cuadernillo de normas legales - gaceta jurídica...2009/12/03  · r.m. nº 502-2009-mimdes.-...

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NORMAS LEGALES www.elperuano.com.pe FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR Lima, jueves 3 de diciembre de 2009 407183 Año XXVI - Nº 10813 AÑO DE LA UNIÓN NACIONAL FRENTE A LA CRISIS EXTERNA PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA R. Leg. N° 004-2009-CR.- Resolución Legislativa del Congreso que inhabilita para el ejercicio de la función pública al Señor Congresista Gustavo Dacio Espinoza Soto 407185 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.S. N° 317-2009-PCM.- Crean Comisión Multisectorial de Naturaleza Temporal encargada de formular recomendaciones para elaborar un Plan que determine la manera de promover la competitividad de trabajadores portuarios 407185 AMBIENTE R.M. Nº 252-2009-MINAM.- Autorizan viaje de Viceministra de Gestión Ambiental a Guatemala para participar en el Tercer Foro sobre la Aplicación Regional del Desarrollo Sostenible 407186 ENERGIA Y MINAS R.M. Nº 510-2009-MEM/DM.- Aprueban donación efectuada a favor de la Dirección General de Electrificación Rural que será destinada a las Comunidades Rurales beneficiarias del Programa Euro-Solar 407187 JUSTICIA R.M. Nº 0226-2009-JUS.- Designan Secretaria Técnica del Consejo del Notariado 407188 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL R.M. Nº 501-2009-MIMDES.- Designan Gerente de la Unidad Gerencial de Desarrollo de Capacidades Institucionales y Ciudadanas del FONCODES 407188 R.M. Nº 502-2009-MIMDES.- Aceptan renuncia de Asesor del Despacho Ministerial 407188 R.M. Nº 503-2009-MIMDES.- Designan Jefe de Recursos Humanos de la Unidad Administrativa del PRONAA 407188 PRODUCE D.S. N° 031-2009-PRODUCE.- Decreto Supremo que deroga disposiciones del Reglamento Técnico de Pilas y Baterías de Zinc Carbón, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2005-PRODUCE 407189 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO R.M. Nº 353-2009-TR.- Designan representantes alternos del Ministerio ante la Comisión Especial constituida por R.S. N° 226-2009- PCM 407189 R.M. Nº 354-2009-TR.- Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante el Grupo de Trabajo Multisectorial constituido por R.M. N° 255-2008-PCM 407190 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES R.M. Nº 807-2009-MTC/02.- Autorizan viajes de Inspectoras de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Argentina, en comisión de servicios 407190 R.M. Nº 819-2009-MTC/01.- Designan Directora General de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales 407192 R.M. Nº 820-2009-MTC/01.- Designan Directora de la Oficina de Imagen Institucional del Ministerio 407192 RR.VMS. Nºs. 586 y 589-2009-MTC/03.- Otorgan autorización a personas naturales para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en FM en localidades de los departamentos de Piura y Amazonas 407194 R.VM. Nº 590-2009-MTC/03.- Otorgan autorización a la Asociación Cultural Bethel para prestar servicio de radiodifusión sonora educativa en FM en la localidad de Los Órganos, departamento de Piura 407197 R.VM. Nº 591-2009-MTC/03.- Otorgan a Andina de Radiodifusión S.A.C. autorización para prestar servicio de radiodifusión comercial por televisión en VHF, en Cajamarca 407198 R.VM. Nº 592-2009-MTC/03.- Otorgan autorización a la Asociación de Radios Comunitarias Dios es Amor para prestar servicio de radiodifusión sonora educativa en FM en la localidad de Chachapoyas, departamento de Amazonas 407199 R.D. Nº 113-2009-MTC/12.- Otorgan renovación de permiso de operación de aviación comercial a Perú Airlines S.A.C. 407200 R.D. Nº 3425-2009-MTC/15.- Autorizan a la empresa Gran Piloto EIRL para funcionar como Escuela de Conductores Integrales 407202 Sumario

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  • NORMAS LEGALESwww.elperuano.com.pe

    FUNDADOEN 1825 POR

    EL LIBERTADORSIMÓN BOLÍVAR

    Lima, jueves 3 de diciembre de 2009

    407183Año XXVI - Nº 10813

    AÑO DE LA UNIÓN NACIONAL FRENTE A LA CRISIS EXTERNA

    PODER LEGISLATIVO

    CONGRESO DE LA REPUBLICA

    R. Leg. N° 004-2009-CR.- Resolución Legislativa del Congreso que inhabilita para el ejercicio de la función pública al Señor Congresista Gustavo Dacio Espinoza Soto 407185

    PODER EJECUTIVO

    PRESIDENCIA DEL

    CONSEJO DE MINISTROS

    R.S. N° 317-2009-PCM.- Crean Comisión Multisectorial de Naturaleza Temporal encargada de formular recomendaciones para elaborar un Plan que determine la manera de promover la competitividad de trabajadores portuarios 407185

    AMBIENTE

    R.M. Nº 252-2009-MINAM.- Autorizan viaje de Viceministra de Gestión Ambiental a Guatemala para participar en el Tercer Foro sobre la Aplicación Regional del Desarrollo Sostenible 407186

    ENERGIA Y MINAS

    R.M. Nº 510-2009-MEM/DM.- Aprueban donación efectuada a favor de la Dirección General de Electrifi cación Rural que será destinada a las Comunidades Rurales benefi ciarias del Programa Euro-Solar 407187

    JUSTICIA

    R.M. Nº 0226-2009-JUS.- Designan Secretaria Técnica del Consejo del Notariado 407188

    MUJER Y

    DESARROLLO SOCIAL

    R.M. Nº 501-2009-MIMDES.- Designan Gerente de la Unidad Gerencial de Desarrollo de Capacidades Institucionales y Ciudadanas del FONCODES 407188R.M. Nº 502-2009-MIMDES.- Aceptan renuncia de Asesor del Despacho Ministerial 407188R.M. Nº 503-2009-MIMDES.- Designan Jefe de Recursos Humanos de la Unidad Administrativa del PRONAA 407188

    PRODUCE

    D.S. N° 031-2009-PRODUCE.- Decreto Supremo que deroga disposiciones del Reglamento Técnico de Pilas y Baterías de Zinc Carbón, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2005-PRODUCE

    407189

    TRABAJO Y PROMOCION

    DEL EMPLEO

    R.M. Nº 353-2009-TR.- Designan representantes alternos del Ministerio ante la Comisión Especial constituida por R.S. N° 226-2009-PCM 407189R.M. Nº 354-2009-TR.- Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante el Grupo de Trabajo Multisectorial constituido por R.M. N° 255-2008-PCM 407190

    TRANSPORTES Y

    COMUNICACIONES

    R.M. Nº 807-2009-MTC/02.- Autorizan viajes de Inspectoras de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Argentina, en comisión de servicios 407190R.M. Nº 819-2009-MTC/01.- Designan Directora General de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales

    407192R.M. Nº 820-2009-MTC/01.- Designan Directora de la Ofi cina de Imagen Institucional del Ministerio 407192RR.VMS. Nºs. 586 y 589-2009-MTC/03.- Otorgan autorización a personas naturales para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en FM en localidades de los departamentos de Piura y Amazonas 407194R.VM. Nº 590-2009-MTC/03.- Otorgan autorización a la Asociación Cultural Bethel para prestar servicio de radiodifusión sonora educativa en FM en la localidad de Los Órganos, departamento de Piura 407197R.VM. Nº 591-2009-MTC/03.- Otorgan a Andina de Radiodifusión S.A.C. autorización para prestar servicio de radiodifusión comercial por televisión en VHF, en Cajamarca 407198R.VM. Nº 592-2009-MTC/03.- Otorgan autorización a la Asociación de Radios Comunitarias Dios es Amor para prestar servicio de radiodifusión sonora educativa en FM en la localidad de Chachapoyas, departamento de Amazonas 407199R.D. Nº 113-2009-MTC/12.- Otorgan renovación de permiso de operación de aviación comercial a Perú Airlines S.A.C. 407200R.D. Nº 3425-2009-MTC/15.- Autorizan a la empresa Gran Piloto EIRL para funcionar como Escuela de Conductores Integrales

    407202

    Sumario

  • NORMAS LEGALESEl Peruano

    Lima, jueves 3 de diciembre de 2009407184

    ORGANISMOS EJECUTORES

    BIBLIOTECA

    NACIONAL DEL PERÚ

    Res. Nº 242-2009-BNP.- Encargan funciones de la Dirección General de la Ofi cina de Cooperación Internacional 407203

