costo hora hombre

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COSTO HORA-HOMBRE Grupo 1 Yan Darlan Irigoin Gallardo Luis Jesús Ojeda Montalvo Rubén Paz Cieza

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Page 1: Costo Hora Hombre

COSTO HORA-HOMBRE Grupo 1

Yan Darlan Irigoin GallardoLuis Jesús Ojeda Montalvo

Rubén Paz Cieza

Page 2: Costo Hora Hombre

Introducción

Page 3: Costo Hora Hombre

En el Perú en todas las obras de construcción civil nos vemos ante el paradigma del real pago hacia los trabajadores de este sector, ya que ante los continuos conflictos que se han venido suscitando a lo largo de los años entre la Cámara Peruana de construcción (Capeco) y la Federación de trabajadores en construcción civil (FTCCP), se han venido generando disyuntivas que emergen al caos, la informalidad, entre otros.

Por esto y otros aspectos que detallaremos en el presente informe es de vital importancia mostrar el procedimiento de cálculo del valor de la Hora Hombre (HH) para obras de construcción

Este trabajo le he elaborado basándome en la forma usual de cálculo explicada en el libro Costos y Presupuestos del Ing. Jesús Ramos Salazar editado por CAPECO con las modificaciones que consideramos pertinentes a la fecha.

Page 4: Costo Hora Hombre

Objetivos

Page 5: Costo Hora Hombre

Conocer las incidencias que las Leyes Sociales establecidas por su régimen laboral y que afectan el Jornal Básico.

Conocer el procedimiento de cálculo para el COSTO HORA- HOMBRE.

Page 6: Costo Hora Hombre

Marco Teorico

Page 7: Costo Hora Hombre

TERMINOS:UNIDAD IMPOSITIVA TRIBUTARIA (UIT): La UIT es el valor de referencia que puede utilizarse en

las normas tributarias para determinar bases imponibles, deducciones, límites de afectación y otros aspectos relacionados a los tributos, como también para la aplicación de sanciones, obligaciones contables y otras obligaciones de carácter formal. Para el año 2012 en la suma de S/.3,650.00 (tres mil seiscientos cincuenta y 00/100 Nuevos Soles).

APLICACIONES DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS: Aplicación geográfica: a nivel nacional. Ámbito subjetivo: trabajadores que laboran en obras

públicas o privadas (con excepción de quienes laboran en obras que tienen un costo menor a 50 UIT).

Page 8: Costo Hora Hombre

CATEGORIAS DE TRABAJADORES: Operarios: Albañiles, carpinteros, ferreros, pintores, electricistas, gasfiteros,

plomeros, almaceneros, choferes, maquinistas, Operarios mezcladores, concreteros, wincheros, mecánicos y los dedicados a la construcción de puentes, caminos y túneles.

Ayudantes u Oficiales:Son los que se desempeñan como ayudantes de los Operarios.

Peones:Son los trabajadores no calificados, ocupados en diversas tareas de la Construcción.

CARACTERISTICA DE LA ACTIVIDAD DE CONSTRUCCION CIVIL: Son dos: La Eventualidad: Se explica por el carácter temporal de la relación

laboral en construcción civil. Relación que no es permanente pues dura mientras se ejecuta la labor, para la cual se ha contratado al trabajador o mientras dure la ejecución de la obra.

Ubicación Relativa: No existe un lugar fijo y permanente donde se realicen las labores de construcción, ellas se desenvuelven en diversos sitios, sin fijeza absoluta.

Page 9: Costo Hora Hombre

JORNAL LABORAL (JB) Es el periodo de tiempo de la jornada laboral y es de 8.5

horas de lunes a viernes y 5.5 horas los sábados, con un total de 48 horas semanales.

