre de 2013 (revisado en el primer trimestre de 2015, según la Orden de 16 de junio de 2014, de currículo”

• Bernal Agudo, José Luís; Cano Escoriaza, Jacobo; Lorenzo Lacruz, Juan. Organización de los centros educativos. LOMCE y políticas neoliberales. Zaragoza: Mira Editores, 2.014.

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