    SUPERINTENDENCIA NACIONAL

    DE BIENES ESTATALES

    Res. Nº 151-2009/SBN.- Aprueban adjudicación en venta directa a favor de persona jurídica de predio ubicado en el distrito de Humay, provincia de Pisco 407204Res. Nº 152-2009/SBN.- Aprueban adjudicación en venta directa a favor de persona natural de inmueble ubicado en el distrito de Ate, provincia de Lima 407204Res. Nº 174-2009/SBN-GO-JAD.- Declaran la desafectación de la condición de dominio público a predio de propiedad del Estado ubicado en el distrito de La Molina, provincia de Lima 407205

    ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

    COMISION NACIONAL SUPERVISORA

    DE EMPRESAS Y VALORES

    R.D. Nº 068-2009-EF/94.06.3.- Disponen exclusión del “Tercer Programa de Papeles Comerciales Ransa - Quinta Emisión” y “Tercer Programa de Papeles Comerciales Ransa - Sexta Emisión” de Ransa Comercial S.A. del Registro Público del Mercado de Valores 407206

    ORGANOS AUTONOMOS

    DEFENSORIA DEL PUEBLO

    Res. Nº 0044-2009/DP.- Aprueban el Informe Defensorial N° 147 “Aportes de la Defensoría del Pueblo para una Educación sin Corrupción” 407207

    REGISTRO NACIONAL DE

    IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL

    R.J. Nº 802-2009-JNAC/RENIEC.- Autorizan delegación de funciones registrales a las Ofi cinas de Registros del Estado Civil que funcionan en las Municipalidades de los Centros Poblados de San Martín de Ccollcca y El Porvenir. departamentos de Ayacucho y Ancash 407210

    MINISTERIO PUBLICO

    Fe de Erratas Res. Nº 1731-2009-MP-FN 407211Fe de Erratas Res. Nº 1736-2009-MP-FN 407211

    SUPERINTENDENCIA DE BANCA,

    SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS

    DE FONDOS DE PENSIONES

    Res. Nº 15155-2009.- Disponen Inscripción Defi nitiva de la Asociación de Usuarios del Fondo contra Accidentes de Tránsito - FORCAT, en el Registro de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito 407211Res. Nº 15184-2009.- Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana S.A. la conversión de ofi cina especial en agencia ubicada en el distrito de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque 407212

    UNIVERSIDADES

    Res. Nº 1584.- Autorizan viaje de representante de la UNI para asistir a la VII Reunión de Trabajo y IV Asamblea General de la Red de Institutos Nacionales Iberoamericanos de Ingeniería e Investigación Hidráulica

    407213

    GOBIERNOS REGIONALES

    GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH

    Ordenanza Nº 018-2009-REGION ANCASH/CR.- Autorizan a las Asociaciones de Fondos Contra Accidentes de Tránsito de la Región Ancash para dictar cursos de capacitación de seguridad vial a transportistas de servicio público de transporte 407213Ordenanza Nº 029-2009-REGION ANCASH/CR.- Declaran de interés regional la Zonifi cación Ecológica Económica y el Ordenamiento Territorial de la Microcuenca del Río de Yaután 407214

    GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA

    Acuerdo Nº 110-2009-GRA/CR-AREQUIPA.- Eligen a Vicepresidente del Gobierno Regional de Arequipa 407215

    GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO

    Ordenanza Nº 013.- Aprueban modifi cación parcial del Cuadro de Asignación de Personal - CAP del Gobierno Regional del Callao 407215

    GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES

    Res. Nº 000841-2009/GOB.REG.TUMBES-P.- Aprueban adjudicación mediante la modalidad de venta directa a favor de la empresa BPZ Exploración & Producción S.R.L. de terreno ubicado en el distrito de Zorritos, provincia de Contralmirante Villar 407216

    GOBIERNOS LOCALES

    MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA

    D.A. Nº 010-2009/MLV.- Suspenden ejecución de obras en los exteriores de las edifi caciones que se encuentran dentro del Damero de Gamarra (Zonas A y B) 407217R.A. Nº 570-2009-ALC/MLV.- Conforman Comisión Especial encargada de actividades conmemorativas del 90° aniversario de la creación política del distrito 407218

    MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES

    R.A. Nº 000480-2009-MDSJM-A.- Instauran proceso administrativo disciplinario a Auxiliares Coactivos de la Municipalidad 407218

    MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO

    Ordenanza Nº 099/MVMT.- Modifi can la Ordenanza N° 130/MVMT que regula la conformación, instalación y funcionamiento del Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) 407220Ordenanza Nº 100/MVMT.- Aprueban “Campaña Tributaria y no Tributaria Navideña Villamariana 2009” 407220

    PROVINCIAS

    MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YANAHUARA

    Acuerdo Nº 145-2009-MDY.- Autorizan viaje del Alcalde distrital para participar en reuniones de trabajo y verifi car sistema de transporte integrado en Colombia 407222

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  • NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de diciembre de 2009 407185

    PODER LEGISLATIVO

    CONGRESO DE LA REPUBLICARESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO

    NÚM. 004-2009-CR

    EL PRESIDENTE DEL CONGRESODE LA REPÚBLICA

    POR CUANTO:

    EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

    Ha dado la Resolución Legislativa delCongreso siguiente:

    RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESOQUE INHABILITA PARA EL EJERCICIO DE LA

    FUNCIÓN PÚBLICA AL SEÑOR CONGRESISTA GUSTAVO DACIO ESPINOZA SOTO

    De conformidad con el artículo 100º de la Constitución Política del Perú y el inciso i) del artículo 89º del Reglamento del Congreso y considerando la gravedad de los hechos denunciados que constituyen evidentes infracciones a la Constitución Política del Perú en sus artículos 38º y 44º, se hace imperativo que el Congreso de la República ejerza las atribuciones establecidas en el artículo 100º de la Carta Política del Estado, para imponer sanción, y resuelve:

    INHABILITAR para el ejercicio de la función pública al señor Congresista GUSTAVO DACIO ESPINOZA SOTO, por infracción a la Constitución Política del Perú en sus artículos 38º y 44º, hasta por dos (2) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano.

    Comuníquese, publíquese y archívese.

    Dada en el Palacio del Congreso, en Lima, a los dos días del mes de diciembre de dos mil nueve.

    LUIS ALVA CASTROPresidente del Congreso de la República

    CECILIA CHACÓN DE VETTORIPrimera Vicepresidenta delCongreso de la República

    431053-1

    PODER EJECUTIVO

    PRESIDENCIA DEL

    CONSEJO DE MINISTROS

    Crean Comisión Multisectorial de Naturaleza Temporal encargada de formular recomendaciones para elaborar un Plan que determine la manera de promover la competitividad de trabajadores portuarios

    RESOLUCIÓN SUPREMANº 317-2009-PCM

    Lima, 2 de diciembre de 2009

    Visto, el Ofi cio Núm. 1986-2009 MTC/04 del Secretario General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

    CONSIDERANDO:

    Que, conforme a lo señalado en el numeral 2.1 del documento denominado “Política Nacional del Sector

    Transporte”, aprobado como anexo de la Resolución Ministerial Núm. 817-2006-MTC/09, la Política Nacional del Sector Transporte se determina a través de lineamientos, los cuáles son entendidos como directrices o ejes conductores, cuyo establecimiento contribuye con la política general del gobierno, de construir un país más justo, equitativo, competitivo y descentralizado, con plena participación de todos sus ciudadanos, integrados nacional e internacionalmente;

    Que, el numeral 2.1.2 del citado documento, establece que uno de los lineamientos de Política Nacional del Sector Transporte consiste en la promoción del desarrollo, seguridad y calidad en los servicios de transporte y logística vinculados; siendo una de sus estrategias generales el “propiciar el profesionalismo dentro del Sector, a fi n que los servicios de transporte sean operados únicamente por personal competente y técnico califi cado, que cuente con conocimientos, aptitudes y habilidades necesarias para operar idóneamente como transportista”;

    Que, el artículo 3º de la Ley Núm. 27943 - Ley del Sistema Portuario Nacional prevé que el Estado fomenta, regula y supervisa las actividades y los servicios portuarios, con sujeción a los lineamientos de política portuaria que ella establece; asimismo señala que constituyen lineamientos esenciales de la Política Portuaria Nacional la especialización y capacitación permanente de los trabajadores, la protección de sus derechos laborales y condiciones de vida, así como la promoción del empleo portuario, como consecuencia de la capacitación y profesionalización de los trabajadores;