PACTO COLECTIVO: Es el convenio que se realiza entre la cámara peruana de

construcción (CAPECO) y la Federación de Trabajadores de Construcción Civil del Perú (FTCCP). En la cual se determina los JB para el periodo de tiempo de ese año va desde el 01 de junio de 2009 y el 31 de mayo de 2010

FERIADO: Dia que le corresponde una jornada laboral en la que no

se trabaja pero se recibe remuneración.

Page 10: Costo Hora Hombre

SISTEMA DE PENSIONES: Actualmente coexisten dos regímenes previsionales a los

cuales se adscriben los trabajadores, el primero el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) de carácter estatal, y el segundo el Sistema Privado de Pensiones (SPP) A los cuales los Trabajadores de construcción civil se adhieren.

BONIFICACION UNIFICADA DE CONSTRUCCION Consiste en reunir dentro de ella a varias otras

bonificaciones:• La bonificación por desgaste de herramientas y ropa.• La bonificación por alimentación.• La bonificación por agua potable (esta bonificación reemplaza a la compensación por falta de agua potable y se otorga con prescindencia del hecho de que la obra cuente o no con agua potable).• La bonificación por especialización (sólo la percibe el operario).

Page 11: Costo Hora Hombre

Marcos legales

Page 12: Costo Hora Hombre
Page 13: Costo Hora Hombre

TABLA DE PORCENTAJES DE BENEFICIOS Y LEYES SOCIALES DE EDIFICACION ACARGO DEL EMPLEADOR APLICABLE SOBRE LA REMUNERACION BASICA VIGENTE

DE 01.06.2011 AL 31.05.2012

CONCEPTOSobre Sobre Bonif.

Remuneración Unificada de Básica Construcción

1,00 PORCENTAJES ESTABLECIDOS      1,01 Indemnización:        - Por tiempo de servicios   12.00    - Por participación de Utilidades   3.00  1,02 Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo        - Prestaciones Asistenciales (Ley 26790 del 18.05.97)   1.30 1.30  - Prestaciones Económicas   1.70 1.701,04 Régimen de prestaciones de Salud (ESSALUD)   9.00 9.00         2,00 PORCENTAJES DEDUCIDOS      2,01 Salario Dominical   17.91  2,02 Vacaciones record (30 días)   11.54  2,03 Gratificación por Fiestas Patrias y Navidad   22.22  2,04 Jornales por días feriados no laborables   3.86  2,05 Asignación Escolar (Promedio 3 hijos)   25.00           3,00 REGIMEN DE PRESTACIONES DE SALUD (ESSALUD)      3,01 Sobre Salario Dominical 9% de 17,91%   1.61  3,02 Sobre vacaciones record 9% de 11,54%   1.04  3,03 Sobre gratific. De Fiestas Patrias y Navidad 9% de 22,22%   2.00  3,04 Sobre jornales por días Feriados no laborables 9% de 3,98%   0.35           4,00 SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO      4,01 Sobre Salario Dominical 3,00% de 17,48%   0.55  4,02 Sobre vacaciones record 3,00% de 11,54%   0.35  4,03 Sobre gratif. De Fiestas Patrias y Navidad 3,00% de 22,22%   0.68  4,04 Sobre jornales por días feriados no laborables 3,00% de 3,98%   0.12                    

SUB-TOTAL   114.23 12.00  Incidencia de Leyes sociales sobre la Remuneración Básica, Operario 3.80%

(Ver Anexo)  y la Bonificación Unificada de Construcción Oficial 3.60%    Peón 3.60%

T O T A LOperario 118.03  Oficial 117.83  Peón 117.83  

Page 14: Costo Hora Hombre

ANEXOCALCULO DE INCIDENCIA DE LAS LEYES SOCIALES EN LA

BONIFICACION UNIFICADA DE CONSTRUCCIONSOBRE LA REMUNERACION BASICA AL 01.06.2011

 EDIFICACION

CONCEPTOCATEGORIAS

OPERARIO OFICIAL PEON

1 Sobre Remuneración Básica vigente     S/. 45.50 S/. 39.50 S/. 35.30

2 Bonificación Unificada de Construcción S/. 14.56 S/. 11.85 S/. 10.593 Leyes Sociales sobre la Bonificación

S/. 1.75 S/. 1.42 S/. 1.27  Unificada de Construcción (BUC)  (BUC x 12,00%)    % de incidencia del BUC sobre la

3.80% 3.60% 3.60%  Remuneración Básica (3)/(1)x100%

COSTO HORA - HOMBRE EN EDIFICACION DEL 01.06.2011 AL 31.05.2012

DESCRIPCION CATEGORIASOPERARIO OFICIAL PEON

Remuneración Básica del 01.06.2011 al 31.05.2012 45.50 39.50 35.30

       Total de Beneficios Leyes Sociales sobre la 53.70 46.54 41.59Remuneración Básica.      Operario 118,03%      Oficial 117,83%      Peón 117,83%             Bonificación Unificada de Construcción (BUC) 14.56 11.85 10.59       Seguro de Vida ESSALUD - Vida (S/.5.00/mes) 0.17 0.17 0.17       Bonificación Movilidad Acumulada 7.20 7.20 7.20(Res. Directoral Nº 777-87-DR-LIM del 08.07.87)             Overol (Res. Direc. Nº 777-87-DR-LIM de 08.07.87) 0.60 0.60 0.60 ( 2 x S/.90,00)/303             Total por día de 8 horas 121.73 105.86 95.45Costo de Hora Hombre (HH) 15.22 13.23 11.93

Page 15: Costo Hora Hombre

La planilla de trabajadores que a continuación se publica, ha sido elaborada teniendo como base el Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2011-2012 Expediente Nº 41512-2011-

MTPE/1/20.21

CUADRO DE REMUNERACIONES EN GRATIFICACION POR NAVIDAD

CONSTRUCCION CIVIL Y AÑO NUEVO (*)       

JORNALES VIGENTES DEL 01.06.2011 AL 31.05.2012   DIARIO MENSUAL TOTAL       

OPERARIO OPERARIO (S/.) 12.13 364.00 1820.00  S/.     S/.     OFICIAL 10.53 316.00 1580.00

Jornal Básico 45.50 x 6 273.00 DESCUENTOS PEON 9.41 282.40 1412.00Dominical       45.50 S.N.P. 13% 52.76        

B.Movilidad(***) 7.20 x 6 43.20 CONAFOV. 2% (**) 6.37 HORAS EXTRAS (*)

B.U.C. 32% 14.56 x 6 87.36   59.13   SIMPLE 60% 100%        449.06     OPERARIO (S/.) 5.69 9.10 11.38Descuentos       59.13     OFICIAL 4.94 7.90 9.88Neto Semanal       389.93     PEON 4.41 7.06 8.83

       INDEMNIZACION POR OTRA EXTRA

OFICIAL ( 15%)  S/.     S/.     OPERARIO (S/.)   0.85  

Jornal Básico 39.50 x 6 237.00 DESCUENTOS OFICIAL   0.74  Dominical       39.50 S.N.P. 13% 45.19 PEON   0.66  

B.Movilidad(***) 7.20 x 6 43.20 CONAFOV. 2% (**) 5.53        

B.U.C. 30% 11.85 x 6 71.10   50.72 ASIGNACION ESCOLAR POR HIJO        390.80       DIARIO MENSUAL  Descuentos       50.72     OPERARIO (S/.) 3.79 113.75  Neto Semanal       340.08     OFICIAL 3.29 98.75  

PEON 2.94 88.25         

PEON LIQUIDACION POR TIEMPO DE   S/.     S/.     SERVICIO

Jornal Básico 35.30 x 6 211.80 DESCUENTOS       DIARIO SEMANALDominical       35.30 S.N.P. 13% 40.38 OPERARIO 15% S/. 6.83 40.95