    Que, asimismo, el mencionado artículo 3º dispone que constituyen lineamientos esenciales de la Política Portuaria Nacional la promoción de la inversión en el Sistema Portuario Nacional y el fomento de la participación del sector privado, a través de la inversión en el desarrollo de la infraestructura y equipamiento portuarios;

    Que, como consecuencia de lo expuesto en el considerando precedente, el Estado Peruano viene asumiendo diversos compromisos contractuales con inversionistas privados, a fi n de modernizar los terminales portuarios nacionales, lo cual implicará la instalación de nueva tecnología en dicho sector de la industria;

    Que, en tales circunstancias, se hace necesario evaluar la manera de promover la competitividad de los trabajadores portuarios, a través de su capacitación y mejoramiento de aptitudes, a fi n de asegurar su desarrollo paralelo a la modernización de los puertos a nivel nacional;

    Que, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Núm. 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, las Comisiones Multisectoriales de Naturaleza carácter temporal son creadas con fi nes específi cos para cumplir funciones de fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, las que se crean formalmente mediante resolución suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los Titulares de los sectores involucrados;

    Que, en ese sentido, resulta conveniente constituir la Comisión Multisectorial de Naturaleza Temporal encargada de formular recomendaciones al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para la elaboración de un Plan que determine la manera de promover la competitividad de los trabajadores portuarios, a través de su capacitación y mejoramiento de aptitudes, a fi n de asegurar su desarrollo paralelo a la modernización de los puertos a nivel nacional - en adelante la Comisión, en la que participe el Sector Trabajo y Promoción del Empleo y otros miembros directamente vinculados con dicha temática;

    De conformidad con lo establecido en la Ley Núm. 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Núm. 27943 – Ley del Sistema Portuario Nacional y en la Resolución Ministerial Núm. 817-2006-MTC/09;

    Estando a lo acordado;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1º.- Creación de la Comisión Multisectorial de Naturaleza Temporal

    Crear la Comisión Multisectorial de Naturaleza Temporal encargada de formular recomendaciones al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para la elaboración de un Plan que determine la manera de promover la competitividad de los trabajadores portuarios, a través de su capacitación y mejoramiento de aptitudes, a fi n de asegurar su desarrollo paralelo a la modernización de los puertos a nivel nacional - en adelante la Comisión -; la misma que dependerá del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

    Artículo 2º.- ConformaciónLa Comisión estará conformada por los siguientes

    representantes:

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  • NORMAS LEGALESEl Peruano

    Lima, jueves 3 de diciembre de 2009407186

    - Dos (02) representantes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, uno de los cuales la presidirá y el otro ejercerá la función de Secretario Técnico.

    - Un (01) representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

    - Un (01) representante de la Autoridad Portuaria Nacional.

    - Un (01) representante de la Empresa Nacional de Puertos – ENAPU S.A.

    - Un (01) representante del Gobierno Regional del Callao.

    - Un (01) representante del Sindicato Único de Trabajadores Marítimos y Portuarios del Puerto del Callao - SUTRAMPORPC.

    - Un (01) representante de la Asociación Peruana de Agentes Marítimos - APAM.

    - Un (01) representante de la Asociación Peruana de Operadores Portuarios - ASPPOR.

    La Comisión podrá invitar a especialistas del sector público y privado, para el cumplimiento de sus fi nes.

    Artículo 3º.- Designación de representantesLas entidades del Poder Ejecutivo conformantes de

    la Comisión, designarán a sus representantes, titulares y alternos, mediante resolución ministerial de los sectores a los que pertenecen, en un máximo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicada la presente resolución.

    Las demás entidades, comunicarán mediante Ofi cio, al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la designación de sus representantes titulares y alternos, en el mismo plazo.

    Artículo 4º.- Funciones de la Comisión Multisectorial

    Las funciones de la Comisión Multisectorial son las siguientes:

    a) Efectuar recomendaciones para promover la competitividad de los trabajadores portuarios (Se deberá tener en cuenta temas como la formación profesional, la reconversión laboral, el autoempleo y la certifi cación de competencias, entre otros).

    b) Efectuar recomendaciones para solucionar problemas referidos a los siguientes temas:

    - Capacitación y mejoramiento de aptitudes de los trabajadores portuarios.

    - Acceso a puestos de trabajo generados por empresas concesionarias de puertos a nivel nacional.

    - Alternativas de jubilación anticipada o compensaciones económicas ante reducciones de personal generadas como consecuencia de los procesos de concesión.

    Artículo 5º.- Presentación de informeLa Comisión presentará al Ministerio de Transportes

    y Comunicaciones un informe conteniendo sus recomendaciones respecto a los temas señalados en el artículo 4º de la presente resolución, en un plazo de sesenta (60) días hábiles contados a partir de su instalación.

    Artículo 6º.- Gastos de la ComisiónLa Comisión Multisectorial no ocasionará gasto alguno

    al Tesoro Público.

    Artículo 7º.- RefrendoLa presente Resolución Suprema será refrendada

    por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Transportes y Comunicaciones y la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

    JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉNPresidente del Consejo de Ministros

    ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZMinistro de Transportes y Comunicaciones

    MANUELA GARCÍA COCHAGNEMinistra de Trabajo y Promoción del Empleo

    431054-2

    AMBIENTE

    Autorizan viaje de Viceministra de Gestión Ambiental a Guatemala para participar en el Tercer Foro sobre la Aplicación Regional del Desarrollo Sostenible

    RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 252-2009-MINAM

    Lima, 20 de noviembre de 2009

    Visto; el Memorando Nº 428-2009-DVMGA/MINAM y la Ficha de Solicitud Autorización de Viaje del 10 de noviembre de 2009;

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante el Ofi cio RE (DGM) Nº 2-21-B/104 del 03 de noviembre de 2009, la Embajadora Subsecretaria para Asuntos Multilaterales del Ministerio de Relaciones Exteriores hace de conocimiento del Ministerio del Ambiente que la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y el Presidente de la Mesa del décimo octavo período de sesiones de la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas y Ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la República de Guatemala; han extendido una invitación para participar el Tercer Foro sobre la Aplicación Regional del Desarrollo Sostenible que se realizará en la ciudad de La Antigua, Guatemala, los días 26 y 27 de noviembre del 2009;

    Que, la realización de este Foro ofrecerá a los gobiernos y otros sectores interesados en el desarrollo sostenible de la región, la oportunidad de intercambiar experiencias y lecciones aprendidas en la aplicación del Programa 21 y de otros acuerdos de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible, tema de sumo interés del MINAM;

    Que, la participación en el mencionado Foro no irrogará gastos al Tesoro Público, por cuanto los mismos serán cubiertos por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL);

    Que, en consecuencia, resulta conveniente la participación en el indicado evento, de la Lic. Ana María González del Valle Begazo, Viceministra de Gestión Ambiental, en representación de este Ministerio; así como encargar su Despacho a la Viceministra de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, Zoila del Rosario Gómez Gamarra;

    Con el visado de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y,

    De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la Lic. Ana María González del Valle Begazo, Viceministra de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente, a La Antigua - Guatemala, del 25 al 28 de noviembre de 2009, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

    Artículo 2º.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, la persona señalada en el artículo 1º precedente deberá presentar un informe sobre los resultados del evento y las acciones que se deriven a favor del Ministerio del Ambiente, así como un ejemplar de los materiales técnicos obtenidos.

    Artículo 3º.- Dejar establecido que el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no irrogará gasto alguno al Estado ni otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.

    Artículo 4º.- Encargar del 25 al 28 de noviembre de 2009, las funciones de Viceministra de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente, a la señora Zoila del Rosario Gómez Gamarra, Viceministra de Desarrollo Estratégico de Recursos Naturales, en adición a las funciones propias de su cargo.