B.Movilidad(***) 7.20 x 6 43.20 CONAFOV. 2% (**) 4.94 (*) 10%   4.55 27.30

B.U.C. 30% 10.59 x 6 63.54   45.33     11.38 68.25        353.84            Descuentos       45.33     OFICIAL 15% S/. 5.93 35.55Neto Semanal       308.51     (*) 10% 3.95 23.70

    9.88 59.25       PEON 15% S/. 5.30 31.77 (*) 10% 3.53 21.18    8.83 52.95

Page 16: Costo Hora Hombre

(*) A estos montos deben deducirse los descuentos de Ley Sistema Nacional Pensiones (S.N.P.) y considerar la Ley Nº 29351 sobre inafectación a Gratificaciones en el 2010, Ley Nº 29714 que prorroga vigencia de Ley 29351 hasta el 31 de Diciembre de 2014.

(**) Aporte al CONAFOVICER 2% Res. Suprema 001.95-MTC del 05/01/95.

(***) Se considera en Lima Metropolitana, S/1.20 como valor promedio referencial del pasaje urbano.

Page 17: Costo Hora Hombre

PLANILLA DE TRABAJADORES DE CONSTRUCCION CIVIL EN LIMA Y CALLAO DEL 01.06.2011 AL 31.05.2012

l ll lll 1 2 34 A B 5

NETO A

PAGAR 4-5

1+2+3 (4-3a) Ref(1+2) A+B

Ocupación y remuneración básica

Equivalente en días laborales

Total de horas

laboradas

Importe

semanal

ordinario

DESCANSO REMUNERADO

BONIFICACIONES

Importe semanal ordinario+Dominical+Bo

nific

DESCUENTO AL TRABAJADOR

Total descue

nto

3a 3b2a 2b

Movilidad acumulada según R D N° 777-87

DR-LIM 06.07.87

Bonificación unificada de construcción

S.N.P (13%) Ley N° 26504

CONAFOVICER 2%

Res supr. 001/95-MTC del 05.01.95

Jornal por

descanso

dominical

Jornal por

feriado no

laborado

Operario 45.50

S 5.5 31.28 5.21 7.20 10.01 53.70 6.05 0.73 6.77 46.93

1D 8.5 48.34 8.06 7.20 15.47 79.07 9.34 1.13 10.47 68.60

1D+S 14.0 79.63 13.27 14.40 25.48 132.78 15.39 1.86 17.25 115.53

2D 17.0 96.69 16.11 14.40 30.94 158.14 18.69 2.26 20.94 137.20

2D+S 22.5 127.97 21.33 21.60 40.95 211.85 24.73 2.99 27.72 184.13

3D 23.5 145.03 24.17 21.60 46.41 237.21 28.03 3.38 31.41 205.80

3D+S 31.0 176.31 29.39 28.80 56.42 290.92 34.08 4.11 38.19 252.73

4D 34.0 193.88 32.23 28.80 61.88 316.79 37.44 4.52 41.96 274.83

4D+S 39.5 224.66 37.44 36.00 71.89 369.99 43.42 5.24 48.66 321.33

5D 42.5 241.72 40.29 36.00 77.35 395.36 46.72 5.64 52.36 343.00

6D (S.C.) 48.0 273.00 45.50 43.20 87.36 449.06 52.76 6.37 59.13 389.93

4D+F+S 39.5 224.66 45.50 48.34 36.00 71.89 426.39 50.75 6.37 57.12 369.27

5D+SF 42.5 241.72 45.50 31.28 36.00 77.35 431.85 51.46 6.37 57.83 374.02

Page 18: Costo Hora Hombre

Oficial 39.50

S 5.5 27.16 4.53 7.20 8.15 47.04 5.18 0.63 5.81 41.23

1D 8.5 41.97 6.99 7.20 12.59 68.75 8.00 0.98 8.98 59.77

1D+S 14.0 69.13 11.52 14.40 20.74 115.79 13.18 1.61 14.79 101.00

2D 17.0 83.64 13.99 14.40 25.18 137.21 15.97 1.95 17.92 119.29

2D+S 22.5 111.09 18.52 21.60 33.33 184.54 21.18 2.59 23.77 160.77

3D 23.5 125.91 20.98 221.60 37.77 406.26 24.01 2.94 26.94 379.32