    Artículo 5º.- Notifi car la presente Resolución a la Ofi cina General de Administración y a las interesadas.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    ANTONIO JOSÉ BRACK EGGMinistro del Ambiente

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  • NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de diciembre de 2009 407187

    ENERGIA Y MINAS

    Aprueban donación efectuada a favor de la Dirección General de Electrificación Rural que será destinada a las Comunidades Rurales beneficiarias del Programa Euro - Solar

    RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 510-2009-MEM/DM

    Lima, 2 de diciembre de 2009

    CONSIDERANDO:

    Que, la República del Perú, debidamente representada por el Ministerio de Energía y Minas, suscribió el 17 de enero de 2007, el Convenio de Financiación ALA/2006/017-223 con la Comunidad Europea, para la ejecución del Programa Euro – Solar en el Perú;

    Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 2º del Convenio de Financiación ALA/2006/017-223, la Comunidad Europea se obliga a fi nanciar el Programa Euro – Solar, por un total de (€) 23 119 570,00 Euros (Veintitrés Millones Ciento Diecinueve Mil Quinientos Setenta y 00/100 Euros), en benefi cio de los países suscriptores del convenio;

    Que, mediante Resolución Ministerial Nº 377-2009-MEM/DM del 01 de septiembre de 2009, se aprobó la donación de bienes efectuada por la Delegación de la Comisión Europea en el Perú a favor de la Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas, por un valor DDU total ascendente a (€) 1 312 697,51 Euros (Un Millón Trescientos Doce Mil Seiscientos Noventa y Siete y 51/100 Euros), en el marco del Convenio de Financiación antes descrito;

    Que, mediante Resolución Ministerial Nº 415-2009-MEM/DM del 21 de septiembre de 2009, se aprobó la donación de bienes efectuada por la Delegación de la Comisión Europea en el Perú a favor de la Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas, por un valor DDU total ascendente a (€) 29 724,91 Euros (Veintinueve Mil Setecientos Veinticuatro y 91/100 Euros), en el marco del Convenio de Financiación antes descrito;

    Que, mediante Carta de Donación IB/VV (2009) 1390 del 05 de noviembre de 2009, recibida el 24 de noviembre de 2009, la Delegación de la Comisión Europea en el Perú manifi esta su voluntad de donar bienes a la Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas, con la fi nalidad de ejecutar el Programa Euro – Solar destinado a generar energía eléctrica, mediante el aprovechamiento de energías renovables solar y eólica, en benefi cio de las comunidades rurales pertenecientes a las regiones de Amazonas, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Ica, Junín, Lambayeque, Piura, Puno y Tacna;

    Que, asimismo en la Carta antes citada, se establece que el valor total de la donación asciende a (€) 7 078,00 Euros (Siete Mil Setenta y Ocho y 00/100 Euros) consistente en luminarias, lámparas e inversores, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución;

    Que, el inciso k) del Artículo 2 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF, señala que no están gravados con el impuesto, la importación o transferencia de bienes que se efectúen a título gratuito, a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público, excepto empresas; así como a favor de Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (EINEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERÚ) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional, inscritas en el registro correspondiente que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) del Ministerio de Relaciones Exteriores, siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente;

    Estando a lo propuesto por el Director General de Electrifi cación Rural y con la opinión favorable de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Vice Ministro de Energía;

    De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 809 - Ley General de Aduanas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2005-EF; la Ley Nº 28905 - Ley de Facilitación del Despacho de Mercancías Donadas provenientes del Exterior y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-EF; el Decreto Supremo Nº

    055-99-EF - Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo; el Decreto Supremo Nº 096-2007-EF - Reglamento para la Inafectación del Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo y Derechos Arancelarios a las Donaciones; el Decreto Ley 25962 - Ley Orgánica del Sector Energía y Minas y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1º.- Aprobar la donación efectuada en el marco del Convenio de Financiación ALA/2006/017-223 por la Delegación de la Comisión Europea en el Perú a favor de la Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas de los bienes, cuyos detalles están contenidos en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, con un valor DDU total ascendente a (€) 7 078,00 Euros (Siete Mil Setenta y Ocho y 00/100 Euros), que serán destinados a las Comunidades Rurales benefi ciarias del Programa Euro-Solar pertenecientes a las regiones de Amazonas, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Ica, Junín, Lambayeque, Piura, Puno y Tacna.

    Artículo 2º.- Los bienes donados no podrán ser transferidos o cedidos por ningún título, ni destinados a fi n distinto del que origina el benefi cio de inafectación, de conformidad con lo establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2005-EF, y el artículo 5º del Reglamento para la Inafectación del Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo y Derechos Arancelarios a las Donaciones, aprobado por Decreto Supremo 096-2007-EF.

    Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Ministerial a la Aduana Marítima del Callao en el plazo de un día a partir de su expedición.

    Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Ministerial a la Delegación de la Comisión Europea en el Perú, a la Contraloría General de la República, a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI del Ministerio de Relaciones Exteriores, en el plazo de cinco días a partir de su expedición.

    Artículo 5º.- Encargar a la Ofi cina de Informática de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Energía y Minas la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional en el plazo de diez días.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    PEDRO SÁNCHEZ GAMARRAMinistro de Energía y Minas

    Anexo de la Resolución Ministerial N° 510-2009-MEM/DMEquipos y Materiales donados por la Comunidad Europea

    CANT. UNIDAD DESCRIPCIÓN ESTADO VALOR (€)ESTIMADO OBSERVACIONES

    25 Unidades Luminaria para interior Nuevo 115.00€

    Marca: FenoplasticaModelo: 7007 blancoProv. Productos Eléctricos, S.L.

    25 Unidades Lámpara de 15W Nuevo 88,00€

    Marca: SYLVANIAModelo: 15WProv. Productos Eléctricos. S.L.

    27 Unidades Luminaria para exterior Nuevo 216,00€

    Marca: ChristerModelo: 170-1 negroProv. Productos Eléctricos, S.L.

    27 Unidades Lámpara de 7W Nuevo 95,00€

    Marca: SYLVANIAModelo: 7WProv. Productos Eléctricos, S.L.

    12 Unidades Inversiones350/400 Nuevo 1.668,00€

    Marca: STUDERModelo: AJ-350-24Prov. SACLIMACertif. origen:suiza

    12 Unidades Inversiones 1300 Nuevo 4.896,00€

    Marca: STUDERModelo: AJ-1300-24Prov. SACLIMA Certif. origen:Suiza

    Valor Estimado de la presente Donación Euros (€) 7.078,00

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  • NORMAS LEGALESEl Peruano

    Lima, jueves 3 de diciembre de 2009407188

    JUSTICIA

    Designan Secretaria Técnica del Consejo del Notariado

    RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0226-2009-JUS

    Lima, 30 de noviembre de 2009

    CONSIDERANDO:

    Que, se encuentra vacante el cargo de Secretario Técnico del Consejo del Notariado;

    Que, resulta necesario designar al profesional que ocupará dicho cargo, según la propuesta de la Presidenta del Consejo del Notariado;

    De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia;

    SE RESUELVE:

    Artículo Único.- Designar a la señora abogada Violeta Rosalía Carlín Uzategui como Secretaria Técnica del Consejo del Notariado.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    AURELIO PASTOR VALDIVIESOMinistro de Justicia

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    MUJER Y DESARROLLO SOCIAL

    Designan Gerente de la Unidad Gerencial de Desarrollo de Capacidades Institucionales y Ciudadanas del FONCODES

    RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 501-2009-MIMDES

    Lima, 2 de diciembre de 2009

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Resolución Ministerial Nº 033-2009-MIMDES se encargó al señor MANUEL ARTURO ZAPATA VÁSQUEZ, Gerente de la Unidad Gerencial de Articulación Territorial, el puesto de Gerente de la Unidad Gerencial de Desarrollo de Capacidades Institucionales y Ciudadanas del Programa Nacional Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social;

    Que, en tal sentido, resulta necesario dar por concluida la encargatura a que se hace mención en el considerando precedente y designar al funcionario que desempeñará el mencionado cargo de confi anza;

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES y el Reglamento de Organización y Funciones del MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1 .- Dar por concluido, a partir de la fecha, el encargo al señor MANUEL ARTURO ZAPATA VÁSQUEZ en el puesto de Gerente de la Unidad Gerencial de Desarrollo de Capacidades Institucionales y Ciudadanas del Programa Nacional Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social.

    Artículo 2 .- Designar al señor DONNY DICK CHUMPITAZ MALDONADO, en el cargo de Gerente de la Unidad Gerencial de Desarrollo de Capacidades Institucionales y Ciudadanas del Programa Nacional Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    NIDIA VÍLCHEZ YUCRA.Ministra de la Mujer y Desarrollo Social

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    Aceptan renuncia de Asesor del Despacho Ministerial

    RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 502-2009-MIMDES

    Lima, 2 de diciembre de 2009

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Resolución Ministerial N° 238-2009-MIMDES se designó al señor RAÚL ANGEL RAMOS DE LA TORRE en el cargo de Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES;

    Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo para el cual fue designado, por lo que resulta pertinente emitir el acto mediante el cual se acepte la misma y se designe a la persona que se desempeñará en el cargo respectivo;

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley N° 27793 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES y el Reglamento de Organización y Funciones del MIMDES, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2004-MIMDES;

    SE RESUELVE:

    Artículo Único .- Aceptar la renuncia formulada por el señor RAÚL ANGEL RAMOS DE LA TORRE al cargo de Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, dándosele las gracias por los servicios prestados.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    NIDIA VÍLCHEZ YUCRAMinistra de la Mujer y Desarrollo Social

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    Designan Jefe de Recursos Humanos de la Unidad Administrativa del PRONAA

    RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 503-2009-MIMDES

    Lima, 2 de diciembre de 2009

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Resolución Ministerial N° 499-2009-MIMDES se designó al señor JAVIER VÍCTOR GUTIÉRREZ SEGUIL en el cargo de Jefe de Recursos Humanos de la Unidad Administrativa del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES;

    Que, es necesario dejar sin efecto la designación a que se hace mención en el considerando precedente y designar a la persona que se desempeñará en el cargo respectivo;

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley N° 27793 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES y el Reglamento de Organización y Funciones del MIMDES, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2004-MIMDES;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1.- Dejar sin efecto el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 499-2009-MIMDES que designó al señor JAVIER VÍCTOR GUTIÉRREZ SEGUIL en el cargo de Jefe de Recursos Humanos de la Unidad Administrativa del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES.

    Artículo 2 .- Designar al señor RAÚL ANGEL RAMOS DE LA TORRE en el cargo de Jefe de Recursos Humanos de la Unidad Administrativa del Programa Nacional de

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  • NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de diciembre de 2009 407189

    Asistencia Alimentaria – PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    NIDIA VÍLCHEZ YUCRAMinistra de la Mujer y Desarrollo Social

    430937-1

    PRODUCE

    Decreto Supremo que deroga disposiciones del Reglamento Técnico de Pilas y Baterías de Zinc Carbón, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2005-PRODUCE

    DECRETO SUPREMONº 031-2009-PRODUCE

    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-2005-PRODUCE se aprobó el Reglamento Técnico de Pilas y Baterías de Zinc Carbón que establece características técnicas y requisitos de rotulado y de etiquetado que deben cumplir las pilas y baterías de zinc carbón, con el fi n de proteger al consumidor de productos contaminantes y nocivos a la salud;

    Que, entre las características previstas en el citado Reglamento Técnico, se establece en el numeral 4.4 de su artículo 4º, que las pilas y baterías de zinc carbón deberán ser fabricadas con una envoltura metálica, que es defi nida en el numeral 3.9 de su artículo 3º como un blindaje de acero que brinda una protección total a la pila o batería previniendo la fuga de electrolitos;

    Que, mediante Resolución Nº 1289 publicada el 12 de noviembre de 2009 en la Gaceta Ofi cial del Acuerdo de Cartagena, la Secretaría General de la Comunidad Andina determinó que la exigencia de la envoltura metálica antes referida constituye una “restricción” al comercio en los términos del artículo 73º del Acuerdo de Cartagena;

    Que, en ese sentido, corresponde derogar el numeral 3.9 del artículo 3º y el numeral 4.4 del artículo 4º del Reglamento Técnico de Pilas y Baterías de Zinc Carbón aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2005-PRODUCE;

    De conformidad con el numeral 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, y el numeral 3 del artículo 11º de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y su modifi catoria;

    DECRETA:

    Artículo 1º.- Derogación de disposiciones del Reglamento Técnico de Pilas y Baterías de Zinc Carbón

    Deróguese el numeral 3.9 del Artículo 3º y el numeral 4.4 del artículo 4º del Reglamento Técnico de Pilas y Baterías de Zinc Carbón aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2005-PRODUCE.

    Artículo 2º.- Vigilancia del Cumplimiento del Reglamento Técnico

    El Ministerio de la Producción, en el marco de sus funciones asignadas por el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organización y Funciones, y el Decreto Supremo Nº 018-2005-PRODUCE - Decreto Supremo que aprueba el Reglamento Técnico para Pilas y Baterías de Zinc Carbón, desarrollará acciones de fi scalización destinadas a verifi car que las pilas y baterías de zinc carbón que se comercializan en el mercado interno cumplan con los requisitos previstos en el Reglamento Técnico antes indicado, en especial el requisito establecido en el numeral 4.1 de su artículo 4º.

    Artículo 3º.- Refrendo y VigenciaEl presente Decreto Supremo será refrendado por el

    Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de la Producción, y entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.

    Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil nueve.

    ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

    LUIS CARRANZA UGARTEMinistro de Economía y Finanzas

    MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZMinistra de la Producción

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    TRABAJO Y PROMOCION

    DEL EMPLEO

    Designan representantes alternos del Ministerio ante la Comisión Especial constituida por R.S. N° 226-2009-PCM

    RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 353-2009-TR

    Lima, 27 de noviembre de 2009

    VISTO: El Ofi cio Nº 1006-2009-MTPE/2-CCC, del 23 de Octubre de 2009, del Coordinador de Ceses Colectivos; y.

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Resolución Suprema Nº 226-2009-PCM del 2 de setiembre de 2009, se constituyó una Comisión Especial, adscrita al Ministerio de Justicia y de naturaleza temporal, encargada de analizar los alcances de la recomendación emitida por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y proponer los mecanismos de implementación de la misma, respecto a la petición formulada por el Sindicato de Funcionarios, Profesionales y Técnicos de la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima – SIFUSE, a favor de 233 trabajadores, así como analizar los hechos que dieron lugar a la petición formulada por el Sindicato Único de Trabajadores de Petróleos del Perú Zona Noreste – Talara, ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a fi n de recomendar la adopción de medidas pertinentes a favor de 85 trabajadores, disponiéndose que, en ambos casos, se propondrán los mecanismos de implementación de un Acuerdo de Solución Amistosa;

    Que, el artículo 2º de la referida Resolución Suprema establece que la Comisión Especial estará integrada por dos (02) representantes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo que serán designados por Resolución Ministerial del Titular del Sector, uno de los cuales la presidirá;

    Que, mediante Resolución Ministerial Nº 251-2009-TR del 8 de setiembre de 2009, se designó al abogado Ricardo Gabriel Herbozo Colque, Asesor Técnico de Alta Dirección, como Presidente de la Comisión Especial y a la abogada Yolanda Avalos Cuica, Directora General (e) de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, como representantes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante la Comisión Especial a que hace referencia el primer considerando;

    Que, los funcionarios designados precedentemente ostentan cargos de confi anza de responsabilidad directiva, lo que podría en algún momento afectar la asistencia a las reuniones que la Comisión Especial convoque, por lo que es necesario designar a los representantes alternos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante la Comisión Especial creada por Resolución Suprema Nº 226-2009-PCM;

    Que, a través del Ofi cio del visto se solicita considerar la propuesta de designación de representantes alternos ante la referida Comisión Especial;

    Con la visación de la Directora General (e) de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y,

    De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el numeral 8 del artículo 25º de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 2º de la Resolución Suprema Nº 226-2009-PCM; y el literal d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modifi catorias;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1º.- Designar como representantes alternos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante la

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  • NORMAS LEGALESEl Peruano

    Lima, jueves 3 de diciembre de 2009407190

    Comisión Especial constituida por Resolución Suprema Nº 226-2009-PCM del 2 de setiembre de 2009, a los siguientes servidores:

    - ERIKA MILAGRO CALDERON INGA, abogada del Despacho Viceministerial de Trabajo, como Presidenta de la Comisión Especial; y,

    - MONICA ROSANA FRANCIA TADEO, abogada de la Ofi cina de Asesoría Jurídica.

    Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial al Ministerio de Justicia, para los fi nes correspondientes.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    MANUELA GARCIA COCHAGNEMinistra de Trabajo y Promoción del Empleo

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    Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante el Grupo de Trabajo Multisectorial constituido por R.M. N° 255-2008-PCM

    RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 354-2009-TR

    Lima, 30 de noviembre de 2009

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Resolución Ministerial Nº 255-2008-PCM del 14 de agosto de 2008, se constituyó un Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de llevar a cabo el Programa de acción sectorial sobre el fortalecimiento del diálogo social en el sector de los servicios públicos (agua, gas y electricidad), instituido por la Organización Internacional del Trabajo – OIT y efectuar las propuestas que considere necesarias para el mejor desarrollo del referido programa;

    Que, el artículo 2º de dicha norma dispone que el referido Grupo de Trabajo Multisectorial esta conformado entre otros, por un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, quien lo preside, en tanto que el artículo 4º establece que la Secretaria Técnica recae en la Dirección General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica;

    Que, asimismo, el artículo 7º de la precitada Resolución Ministerial dispone que el Grupo de Trabajo Multisectorial tendrá un plazo de un (01) año para el cumplimiento de su objeto, el mismo que ha sido prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2010;

    Que, mediante Resolución Ministerial Nº 350-2008-TR del 06 de noviembre de 2008, se designó, entre otros, al señor abogado Guillermo Julio Miranda Hurtado, como representante titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante el Grupo de Trabajo Multisectorial constituido por la Resolución Ministerial Nº 255-2008-PCM;

    Que, por convenir al servicio, resulta procedente dar por concluida la designación a que hace referencia el considerando anterior, y designar a los nuevos representantes del Sector y a la Secretaria Técnica del mismo ante el Grupo de Trabajo Multisectorial;

    Con la visación de la Directora General (e ) de la Ofi cina de Asesoría Jurídica;

    De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el numeral 8 del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el literal d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modifi catorias;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor abogado GUILLERMO JULIO MIRANDA HURTADO, como representante titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante el Grupo de Trabajo Multisectorial constituido por Resolución Ministerial Nº 255-2008-PCM, dándosele las gracias por los servicios prestados.

    Artículo 2º.- Designar a la señora abogada CLAUDIA ALICIA CANALES MAYORGA, Jefa del Gabinete de Asesores de la Alta Dirección, como representante titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el

    Grupo de Trabajo Multisectorial constituido por Resolución Ministerial Nº 255-2008-PCM.

    Artículo 3º.- Designar al señor abogado ANGEL EULOGIO PORTUGAL VARGAS, Asesor Legal del Gabinete de Asesores de la Alta Dirección, como represente alterno del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Grupo de Trabajo Multisectorial constituido por Resolución Ministerial Nº 255-2008-PCM.

    Artículo 4º.- La Ofi cina de Asuntos Internacionales de la Dirección General de Asesoría Jurídica hará las veces de Secretaria Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial constituido por Resolución Ministerial Nº 255-2008-PCM.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    MANUELA GARCIA COCHAGNEMinistra de Trabajo y Promoción del Empleo

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    TRANSPORTES Y

    COMUNICACIONES

    Autorizan viajes de Inspectoras de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Argentina, en comisión de servicios

    RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 807-2009-MTC/02

    Lima, 30 de noviembre de 2009

    VISTO:

    El Informe Nº 749-2009-MTC/12.04 del 11 de noviembre de 2009 emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe Nº 431-2009-MTC/12.04 del 10 de noviembre de 2009 emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y;

    CONSIDERANDO:

    Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado;

    Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, señala que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específi co de la institución conforme a la Ley Nº 27619;

    Que, el numeral 9.3 del artículo 9 de la Ley Nº 29289, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, habiéndose previsto que las excepciones a lo dispuesto en el citado numeral serán autorizadas mediante Resolución Ministerial, entre las cuales se encuentra el viaje que realizarán los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil;

    Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

    Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean;

    Que, la empresa Lan Perú S.A. ha presentado ante la autoridad aeronáutica civil, su solicitud para ser atendida durante el mes de diciembre de 2009, acompañando los requisitos establecidos en el marco del Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

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  • NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de diciembre de 2009 407191

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  • NORMAS LEGALESEl Peruano

    Lima, jueves 3 de diciembre de 2009407192

    Que, asimismo, la empresa Lan Perú S.A., ha cumplido con el pago de los derechos de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En tal sentido, los costos de los respectivos viajes de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto;

    Que, dicha solicitud ha sido califi cada y aprobada por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de las respectivas Ordenes de Inspección y referidas en el Informe Nº 431-2009-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil;

    De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29289, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1º.- Autorizar los viajes de las señoras Mercedes Delpino Aspiazu y Patricia Victoria Mc Callum Luján, Inspectoras de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuarán desde el 03 al 04 de diciembre de 2009, a

    la ciudad de Buenos Aires, Argentina, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº 749-2009-MTC/12.04 y Nº 431-2009-MTC/12.04.

    Artículo 2º.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos y Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto.

    Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, las Inspectoras mencionadas en la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuados los viajes, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados.

    Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZMinistro de Transportes y Comunicaciones

    RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y

    COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 03 Y 04 DE DICIEMBREDE 2009 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 431-2009-MTC/12.04 Y Nº 749-2009-MTC/12.04

    ORDEN INSPECCION Nº INICIO FIN

    VIATICOS (US$)

    TUUA (US$)SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLE RECIBOS DE ACOTACION Nºs

    2533-2009-MTC/12.04 03-Dic 04-Dic US$ 400.00US$ 31.00 Lan Perú S.A.DelpinoAspiazu,Mercedes

    BuenosAires Argentina

    Chequeo técnico en ruta Lima - Buenos Aires - Lima, en el equipo Boeing 767 a

    Tripulantes de Cabina.

    18017-18018-18019-18020

    2534-2009-MTC/12.04 03-Dic 04-Dic US$ 400.00US$ 31.00 Lan Perú S.A.Mc Callum Luján, Patricia Victoria

    BuenosAires Argentina

    Chequeo técnico en ruta Lima - Buenos Aires - Lima, en el equipo Boeing 767 a

    Tripulantes de Cabina.

    18017-18018-18019-18020

    430550-1

    Designan Directora General de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales

    RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 819-2009-MTC/01

    Lima, 2 de diciembre de 2009

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Resolución Ministerial Nº 037-2004-MTC/01 se designó a la señora Paola Naccarato de Del Mastro en el cargo de Directora General de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

    Que, en consecuencia, resulta necesario designar a la funcionaria que desempeñará dicho cargo;

    De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, Ley Nº 29370, Ley Nº 29158 y Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la señora Paola Naccarato de Del Mastro al cargo de confi anza de Directora General de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dándosele las gracias por los servicios prestados.

    Artículo 2º.- Designar a la Ingeniera Úrsula Natty Quintana Castellanos en el cargo de confi anza de Directora General de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZMinistro de Transportes y Comunicaciones

    431044-1

    Designan Directora de la Oficina de Imagen Institucional del Ministerio

    RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 820-2009-MTC/01

    Lima, 2 de diciembre de 2009

    CONSIDERANDO:

    Que, con Resolución Ministerial Nº 708-2009-MTC/01 se encargó al señor Kuolling Ruiz Dillón, las funciones de Director de la Ofi cina de Imagen Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por encontrarse vacante dicho cargo, siendo necesario dar por concluida la citada acción de personal;

    De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, Ley Nº 29370, Ley Nº 29158 y Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1º.- Dar por concluido el encargo de funciones efectuado con Resolución Ministerial Nº 708-2009-MTC/01 de la Ofi cina de Imagen Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, al señor Kuolling Ruiz Dillón, Director General de la Ofi cina General de Administración, dándosele las gracias por los servicios prestados.

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  • NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de diciembre de 2009 407193

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  • NORMAS LEGALESEl Peruano

    Lima, jueves 3 de diciembre de 2009407194

    Artículo 2º.- Designar a la señora Karina Hilda Gonzáles Guevara, en el cargo de Directora de la Ofi cina de Imagen Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZMinistro de Transportes y Comunicaciones

    431051-1

    Otorgan autorización a personas naturales para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en FM en localidades de los departamentos de Piura y Amazonas

    RESOLUCIÓN VICEMINISTERIALNº 586-2009-MTC/03

    Lima, 23 de noviembre de 2009

    VISTO, el Expediente Nº 2005-016414 presentado por el señor HUGO REGNER DÍAZ DANTAS, sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Los Órganos, provincia de Talara, departamento de Piura;

    CONSIDERANDO:

    Que, el artículo 14° de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC;

    Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión indica que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de radiodifusión. Además, el citado artículo señala que la instalación de equipos en una estación de radiodifusión requiere de un Permiso, el mismo que es defi nido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o jurídicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión;

    Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece que otorgada la autorización para prestar el servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración improrrogable de doce (12) meses;

    Que, el artículo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión indica que para obtener autorización para prestar el servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dicho artículo se detallan;

    Que, con Resolución Viceministerial Nº 116-2004-MTC/03, modifi cada por Resolución Viceministerial Nº 1085-2007-MTC/03, ratifi cada con Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modifi cada por Resolución Viceministerial Nº 204-2009-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de FM para diversas localidades del departamento de Piura, entre las cuales se encuentra la localidad de Los Órganos, la misma que incluye al distrito de Los Órganos, provincia de Talara, departamento de Piura;