3D+S 31.0 153.06 25.51 28.80 45.92 253.29 29.18 3.57 32.76 220.53

4D 34.0 167.88 27.98 28.80 50.36 275.02 32.01 3.92 35.93 239.09

4D+S 39.5 195.03 32.51 36.00 58.51 322.05 37.19 4.55 41.74 280.31

5D 42.5 209.84 34.97 36.00 62.95 343.76 40.01 4.90 44.91 298.86

6D (S.C.) 48.0 237.00 39.50 43.20 71.10 390.80 45.19 5.53 50.72 340.08

4D+F+S 39.5 195.03 39.50 41.97 36.00 58.51 371.01 43.55 5.53 49.08 321.93

5D+SF 42.5 209.84 39.50 27.16 36.00 62.95 375.45 44.13 5.53 49.66 325.79

Peón 35.30

S 5.5 24.27 4.04 7.20 7.28 42.79 4.63 0.57 5.19 37.60

1D 8.5 37.51 6.25 7.20 11.25 62.21 7.15 0.88 8.03 54.18

1D+S 14.0 61.78 10.30 14.40 18.53 105.01 11.78 1.44 13.22 91.79

2D 17.0 75.01 12.50 14.40 22.50 124.41 14.30 1.75 16.05 108.36

2D+S 22.5 99.28 16.55 21.60 29.78 167.21 18.93 2.32 21.25 145.96

3D 23.5 112.52 18.75 221.60 33.76 386.63 21.45 2.63 24.08 362.55

3D+S 31.0 136.79 22.80 28.80 41.04 229.43 26.08 3.19 29.27 200.16

4D 34.0 150.03 25.00 28.80 45.01 248.84 28.61 3.50 32.11 216.73

4D+S 39.5 174.29 29.05 36.00 52.29 291.63 33.23 4.07 37.30 254.33

5D 42.5 187.53 31.26 36.00 56.26 311.05 35.76 4.38 40.13 270.92

6D (S.C.) 48.0 211.80 35.30 43.20 63.54 353.84 40.38 4.94 45.33 308.51

4D+F+S 39.5 174.29 35.30 37.51 36.00 52.29 335.39 38.92 4.94 43.86 291.53

5D+SF 42.5 187.53 35.30 24.27 36.00 56.26 339.36 39.44 4.94 44.38 294.98

Page 19: Costo Hora Hombre

Calculo del costo hora hombre:

Page 20: Costo Hora Hombre

Vamos a calcular en primer lugar las incidencias que las Leyes Sociales establecidas por su régimen laboral y que afectan el Jornal Básico, lo haremos suponiendo lo siguiente:

La labor se calculara en el periodo de vigencia del pacto colectivo, es decir entre el 01 de junio de 2009 y el 31 de mayo de 2010

La jornada laboral es de 8.5 horas de lunes a viernes y 5.5 horas los sábados, con un total de 48 horas semanales.

Se considera un trabajador con tres (3) hijos en edad escolar.

El monto del pasaje urbano para Lima Metropolitana es en promedio de S/. 1.20, lo que da una bonificación por movilidad diaria de S/. 7.20

Las condiciones de trabajo son normales Cada día equivale a un jornada de 8 horas

Page 21: Costo Hora Hombre

Para calcular las incidencias hemos de calcular primero los días efectivamente laborados en el periodo señalado, recordando que para el país existen once semanas al año donde acontecen feriados nacionales no laborable, así como cincuenta y dos domingos que tampoco se labora normalmente.

A cada día feriado le corresponde una jornada laboral en la que no se trabaja pero se recibe remuneración. Del cuadro siguiente podemos deducir que en el periodo se laboran efectivamente 302.75 días, se descansa 10.25 días por feriados y 52 días por dominical

En base a estos valores podemos deducir las incidencias.