    Que, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias, indicado en el párrafo precedente, establece 250 w. como máxima potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la dirección de máxima ganancia de antena. Asimismo, según Resolución Ministerial Nº 207-2009-MTC/03, la misma que modifi có las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas mediante Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, las estaciones que operen en el rango mayor a 100 w. hasta 250 w. de e.r.p., en la dirección de máxima ganancia de antena, se clasifi can como Estaciones de Servicio Primario Clase D2, consideradas de Baja Potencia;

    Que, en virtud a lo indicado, el señor HUGO REGNER DÍAZ DANTAS no se encuentra obligado a la presentación del Estudio Teórico de Radiaciones No Ionizantes, así como tampoco a efectuar los monitoreos anuales, según se establece en el artículo 4º y el numeral 5.2 del Decreto

    Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones;

    Que, con Informe Nº 2412-2009-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones señala que se considera viable otorgar la autorización solicitada por el señor HUGO REGNER DÍAZ DANTAS para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Los Órganos, provincia de Talara, departamento de Piura;

    De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y modifi cado por Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de Frecuencia Modulada (FM) para la localidad de Los Órganos, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 116-2004-MTC/03, modifi cado por Resolución Viceministerial Nº 1085-2007-MTC/03, ratifi cado mediante Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modifi cado por Resolución Viceministerial Nº 204-2009-MTC/03, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modifi catorias; y,

    Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1º.- Otorgar autorización al señor HUGO REGNER DÍAZ DANTAS, por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Los Órganos, departamento de Piura, de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas que se detallan a continuación:

    Condiciones Esenciales:

    Modalidad : RADIODIFUSIÓN SONORA EN FMFrecuencia : 96.5 MHz.Finalidad : COMERCIAL

    Características Técnicas:

    Indicativo : OBK-1AEmisión : 256KF8EPotencia Nominal delTransmisor : 250 W.Clasifi cación de Estación : PRIMARIA D2 – BAJA POTENCIA

    Ubicación de la Estación:

    Estudio : AA.HH. Ricardo Francisco Arca Mz. C Lt. 10, distrito de Los Órganos, provincia de Talara, departamento de Piura.

    Coordenadas Geográfi cas : Longitud Oeste : 81º 07’ 03’’ Latitud Sur : 04º 10’ 19’’

    Planta Transmisora : Km. 1050 de la Carretera Panamericana a 1.5 Km. del AA.HH Ricardo Francisco Arca, distrito de Los Órganos, provincia de Talara, departamento de Piura.

    Coordenadas Geográfi cas : Longitud Oeste : 81º 07’ 02’’ Latitud Sur : 04º 09’ 47’’

    Zona de Servicio : El área comprendida dentro del contorno de 66 dB V/m

    La autorización otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusión correspondientes.

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, para el caso de los enlaces auxiliares se requiere de autorización previa otorgada por la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones.

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  • NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de diciembre de 2009 407195

    El plazo de la autorización y permiso concedidos se computará a partir del día siguiente de notifi cada la presente Resolución, la cual, además, será publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”.

    Artículo 2°.- En caso alguna infraestructura, utilizada para el despegue y aterrizaje de aeronaves, sea instalada con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente autorización y la estación radiodifusora se encuentre dentro de las Superfi cies Limitadoras de Obstáculos o su operación genere interferencias a los sistemas de radionavegación, el titular deberá obtener el permiso respectivo de la Dirección General de Aeronáutica Civil o reubicar la estación, así como adoptar las medidas correctivas a efectos de no ocasionar interferencias.

    Asimismo, si, con posterioridad al otorgamiento de la presente autorización, la estación radiodifusora se encontrara dentro de las otras zonas de restricción establecidas en el artículo 84º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, el titular deberá obtener los permisos correspondientes y adoptar las medidas correctivas que correspondan.

    Artículo 3°.- La autorización que se otorga se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del cual, el titular de la autorización, deberá cumplir con las obligaciones que a continuación se indican:

    - Instalar los equipos requeridos para la prestación del servicio conforme a las condiciones esenciales y a las características técnicas aprobadas en la presente autorización.

    - Realizar las respectivas pruebas de funcionamiento.- Los equipos instalados deberán contar con el respectivo

    Certifi cado de Homologación.

    La inspección técnica correspondiente se efectuará de ofi cio hasta dentro de los tres (03) meses siguientes al vencimiento del mencionado período de instalación y prueba, verifi cándose en ella la correcta instalación de la estación, incluyendo la operatividad con equipos homologados, así como el cumplimiento de las condiciones esenciales y características técnicas indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución.

    Sin perjuicio de lo indicado, el titular podrá solicitar la realización de la inspección técnica antes del vencimiento del período de instalación y prueba otorgado.

    En caso de incumplimiento de las obligaciones antes mencionadas, la autorización otorgada quedará sin efecto.

    De cumplir el titular con las obligaciones precedentemente indicadas y a mérito del informe técnico favorable, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procederá a expedir la respectiva Licencia de Operación.

    Artículo 4º.- El titular, dentro de los doce (12) meses de entrada en vigencia la autorización otorgada, en forma individual o conjunta, aprobará su Código de Ética y presentará copia del mismo a la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, o podrá acogerse al Código de Ética aprobado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

    Artículo 5º.- El titular está obligado a instalar y operar el servicio de radiodifusión autorizado, de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución, las cuales sólo podrán ser modifi cadas previa autorización de este Ministerio.

    En caso de aumento de potencia, éste podrá autorizarse hasta el máximo establecido en el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias de la banda y localidad autorizadas.

    En caso de disminución de potencia, no obstante no requerirse de aprobación previa, el titular se encuentra obligado a comunicarlo a la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones.

    Artículo 6°.- Conforme a lo establecido en el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el titular adoptará las medidas necesarias para garantizar que las radiaciones que emita la estación de radiodifusión que se autoriza no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles en el acotado Decreto Supremo.

    Artículo 7°.- Serán derechos y obligaciones del titular de la autorización otorgada, los consignados en los artículos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, así como los señalados en la presente Resolución.

    Artículo 8º.- La autorización a que se contrae el artículo 1º de la presente Resolución podrá renovarse por igual período.

    La renovación deberá solicitarse hasta el día del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el mencionado

    artículo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión.

    Artículo 9º.- Dentro de los sesenta (60) días de notificada la presente Resolución, el titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual, caso contrario, la autorización quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente.

    Artículo 10º.- La autorización a la que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modifi catorias y complementarias que se expidan.

    Artículo 11º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    JORGE LUIS CUBA HIDALGOViceministro de Comunicaciones

    429219-1

    RESOLUCIÓN VICEMINISTERIALNº 589-2009-MTC/03

    Lima, 23 de noviembre de 2009

    VISTO, el Expediente Nº 2004-014770 presentado por la señora ENA MARGARITA VARGAS VDA. DE GRANDEZ, sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de San Nicolás, provincia de Rodriguez de Mendoza, departamento de Amazonas;

    CONSIDERANDO:

    Que, el artículo 14° de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC;

    Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión indica que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de radiodifusión. Además, el citado artículo señala que la instalación de equipos en una estación de radiodifusión requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o jurídicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión;

    Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece que otorgada la autorización para prestar el servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración improrrogable de doce (12) meses;

    Que, el artículo 183º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones señala que para obtener autorización para prestar el servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dicho artículo se detalla;

    Que, con Resolución Viceministerial Nº 078-2004-MTC/03, ratifi cada con Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modifi cada con Resoluciones Viceministeriales Nº 070-2009-MTC/03 y Nº 203-2009-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de FM para diversas localidades del departamento de Amazonas, entre las cuales se encuentra la localidad de Mendoza, la misma que incluye al distrito de San Nicolás, provincia de Rodriguez de Mendoza, departamento de Amazonas;

    Que, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias, indicado en el párrafo precedente, establece 1.0 kW. como máxima potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la dirección de máxima ganancia de antena. Asimismo, según Resolución Ministerial Nº 207-2009-MTC/03, la misma que modifi có las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas mediante Resolución Ministerial N° 358-2003-

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  • NORMAS LEGALESEl Peruano

    Lima, jueves 3 de diciembre de 2009407196

    MTC/03, las estaciones que operen en el rango mayor a 100 W. hasta 250 W. de e.r.p., en la dirección de máxima ganancia de antena, se clasifi can como Estaciones de Servicio Primario Clase D2, consideradas de Baja Potencia;

    Que, en virtud a lo indicado, la señora ENA MARGARITA VARGAS VDA. DE GRANDEZ no se encuentra obligada a la presentación del Estudio Teórico de Radiaciones No Ionizantes, así como tampoco a efectuar los monitoreos anuales, según se establece en el artículo 4º y el numeral 5.2 del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones;

    Que, con Informe Nº 2436-2009-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones señala que se considera viable otorgar la autorización solicitada por la señora ENA MARGARITA VARGAS VDA. DE GRANDEZ para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de San Nicolás, provincia de Rodriguez de Mendoza, departamento de Amazonas;

    De conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y modifi cado por Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de Frecuencia Modulada (FM) para la localidad Mendoza, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 078-2004-MTC/03, ratifi cado mediante Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modifi cado con Resoluciones Viceministeriales Nº 070-2009-MTC/03 y Nº 203-2009-MTC/03, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modifi catorias; y,

    Con la opinión favorable del Director General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1º.- Otorgar autorización a la señora ENA MARGARITA VARGAS VDA. DE GRANDEZ, por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Mendoza, departamento de Amazonas, de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas que se detallan a continuación:

    Condiciones Esenciales:

    Modalidad : RADIODIFUSIÓN SONORA EN FMFrecuencia : 98.9 MHzFinalidad : COMERCIAL

    Características Técnicas:

    Indicativo : OCR-9REmisión : 256KF8EPotencia Nominal delTransmisor : 100 WClasifi cación de Estación : PRIMARIA D2 – BAJA POTENCIA

    Ubicación de la Estación:

    Estudio : Jr. Amazonas Nº 111 – Mendoza, distrito de San Nicolás, provincia de Rodriguez de Mendoza, departamento de Amazonas.

    Coordenadas Geográfi cas : Longitud Oeste : 77º 28’ 47.02’’ Latitud Sur : 06º 23’ 58.04’’

    Planta Transmisora : Cerro Carapungo – Mendoza, distrito de San Nicolás, provincia de Rodriguez de Mendoza, departamento de Amazonas.

    Coordenadas Geográfi cas : Longitud Oeste : 77º 28’ 50.27’’ Latitud Sur : 06º 22’ 57.20’’

    Zona de Servicio : El área comprendida dentro del contorno de 66 dB V/m

    La autorización otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusión correspondientes.

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, para el caso de los enlaces auxiliares se requiere de autorización previa otorgada por la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones.

    El plazo de la autorización y permiso concedidos se computará a partir del día siguiente de notifi cada la presente Resolución, la cual, además, será publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”.

    Artículo 2°.- La estación no deberá obstaculizar la correcta operación aérea en la localidad, ni originar interferencia a los sistemas de radionavegación, para lo cual la titular deberá adoptar las medidas correctivas pertinentes, como son, el no ocasionar interferencias o reubicar la respectiva estación, entre otras.

    Asimismo, si, con posterioridad al otorgamiento de la presente autorización, la estación radiodifusora se encontrara dentro de las otras zonas de restricción establecidas en el artículo 84º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, la titular deberá obtener los permisos correspondientes y adoptar las medidas correctivas que correspondan.

    Artículo 3°.- La autorización que se otorga se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del cual, la titular de la autorización, deberá cumplir con las obligaciones que a continuación se indican:

    - Instalar los equipos requeridos para la prestación del servicio conforme a las condiciones esenciales y a las características técnicas aprobadas en la presente autorización.

    - Realizar las respectivas pruebas de funcionamiento.- Los equipos instalados deberán contar con el respectivo

    Certifi cado de Homologación.

    La inspección técnica correspondiente se efectuará de ofi cio hasta dentro de los tres (03) meses siguientes al vencimiento del mencionado período de instalación y prueba, verifi cándose en ella la correcta instalación de la estación, incluyendo la operatividad con equipos homologados, así como el cumplimiento de las condiciones esenciales y características técnicas indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución.

    Sin perjuicio de lo indicado, la titular podrá solicitar la realización de la inspección técnica antes del vencimiento del período de instalación y prueba otorgado.

    En caso de incumplimiento de las obligaciones antes mencionadas, la autorización otorgada quedará sin efecto.

    De cumplir la titular con las obligaciones precedentemente indicadas y a mérito del informe técnico favorable, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procederá a expedir la respectiva Licencia de Operación.

    Artículo 4º.- Dentro de los doce (12) meses siguientes a la entrada en vigencia de la autorización, la titular deberá presentar el proyecto de comunicación correspondiente.

    Asimismo, en forma individual o conjunta, aprobará su Código de Ética y presentará copia del mismo a la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, o podrá acogerse al Código de Ética aprobado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

    Artículo 5º.- La titular está obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusión autorizado, de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución, las cuales sólo podrán ser modifi cadas previa autorización de este Ministerio.

    En caso de aumento de potencia, éste podrá autorizarse hasta el máximo establecido en el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias de la banda y localidad autorizadas.

    En caso de disminución de potencia, no obstante no requerirse de aprobación previa, la titular se encuentra obligada a comunicarlo a la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones.

    Artículo 6°.- Conforme a lo establecido en el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, la titular adoptará las medidas necesarias para garantizar que las radiaciones que emita la estación de radiodifusión que se autoriza no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles en el acotado Decreto Supremo.

    Artículo 7°.- Serán derechos y obligaciones de la titular de la autorización otorgada, los consignados en los artículos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, así como los señalados en la presente Resolución.

    Artículo 8º.- La autorización a que se contrae el artículo 1º de la presente Resolución podrá renovarse por igual período.

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  • NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de diciembre de 2009 407197

    La renovación deberá solicitarse hasta el día del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el mencionado artículo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión.

    Artículo 9º.- Dentro de los sesenta (60) días de notifi cada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual, caso contrario, la autorización quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente.

    Artículo 10º.- La autorización a la que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modifi catorias y complementarias que se expidan.

    Artículo 11º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    JORGE LUIS CUBA HIDALGOViceministro de Comunicaciones

    429206-1

    Otorgan autorización a la Asociación Cultural Bethel para prestar servicio de radiodifusión sonora educativa en FM en la localidad de Los Órganos, departamento de Piura

    RESOLUCIÓN VICEMINISTERIALNº 590-2009-MTC/03

    Lima, 23 de noviembre de 2009

    VISTO, el Expediente Nº 2004-016974 presentado por la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL, sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Los Órganos, provincia de Talara, departamento de Piura;

    CONSIDERANDO:

    Que, el artículo 14° de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC;

    Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión indica que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de radiodifusión. Además, el citado artículo señala que la instalación de equipos en una estación de radiodifusión requiere de un Permiso, el mismo que es defi nido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o jurídicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión;

    Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece que otorgada la autorización para prestar el servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración improrrogable de doce (12) meses;

    Que, el artículo 183º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones señala que para obtener autorización para prestar el servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dicho artículo se detallan;

    Que, con Resolución Viceministerial Nº 116-2004-MTC/03, modifi cada por Resolución Viceministerial Nº 1085-2007-MTC/03, ratifi cada con Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modifi cada por Resolución Viceministerial Nº 204-2009-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de FM para diversas localidades del departamento de Piura, entre las cuales se encuentra la localidad de Los Órganos, la misma que incluye al distrito de Los Órganos, provincia de Talara, departamento de Piura;

    Que, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias, indicado en el párrafo precedente, establece

    250 w. como máxima potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la dirección de máxima ganancia de antena. Asimismo, según Resolución Ministerial Nº 207-2009-MTC/03, la misma que modifi có las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas mediante Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, las estaciones que operen en el rango mayor a 100 w. hasta 250 w. de e.r.p., en la dirección de máxima ganancia de antena, se clasifi can como Estaciones de Servicio Primario Clase D2, consideradas de Baja Potencia;

    Que, en virtud a lo indicado, la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL no se encuentra obligada a la presentación del Estudio Teórico de Radiaciones No Ionizantes, así como tampoco a efectuar los monitoreos anuales, según se establece en el artículo 4º y el numeral 5.2 del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones;

    Que, con Informe Nº 2411-2009-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones señala que se considera viable otorgar la autorización solicitada por la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL para la prestación del servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Los Órganos, provincia de Talara, departamento de Piura, señalándose además que debe establecerse como obligación, a cargo de la administrada, la presentación del proyecto de comunicación dentro del período de instalación y prueba;

    De conformidad con el Texto Úni