Page 22: Costo Hora Hombre
Page 23: Costo Hora Hombre

Incidencias Incidencia del descanso dominical:  Es el cociente de dividir los 52 días de descanso dominical

entre los302.75 días que se labora efectivamente y equivale a:

Incidencia de los feriados:  Es el cociente de dividir los 10.25 días de descanso por

feriados entre los 302.75 días que se labora efectivamente y equivale a:

 

Incidencia de la gratificación:  El trabajador recibe dos veces al año 40 JB en los periodos de

julio y diciembre, es decir 80JB al año que equivalen a 80 días de labor, la incidencia la hemos calculado dividiendo los 80 días entre los 302.75 días que se labora efectivamente y equivale:

Page 24: Costo Hora Hombre

Incidencia de la escolaridad:  El trabajador recibe al año 30 JB por cada hijo en edad escolar

o que inclusive este realizando estudios técnicos o universitarios, en promedio consideraremos 3 hijos que tienen ese derecho y que equivalen a 90 días de labor, la incidencia la hemos calculado dividiendo los 90 días entre los 302.75 días que se labora efectivamente y equivale:

Incidencia de las vacaciones:  El régimen laboral establece el pago de un 10% del jornal

básico por cada día que se labore, indicando expresamente que cuando un trabajador acumule 260 día de labor la compensación vacacional equivale a 30JB, por lo tanto estoy asumiendo que en días de labor le corresponden 30 días por los primeros 260 días y el 10% del saldo, es decir 34.1 días.

Page 25: Costo Hora Hombre

Incidencia del overol: El acuerdo de Pacto Colectivo del año 2007 estableció que todo

trabajador debe recibir al inicio de su relación laboral dos overoles. Un valor promedio del overol en S/. 70.00, podemos deducir que por cada día de labor amortizaremos S/. 140/302.75 días, es decir S/.0.46 por cada día laborado.

Incidencia del seguro de vida: Para obras cuyo valor sea mayor a 250 UIT es obligatorio el

pago del seguro de vida del trabajador, este monto equivale a S/. 5.00 mensuales, es dcir S/.60.00 al año que dividido entre los 302.75 días que se labora efectivamente y equivale a S/. 0.20 por cada día laborado.

Page 26: Costo Hora Hombre

Luego de calcular las incidencias de las leyes sociales deducidas en función a los días laborados al año encontraremos que existen leyes sociales ya establecidas que afectan al jornal básico por cada día de labor y que son:

la compensación por tiempo de servicio o mejor conocida como liquidación que equivale al 15%

El aporte a ESSALUD que equivale al 9%, El Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo

(SCTR) cuyo porcentaje depende de las condiciones de obra así como la calificación de seguridad que tenga la empresa y que nosotros estableceremos en promedio de 3%.

A estos porcentajes establecidos debemos añadir, en el caso de los trabajadores afiliados al SPP, un aporte adicional de 1%.

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Con este resumen mostramos que las incidencias de las leyes sociales que afectan al Jornal Básico equivalen a 121.97% y 122.97% para los trabajadores afiliados al SNP y SPP respectivamente, asimismo la BUC se ve afectada por las leyes sociales en un 12% y 13% para los trabajadores afiliados al SNP y SPP respectivamente.

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Con estos porcentajes podemos deducir el valor de la hora hombre de la siguiente manera:

Finalmente hemos encontrado los valores de la hora hombre para las condiciones planteadas, estas condiciones pueden adaptarse a condiciones de obra específicas que otorgan bonificaciones tales como labores en altura, en contacto con el agua y altitud, estas bonificaciones generan adicionalmente aportes del empleador a ESSALUD, SCTR y AFP, así si otorgamos una bonificación esta se verá incrementada por las leyes sociales de la misma manera que afectan a la BUC en un 12% o 13% ya sea en SNP o SPP respectivamente.

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